DOF: 02/09/2014
ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1676 a la ciudadana Carla Castañeda Rivero, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Nuevo Laredo, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la a

ACUERDO mediante el cual se otorga la patente de agente aduanal número 1676 a la ciudadana Carla Castañeda Rivero, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de Nuevo Laredo, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la agente aduanal Rosa Margarita Rivero Colom.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Aduanas.- Administración Central de Normatividad Aduanera.

Acuerdo 800-02-00-00-00-2014-0414
Visto el escrito recibido en esta Administración, mediante el cual la C. CARLA CASTAÑEDA RIVERO, solicitó se le otorgara patente de Agente Aduanal, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal ROSA MARGARITA RIVERO COLOM, titular de la patente número 0707, con adscripción en la aduana de NUEVO LAREDO, y autorización 3229, para actuar en las aduanas de COLOMBIA, PIEDRAS NEGRAS Y VERACRUZ; y considerando que la C. CARLA CASTAÑEDA RIVERO, ha cumplido con lo establecido en el Quinto Resolutivo de la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de diciembre de 2013, y que mediante acuerdo emitido por esta Administración, se autorizó el retiro voluntario de manera definitiva e irrevocable de la Agente Aduanal ROSA MARGARITA RIVERO COLOM a su patente; el Administrador Central de Normatividad Aduanera, con fundamento en los artículos 2, párrafo primero, Apartado B, fracción I, inciso b); 9, penúltimo párrafo; 10; 11, fracción IV, y segundo, tercero y cuarto párrafo, numeral 2, en relación con el artículo 12, Apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; y 144, fracciones XXI y XXXV de la Ley Aduanera, ACUERDA: PRIMERO.- Otorgar la patente de Agente Aduanal número 1676 a la C. CARLA CASTAÑEDA RIVERO, para ejercer funciones con tal carácter ante la aduana de NUEVO LAREDO, como aduana de adscripción, en virtud del retiro voluntario de la Agente Aduanal ROSA MARGARITA RIVERO COLOM, por lo cual, a partir de la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, será inactivada la patente 0707, así como la autorización 3229, que habían sido asignadas a la citada Agente Aduanal. SEGUNDO.- Se toma conocimiento de que la C. CARLA CASTAÑEDA RIVERO, va a actuar en las aduanas de COLOMBIA, PIEDRAS NEGRAS Y VERACRUZ, como aduanas adicionales a las de su adscripción, mismas que tenía autorizadas la agente aduanal de la que obtiene la patente, debiendo utilizar el número de patente 1676 en el llenado de cada uno de los pedimentos que formule en las aduanas en las que actúe. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo mediante oficio a las CC. CARLA CASTAÑEDA RIVERO y ROSA MARGARITA RIVERO COLOM, anexando un ejemplar con firma autógrafa del mismo. CUARTO.- Gírense oficios a los administradores de las aduanas de NUEVO LAREDO, COLOMBIA, PIEDRAS NEGRAS Y VERACRUZ, remitiéndoles copia simple del presente acuerdo.
Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, por una sola vez a costa de la C. CARLA CASTAÑEDA RIVERO, y surta efectos de notificación.
Atentamente
México, D.F., a 7 de agosto de 2014.- El Administrador Central de Normatividad Aduanera, Marcoflavio Rigada Soto.- Rúbrica.
(R.- 395756)
 

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