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DOF: 30/03/2015
ANEXOS del 5

ANEXOS del 5.1.6-a. al 13.3.1. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada el 19 de diciembre de 2014. (Continúa en la Tercera Sección)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

ANEXOS DE LA CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL DERIVADAS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE
FIANZAS
ANEXO 5.1.6-a.
BASES TÉCNICAS PARA EL CÁLCULO DE LA PRIMA DE RIESGO Y DE LA PÉRDIDA MÁXIMA
PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
La prima de riesgo y la pérdida máxima probable correspondiente a la cartera de pólizas en vigor de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, deberán estimarse mediante el procedimiento técnico e información que se indican a continuación.
PARTE I
DE LAS BASES TÉCNICAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE PARA LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
Capítulo 1: Peligros hidrometeorológicos en México
1.-Generalidades
La estimación de las pérdidas asociadas a los fenómenos hidrometeorológicos se realiza a través de perturbaciones de las trayectorias de los huracanes históricos o de la simulación de eventos para el caso de granizo, inundación, maremoto, lluvia local y viento no huracanado. Estos huracanes perturbados o eventos simulados generan mapas de peligro o amenaza que junto con la evaluación de la vulnerabilidad de cada una de las construcciones de la cartera permite obtener el valor de las pérdidas.
 
 
 

Viento generado por otros fenómenos hidrometeorológicos
Siguiendo los mismos criterios que para vientos generados por huracanes, se generan eventos que reproducen los datos de vientos históricos de las estaciones climatológicas. Estos eventos son importantes tanto para reproducir vientos de baja magnitud pero de alta frecuencia en zona de huracanes como para reproducir el campo de viento total en las otras zonas del país.
1.3 Lluvia local
 
Es el peligro causado por exceso de lluvia sin que esté relacionado con el desborde de ríos o embalses; se debe a que el escurrimiento y drenaje locales son incapaces de absorber la lluvia produciéndose inundaciones locales de pequeña magnitud.

Propagación y arribo
Para la altura máxima de ola se empleó el modelo no-lineal de propagación resultado de la aplicación de las ecuaciones de movimiento no-lineales para aguas someras integradas verticalmente (ecuaciones 1.21 y 1.22) y la ecuación de continuidad (ecuación 1.23) sin el término de efecto Coriolis:
 
 
 
 

 
 
Figura 3.1 Diagrama de flujo general del cálculo de pérdidas ante múltiples fenómenos hidrometeorológicos
Se supone que, como se ha señalado, cada peligro hidrometeorológico se encuentra caracterizado por diversos escenarios o eventos, cada uno de ellos con una probabilidad anual de ocurrencia. En general, cada peligro se considera de manera independiente, salvo el caso de huracanes donde se producen tres tipos de pérdidas simultáneas: viento, marea de tormenta e inundación local por lluvia (sin considerar inundación por desborde de ríos, lagunas o presas).
La cartera de una compañía de seguros estará, en general, formada por una o más pólizas, y cada póliza por una o más ubicaciones. En la siguiente sección se describen los tipos de póliza considerados, dependiendo de las modalidades de operación del seguro en cada uno de ellos.
3.2 Tipos de póliza considerados
Como ya se indicó en el inciso 3.1, los cálculos sobre las pólizas deben realizarse para cada uno de los escenarios de todos los peligros y cada uno de los escenarios del mismo.
3.2.1 Pólizas individuales
Se trata del caso más común y más simple: a cada póliza corresponde una sola ubicación, por lo que el proceso de ajuste de las pérdidas se lleva a cabo individualmente para cada inmueble en cada uno de los cuatro rubros (edificio, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso). El proceso de ajuste de las pérdidas, es decir, el proceso mediante el que se calcula la pérdida neta total para la compañía de seguros asociada a la póliza, se lleva a cabo de la siguiente manera:
1)    Se determina la pérdida bruta por rubro para cada ubicación.
2)    Se determina la pérdida neta por rubro en cada ubicación mediante la aplicación del efecto del deducible, coaseguro, límite de primer riesgo y retención individual correspondientes a cada rubro. Se hace notar que la retención es única, es decir, el porcentaje de retención es igual para todos los rubros.
3)    Se suman las pérdidas netas para todas las ubicaciones y rubros.
 
