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DOF: 24/04/2014
RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedenci

RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE LÁMINA ROLADA EN FRÍO, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LAS FRACCIONES ARANCELARIAS 7209.16.01 Y 7209.17.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.
Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 26/13 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 19 de diciembre de 2013 Ternium México, S.A. de C.V. ("Ternium" o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones definitivas y temporales de lámina rolada en frío, originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia.
2. La Solicitante manifestó que las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, en condiciones de discriminación de precios y a precios inferiores a los de la rama de producción nacional, aumentaron considerablemente, lo que causó una afectación negativa sobre los precios nacionales y, por consiguiente, en sus indicadores financieros relacionados con la rentabilidad, lo cual propició un daño y representa una amenaza de daño a la rama de producción nacional. Propuso como periodo de investigación el comprendido de julio de 2012 a junio de 2013 y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional el comprendido de julio de 2010 a junio de 2013.
B. Solicitante
3. Ternium es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad es fabricar, comprar, vender, manufacturar, transformar, distribuir, importar, exportar y/o comercializar toda clase de productos de fierro y acero, incluida, la lámina rolada en frío. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en avenida Universidad 992 Norte, colonia Cuauhtémoc, código postal 66450, San Nicolás de los Garza, Nuevo León.
C. Producto investigado
1. Descripción general
4. Ternium manifestó que el producto objeto de investigación es la lámina de acero al carbono rolada en frío ("lámina rolada en frío"), sin alear, sin chapar ni revestir, de ancho igual o superior a 600 milímetros (mm) y de espesor igual o mayor a 0.5 mm, pero inferior a 3 mm. Esta mercancía incluye la lámina rolada en frío cruda y la lámina rolada en frío recocida. Técnica o comercialmente se le conoce como lámina rolada en frío o simplemente lámina en frío. En el mercado internacional se conoce como "Cold Rolled Steel" o "Cold Rolled Steel Sheet".
2. Tratamiento arancelario
5. El producto objeto de investigación ingresa por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente.
Tabla 1. Descripción arancelaria del producto objeto de investigación
Codificación
arancelaria
Descripción
Capítulo 72
Fundición, hierro y acero.
Partida 7209
Productos laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
 
-Enrollados, simplemente laminados en frío:
Subpartida 7209.16
--De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Fracción 7209.16.01
De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm.
Subpartida 7209.17
-- De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
Fracción 7209.17.01
De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).
6. De acuerdo con el SIAVI, las mercancías que ingresan por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, quedaron libres de arancel a partir del primero de enero de 2012, cualquiera que sea
su origen.
7. Sin embargo, en la página del SIAVI en el rubro aranceles y normatividad, en la parte de observaciones generales, se precisa que, mediante Boletín No. 087/12, la Administración General de Aduanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) comunica que en cumplimiento de las ejecutorias dictadas en los incidentes que se mencionan en el mismo Boletín, a partir del 1 de agosto de 2012, se implementa el cobro de un arancel de 3%.
Tabla 2. Aranceles de las fracciones arancelarias objeto de investigación
Fracción
arancelaria
Aranceles ad valorem (%)
2010 Ene
2010 Feb - dic
2011
2012 Ene - jul
2012 Ago - dic
2013
7209.16.01
Ex
5%
3%
Ex
3%
3
7209.17.01
Ex
5%
3%
Ex
3%
3
Fuente: SIAVI.
8. La unidad de medida para operaciones comerciales es toneladas métricas; conforme a la TIGIE es el kilogramo.
3. Normas técnicas
9. De acuerdo con Ternium, la lámina rolada en frío se produce principalmente conforme a las especificaciones de las normas de la Sociedad Americana para Pruebas y Materiales (ASTM, por las siglas en inglés de "American Society for Testing and Materials"), de la Sociedad de Ingenieros Automotrices (SAE, por las siglas en inglés de "Society of Automotive Engineers"), del Comité Europeo de Normalización y otras organizaciones de normalización europeas (EN, por las siglas en inglés de "Norme Européenne"), del Instituto Alemán de Normas (DIN, por las siglas en alemán de "Deustches Institut fr Normung") y de Normas Industriales de Japón (JIS, por las siglas en inglés de "Japan Industrial Standards"), entre otras, las cuales no son excluyentes entre sí, ya que existen equivalencias entre las mismas. El cumplimiento de estas normas facilita la comercialización de la lámina rolada en frío, pues los consumidores tienen la seguridad de que poseen propiedades físicas y químicas homogéneas, cualquiera que sea su origen, aunque ciertos consumidores pueden adquirir esta mercancía sólo en función del precio, pero sin norma alguna.
10. La Solicitante indicó que el producto objeto de investigación se produce fundamentalmente bajo especificaciones de las normas ASTM A1008/A1008M, DIN 1623, SAE J403, EN 10130 y JIS G3141. Presentó los catálogos de las empresas Baoshan Iron and Steel Co. Ltd. ("Baosteel"), Anshan Iron and Steel Group Corporation ("Anshan") y Wuhan Iron and Steel Corporation ("Wisco"), principales empresas productoras de lámina rolada en frío de China, en donde se indican características y especificaciones técnicas de este producto que fabrican. De acuerdo con esta información, la Secretaría apreció que la empresa Baosteel fabrica la lámina rolada en frío bajo especificaciones de las normas JISG 3141, EN 10130, ASTM A1008 y SAEJ 403, en tanto que la empresa Wisco conforme las normas EN 10130, JIS G 3141 y ASTM.
4. Características físicas y composición química
11. Ternium manifestó que el producto objeto investigación se fabrica con aceros al carbono, cuya composición química está constituida principalmente de acero, carbono, manganeso, azufre y fósforo. En cuanto a las dimensiones de esta mercancía, indicó que presenta anchos iguales o mayores a 600 mm y espesores menores de 3 mm. Ternium presentó los catálogos de las empresas chinas Baosteel y Wisco.
12. El catálogo de Baosteel indica que esta empresa fabrica lámina rolada en frío con anchos mayores a 600 mm (700 a 1,020 mm) y espesores desde 0.5 a 0.9 mm; por su parte, el catálogo de Wisco señala que esta empresa la ofrece en un ancho máximo de 2,080 mm. Adicionalmente, la descripción del producto que se registra a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, indica que una parte importante de las operaciones de lámina rolada en frío corresponden a anchos mayores de 600 mm y espesores mayores de 0.5 mm y menores a 3 mm.
5. Proceso productivo
13. Ternium manifestó que el proceso de producción de los productos siderúrgicos, inicia con la extracción y obtención de mineral de hierro, chatarra y carbono, a partir de los cuales se produce el acero líquido, insumo que posteriormente se lamina para darle forma al producto que se quiere obtener, entre ellos, la lámina rolada en frío.
14. La Solicitante indicó que la producción de acero en el mundo se efectúa principalmente mediante Alto Horno (BF, por las siglas en inglés de "Blast Furnace"), Acero Básico al Oxígeno (BOF, por las siglas en inglés
de "Basic Oxigen Furnace") y Horno Eléctrico (EF, por las siglas en inglés de "Electric Furnace"). De acuerdo con la publicación "World Steel in Figures 2013" (Acero mundial en cifras 2013) de la Asociación Mundial del Acero (WSA, por las siglas en inglés de "World Steel Association") de 2013, la obtención de acero en el mundo se realizó fundamentalmente mediante los procesos que la Solicitante señaló. En efecto, según información de esta publicación, la producción mundial de este material por tipo de horno, se distribuyó de la siguiente forma en 2012: 70% en BF-BOF, 29% en EF y sólo 1% en Hornos de Hogar Abierto.
15. Ternium precisó que en China la producción de acero se realiza mediante hornos BF-BOF y EF, en particular, indicó que la empresa Baosteel cuenta con ambos tipos de hornos para obtener este material. Lo sustentó con el catálogo de la empresa Baosteel y con la información de la página de Internet de la misma empresa (http://www.baosteel.com/group_en/contents/2908/40085.html).
16. A partir de esta información, la Solicitante indicó que el proceso de producción de la lámina rolada en frío en China se efectúa mediante las etapas de extracción y obtención de las materias primas principales, como mineral de hierro, chatarra y carbono; producción del acero líquido en hornos BF-BOF y/o EF; metalurgia secundaria; colada continua y laminación, las cuales se describen a continuación:
a.     El mineral de hierro, carbono y chatarra se procesan en hornos BF-BOF, para obtener el acero líquido; en tanto que el mineral de hierro y chatarra o hierro esponja y chatarra, en EF.
b.    El acero líquido que se obtiene por cualquiera de estos procesos de fundición se lleva al horno olla, donde se agregan ferroaleaciones a fin de refinarlo (metalurgia secundaria).
c.     El acero líquido refinado se vacía en una máquina de colada continua para obtener planchones. De acuerdo con la publicación de la WSA, en China el 98% de la producción de este material se procesa mediante colada continua.
d.    Los planchones se recalientan y luego pasan por un molino de laminación para obtener lámina rolada en caliente con el espesor requerido.
e.     La lámina rolada en caliente se decapa y, posteriormente, se lamina en frío para reducir su espesor a través de molinos; se lava y se somete a un proceso de temple, el cual le proporciona el acabado mate o brillante (que la distingue de la lámina en caliente), los cuales le brindarán al producto las características físicas de formabilidad y ductilidad que requiere.
6. Usos y funciones
17. Ternium indicó que el producto objeto de investigación se utiliza como insumo para la fabricación de productos planos recubiertos (lámina galvanizada, lámina cromada u hojalata), así como en la elaboración de diversos bienes intermedios y de capital como componentes de chasis, autopartes, perfiles, tubería, polines, electrodomésticos, envases y recipientes y aparatos de cocina, entre otros. Los catálogos de las empresas productoras chinas Baosteel, Anshan y Wisco constatan estos usos y aplicaciones de la lámina rolada en frío.
D. Partes interesadas
18. Los importadores y exportadores de que tiene conocimiento la Secretaría son:
1. Importadores
Abinsa, S.A. de C.V.
Av. Adolfo López Mateos Km. 6.5 S/N
Col. Jardines de Casa Blanca
C.P. 66475, San Nicolás de los Garza, Nuevo León
Aceros Cuatro Caminos, S.A. de C.V.
Calzada San Esteban No. 51
Col. Lázaro Cárdenas
C.P. 53560, Naucalpan de Juárez, Estado de México
Aceros Dondisch, S.A. de C.V.
Av. José López Portillo No. 1
Col. Lechería
C.P. 54940, Tultitlán, Estado de México
AOI Industries México, S. de R.L. de C.V.
Boulevard Díaz Ordaz No. 18803
Fracc. Jardines de la Mesa
C.P. 22116, Tijuana, Baja California
Broan Building Products-México, S. de R.L. de C.V.
 
Viñedos No. 4500
Parque Industrial El Bajío
C.P. 21430, Tecate, Baja California
Compañía Manufacturera de Tubos, S.A. de C.V.
Calzada Vallejo No. 1361-H
Col. Nueva Industrial Vallejo
C.P. 07700, México, D.F.
Conceptos en Diseño e Importación, S.A. de C.V.
Boulevard Hidalgo No. 1255
Col. Simón Rodríguez
C.P. 88670, Reynosa, Tamaulipas
Daewoo International México, S.A. de C.V.
Bosque de Ciruelos No. 130, Piso 5
Col. Bosques de las Lomas
C.P. 11700, México, D.F.
EDN México, S. de R.L. de C.V.
Calzada del Oro No. 2060
Parque Industrial Palaco
C.P. 21385, Mexicali, Baja California
Envases Universales de México, S.A.P.I. de C.V.
Guadalupe No. 504
Col. El Cerrito
C.P. 54758, Cuautitlán Izcalli, Estado de México
Fetasa Culiacán, S.A. de C.V.
Carretera Navolato Km. 4.5
Col. Industrial el Palmito
C.P. 80160, Culiacán Rosales, Sinaloa
Fetasa Tijuana, S.A. de C.V.
Av. 20 de Noviembre No. 185
Col. 20 de Noviembre
C.P. 22100, Tijuana, Baja California
Flex N Gate México, S. de R.L. de C.V.
Av. Principal No. 1
Col. La Venta
C.P. 37980, San José Iturbide, Guanajuato
Flexometal, S.A. de C.V.
Carretera a Morelia No. 540
Col. San Agustín
C.P. 45645, Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco
Grupo Collado, S.A. de C.V.
Av. Gavilán No. 200
Col. Guadalupe del Moral
C.P. 09300, México, D.F.
Grupo Industrial Acerero, S.A. de C.V.
Francisco Villa No. 27
Col. Jardines de Xalostoc
C.P. 55330, Ecatepec, Estado de México
Grupo Industrial de Acero San Fernando, S. de R.L. de C.V.
Hernán Cortés No. 45
Col. 5 de Mayo
C.P. 87605, San Fernando, Tamaulipas
 
Industria Metálica del Envase, S.A. de C.V.
Carretera Teoloyucan-Apaxco Km. 18
Barrio Barranca Prieta
C.P. 54680, Huehuetoca, Estado de México
JFE Shoji Steel de México, S.A. de C.V.
Paseo del Cucapah No. 10515
Fracc. El Lago
C.P. 22210, Tijuana, Baja California
Likom de México, S.A. de C.V.
Búfalo No. 351
Parque Industrial Salvarcar
C.P. 32575, Ciudad Juárez, Chihuahua
Maba Comercializadora, S.C.
Mina No. 2452, Local B
Col. Nuevo Laredo Centro
C.P. 88000, Nuevo Laredo, Tamaulipas
Marubeni Itochu Steel México, S.A. de C.V.
Boulevard Manuel Ávila Camacho No. 24, Piso 12
Col. Lomas de Chapultepec
C.P. 11000, México, D.F.
Miracero, S.A. de C.V.
San Nicolás No. 39
Fracc. Industrial San Nicolás
C.P. 54030, Tlalnepantla, Estado de México
Nueva PYTSA Industrial, S.A. de C.V.
Calle 2 No. 10
Fracc. Rústica Xalostoc
C.P. 55340, Ecatepec, Estado de México
Posco México, S.A. de C.V.
Boulevard de los Ríos Km. 4.8
Col. Puerto Industrial
C.P. 89603, Altamira, Tamaulipas
Precisión Sheet Metal de México, S. de R.L. de C.V.
Carretera San Luis Km. 10.5, Almacén 6
Col. González Ortega
C.P. 21397, Mexicali, Baja California
Productos Especializados de Acero, S.A. de C.V.
Poniente 134 No. 854
Col. Industrial Vallejo
C.P. 02300, México, D.F.
Ryerson Metals de México, S. de R.L. de C.V.
Xicoténcatl No. 991-3
Col. Centro
C.P. 64000, Monterrey, Nuevo León
Servilamina Summit Mexicana, S.A. de C.V.
Acceso III, No. 15-A
Fracc. Industrial Benito Juárez
C.P. 76120, Querétaro, Querétaro
Shape Corp México, S. de R.L. de C.V.
Av. La Estacada No. 312
Parque Industrial Querétaro
C.P. 76220, Querétaro, Querétaro
 
Tam-Mex, S.A. de C.V.
Poniente 134 No. 583
Col. Industrial Vallejo
C.P. 02300, México, D.F.
Tuberías Procarsa, S.A. de C.V.
Prolongación Francisco I. Madero S/N
Col. Guadalupe Borja de Díaz Ordaz
C.P. 25680, Frontera, Coahuila
2. Importador del que no se tienen datos de localización
Salvador Agraz Brambila
3. Exportadores
Anshan Iron and Steel Group Corporation
396 Nan Zhong Hua Lu
Tiedong District, Anshan City
Zip Code 114003, Liaoning, China
Baoshan Iron and Steel Co. Ltd.
885 Fujin Road
Baosteel Administration Center, Baoshan District
Zip Code 201900, Shanghai, China
Wuhan Iron and Steel Corporation
3 Yangang Road
Qingshan District, Wuhan City
Zip Code 430083, Hubei Province, China
4. Gobierno
Consejero de Asuntos Económico Comerciales de la Embajada de China en México
Platón No. 317
Col. Polanco
C.P. 11560, México, D.F.
E. Prevención
19. El 27 de febrero de 2014 la Solicitante respondió la prevención que la Secretaría le formuló el 29 de enero de 2014, de conformidad con los artículos 52 fracción II de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 78 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE).
F. Argumentos y medios de prueba
20. Con la finalidad de acreditar la práctica desleal de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios, la Solicitante argumentó lo siguiente:
A.    La solicitud de investigación es por daño y amenaza de daño, que se deriva de las crecientes exportaciones de lámina rolada en frío en condiciones de prácticas de comercio desleal, originarias y provenientes de China, las cuales ingresaron al mercado nacional en niveles muy por debajo de los precios de la producción nacional, lo cual causa y habrá de causar efectos adversos en la actividad operativa, comercial y financiera de la rama de la producción nacional.
B.    La solicitud de investigación incluye las operaciones de importación de lámina rolada en frío, tanto del régimen definitivo como temporal.
C.    En respuesta a la prevención la Solicitante actualizó la información para considerar como periodo investigado el comprendido del 1 de octubre de 2012 al 30 de septiembre de 2013 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2010 al 30 de septiembre de 2013.
1. Discriminación de precios
a. Precio de exportación
D.    El precio de exportación se obtuvo a partir de la base de datos proporcionada por el SAT a la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero, S.A. (CANACERO), específicamente se tomó en cuenta el volumen y valor de las importaciones realizadas a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, y de ahí se determinó el precio unitario del producto importado.
 
