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DOF: 27/03/2015
NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales

NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 7 fracción I, 8 fracción V, y 9 fracción XXXI de la Ley de Aguas Nacionales; 38 fracción II, 40 fracción X, 46, 47 fracción IV y 51 primer párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 5 fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Aguas Nacionales establece en el artículo 7 fracción I que la gestión integrada de los recursos hídricos, superficiales y del subsuelo, a partir de las cuencas hidrológicas en el territorio nacional, son prioridad y asunto de seguridad nacional.
Que la protección, el mejoramiento, la conservación y restauración de las cuencas hidrológicas, acuíferos, cauces, vasos y demás depósitos de agua de propiedad nacional, zonas de captación de fuentes de abastecimiento, así como la infiltración natural o artificial de aguas para reabastecer mantos acuíferos acorde con las Normas Oficiales Mexicanas y la derivación de las aguas de una cuenca o región hidrológica hacia otras, es una prioridad del gobierno federal.
Que el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales, superficiales o del subsuelo, incluidas las limitaciones de extracción en zonas reglamentadas, las vedas, las reservas y el cambio en el uso del agua para destinarlo al uso doméstico y al público urbano, acorde con la normatividad vigente, es una labor constante de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la emisión y actualización de los estudios de disponibilidad de aguas nacionales de la Comisión Nacional del Agua, de acuerdo al artículo 22 último párrafo, de la Ley de Aguas Nacionales.
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, establece en su artículo 40 fracción X, que una de las finalidades de las Normas Oficiales Mexicanas, es establecer las características y/o especificaciones, criterios y procedimientos que permitan proteger y promover el mejoramiento del medio ambiente y los ecosistemas, así como la preservación de los recursos naturales.
Que la Ley de Aguas Nacionales establece las facultades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de expedir Normas Oficiales Mexicanas que promuevan el uso y aprovechamiento sustentable del agua a propuesta de la Comisión Nacional del Agua.
Que con fecha 17 de abril de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, "Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", con el fin de cumplir con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales en su artículo 9, segundo párrafo.
Que de acuerdo al artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el 14 de mayo de 2007, se sometió a consideración del pleno del Subcomité de Normalización de Obras Hidráulicas en Cauces y Zonas sujetas a Riesgos de Inundación del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, donde se acordó aprobar su ratificación.
Que con fecha 14 de enero de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el se modifica la nomenclatura de las Normas Oficiales Mexicanas derivadas del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua", el cual incluye la citada Norma Oficial Mexicana.
Que el "PROYECTO de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", se sometió a consideración del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, quien la aprobó el día 23 de noviembre de 2009, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con el propósito de someterlo a consulta pública, de
conformidad con el artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presentasen sus comentarios ante el citado Comité, sito en Av. Insurgentes Sur 2416, Tercer Piso, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, en México, Distrito Federal, o al correo electrónico jose.camacho@conagua.gob.mx.
Que el Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana se publicó el 23 de julio de 2014, en el Diario Oficial de la Federación, para consulta pública.
Que durante el plazo mencionado la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estuvo a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité antes señalado.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 47, fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de modificación en cuestión, los cuales fueron analizados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, realizándose las modificaciones procedentes al proyecto.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 28 fracción II, inciso d) del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el año de la clave cambia a 2015, debido a que el instrumento regulatorio se presentó ante el citado Comité, para su aprobación en ese año.
Que las respuestas a los comentarios de la consulta pública y las modificaciones derivadas de los mismos, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el doce de marzo de 2015.
Que una vez cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para la elaboración de los proyectos de modificación de Normas Oficiales Mexicanas, el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, en su Primera Sesión extraordinaria de 2015, aprobó para publicación definitiva la presente norma oficial mexicana NOM-011-CONAGUA-2015.
Que habiéndose cumplido los requisitos que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Comisión Nacional del Agua ha sometido a la firma del suscrito del presente documento, por lo que he tenido a bien expedir la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-011-CONAGUA-2015, CONSERVACIÓN DEL RECURSO AGUA-QUE
ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES Y EL MÉTODO PARA DETERMINAR LA DISPONIBILIDAD
MEDIA ANUAL DE LAS AGUAS NACIONALES
CONTENIDO
0.    Introducción
1.    Objetivo
2.    Campo de aplicación
3.    Definiciones
4.    Especificaciones
5.    Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales
6.    Bibliografía
7.    Observancia de esta Norma
APÉNDICE NORMATIVO A
MÉTODOS PARA DETERMINAR EL VOLUMEN MEDIO ANUAL DE ESCURRIMIENTO NATURAL
APÉNDICE NORMATIVO B
MÉTODOS PARA DETERMINAR LA RECARGA TOTAL DE UN ACUÍFERO
APÉNDICE INFORMATIVO C
 
EJEMPLO PARA DETERMINAR MEDIANTE EL MÉTODO DIRECTO EL VOLUMEN MEDIO ANUAL DE ESCURRIMIENTO NATURAL
APÉNDICE INFORMATIVO D
EJEMPLO PARA DETERMINAR MEDIANTE EL MÉTODO INDIRECTO EL VOLUMEN MEDIO ANUAL DE ESCURRIMIENTO NATURAL
0. Introducción
Los recursos hídricos accesibles para su aprovechamiento por el hombre tienen su origen en la precipitación pluvial(1), que al ocurrir sobre "tierra firme", se divide en dos fracciones:
·      La primera fracción escurre superficialmente por las redes de drenaje natural como arroyos y ríos, hasta desembocar al mar o a cuerpos interiores de agua.
·      La fracción complementaria se infiltra y circula a través de acuíferos, que a su vez descargan a cuerpos y cursos superficiales, a través de manantiales o subterráneamente al mar.
Donde el agua no es desviada de manera artificial desde las fuentes hasta sus salidas al mar, a la parte baja de una cuenca interna o a la frontera interior de un acuífero, se desarrolla un sistema natural o "virgen".
Antes de que el hombre alterara el equilibrio hidrológico para satisfacer sus necesidades, el escurrimiento virgen sustentaba a ecosistemas. Por ello, la naturaleza puede ser visualizada como el primer y natural usuario del agua.
El equilibrio natural fue gradualmente afectado conforme el hombre fue aumentando la derivación artificial de agua para satisfacer sus necesidades personales (uso doméstico), para la producción de alimentos (uso agrícola y pecuario) y para el desarrollo de procesos económicos (uso industrial).
Hasta el siglo XIX el aprovechamiento creciente del agua por el hombre con la consecuente reducción gradual de los escurrimientos naturales, en general, no causó daños graves al ambiente. Sin embargo, en el transcurso del siglo XX la derivación del agua para diversos usos creció de modo acelerado, especialmente durante su segunda mitad, al grado que ahora existen porciones importantes de la superficie continental del planeta, en las cuales el ambiente ha sufrido daños graves; en casos extremos, irreparables.
En vista de lo anterior, es de suma importancia tomar conciencia de que sólo una fracción de los escurrimientos naturales, superficiales o subterráneos, debe ser aprovechada por el hombre. Además de los requerimientos del ambiente, existen limitaciones de índole técnica que reducen aún más la proporción de los escurrimientos naturales aprovechables.
La porción accesible de los escurrimientos naturales de una cuenca, cuya infraestructura de regulación ha sido plenamente desarrollada, en la mayoría de los casos no supera el 70%, a la que hay que deducir los requerimientos del ambiente para determinar la cantidad de agua que puede destinarse a los diversos usos humanos.
Por otra parte, con base en los estudios que ha realizado la Comisión Nacional del Agua se ha detectado que en diversas regiones, entidades federativas y localidades del país, los volúmenes de agua concesionados superan el escurrimiento y la recarga de los acuíferos, situación que genera escasez del recurso, conflictos entre los usuarios y diversos efectos perjudiciales.
Considerando todo lo anterior y que la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento dispone que para el otorgamiento de asignaciones y concesiones se tomará en cuenta la disponibilidad media anual de agua, es necesario establecer en la presente Norma Oficial Mexicana las especificaciones para determinar con una metodología consistente, a nivel nacional, la disponibilidad media anual de aguas nacionales superficiales y del subsuelo, como base técnica para regular su uso, de manera racional y equitativa.
1. Objetivo
La presente Norma Oficial Mexicana tiene como objetivo establecer el método base para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales y del subsuelo, para su explotación, uso o aprovechamiento.
2. Campo de aplicación
 