3.2.2 Pólizas colectivas agrupadas
Se trata de una póliza con cobertura en capas que ampara a un grupo de ubicaciones probablemente numeroso y disperso geográficamente. No existen, en este tipo de póliza, deducibles, coaseguros, retenciones o límites de primer riesgo individuales ni por rubro. El proceso de ajuste de las pérdidas en este caso se lleva a cabo de la siguiente manera:
1)    Se determina la pérdida bruta para cada ubicación y rubro.
2)    Se suman las pérdidas brutas de todas las ubicaciones y rubros amparadas por la póliza.
3)    Para determinar la pérdida neta para la compañía de seguros, se aplica sobre esta suma de pérdidas el efecto de una cobertura formada, en general, por una estructura de capas que incluyen sus retenciones y límites.
3.2.3 Pólizas colectivas semi-agrupadas
Se trata de una póliza con cobertura en capas que cubre las pérdidas que resultan en un grupo de ubicaciones después de la aplicación de deducibles y coaseguros individuales y por rubro. El proceso de ajuste de las pérdidas en este caso se lleva a cabo de la siguiente manera:
1)    Se determina la pérdida bruta para cada ubicación y rubro.
2)    Se determina la pérdida semi-neta en cada ubicación y rubro mediante la aplicación del efecto de deducible y coaseguro individuales; no existen, para este tipo de póliza, límites de primer riesgo ni retenciones individuales.
3)    Se suman las pérdidas semi-netas de todas las ubicaciones amparadas por la póliza.
4)    Sobre esta suma de pérdidas semi-netas se aplica el efecto de una cobertura formada, en general, por una estructura de capas que incluye retenciones y límites.
Las fórmulas anteriores se dan para el caso de pérdida en edificio, pero son aplicables a los cuatro rubros.
3.4 Cálculo de la pérdida neta en una ubicación individual, para un rubro específico
Como en el inciso anterior, se usará como ejemplo el caso de pérdidas en un rubro, pero las fórmulas son aplicables a los otros tres. Para simplificar la notación, se omitirá el subíndice que corresponde al rubro.
El valor esperado de la pérdida bruta relativa y su distribución de probabilidad se ven modificados, en general, por la aplicación de deducibles, límites de responsabilidad, retenciones y coaseguros a nivel de ubicación individual y rubro específico.
 
La pérdida relativa neta para la compañía de seguros, para el rubro correspondiente, guarda la siguiente relación con la pérdida bruta:
3.4.1 Pólizas Individuales
En este caso, los valores de usados en las expresiones 3.5 y 3.6 son respectivamente, el deducible, el coaseguro, la retención y el límite de primer riesgo individuales de la ubicación y el rubro
correspondiente.
 
 
 
 
 