E.    Los valores proporcionados, están expresados a nivel Costo, Seguro y Flete (CIF, por las siglas en inglés de "Cost, Insurance and Freight"), por lo que el precio de la mercancía incluye seguros y fletes.
F.    Con el propósito de obtener el precio de exportación a nivel ex-fábrica, fue ajustado de la siguiente manera:
a.    por concepto de flete marítimo desde un puerto chino hasta un puerto mexicano;
b.    por seguro marítimo, el cual se obtuvo de una póliza de seguros contratada por Ternium, en la cual se especifica la prima que se cobra por la transportación de los productos siderúrgicos. Se multiplicó el valor en dólares de lámina rolada en frío exportada desde China hacia el mercado mexicano por el porcentaje de la prima. Posteriormente, el resultado se dividió entre el volumen de toneladas exportadas, y
c.    respecto al flete terrestre, Ternium realizó estimaciones, dado que no pudo allegarse de esta información en el país investigado. Estimó los costos de transportación terrestre vía ferrocarril conforme a las tarifas ferroviarias que se aplican en México para transporte de productos de acero, la cual se obtuvo de una empresa transportista ferroviaria mexicana. Posteriormente, se procedió a calcular la distancia entre la planta de una de las empresas productoras chinas y el puerto de embarque más cercano, consultando la página de Internet de la agencia "China Travel Depot" y se calculó el costo por tonelada en pesos (moneda de curso legal en México) empleando las tarifas de la empresa ferroviaria mexicana. Finalmente, se consideró el promedio mensual del tipo de cambio, para obtener el costo por tonelada en dólares y se promedió el costo mensual del periodo de investigación.
b. Valor normal
G.    En la presente investigación se debe considerar a China como una economía centralmente planificada.
H.    Se propone a Brasil como país sustituto de China, con base en las consideraciones que se describen a continuación:
a.    las características físicas, químicas y organolépticas de la lámina rolada en frío originaria de China son similares a la producida en Brasil, ya que en ambos países se utiliza la misma materia prima básica para su elaboración (mineral de hierro, chatarra y carbón de coque) y se fabrica en equipos idénticos;
b.    el nivel de desarrollo económico de Brasil y China es similar ya que están en una etapa similar de industrialización, propia de los países emergentes, que entre otras cosas, se caracterizan por altas tasas de crecimiento económico que contrastan con las de los países ya industrializados;
c.    el ritmo de desarrollo económico que han presentado últimamente ambos países, se refuerza por el hecho de que han sido clasificados dentro del bloque económico al que se le denomina grupo de los "BRIC" (Brasil, Rusia, India y China), por sus características como economías emergentes muy dinámicas a las que incluso algunos analistas consideran como los principales motores de crecimiento mundial a mediano plazo;
d.    Brasil es uno de los principales centros siderúrgicos en el mundo, en donde prevalecen condiciones de mercado, ya que, además de poseer una oferta abundante del producto objeto de investigación, a través de su propia producción nacional se da una libre concurrencia de productores de otros países;
e.    la industria siderúrgica brasileña es una importante productora y exportadora a nivel mundial del producto objeto de investigación, que utiliza los mismos insumos y tecnología para su fabricación que China;
f.     tanto China como Brasil, son de los principales países exportadores de lámina rolada en frío en el mundo, además de ser de los mayores consumidores de productos de acero durante 2012. Asimismo, de la información disponible de la consultora CRU International Limited ("CRU"), en 2012 el principal país consumidor de lámina rolada en frío a nivel mundial fue China, seguido de los Estados Unidos de América y Japón. Brasil fue el sexto país consumidor. Asimismo, China es el principal país fabricante de lámina rolada en frío, seguido de los Estados Unidos de América y Japón, mientras que Brasil fue el sexto país productor;
g.    tanto en Brasil como en China existen plantas con similares escalas y capacidades de producción de la mercancía investigada, situación que les permite operar con escalas de producción muy similares, de lo que se infiere que la generación de costos fijos unitarios en las plantas siderúrgicas de China se produciría de igual manera que en Brasil si se desempeñaran en condiciones de mercado;
h.    en Brasil y China, las principales empresas productoras de lámina rolada en frío se encuentran integradas, es decir, inician su proceso de producción a partir de la extracción en minas de sus principales insumos: mineral de hierro y carbono, para después seguir con las fases de fundición del mineral de hierro, aceración, colada continua y terminar en la fase de laminación. Tales son los casos de las empresas
productoras brasileñas Usinas Siderúrgicas de Minas Gerais, S.A. y Compañía Siderúrgica Nacional, S.A. ("Usiminas" y "CSN", respectivamente) y de Angang Steel Co. Ltd. o Baosteel en China;
i.     tanto Brasil como China presentan similitud en el proceso de aceración, contando los dos países con aceración por EF y por BOF, procesos que actualmente constituyen la práctica común en todo el mundo. Incluso, se da el caso de que una misma empresa siderúrgica emplea ambos procesos, tales son los casos de Baosteel de China y de Arcelor Mittal en Brasil;
j.     la disponibilidad de insumos (hierro y carbono) en Brasil y China, arroja que ambos países cuentan con las materias primas necesarias para la elaboración de la mercancía investigada, así como de los recursos energéticos en cuanto a reservas de gas natural y generación de electricidad, y
k.    conforme a las fuentes consultadas por Ternium, toda la producción de la lámina rolada en frío en Brasil, se realiza por empresas privadas sin ninguna interferencia por parte del gobierno brasileño en la actividad productiva siderúrgica. De igual forma, se advierte que los productos de lámina rolada en frío, originarios de Brasil, no están sujetos a procedimientos de investigación por prácticas comerciales desleales, ni están sujetos a cuotas compensatorias.
I.     Para el cálculo del valor normal, Ternium utilizó el promedio de los precios domésticos de lámina rolada en frío en Brasil observados durante octubre de 2012 a septiembre de 2013, en dólares por tonelada métrica. Se utilizaron los precios reportados por la consultora brasileña Setepla Tecnometal Engenharia ("Setepla") en su estudio de mercado.
J.     Las referencias de precios en el mercado interno del país sustituto constituyen una base razonable para determinar el valor normal por lo siguiente:
a.    las ventas al mercado doméstico de Brasil son representativas, ya que la mayor parte de su producción de lámina rolada en frío se destina a su mercado interno, cubriendo la mayor parte de su consumo aparente;
b.    las principales empresas productoras de lámina rolada fría en Brasil, (Usiminas y CSN), operaron durante el periodo de investigación con utilidades, y
c.    los niveles de costo promedio de la lámina rolada en frío para el periodo 2012 a 2013, al compararse con los precios domésticos, conducen a la conclusión de que los precios se realizaron por arriba de costo y, por lo tanto, representan operaciones comerciales normales efectuadas por empresas productoras.
K.    Los precios de Brasil para el cálculo de valor normal son ex-fábrica, no incluyen impuestos, y no requirieron ajuste adicional.
c. Margen de discriminación de precios
L.    El margen de discriminación de precios obtenido mediante la comparación entre el precio promedio de exportación a México de la lámina rolada en frío, originaria de China, y el precio en el mercado interno en Brasil, durante el periodo investigado, es equivalente al 85%.
2. Daño y causalidad
M.    Tanto la mercancía de importación como la de producción nacional, son similares o idénticas, particularmente en sus características físicas y composición química. Asimismo, la mercancía nacional y la de importación compitieron entre sí, toda vez que:
a.    la mayor parte de los sectores automotriz, comercializador, distribuidor y fabricante, que realizaron importaciones de lámina rolada en frío, originaria de China, durante el periodo analizado, son o han sido clientes de Ternium;
b.    las empresas importadoras se abastecen también de producción nacional, al presentar las mismas características físicas, químicas y dimensionales y al ser insumo primario o intermedio para diversas industrias manufactureras;
c.    la lámina rolada en frío originaria de China y la de fabricación nacional son mercancías similares, tienen características y composición semejantes, lo que les permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables;
d.    las industrias consumidoras pueden utilizar indistintamente el material nacional así como el importado, independientemente del país de procedencia, una vez satisfechas las especificaciones técnicas, y
e.    la diferencia esencial entre la mercancía importada de China y la producida en México, es el precio, ya que técnicamente son similares en su composición química y características físicas, siendo posible fabricar con ellas los mismos productos.
N.    Las importaciones en condiciones de discriminación de precios; el margen de subvaloración en el periodo analizado (11%, en su punto más alto); la capacidad de lámina rolada en frío libremente disponible para la exportación que posee China, y la significativa tasa de incremento del volumen exportado por dicho país a México, advierten como inminente y previsible el que dichas importaciones en condiciones de discriminación de precios mantengan una tendencia rápidamente ascendente, cuyos efectos negativos ya se han materializado en distintos indicadores nacionales, tales como precios, valor de las ventas y utilidad
operativa de la rama de la producción nacional.
O.    Bajo un escenario en el que no se impongan cuotas, para el periodo 2013-2014 se prevé que los principales indicadores de la industria se comporten de la siguiente manera: el volumen de ventas de la industria al mercado interno resulte inferior en 6%; las ventas internas de la industria productora de lámina rolada en frío, como porcentaje del Consumo Nacional Aparente (CNA) desciende de 40% a 36%; se vislumbra una reducción adicional del precio de venta al mercado interno del 9%; el volumen de producción de lámina rolada en frío de la industria disminuirá 6%, y desde otra perspectiva, la producción para venta de lámina rolada en frío, en el periodo 2013â2014, se contrae como porcentaje del consumo aparente de 44%, a 39%.
P.    Ahora bien, respecto al periodo 2014-2015, el posible impacto de los indicadores de la industria bajo un escenario sin la imposición de cuotas, prevé el siguiente comportamiento: se mantiene elevado el volumen de las importaciones de lámina rolada en frío provenientes de China, alcanzando alrededor de 153 mil toneladas; se prevé una reducción adicional en el volumen de ventas de la industria al mercado interno del orden de 3%; las ventas internas de la industria productora de lámina rolada en frío como porcentaje del CNA desciende de 36% a 34%; en un contexto de demanda creciente, el precio de la lámina rolada fría de la industria nacional experimenta una contención y se llega a igualar al precio de la lámina rolada fría proveniente de China, ambos precios, sin embargo, apenas crecen 3%, esto último se explica por el intento por parte de los productores nacionales, de evitar una mayor pérdida de mercado, quienes deciden en el margen reducir sus precios; en cuanto a la fabricación de lámina rolada en frío de la industria nacional, esta última también sufre un decremento del 3%, lo que conduce a una pérdida adicional de mercado, toda vez que como porcentaje del consumo aparente se reduce de 39% a 37%.
Q.    El volumen de las importaciones de lámina rolada en frío de China se ubicó en 58,805 toneladas métricas, lo que representó un crecimiento significativo del 102% durante el periodo investigado, respecto del periodo similar inmediato anterior.
R.    La tendencia creciente de las importaciones investigadas también se manifiesta en su participación en el CNA de lámina rolada en frío, toda vez que su participación se elevó de 1.3% en el periodo octubre 2011âseptiembre 2012 a 2.6% en el periodo octubre 2012âseptiembre 2013.
S.    De acuerdo con la consultora CRU, la capacidad exportable de China seguirá siendo sustancialmente elevada, al ubicarse en 34 y 31 millones de toneladas para 2014 y 2015, respectivamente, lo que significa que dicha capacidad de exportación cubriría más de 15 veces el consumo aparente mexicano para esos años.
T.    Durante el periodo analizado, especialmente a partir del 2012, las importaciones acapararon un volumen de más de 50 mil toneladas métricas del producto investigado, a base de precios desleales.
U.    El porcentaje de utilización de la capacidad instalada, durante el periodo analizado ha sido significativamente bajo. De hecho, en el periodo investigado, se calcula que un tercio de la capacidad instalada de la industria exportadora china se encuentra ociosa y libremente disponible. Durante el periodo investigado, China registró en promedio una capacidad exportable promedio de casi 39 millones de toneladas equivalentes a 18 veces el consumo aparente mexicano de lámina rolada fría.
V.    Las exportaciones de lámina rolada en frío de China hacia el mercado mexicano se han incrementado sustancialmente: en 2012 con respecto al año anterior su crecimiento fue de 459%, en el caso del periodo investigado, respecto del periodo inmediato anterior, el crecimiento fue de 102%.
W.   La discriminación de precios es el mecanismo con el que indudablemente se afectaron y afectarán los indicadores de la industria nacional, el cual arroja un margen de discriminación de precios superior al 80%, lo que ha permitido que durante el periodo investigado, el precio de exportación de China al mercado mexicano empezara a registrar a partir del 2012, márgenes de subvaloración del orden de 11%, y que posteriormente provocaran descensos en los precios nacionales de hasta un 9%.
X.    En el evento de que no se llegasen a aplicar cuotas compensatorias, las importaciones investigadas alcanzarán crecimientos de 9%, 87%, y 48%, respectivamente, en 2013, 2014 y 2015, teniendo los siguientes efectos:
a.    se estima que en 2014, la producción para mercado nacional disminuiría, reduciendo su participación en el CNA al pasar de 77% (2013) a 72%; para el año 2015, se experimentaría una contracción adicional de 3%, lo cual conduciría a una pérdida adicional de participación en el consumo aparente al disminuir de 72% a 68%. Asimismo, la producción total de lámina rolada en frío para venta (que incluye exportaciones) experimentará caídas consecutivas en 2014 y 2015, del orden de 6% y 3%, respectivamente;
b.    en 2015, el volumen de ventas internas cae 3%, dando como resultado que, como porcentaje del CNA, sufran un desplazamiento al bajar su participación de 40% en 2013, al 36% y 34% en los años 2014
y 2015 respectivamente, y
c.    la caída en los niveles de producción para venta de lámina rolada en frío, y la adición de capacidad instalada de la nueva planta del Complejo Siderúrgico Pesquería, provocarán una drástica disminución de los índices de capacidad utilizada del orden 8 puntos porcentuales en el 2014 respecto del año 2013, y de 1 punto porcentual en 2015 respecto al año anterior.
Y.    La exportación de la lámina rolada en frío hacia el mercado mexicano, proveniente de demás países no investigados se realizó a precios significativamente muy superiores al precio del producto investigado proveniente de China. Por lo tanto, el resto de las importaciones no investigadas, no son causa del daño o amenaza de daño a la producción nacional.
Z.    La industria exportadora china ha penetrado agresivamente el mercado norteamericano y ha logrado desplazar a países que tradicionalmente han abastecido al mercado norteamericano, como son Brasil y algunos países europeos (Holanda y Bélgica, entre otros).
AA.  Se considera como inminente y claramente previsible que la industria de los Estados Unidos de América solicite en breve el inicio de una investigación por prácticas comerciales desleales sobre las importaciones de lámina rolada en frío proveniente de China. De hecho, en la Unión Europea, Indonesia y Tailandia, están vigentes investigaciones por prácticas comerciales desleales en productos planos, incluyendo lámina rolada en frío.
BB.  De la proyección de los indicadores económicos nacionales y de Ternium, bajo un escenario con importaciones en condiciones de discriminación de precios para los años 2013, 2014 y 2015, tomando en cuenta las actuales condiciones de los mercados mundiales, es fundadamente previsible que las exportaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, continúen su tendencia ascendente en el mercado mexicano, estimuladas por el aumento esperado del CNA y apoyadas en la práctica de discriminación de precios. El volumen estimado de las importaciones objeto de investigación es de 103,690 toneladas en el periodo enero-diciembre de 2014, y de 153,767 toneladas para el lapso eneroâdiciembre de 2015.
CC.  El aumento de las importaciones investigadas es de 87% en 2014 y de 48% en 2015. La participación de las importaciones investigadas en las importaciones totales se incrementa de 11.1% en 2013 a 16.7% en 2014. Posteriormente, este indicador se incrementa aún más, al ubicarse en 20.7% en 2015.
DD.  Los efectos sobre cada uno de los indicadores de Ternium son los siguientes:
a.    se prevé que en 2014, la producción para el mercado nacional de Ternium (producción menos exportación) disminuya 8%. Esto se habrá de reflejar en un descenso de la participación de la producción para mercado nacional en el consumo, pasando de 54% en 2013 a 48% en 2014. Para el lapso de enero a diciembre de 2015 el crecimiento sostenido de las importaciones provenientes de China, motiva que la producción para el mercado nacional de Ternium sufra una reducción adicional de 2%. El resultado afecta aún más la participación de esta producción en el consumo y del 48% desciende al 46% del CNA. Es importante resaltar que, para evitar que la producción de Ternium destinada al mercado nacional siga disminuyendo en términos de su participación en el CNA, la Solicitante se ve forzada a ajustar continuamente a la baja su precio de venta al mercado interno para competir con las importaciones en condiciones desleales, lo cual constituye una profundización del daño derivado de tales importaciones;
b.    la mayor presencia de las importaciones chinas impacta el volumen de ventas al mercado interno de Ternium, lo cual se refleja en una caída de 6% en 2014, respecto del 2013. La participación de las ventas a mercado interno en el CNA se reduce, pasando de 24% en 2013 a 21.5% en 2014. Para 2015, la dificultad de competir con importaciones a precios discriminados que aumentan sostenidamente sus volúmenes en el mercado mexicano, hace que las ventas de Ternium disminuyan 3%, con lo que consecuentemente su participación en el CNA se reduce aún más, ubicándose en 20.3%;
c.    tomando como base la variación porcentual estimada entre 2013, 2014 y 2015 de los precios de la lámina rolada en frío de Asia reportados por la consultora CRU, se estima que el precio de la lámina rolada en frío exportada a México de China, suba 4% en 2014 con relación con el año anterior. En un contexto de demanda creciente, se estima que el precio de China aumente 3% en el 2015. Como resultado de lo anterior, el precio de Ternium para el mercado nacional continúa sufriendo un efecto de contención, ya que no logra aumentar sus niveles en el resto de los periodos pronosticados. De esta forma, disminuye 9% en 2014, y apenas se incrementa en 3% el año subsiguiente. El comportamiento de los precios nacionales frente a los precios chinos, tiene como resultado que persistan los niveles de subvaloración los cuales se sitúan en un nivel promedio de 3% en 2014 y 2015, y
d.    Ternium experimentará durante 2014 una caída en el valor de las ventas totales de lámina rolada en frío, derivada fundamentalmente de una caída de 15% en el valor de las ventas a su mercado interno. Al comparar los ingresos por ventas domésticas en 2014, respecto del nivel que registraron en 2013, el resultado es un quebranto de millones de dólares para la Solicitante, causado por las importaciones en
condiciones de discriminación de precios. En 2015 el valor de las ventas a mercado nacional sufren una reducción adicional toda vez que bajan apenas un 0.07%, lo que representa un flujo de efectivo menor en comparación con el nivel del mismo periodo anterior.
EE.  La mayor penetración de las importaciones de lámina rolada en frío al interior del mercado mexicano, ha empezado a tener un efecto precio negativo sobre el comportamiento global de los ingresos totales de Ternium, esto se ve reflejado en dos elementos: a) un efecto de contención que ha provocado que el precio promedio al mercado nacional de Ternium durante el periodo investigado se haya reducido en 9%, y b) como consecuencia en la reducción de precios, durante el periodo investigado, Ternium registró una pérdida operativa de millones de pesos.
FF.   Es importante mencionar que las importaciones de lámina rolada en frío en condiciones desleales, no sólo han causado un daño significativo a la industria nacional, y en particular a Ternium, sino que, de persistir la práctica de discriminación de precios por parte de la industria productora y exportadora de China, se advierte adicionalmente la clara profundización del daño sobre la capacidad anual de producción de una nueva planta de laminación en frío que recién acaba de iniciar operaciones en el Complejo Siderúrgico Pesquería, y que se vería seriamente afectada de no castigarse oportunamente la práctica desleal identificada. A corto plazo el daño se vería reflejado en un inminente riesgo que afectaría la viabilidad de la operación de la planta y eventualmente afectará a largo plazo la rentabilidad y los periodos de amortización del Complejo Siderúrgico Pesquería.
GG.  Durante el periodo analizado, no existen otros factores de daño diferentes a las importaciones en condiciones de discriminación de precios que estén causando daño y amenazan causar un deterioro aún mayor a la actividad operativa, comercial, y financiera de la industria nacional.
21. Ternium presentó:
A.    Copia certificada de los siguientes instrumentos notariales:
a.    escritura pública número 2,748, del 15 de octubre de 1976, otorgada ante el Notario Público número 9 en Monterrey, Nuevo León, en la que consta la legal existencia y constitución de Grupo Industrial IMSA, S.A.;
b.    escritura pública número 8,994, del 14 de diciembre de 2007, otorgada ante el Notario Público número 122 en Monterrey, Nuevo León, en la que constan los cambios de denominación de: Grupo Industrial IMSA, S.A. a Grupo IMSA, S.A.; de Grupo IMSA, S.A. a Grupo IMSA, S.A. de C.V., y de Grupo IMSA, S.A. de C.V. a Ternium;
c.    escritura pública número 6,744, del 12 de febrero de 2008, otorgada ante el Notario Público número 130 en Monterrey, Nuevo León, en la que consta la fusión de Ternium como sociedad fusionante, con las empresas Hylsamex, S.A. de C.V. e Hylsa Industrias, S.A. de C.V., como sociedades fusionadas, y
d.    escritura pública número 8,226, del 19 de mayo de 2009, otorgada ante el Notario Público número 130 en Monterrey, Nuevo León, mediante la cual se otorga poder especial para pleitos y cobranzas y actos de administración en favor de los representantes legales de Ternium.
B.    Copia certificada de las cédulas para el ejercicio profesional, expedidas por la Secretaría de Educación Pública, en favor de los representantes legales de Ternium.
C.    Copia certificada de las credenciales para votar, expedidas por el Instituto Federal Electoral, en favor de los representantes legales de Ternium.
D.    Estructura corporativa de Ternium y diagrama de flujo de sus empresas subsidiarias y matriz.
E.    Precio de exportación de la lámina rolada en frío que ingresa a México a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, correspondiente al periodo comprendido de octubre de 2012 a septiembre de 2013, proporcionado por Ternium con base en información de la CANACERO.
F.    Precios de la lámina rolada en frío en el mercado interno de Brasil, correspondientes al periodo comprendido de octubre de 2012 a septiembre de 2013, proporcionado por Ternium con base en información del estudio de mercado de la consultora brasileña Setepla.
G.    Precios mensuales de ventas domésticas de Brasil y precios ex-fábrica, correspondientes al periodo comprendido de enero de 2010 a septiembre de 2013, obtenidos del Instituto del Acero Brasil y del estudio de mercado de la consultora brasileña Setepla.
H.    Estimación del margen de discriminación de precios de la lámina rolada en frío que ingresa por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, elaborada por Ternium.
I.     Participación de Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. ("AHMSA") y Ternium en la producción nacional de lámina rolada en frío, con información de la CANACERO.
J.     Exportaciones de lámina rolada en frío, realizadas a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, de 2008 a septiembre de 2013, con información del SIAVI, del Banco de México
y de la TIGIE.
K.    Pronóstico de CNA para productos siderúrgicos seleccionados, entre ellos la lámina rolada en frío, de 2005 a 2023, y comparación de escenarios 2013-2023, elaborado con modelos econométricos desarrollados por la Comisión de Planeación de la CANACERO, de octubre de 2013.
L.    Indicadores de lámina rolada en frío del mercado nacional, correspondientes al periodo de 2010 a septiembre de 2013, y proyecciones para el periodo de 2013 a 2015, y metodología para sus proyecciones.
M.    Metodología para calcular la capacidad instalada para la producción de lámina rolada en frío de Ternium.
N.    Principales clientes en el mercado interno de lámina rolada en frío de Ternium, de octubre de 2010 a septiembre de 2013.
O.    Clientes de Ternium que: dejaron de comprar lámina rolada en frío; de aquellos que disminuyeron compras de lámina rolada en frío, y de los que realizaron importaciones lámina rolada en frío de China.
P.    Política de ventas de Ternium.
Q.    Tipo de cambio de peso a dólar de 2012-2018, con información de la publicación Harbor Intelligence, de febrero de 2014, y de enero de 2010 a febrero de 2014, con información del Banco de México.
R.    Información financiera de las empresas Usiminas y CSN, obtenida de sus páginas de Internet (http://ri.usiminas.com y www.csn.com.br).
S.    Información del producto de las empresas Anshan y Wisco, así como el catálogo de productos de esta última, obtenida de las páginas de Internet http://en.ansteelgroup.com y http://www.wisco.com.cn.
T.    Procesos de fabricación utilizados en Brasil y China de 2010 a 2012, con información de la publicación World Steel in Figures de 2013.
U.    Principales productores y consumidores de lámina rolada en frío, de 2007 a 2012 y de 2009, con proyección a 2017, respectivamente, con información del Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, de abril 2013.
V.    Principales exportadores e importadores de lámina rolada en frío de 2007 a 2012, con información del Iron Steel Statistics Bureau (ISSB).
W.   Base de datos de importación y exportación de lámina rolada en frío de China, de enero 2010 a septiembre de 2013, con información del ISSB.
X.    Exportaciones de China de lámina rolada en frío por región, con información del ISSB.
Y.    Importaciones de lámina rolada en frío de México de enero de 2010 a septiembre de 2013, con información del ISSB y de la CANACERO.
Z.    Importaciones de lámina rolada en frío en los Estados Unidos de América de 2009 a 2013, con información del American Iron and Steel Institute.
AA.  Importaciones realizadas por Ternium y sus afiliadas a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, de 2010 a 2012, y de octubre de 2012 a septiembre de 2013.
BB.  Cuadros comparativos de las características entre el producto investigado y del similar de fabricación nacional, y del producto investigado y el similar del país sustituto, elaborados con información de los catálogos de Baosteel y Usiminas.
CC.  Características de la lámina rolada en frío de Brasil, con información de la página de Internet de Usiminas (http://.www.usiminas.com).
DD.  Empleo y salarios para la producción del producto similar al investigado, de enero de 2010 a septiembre de 2013.
EE.  Cálculo del empleo de Ternium para la producción de lámina rolada en frío, correspondiente al periodo comprendido de 2007 a 2013 por costos y para el proyecto Complejo Siderúrgico Pesquería.
FF.   Costos de los insumos para la fabricación de lámina fría cruda y recocida, de 2010 a septiembre de 2013.
GG.  Flujo neto de efectivo sin considerar y considerando importaciones a precios discriminados.
HH.  Cálculo de la distancia entre las ciudades de Anshan y Bayuquan en China, con información de la página de Internet www.chinatraveldepot.com.
II.     Tarifa de carga ferroviaria de láminas de fierro y acero de 2012 y 2013, de una empresa transportista ferroviaria.
JJ.   Costos de flete ferroviarios entre Anshan y Bayuquan en China, con información de una empresa transportista ferroviaria.
 
