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DOF: 29/10/2014
BASES para la participación ciudadana en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014

BASES para la participación ciudadana en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014.

ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN, Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafos noveno y décimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 y 3, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; 3, 8, fracción IV, y 19, fracción VIII, de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia; 27, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 8 y 10, apartado B, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 6, fracción XII, 30, fracciones III, V, VIII y X, y 31, fracciones I, IV y V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 38, fracción II, del Reglamento de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia; así como el lineamiento quinto, segundo párrafo, de los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende, entre otras, la prevención de los delitos;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 prevé dentro de la meta nacional México en Paz, el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y justicia, reduciendo los factores de riesgo que favorecen la generación de violencia y delincuencia para incidir en las causas que la generan, a través de la colaboración de los tres órdenes de gobierno y la activa participación de la sociedad;
Que el Programa Sectorial de la Secretaría de Gobernación 2014-2018, tiene como propósito fundamental la reducción de la violencia, sustentada en la prevención del delito, la promoción y articulación de la participación ciudadana y la coordinación efectiva entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, generando los lineamientos y metodologías para la instrumentación y seguimiento de intervenciones en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia;
Que el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia 2014-2018, tiene como objetivo incrementar la participación ciudadana en la prevención social de la violencia y la delincuencia, así como generar entornos que favorezcan la convivencia y seguridad ciudadana para fortalecer los factores de protección y las capacidades institucionales de los tres órdenes de gobierno;
Que el artículo 10, apartado B, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece que se destinan $2,595'000,000.00 (Dos mil quinientos noventa y cinco millones de pesos 00/100 M.N.), para el otorgamiento de apoyos en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, los cuales se conferirán a aquellas entidades federativas que cumplan los Lineamientos que para tal efecto emita el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación;
Que la Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, deberá dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos asumidos con la Secretaría por parte de las entidades federativas y los municipios en el marco de los programas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia;
Que la Dirección General de Participación Ciudadana para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, deberá proponer, coordinar, implementar y evaluar políticas públicas, programas, estrategias, proyectos, protocolos y acciones en materia de participación ciudadana para la prevención social de la violencia y la delincuencia, en el ámbito de competencia de la Secretaría; concertar la colaboración institucional entre los distintos niveles de gobierno y la sociedad, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de metas y objetivos en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia; así como impulsar la creación y el desarrollo de otras formas de participación ciudadana para el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia;
Que el 14 de febrero de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito" cuyo numeral quinto, párrafo segundo, establece que del total de los recursos federales, se destinará hasta el 5%, para gastos indirectos y de operación del subsidio, mismos que serán ejercidos por conducto de la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, a través de la unidad administrativa competente, los cuales incluirán conceptos destinados, entre otros, al pago de personas físicas y/o morales que proporcionen servicios de asesorías, consultorías, capacitaciones, visitas, evaluaciones y supervisiones externas, así como encuestas, estudios e investigaciones, en el marco de las disposiciones jurídicas aplicables;
 
