ACUERDO por el que se adscriben orgánicamente las áreas del Archivo General de la Nación y se establece la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Estatuto Orgánico, reformado y publicado el 6 de octubre de 2014.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Archivo General de la Nación.
MARÍA DE LAS MERCEDES DE VEGA ARMIJO, Directora General del Archivo General de la Nación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59, fracciones I y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 6 y 9 del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59, fracciones I y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 6 y 9 del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, corresponde a los directores generales de las entidades paraestatales, adscribir orgánicamente las áreas y los órganos colegiados a la propia Dirección General, o alguna de las direcciones, mediante la expedición del acuerdo correspondiente;
Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 6 de octubre de 2014, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, las cuales modifican la estructura orgánica del mismo y redistribuyen las atribuciones de las áreas que se modifican, entre aquellas otras contempladas en el propio ordenamiento y que conforme a su ámbito de competencia, resultan idóneas para continuar y hacer más eficiente y eficaz el ejercicio de sus funciones, y
Que como consecuencia de las modificaciones mencionadas, resulta necesario actualizar la adscripción orgánica de este Organismo descentralizado y la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Estatuto, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE LAS ÁREAS DEL ARCHIVO GENERAL DE
LA NACIÓN
PRIMERO.- Las áreas previstas en el artículo 7 del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, se adscriben en los términos siguientes:
I. A la Dirección General del Archivo General de la Nación:
a) Dirección General Adjunta de Administración;
b) Dirección del Sistema Nacional de Archivos;
c) Dirección del Archivo Histórico Central, y
d) Dirección de Publicaciones y Difusión.
II. A la Dirección General Adjunta de Administración:
a) Dirección de Desarrollo Institucional;
b) Dirección de Tecnologías de la Información;
c) Dirección de Administración, y
d) Dirección de Asuntos Jurídicos.
SEGUNDO.- La Dirección General y la Dirección General Adjunta de Administración, podrán acordar, resolver y firmar los asuntos relacionados con las materias que son competencia de las áreas que se les adscriben por virtud del presente Acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las referencias que se hacen y las atribuciones que se otorgan en lineamientos, acuerdos, reglas y demás disposiciones a las áreas que cambian de denominación o desaparecen, se entenderán hechas o conferidas a las áreas que correspondan conforme a lo establecido en el presente Acuerdo.
México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil catorce.- La Directora General del Archivo General de la Nación, María de las Mercedes de Vega Armijo.- Rúbrica.
(R.- 402271)