KK.  Definición del término libre dentro y fuera, libre de estiba (FIOS, por las siglas en inglés de "Free in and out and Stowed"), obtenido de la página de Internet de 4 Commerce Worldwide Logistics (http://4commerce.com.ar /esp/informacion-util/terminos-de-embarque/).
LL.   Explicación de proyecciones de importaciones totales, importaciones provenientes de China, capacidad instalada de la industria y de Ternium e inventarios de Ternium.
MM. Estados de costos, ventas y utilidades de Ternium relacionados con la mercancía nacional, para mercado interno y autoconsumo, de 2010 a septiembre de 2013, con proyecciones para 2014 y 2015, y para el mercado de exportación, de 2010 a septiembre de 2013.
NN.  Estados financieros dictaminados de Ternium correspondientes a 2010, 2011 y 2012.
OO.  Los siguientes indicadores:
a.    del mercado nacional sobre producción nacional, ventas, importaciones y precios de lámina rolada en frío, de 2010 a 2012, y proyecciones para el periodo de 2013 a 2015;
b.    de Ternium para lámina rolada en frío, de enero de 2010 a septiembre de 2013, y proyecciones de octubre de 2013 a diciembre de 2015, correspondientes a volúmenes, valores y precios;
c.    de la industria nacional y de Ternium, de 2010 a septiembre de 2013;
d.    de la industria en China, de 2010 a septiembre de 2013, y proyecciones para 2014 y 2015, obtenidos con información de la publicación Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, de abril 2013, del ISSB y de la CANACERO, y
e.    del Banco Mundial, relativos al Ingreso Nacional Bruto per cápita ("INB pc") y fuentes del Producto Interno Bruto (PIB), con información de la página de Internet http://datos.bancomundial.org.
PP.  Diagramas de producción de las empresas:
a.    Ternium, para la fabricación de lámina rolada en frío, elaborado por Ternium;
b.    Usiminas, con información de su página de Internet (http://esp.usiminas.com);
c.    CSN, con información de su página de Internet (http://www.csn.com.br);
d.    Anshan, con información del directorio "Iron and Steel Works of the World", vigésima edición, de Metal Bulletin Ltd., de julio de 2012;
e.    Wisco, con información del directorio "Iron and Steel Works of the World", vigésima edición, de Metal Bulletin Ltd., de julio de 2012, y
f.     Baosteel, con información de su página de Internet (http://www.baosteel.com).
QQ. Los siguientes documentos:
a.    especificaciones técnicas de productos y servicios de aceros planos de Ternium, con información de la página de Internet http://www.ternium.com/products/coldrolled;
b.    cotización de transporte marítimo expedida por una empresa de logística en China, del 22 de mayo de 2013;
c.    "Escenario Macroeconómico Base de México", correspondiente al periodo 2012-2018 y "Panorama Económico (Inflación Mx)", correspondiente al periodo 2012-2014, elaborados con información de la publicación Harbor Intelligence, de febrero de 2014;
d.    estudio del mercado brasileño de lámina rolada en frío de la consultora brasileña Setepla, de junio de 2013;
e.    perfil de la consultora brasileña Setepla, obtenido de su página de Internet (http://www.setepla.com.br);
f.     normas técnicas ASTM A1008/A1008 M, DIN 1623 parte 1 y 2, SAE J403, EN 10130 y JIS G3141;
g.    cuatro facturas de venta de Ternium, del producto objeto de investigación, correspondientes a julio de 2012, y febrero y mayo de 2013, y
h.    Ocho certificados de análisis y especificaciones técnicas del producto objeto de investigación, de octubre 2012, enero, febrero, marzo, agosto y octubre de 2013, emitidos por Ternium.
RR.  Las siguientes comunicaciones:
a.    cartas del 20 de septiembre de 2013 y del 10 de febrero de 2014, en las que se presentó la equivalencia de flete marítimo de lámina caliente y lámina fría;
b.    carta del 10 de diciembre de 2013, dirigida a la UPCI por parte del Director General de la CANACERO, en la que informa el porcentaje de participación en la producción nacional de lámina rolada en frío;
c.    correo electrónico del 5 de febrero de 2014, en el cual Ternium solicita a la Embajada de Tailandia en México, copia electrónica de la publicación del inicio de investigación antidumping a las importaciones de
aceros al carbono rolados en frío provenientes de China, del Diario Oficial de Tailandia;
d.    correo electrónico del 10 de febrero de 2014, en el cual CANACERO responde la solicitud de información de Ternium, respecto a los términos de venta en que están valorizadas las importaciones de la lámina rolada en frío, y
e.    carta del 13 de febrero de 2014, emitida por una empresa de corredores de reaseguro, en la que se establece la metodología del cálculo de seguro marítimo.
SS.  Las siguientes publicaciones:
a.    "Perspectivas de precios de chapa laminada en frío, para el periodo 2010-2018" y "Perspectivas de mercado de chapa laminada en frío. Consumo Neto Aparente 2009-2017", del Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, de octubre de 2013;
b.    "Examen de las Políticas Comerciales. Informe de la Secretaría. China", del 8 de mayo de 2012, emitido por la Organización Mundial del Comercio (OMC);
c.    "Principales países y empresas productoras de acero en 2011 y 2012", con información de la publicación World Steel in Figures de 2013;
d.    "Panorama Económico Mundial. Economías Emergentes y en Desarrollo. PIB Real", del Fondo Económico Mundial, de octubre 2013;
e.    "Anuario Estadístico de la Industria Siderúrgica Mexicana 2006â2011", de la CANACERO;
f.     "Producción y reservas de hierro por país", información obtenida del Mineral Commodity Summaries del Servicio Geológico de los Estados Unidos de América, de enero de 2013;
g.    "Reservas de carbón, gas natural y generación de electricidad por país", información obtenida del BP Statistical Review of World Energy, de junio de 2013;
h.    "Reglamento (UE) No. 845/2012" de la Comisión Europea, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 18 de septiembre de 2012, y
i.     "Informe semestral del 27 de marzo de 2013, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2012, presentado por Tailandia ante la OMC".
TT.  Los siguientes artículos:
a.    de The Tex Report, del 28 de marzo de 2013, titulado "Indonesia impone derechos antidumping a lámina rolada en frío contra Japón con una tasa alta del 55%";
b.    del Boletín Diario de SBB, del 7 de febrero de 2014, titulado "Tailandia impone aranceles a las importaciones de productos laminados en frío de tres países", y
c.    del American Metal Market, del 18 de diciembre de 2013, titulado "UPI menciona el caso de comercio vs. láminas provenientes de China", y del 8 de enero de 2014, titulado "Los rollos rolados en frío provenientes de China pegan a los EEUU".
G. Otra información
22. El 13 de diciembre de 2013 compareció la CANACERO para presentar el porcentaje de participación de las empresas fabricantes de lámina rolada en frío, correspondiente a 2010, 2011 y 2012, y los periodos julio 2011-junio 2012 y julio 2012-junio 2013.
23. El 19 de diciembre de 2013 AHMSA manifestó su apoyo a la solicitud de inicio señalada en el punto 1 de la presente Resolución.
H. Requerimientos de información
1. Prórroga
24. La Secretaría otorgó una prórroga de tres días a AHMSA, para presentar su respuesta al requerimiento de información formulado el 29 de enero de 2014. El plazo venció el 4 de marzo de 2014.
2. Producción nacional
25. El 4 de marzo de 2014, AHMSA respondió al requerimiento de información que la Secretaría le formuló el 29 de enero de 2014. AHMSA manifestó:
A.    La lámina rolada en frío que AHMSA produce en el rango de espesores comprendidos entre 0.5 y 3 mm, es similar a la lámina rolada en frío objeto de la solicitud de Ternium.
B.    Las exportaciones chinas de lámina rolada en frío a México mostraron un crecimiento sustancial sostenido, ya que en el periodo de octubre de 2011 a septiembre de 2012 fueron superiores en 246% con respecto al mismo periodo anterior, tendencia que continuó en el periodo de octubre de 2012 a septiembre de 2013, al superar en 102% al volumen del mismo periodo anterior.
C.    Lo anterior derivó en una disminución de la participación en el CNA de la producción destinada al mercado nacional de AHMSA, pasando del 31% en el periodo octubre de 2010 a septiembre de 2011 a
27% en el periodo octubre de 2012 a septiembre de 2013, esto a pesar de un crecimiento del CNA de 7% entre octubre 2011 y septiembre 2012, y octubre 2012 y septiembre 2013.
D.    Un efecto similar se registró en el volumen de ventas al mercado interno de AHMSA, pues a pesar de aumentar en 6% en octubre 2012 a septiembre de 2013 respecto del mismo periodo anterior, la participación de estas ventas en el CNA se mantuvo en 27% en ambos periodos, mientras que la participación de la lámina rolada en frío importada de China incrementaba su participación en el CNA de 2% a 4%.
E.    Las importaciones de origen distinto a China descendieron 7% de octubre de 2012 a septiembre de 2013, lo cual indica que el crecimiento del CNA en ese periodo no se reflejó ni en las ventas a mercado interno de AHMSA, ni en las importaciones que no son objeto de investigación. Por lo que el estancamiento en la participación de mercado de AHMSA fue consecuencia directa del significativo aumento de las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China.
F.    En el volumen de inventarios promedio del periodo de octubre de 2012 a septiembre de 2013, también mostraron el nulo beneficio del crecimiento del CNA, pues no obstante haber incrementado las ventas al mercado de exportación en 79%, el inventario resultó 40% superior al del mismo periodo anterior.
G.    El efecto más importante se presenta en el precio de venta al mercado interno. La lámina rolada en frío importada de China se comerció en el mercado nacional con un margen de subvaloración de 8% con respecto al precio a mercado interno de AHMSA.
H.    En el periodo investigado, el precio de importación de la lámina rolada en frío de China, al reducirse en 14% respecto del mismo periodo anterior, se ubicó en US$61 (sesenta y un dólares) por tonelada debajo del precio de venta de AHMSA, lo que causó una disminución de 10% en el precio ofertado por AHMSA en el mercado interno.
I.     Si bien el precio de las importaciones de origen distinto a China mostraron también una disminución en su precio, ésta fue de 2%, lo que aunado al descenso en su volumen de 7%, pone claro que el factor que provocó el descenso en el precio de venta al mercado interno de AHMSA fue el margen de subvaloración en los precios de la lámina rolada en frío de China.
J.     El ingreso por ventas a mercado interno de AHMSA disminuyó 8% en el periodo investigado, comparado con el periodo anterior, con lo que, a pesar de una reducción de 7% en el costo operativo correspondiente a la lámina rolada en frío similar a la importada desde China, AHMSA tuvo una pérdida operativa de octubre 2012 a septiembre de 2013.
K.    Los canales de distribución del producto objeto de investigación, son ventas directas a clientes industriales y ventas a comercializadores (distribuidores). Los principales mercados geográficos a los que AHMSA abastece de lámina rolada en frío son: Nuevo León, Estado de México, San Luis Potosí, Distrito Federal y otros.
26. AHMSA presentó:
A.    Copia certificada de:
a.    la escritura pública número 13, otorgada ante el Notario Público número 6 de Monclova, Coahuila, en la que consta la legal existencia y constitución de AHMSA, así como el poder general para pleitos y cobranzas y poder general para actos de administración, otorgados en favor de la representante legal de AHMSA, y
b.    el título y la cédula para el ejercicio profesional, expedidos por la Universidad Anáhuac y por la Secretaría de Educación Pública, respectivamente, en favor de la representante legal de AHMSA.
B.    Copia simple de la credencial para votar, expedida por el Instituto Federal Electoral en favor de la representante legal de AHMSA.
C.    Los indicadores relativos a:
a.    volúmenes de enero de 2010 a septiembre de 2013 y proyecciones para 2014 y 2015;
b.    valores y precios de enero de 2010 a septiembre de 2013 y proyecciones para 2014 y 2015, y
c.    producción, capacidad instalada, utilización de la capacidad instalada, empleo y salarios de 2010 a septiembre de 2013 y proyecciones para 2014 y 2015.
D.    Manual de Especificaciones y Garantías de AHMSA (Mega 03), de octubre de 2011, disponible en la página de Internet http://www.ahmsa.com, y conversión de pulgadas a milímetros para dicho manual.
E.    Cálculo de la capacidad instalada del "Molino 60" y metodología para el cálculo de la capacidad instalada del "Molino 60", "Molino Mesta" y el "Molino Hitachi" de AHMSA.
F.    Indicadores del mercado nacional, de enero de 2010 a septiembre de 2013.
G.    Estados financieros de AHMSA para 2010, 2011 y 2012, y estado de costos, ventas y utilidades de la mercancía nacional orientada al mercado interno, de 2010 a septiembre de 2013, y proyecciones de 2014 y 2015.
 