PARTE II
DE LA INFORMACIÓN PARA LA VALUACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS.
Descripción de campos del Sistema
Introducción
Las instituciones y sociedades mutualistas de seguros deberán clasificar las pólizas conforme a la manera en que se encuentren asegurados y reasegurados los bienes inmuebles, de la siguiente forma:
1.- Las que correspondan a inmuebles independientes que no cuenten con coberturas de contratos de reaseguro facultativos no proporcional a capas (Base de datos de carteras de pólizas independientes sin capas).
2.- Las que correspondan a inmuebles asegurados en pólizas colectivas (agrupados y semi-agrupados) o a inmuebles que cuenten con coberturas de reaseguro facultativo no proporcional a capas (Base de datos de carteras de pólizas colectivas o pólizas con capas).
Para efectos de lo anterior, se deberá clasificar la base de datos tomando como criterio las características de cada cartera como a continuación se especifica:
Carteras de pólizas independientes sin capas
La estructura de la base de datos para este tipo de cartera, consiste en un arreglo matricial donde cada columna tendrá como primer registro el nombre del tipo de dato (Campo) que se registrará en dicha columna, conforme a las definiciones de la Tabla Uno y en el mismo orden en que aparecen. Los campos de la Tabla Uno corresponden a las columnas que deberá contener el archivo, siendo un total de 45 columnas.
Los siguientes renglones deben corresponder a la información de los inmuebles, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso, con excepción del primer renglón, el cual, como se mencionó, será utilizado para el nombre del campo. Cada renglón de este archivo debe corresponder sólo a un inmueble o tipo de bien, en el caso de riesgos especiales. En los casos en los que en una misma póliza se aseguren varios inmuebles se deberá contar con la información de cada inmueble utilizando un renglón por inmueble.
En la Tabla Uno se indican los datos que son obligatorios y cuáles son optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son fundamentales para valorar el riesgo de manera aproximada, y los optativos son aquellos que dan información adicional para valorar el riesgo de manera más precisa.
En la información obligatoria deberán llenarse todos los renglones, aun cuando no se haya contratado alguna de las coberturas de contenidos, pérdidas consecuenciales o bienes bajo convenio expreso; en estos casos se deben colocar ceros en las columnas correspondientes. La omisión de información obligatoria será impedimento para evaluar el riesgo de ese inmueble.
En la información opcional se podrán llenar los campos en que existe información y dejar en blanco los campos en los que no se cuente con la misma. Cuando el usuario no indique los datos optativos, el sistema asumirá distintas condiciones que se explican en la parte de definición de campos de esta Circular.
Carteras de pólizas colectivas y con capas
Al igual que la base de datos para inmuebles independientes, la estructura de esta base de datos debe realizarse en un arreglo matricial donde cada columna deberá tener como primer registro el nombre del tipo de dato (Campo) que se registrará en dicha columna conforme a las definiciones de la Tabla Uno y en el mismo orden en que aparecen.
Esta base de datos estará contenida por pólizas de seguro en las que los límites de responsabilidad, retenciones, deducibles y coaseguros de las coberturas no operan en forma individual, inmueble por inmueble, sino para un conjunto de inmuebles y en las que se tienen contemplados, o no, esquemas de reaseguro por capas; es decir, esta base de datos se aplica a pólizas colectivas, pólizas con capas o a una combinación de ambas. En estos casos, la información deberá complementarse con los datos de las Tablas Dos y Tres; cada renglón de la Tabla Dos debe corresponder a una póliza, la cual reúne a todos los inmuebles colectivos. La descripción de los esquemas de reaseguro por capas se define en la tabla tres. Será necesario tener una tabla para cada póliza que maneje este tipo de reaseguro y al menos un renglón para definir los valores globales de los inmuebles colectivos.
Los inmuebles colectivos se dividen en inmuebles agrupados para los que opera un sólo deducible, un coaseguro, un límite máximo de responsabilidad y una retención o en inmuebles semi-agrupados para los que solamente opera un límite máximo y una retención. La única diferencia del archivo de base de datos para pólizas colectivas o con reaseguro a capas con respecto al archivo de pólizas independientes, es decir la Tabla Uno, consiste en que los campos de las variables financieras que actúan de forma global (en semi-agrupadas las fechas de vigencia, límites de responsabilidad y retenciones, y en agrupadas además los deducibles y coaseguros) no es necesario indicarlos en cada inmueble ya que el sistema sólo tomará en cuenta los valores globales de las Tablas Dos y Tres, por lo que dejan de ser obligatorios en la Tabla Uno.
 
