DOF: 21/03/2014
DECRETO por el que se deroga el diverso por el que se declara Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias, el 17 de mayo de cada año, y se declara Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia, el 17 de mayo de cada año

DECRETO por el que se deroga el diverso por el que se declara Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias, el 17 de mayo de cada año, y se declara Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia, el 17 de mayo de cada año.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en los artículos 1o., quinto párrafo, de la propia Constitución; 27, fracción XLI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2 y 9, fracción XXVIII, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y
CONSIDERANDO
Que la homofobia es el temor, rechazo o aversión hacia las personas en razón de su orientación, preferencia sexual, identidad y expresión de género, basada en estereotipos, prejuicios y estigmas, expresada en actitudes y conductas discriminatorias que vulneran la igualdad, dignidad, derechos y libertades de toda persona, que pueden generar diversos tipos de violencia;
Que el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe, entre otras, toda discriminación motivada por preferencias sexuales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas;
Que en términos del precepto constitucional señalado, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad;
Que el derecho a la igualdad y a la no discriminación se recoge en diversos tratados internacionales celebrados por México, dentro de los que destacan el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos;
Que el Estado mexicano ha apoyado las Resoluciones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género, en las que se ha condenado los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad de género, e insta a los Estados Miembro a adoptar políticas públicas para su prevención y erradicación;
Que recientemente el Congreso de la Unión aprobó reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, entre las cuales se encuentra el artículo 1, fracción III, que define a la discriminación como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades cuando se base, entre otros motivos, en el sexo, el género y las preferencias sexuales y, asimismo, establece que también se entenderá por discriminación a la homofobia y otras formas conexas de intolerancia;
Que mediante la misma reforma, se ordena a cada uno de los poderes públicos federales y aquellas
instituciones que estén bajo su regulación o competencia llevar a cabo medidas de inclusión, entre las que se encuentran, el desarrollo de políticas contra la homofobia, xenofobia, la misoginia, la discriminación por apariencia o el adultocentrismo;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013â2018, establece en la meta denominada "México en Paz", el objetivo de garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación; asimismo, en la estrategia 1.5.4. denominada "Establecer una Política de igualdad y no discriminación" se definen como líneas de acción, promover acciones afirmativas dirigidas a generar condiciones de igualdad y evitar la discriminación de personas o grupos; fortalecer los mecanismos competentes para prevenir y sancionar la discriminación; promover acciones concertadas dirigidas a propiciar un cambio cultural en materia de igualdad y no discriminación, y promover el enfoque de derechos humanos y no discriminación en las actuaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
Que el 17 de mayo de 1990, la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales por lo que en esa fecha, a nivel mundial, se celebra el Día Internacional contra la Homofobia;
Que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno de la Comisión de Política Gubernamental en Materia de Derechos Humanos, celebrada el 10 de diciembre de 2009, se emitió el Acuerdo para conmemorar el 17 de mayo como Día Nacional contra la Homofobia;
Que el 17 de mayo de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declara Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias, el 17 de mayo de cada año;
Que por lo anterior, es necesario sustituir la conmemoración del "Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias" por el "Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia", a fin de que nuestro país sea acorde con la comunidad internacional y con el marco de derechos humanos que lo rige, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ÚNICO.- Se declara Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia, el 17 de mayo de cada año.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La Secretaría de Gobernación realizará las acciones necesarias para que la implementación del presente Decreto se realice con los recursos aprobados para dicha dependencia, por lo que no requerirá recursos adicionales para tales efectos y no incrementará su presupuesto regularizable para el presente ejercicio fiscal.
TERCERO.- Se deroga el Decreto por el que se declara Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias, el 17 de mayo de cada año.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a trece de marzo de dos mil catorce.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
 
 

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