H.    Metodología para la proyección del estado de costos ventas y utilidades para 2014 y 2015, de la mercancía destinada al mercado nacional y al autoconsumo, y la metodología para la proyección de los indicadores del mercado nacional de lámina rolada en frío para 2014 y 2015, bajo un escenario con importaciones en condiciones de discriminación de precios.
I.     Detalle de costo de producción de la mercancía orientada al autoconsumo, de 2010 a septiembre de 2013, y periodos proyectados de 2014 y 2015.
J.     Ventas de lámina rolada en frío de AHMSA por cliente, de 2010 a septiembre de 2013.
K.    Pronóstico de CNA para productos siderúrgicos, comparación de escenarios 2013-2023, con información de la CANACERO.
L.    Proyecciones económicas, de 2003 a 2023, obtenidas del Grupo de Economistas y Asociados, de julio de 2013.
M.    Precios de aceros laminados, obtenidos del Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review, de la consultora CRU, de octubre de 2013.
3. Otros
27. El 18 de febrero de 2014 la CANACERO respondió al requerimiento de información que la Secretaría le formuló el 30 de enero de 2014, para que presentara información sobre la participación por sector de las importaciones de lámina rolada en frío provenientes de China, durante el periodo de enero de 2010 a septiembre de 2013, así como información de las empresas importadoras del producto objeto de investigación.
CONSIDERANDOS
A. Competencia
28. La Secretaría es competente para emitir la presente Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 16 y 34 fracciones V y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 apartado B fracción V y 15 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría; 5 y 12.1 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (el "Acuerdo Antidumping"), y 5 fracción VII y 52 fracciones I y II de la LCE.
B. Legislación aplicable
29. Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles, estos tres últimos de aplicación supletoria.
C. Protección de la información confidencial
30. La Secretaría no puede revelar públicamente la información confidencial que las partes interesadas le presenten, ni la información confidencial de que ella misma se allegue, de conformidad con los artículos 6.5 del Acuerdo Antidumping, 80 de la LCE y 152 y 158 del RLCE. No obstante, las partes interesadas podrán obtener el acceso a la información confidencial, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en los artículos 159 y 160 del RLCE.
D. Legitimidad procesal
31. De conformidad con lo señalado en los puntos 84 a 88 de la presente Resolución, la Secretaría determina que Ternium está legitimada para solicitar el inicio de la presente investigación, de conformidad con los artículos 5.4 del Acuerdo Antidumping y 50 de la LCE.
E. Periodo investigado y analizado
32. La Solicitante propuso como periodo investigado el comprendido de julio de 2012 a junio de 2013, y como periodo de análisis de daño el comprendido de julio de 2010 a junio de 2013.
33. Con fundamento en el artículo 76 del RLCE y de acuerdo con la recomendación del Comité de Prácticas Antidumping de la OMC (documento G/ADP/6 adoptado el 5 de mayo de 2000) que precisa que el periodo de recopilación de datos debe ser normalmente de doce meses y terminar lo más cercano posible a la fecha de inicio de la investigación, la Secretaría, dentro de la prevención a que se refiere el punto 19 de la presente Resolución, solicitó a Ternium actualizar la información presentada al 30 de septiembre de 2013. Por lo anterior, se establece como periodo investigado el comprendido del 1 de octubre de 2012 al 30 de septiembre de 2013 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2010 al 30 de septiembre de 2013, los cuales fueron utilizados para el análisis de la solicitud.
F. Análisis de discriminación de precios
1. Precio de exportación
34. Para acreditar el precio de exportación, Ternium proporcionó el listado de las importaciones totales de lámina rolada en frío, que ingresan por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, el cual obtuvo del SAT a través de la CANACERO, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2012 al 30 de septiembre de 2013. Calculó el precio promedio ponderado, como resultado de dividir el valor de la
mercancía importada en dólares entre su volumen en toneladas.
35. La Secretaría se allegó del listado de las importaciones totales de lámina rolada en frío, a partir de las estadísticas que reporta el Sistema de Información Comercial de México (SICM), y cotejó el valor, el volumen y el país de origen, entre otra información, con la que proporcionó Ternium, y observó algunas diferencias en el valor en dólares y en el volumen. Para calcular el precio de exportación, la Secretaría utilizó la base de las estadísticas de importación que reporta el SICM. Calculó el precio de exportación promedio ponderado en dólares por tonelada métrica para el periodo objeto de investigación, con fundamento en el artículo 40 del RLCE.
a. Ajustes al precio de exportación
36. Ternium indicó que las operaciones de importación que registra el SAT, se encuentran expresadas a nivel CIF, por lo que propuso que se ajustaran por términos y condiciones de venta a fin de llevarlos a nivel ex-fábrica, en específico por flete terrestre en China y, flete y seguro marítimo desde el puerto chino hasta el mexicano.
i. Flete marítimo
37. Para sustentar el ajuste, la Solicitante aportó una cotización de una empresa especializada en transportación marítima, el costo del flete está expresado en dólares por tonelada, desde el puerto chino hasta el mexicano. La cotización se encuentra dentro del periodo objeto de investigación y refiere al transporte de "Acero lámina rolada en caliente y placa en rollo".
38. Ternium justificó la aplicación del ajuste al producto objeto de investigación, ya que considera que es una aproximación razonable que refleja el costo del flete que normalmente se aplica cuando se transporta este tipo de productos de acero como la lámina rolada en frío.
ii. Seguro marítimo
39. Para acreditar el ajuste, Ternium presentó copia de una póliza de seguro internacional que contrató para el transporte de sus productos siderúrgicos. La póliza corresponde al periodo objeto de investigación. En el documento se especifica la prima que se cobra por el seguro en la transportación de varias mercancías, incluidas las de productos siderúrgicos.
40. Para obtener el monto del ajuste, Ternium multiplicó la tasa del seguro por el valor en dólares de las exportaciones totales originarias de China a México para el periodo investigado. Las estadísticas de exportación de China las obtuvo del ISSB. No obstante, la Secretaría aplicó la tasa al valor total de las importaciones que obtuvo del SICM para ser consistente con la fuente de información que utilizó para el cálculo del precio de exportación. Finalmente, el resultado lo dividió entre el volumen total en toneladas.
iii. Flete terrestre
41. Ternium aclaró que no tuvo acceso a datos sobre el costo de flete terrestre en China. Para estimar el monto del ajuste, calculó la distancia en kilómetros existente entre Anshan, una de las plantas productoras chinas que exportó el producto objeto de investigación a México y el puerto de embarque de Bayuquan. La distancia la obtuvo de la página de Internet de una agencia (http://www.chinatraveldepot.com).
42. Aplicó una tarifa por ferrocarril para transportar productos de acero que obtuvo de una empresa ferroviaria mexicana e indicó que, de acuerdo con esta empresa, el costo del transporte se integra por una tarifa fija por tonelada, independientemente de la distancia a la que se transporte la mercancía, más un costo variable que resulta de multiplicar el costo por kilómetro por la distancia recorrida.
43. Las tarifas se encuentran en pesos mexicanos; para convertir el monto del ajuste en dólares, aplicó el tipo de cambio promedio de los meses correspondientes al periodo investigado, información que obtuvo de las estadísticas del Banco de México.
44. La Secretaría determinó no considerar el ajuste por este concepto, toda vez que Ternium no justificó cómo el costo del transporte en México podría ser una aproximación razonable de lo que sería el costo del transporte en China. En la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría se allegará de mayores elementos de prueba y, en su caso, determinará el monto del ajuste.
b. Determinación
45. Con base en los artículos 2.4 del Acuerdo Antidumping, 36 de la LCE y 53 y 54 del RLCE, en esta etapa de la investigación, la Secretaría ajustó el precio de exportación por concepto de flete y seguro marítimo, con base en la información y la metodología que Ternium propuso y la que la Secretaría se allegó.
2. Valor normal
a. Selección del país sustituto
46. Ternium solicitó a la Secretaría que China sea considerada como una economía centralmente planificada. Presentó los siguientes documentos:
a.     el informe del Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC, relativo al examen de China (WT/TPR/S/264), del 8 de mayo de 2012, del que se desprende que el gobierno de China mantiene el control e intervención en insumos como el petróleo, el gas y la electricidad, entre otros. En lo que respecta a la libre convertibilidad de la moneda, se aprecia que en el gobierno de China opera un régimen controlado de las divisas y que la moneda no es objeto de libre comercio a nivel internacional. Además, específicamente en el subsector del hierro y del acero, se puede advertir que el 35% del valor de la producción de hierro y acero corresponde a empresas de participación estatal, y
b.    el Reglamento (UE) No. 845/2012 de la Comisión Europea del 18 de septiembre de 2012, en el que
se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de determinados productos siderúrgicos revestidos de materia orgánica originarios de China, la autoridad adoptó diversas decisiones tendientes a demostrar que en el sector siderúrgico en China siguen operando condiciones de no mercado.
47. Ternium propuso a Brasil como el país con economía de mercado que reúne las características necesarias para ser utilizado como sustituto para efectos de determinar el valor normal en la presente investigación. Para acreditar su propuesta, aportó los siguientes elementos, que afirma se basan en una evaluación de las características del producto objeto de investigación, del entorno económico, así como de los factores principales que inciden sectorialmente en la formación del precio en esta investigación.
i. Similitud del producto brasileño y chino
48. Ternium explicó que las características físicas, químicas y organolépticas de lámina rolada en frío importada de China a México son similares a la que se produce en Brasil. En ambos países se utilizan los mismos elementos básicos para su elaboración (mineral de hierro, chatarra y carbón de coque) y se fabrica en equipos idénticos. Para acreditar su argumento, presentó un cuadro comparativo que incluye las características químicas y dimensiones de la lámina rolada en frío en ambos países, con base en el catálogo de las productoras Usiminas en Brasil y Baosteel en China.
ii. Producción
49. Brasil y China son de los principales países productores y consumidores de lámina rolada en frío a nivel mundial. De acuerdo con cifras de la consultora CRU, durante el periodo investigado Brasil consumió 7.57 millones de toneladas de lámina rolada en frío, al ubicarse en el sexto lugar a nivel mundial. Por su parte, China consumió 81.80 millones de toneladas, al ocupar el primer lugar, seguido de los Estados Unidos de América con 28.92 millones de toneladas. El tercer lugar lo ocupó Japón con 20.16 millones de toneladas. Respecto a los niveles de producción, China también es el principal fabricante de lámina rolada en frío, seguido de los Estados Unidos de América y Japón, Brasil se ubica en el octavo lugar, como se expone en la siguiente Tabla.
Tabla 3. Principales países consumidores y productores de lámina rolada en frío
Octubre 2012-septiembre 2013 / millones de toneladas
País
Consumo
País
Producción
China
81.80
China
81.58
Estados Unidos
de América
28.92
Estados Unidos
de América
28.73
Japón
20.16
Japón
23.67
Corea del sur
15.05
Corea del sur
19.72
India
15.40
India
14.33
Brasil
7.57
Alemania
10.05
México
4.12
Rusia
9.58
Canadá
3.47
Brasil
7.37
Taiwán
3.46
Taiwán
5.57
Tailandia
2.62
Francia
4.36
Fuente: Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, de abril de 2013.
50. Ternium argumentó que estos datos a nivel industria, fortalecen la elección de Brasil como país sustituto por el tamaño de sus mercados y nivel de producción, toda vez que se ubican dentro del rango de los diez principales países con niveles de consumo y producción a nivel mundial.
iii. Capacidad de producción
51. Ternium indicó que las capacidades de producción de las principales productoras de lámina rolada en frío en Brasil y China en 2013, presentan similitud en sus niveles, con lo que puede inferirse razonablemente que la participación de los costos fijos unitarios en las plantas en China y en Brasil son similares.
iv. Similitud en el proceso de producción
52. Ternium argumentó que gran parte de las plantas siderúrgicas tanto chinas como brasileñas se encuentran integradas, es decir, que el proceso de producción se inicia a partir de la extracción de sus minas de los principales insumos: mineral de hierro, chatarra y carbono; posteriormente siguen las fases de fundición del mineral de hierro, aceración, colada continua y termina en la fase de laminación. Agregó que en la medida en que las plantas estén integradas, se reduce la dependencia de las fluctuaciones de precios internacionales de estas materias primas, lo cual provoca un mejor control de costos.
53.   Ternium indicó que la producción de acero se realiza mediante las rutas de BOF y/o EF. Indicó que tanto en Brasil como en China se utilizan ambos procesos de aceración. Para documentar su argumento aportó datos con base en la publicación de la WSA de 2013, en donde se observa que tanto en Brasil como
en China se utilizan ambos procesos para la fabricación de acero crudo, con predominancia del uso del BOF.
v. Disponibilidad de insumos
54. Ternium señaló que el precio de venta de una mercancía en una economía de mercado es afectado tanto por su demanda como por los costos de producción que inciden en su oferta. De acuerdo con este criterio, Brasil y China disponen de las principales materias primas necesarias para la elaboración de la mercancía investigada, tales como, producción de hierro, reservas de carbono, gas natural y generación de electricidad. Esta disponibilidad de los insumos se aprecia en las siguientes Tablas.
Tabla 4. Disponibilidad de insumos 2012 Millones de toneladas
País
Producción de hierro
Reservas de carbono
China
1,300
114,500
Brasil
375
4,559
Fuentes: United States Geological Survey y BP Statistical Review of World Energy.
Tabla 5. Reservas de recursos energéticos 2012
País
Reservas de gas natural
(Trillones de m3 )
Generación de electricidad
(Terawatt- hora)
China
3.1
4,937.8
Brasil
0.5
553.7
Fuente: BP Statistical Review of World Energy.
vi. Otros elementos
55. Ternium recalcó que la dinámica de estos países se expresa en su actividad de comercio exterior, tal como se despliega en la siguiente Tabla, en donde se observa que, tanto China como Brasil son de los principales países exportadores de lámina rolada en frío a nivel mundial.
Tabla 6. Principales países exportadores de lámina rolada en frío en 2013
Subpartidas del Harmonized System: 7209.16 y 7209.17
País
Miles de toneladas
Corea del Sur
3,777
China
2,684
Japón
1,591
Bélgica
1,679
Rusia
1,083
Taiwán
848
Alemania
800
Holanda
659
Estados Unidos de América
512
Ucrania
540
Brasil
112
Resto
3,866
Total
18,151
Fuente: ISSB y Setepla.
56. Adicionalmente, señaló que Brasil y China tienen un nivel de desarrollo económico similar medido a través del INB pc. De acuerdo con cifras del Banco Mundial de 2012, los niveles de INB pc entre estos dos países son cercanos, a saber, Brasil con US$11,530 (once mil quinientos treinta dólares) mientras que en China es de US$9,040 (nueve mil cuarenta dólares) por habitante. Ternium puntualizó que por sus niveles de economías en desarrollo de estos países, el Banco Mundial los clasifica como "países de ingreso mediano alto". Agregó que la estructura productiva sectorial de China es parecida a la de Brasil, ya que la generación del valor agregado en el PIB proviene del sector industrial y de servicios. Asimismo, en ambos países, el peso del sector agrícola es relativamente menor ya que no sobrepasa el 10% de su PIB, como se revela en la siguiente Tabla.
Tabla 7. INB pc y fuentes del PIB en 2012
País
INB pc PPA
(dólares)
PIB
Agricultura
(%)
PIB
Industria
(%)
PIB
Servicios
(%)
Brasil
11,530
5
26
68
China
9,040
10
45
45
Fuente: Datos del Banco Mundial (http://datos.bancomundial.org/indicador).
 
57. Ternium agregó que también existe similitud entre ambos países por el ritmo de desarrollo económico, y por el hecho de que éstos forman parte del bloque económico de países que se denomina "BRIC" (Brasil, Rusia, India y China), por sus características como economías emergentes a las que se les considera como los principales motores de crecimiento mundial en el mediano plazo.
58. Finalmente, Ternium argumentó que con base en un estudio de mercado elaborado por la empresa consultora especializada en metales y siderurgia, Setepla, existe información sobre la producción de lámina rolada en frío en Brasil, la cual es realizada por empresas privadas sin ninguna interferencia por parte del gobierno brasileño en la actividad productiva. También indicó que el producto investigado no está sujeto a investigaciones por prácticas comerciales desleales, ni está sujeto a cuotas compensatorias.
b. Determinación sobre país sustituto
59. A partir del análisis integral de los criterios económicos que se describen en los puntos 47 a 58 de la presente Resolución, la Secretaría consideró que Ternium proporcionó los argumentos y pruebas suficientes para demostrar que Brasil es un país sustituto razonable de China para efectos del cálculo del valor normal, toda vez que dicha información se enfoca principalmente al sector o industria de lámina rolada en frío. También consideró que los factores de producción que se utilizan intensivamente en la fabricación de lámina rolada en frío tanto en Brasil como en China son similares ya que son intensivos en capital por el tipo de tecnología que se emplea en el proceso productivo.
60. Por lo anterior, la Secretaría aceptó utilizar a Brasil, como país con economía de mercado sustituto de China, para efectos del cálculo del valor normal, de conformidad con lo previsto en los artículos 33 de la LCE, 48 del RLCE y numeral 15 literal a) del Protocolo de Adhesión de China a la OMC.
c. Precios en el mercado interno del país sustituto
61. Para acreditar el valor normal, Ternium proporcionó información sobre los precios mensuales a los que se vende la lámina rolada en frío para el consumo en el mercado brasileño. Los precios los obtuvo del estudio de mercado de la industria de lámina rolada en frío a que se refiere el punto 58 de la presente Resolución. Indicó que la consultora brasileña es una fuente importante de consulta y de referencia internacional. Agregó que cuenta con cuarenta años de experiencia en los ramos industrial, transporte, telecomunicaciones, energía, medio ambiente y urbanismo. En el ramo industrial, se especializa en el sector siderúrgico.
62. En el estudio de precios de Setepla, se indica que los precios mensuales a los que se vende la lámina rolada en frío en el mercado brasileño se obtuvieron de las estadísticas del Instituto del Acero de Brasil y corresponden a precios promedio mensual de tres empresas productoras de acero.
63. Ternium utilizó el promedio de los precios para el consumo interno de lámina rolada en frío en Brasil para el periodo objeto de investigación. Los precios están expresados en reales (moneda de curso legal en Brasil) por tonelada. Para convertirlos a dólares aplicó el tipo de cambio mensual que obtuvo del Banco Central de Brasil en su página de Internet. Señaló que debido a que los precios se encuentran a nivel ex-fábrica, no incluyen impuestos y no requieren la aplicación de ajuste alguno.
64. Ternium indicó que los precios de venta en el mercado brasileño son representativos, toda vez que las ventas internas del producto objeto de investigación representaron el 87% de las ventas totales durante 2013.
65. También señaló que los precios que propuso como valor normal se encuentran por arriba de los costos de producción del producto objeto de investigación. Para demostrar su argumento proporcionó datos en el estudio de precios sobre dos de las principales productoras brasileñas, en donde se indica que en el periodo investigado operaron con utilidades.
66. Adicionalmente, con base en el estudio de mercado, Ternium argumentó que la producción de acero en Brasil se realiza entre empresas privadas y no hay interferencia en el mercado o en la definición de los precios, también manifestó que en el periodo investigado no existen procedimientos ni derechos antidumping en contra de las exportaciones brasileñas de la mercancía investigada.
67. La Secretaría aceptó la información proporcionada por Ternium para efecto de calcular el precio al que se vende el producto objeto de investigación para el consumo en su mercado interno en Brasil, con fundamento en los artículos 2.2 del Acuerdo Antidumping y 31 y 33 de LCE.
68. De conformidad con el artículo 40 del RLCE, la Secretaría calculó el valor normal promedio ponderado en dólares por tonelada para la lámina rolada en frío en el mercado brasileño.
3. Margen de discriminación de precios
69. De conformidad con los artículos 2.1 del Acuerdo Antidumping, 30 de la LCE y 38 y 39 del RLCE, la Secretaría comparó el valor normal con el precio de exportación y determinó que existen indicios suficientes basados en pruebas positivas, para presumir que, durante el periodo de investigación, las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, que ingresaron por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, se realizaron en condiciones de discriminación de precios con un margen superior al
de minimis.
G. Análisis de daño y causalidad
70. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 59, 64, 68 y 69 del RLCE, la Secretaría analizó los argumentos y pruebas que Ternium aportó, a fin de determinar si existen elementos suficientes de que las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, causaron daño a la rama de producción nacional de la mercancía similar.
71. La evaluación comprende un examen entre otros elementos de: i) el volumen de las importaciones en condiciones de discriminación de precios y su efecto sobre los precios de productos similares nacionales; ii) la repercusión de esas importaciones en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional de productos similares, y iii) la probabilidad de que las importaciones aumenten sustancialmente, el efecto de sus precios como causa de un aumento de las mismas, la capacidad libremente del país exportador o su aumento inminente y sustancial, la demanda por nuevas importaciones y la existencia del producto investigado.
72. El análisis de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional contempla la información que Ternium y AHMSA proporcionaron, ya que, aun cuando la Solicitante por sí misma es representativa de la rama de producción nacional, la Secretaría contó con información de estas dos productoras nacionales, que conforman la totalidad de la rama de producción nacional de lámina rolada en frío similar a la que es objeto de investigación, tal como se determinó en el punto 88 de la presente Resolución.
73. Para tal efecto, la Secretaría consideró datos anuales de 2010, 2011 y 2012, y el periodo investigado, comprendido de octubre de 2012 a septiembre de 2013. Salvo indicación en contrario, el comportamiento de los indicadores económicos y financieros en un determinado año o periodo se analiza con respecto al inmediato anterior comparable.
1. Similitud de producto
74. Conforme a lo establecido en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE, la Secretaría evaluó la información que Ternium aportó para determinar si el producto de fabricación nacional es similar al importado.
75. Ternium manifestó que la lámina rolada en frío de fabricación nacional es similar a la que es objeto de investigación, ya que ambos productos se fabrican bajo especificaciones de las mismas normas, a partir de los mismos insumos y mediante procesos de producción análogos y tienen características físicas y composición química semejantes; asimismo, indicó que las empresas que son o han sido clientes de la producción nacional también la importan de China, lo que confirma que ambas mercancías tienen los mismos usos y consumidores.
a. Características físicas y composición química
76. La lámina rolada en frío de fabricación nacional y la originaria de China tienen composición química y características físicas semejantes. Lo anterior se sustenta con el catálogo de productos de AHMSA, certificados de análisis de la lámina rolada en frío que Ternium fabrica y con las facturas de ventas de la misma, así como las especificaciones de las normas técnicas bajo las cuales se fabrica esta mercancía en China y el catálogo de Baosteel. La siguiente Tabla muestra la composición química y características físicas de ambos productos.
Tabla 8. Composición química y características de la lámina rolada en frío
Características físicas y
composición química
Lámina rolada en frío nacional
Lámina rolada en frío de China
Espesor
0.1 mm a 0.8 mm
0.18 mm a 3.5 mm
Ancho
711 mm a 1,041 mm
720 mm a 1,850 mm
Composición química
Acero con contenido principalmente
de Carbono (C), Manganeso (Mn),
Silicio (Si), Fósforo (P) y Azufre (S);
otros elementos que pueden estar
presentes son Boro (B), Vanadio (V)
, Cobalto (Cb), Cromo (Cr), Aluminio
(Al), Níquel (Ni), Cobre (Cu) y
Titanio (Ti).
Acero con contenido principalmente
de Carbono (C), Manganeso (Mn),
Azufre (S) y Fósforo (P); otros
elementos que pueden estar
presentes son Vanadio (V), Cobalto
(Cb), Cromo (Cr), Aluminio (Al),
Níquel (Ni), Cobre (Cu) y Titanio (Ti).
Fuente: Ternium y AHMSA.
 
