DOF: 23/01/2015
ACUERDO CCNO/1/2015, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al período de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo

ACUERDO CCNO/1/2015, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al período de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con residencia en Chilpancingo, Guerrero.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos.

ACUERDO CCNO/1/2015, DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL PERÍODO DE EXCLUSIÓN DEL TURNO DE NUEVOS ASUNTOS A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN CHILPANCINGO, GUERRERO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracciones II y V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones IV, V y XXIV y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los tribunales de Circuito, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos de los artículos 41 y 42 fracción III del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, publicado el veintidós de noviembre de dos mil trece en el Diario Oficial de la Federación;
TERCERO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de quince de octubre de dos mil catorce, aprobó el Acuerdo General 43/2014 del propio Pleno, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con residencia en Chilpancingo, Guerrero; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el catorce de noviembre de dos mil catorce.
En dicho acuerdo, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, determinó que el nuevo órgano jurisdiccional iniciara funciones el dieciséis de noviembre de dos mil catorce, asimismo, se acordó un periodo de exclusión del turno de nuevos asuntos que comprendió del dieciséis al treinta de noviembre de dos mil catorce. Lo anterior, con el objetivo de nivelar las cargas de trabajo entre los tribunales colegiados de mérito;
CUARTO. Del análisis de los resultados estadísticos proporcionados por los Tribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo con residencia en Chilpancingo, Guerrero, respecto del volumen de asuntos ingresados en el mencionado período en que fueron excluidos de turno los Tribunales Primero y Segundo de la semiespecialidad y sede de referencia, se considera necesario otorgar un nuevo periodo de exclusión para nivelar las cargas de trabajo entre los referidos órganos jurisdiccionales.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales señaladas, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, expide el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos, a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito con residencia en Chilpancingo, Guerrero.
SEGUNDO. El periodo de exclusión del turno para los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Civil y de Trabajo antes citados, comprenderá del uno al veintiocho de febrero de dos mil quince; por lo tanto, todos los asuntos nuevos que se presenten dentro del referido período, en la oficina de correspondencia común que les presta servicio, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos al Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito con residencia en Chilpancingo, Guerrero; por lo que, durante ese periodo no tendrán aplicación las reglas de relación de asuntos fijadas por la normatividad administrativa vigente en el Consejo.
TERCERO. Transcurrido el plazo señalado a que se refiere en punto anterior, los asuntos nuevos se distribuirán entre todos los Tribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito,
con residencia en Chilpancingo, Guerrero, conforme al sistema computarizado utilizado para tales efectos.
CUARTO. Al finalizar el periodo de exclusión de turno a que se refiere el presente acuerdo y dentro de los tres días hábiles siguientes, los Presidentes de los Tribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con residencia en Chilpancingo, Guerrero, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Órganos, y a la Dirección General de Estadística Judicial sobre la productividad obtenida.
QUINTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal resolverá las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo dentro del ámbito de sus atribuciones.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con residencia en Chilpancingo, Guerrero, fijará avisos en lugar visible, con relación a la medida materia del presente acuerdo.
EL MAGISTRADO EDWIN NOÉ GARCÍA BAEZA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CARRERA JUDICIAL, ADSCRIPCIÓN Y CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/1/2015, de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al período de exclusión del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con residencia en Chilpancingo, Guerrero, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el doce de enero de dos mil quince, por los señores Consejeros: Presidente Felipe Borrego Estrada, Alfonso Pérez Daza y Rosa Elena González Tirado.- México, Distrito Federal, a doce de enero de dos mil quince.- Conste.- Rúbrica.
 

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