TABLA UNO â INFORMACION DE CARTERAS INDEPENDIENTES
Grupo
No.
Campo
Tipo de dato
Valores
Tipo
De
referencia
1
NUM_POLIZA
Alfanumérico
-
obligatorio
2
NUM_REGISTRO
Número
Entero
1 a 3,000,000
obligatorio
Financieros
3
FECHA_INICIO
Fecha
01/01/2007 ó
posterior
obligatorio
4
FECHA_FIN
Fecha
01/01/2008 ó
posterior
obligatorio
5
INM_VALOR_ASEGURABLE
Pesos
0 a billones
obligatorio
6
CONT_VALOR_ASEGURABLE
Pesos
0 a billones
obligatorio
7
CONSEC_VALOR_ASEGURABLE
Pesos
0 a billones
obligatorio
8
CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE
Pesos
0 a billones
obligatorio
9
PORCENTAJE_RETENCION
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
10
TIPO_PRIMER_RIESGO
Número
Entero
0, 1 ó 2
obligatorio
11
MONTO_PRIMER_RIESGO
Pesos
0 a billones
obligatorio
12
CONSEC_LIMITE_MAXIMO
Pesos
0 a billones
obligatorio
13
CONSEC_PERIODO_COBERTURA
Días
0 a 365
obligatorio
14
CONVENIO_LIMITE_MAXIMO
Pesos
0 a billones
obligatorio
15
INM_DEDUCIBLE
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
16
CONT_DEDUCIBLE
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
17
CONSEC_DEDUCIBLE
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
18
CONVENIO_DEDUCIBLE
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
19
INM_COASEGURO
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
20
CONT_COASEGURO
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
21
CONSEC_COASEGURO
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
22
CONVENIO_COASEGURO
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
De localización
23
CLAVE_ESTADO
Número
Entero
1 al 32
opcional
24
CODIGO_POSTAL
Número
Entero
01000 al 99999
obligatorio
25
LONGITUD
Grados
-118.5000 a -86.5000
opcional
26
LATITUD
Grados
13.5000 a 35.0000
opcional
27
PRIMERA_LINEA_MAR
Número
Entero
1 ó 2
obligatorio
28
PRIMERA_LINEA_LAGO
Número
Entero
1 ó 2
opcional
29
SOBREELEVACION_DESPLANTE
Metros
-10 a 10
opcional
30
RUGOSIDAD
Número
Entero
1 al 4
opcional
 
De la estructura
31
USO_INMUEBLE
Número
Entero
1 al 33
obligatorio
32
NUM_PISOS
Número
Entero
1 al 57
obligatorio
33
PISO
Número
Entero
1 al 57
opcional
34
TIPO_CUBIERTA
Número
Entero
1 al 4
obligatorio
35
FORMA_CUBIERTA
Número
Entero
1 al 5
opcional
36
IRRE_PLANTA
Número
Entero
1 al 3
opcional
37
OBJETOS_CERCA
Número
Entero
1 ó 2
opcional
38
AZOTEA
Número
Entero
1 ó 2
opcional
39
TAMAÑO_CRISTAL
Número
Entero
1 al 3
opcional
40
TIPO_VENTANAS
Número
Entero
1 al 3
opcional
41
TIPO_DOMOS
Número
Entero
1 al 4
opcional
42
SOPORTE_VENTANA
Número
Entero
1 al 3
opcional
43
PORCENTAJE_CRISTAL_FACHADAS
Número
Entero
1 al 3
opcional
44
PORCENTAJE_DOMOS
Número
Entero
1 al 4
opcional
45
OTROS_FACHADA
Número
Entero
1 al 4
opcional
46
MUROS_CONTENCION
Número
Entero
1 al 4
opcional
 
TABLA DOS â INFORMACION ADICIONAL DE TIPO GENERAL PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
Grupo
No.
Campo
Dato
Valores
Tipo
Generales
1
NumeroPoliza
Alfanumérico
-
obligatorio
2
TipoPoliza
Número Entero
1 ó 2
obligatorio
3
FechaInicio
Fecha
01/01/2006 ó posterior
obligatorio
4
FechaFin
Fecha
01/01/2007 ó posterior
obligatorio
 