b. Normas técnicas
77. La Secretaría observó que la lámina rolada en frío de fabricación nacional y la originaria de China se fabrican bajo especificaciones de las mismas normas. De acuerdo con los catálogos de las empresas chinas Baosteel y Wisco, esta mercancía se produce con especificaciones de las normas JIS G3141, EN 10130, ASTM A1008 y SAE J403, en tanto que el catálogo de productos de AHMSA y los certificados de análisis de la lámina rolada en frío que Ternium fabrica y las facturas de ventas de la misma, indican que estas empresas la producen con especificaciones de varias normas, entre ellas la ASTM 366, ASTM A1008, SAE J403, EN 10130 y JIS G3141.
c. Proceso productivo
78. Con base en la información aportada por la Solicitante, la Secretaría constató que la lámina rolada en frío, tanto de fabricación nacional como la originaria de China, se producen a partir de procesos productivos análogos, que no muestran diferencias sustanciales. Al respecto, el diagrama del proceso de producción de Ternium y la descripción detallada del mismo indican que es una empresa integrada, por lo que la producción de dicha mercancía inicia a partir de la extracción en minas de sus principales insumos (mineral de hierro y carbono), para después seguir con las etapas descritas en el punto 16 de la presente Resolución: fundición del mineral de hierro para obtener el acero líquido, aceración, colada continua y laminación.
79. La Solicitante indicó que a partir del mineral de hierro obtiene hierro esponja. Este material, en adición con chatarra, se funde para obtener acero líquido a través de horno de arco eléctrico. A continuación se somete este material a un proceso de refinación en un horno olla (metalurgia secundaria), para posteriormente llevarlo a la máquina de colada continua para producir los planchones, los cuales, se laminan para obtener lámina rolada en caliente. Este producto se decapa, luego es laminado en frío para reducir su espesor a través de molinos para obtener la lámina rolada en frío cruda o recocida.
d. Usos y funciones
80. La información disponible en el expediente administrativo indica que la lámina rolada en frío, tanto de fabricación nacional como la originaria de China, la utilizan la propia industria siderúrgica como insumo para la fabricación de diversos productos, por ejemplo planos recubiertos (lámina galvanizada y revestidos), así como las industrias automotriz y de autopartes, la de línea blanca y electrodomésticos para la elaboración de bienes intermedios y de capital, señalados en el punto 17 de la presente Resolución. Lo constata el portal de Internet de Ternium (http://www.ternium.com/products-coldrolled/) y el de AHMSA (http://www.ahmsa.com/productos/rollo-en-frio), así como los catálogos de las empresas productoras chinas Baosteel, Anshan y Wisco.
e. Consumidores
81. De acuerdo con la Solicitante, la lámina rolada en frío que se importa de China y la de fabricación nacional abastecen a los mismos consumidores, ya que se fabrican bajo estándares que facilitan su comercialización. Para sustentar su afirmación, indicó que las importaciones objeto de investigación las efectúan fundamentalmente empresas manufactureras de las industrias señaladas en el punto anterior, así como distribuidoras y comercializadoras, las cuales, en gran parte, son o han sido sus clientes.
82. Al respecto, de acuerdo con los listados de ventas de Ternium y AHMSA, así como el listado electrónico de operaciones de importación del SICM por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, se observó que trece clientes de la rama de producción nacional también adquirieron lámina rolada en frío de China (la CANACERO identificó a seis como distribuidores o centros de servicio, a seis como empresas manufactureras y la restante dedicada a otras actividades), lo que permite presumir que, en efecto, ambos productos se destinan a los mismos consumidores.
f. Determinación
83. A partir de la evaluación de los argumentos y pruebas descritos en los puntos 74 a 82 de la presente Resolución, la Secretaría determinó de manera inicial que existen elementos suficientes para considerar que la lámina rolada en frío importada de China y la de fabricación nacional son productos similares, pues tienen características físicas y composición semejantes, se fabrican con los mismos insumos y mediante procesos productivos que no muestran diferencias sustanciales; atienden a los mismos mercados y consumidores, lo que les permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiables, de manera que pueden considerarse similares, en términos de lo dispuesto en los artículos 2.6 del Acuerdo Antidumping y 37 fracción II del RLCE.
2. Rama de la producción nacional y representatividad
84. De conformidad con lo establecido en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE, la Secretaría identificó a la rama de producción nacional como al conjunto de fabricantes del producto similar al investigado, cuya producción agregada constituya la totalidad o, al menos, una proporción importante de la producción nacional total de dicho producto, tomando en cuenta si alguna empresa productora importó el producto objeto de investigación o si existen elementos para presumir que se encuentra vinculada a empresas importadoras o exportadoras del mismo.
 
85. Ternium manifestó que representa más del 50% de la producción nacional de lámina rolada en frío, en tanto que AHMSA, que apoya la investigación, fabrica el resto. Así lo confirmó la CANACERO mediante su escrito del 10 de diciembre de 2013, a que se refiere el inciso b del numeral RR, del punto 21 de la presente Resolución.
86. AHMSA expresó su apoyo a la solicitud de investigación presentada por Ternium. Adicionalmente, en respuesta a un requerimiento de información, proporcionó sus indicadores económicos y financieros de lámina rolada en frío similar a la que es objeto de investigación.
87. Por otra parte, la Solicitante indicó que tanto ella como sus empresas subsidiarias no realizaron importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, durante el periodo de enero de 2010 a septiembre de 2013. Al respecto, la Secretaría observó que el listado electrónico de pedimentos de importación del SICM no registró que AHMSA hubiese realizado importaciones por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, en tanto que Ternium sí, pero son originarias de países distintos de China.
88. La información que Ternium, AHMSA y la CANACERO aportaron confirma que Ternium es representativa de la rama de producción nacional, con una participación mayor al 50% de la producción total de la mercancía similar durante el periodo analizado. AHMSA, empresa que apoya la investigación, constituye el resto de la producción nacional de la mercancía de interés. Por lo anterior, la Secretaría determinó que la solicitud de investigación está apoyada por productores nacionales del producto similar que conjuntamente representan el 100% de la producción total, razón por la cual puede considerarse representativa de la rama de la producción nacional y se satisfacen los requisitos establecidos en los artículos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping, 40 y 50 de la LCE y 60, 61 y 62 del RLCE.
3. Mercado internacional
89. Ternium proporcionó datos sobre capacidad instalada, producción, consumo, exportaciones y precios de lámina rolada en frío en el mercado mundial, de la publicación Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review, de abril 2013, que publica la consultora CRU. También aportó estadísticas de exportaciones e importaciones de la publicación ISSB por las subpartidas 7209.16 y 7209.17, en las cuales se describe al producto como "CR Coil sheet (1 < 3mm thick)" y "CR Coil Sheet (0.5 < 1mm thick)", respectivamente.
90. De acuerdo con esta información, la capacidad instalada mundial para la producción de lámina rolada en frío aumentó 5% de 2010 a 2012, al pasar de 350.4 a 368.4 millones de toneladas. En este último año se distribuyó como sigue: Asia, 58%; Europa, 18%; Norteamérica, 14%; Comunidad de Estados Independientes (CEI), 4%, y el restante 6% en las demás regiones. China, los Estados Unidos de América, Japón y Corea tienen las mayores capacidades instaladas, ya que representaron el 33%, 12%, 10% y 6% de la capacidad instalada mundial. México participó con el 1.1%.
91. En el periodo comprendido de 2010 a 2012 se utilizó el 67% de la capacidad instalada mundial con lo que se produjo 726 millones de toneladas de lámina rolada en frío. La producción mundial bruta de este producto aumentó 7% entre 2010 y 2012, al pasar de 233.5 a 249.3 millones de toneladas. En dicho periodo se concentró en las mismas regiones con las mayores capacidades instaladas: Asia, 57%; Europa, 17%; América del Norte, 13%; y CEI, 5%. Entre 2010 y 2012 el mayor productor de lámina rolada en frío fue China (30%), seguido de los Estados Unidos de América (11%), Japón (10.5%), Corea del Sur (8%) e India (5%). México participó con el 1.1%.
92. El consumo mundial bruto de lámina rolada en frío registró el mismo desempeño que la producción mundial bruta, puesto que creció 4% de 2010 a 2011 y 3% en 2012. En los tres años considerados se concentró en las principales regiones productoras: Asia, Europa, América del Norte y CEI con 56%, 19%, 14% y 4%, respectivamente. En el mismo periodo, China fue el mayor consumidor con el 30%, seguido de los Estados Unidos de América (11%), Japón (9%), Corea del Sur (6%) e India (5%); México consumió cerca del 1.5% del total mundial de lámina rolada en frío.
93. Estimaciones del CRU prevén que en el periodo comprendido de 2013 a 2015 la capacidad instalada mundial se mantendrá en el mismo nivel que la registrada en 2012, y seguirá concentrándose en las regiones de Asia, Europa, Norteamérica y CEI. La misma publicación estima un crecimiento en la producción mundial bruta de lámina en frío de 13% entre 2012 y 2015, y continuará concentrándose en las regiones con mayores capacidades instaladas. En 2015, China, los Estados Unidos de América, Japón, Corea e India producirán el 32%, 11%, 9%, 7% y 6%, respectivamente. México producirá 1.6%.
94. La misma fuente estima que el consumo bruto mundial aumentará 14% entre 2012 y 2015, y seguirá concentrándose en las principales regiones productoras. En 2015, China, los Estados Unidos de América, Japón, Corea e India, continuarán siendo los mayores consumidores con el 32%, 11%, 8%, 6% y 6%, respectivamente; México consumirá 1.8%.
95. La información de ISSB indica a Corea del Sur, China, Japón, Bélgica y Rusia como principales países exportadores de lámina rolada en frío durante el periodo que comprende de 2010 a 2012. Esta misma fuente señala a China, Alemania, Japón, Bélgica y los Estados Unidos de América como los mayores importadores. En 2012 se observó que:
 
a.     Corea del Sur concentró el 21% de las exportaciones totales, seguido de China, Japón, Bélgica y Rusia, con el 16%, 9.2%, 9% y 5%, respectivamente, y
b.    China concentró el 12% de las importaciones totales, seguido de Alemania, Japón, Bélgica y los Estados Unidos de América con el 6%, 5.5%, 5% y 4.8%, respectivamente.
96. Los resultados descritos en los puntos anteriores indican que a nivel mundial China cuenta con la mayor capacidad instalada para fabricar lámina rolada en frío y es el principal país productor; asimismo es el segundo país exportador, luego de Corea del Sur, y también es el mayor importador.
97. Por otra parte, de acuerdo con información de la consultora CRU, los precios de lámina rolada en frío en mercados relevantes aumentaron de 2010 a 2011, pero se redujeron en 2012, tendencia que continuó en el primer trimestre de 2013. En efecto, en los Estados Unidos de América aumentaron 18% de 2010 a 2011, cayeron 10% en 2012 y 11% en el primer trimestre de 2013 con respecto al mismo lapso del año anterior. En los mismos periodos los precios de China aumentaron 6%, disminuyeron 9% y 5%, respectivamente, en tanto que en Japón se incrementaron 5% y luego se redujeron 15% y 3%.
4. Mercado nacional
98. De acuerdo con la información que Ternium y AHMSA aportaron sobre sus indicadores económicos de lámina rolada en frío, únicas empresas productoras nacionales de este producto, y las cifras sobre importaciones obtenidas conforme se indica en el punto 113 de la presente Resolución, la Secretaría observó que el mercado nacional de lámina rolada en frío registró una tendencia creciente durante el periodo analizado.
99. En efecto, el CNA de la lámina rolada en frío, calculado como la producción nacional total, más las importaciones, menos las exportaciones, creció 2% en 2011 y 4% en 2012, de forma que acumuló un incremento de 7% de 2010 a 2012. En el periodo investigado aumentó 2% con respecto al lapso anterior comparable.
100. Las importaciones totales de lámina rolada en frío registraron una tendencia creciente durante el periodo analizado, pues aunque disminuyeron 14% de 2010 a 2011, aumentaron 54% en 2012, de forma que acumularon un incremento de 32% en los tres años considerados. En el periodo investigado crecieron 6% con respecto al lapso anterior comparable.
101. La información disponible indica que durante el periodo analizado la lámina rolada en frío se importó de veintidós países. En particular, en el lapso comprendido de octubre de 2012 a septiembre de 2013 los principales proveedores fueron los Estados Unidos de América y Corea del Sur, países que representaron el 49% y 17%, respectivamente, del volumen total importado, seguidos de Japón (12%) y China (12%); otras fuentes de abastecimiento importantes fueron Taiwán, Bélgica, Canadá y Alemania, que en conjunto sumaron el 8% del total importado.
102. Por su parte, el volumen de la producción nacional aumentó 9% de 2010 a 2011, pero disminuyó 8% en 2012, de forma que acumuló un crecimiento de 0.6% en los tres años considerados. En el periodo investigado (octubre de 2012 a septiembre de 2013) se incrementó 3%.
103. Al respecto, la información que obra en el expediente administrativo indica que Ternium y AHMSA son empresas integradas, de modo que destinan parte de su producción para fabricar productos con mayor valor agregado. Los datos que aportaron sobre sus indicadores económicos reflejan que destinaron una parte considerable de su producción de lámina rolada en frío para autoconsumo. La Solicitante indicó que la utiliza fundamentalmente para la fabricación de lámina galvanizada; en tanto que AHMSA, para obtener hojalata y lámina cromada.
104. En cuanto a la Producción Nacional Orientada al Mercado Interno (PNOMI), calculada como la producción nacional total menos las exportaciones, registró un desempeño similar al que observó la producción, pues aumentó sólo 0.6% de 2010 a 2012 (+6% en 2011 y -5% en 2012) y 1% en el periodo investigado. Por su parte, las exportaciones sólo aumentaron 1% entre 2010 y 2012 (+89% en 2011 y -47% en 2012). Si bien en el periodo investigado crecieron 78%, el nivel de las exportaciones se ubicó 24% por debajo del nivel registrado en el periodo octubre de 2010 a septiembre de 2011.
105. Por otra parte, Ternium indicó que la lámina rolada en frío, tanto la de fabricación nacional como la originaria de China, se comercializa en el mercado mexicano principalmente a través de las empresas manufactureras, que la utilizan como insumo para la fabricación de diversos bienes intermedios y de capital, así como por distribuidoras y comercializadoras, que, a su vez, la venden a empresas manufactureras.
106. La Solicitante argumentó que este producto, en razón de los diversos usos que tiene y la forma como se comercializa, concurre a todo el territorio nacional, utilizando para ello los mismos canales de distribución. La información que AHMSA aportó al respecto, confirma estos canales de distribución, aunque señala que abastece principalmente a las zonas industriales del país (Nuevo León, Estado de México y Distrito Federal,
entre otros).
107. Con respecto al mercado de lámina rolada en frío, Ternium señaló que no existe un patrón de ventas de temporada. Sin embargo, indicó que la industria acerera refleja los efectos de los ciclos económicos nacionales e internacionales, al estar estrechamente vinculada con sectores como el automotriz, de línea blanca y en general la industria manufacturera, las cuales suelen reflejar en mayor o menor grado las variaciones de los ciclos económicos.
5. Análisis de las importaciones
108. De conformidad con lo establecido en los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría evaluó el comportamiento y la tendencia de las importaciones del producto objeto de investigación durante el periodo analizado, tanto en términos absolutos como en relación con la producción o el consumo nacional.
109. Ternium y AHMSA coincidieron en señalar que las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, en presuntas condiciones de discriminación de precios, registraron una tendencia creciente en el periodo analizado, que se tradujo en un incremento de su participación en el CNA.
110. La Solicitante afirmó que por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE únicamente ingresa lámina rolada en frío. Calculó los volúmenes y valores de las importaciones de este producto a partir de las cifras que la CANACERO le proporcionó sobre importaciones por dichas fracciones arancelarias, que proviene a su vez, de la información del SAT.
111. A fin de evaluar la razonabilidad de los cálculos de importaciones de lámina rolada en frío que Ternium estimó, la Secretaría solicitó el listado electrónico de operaciones de importación del SICM por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, para el periodo de enero de 2010 a septiembre de 2013.
112. La Secretaría constató que los resultados que obtuvo la Solicitante prácticamente concuerdan con los que se obtienen a partir del listado electrónico de operaciones de importación del SICM.
113. Asimismo, de acuerdo con la descripción del producto importado en cada operación del listado electrónico de operaciones de importación, a que se hace referencia, la Secretaría también constató que por dichas fracciones arancelarias ingresó lámina rolada en frío, aunque también otros productos que no son objeto de investigación, pero en volúmenes sumamente bajos y procedentes prácticamente en su totalidad de orígenes distintos de China (1% del volumen de las importaciones totales en el periodo analizado), por ejemplo, barras de aluminio, rollos de acero aluminizados, láminas de acero, inoxidables, galvanizadas o electrogalvanizadas, aleadas en frío y en caliente, entre otros productos.
114. En consecuencia, la Secretaría calculó los valores y volúmenes de importaciones de lámina rolada en frío a partir del listado oficial de operaciones de importación del SICM por las fracciones 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, y excluyó los volúmenes de importaciones de mercancías que no son objeto de investigación.
115. Los resultados indican que las importaciones totales de lámina rolada en frío registraron un comportamiento creciente durante el periodo analizado: aunque disminuyeron 14% de 2010 a 2011, aumentaron 54% en 2012, de forma que acumularon un incremento de 32% en los tres años considerados. En el periodo investigado (octubre de 2012 a septiembre de 2013) crecieron 6% con respecto al lapso comparable anterior. Este desempeño de las importaciones totales se explica tanto por las originarias de China como por las procedentes de otros orígenes.
116. En efecto, las importaciones originarias de China aumentaron 6,702% de 2010 a 2012 (+1,032% en 2011 y +501% en 2012) y 115% en el periodo investigado. En los mismos periodos, las importaciones de los demás orígenes aumentaron 20% (disminuyeron 16% en 2011, pero aumentaron 43% en 2012), aunque se redujeron 1% en el periodo investigado.
117. Destaca que en 2012 las importaciones originarias de China contribuyeron con el 9% de las importaciones totales, luego de que en 2011 participaron con el 2% y prácticamente fueron inexistentes en 2010 con una participación del 0.2%; asimismo, en el periodo investigado contribuyeron con el 12% lo que significó un crecimiento de 6 puntos porcentuales en relación con el periodo anterior comparable.
118. En términos de participación en el mercado nacional, la Secretaría observó que las importaciones totales incrementaron su participación en el CNA en 5 puntos porcentuales entre 2010 y 2012, al pasar de 20% a 25%. En el periodo investigado también incrementaron su participación en 1 punto con respecto al periodo anterior comparable, al pasar de 22% a 23%. El desempeño de las importaciones totales en el CNA se explica tanto por la participación de las originarias de China como por las de otros orígenes en el CNA.
119. Las importaciones de otros orígenes incrementaron su participación en 2.4 puntos porcentuales en el CNA entre 2010 y 2012, al pasar de 19.8% a 22.2%; sin embargo, en el periodo investigado tuvieron una pérdida de cerca de 1 punto porcentual con respecto al nivel que alcanzaron en el lapso anterior comparable (de 21.1% a 20.4%).
 
