DOF: 19/09/2014
ACUERDO por el que se delegan en el Director General de Administración y Finanzas las facultades que se mencionan

ACUERDO por el que se delegan en el Director General de Administración y Finanzas las facultades que se mencionan.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS LAS FACULTADES QUE SE MENCIONAN
SERGIO JAIME ROCHÍN DEL RINCÓN, Comisionado Presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 1; 2; 84; 85; 87; 95, fracciones I, II y XI, de la Ley General de Víctimas; 59, fracciones I y V, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; SEGUNDO y OCTAVO del Decreto por el que se transforma la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y 21, fracción I, del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Víctimas establece en su artículo 84 que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas;
Que el 8 de enero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se transforma la Procuraduría Social de Atención a las Víctimas de Delitos en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía técnica y de gestión, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Víctimas;
Que el Comisionado Presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas cuenta con facultades para administrar y representar legalmente a este organismo descentralizado, así como para dirigir el cumplimiento de las atribuciones de la propia Institución;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34, fracción I, del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, es atribución del Director General de Administración y Finanzas coordinar y ejecutar las políticas generales, criterios técnicos, lineamientos, así como vigilar el cumplimiento de la normatividad aplicable para la adecuada administración de los recursos humanos, financieros, materiales y de tecnologías de la información de la Comisión Ejecutiva, a fin de garantizar servicios de calidad del funcionamiento del conjunto de las unidades administrativas en un marco de transparencia y legalidad;
Que con la finalidad de procurar la mejor organización del trabajo, para que las funciones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas se lleven a cabo de manera eficiente y expedita se hace necesario agilizar, a través de la delegación de facultades, el despacho de los asuntos en las materias a que se refiere el presente Acuerdo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS LAS FACULTADES QUE SE MENCIONAN
PRIMERO. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas, la facultad de suscribir los acuerdos, contratos, convenios y demás actos e instrumentos jurídicos en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, prestación de servicios y cualquier otro que implique actos de administración y, en su caso, darlos por terminados anticipadamente y rescindirlos.
SEGUNDO. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas, la función a que se refiere el artículo 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
TERCERO. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas la facultad para autorizar las erogaciones por concepto de contratación de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones, que requieran efectuar las unidades administrativas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
 
CUARTO. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas la facultad de autorizar las erogaciones por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, eventos culturales o cualquier otro foro o evento análogo que requieran efectuar las unidades administrativas de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
QUINTO. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas la facultad para autorizar las erogaciones de viáticos y pasajes tratándose de comisiones al extranjero, que requieran efectuar los servidores públicos de nivel jerárquico inferior a los Comisionados.
SEXTO. Se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas la facultad de suscribir los nombramientos y formatos únicos de personal de los servidores públicos de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas que no ocupen las dos jerarquías administrativas inmediatas inferiores a la de los Comisionados.
SÉPTIMO. Las facultades que se delegan se deberán ejercer con estricto apego a los ordenamientos jurídicos, reglamentarios y normativos aplicables y sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del Comisionado Presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
OCTAVO. La persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas deberá informar sobre el ejercicio de las facultades que se le delegan por virtud de este Acuerdo, al Comisionado Presidente cuando éste se lo solicite. Lo anterior, con independencia de los informes que deba rendir a otras instancias internas o externas a la Institución.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 19 de agosto de 2014.- El Comisionado Presidente, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Rúbrica.
(R.- 397459)
 

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