TABLA TRES â INFORMACION ADICIONAL DE TIPO FINANCIERO PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
Grupo
No.
Campo
Dato
Valores
Tipo
Financiero
1
NumeroPoliza
Alfanuméricos
-
obligatorio
2
NumeroCapa
Alfanuméricos
-
opcional
3
Retencion
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
4
LimiteMaximo
Pesos
0 a billones
obligatorio
5
Coaseguro
Porcentaje
0 a 100
obligatorio
Los datos que requiere el sistema de cómputo a que se refiere la Segunda de las disposiciones en las que se dan a conocer las bases técnicas que se deberán utilizar para la valuación, constitución e incremento de la
reserva de riesgos en curso, el cual ha quedado registrado con el nombre de , estarán en archivos de Access, y corresponderán a una ubicación ya sea que pertenezca a una póliza individual o a una colectiva. Los datos de cada ubicación deberán corresponder a un renglón de la base de datos que proporcione el usuario, y deberán tener un formato específico que se indica en las respectivas secciones. Al respecto, los campos se clasifican de la siguiente forma, atendiendo a sus características particulares:
1.    Datos de Referencia
2.    Datos Financieros
3.    Datos de Localización
4.    Datos de la Estructura
El sistema está diseñado para ser alimentado con datos obligatorios y optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son indispensables para calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable, y los optativos son aquellos que sin que sean indispensables, proporcionarán información adicional que permitirá calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de manera más precisa. En los casos en que el usuario no proporcione alguno de los datos obligatorios, el sistema no realizará la estimación de la prima de riesgo o la pérdida máxima probable, en tanto que cuando el usuario no indique alguno o algunos de los datos optativos procederá a realizar el cálculo de la prima de riesgo y la pérdida máxima probable mediante supuestos conservadores que en este anexo se explican.
1. Bienes asegurados
El sistema calculará las pérdidas del inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes asegurados bajo convenio expreso de manera independiente. A continuación se define cada uno de ellos.
Inmueble
Es lo que compone la estructura, la cimentación, instalaciones y acabados. Es decir, todo aquello que forma parte del edificio.
Contenidos
Son los bienes que dan uso al inmueble. En general se pueden mover fácilmente dentro del edificio o de un inmueble a otro.
Pérdidas consecuenciales
Son las pérdidas que serían causadas por el tiempo en que permanece en imposibilidad de uso el inmueble debido a los daños causados por el evento.
Bienes asegurados bajo convenio expreso
Son bienes que generalmente pueden quedar asegurados, mediante convenio expreso entre el Asegurado y la institución aseguradora, fijando sumas aseguradas por separado y mediante el cobro de prima adicional correspondiente.
a.     Edificios terminados que carezcan total o parcialmente de techos, muros, puertas, o ventanas, siempre y cuando dichos edificios hayan sido diseñados y/o construidos para operar bajo estas circunstancias, de acuerdo con los reglamentos de construcción de la zona, vigentes a la fecha de la construcción.
b.     Maquinaria y/o equipo fijo y sus instalaciones que se encuentren total o parcialmente al aire libre o que se encuentren dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, siempre y cuando hayan sido diseñados específicamente para operar en estas condiciones y estén debidamente anclados.
c.     Bienes fijos distintos a maquinaria que por su propia naturaleza estén a la intemperie, entendiéndose como tales aquellos que se encuentren fuera de edificios o dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, como:
·    Albercas.
·    Anuncios y rótulos.
·    Caminos, andadores, calles, guarniciones o patios en el interior de los predios del asegurado.
·    Elementos decorativos de áreas exteriores.
·    Instalaciones y canchas deportivas.
·    Luminarias.
 