120. Por su parte, las importaciones originarias de China alcanzaron una participación en el CNA de 2.3% en 2012, luego de que en 2010 fue insignificante; en el periodo investigado la incrementaron en 1.5 puntos con respecto al periodo anterior comparable, al pasar de 1.3% a 2.8%. En relación con el volumen total de la producción de la industria nacional, estas importaciones representaron 3% tanto en 2012 como en el periodo investigado, luego de que en 2010 no fueron significativas.
121. En consecuencia, la PNOMI disminuyó su participación en el CNA en 4.7 puntos porcentuales de 2010 a 2012, al pasar de 80.2% a 75.5% (83.3% en 2011), de los cuales 2.4 serían atribuibles a las importaciones de otros orígenes y 2.3 puntos a las investigadas. La PNOMI también disminuyó su participación en el CNA en prácticamente 1 punto porcentual en el periodo investigado, en detrimento de las importaciones de otros orígenes.
122. Como se indicó anteriormente, Ternium y AHMSA destinan una parte considerable de su producción al autoconsumo y otra a la venta en el mercado interno, donde compite de manera directa con el producto objeto de investigación. Por ello, la Secretaría también calculó el consumo interno de lámina rolada en frío, calculado como la suma de las importaciones totales más las ventas al mercado interno.
123. La Secretaría observó que el consumo interno registró el mismo comportamiento que el CNA. En efecto, aumentó 5% de 2010 a 2012 (-9% en 2011 y +15% en 2012) y 9% en el periodo investigado con respecto al lapso anterior comparable.
124. En relación con el consumo interno, las importaciones de otros orígenes incrementaron su participación en 4.5 puntos porcentuales entre 2010 y 2012, al pasar de 31.5% a 36.1%; sin embargo, en el periodo investigado registraron una pérdida de 3.3 puntos porcentuales con respecto al nivel que alcanzaron en el lapso anterior comparable (de 35.5% a 32.2%).
125. Por su parte, las importaciones originarias de China incrementaron su participación en el consumo interno en 3.7 puntos porcentuales entre 2010 y 2012 (0.1% a 3.8%) y 2.2 puntos en el periodo investigado con respecto al lapso anterior comparable (2.2% a 4.4%). Con respecto al volumen total de las ventas al mercado interno de la rama de producción nacional, estas importaciones pasaron de ser insignificantes en 2010 (0.1%) a representar el 6.3% en 2012, en tanto que en el periodo investigado representaron 6.9%, que significó 3.3 puntos más que en el periodo anterior comparable.
126. De esta manera, las ventas al mercado interno de la rama de producción nacional disminuyeron su participación en el consumo interno en 8.3 puntos porcentuales de 2010 a 2012, al pasar de 68.4% a 60.1% (70.3% en 2011), de los cuales 4.5 serían atribuibles a las importaciones de otros orígenes y 3.7 puntos a las importaciones originarias de China. Sin embargo, en el periodo investigado las ventas al mercado interno incrementaron su participación en 1.2 puntos con respecto al lapso anterior comparable, al pasar de 62.2% a 63.4%.
127. Los resultados descritos en los puntos 108 a 126 de la presente Resolución, indican que las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, registraron una tendencia creciente en términos absolutos y relativos entre 2010 y septiembre de 2013, mientras que la rama de producción nacional perdió participación en el mismo periodo, debido en parte al incremento de las importaciones objeto de investigación.
128. Adicionalmente, Ternium argumentó que la tendencia creciente de las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China durante el periodo analizado y los precios a los que han concurrido al mercado nacional, aunado a la capacidad libremente disponible con que China cuenta para la fabricación de dicha mercancía (34 y 31 millones de toneladas en 2014 y 2015, respectivamente) indican la probabilidad de que continuaran aumentando.
129. La Solicitante proyectó estas importaciones para 2014 y 2015 en un escenario sin cuotas compensatorias. Para tal fin, consideró datos de importaciones de 2013 y, con la participación de las de China en las totales, las proyectó para 2014, las cuales ajustó para reflejar su tendencia de crecimiento durante el periodo analizado; para 2015, procedió de la misma forma a partir de los datos estimados de 2014.
130. La Secretaría analizó la metodología que Ternium propuso para las proyecciones de las importaciones de China y consideró, de manera inicial, que es razonable, pues parte de datos que la Solicitante dispuso para 2013 y toma en cuenta su participación en las totales. No obstante, la Secretaría profundizará al respecto en la siguiente etapa de la investigación.
131. La Secretaría replicó el ejercicio que la Solicitante proporcionó y observó que las importaciones investigadas aumentarían 87% en 2014 con respecto a 2013 y 48% en 2015, lo que les permitiría incrementar en términos absolutos los volúmenes significativamente. A partir de estos resultados y de la proyección de Ternium del CNA de lámina rolada en frío, la Secretaría observó que la participación de mercado de las importaciones de China alcanzaría 5% en 2014 (2.5 puntos porcentuales más que en 2012) y 7% en 2015.
132. AHMSA también estimó que las importaciones de China aumentarían para 2014 y 2015, aunque obtuvo cifras relativamente mayores que las que Ternium proyectó. Procedió de la siguiente forma:
a.     estimó las importaciones para 2013; para ello, sumó el volumen de importaciones observado en el periodo enero a septiembre de 2013 y el dato estimado del cuarto trimestre de este año. Este último dato
lo calculó aplicando el crecimiento medio que tuvieron las importaciones entre el cuarto trimestre de 2012 y el cuarto trimestre de 2011, y
b.    calculó el volumen que alcanzarían las importaciones de China en 2014 aplicando al dato estimado de 2013 la tasa media de crecimiento anual que tuvieron las importaciones durante el periodo 2011 a 2013. Para 2015 consideró la tasa media de crecimiento anual de 2012 a 2014.
133. La Secretaría replicó el ejercicio que AHMSA proporcionó para las proyecciones de importaciones originarias de China y observó que aumentarían 208% en 2014 con respecto a 2013 y 129% en 2015, lo que les permitiría incrementar los volúmenes considerablemente.
134. La Secretaría consideró que la metodología de AHMSA pudiera estar sobreestimando las importaciones al considerar una cifra proyectada para el último trimestre de 2013. En la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría profundizará sobre la estimación propuesta por AHMSA.
135. Con base en el análisis descrito en los puntos anteriores, la Secretaría determinó inicialmente que existen indicios suficientes que sustentan la probabilidad de que en el futuro inmediato aumenten considerablemente las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China a un nivel que, dada la participación que registraron en el mercado nacional, continúen desplazando a las ventas de la rama de la producción nacional, e incrementen su participación en el mercado.
6. Efectos sobre los precios
136. De conformidad con los artículos 3.1, 3.2 y 3.7 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría analizó si las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China concurrieron al mercado mexicano a precios considerablemente inferiores a los del producto nacional similar y de otros países, o bien, si su efecto fue deprimir los precios internos o impedir el aumento que, en otro caso, se hubiera producido; si el nivel de precios de las importaciones fue determinante para explicar su comportamiento en el mercado nacional y si existen indicios de que los precios a los que se realizan harán aumentar la cantidad demandada por dichas importaciones.
137. La Solicitante argumentó que el precio de las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China registró una caída en el periodo analizado, lo que orilló a la rama de producción nacional a ajustar sus precios a la baja (-9% en el periodo investigado con respecto del periodo inmediato anterior comparable) para evitar un mayor desplazamiento y mantenerse en el mercado; a pesar de ello, indicó que el precio de la lámina de China fue menor que el nacional, del orden de 11% a partir de 2012. La Solicitante explicó que el ajuste a la baja del precio nacional se tradujo en el desempeño negativo de los indicadores financieros relacionados con la rentabilidad.
138. La Secretaría calculó los precios implícitos promedio de las importaciones de lámina rolada en frío objeto de investigación y del resto de los países, de acuerdo con lo descrito en el punto 114 de la presente Resolución.
139. Los resultados de este ejercicio indican que el precio promedio de las importaciones originarias de China registró una caída durante el periodo analizado: disminuyó 12% de 2010 a 2011, 18% en 2012 (-27% de 2010 a 2012) y 15% en el periodo investigado. En contraste, el precio promedio de las importaciones de otros países aumentó 9% de 2010 a 2011 y 5% en 2012 (+14% de 2010 a 2012), pero disminuyó 2% en el periodo investigado con respecto al nivel que registró en el lapso anterior comparable.
140. En cuanto al precio promedio de las ventas al mercado interno de la rama de producción nacional medido en dólares, aumentó 6% de 2010 a 2012 (+14% de 2010 a 2011 y -7% en 2012), pero disminuyó 9% en el periodo investigado. Este comportamiento apoya el argumento de la Solicitante de que el desempeño del precio de las importaciones originarias de China presionó a la baja al precio nacional.
141. Para comparar el precio Libre a Bordo Planta del producto nacional con el precio de las importaciones originarias de China, a este último se le agregó el arancel correspondiente, indicado en el punto 7 de la presente Resolución, gastos de agente aduanal y derechos de trámite aduanero.
142. Como resultado, la Secretaría observó que en 2010 y 2011 el precio de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios fue mayor que el precio nacional, en porcentajes de 36% y 3%, respectivamente, pero 9% menor tanto en 2012 como en el periodo investigado. En relación con el precio promedio de las importaciones de otros orígenes, el precio del producto de origen chino tuvo un comportamiento similar, pues en 2010 fue 20% mayor, pero menor en 2011, 2012 y el periodo investigado, en porcentajes de 4%, 24% y 29%, respectivamente. Estos resultados se ilustran en la siguiente gráfica.
Gráfica 1. Precios de las importaciones y del producto nacional
 

