CONVENIO Adicional al Convenio de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para la ejecución del Programa Desarrollo Comunitario Comunidad DIFerente, para el ejercicio fiscal 2014, que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO ADICIONAL AL CONVENIO DE COORDINACIÓN CELEBRADO EL 21 DE ABRIL DE 2014, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "DIF NACIONAL", REPRESENTADO POR SU OFICIAL MAYOR, L.A.E. J. JESÚS ANTÓN DE LA CONCHA, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO POR LA MTRA. ADRIANA LUNA LOZANO, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL JURÍDICA Y DE ENLACE INSTITUCIONAL, Y POR LA OTRA, EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE COLIMA, EN ADELANTE "DIF ESTATAL", REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LIC. GUADALUPE ARIADNA FLORES SANTANA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 21 de abril de 2014, "LAS PARTES" celebraron convenio de coordinación, al que en lo sucesivo se hará referencia como "EL CONVENIO".
II. A través de "EL CONVENIO", "DIF ESTATAL" se obligó a realizar el proyecto denominado: "Forjándose hacia una vida plena" Regularización de la situación jurídica de las niñas y niños que se encuentran institucionalizados en el Estado de Colima, con base en las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia, para el ejercicio fiscal 2014.
III. "DIF NACIONAL" se obligó a aportar a "DIF ESTATAL" un importe de $1'287,500.00 (un millón doscientos ochenta y siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.), para llevar a cabo el proyecto mencionado en el numeral que antecede.
IV. En la cláusula Décima Quinta de "EL CONVENIO", se acordó que las modificaciones o adiciones que se realizaran al mismo, serían pactadas de común acuerdo entre "LAS PARTES" y se harían constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento de su suscripción.
V. Mediante oficio número 232.000.00/0816/2014 de fecha 7 de mayo de 2014, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "DIF NACIONAL" se informó de la adecuación presupuestal requerida para la celebración del presente instrumento jurídico.
DECLARACIONES
I. "DIF NACIONAL" declara que:
ÚNICA.- Ratifica en todas y cada una de sus partes las declaraciones a su cargo hechas en el capítulo respectivo de "EL CONVENIO".
II. "DIF ESTATAL" declara que:
II.1 Ratifica en todas y cada una de sus partes las declaraciones a su cargo hechas en el capítulo respectivo de "EL CONVENIO".
II.2 Conoce plenamente los alcances del objeto del presente convenio, así como todas las obligaciones contraídas a su cargo contenidas en "EL CONVENIO".
III. "LAS PARTES declaran que:
ÚNICA.- Están de acuerdo en adicionar "EL CONVENIO", en términos de la cláusula Décima Quinta del mismo, por así convenir a sus respectivos intereses.
Por lo anterior, se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- "LAS PARTES" acuerdan que en adición al proyecto objeto de "EL CONVENIO", celebran el presente instrumento jurídico en términos de la cláusula Décima Quinta del mismo.
"DIF NACIONAL" con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, las disposiciones contenidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN" y en el oficio número 232.000.00/0816/2014 emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "DIF NACIONAL", aportará a "DIF ESTATAL" recursos por concepto de subsidios, considerados apoyos previstos por las "REGLAS DE OPERACIÓN" por un monto de $372,196.00
(trescientos setenta y dos mil ciento noventa y seis pesos 00/100 M.N.), en adición al monto establecido en "EL CONVENIO".
SEGUNDA.- "LAS PARTES" acuerdan que, con excepción de lo expresamente estipulado en el presente convenio adicional, las cláusulas de "EL CONVENIO" subsistirán en todas sus partes, guardando plena fuerza legal.
TERCERA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente instrumento jurídico, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, en caso de controversia "LAS PARTES" se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente convenio, lo firman en la Ciudad de México, Distrito Federal a los 7 días del mes de mayo de 2014.- Por el DIF Nacional: el Oficial Mayor, J. Jesús Antón de la Concha.- Rúbrica.- La Directora General Jurídica y de Enlace Institucional, Adriana Luna Lozano.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Guadalupe Ariadna Flores Santana.- Rúbrica.