Las especificaciones establecidas en la presente Norma Oficial Mexicana son de observancia obligatoria para la Comisión Nacional del Agua y para los usuarios que realicen estudios para determinar la disponibilidad media anual de aguas nacionales.
3. Definiciones
Para los efectos de esta Norma, además de las definiciones contenidas en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, se entenderá por:
3.1. Aforo: mediciones realizadas en un cauce con el objetivo de obtener datos básicos para calcular el caudal que pasa por una sección transversal del mismo.
3.2. Cambio de almacenamiento: incremento o decremento del volumen de agua almacenada en el acuífero en un intervalo de tiempo cualquiera.
3.3. Cauce principal: el canal principal que capta y conduce el agua hasta la descarga de una cuenca.
3.4. Caudal base: gasto o caudal que proviene del agua subterránea.
3.5. Comisión: Comisión Nacional del Agua, órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
3.6. Creciente máxima ordinaria: es la que ocurre dentro de un cauce sin que en éste se produzca desbordamiento, en un periodo de retorno de cinco años.
3.7. Cuencas homogéneas: son las cuencas hidrológicas en que, por tener características geomorfológicas, climatológicas, geológicas e hidrológicas similares, es válido transferir información hidrológica de una a otra.
3.8. Derrame de un embalse: es aquel que descarga a través de una obra de excedencias.
3.9. Descarga natural: volumen de agua que descarga un acuífero a través de manantiales, vegetación, ríos y humedales, o subterráneamente a cuerpos de agua.
3.10. Descarga natural comprometida: fracción de la descarga natural de un acuífero, que está comprometida como agua superficial para diversos usos o que debe conservarse para prevenir un impacto ambiental negativo a los ecosistemas o la migración de agua de mala calidad a un acuífero.
3.11. Diversos usos: se refiere a todos los usos definidos en la Ley de Aguas Nacionales, como doméstico, agrícola, acuacultura, servicios, industrial, uso ambiental, pecuario, público urbano, recreativo y otros.
3.12. Disponibilidad media anual de agua del subsuelo: volumen medio anual de agua subterránea que puede ser extraído de un acuífero para diversos usos, adicional a la extracción ya concesionada y a la descarga natural comprometida, sin poner en peligro el equilibrio de los ecosistemas.
3.13. Embalse: Depósito artificial en el que se almacenan las aguas de un río o un arroyo, mediante la construcción de una presa o un dique que cierra la boca de un valle.
3.14. Escurrimiento desde aguas arriba: es el volumen medio anual de agua que en forma natural proviene de una cuenca hidrológica ubicada aguas arriba de la cuenca o subcuenca en análisis.
3.15. Escurrimiento natural: es el volumen medio anual de agua superficial que se capta por la red de drenaje natural de la propia cuenca hidrológica.
3.16. Evaporación: es el proceso por el cual el agua, en la superficie de un cuerpo de agua natural o artificial o en la tierra húmeda, adquiere la suficiente energía cinética de la radiación solar, y pasa del estado líquido al gaseoso.
3.17. Evapotranspiración: es la cantidad total de agua que retorna a la atmósfera en una determinada zona por evaporación del agua superficial y del suelo, y por transpiración de la vegetación.
3.18. Extracción de aguas subterráneas: volumen de agua que se extrae artificialmente de un acuífero
para los diversos usos.
3.19. Extracción de aguas superficiales: volumen de agua que se extrae artificialmente de los cauces y embalses superficiales para los diversos usos.
3.20. Exportación: es el volumen de agua superficial o subterránea que se transfiere de una cuenca hidrológica o acuífero a otra u otras, hacia las que no drena en forma natural.
3.21. Hidrograma: representación gráfica de la variación del gasto o caudal con respecto al tiempo.
3.22. Importación: es el volumen de agua que se recibe en una cuenca hidrológica o acuífero desde otra u otras, hacia las que no drena en forma natural.
3.23. Parteaguas: límite físico de una cuenca o subcuenca hidrológica, representado por la línea imaginaria formada por los puntos de mayor elevación topográfica, que las separa de las vecinas.
3.24. Programación Hídrica: instrumento fundamental para la gestión integrada de los recursos hídricos y la seguridad hídrica, que aplica políticas y establece objetivos, estrategias, disposiciones y prioridades, a nivel nacional, estatal o local, para asegurar la autosuficiencia y sostenibilidad del sector hídrico a fin de garantizar el derecho humano al agua.
3.25. Recarga total: volumen de agua que recibe un acuífero, en un intervalo de tiempo específico.
3.26. Retornos: son los volúmenes que se reincorporan a la red de drenaje de la cuenca hidrológica, como remanentes de los volúmenes aprovechados en los diferentes usos del agua.
3.27. Subcuenca: fracción de una cuenca hidrológica, que corresponde a la superficie tributaria de un afluente o de un sitio seleccionado.
3.28. Transpiración: es el proceso por el cual la vegetación extrae humedad del suelo y la libera al aire circundante como vapor.
3.29. Unidad de gestión: territorio de la cuenca o subcuenca hidrológica superficial, o del acuífero, que se definen como una unidad para la evaluación, manejo y administración de los recursos hídricos.
3.30. Variación de almacenamiento en embalses: es el cambio de volumen que se presenta en los embalses, sean naturales o artificiales, debido al régimen de escurrimiento, salidas por evaporación en el vaso y políticas de operación, en un intervalo de tiempo.
4. Especificaciones
4.1 Generales
4.1.1 Las especificaciones establecidas en la presente Norma Oficial Mexicana se deben aplicar en los estudios para determinar la disponibilidad media anual de aguas nacionales en cuencas hidrológicas y en acuíferos. El método se considerará como el requerimiento técnico mínimo obligatorio y no excluye la aplicación adicional de métodos complementarios o alternos más complicados y precisos, cuando la información disponible así lo permita, en cuyo caso la Comisión revisará conjuntamente con los usuarios y determinará cuáles son los resultados que prevalecen.
4.1.2 La disponibilidad media anual de aguas nacionales superficiales en cuencas hidrológicas clasificadas como grandes (área mayor de 3000 km2), deberán subdividirse en función de la problemática regional que enfrente el uso del recurso, de la importancia de sus afluentes, localización de los diferentes usuarios e información hidrométrica y climatológica disponible.
4.1.3 Los elementos considerados en el balance hídrico se deben ajustar a un periodo de registro de información común y actual.
4.2 Disponibilidad media anual de agua superficial en una cuenca hidrológica
4.2.1 Se determina en el cauce principal en la salida de la cuenca hidrológica, mediante la siguiente
expresión:
DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE
AGUA SUPERFICIAL EN LA CUENCA
HIDROLÓGICA
=
VOLUMEN MEDIO ANUAL DE
ESCURRIMIENTO DE LA CUENCA
HACIA AGUAS ABAJO
-
VOLUMEN ANUAL ACTUAL
COMPROMETIDO AGUAS ABAJO
4.2.2 El volumen medio anual de escurrimiento de la cuenca hacia aguas abajo del sitio de interés, se determina al aplicar la siguiente expresión:
VOLUMEN MEDIO ANUAL DE
ESCURRIMIENTO DE LA
CUENCA HACIA AGUAS
ABAJO
=
VOLUMEN MEDIO ANUAL
DE ESCURRIMIENTO
DESDE LA CUENCA
AGUAS ARRIBA
+
VOLUMEN MEDIO
ANUAL DE
ESCURRIMIENTO
NATURAL
+
VOLUMEN ANUAL DE
RETORNOS
 