Fuente: SICM, Ternium y AHMSA.
143. Ternium agregó que la tendencia decreciente del precio de las importaciones investigadas también propició una contención de los precios nacionales. Al respecto, la Secretaría observó que la información disponible en el expediente administrativo no muestra elementos suficientes que sustenten la existencia de la contención de precios que Ternium argumentó; ello no obsta para que en la siguiente etapa de la investigación las partes comparecientes aporten información al respecto. Los siguientes resultados sustentan de manera inicial esta apreciación:
a.     como se señaló en el punto 97 de la presente Resolución, de acuerdo con información de la consultora CRU, los precios de lámina rolada en frío en mercados relevantes aumentaron de 2010 a 2011, pero se redujeron en 2012, tendencia que continuó en el primer trimestre de 2013. En particular, en estos periodos los precios de China aumentaron 6%, disminuyeron 9% y 5%, respectivamente;
b.    conforme los resultados del siguiente apartado de la presente Resolución, los costos de operación totales de la rama de producción nacional (que incluyen ventas directas y autoconsumo) crecieron 7.1% entre 2010 a 2012 (+15% de 2010 a 2011 y -6.9% en 2012), pero disminuyeron 11.5% en el periodo octubre de 2012 a septiembre de 2013 con respecto al mismo lapso comparable;
c.     el costo promedio de las materias primas que Ternium proporcionó para la fabricación de la lámina rolada en frío cruda también aumentó 12% de 2010 a 2012, pero se reduce 7% en el periodo investigado con respecto al lapso anterior comparable, y
d.    por su parte, el precio nacional de venta al mercado, aumentó 6% de 2010 a 2012 (+14% de 2010 a 2011 y -7% en 2012), pero disminuyó 9% en el periodo investigado.
144. Adicionalmente, Ternium argumentó que en el futuro inmediato las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China continuarán ingresando al mercado mexicano en condiciones de discriminación de precios y a precios menores que el nacional de venta al mercado interno, lo que aumentaría la demanda de esta mercancía y, en consecuencia, agravaría el daño que registra la rama de producción nacional fabricante del producto similar.
145. Ternium consideró los precios de lámina rolada en frío de Asia de 2013 a 2014, que reporta la publicación Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, que señaló corresponde a enero de 2014. A partir de esta información, estimó el precio promedio que tendrían las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China en 2014 y 2015. Para ello, al precio que registraron las importaciones de lámina rolada en frío en 2013 aplicó la variación que registraría el precio de este producto en Asia de 2013 a 2014; así estimó el precio de las importaciones investigadas para 2014; procedió de manera análoga para calcular el precio de 2015.
146. Por su parte, AHMSA también estimó los precios que tendrían las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China en 2014 y 2015. Para tal fin, consideró los precios de lámina rolada en frío de Alemania, Europa y China, que reporta la publicación Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, de octubre de 2013. A partir de esta información calculó la variación del precio de cada una de estas regiones y/o países de 2012 a 2013, luego calculó la variación promedio; de forma análoga procedió para 2014 y 2015. Con las variaciones estimó el precio promedio de las importaciones acumuladas para 2014 y 2015 de la siguiente forma:
a.     al precio de las importaciones de 2012 aplicó la variación promedio que observaría el precio de
lámina rolada en frío en los países y región referida de 2012 a 2013. De esta forma estimó el precio promedio de las importaciones chinas en 2013, y
b.    al precio que estimó para 2013 aplicó la variación promedio que registraría el precio de lámina rolada en frío en Europa y China de 2013 a 2014; así estimó el precio de las importaciones chinas para 2014; procedió de manera análoga para calcular el precio de 2015.
147. Asimismo, Ternium consideró que en 2014 y 2015 el precio de la rama de producción nacional disminuiría para igualar al precio de las importaciones originarias de China, a fin de enfrentar las condiciones de competencia. Por su parte, AHMSA consideró que los precios de estas importaciones tendrían un comportamiento similar al que registraron en el periodo analizado.
148. La Secretaría consideró razonable la metodología que la Solicitante utilizó para estimar los precios nacionales y de las importaciones de China, pues se basan en la tendencia que han registrado y en los pronósticos de la publicación de la consultora CRU. En cuanto a la metodología de AHMSA, la Secretaría consideró inicialmente que los precios que estimó para China pudieran no reflejar de forma adecuada su comportamiento, puesto que, aunque se basan en pronósticos de la consultora CRU, esta empresa consideró precios promedio de China y Europa.
149. La Secretaría replicó el ejercicio que Ternium realizó para sus estimaciones y observó que el precio de las importaciones originarias de China de lámina rolada en frío registraría un descenso de 7% en 2014 con respecto al precio que registraron en 2012 y aumentaría 3% en 2015; en los mismos periodos, a fin de tratar de igualar a los precios chinos y poder competir, el precio nacional tendría que decrecer en 17% y crecer 3%, respectivamente.
150. De acuerdo con los resultados de los puntos 136 a 149 de la presente Resolución, la Secretaría determinó de manera inicial que las importaciones de China en 2012 y en el periodo investigado se efectuaron con niveles significativos de subvaloración con respecto a los precios nacionales y a otras fuentes de abastecimiento. Este bajo nivel de precios se observa en forma asociada a las prácticas de discriminación de precios cuyos indicios quedaron establecidos en el punto 69 de la presente Resolución. Asimismo, el bajo nivel de precios de las importaciones originarias de China con respecto a los nacionales y los de otros países está asociado a sus volúmenes crecientes y su mayor participación en el mercado nacional, así como a la caída de los precios nacionales de venta al mercado interno y al desempeño negativo de las utilidades y margen de operación de la rama de producción nacional, como se explica en el siguiente apartado de la presente Resolución.
151. Asimismo, la Secretaría consideró de manera inicial que el nivel de los precios de las importaciones de lámina rolada en frío que se prevé para 2014 y 2015 ocasionará que continúen ubicándose por debajo de los precios nacionales en esos años. Lo anterior permite determinar que de continuar concurriendo las importaciones de origen chino en tales condiciones constituirían un factor determinante para incentivar la demanda por mayores importaciones y, por tanto, incrementar su participación en el mercado nacional en niveles mayores que el que registraron en 2012 y en el periodo investigado, en detrimento de la producción nacional.
7. Efectos reales y potenciales sobre la rama de producción nacional
152. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del Acuerdo Antidumping, 41 y 42 de la LCE y 64 y 68 del RLCE, la Secretaría evaluó los efectos reales y potenciales de las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China sobre los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional del producto similar al que es objeto de investigación.
153. Ternium manifestó que los volúmenes crecientes de las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China en condiciones de discriminación de precios y los bajos precios a que concurrieron al mercado nacional causaron efectos negativos sobre los precios nacionales, que se reflejó en el desempeño adverso en su actividad operativa, comercial y financiera y de la rama de la producción nacional.
154. En el mismo sentido, AHMSA argumentó que en el periodo investigado con respecto al anterior comparable estas importaciones ocasionaron efectos negativos en sus indicadores económicos y financieros, tales como participación de mercado, inventarios, ventas y precios al mercado interno y, por lo tanto, en sus ingresos y utilidades operativas.
155. A fin de evaluar los argumentos expuestos por la rama de producción nacional, la Secretaría consideró datos que corresponden al producto similar de las empresas Ternium y AHMSA, que conforman la rama de la producción nacional, salvo para aquellos factores que, por razones contables, no es factible identificar con el mismo nivel de especificidad (flujo de caja, capacidad de reunir capital o rendimiento sobre la inversión). Para estas últimas variables se analizaron los estados financieros dictaminados de dichas empresas correspondientes a 2010, 2011 y 2012.
156. Asimismo, la Secretaría analizó el comportamiento de los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional considerando tanto su operación total, que incluye el autoconsumo, y de los
indicadores económicos y financieros disponibles correspondientes al mercado interno, que excluyen el autoconsumo. Ello, en razón de que Ternium y AHMSA destinan parte de su producción de lámina rolada en frío para venta al mercado interno, que compite de manera directa con el producto objeto de investigación, y una parte para autoconsumo.
157. La información que Ternium y AHMSA aportaron indica que el volumen total de la producción nacional de lámina rolada en frío aumentó 9% de 2010 a 2011 y decreció 8% en 2012, de forma que acumuló un crecimiento de cerca de 1% en los tres años considerados. En el periodo investigado creció 3%.
158. El desempeño de la producción nacional durante el periodo de 2010 a 2012 se explicaría tanto por la producción destinada al autoconsumo como para ventas; mientras que en el periodo investigado podría derivarse fundamentalmente del comportamiento de la producción para ventas:
a.     la producción que la rama de producción nacional destinó para autoconsumo aumentó 10% de 2010 a 2012 (+22% en 2011 y -10% en 2012) y disminuyó 9% en el periodo investigado, y
b.    en los mismos periodos, la producción para ventas disminuyó 6% (-1% en 2011 y -6% en 2012), pero aumentó 15% en el periodo investigado.
159. El comportamiento de la producción para ventas se reflejó a su vez en el desempeño de las ventas totales (al mercado interno y externo), las cuales disminuyeron 1% en 2011 y 7% en 2012, de forma que cayeron 7% en estos tres años considerados, pero en el periodo investigado registraron un incremento de 15% en relación con el periodo anterior comparable.
160. La Secretaría también observó que el desempeño que registraron las ventas totales se explica en gran medida por el comportamiento que tuvieron las ventas al mercado interno:
a.     las ventas al mercado interno disminuyeron 8% de 2010 a 2012 (-6% en 2011 y -2% en 2012), pero aumentaron 11% en el periodo investigado; en los mismos periodos las exportaciones aumentaron 1% (+89% en 2011 y -47% en 2012) y crecieron 78%, respectivamente, y
b.    sin embargo, las exportaciones representaron en promedio el 4% de la producción total durante el periodo analizado, lo que refleja que la rama de producción nacional depende fundamentalmente del mercado interno, donde compite con las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios.
161. Al considerar la PNOMI, calculada como el volumen de la producción total menos las ventas para exportación, se observó que este indicador creció 1% de 2010 a 2012: aumentó 6% en 2011, pero disminuyó 5% en 2012. En el periodo investigado sólo creció 1%.
162. La tendencia decreciente de la PNOMI se reflejó en la pérdida de participación de mercado de la rama de producción nacional durante el periodo analizado, pues conforme los resultados descritos en los puntos 118 a 121 de la presente Resolución: de la pérdida de los 4.7 puntos porcentuales de participación en el CNA que la rama de producción nacional registró de 2010 a 2012, 2.3 puntos son atribuibles al aumento de las importaciones originarias de China y 2.4 puntos al incremento de las importaciones de otros orígenes. En el periodo investigado, las importaciones investigadas aumentaron su participación en el CNA, en perjuicio tanto de la PNOMI (-1 punto porcentual) como de las importaciones de los demás orígenes (-1 punto porcentual).
163. Asimismo, al considerar las ventas al mercado interno, la Secretaría también apreció que su comportamiento se tradujo en una pérdida de participación en el consumo interno. Así lo indican los resultados descritos en los puntos 122 a 126 de la presente Resolución.
164. En efecto, en estos puntos se establece que de la pérdida de los 8.3 puntos porcentuales de participación en el consumo interno que la rama de producción nacional registró de 2010 a 2012, 3.7 puntos son atribuibles al aumento de las importaciones originarias de China y 4.5 puntos al incremento de las importaciones de otros orígenes, mientras que en el periodo investigado, tanto las ventas al mercado interno como las importaciones originarias de China aumentaron su participación en el consumo interno (+1 punto y +2 puntos, respectivamente), en perjuicio de las importaciones de los demás orígenes.
165. Asimismo, de acuerdo con los listados de ventas de Ternium y AHMSA, así como de la base de las estadísticas de importación que reporta el SICM por las fracciones arancelarias investigadas, en el periodo comprendido de octubre de 2010 a septiembre de 2013, trece clientes de la rama de producción nacional disminuyeron 22% sus compras nacionales, en tanto que aumentaron 724% sus adquisiciones de la mercancía originaria de China.
166. Estos resultados permiten presumir que volúmenes considerables de lámina rolada en frío del país investigado se realizaron en sustitución de la mercancía nacional similar y que, en efecto, a fin de hacer frente a las condiciones de competencia de la mercancía originaria de China, la rama de producción nacional se vio orillada a disminuir su precio de venta al mercado interno, en una magnitud suficiente que le permitiera evitar una mayor pérdida de ventas y, por tanto, de mercado, pues como puede apreciarse en los puntos 139 y 140 de la presente Resolución, el precio de las importaciones chinas disminuyeron 27% de 2010 a 2012 y 15% en el periodo investigado, en tanto que el precio nacional, luego de aumentar 14% en 2011, disminuyó 7% en
2012 y 9% en el periodo investigado.
167. Por otra parte, el comportamiento de las ventas internas también se reflejó en el desempeño de los inventarios de lámina rolada en frío de la rama de producción nacional, los cuales aumentaron 41% entre 2010 a 2012, pero se redujeron 11% en el periodo investigado.
168. Ternium y AHMSA estimaron la capacidad instalada que correspondería exclusivamente a lámina rolada en frío similar a la que es objeto de investigación. Ambas empresas explicaron la metodología que utilizaron para su cálculo. Este indicador registró una disminución de 3% de 2010 a 2012, pero en el periodo investigado aumentó 9% en relación con el lapso anterior comparable.
169. El desempeño de la capacidad instalada y de la producción nacional total dio como resultado que la utilización del primer indicador aumentara 3 puntos porcentuales de 2010 a 2012, al pasar de 72% a 75% (77% en 2011), pero disminuyó 4 puntos en el periodo investigado con respecto al lapso anterior comparable, al pasar de 76% a 72%.
170. Por otra parte, el desempeño que registró la producción nacional total de lámina rolada en frío durante el periodo analizado se tradujo en el aumento del empleo vinculado con la producción de este producto (tanto Ternium como AHMSA proporcionaron la metodología que utilizaron para calcularlo), puesto que aumentó 7% de 2010 a 2012 (+3% en 2011 y +4% en 2012) y 2% en el periodo investigado.
171. El desempeño de la producción y del empleo se reflejó en el descenso de la productividad (medida como el cociente de estos indicadores) de 6% entre 2010 y 2012 (+6% en 2011 y -11% en 2012). Sin embargo, en el periodo investigado aumentó 1% con respecto al lapso comparable anterior. En los mismos periodos la masa salarial vinculada con la producción de lámina rolada en frío aumentó 9% (-36% en 2011 y +70% en 2012) y disminuyó 8%, respectivamente.
172. Por lo que se refiere al nivel de empleo y salarios para la producción de lámina rolada en frío destinada a ventas y para autoconsumo, Ternium y AHMSA desagregaron los salarios, pues en el caso del empleo sólo la Solicitante realizó el ejercicio, ya que AHMSA manifestó que no es posible separar el nivel de empleo, pues el mismo número de trabajadores está involucrado tanto en la producción para venta al mercado (interno o externo), como en la que se destina al autoconsumo.
173. En consecuencia, la Secretaría se vio imposibilitada de apreciar el desempeño del empleo que la rama de producción nacional habría utilizado para la producción para venta al mercado (interno o externo) y para la producción para el autoconsumo. En la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría, buscará allegarse de mayores elementos sobre este aspecto.
174. La Secretaría observó que la masa salarial vinculada con la producción de lámina rolada en frío que la rama de producción nacional destinó a la venta aumentó 7% entre 2010 y 2012 (-1% en 2011 y +7% en 2012), para aumentar también 3% en el periodo investigado. En los mismos periodos, este indicador correspondiente a la producción para autoconsumo aumentó 12% (-86% en 2011 y +675% en 2012), pero disminuyó 21%, respectivamente.
175. Ternium y AHMSA proporcionaron su estado de costos, ventas y utilidades del producto similar al que es objeto de investigación, tanto el que corresponde a la venta a terceros en el mercado nacional (ventas directas) como aquel para el autoconsumo, para 2010, 2011 y 2012 y para el periodo investigado y los dos anteriores comparables.
176. Sin embargo, la Secretaría observó que la metodología que estas empresas utilizaron no explica de qué forma determinaron el precio estimado para autoconsumo. En particular, Ternium señaló que tiene limitaciones en sus registros contables, toda vez que para el caso de inventarios de materia prima e inventarios en proceso, no le es posible identificar los destinados a venta directa de los destinados al autoconsumo. En la siguiente etapa de la investigación la Secretaría buscará allegarse de mayores elementos de análisis.
177. Por ello, la Secretaría elaboró el estado de costos, ventas y utilidades para la rama de producción nacional, que incluye: ventas directas y autoconsumo. Esta información fue actualizada con fines de comparabilidad financiera mediante el método de cambios en el nivel general de precios.
178. Con base en esta información, la Secretaría observó que los ingresos totales derivados de lámina rolada en frío aumentaron 2.8% de 2010 a 2012 (+16.8% en 2011 y -12% en 2012) y disminuyeron 14% en el periodo investigado.
179. Por su parte, los costos de operación totales (costos de venta y gastos de operación) incrementaron 15% en 2011 y disminuyeron 6.9% en 2012, que significó un aumento acumulado en los tres años considerados de 7.1%. En el periodo investigado se redujeron 11.5% con respecto al periodo anterior comparable.
180. Como resultado del comportamiento de los ingresos y los costos de operación, las utilidades operativas se redujeron 73.8% de 2010 a 2012 (+47% en 2011, pero -82.1% en 2012). En el periodo
investigado disminuyeron 155%, ya que los ingresos por ventas disminuyeron en mayor medida que los costos.
181. En consecuencia, el margen de operación de la rama de producción nacional aumentó 1.4 puntos porcentuales de 2010 a 2011, pero registró una pérdida de 5.4 puntos en 2012, de forma que acumuló una caída de 4 puntos entre 2010 y 2012, al pasar de 5.4% a 1.4%; en el periodo investigado este indicador disminuyó 2.9 puntos con respecto al periodo anterior comparable, al pasar de 1.8% a 1.1% negativo.
182. Al considerar el estado de costos, ventas y utilidades de la rama de producción nacional para venta directa sin considerar autoconsumo, la Secretaría observó que los ingresos por ventas internas disminuyeron 5.1% de 2010 a 2012 (+1.6% en 2011 y -6.6% en 2012) y 6.4% en el periodo investigado. En los mismos periodos, los costos de operación cayeron 0.4% (+1.5% en 2011 y -1.8% en 2012) y 3.5%, respectivamente.
183. Como resultado del comportamiento de los ingresos por ventas internas y los costos de operación de 2010 a 2012, las utilidades operativas se redujeron 84.7% en dicho periodo (+4.6% en 2011, pero -85.3% en 2012). En el periodo investigado disminuyeron 254%, ya que los ingresos por ventas disminuyeron en mayor medida que los costos. De esta manera, el margen operativo se redujo 4.7 puntos porcentuales de 2010 a 2012, cuando pasaron de 5.6% a 0.9%; en el periodo investigado con respecto al lapso anterior comparable disminuyó 3 puntos, al pasar de 1.1% a 1.9% negativo.
184. En cuanto al estado de costos, ventas y utilidades de la rama de producción nacional correspondiente al autoconsumo, la Secretaría apreció que los ingresos aumentaron 12.5% de 2010 a 2012 (+35.6% en 2011 y -17% en 2012), pero disminuyeron 21.7% en el periodo investigado. En los mismos periodos, los costos de operación aumentaron 16.4% (+31.9% en 2011 y -11.7% en 2012), pero disminuyeron 19.5%, respectivamente.
185. El comportamiento de los ingresos y de los costos derivados del autoconsumo dio por resultado que las utilidades operativas se redujeran 59.1% de 2010 a 2012 (+103.9% en 2011, pero cayeron 79.9% en 2012). En el periodo investigado disminuyeron 108.7%, ya que los ingresos disminuyeron en mayor medida que los costos (-21.7% vs. -19.5%). En consecuencia, el margen operativo se redujo 3.3 puntos porcentuales de 2010 a 2012, al pasar de 5.2% a 1.9%; en el periodo investigado con respecto al lapso anterior comparable decreció 2.7 puntos al pasar de 2.4% a 0.3% negativo.
186. De los resultados descritos en los puntos anteriores, la Secretaría apreció que en el periodo investigado los ingresos por ventas para autoconsumo reportaron una tendencia decreciente, al igual que el comportamiento que registraron las ventas directas a terceros, ya que estas variables registraron una baja de 21.7% y 6.4%, respectivamente.
187. No obstante, la Secretaría reitera que la determinación del precio "estimado" empleado en el cálculo de los ingresos para autoconsumo no es clara; de manera específica, en el caso de Ternium, existen algunas diferencias entre el costo de fabricación de las ventas directas y el correspondiente al autoconsumo. Por ello, la Secretaría se allegará de mayores elementos de análisis que le permitan evaluar con mayor certeza dichos comportamientos y el efecto de éstos en los resultados operativos del producto similar al objeto de investigación.
188. Por lo que se refiere a la contribución del producto similar al rendimiento sobre la inversión, la Secretaría observó que fue positiva en 2010, 2011 y 2012, aunque en este último año no alcanzó el nivel registrado en 2010: 0.6%, 0.8% y 0.2%, respectivamente.
189. Para la información financiera correspondiente a flujo de caja y capacidad de reunir capital que no es factible identificarla para el producto similar, la Secretaría analizó dichos indicadores para la rama de producción nacional, a partir de los estados financieros dictaminados de AHMSA y Ternium, correspondientes a 2010, 2011 y 2012.
190. El rendimiento sobre la inversión de las empresas que conforman la rama de producción nacional, calculado a nivel operativo, fue positivo en 2010, 2011 y 2012, pues fue 4.2%, 6.3% y 3.2%, respectivamente.
191. En lo que se refiere al flujo de caja operativo de la rama de producción nacional (a partir del estado de cambios en la situación financiera de las empresas que la conforman), este indicador aumentó 1,397.5% de 2010 a 2011, debido a la generación de partidas no erogadas y una menor aplicación de capital de trabajo, no obstante las utilidades antes de impuestos reportaron una baja; sin embargo, en 2012 se redujo 8.7% como resultado de la baja en utilidades antes de impuestos y una reducción en las partidas no erogadas, sin soslayar la generación de capital de trabajo.
192. Por otra parte, la capacidad de reunir capital mide la capacidad de un productor para obtener los recursos financieros necesarios para llevar a cabo la actividad productiva. La Secretaría analizó este indicador mediante el comportamiento de los índices de circulante, prueba de ácido, apalancamiento y deuda.
193. Al respecto, normalmente se considera que los niveles de solvencia y liquidez son adecuados si la relación es de uno a uno o mayor. En el caso de estos indicadores de la rama de producción nacional, éstos
no reportaron niveles aceptables en el periodo de 2010 a 2012. En efecto, la relación entre activos y pasivos circulantes (relación de circulante) fue menor que 1: 0.58 en 2010, 0.46 en 2011 y 0.55 en 2012. En los mismos años, la prueba de ácido (activo circulante menos el valor de los inventarios, en relación con el pasivo a corto plazo) registró niveles de 0.26, 0.20 y 0.22, respectivamente.
194. En cuanto al nivel de apalancamiento se considera que una proporción del pasivo total con respecto al capital contable inferior a 100% es manejable. En este caso, la Secretaría observó inicialmente que el apalancamiento de la rama de producción nacional se ubicó en niveles no adecuados, pero la razón de pasivo total a activo total fue aceptable: el pasivo total a capital contable fue de 271% en 2010, 241% en 2011 y 217% en 2012, en tanto que en los mismos años el pasivo total a activo total registró niveles de 73%, 71% y 68%, respectivamente.
195. Con base en el desempeño de los indicadores de la rama de producción nacional durante el periodo analizado, descritos en los puntos 152 al 194 de la presente Resolución, la Secretaría observó que en el periodo investigado la concurrencia de las importaciones originarias de China en presuntas condiciones de discriminación de precios, incidió negativamente en algunos indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional, entre ellos, precios al mercado interno, utilización de la capacidad instalada y utilidades de operación, ya sea las que resultan de las ventas totales (ventas directas más autoconsumo) como las que derivan al considerar sólo ventas al mercado interno o bien sólo el autoconsumo. Adicionalmente, destaca que entre 2010 y 2012 la rama de producción nacional pierde participación de mercado, atribuible en parte a las importaciones originarias de China, y aunque se recupera ligeramente en el periodo investigado, no alcanza los niveles de participación que alcanzó en 2010 y 2011.
196. Al respecto, Ternium argumentó que la tendencia creciente de las importaciones de lámina rolada en frío y las condiciones a las que han concurrido, aunado a la capacidad libremente disponible con que China cuenta para la fabricación de dicha mercancía, indican la probabilidad de que, en ausencia de medidas correctivas, estas importaciones agudicen el daño identificado en el periodo investigado y afecten aún más a indicadores de la rama de la producción nacional, tales como precios, participación de mercado, utilización de capacidad utilizada y utilidades de operación.
197. Con la finalidad de cuantificar la magnitud de la afectación sobre la rama de producción nacional, resultado del posible incremento de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, Ternium y AHMSA presentaron proyecciones de sus indicadores económicos y financieros, así como para los correspondientes a la rama de producción nacional. AHMSA las presentó para los dos periodos comparables posteriores al investigado y para 2014 y 2015; por su parte, Ternium sólo para estos años.
198. Ternium y AHMSA proporcionaron la metodología que utilizaron para sus proyecciones. La Solicitante explicó que sus ventas al mercado interno las estimó a partir de la participación que tuvieron éstas sobre las que registró la industria nacional en el periodo investigado. Esta participación la aplicó sobre los volúmenes de ventas de la industria nacional que proyectó para 2013, 2014 y 2015, ajustados con el incremento de su participación en las ventas nacionales debido a la incorporación de la planta del Complejo Siderúrgico Pesquería.
199. De manera análoga procedió para las exportaciones, aunque no consideró ajuste alguno. Con sus proyecciones de ventas al mercado interno y exportaciones calculó sus ventas totales y su producción para 2014 y 2015. Por lo que se refiere al empleo, consideró que se mantiene el mismo nivel del periodo investigado.
200. Por su parte, AHMSA explicó que su producción, ventas al mercado interno y exportaciones las estimó con base en la participación de estas variables en las nacionales, en los años que comprende el periodo analizado. En cuanto al empleo, indicó que lo calculó a partir del nivel registrado en 2012, afectado por el comportamiento proyectado de las ventas totales; asimismo, consideró que el salario se incrementaría en la misma proporción que la inflación para los periodos estimados, ajustado por la variación de los ingresos por ventas al mercado interno ante importaciones en condiciones de discriminación de precios.
201. La Secretaría analizó las metodologías de las proyecciones que AHMSA y Ternium presentaron, las cuales consideró razonables de manera inicial. Ello no obsta para que en la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría requiera a estas empresas mayor información al respecto.
202. La Secretaría acumuló las proyecciones que Ternium y AHMSA presentaron y observó una afectación en los indicadores relevantes de la rama de producción nacional en 2014 con respecto a los niveles alcanzados en 2012. Los decrementos más importantes se registrarían en el volumen de producción total (-5%), producción orientada al mercado interno (-7%), participación de mercado (-4 puntos porcentuales), utilización de la capacidad instalada (-21 puntos porcentuales, debido a la incorporación de la capacidad instalada de la planta del Complejo Siderúrgico Pesquería). Asimismo, la Secretaría apreció que esta afectación negativa continuaría en 2015 con respecto a la que se observaría en 2014: volumen de producción total (-4%), producción orientada al mercado interno (-4%), ventas al mercado interno (-7%), empleo (-6%), participación de mercado (-5 puntos porcentuales), utilización de la capacidad instalada (-2 puntos
porcentuales).
203. Ternium y AHMSA también presentaron proyecciones de los indicadores financieros señalados en el estado de costos, ventas y utilidades para 2014 y 2015, en un escenario con importaciones de China en condiciones de discriminación de precios. Dichas empresas proporcionaron la metodología que utilizaron.
204. Respecto a las cifras que Ternium proyectó, la Secretaría consideró que la metodología requiere de algunas precisiones, tales como la explicación y los cálculos mediante los cuales determinó la afectación en costos de venta y gastos de operación; además, la Solicitante argumentó que los registros contables de su empresa tienen limitaciones, por ejemplo, en el caso de inventarios (de materia prima y en proceso) no le es posible identificar los destinados a venta directa a terceros de los correspondientes al autoconsumo. En la siguiente etapa de la investigación, la Secretaría buscará allegarse de mayores elementos al respecto.
205. Por su parte, AHMSA explicó que los indicadores financieros los proyectó como se describe a continuación:
a.     determinó el costo de fabricación y los gastos de operación para 2014 a partir del costo de fabricación y los gastos de operación unitarios del 2012, y aplicó un aumento de acuerdo con el índice de inflación esperada para 2014;
b.    para 2015 calculó estos indicadores; para ello, a las cifras estimadas para 2014 aplicó un incremento de acuerdo con el índice de inflación esperada para 2015;
c.     para estimar materia prima, mano de obra y gastos indirectos de fabricación, calculó la participación promedio de cada uno de estos rubros en los que incurrió en el periodo 2010 a 2012; los porcentajes que obtuvo los aplicó a los costos de fabricación estimados;
d.    para estimar los gastos de operación consideró los efectivamente realizados en 2012 y les aplicó los índices inflacionarios estimados para 2013, 2014 y 2015, y
e.     en lo referente a la estimación individual de gastos de venta y administración, correspondiente a 2014 y 2015, los calculó a partir de la participación promedio de cada uno de los rubros, en los que incurrió en el periodo 2010 a 2012, y estas participaciones las aplicó al monto que estimó de los gastos de operación de 2014 y 2015, respectivamente.
206. En el caso de la proyección del costo de venta correspondiente al 2015, en el ejercicio de ventas al mercado nacional, la Secretaría observó que para las cifras reportadas por la empresa no corresponden con los resultados de los cálculos aritméticos, por lo que en la siguiente etapa de la investigación, la empresa deberá aclarar dicha situación.
207. En cuanto al precio proyectado para autoconsumo, la Secretaría requiere de una explicación detallada y sustentada para la obtención del precio relevante en las ventas para autoconsumo de las empresas integrantes de la rama de producción de lámina rolada en frío y, en el caso particular de Ternium, que aclare la determinación del costo de fabricación para las ventas directas y para el autoconsumo.
208. No obstante la falta de precisión en la metodología que Ternium utilizó y lo que se indica en los dos puntos anteriores de la presente Resolución, la Secretaría analizó la información en conjunto que presentaron ambas empresas y observó que los resultados operativos proyectados para la rama de producción nacional de lámina rolada en frío, relacionados exclusivamente con la producción nacional destinada a venta directa a terceros más autoconsumo, disminuirían 711.6% en 2014 con respecto a 2012, debido a que los ingresos por ventas caerían 16.9%, en tanto los costos de operación bajarían 7.2%, lo que daría como resultado que el margen operativo se redujera 11.6 puntos porcentuales al pasar de 1.4% positivo a 10.2% negativo.
209. Los resultados operativos de la rama de producción nacional de lámina rolada en frío relacionados exclusivamente con la producción nacional destinada a venta directa a terceros más autoconsumo disminuirían 947.7% en 2015 con respecto a 2012, debido a que los ingresos por ventas caerían 19.2%, en tanto los costos de operación bajarían 6.1%, lo que daría como resultado que el margen operativo se redujera 15.9 puntos porcentuales al pasar de 1.4% positivo a 14.5% negativo.
210. A partir de los resultados descritos en los puntos 196 a 209 de la presente Resolución, la Secretaría determinó de manera inicial que existen indicios suficientes para sustentar que, aunado a los efectos negativos reales ya observados en algunos indicadores, de continuar aumentando las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China en presuntas condiciones de discriminación de precios en el mercado mexicano en términos absolutos y relativos, dado los bajos niveles de precios a que concurrirían, se profundizarían los efectos negativos en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional.
211. Adicionalmente, la Solicitante argumentó que la continuación de las importaciones de la mercancía investigada en supuestas condiciones desleales pondría en riesgo la viabilidad de la operación del Complejo Siderúrgico Pesquería, y en el largo plazo su rentabilidad y los periodos de amortización, lo que daría por resultado que los precios de venta al mercado nacional disminuyan en 2013, 2014 y 2015 y, por lo tanto, impidan igualar su normal aumento con el de los costos de venta y gastos operativos.
 