Que los apoyos otorgados a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014 están siendo aplicados en 60 municipios, 5 demarcaciones territoriales en el Distrito Federal, 7 zonas metropolitanas y una zona conurbada, conforme a lo establecido en el numeral sexto, del citado Acuerdo;
Que como parte de la creación y desarrollo de otras formas de participación ciudadana para el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana convocaría a la ciudadanía para participar como voluntarios para las visitas y supervisiones externas para asegurar la implementación de las acciones programadas por las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014, y
Que dichos voluntarios coadyuvarán de manera temporal y con actividades específicas determinadas tales como las visitas y supervisiones externas para asegurar la implementación de las acciones programadas por las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014, he tenido a bien emitir las siguientes
BASES PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE
PREVENCIÓN DEL DELITO 2014
Primera.- Las presentes Bases tienen por objeto establecer los requisitos para la selección de los voluntarios que realicen visitas y supervisiones externas para asegurar la implementación de las acciones programadas por las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014.
Segunda.- Para los efectos de las presentes Bases, se entenderá por:
I.     Bases: a las Bases para la Participación Ciudadana en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014;
II.     Comité: al grupo de trabajo, integrado por dos servidores públicos designados por el Director General de Coordinación para la Operación Territorial, encargados de verificar y validar la satisfacción de los requisitos que deberán cumplir los interesados en participar como voluntarios para la realización de visitas y supervisiones externas para asegurar la implementación de las acciones programadas por las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014;
III.    Dirección General: a la Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial de la Secretaría de Gobernación;
IV.   Secretaría: a la Secretaría de Gobernación;
V.    Voluntarios: a las personas físicas que en su carácter de voluntarios, sin ser servidores públicos, ni estar sujetos a una relación laboral subordinada, coadyuvan de manera temporal con actividades específicas, determinadas en programas de carácter federal, como la realización de visitas y supervisiones externas para asegurar la implementación de las acciones programadas por las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014, y
VI.   Visita y supervisión externa: a la actividad consistente en la verificación física de las actividades programadas por las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014, a través de las metodologías y protocolos establecidos por la Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial de la Secretaría.
Tercera.- La Secretaría otorgará a los voluntarios seleccionados, preferentemente mediante transferencia electrónica, un apoyo por la cantidad de $55,000.00 (cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), mismo que les será entregado conforme al calendario autorizado para tales efectos, no pudiendo exceder del 31 de diciembre de 2014.
Cuarta.- Los interesados que deseen participar como voluntarios deberán cumplir con los requisitos siguientes:
a)    Licenciatura en Ciencias Políticas, Sociología, Psicología, Trabajo social, Ingeniería Industrial o afines;
b)    Residencia en la entidad federativa en donde tenga la intención de participar como voluntario;
c)    Solicitud en donde manifieste su intención de participar como voluntario para verificar, al menos en una ocasión, cada actividad programada a realizarse en el municipio correspondiente dentro del marco del Programa Nacional de Prevención del Delito 2014;
d)    No recibir apoyos o beneficios de otros programas otorgados por el Gobierno Federal;
 
e)    No ser servidor público de ningún orden de gobierno, y
f)     Presentar original y copia simple para cotejo de los documentos siguientes:
·   Título o cédula profesional;
·   Datos de una cuenta bancaria a su nombre, incluyendo la Clave Bancaria Estandarizada;
·   Comprobante de domicilio mediante el cual acredite ser residente de la entidad federativa en donde tenga la intención de participar como voluntario, con antigedad máxima de dos meses;
·   Carta bajo protesta de decir verdad en la que el interesado manifieste su intención de participar como voluntario en el programa, en los términos establecidos en el inciso c);
·   Carta bajo protesta de decir verdad en la que el interesado manifieste no recibir apoyos o beneficios de otros programas otorgados por el Gobierno Federal, y
·   Carta bajo protesta de decir verdad en la que el interesado manifieste no ser servidor público de ningún orden de gobierno.
Los documentos antes referidos deberán presentarse en las oficinas de la Dirección General, ubicada en la calle de Londres 102, piso 6, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, México, Distrito Federal, dentro del horario comprendido de las nueve a las dieciocho horas en días hábiles.
Quinta.- Habrá un voluntario por cada uno de los municipios o delegaciones siguientes:
Entidad Federativa en donde
deberá residir el solicitante
Municipio en el que desarrollará sus actividades el voluntario
Aguascalientes
Aguascalientes
Baja California
Mexicali
Tijuana
Baja California Sur
La Paz
Campeche
Campeche
Carmen
Chiapas
Tapachula
Tuxtla Gutiérrez
Chihuahua
Chihuahua
Juárez
Hidalgo del Parral
Guadalupe y Calvo
Coahuila de Zaragoza
Matamoros
Saltillo
Torreón
Colima
Colima
Manzanillo
Tecomán
Distrito Federal
Gustavo A. Madero
Iztapalapa
Cuauhtémoc
Venustiano Carranza
Álvaro Obregón
Durango
Durango
Gómez Palacio
Lerdo
Guanajuato
Celaya
León
Guanajuato
 