 
 
 
 
 
 
 
+
VOLUMEN ANUAL DE
IMPORTACIONES
-
VOLUMEN ANUAL DE
EXPORTACIONES
-
VOLUMEN ANUAL DE
EXTRACCIÓN DE
AGUA SUPERFICIAL
 
-
VOLUMEN MEDIO ANUAL
DE EVAPORACIÓN EN
EMBALSES
-
VOLUMEN MEDIO
ANUAL DE VARIACIÓN
DE ALMACENAMIENTO
EN EMBALSES
 
 
 
4.2.3 El volumen medio anual de escurrimiento desde la cuenca aguas arriba, se determina con la expresión utilizada para calcular el volumen medio anual de escurrimiento de la cuenca hacia aguas abajo que corresponde al de la cuenca en estudio ubicada aguas arriba.
4.2.4 El volumen medio anual de escurrimiento natural, se determina aplicando alguno de los métodos descritos en el Apéndice Normativo "A" de esta Norma Oficial Mexicana.
4.2.5 El volumen anual de retornos, se determina mediante aforo o estimación de las salidas de los volúmenes que se reincorporan a la red de drenaje de una cuenca, para los diferentes usos donde no se cuenta con aforos, se pueden estimar con el cuadro siguiente:
CUADRO 1
PORCENTAJES RECOMENDADOS DE RETORNOS CON RELACIÓN AL
RANGO DE DIFERENTES USOS
USOS
% RANGO
% RETORNO
Agrícola
10-30
20
Público Urbano
70-80
75
Industrial
50-60
55
Doméstico
70-80
75
Pecuario
10-30
15
Acuacultura
95-100
100
Generación de energía eléctrica
95-100
100
 
4.2.6 El volumen anual de importaciones, se determina sumando los volúmenes de agua superficial que se reciben en la cuenca hidrológica en estudio, de otra u otras cuencas hidrológicas o acuíferos.
4.2.7 El volumen anual de exportaciones, se determina sumando los volúmenes de agua superficial que se transfieren de la cuenca hidrológica en estudio, a otra u otras a las que no drena en forma natural.
4.2.8 El volumen anual de extracción de agua superficial debe incluir, en su caso, algunos o todos los volúmenes anuales siguientes:
a) Los volúmenes anuales asignados y concesionados por la Comisión, mediante títulos inscritos actualmente en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) para la explotación, uso o aprovechamiento de agua en la cuenca hidrológica,
 
b) Los volúmenes anuales correspondientes a las solicitudes de concesión o asignación aprobadas y que están en proceso de emisión del título correspondiente; y los volúmenes consignados en los títulos de concesión o asignación que aún no se han registrado ante el REPDA, y
c) Los volúmenes anuales correspondientes a las reservas, el caudal ecológico y las zonas reglamentadas.
4.2.9 El volumen anual de evapotranspiración, está considerado de manera implícita, en el volumen medio anual de escurrimiento natural, al restarle a los volúmenes aforados en la estación aguas abajo los volúmenes aforados en la estación aguas arriba.
4.2.10 El volumen anual actual comprometido aguas abajo se determina como la parte de los escurrimientos de la cuenca hacia aguas abajo, necesaria para cumplir con los volúmenes asignados y concesionados por la Comisión, limitaciones que se establezcan en las vedas y, si es el caso, los volúmenes correspondientes a reservas, uso ambiental, reglamentos y Programación Hídrica.
4.2.11 Las salidas naturales que se tengan en el cauce del tramo analizado por: evaporación de la superficie libre del agua expuesta a la atmósfera; la evapotranspiración por la vegetación ribereña; y, la infiltración en el propio cauce, ya están consideradas en el término del volumen anual de escurrimiento aforado de la cuenca hacia aguas abajo.
4.2.12 El volumen medio anual de evaporación en embalses se determina a partir de la lámina de evaporación medida, aplicada a la superficie libre del agua expuesta, en los embalses naturales o artificiales.
4.2.13 El volumen medio anual de variación del almacenamiento en embalses, se determina mediante la diferencia del volumen final menos el volumen inicial (V final âV inicial).
4.2.14 La disponibilidad media anual de agua superficial en una subcuenca o en un punto específico de la red de drenaje de la cuenca hidrológica, se determina aplicando las expresiones y términos que aparecen en los puntos 4.2.1 a 4.2.13 de este inciso.
4.3 Disponibilidad media anual de agua del subsuelo en un acuífero.
4.3.1 Se determina por medio de la siguiente expresión:
DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL
DE AGUA DEL SUBSUELO EN UN
ACUÍFERO
=
RECARGA TOTAL
MEDIA ANUAL
-
DESCARGA
NATURAL
COMPROMETIDA
-
EXTRACCIÓN DE AGUAS
SUBTERRÁNEAS
 
