AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021-ASEA-2025, Prospecciones Sísmicas Marinas para el Reconocimiento y Exploración Superficial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- ASEA.- Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.

ARMANDO OCAMPO ZAMBRANO, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, con fundamento en los artículos Décimo Noveno Transitorio, segundo párrafo, del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013; así como lo dispuesto en los artículos 1o., 2o., fracción I, 17 y 26, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., fracción XI, inciso a), 4o., 5o., fracciones III, IV, VI y XXX, 6o., fracción I,  incisos a) y d), 27 y 31, fracciones II, IV y VIII, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1o., 127 y 164 de la Ley del Sector Hidrocarburos; 1o., 3o., fracciones VIII y IX, 10, fracciones VIII y XV, 24, 35, fracción V, primer párrafo y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 1o. y 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o. y 3o., fracciones I, VIII, XX y XLVII del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1o., 2o., fracción I, 3o. inciso B. fracción IV, 9, fracciones XXIII y XXXVII, 47, párrafo primero, 48, párrafos primero y tercero y 49 fracciones VI y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y

CONSIDERANDO

Que el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021-ASEA-2025, Prospecciones Sísmicas marinas para el Reconocimiento y Exploración Superficial, fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos en su Segunda Sesión Ordinaria celebrada el día 29 de mayo de 2025, para someterlo a periodo de consulta pública.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 35, fracción V, primer párrafo y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, se publica en el Diario Oficial de la Federación, un aviso de consulta pública del Proyecto de la Norma Oficial Mexicana, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el Comité que lo propuso sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209, Colonia Jardines en la Montaña, Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14210, México, o bien, al correo electrónico: alejandro.mar@asea.gob.mx.

Que el texto completo del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021-ASEA-2025 puede ser consultado en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad a través del siguiente enlace: https://platiica.economia.gob.mx/proyectos-de-nom/

Código

PROY-NOM-021-ASEA-2025

Titulo:

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021-ASEA-2025, Prospecciones Sísmicas marinas para el Reconocimiento y Exploración Superficial

Síntesis: El Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y requisitos técnicos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, que deben ser aplicados para la realización de las actividades de Prospección Sísmica marina como parte de las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial del Sector Hidrocarburos, el cual aplicará en las zonas marinas que forman parte del territorio nacional y, en las zonas marinas donde la Nación ejerza su soberanía y jurisdicción, excluyendo las actividades siguientes: I. Prospecciones Sísmicas marinas con objetivos de identificación de riesgo somero, y II. Perfiles Sísmicos Verticales (VSP).

Dicho Proyecto considera los siguientes aspectos:

a)        Mitigar el impacto en la vida e integridad de mamíferos priorizando el orden Cetacea; así como, los órdenes Testudines, Lamniformes y Orectolobiformes listados en la NOM-059-SEMARNAT-2010.

b)        Especificaciones para la determinación de la Zona de Exclusión.

c)        Especificaciones para la implementación del método de inicio progresivo.

d)        Perfil de los Operadores de Especies Protegidas (PSO) y Operadores PAM.

e)        Especificaciones para la realización de las actividades en materia de SISOPA

El cumplimiento de las especificaciones será revisado de forma documental para la obtención del dictamen de Evaluación de la Conformidad y la elaboración del informe integral, garantizando que dicha actividad se lleve a cabo conforme a las especificaciones planteadas.


Ciudad de México, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil veinticinco.- El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, Armando Ocampo Zambrano.- Rúbrica.