Guerrero
Acapulco de Juárez
Chilpancingo de los Bravo
Zihuatanejo de Azueta
Hidalgo
Pachuca de Soto
Tulancingo de Bravo
Tula de Allende
Jalisco
El Salto
Guadalajara
Tlajomulco de Zúñiga
San Pedro Tlaquepaque
Tonalá
Zapopan
México
Ecatepec de Morelos
Nezahualcóyotl
Toluca
Michoacán de Ocampo
Morelia
Uruapan
Apatzingán
Lázaro Cárdenas
Morelos
Cuautla
Cuernavaca
Jiutepec
Temixco
Nayarit
Tepic
Nuevo León
Apodaca
Cadereyta
Escobedo
García
Guadalupe
Juárez
Monterrey
San Nicolás de los Garza
San Pedro Garza García
Santa Catarina
Santiago
Oaxaca
San Juan Bautista Tuxtepec
Oaxaca de Juárez
Santa Lucía del Camino
San Jacinto Amilpas
Puebla
Puebla
Tehuacán
Querétaro
Querétaro
Corregidora
El Marqués
Huimilpan
Quintana Roo
Benito Juárez
Othón P. Blanco
Solidaridad
San Luis Potosí
Ciudad Valles
San Luis Potosí
Sinaloa
Ahome
Culiacán
Salvador Alvarado
 
Sonora
Cajeme
Hermosillo
San Luis Río Colorado
Tabasco
Centro
Cárdenas
Tamaulipas
Nuevo Laredo
Victoria
Reynosa
Tlaxcala
Calpulalpan
Tlaxcala
Veracruz de Ignacio de la Llave
Boca del Río
Veracruz
Xalapa
Yucatán
Mérida
Zacatecas
Guadalupe
Fresnillo
Zacatecas
 
Sexta.- El Comité verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos para participar como voluntario, conforme a la base cuarta.
Séptima.- Para el caso de que Dirección General reciba más solicitudes que el número de voluntarios requeridos por municipio o delegación, el Comité seleccionará al primer solicitante que haya cubierto la totalidad de los requisitos establecidos en las Bases.
Para el caso de que la Dirección General no reciba ninguna solicitud en algún municipio o delegación, el periodo para recibir solicitudes se prorrogará, no pudiendo exceder del 15 de diciembre de 2014. En este caso, el monto del apoyo será proporcional al tiempo que el voluntario realice sus actividades.
Octava.- La Dirección General dará a conocer por escrito su decisión a los solicitantes seleccionados como voluntarios dentro de los cinco días hábiles siguientes al cierre del periodo de recepción de solicitudes. Así mismo, a petición de cada solicitante que no haya sido seleccionado, informará el lugar que le correspondió en el registro de solicitud.
Los solicitantes seleccionados como voluntarios deberán observar en el desempeño de sus actividades los protocolos y metodologías que la Dirección General les dará a conocer al momento de notificarles la decisión del Comité.
Para el caso de que un voluntario no realice, conforme a los protocolos y metodologías, las actividades materia de las presentes Bases, será dado de baja y deberá reintegrar a la Secretaría el apoyo no devengado. En este caso, será sustituido por el interesado que hubiese presentado la solicitud inmediata posterior, previo cumplimiento de los requisitos para su selección.
Novena.- Los voluntarios no se encontrarán sujetos a relación laboral alguna con la Secretaría, por lo que en ningún caso se les considerará como servidores públicos ni subordinados. Consecuentemente, la Secretaría no asume ninguna responsabilidad laboral, fiscal o en materia de seguridad social.
Décima.- La interpretación de las Bases, así como cualquier situación no prevista en las mismas, será resuelta por la Secretaría, por conducto de la Dirección General.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Las Bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Los interesados en participar como voluntarios conforme a las Bases, deberán presentar su solicitud ante la Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial de la Secretaría de Gobernación dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor de las Bases.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, el 27 de octubre de dos mil catorce.- El Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana, Roberto Rafael Campa Cifrián.- Rúbrica.
 

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