4.3.2 La recarga total media anual se determina mediante la metodología descrita en el Apéndice Normativo "B" de esta Norma Oficial Mexicana.
4.3.3 La descarga natural comprometida se determina sumando los volúmenes de agua concesionados de los manantiales y del caudal base de los ríos que están comprometidos como agua superficial, alimentados por un acuífero, más las descargas que se deben conservar para no afectar la alimentación de acuíferos adyacentes, sostener el uso ambiental y prevenir la inmigración de agua de mala calidad al acuífero considerado.
4.3.4 La extracción de aguas subterráneas se determina sumando los volúmenes anuales de agua asignados o concesionados por la Comisión mediante títulos inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), los volúmenes de agua que se encuentren en proceso de registro y titulación y, en su caso, los volúmenes de agua correspondientes a reservas, reglamentos y programación hídrica, determinados para el acuífero de que se trate, todos ellos referidos a una fecha de corte específica. En el caso de los acuíferos en zonas de libre alumbramiento, la extracción de aguas subterráneas será equivalente a la suma de los volúmenes de agua extraídos estimados con base en los estudios técnicos, que sean efectivamente extraídos aunque no hayan sido titulados ni registrados, y en su caso, los volúmenes de agua concesionados de la parte vedada del mismo acuífero. Los volúmenes de agua inscritos en el Registro Nacional Permanente no serán contabilizados en la extracción para fines de la determinación de la disponibilidad de agua, a menos que las verificaciones de campo demuestren que son extraídos físicamente.
4.4 Disponibilidad media anual de aguas nacionales.
4.4.1 Los volúmenes de agua accesibles en un lugar y tiempo determinado, dependen regional y localmente, de la climatología, de la variación de la precipitación atmosférica y de la estación del año, de las
características geomorfológicas, topográficas, hidrográficas y geológicas, así como de la infraestructura hidráulica existente, por lo cual no siempre son suficientes para que los concesionarios puedan captar la totalidad de los volúmenes medios anuales asignados y concesionados por la Comisión.
4.4.2 En el caso de que la disponibilidad media anual de agua en las cuencas hidrológicas o en los acuíferos, resulte negativa, su valor será representativo de un déficit.
4.4.3 En el caso de que en la cuenca hidrológica en estudio existan presas de almacenamiento y regulación, los volúmenes aprovechables de aguas superficiales, su distribución y usos por cada sistema o subsistema de usuarios de la cuenca, serán establecidos en los reglamentos y disposiciones de la Comisión y, serán determinados con base en los volúmenes de agua almacenados en los embalses naturales y artificiales al inicio del ciclo de interés y considerando, con base en datos históricos, el escurrimiento probable del mismo ciclo, así como el estudio hidrológico y de funcionamiento de embalses correspondiente.
4.4.4 En el caso de cuencas y acuíferos compartidas por dos o más entidades federativas y de cuencas o acuíferos transfronterizas internacionales, la disponibilidad de aguas superficiales y del subsuelo se fijará considerando, además de lo consignado en los incisos anteriores, las disposiciones establecidas en los respectivos reglamentos, tratados internacionales o en otros ordenamientos análogos.
4.4.5 Para el caso de los acuíferos en estudio, los volúmenes máximos autorizables para cada sistema o subsistema de usuarios de las aguas del subsuelo, serán establecidos en los reglamentos y disposiciones particulares de la Comisión.
4.4.6 La Disponibilidad de Agua Superficial aguas abajo de un embalse natural o artificial, se determina sumando los derrames del mismo y el volumen medio anual de escurrimiento natural generado entre el embalse y el sitio de interés, y restando al resultado el volumen anual actual comprometido aguas abajo del mismo sitio.
4.4.7 La información requerida para aplicar los métodos descritos en los apéndices A, B, C y D de esta Norma Oficial Mexicana, que obre en poder de la Comisión, podrá ser consultada por los interesados en las oficinas de los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales de la entidad de que se trate.
5. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales
No se encontró norma internacional similar a la presente Norma Oficial Mexicana.
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·      Ward, R.C., And Robinson M, Principles Of Hidrology Fourth edition, McGraw Hill, 2000.
7. Observancia de esta Norma
La Comisión Nacional del Agua es la responsable de coordinar la participación de los gobiernos estatales y municipales y de las demás entidades e instituciones involucradas en la aplicación de la presente Norma Oficial Mexicana.
La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua. Las violaciones a la misma se sancionarán en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento, la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
TRANSITORIOS
 
PRIMERO.- La presente norma oficial mexicana, entrará en vigor a los 60 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Para efectos de la entrada en vigor de la presente norma oficial mexicana, el uso ambiental se determinará de acuerdo a la norma mexicana correspondiente, o el valor que se determine en un estudio particular.
México, D.F., a doce días del mes de marzo de dos mil quince.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.
Apéndice Normativo "A"
Métodos para determinar el volumen medio anual de escurrimiento natural
En este Apéndice se describen los métodos para determinar el volumen medio anual de escurrimiento natural.
La descripción de los métodos se limita a los conceptos y expresiones básicas.
Las expresiones permiten determinar el escurrimiento natural en los métodos aquí descritos, para cada año del periodo analizado, hidrométrico o climatológico, según sea el caso, y posteriormente se obtiene su promedio.
A.1 El volumen medio anual de escurrimiento natural se determina aplicando alguno de los siguientes métodos:
A.1.1 Método Directo
A.1.1.1 Registros hidrométricos
Éste se aplica si en la cuenca en estudio existe un registro mínimo de 20 años consecutivos o no consecutivos; en caso de que falten datos en un máximo de cinco años para completar el periodo, el usuario calculará dichos años faltantes mediante algún método que le apruebe la Comisión Nacional del Agua. En el caso común de tener un sistema de cuencas interconectadas se debe elaborar un esquema de interconexión de la cuenca hidrológica en estudio con las cuencas vecinas, indicando los nombres de los cauces, dirección del flujo y, en su caso, la ubicación de los embalses naturales y artificiales.
ESQUEMA DE INTERCONEXIÓN DE LA CUENCA "B" EN ESTUDIO

Donde:
H1       Estación hidrométrica ubicada aguas arriba en el cauce principal.
 
