AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-011-SICT2/2025, Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comunicaciones.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

TANIA CARRO TOLEDO, Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 36, fracciones I, IX y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10, fracciones I, II, VIII, XII y XV, 24, 30, 35, fracción V y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 1o y 5o, fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 48 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; 28 y 33 penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, conforme al Transitorio Tercero de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 6, fracciones XIII y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y

CONSIDERANDO

Que las actividades que realicen las Autoridades Normalizadoras en materia de normalización y evaluación de la conformidad deberán fomentar la armonización con modelos, principios y mejores prácticas internacionales, en materia de transporte de mercancías peligrosas por lo que se toman como fundamento las Recomendaciones para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la Organización de las Naciones Unidas (Reglamentación Modelo);

Que la regulación internacional reconoce que el transporte de mercancías peligrosas en cantidades limitadas no representa un riesgo significativo, por lo que establece disposiciones flexibles que garantizan la seguridad sin exigir el cumplimiento total de la normativa. Esta modalidad permite a los usuarios del transporte importar, exportar, distribuir y comercializar dichos productos bajo requisitos parciales, alineados con estándares internacionales. La reducción de requisitos facilita la comercialización, disminuye costos de transporte y fortalece la competitividad de los productos nacionales, manteniendo altos niveles de seguridad.

Que habiendo cumplido el procedimiento que establece el artículo 35, fracción V de la Ley de Infraestructura de la Calidad, en relación con el procedimiento de normalización previsto en el artículo 33, primer párrafo del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, en concordancia con el Tercer Transitorio de la propia Ley de Infraestructura de la Calidad, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre (CNN-TT), en su Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 30 de mayo de 2025, tuvo a bien aprobar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-011-SICT2/2025, Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas, a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales contados a partir de la fecha del Aviso de publicación en el DOF, emitan sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO DE CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-011-SICT2/2025, CONDICIONES PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EMBALADAS/ENVASADAS EN CANTIDADES LIMITADAS.

Artículo Primero. Se da a conocer el extracto correspondiente al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-011-SICT2/2025, Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas en los siguientes términos:

Clave

Titulo

PROY-NOM-011-SICT2/2025

Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas.

Síntesis

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones a que deberá sujetarse el transporte de ciertas clases de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas.

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana es de aplicación obligatoria para los expedidores, transportistas y destinatarios de las mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas que transitan en caminos y puentes de jurisdicción federal.

Objetivo Legítimo de Interés Público

La seguridad vial (artículo 10, fracción XII, de la Ley de Infraestructura de la Calidad), así como las obras y servicios públicos (fracción XI del mismo artículo).

Concordancia con Normas Internacionales

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana está en concordancia con las Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas de la Organización de las Naciones Unidas (Reglamentación Modelo), Vigésimo Segunda Edición Revisada, 2021, Capítulo 3.4.

Consulta en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad

Durante el plazo de consulta, el Proyecto podrá ser consultado a través del siguiente enlace:

https://platiica.economia.gob.mx/proyectos-de-nom/


Asimismo, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-011-SICT2/2025, Condiciones para el transporte de mercancías peligrosas embaladas/envasadas en cantidades limitadas, podrá ser consultado en cualquier momento a través de los siguientes enlaces:

SICT:        https://micrs.sct.gob.mx/images/DireccionesGrales/DGAF/Proyectos%20de%20Normas/PROY-NOM-011-SICT2-2025.pdf

DOF:        https://www.dof.gob.mx/2026/SICT/PROY-NOM-011-SICT2.pdf

Artículo Segundo. Los interesados en presentar comentarios deberán emplear el formato Word disponible en el enlace https://platiica.economia.gob.mx/proyectos-de-nom/ y remitirlo de forma editable al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, ubicado en Calzada de las Bombas 411, piso 2, Colonia Los Girasoles, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04920, Ciudad de México, teléfono 55-5723-9300 extensión 20115 o al correo electrónico joshua.cruz@sict.gob.mx.

TRANSITORIO

Único. El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, a 12 de enero de 2026.- La Subsecretaria de Comunicaciones y Transportes y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Tania Carro Toledo.- Rúbrica.