DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-832-ANCE-2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-832-ANCE-2021, TRANSDUCTORES DE MEDICIÓN ELÉCTRICA PARA CONVERTIR MAGNITUDES ELÉCTRICAS DE C.A. Y DE C.C. EN SEÑALES ANÁLOGAS O DIGITALES.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 39 fracciones III y XII, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A. C." a través del Comité de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (CONANCE), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.

El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico consultapublica@economia.gob.mx o puede ser adquirido en la sede de dicho Organismo, ubicado en Av. Lázaro Cárdenas No. 869, Colonia Nueva Industrial Vallejo, C.P. 07700, Ciudad de México teléfono: 55 5747 4564 correo electrónico: vnormas@ance.org.mx.

La presente Norma Mexicana NMX-J-832-ANCE-2021 entrará en vigor 180 días naturales posteriores de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20210129213740253.

CLAVE O CÓDIGO

TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA

NMX-J-832-ANCE-2021

TRANSDUCTORES DE MEDICIÓN ELÉCTRICA PARA CONVERTIR MAGNITUDES ELÉCTRICAS DE C.A. Y DE C.C. EN SEÑALES ANÁLOGAS O DIGITALES

Objetivo y campo de aplicación

Esta Norma Mexicana especifica las características de los transductores de medición con entradas y salidas eléctricas para realizar mediciones de c.a. o de c.c. de magnitudes eléctricas. La señal de salida puede ser en forma de c.c. análoga, en forma de tensión de c.c. análoga o en forma digital. En este caso, esa parte del transductor de medición que se utiliza para fines de comunicación es compatible con el sistema externo.

Esta Norma Mexicana se aplica a los transductores de medición que se utilizan para convertir magnitudes eléctricas como las siguientes:

a)        La corriente;

b)        La tensión;

c)        La potencia activa;

d)        La potencia reactiva;

e)        El factor de potencia;

f)        El ángulo de fase;

g)        La frecuencia;

h)        La distorsión armónica total; y

i)        La potencia aparente a una señal de salida.

Esta Norma Mexicana no es aplicable para lo siguiente:

a)        Los transformadores de medida que cumplen con la Norma Mexicana NMX-J-615-ANCE (serie);

b)        Los transmisores para uso en sistemas de control de procesos industriales; y

c)        Los dispositivos de medición y de supervisión de desempeño (PMD).

Dentro del intervalo de medición, la señal de salida es una función de la medición. Puede ser necesario un suministro auxiliar.

Esta Norma Mexicana aplica a lo siguiente:

a)        Si la frecuencia nominal de la(s) entrada(s) se encuentra entre 0 Hz y 1 500 Hz;

b)        Si un transductor de medición es parte de un sistema para la medición de una magnitud no eléctrica, esta Norma Mexicana puede aplicarse al transductor de medición eléctrico, si de otro modo se encuentra dentro del alcance de esta Norma Mexicana; y

c)        A transductores de medición para su uso en una variedad de aplicaciones como la telemetría, el control de procesos y en uno de varios entornos definidos.

Esta Norma Mexicana se destina a lo siguiente:

a)        Especificar la terminología y las definiciones que se relacionan con los transductores de medición cuya aplicación principal es en la industria;

b)        Para unificar los métodos de prueba que se utilizan en la evaluación del desempeño del transductor de medición; y

c)        Para especificar los límites de exactitud y los valores de salida para los transductores de medición.


Concordancia con Normas Internacionales

Esta Norma Mexicana NMX-J-832-ANCE-2021, Transductores de medición eléctrica para convertir magnitudes eléctricas de c.a. y de c.c. en señales análogas o digitales, tiene concordancia MODIFICADA con la Norma Internacional IEC 60688, "Electrical measuring transducers for converting A.C. and D.C. electrical quantities to analogue or digital signals, ed3.0 (2012-10) y difiere en los puntos siguientes:

Capítulo/Inciso al que aplica la diferencia

Desviación Técnica / Justificación

Tabla 3, 6.16.2 y 6.17.2

Para esta Norma Mexicana la frecuencia de prueba es de 60 Hz. De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de prueba diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos.

4.7, 6.18, 6.19.1, 6.20 y 7.1

Para esta Norma Mexicana debe sustituirse la cita a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente.

Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.

5.4 y 6.19.1

Para esta Norma Mexicana la referencia a las Normas Internacionales que se mencionan se consideran citas de carácter informativo en tanto se desarrolla la Norma Mexicana correspondiente.

Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

7.1 y 7.3

Para esta Norma Mexicana el símbolo F-33 y el símbolo F-42 se consideran informativos en tanto se desarrolla la Norma Mexicana en donde los incluyan. Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.


Tabla 7

Para esta Norma Mexicana, debe reemplazarse la Tabla 7 por la tabla siguiente:

Tabla 7-Símbolos para marcar transductores


B-6

Un elemento de medición para una red de tres hilos

B-7

4.2.340 de la NMX-J-136-ANCE-2019: Corriente alterna trifásica con conductor neutro;

Un elemento de medición para una red de cuatro hilos

B-8

Dos elementos de medición para una red de tres hilos con carga desbalanceada

B-9

Dos elementos de medición para una red de cuatro hilos con carga desbalanceada

B-10

Tres elementos de medición para una red de cuatro hilos con carga desbalanceada

C

Seguridad (véase la NMX-J-600-ANCE-2010)

E

Clase de exactitud

E-10

Índice de clase (por ejemplo, 1) cuando el valor de referencia corresponde al intervalo

| 1 |

E-11

Índice de clase (por ejemplo, 0,5) cuando el valor de referencia corresponde a la mitad del intervalo

| 0,5 / 0,5 |


F

Símbolos generales

F-31

4.2.116 de la NMX-J-136-ANCE-2019: Puesta a tierra;

Puesta a tierra (tierra) (símbolo general)

F-43

4.2.117 de la NMX-J-136-ANCE-2019: Protección a tierra;

Terminal de puesta a tierra

F-44

4.2.283 de la NMX-J-136-ANCE-2019: Puesta a tierra blindada;

Terminal de tierra blindada





F-45

Terminal de tierra del circuito de medición (tierra)

F-46

4.2.320 de la NMX-J-136-ANCE-2019: Polaridad positiva;

Terminal positiva

F-47

4.2.321 de la NMX-J-136-ANCE-2019: Polaridad negativa;

Terminal negativa


Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.

Bibliografía

  • IEC 60688 ed3.0 (2012-10), Electrical measuring transducers for converting A.C. and D.C. electrical quantities to analogue or digital signals.


Atentamente

Ciudad de México, a 24 de noviembre de 2021.- Director General de Normas y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.