H2       Estación hidrométrica ubicada aguas abajo en el cauce principal.
UC      Extracciones para los diferentes usos en la cuenca B.
V1, V2  Volúmenes aforados en las estaciones hidrométricas H1 y H2, respectivamente.
CP      Escurrimiento natural por cuenca propia.
El volumen anual de escurrimiento natural de la cuenca se determina con la siguiente expresión:
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO
NATURAL DE LA CUENCA
(CP)
 
=
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO
AFORADO DE LA
CUENCA HACIA AGUAS
ABAJO (V2)
 
+
VOLUMEN ANUAL DE
EXTRACCIONES DE
AGUA SUPERFICIAL
(UC)
 
-
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO
AFORADO DESDE LA
CUENCA AGUAS
ARRIBA (V1)
 
+
VOLUMEN ANUAL DE
EXPORTACIONES
-
VOLUMEN ANUAL DE
IMPORTACIONES
-
VOLUMEN ANUAL DE
RETORNOS
 
Información requerida:
·      Nombre y área de la cuenca hidrológica o subcuenca en estudio.
·      Ubicación de la cuenca hidrológica en cartas hidrográficas, indicando su localización con respecto a la región o subregión hidrológica y entidad(es) federativa(s) a la(s) que pertenece.
·      Nombre de las estaciones hidrométricas y su ubicación sobre el cauce principal.
·      Volúmenes de extracción de la cuenca hidrológica en estudio y sus diversos usos.
·      Notas aclaratorias necesarias.
·      Anexo con la información utilizada.
En el apéndice informativo "C" se muestra cómo determinar el volumen medio anual de escurrimiento natural, con el método directo.
A.1.2 Métodos Indirectos
En caso de que en la cuenca en estudio no se cuente con suficiente información de registros hidrométricos o ésta sea escasa, para determinar el volumen medio anual de escurrimiento natural se aplica el método indirecto denominado: precipitación-escurrimiento.
A.1.2.1 Precipitación-escurrimiento
El volumen medio anual de escurrimiento natural se determina indirectamente, mediante la siguiente expresión:
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO NATURAL DE
LA CUENCA
=
PRECIPITACIÓN ANUAL
DE LA CUENCA
*
ÁREA DE LA
CUENCA
*
COEFICIENTE DE
ESCURRIMIENTO
 
A.1.2.1.1 Precipitación anual en la cuenca
A) La información pluviométrica de la cuenca deberá abarcar un periodo mínimo de 20 años. En caso de que falten datos de un máximo de 5 años para completar el periodo, el usuario calculará dichos años faltantes mediante algún método que apruebe la Comisión Nacional del Agua. La precipitación anual deberá
determinarse a partir del análisis de los registros de las estaciones ubicadas dentro y vecinas a la cuenca, mediante el método de Polígonos de Thiessen o Isoyetas.
B) Cuando en la cuenca en estudio no se cuenta con información pluviométrica o ésta sea escasa, la precipitación anual se podrá obtener con apoyo de los planos de Isoyetas Normales Anuales editados por la Comisión.
A.1.2.1.2 Coeficiente de escurrimiento
El coeficiente de escurrimiento se determina a partir de los siguientes procedimientos:
A)    Transferencia de información hidrométrica y climatológica de cuencas vecinas, hidrológicamente homogéneas.
-     En la cuenca vecina se determinan los coeficientes anuales de escurrimiento (Ce), mediante la relación del volumen de escurrimiento anual (Ve), entre el volumen de precipitación anual (Vp) correspondiente.
Ce = Ve / Vp
-     Con los valores del volumen de precipitación anual y el coeficiente de escurrimiento anual obtenidos en la cuenca vecina, se establece una correlación gráfica o su ecuación matemática.
-     Con apoyo de la ecuación matemática o en la gráfica; y al utilizar los valores del volumen de precipitación anual de la cuenca en estudio, se estiman los correspondientes coeficientes anuales de escurrimiento.
B)    En función del tipo y uso de suelo y del volumen de precipitación anual, de la cuenca en estudio.
-     A falta de información específica, con apoyo en los servicios del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) y de visitas de campo, se clasifican los suelos de la cuenca en estudio, en tres diferentes tipos: A (suelos permeables); B (suelos medianamente permeables), y C (suelos casi impermeables), que se especifican en la tabla 1 y al tomar en cuenta el uso actual del suelo, se obtiene el valor del parámetro K (véase Plan Nacional de Obras de Riego para el Desarrollo Rural "Pequeños Almacenamientos". Secretaría de Recursos Hidráulicos, adaptación del Libro: Small Dams).
TABLA 1 VALORES DE K, EN FUNCIÓN DEL TIPO Y USO DE SUELO
TIPO DE SUELO
CARACTERÍSTICAS
A
Suelos permeables, tales como arenas profundas y loess poco compactos
B
Suelos medianamente permeables, tales como arenas de mediana profundidad: loess algo más compactos que los correspondientes a los suelos A; terrenos migajosos
C
Suelos casi impermeables, tales como arenas o loess muy delgados sobre una capa impermeable, o bien arcillas
USO DEL SUELO
TIPO DE SUELO
A
B
C
Barbecho, áreas incultas y desnudas
Cultivos:
En Hilera
Legumbres o rotación de pradera
Granos pequeños
Pastizal:
% del suelo cubierto o pastoreo
Más del 75% - Poco -
Del 50 al 75% - Regular -
Menos del 50% - Excesivo -
Bosque:
Cubierto más del 75%
Cubierto del 50 al 75%
Cubierto del 25 al 50%
Cubierto menos del 25%
Zonas urbanas
Caminos
Pradera permanente
0,26
0,24
0,24
0,24
0,14
0,20
0,24
0,07
0,12
0,17
0,22
0,26
0,27
0,18
0,28
0,27
0,27
0,27
0,20
0,24
0,28
0,16
0,22
0,26
0,28
0,29
0,30
0,24
0,30
0,30
0,30
0,30
0,28
0,30
0,30
0,24
0,26
0,28
0,30
0,32
0,33
0,30
 