212. Para sustentar su afirmación, Ternium proporcionó dos escenarios de los flujos de efectivo de esta nueva planta: uno que contempla importaciones de la mercancía investigada en condiciones de discriminación de precios y otro sin ellas. La Secretaría realizó un análisis de flujos de efectivo en ambos escenarios. Como resultado, observó que en el escenario en el que contempla importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios, dejaría de ser viable, ya que la tasa interna de retorno y el valor presente neto serían negativos, pues los precios y los ingresos por ventas disminuirían en más de 13% con respecto al escenario en donde no existen importaciones en condiciones de discriminación de precios.
213. No obstante, la Secretaría obtendrá mayor información sobre la operación del Complejo Siderúrgico Pesquería, en cuanto a la proporción de producto proyectado que se destinaría a venta directa a terceros y a autoconsumo, así como los efectos que podrían tener las importaciones en condiciones de discriminación de precios sobre ambos destinos de la producción.
8. Elementos adicionales
214. Conforme lo establecido en los artículos 3.7 del Acuerdo Antidumping, 42 de la LCE y 68 del RLCE, la Secretaría analizó los indicadores de la industria de China fabricante de lámina rolada en frío, así como el potencial exportador de este país.
215. Ternium manifestó que el mercado mexicano es un destino real para las exportaciones de lámina rolada en frío de China, tomando en cuenta: i) la capacidad libremente disponible que tiene este país para fabricar lámina rolada en frío; y ii) la pérdida de participación de mercado de la industria nacional por el incremento de las importaciones originarias de China.
216. Ello, afirmó la Solicitante, sustenta la probabilidad de que las importaciones en condiciones de discriminación de precios continúen su tendencia ascendente en el futuro próximo, lo que agravaría el daño que ya registra la producción nacional de la mercancía similar a la investigada.
217. Ternium proporcionó cifras sobre capacidad instalada, producción y consumo de lámina rolada en frío en China, que reporta la publicación Steel Sheet Products Market Outlook Statistical Review de la consultora CRU, de abril de 2013. También aportó estadísticas de exportaciones de China por las subpartidas 7209.16 y 7209.17 que reporta el ISSB y describen al producto como se indica en el punto 89 de la presente Resolución.
218. De acuerdo con esta información, la Secretaría observó que la producción de lámina rolada en frío de China aumentó 13% de 2010 a 2011 y 6% en 2012, de forma que acumuló un crecimiento de 20% en los tres años considerados, al pasar de 64.4 a 77.2 millones de toneladas. En el mismo periodo, el consumo bruto de esta mercancía también aumentó 16%, cuando pasó de 66.8 a 77.6 millones de toneladas. Por su parte, la capacidad instalada de este país para fabricar lámina rolada en frío acumuló un crecimiento de 9% de 2010 a 2012, al pasar de 110.8 a 121.1 millones de toneladas. A partir de estos datos, la Secretaría observó que:
a.     la capacidad instalada libremente disponible de China (capacidad instalada menos producción) disminuyó 5% de 2010 a 2012, al pasar de 46.3 a 43.9 millones de toneladas; no obstante, este último volumen es significativamente mayor al tamaño del mercado mexicano y de la producción nacional de lámina rolada en frío de 2012 (20 y 26 veces, respectivamente), y
b.    el potencial exportador de China (capacidad instalada menos consumo) disminuyó cerca de 1% de 2010 a 2012, al pasar de 43.9 a 43.5 millones de toneladas; sin embargo, dicho volumen es equivalente a 25 y 20 veces al de la producción y del tamaño del mercado nacional de lámina rolada en frío de 2012, respectivamente.
219. Con respecto al perfil exportador de China, la información estadística del ISSB indica que China fue el segundo país exportador de lámina rolada en frío entre 2010 y 2012; participó con el 14.3% en las exportaciones totales a nivel mundial. En este lapso sus volúmenes de exportaciones aumentaron 56%, al pasar de 1.8 a 2.9 millones de toneladas. Este último volumen es equivalente a 1.7 veces la producción nacional y 1.3 el tamaño del mercado mexicano de 2012. Destaca que México incrementó relativamente su importancia como destino para las exportaciones chinas ya que pasaron de representar 0.1% de las totales en 2010 a 1.8% en 2012.
220. La Secretaría no analizó los inventarios de lámina rolada en frío de China, pues no dispuso de información al respecto, ya que la Solicitante indicó que no están disponibles.
221. Los resultados descritos en los puntos anteriores de la presente Resolución sustentan que China tiene una capacidad libremente disponible y un potencial exportador considerable en relación con el mercado nacional. Las asimetrías entre estos indicadores aportan elementos suficientes que permiten determinar que la utilización de una parte de la capacidad libremente disponible con que cuenta China, o bien, de su potencial exportador, podría ser significativa para la producción y el mercado mexicano.
Gráfica 2. Mercado nacional VS capacidad libremente disponible y potencial exportador de China en
2012 (millones de toneladas)}
 

Fuente: Ternium y estimaciones propias.
222. Adicionalmente, proyecciones de la publicación CRU prevén que en 2014 y 2015 la capacidad instalada de lámina rolada en frío en China mantendrá el mismo nivel que alcanzó en 2012, en tanto que la producción aumentará 17% de 2012 a 2015, al pasar de 77.2 a 90.5 millones de toneladas. En consecuencia, en el mismo periodo la capacidad libremente disponible disminuirá 30%, al pasar de 43.9 a 30.6 millones de toneladas; a pesar de ello, este último volumen es considerablemente mayor que la producción nacional que Ternium estima en 2014 y 2015.
223. Por otra parte, la Solicitante argumentó que el mercado mexicano es un destino real para las exportaciones chinas de lámina rolada en frío, por las siguientes razones:
a.     China se ha convertido en uno de los principales exportadores de lámina rolada en frío al mercado de los Estados Unidos de América. De hecho, mediante su estrategia de precios depredatorios ha desplazado a principales proveedores tradicionales como Canadá (principal proveedor) Brasil, Holanda y Bélgica;
b.    las exportaciones de productos planos de origen chino, en donde se incluye la lámina rolada en frío, enfrentan medidas antidumping y subsidios en la Unión Europea (productos siderúrgicos revestidos), Indonesia (lámina rolada en frío) y Tailandia (productos de acero al carbono laminado en frío, enrollados y sin enrollar). La Solicitante proporcionó la documentación correspondiente;
c.     la crisis económica de Europa ocasionará que este mercado fundamental de China no pueda absorber los excedentes de exportación del país investigado;
d.    en los próximos años continuará la desaceleración económica en China, con tasas de crecimiento inferiores al 8%, de modo que el mercado interno de este país será incapaz de absorber los excedentes que genere la industria productora y exportadora de ese país, y
e.     en contraste, según pronósticos de la CANACERO, el mercado mexicano de productos siderúrgicos crecerá a tasas del orden de 4.7% y 3.3% en 2014 y 2015, respectivamente.
224. A partir de los resultados descritos en los puntos precedentes, la Secretaría determinó de forma inicial que la industria china fabricante de lámina rolada en frío tiene una capacidad libremente disponible y potencial exportador considerables en relación con la producción nacional y el tamaño del mercado mexicano de la mercancía similar, lo que aunado al crecimiento que registraron las importaciones de dicho país al mercado nacional en términos absolutos y relativos, y sus bajos niveles de precios durante el periodo analizado, constituyen elementos suficientes para presumir que existe la probabilidad fundada de que continúen incrementándose en el futuro inmediato y causen daño a la industria nacional.
9. Otros factores de daño
225. De conformidad con los artículos 3.5 del Acuerdo Antidumping y 69 del RLCE, la Secretaría examinó la concurrencia de factores distintos a las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios que al mismo tiempo pudieran haber causado daño a la rama de producción nacional de lámina rolada en frío.
226. Ternium manifestó que no existen factores distintos de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios que causen o amenacen causar daño a la industria nacional. Argumentó lo siguiente:
a.     la demanda de lámina rolada en frío creció durante el periodo investigado y, según datos de la CANACERO, el CNA continuará creciendo en los próximos años;
b.    la producción nacional está orientada al mercado interno, pues las exportaciones fueron poco representativas en relación con el CNA;
c.     el precio de las importaciones de otros orígenes estuvo significativamente por arriba del precio nacional y se realizaron a precios superiores de las investigadas, y
d.    manifestó no tener conocimiento de prácticas comerciales restrictivas ni cambios en la tecnología
que hayan afectado el comportamiento del mercado nacional; además, la competencia ocurre en condiciones normales de mercado (oferta-demanda) y las ventajas competitivas derivan de ofrecer precios razonables, un buen servicio, cantidad y calidad disponible.
227. La Secretaría analizó los posibles efectos de los volúmenes y precios de las importaciones de otros países, el desempeño exportador de la industria nacional y el comportamiento del mercado interno durante el periodo analizado.
228. De acuerdo con las cifras disponibles, la Secretaría observó que la demanda del producto objeto de investigación, medida por el CNA, registró un crecimiento acumulado de 7% entre 2010 y 2012, y de 2% en el periodo investigado, comportamiento que, según pronósticos de la CANACERO, en efecto, continuará en el futuro próximo. En este contexto del desempeño del mercado nacional, la Secretaría no tuvo elementos que indiquen que las importaciones de otros orígenes podrían ser la causa de daño a la industria nacional.
229. En efecto, aunque las importaciones de otros orígenes tuvieron un incremento acumulado de 20% entre 2010 y 2012 y sólo disminuyeron 1% en el periodo investigado, no pudieron haber afectado a la rama de producción nacional, ya que su precio promedio se ubicó significativamente por arriba del precio de las ventas nacionales al mercado interno, en porcentajes que fluctuaron entre 9% (2010), 17% (2012) y 25% en el periodo investigado.
230. Por otra parte, como se indica en el punto 160 de la presente Resolución, las exportaciones aumentaron cerca de 1% entre 2010 y 2012 (+89% en 2011 y -47% en 2012) y 78% en el periodo investigado, y representaron en promedio el 4% de la producción durante el periodo analizado, de modo que no pudieron contribuir de manera fundamental en el desempeño de los indicadores económicos de la industria nacional.
231. De acuerdo con la información que obra en el expediente administrativo, la Secretaría de manera inicial no identificó factores distintos de las importaciones en condiciones presumiblemente de discriminación de precios, que al mismo tiempo pudieran haber sido la causa de daño o amenaza de daño a la rama de producción nacional.
H. Conclusiones
232. Con base en el análisis integral del comportamiento y tendencia de los volúmenes y precios de las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China, la evaluación de los factores económicos y financieros de la rama de producción nacional en el periodo analizado y en el proyectado, y los indicadores del potencial exportador de la industria en China, la Secretaría determinó que existen elementos suficientes para presumir que durante el periodo investigado, las importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, se realizaron en presuntas condiciones de discriminación de precios y causaron daño a la rama de la producción nacional. Entre los principales elementos evaluados que sustentan esta conclusión destacan, de manera enunciativa, los siguientes:
a.     Las importaciones investigadas se efectuaron con un margen de discriminación de precios superior al de minimis previsto en el artículo 5.8 del Acuerdo Antidumping.
b.    Las importaciones originarias de China registraron un crecimiento de 6,702% de 2010 a 2012 y 115% en el periodo investigado, y aumentaron su participación en relación con el CNA, el consumo interno y la producción nacional durante el periodo analizado.
c.     Existen indicios suficientes que sustentan la probabilidad de que en el futuro inmediato aumenten considerablemente las importaciones de lámina rolada en frío originarias de China a un nivel que, dada la participación que registraron en el mercado nacional, continúen desplazando a las ventas de la rama de la producción nacional, e incrementen su participación en el mercado nacional.
d.    Las importaciones originarias de China registraron precios inferiores a los de la rama de producción nacional, en porcentajes de 9% tanto en 2012 como en el periodo investigado, y también por debajo de los precios de las importaciones de otros países, en porcentajes de 24% y 29% en los periodos señalados.
e.     Los márgenes de subvaloración, constituyen un factor determinante que incentivará el incremento y la participación de las importaciones investigadas en el mercado nacional. Asimismo, de continuar el ingreso de las importaciones originarias de China a tales niveles de precios, agudizaría la tendencia decreciente de los nacionales.
f.     En el periodo investigado la concurrencia de las importaciones originarias de China en presuntas condiciones de discriminación de precios incidió negativamente en algunos indicadores económicos de la rama de producción nacional, entre ellos, precios al mercado interno, utilización de la capacidad instalada y utilidades de operación.
g.    La industria nacional observa una condición vulnerable, pues entre 2010 y 2012 registró una pérdida de participación de mercado, atribuible en parte a las importaciones originarias de China, y aunque se recuperó ligeramente en el periodo investigado, no alcanzó los niveles de participación que registró en 2010 y 2011.
 
h.    La información disponible indica que China cuenta con un potencial exportador de lámina rolada en frío varias veces superior al tamaño del mercado nacional de la mercancía similar.
i.     La operación del Complejo Siderúrgico Pesquería dejaría de ser viable ante las importaciones de China en presuntas condiciones de discriminación de precios, ya que la tasa interna de retorno y el valor presente neto serían negativos.
j.     Los resultados de las proyecciones de los indicadores económicos y financieros para los periodos posteriores al investigado sugieren que se produciría un daño importante a la rama de producción nacional en caso de que no se adopten cuotas compensatorias.
k.     No se identificaron otros factores de daño diferentes de las importaciones en presuntas condiciones de discriminación de precios.
233. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 5 del Acuerdo Antidumping y 52 fracciones I y II de la LCE, es procedente emitir la siguiente
RESOLUCIÓN
234. Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina rolada en frío, temporales y definitivas, que ingresen por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia.
235. Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de octubre de 2012 al 30 de septiembre de 2013 y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional el comprendido del 1 de enero de 2010 al 30 de septiembre de 2013.
236. La Secretaría podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la LCE.
237. Con fundamento en los artículos 6.1, 12.1 y la nota al pie de página 15 del Acuerdo Antidumping; 3 último párrafo y 53 de la LCE y 163 del RLCE, los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquiera persona que considere tener interés en el resultado de esta investigación contarán con un plazo de 23 días hábiles para presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes. Para las personas señaladas en el punto 18, numerales 1 y 3 de la presente Resolución y para el gobierno de China, el plazo de 23 días hábiles empezará a contar 5 días después de la fecha de envío del oficio de notificación del inicio de la presente investigación. Para los demás interesados, el plazo empezará a contar 5 días después de la publicación de esta Resolución en el DOF. En ambos casos el plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento.
238. El formulario oficial a que se refiere el punto anterior, se podrá obtener en la oficialía de partes de la UPCI, sita en Insurgentes Sur 1940, planta baja, colonia Florida, código postal 01030, en México, Distrito Federal, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. También se encuentra disponible en el sitio de Internet http://www.economia.gob.mx.
239. La audiencia pública a que se refiere el artículo 81 de la LCE se llevará a cabo a las 10:00 horas del 27 de noviembre de 2014 en el domicilio de la Secretaría citado en el punto anterior o en uno diverso que con posterioridad se señale a quienes comparezcan como parte interesada al procedimiento.
240. Los alegatos a que se refieren los artículos 82 párrafo tercero de la LCE y 172 del RLCE, deberán presentarse por las partes interesadas en un plazo que vencerá a las 14:00 horas del 4 de diciembre de 2014.
241. Notifíquese esta Resolución a las partes interesadas de que se tiene conocimiento. Respecto a las partes señaladas en el punto 18, numeral 2 de la presente Resolución, de los cuales se indica que esta Secretaría no tiene su domicilio o datos completos para su localización, se les notificará a través de la publicación en el DOF de esta Resolución y por una sola vez en un diario de mayor circulación en México, de conformidad con el artículo 145 del RLCE. Las copias de traslado se ponen a disposición de cualquier parte que acredite su interés jurídico en el presente procedimiento, en el domicilio y horarios señalados en el punto 238 de la presente Resolución.
242. Comuníquese esta Resolución al SAT para los efectos legales correspondientes.
243. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
México, D.F., a 8 de abril de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.
 

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