-      Si en la cuenca en estudio existen diferentes tipos y usos de suelo, el valor de K se calcula como la resultante de subdividir la cuenca en zonas homogéneas y obtener el promedio ponderado de todas ellas.
-      Una vez obtenido el valor de K, el coeficiente de escurrimiento anual (Ce), se calcula mediante las fórmulas siguientes:
K: PARÁMETRO QUE DEPENDE DEL TIPO Y USO DE SUELO
COEFICIENTE DE ESCURRIMIENTO ANUAL (Ce)
Si K resulta menor o igual que 0,15
Ce = K (P-250) / 2000
Si K es mayor que 0,15
Ce = K (P-250) / 2000 + (K-0,15) / 1.5
 
P= Precipitación anual, en mm.
Rango de validez.- Las fórmulas se considerarán válidas para valores de precipitación anual entre 350 y 2150 mm.
La evapotranspiración está incluida en el coeficiente de escurrimiento.
C)    En aquellos casos en que se cuente con estudios hidrológicos y se conozcan los coeficientes de escurrimiento, éstos se podrán usar para el cálculo del escurrimiento.
Información requerida:
·      Procedimiento de cálculo y metodología utilizados para determinar la precipitación media anual en la cuenca.
·      Procedimiento de estimación y consideraciones para determinar el coeficiente de escurrimiento.
·      Relación de las estaciones climatológicas utilizadas para determinar los escurrimientos, indicando sus coordenadas geográficas, así como las entidades federativas a las que pertenecen, poblaciones próximas importantes y cualquier otra información de utilidad que permita hacer más claro el cálculo del volumen anual de escurrimiento natural.
En el caso de que en la cuenca en estudio no se cuente con suficiente información hidrométrica ni pluviométrica o ambas sean escasas, el volumen medio anual de escurrimiento natural se determina indirectamente transfiriendo la información de otras cuencas vecinas de la región, mismas que se consideran
homogéneas y que cuentan con suficiente información hidrométrica o pluviométrica.
Además de la información requerida en los puntos A.1.1.1 y A.1.2.1 es necesaria, la siguiente:
·      Descripción del método aplicado, así como la justificación de su empleo en esa cuenca, subcuenca o punto específico.
·      Relación de las variables significativas de la cuenca, empleadas en el cálculo del coeficiente de escurrimiento.
·      Resultados de las pruebas de homogeneidad hidrológica, climatológica y fisiográfica de las cuencas vecinas y/o registros empleados en la transferencia de información.
Apéndice normativo "B"
Método para determinar la recarga total media anual de un acuífero
En este Apéndice se describen los métodos que deberán aplicarse para determinar la recarga total media anual de un acuífero. La descripción de los métodos se limita a los conceptos y expresiones básicas; su detalle puede consultarse en las referencias bibliográficas de esta Norma Oficial Mexicana.
B.1 Balance de aguas del subsuelo
La recarga total que recibe un acuífero en un intervalo de tiempo dado, se determina por medio del balance de aguas del subsuelo, que en su forma más simple está representado por la siguiente expresión:
RECARGA TOTAL (SUMA DE
ENTRADAS)
=
CAMBIO DE ALMACENAMIENTO DEL
ACUÍFERO
+
DESCARGA TOTAL (SUMA DE
SALIDAS)
 
Para deducir una recarga media representativa, se planteará el balance a un intervalo de tiempo de varios años en que se disponga de los datos básicos para cuantificar sus términos y que incluya tanto años secos como años lluviosos. En su defecto, el balance se planteará para un intervalo mínimo de un año.
B.2 Cambio de almacenamiento de un acuífero
El cambio de almacenamiento en el intervalo de tiempo considerado en el balance, se determina a partir de la evolución de los niveles del agua subterránea correspondientes al mismo intervalo y de valores representativos del coeficiente de almacenamiento del acuífero. El valor de este coeficiente se determina a partir de pruebas de bombeo y/o con base en consideraciones relativas al tipo y litología del acuífero en estudio.
B.3 Descarga total
La descarga total de un acuífero en el intervalo de tiempo considerado en el balance, se calcula como la suma de los volúmenes descargados en forma natural y de los extraídos del mismo por medio de captaciones, durante el mismo intervalo.
B.3.1 Descarga natural
Para determinar la descarga natural a través de las salidas más comunes de un acuífero, se utilizará dependiendo del caso, alguno de los métodos indicados a continuación:
B.3.1.1 Caudal base
La descarga de un acuífero a una corriente superficial, por convención denominada "Caudal Base", se determina a partir de los datos registrados en estaciones hidrométricas instaladas sobre el cauce de la corriente, mediante el análisis de hidrogramas para diferenciar el caudal base. Si se dispone de varias estaciones hidrométricas, el método mencionado se aplicará a los tramos comprendidos entre ellas, para conocer la distribución de esta descarga a lo largo del cauce. Las mediciones para determinar el caudal deberán realizarse a lo largo de los periodos de estiaje.
B.3.1.2 Manantiales
 
La descarga de un acuífero a través de un manantial se determina integrando el área bajo el hidrograma, esto es, multiplicando el intervalo de balance por el gasto medio correspondiente.
El hidrograma se trazará con base en aforos realizados con frecuencia suficiente para conocer las variaciones estacionales y anuales del gasto. En todo caso, mediante consideraciones topográficas, hidrogeológicas, hidrodinámicas e hidrogeoquímicas, deberá verificarse que el manantial en cuestión es alimentado por un acuífero que se está evaluando.
B.3.1.3 Evapotranspiración
La descarga de un acuífero a la atmósfera puede tener lugar por evaporación directa de agua freática somera y por la transpiración de la flora.
La descarga de agua subterránea por evaporación directa se estima multiplicando el área donde tiene lugar el fenómeno por una lámina de agua equivalente a una fracción de la evaporación potencial medida en las estaciones climatológicas. El valor de esa fracción varía entre un máximo de uno, cuando el nivel freático aflora, y cero cuando éste se halla a profundidades mayores que la altura de la faja capilar de los materiales predominantes entre la superficie del terreno y el nivel freático; a falta de información, se supondrá que el valor de la fracción varía entre valores extremos linealmente según la profundidad de dicho nivel.
La descarga de agua subterránea por evapotranspiración depende de varios factores climáticos, hidrogeológicos y fisiológicos (tipo y densidad de vegetación), que por su amplia variación en el espacio y en el tiempo no son controlables a la escala de una cuenca o de un acuífero. Ante esta dificultad, la magnitud de este componente de descarga no se estimará por separado y su valor quedará implícito en el resultado del balance, lo cual se traducirá en una estimación conservadora de la recarga y de la disponibilidad de agua subterránea.
Sin embargo, en los casos en que la evapotranspiración sea la principal o la única componente de la descarga del acuífero, se podrán aplicar las técnicas de la percepción remota (interpretación de imágenes de satélite) para estimar la evapotranspiración real procedente del acuífero.
B.3.1.4 Flujo subterráneo
La descarga subterránea del acuífero se determina aplicando la Ley de Darcy a las secciones de salida definidas en la configuración de los niveles del agua subterránea, considerando las variaciones de ésta a lo largo del intervalo de tiempo usado en el balance.
B.3.2 Extracción
La extracción de agua subterránea en los intervalos de tiempo considerados en el balance se determina a partir de las lecturas registradas en los medidores instalados en las descargas de los pozos o, a falta de ellos, con base en los métodos indirectos -caudal y tiempo de bombeo, consumo de energía eléctrica, población servida y dotación, índices de consumo, superficies y láminas de riego- que sean aplicables según el uso del agua.
B.4 Recarga total media anual
La recarga total media anual se obtendrá dividiendo la recarga total deducida del balance, entre el número de años del intervalo de tiempo utilizado para plantearlo.
B.5 Información requerida:
·      Mapa base del acuífero (planta y cortes)
·      Descripción geológica, hidrológica e hidrogeológica
·      Datos climatológicos
·      Censo de captaciones de agua subterránea
·      Cortes litológicos de pozos
 
·      Investigación geofísica
·      Cotas de brocal de los pozos de observación
·      Datos del comportamiento de los niveles del agua subterránea a través del tiempo
·      Características hidráulicas de los acuíferos
·      Registro hidrométrico de extracciones y descargas naturales de agua subterránea
·      Información de la infraestructura hidráulica urbana, agrícola o industrial y datos de los volúmenes de agua manejados por medio de ella
·      Cálculo de redes de flujo subterráneo (entradas y salidas para diferentes periodos)
APÉNDICE INFORMATIVO "C"
EJEMPLO PARA DETERMINAR MEDIANTE EL MÉTODO DIRECTO EL VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO NATURAL (PRUEBA DEL MÉTODO)
Utilizando la información hidrométrica, correspondiente al periodo 1960-1992, se calcula el volumen anual de escurrimiento natural en la cuenca del Río Bravo, en el tramo comprendido entre la presa La Amistad y la estación Vado San Antonio.
ESQUEMA DE LA CUENCA DEL RÍO BRAVO EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE LA PRESA LA
AMISTAD Y LA ESTACIÓN VADO SAN ANTONIO

Donde:
H1; V1   Estación y Volumen aforado aguas abajo de la presa La Amistad, en millones de metros cúbicos (Mm3).
H2; V2   Estación y Volumen aforado en el Vado San Antonio, en Mm3.
CP       Volumen medio anual de escurrimiento natural, en Mm3.
INFORMACIÓN HIDROMÉTRICA (PERIODO 1960-1992)
AÑO
V2
V1
EXTRACCIÓN
EXPORTACIÓN
IMPORTA-
RETORNOS
ESC.
MÉXICO
USA
C. MAVERICK
CIONES
C. MAVERICK
NATURAL
1960
2765,38
2506,23
24,59
154,62
1173,31
0,00
1068,79
542,88
1961
3054,15
2217,59
13,62
154,97
1267,30
0,00
1146,71
1125,73
1962
1813,35
1748,80
20,92
156,89
1203,12
0,00
1041,24
404,23
1963
1572,84
1543,65
16,87
157,24
1189,53
0,00
1036,34
356,49
1964
4025,36
2894,45
18,90
154,36
1131,22
0,00
966,42
1468,99
1965
2156,13
1886,88
16,59
178,40
1210,05
0,00
1081,32
592,96
1966
3023,69
2863,42
10,88
174,53
1200,41
0,00
1090,57
455,53
1967
1939,86
1822,68
23,57
173,69
1178,53
0,00
1012,30
480,68
1968
1451,09
1280,21
17,87
203,06
1170,45
0,00
1054,28
507,98
1969
1282,94
901,44
19,31
203,03
992,38
0,00
839,64
756,57
1970
1591,99
1317,28
9,62
178,07
871,64
0,00
715,88
618,16
1971
2487,15
1478,35
15,98
189,09
851,17
0,00
657,34
1407,71
1972
1105,73
514,10
17,62
190,18
565,72
0,00
405,83
959,32
1973
1990,41
1359,44
15,18
188,16
936,54
0,00
791,06
979,78
1974
4731,40
4390,92
24,62
188,89
1136,24
0,00
953,26
736,97
1975
3459,80
2315,25
23,61
188,87
1185,91
0,00
1021,45
1522,49
1976
4259,15
2345,97
27,55
188,19
1099,54
0,00
972,38
2256,08
1977
2671,32
2019,21
19,95
186,77
974,69
0,00
795,66
1037,86
1978
3291,25
2744,79
22,55
183,00
1251,67
0,00
1076,78
926,90
1979
3317,79
2631,83
19,27
189,89
1251,61
0,00
1081,31
1065,42
1980
3032,83
2435,96
24,28
184,01
1337,17
0,00
1135,74
1006,59
1981
3275,51
2303,47
42,04
191,59
1328,62
0,00
1180,89
1353,40
1982
2704,21
2399,79
36,31
193,92
1308,36
0,00
1120,30
722,71
1983
2027,33
1659,84
34,51
185,71
1240,86
0,00
1073,03
755,54
1984
2294,23
2086,91
44,92
188,61
1075,50
0,00
940,13
576,21
1985
1885,62
1505,49
59,83
183,83
1205,78
0,00
1109,10
720,48
1986
3659,09
2944,38
37,52
183,98
1156,80
0,00
1093,51
999,50
1987
4015,22
2383,62
37,37
175,67
1238,92
0,00
1120,47
1963,08
1988
2779,26
2236,36
37,37
175,67
1207,68
0,00
1043,08
920,54
1989
2425,77
2225,95
57,83
186,24
1237,40
0,00
1055,86
625,45
1990
4435,22
3579,38
56,17
186,82
1316,49
0,00
1219,70
1195,63
1991
4235,55
3759,04
58,07
187,24
1133,28
0,00
1202,88
652,23
1992
4358,91
3248,82
120,73
185,95
1208,88
0,00
1098,66
1526,99
.
 
 
 
 
 
 
 
 
MEDIA
2821,80
2228,83
31,09
181,55
1146,57
0,00
1006,12
946,09
 
Nota.- Volúmenes en millones de metros cúbicos
Cálculo del volumen anual de escurrimiento natural para el año de 1960:
Sustituyendo los volúmenes en la fórmula:
CP = V2 + Extracciones (UC) - V1 + Exportaciones-Importaciones-Retornos
 
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO
NATURAL DE LA
CUENCA (Cp)
 
=
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO AFORADO
DE LA CUENCA HACIA
AGUAS ABAJO (V2 )
 
+
EXTRACCIÓN DE AGUA
SUPERFICIAL (UC)
 
-
VOLUMEN ANUAL DE
ESCURRIMIENTO AFORADO
DESDE LA CUENCA AGUAS
ARRIBA (V1)
 
+
VOLUMEN ANUAL DE
EXPORTACIONES
-
VOLUMEN ANUAL DE
IMPORTACIONES

-
VOLUMEN ANUAL DE
RETORNOS
 
 
CP = 2 765,38 + 179,21 â 2 506,23 + 1 173,31 â 0 â 1 068,79 = 542,88 Mm ³
VOLUMEN MEDIO ANUAL DE ESCURRIMIENTO NATURAL:
El cálculo del Volumen Medio Anual de Escurrimiento Natural se obtiene con el promedio de los Volúmenes Anuales de Escurrimiento Natural:
CP = (542,88 + 1 125,73 + 404,23 + . . . + 1 195,63 + 652,23 + 1 526,99) / 33 = 31 221,08 / 33 =
Volumen Medio Anual de Escurrimiento Natural (CP) = 946,09 Mm ³
APÉNDICE INFORMATIVO "D"
EJEMPLO PARA DETERMINAR EL ESCURRIMIENTO MEDIO ANUAL NATURAL POR EL MÉTODO
DEL COEFICIENTE DE ESCURRIMIENTO
Estaciones con influencia en la cuenca del río Tequisistlán, Oax. (mm)
Año
San Carlos
Yautepec
Ecatepec
Boquilla No. 1
Tequisistlán
1971
1972
1973
1974
1975
1976
1977
1978
1979
1980
1981
1982
1983
1984
1985
1986
1987
1988
1989
1990
1991
1992
924,1
329,2
726,7
425,6
590,5
243,7
343,4
728,5
504,3
467,5
820,7
466,0
526,3
621,0
533,9
425,7
421,5
570,5
817,5
471,9
321,0
584,5
1155,7
890,5
1447,5
978,5
988,3
833,0
565,5
995,2
1400,4
818,5
1380,5
873,0
872,0
1325,5
792,1
1192,7
798,3
1150,5
1094,5
350,0
1121,5
1022,5
452,3
161,2
486,6
500,0
374,4
242,3
348,6
592,3
717,6
538,8
836,2
499,2
472,3
588,0
662,3
665,4
441,8
816,7
615,5
650,1
506,0
709,2
697,9
615,0
772,7
746,9
463,8
334,7
368,5
643,0
735,4
365,5
923,6
361,4
540,7
678,2
376,0
440,7
373,6
679,2
616,8
407,7
630,0
492,9
Promedio
539,3
1002,1
539,9
557,5
 
Cálculo de la precipitación anual (P) en la cuenca del río Tequisistlán, Oax. (mm)
Año
San Carlos
Yautepec PA
10,3%
Ecatepec PA
61%
Boquilla No. 1
PA 5.7%
Tequisistlán PA
23%
Precipitación
anual en la cuenca
(P)
1971
1972
1973
1974
1975
1976
1977
1978
1979
1980
1981
1982
1983
1984
1985
1986
1987
1988
1989
1990
1991
1992
95,2
33,9
74,9
43,8
60,8
25,1
35,4
75,0
51,9
48,2
84,5
48,0
54,2
64,0
55,0
43,8
43,4
58,8
84,2
48,6
33,1
60,2
705,0
543,2
883,0
596,9
602,9
508,1
345,0
607,1
854,2
499,3
842,1
532,5
531,9
808,6
483,2
727,5
487,0
701,8
667,6
213,5
684,1
623,7
25,8
9,2
27,7
28,5
21,3
13,8
19,9
33,8
40,9
30,7
47,7
28,5
26,9
33,5
37,8
37,9
25,2
46,6
35,1
37,1
28,8
40,4
160,5
141,5
177,7
171,8
106,7
77,0
84,8
147,9
169,1
84,1
212,4
83,1
124,4
156,0
86,5
101,4
85,9
156,2
141,9
93,8
144,9
113,4
986,5
727,8
1163,3
841,0
791,7
624,0
485,0
863,8
1116,2
662,2
1186,7
692,1
737,4
1062,0
662,4
910,7
641,5
963,3
928,8
392,9
890,9
837,7
Promedio
55,5
611,3
30,8
128,2
825,8
PA = Porcentaje de área de influencia (THIESSEN)
MÉTODO DEL COEFICIENTE DE ESCURRIMIENTO VOLÚMENES ANUALES CUENCA RÍO
TEQUISISTLÁN, OAX.
Año
P (mm)
Ce anual
Volumen Anual de
Escurrimiento Natural
(Mm3)
1971
986,5
0,159
346,53
1972
727,8
0,126
203,57
1973
1163,3
0,181
465,52
1974
841,0
0,141
261,57
1975
791,7
0,134
235,44
1976
624,0
0,113
156,62
1977
485,0
0,096
103,08
1978
863,8
0,143
274,11
1979
1116,2
0,175
432,13
1980
662,2
0,118
173,20
1981
1186,7
0,184
482,57
1982
692,1
0,122
186,75
1983
737,4
0,128
208,21
1984
1062,0
0,168
395,23
1985
662,4
0,118
173,29
1986
910,7
0,149
300,80
1987
641,5
0,116
164,12
1988
963,3
0,156
332,19
1989
928,8
0,152
311,43
1990
392,9
0,085
73,50
1991
890,9
0,147
289,38
1992
837,7
0,140
259,78
PROM
825,8
0,139
264,96
 
.....
K = 0,25
Como K > 0,15, se emplea la ecuación:

Volumen Medio Anual de Escurrimiento Natural = P * At * Ce = 0,8258x2213x0,139.
Por lo tanto el volumen medio anual natural = 264,96 Mm3.
P = Precipitación anual en metros = 0,8258 m.
Ce = Coeficiente de escurrimiento anual adimensional = 0,139.
At = Área total de la subcuenca = 2213 km2.
K = Parámetro que depende del tipo, uso y cubierta del suelo.
_______________________
 
1     Excepciones:       1. Obtención de agua dulce por desalación del agua de mar, y
       2. Enfriamiento con agua de mar de unidades generadoras de electricidad ubicadas en las costas.

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