·    Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y mallas perimetrales y sus puertas o portones.
·    Palapas y pérgolas.
·    Sistemas de riego, incluyendo sus redes de tuberías.
·    Torres y antenas de transmisión y recepción.
·    Tanques o silos metálicos o de materiales plásticos.
d.     Bienes muebles o la porción del inmueble en sótanos o semisótanos considerándose como tales: cualquier recinto donde la totalidad de sus muros perimetrales se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno.
Para el manejo de estos bienes, el sistema contiene formas simplificadas para cuantificar la siniestralidad esperada y la pérdida máxima probable.
2. Tipo de carteras
Pólizas individuales vs colectivas
Se contemplarán dos tipos distintos de pólizas, las individuales y las colectivas. Las primeras corresponden a aquéllas en las que se asegura un solo bien, mientras que las colectivas son aquellas en que se aseguran varios bienes ya sea en una misma ubicación o que pertenezcan a una cartera geográficamente distribuida en varias poblaciones pero que estén amparados bajo las mismas condiciones contractuales. En cualquier caso, la información de cada bien asegurado debe estar indicada en un renglón del archivo de datos; este renglón en adelante se llamará "registro".
Si la cartera de la institución aseguradora sólo contiene pólizas individuales únicamente se requerirá el archivo de datos de esta cartera; en cambio, si cuenta con una o más pólizas colectivas, se deberá llenar otra tabla que contiene los datos comunes a estas carteras.
Existen pólizas que cuentan con varios bienes en una misma ubicación (hoteles, centros habitacionales, centros comerciales, entre otros) donde es necesario definir esta cartera como colectiva donde cada registro corresponde a uno de estos bienes. Únicamente se podrá considerar un solo bien (por lo tanto un solo registro en el archivo de datos) si todos ellos son iguales con las mismas características estructurales y de contenidos.
3. Definición de datos para cada bien asegurado
3.1 Datos de referencia
En este grupo se establecen los datos necesarios para identificar el nombre o número del inmueble asegurado.
Número de registro (NUM_REGISTRO)
Dato obligatorio
Formato: números enteros consecutivos
Este dato tiene por objeto ordenar y llevar un control dentro del sistema de todas las ubicaciones. Es indispensable para que el usuario identifique los errores y resultados que arroja el sistema.
Pólizas individuales. El Número de registro será un número consecutivo que el usuario asigne a cada uno de los renglones (registro) de la base de datos. No podrá haber dos ubicaciones con el mismo número ni podrá haber números faltantes (ver Capítulo 4).
Pólizas colectivas. En cada póliza colectiva Número de registro será un número consecutivo de manera que cada ubicación dentro de ésta tenga un número único. En las demás pólizas agrupadas de la cartera, si es que existen, el Número de registro deberá asignarse de manera independiente (ver Capítulo 4).
Número de póliza (NUM_POLIZA)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar cada registro o póliza. Este dato es alfanumérico. Para las pólizas de inmuebles colectivos, todas las ubicaciones que sean amparadas por ésta deberán llevar el mismo Número de póliza ya que este campo es el que identifica a qué póliza colectiva pertenece cada ubicación. Por lo mismo, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas. Para el caso de pólizas de inmuebles independientes este campo sólo es para referencia propia del usuario, puede quedar vacío y puede repetirse en varios registros (ver Capítulo
4).
3.2 Datos financieros
En este grupo se describen los datos técnicos que son establecidos comúnmente en la póliza o que se obtienen en el proceso de suscripción y de reaseguro.
Fecha de inicio (FECHA_INICIO)
Fecha de terminación (FECHA_FIN)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Estos datos se refieren a la fecha de inicio y fin de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema por convención considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza. También, por convención, el sistema considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de valuación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como Fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que para estas pólizas no es necesario indicar para cada inmueble estas fechas, estos campos pueden quedar vacíos y el sistema no los tomará en cuenta. Para estas pólizas estos datos se deben indicar en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4).
Valor asegurable inmueble (INM_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable contenidos (CONT_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable pérdidas consecuenciales (CONSEC_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable bienes convenio expreso (CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en pesos]
Es, respectivamente, el valor real o de reposición según se hubiera contratado, del inmueble, de los contenidos, de las pérdidas consecuenciales o de los valores por convenio expreso. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza.
En el caso de carteras hipotecarias, el valor asegurado inmueble debe corresponder al valor real o de reposición según se hubiera contratado, del inmueble y no solo al saldo insoluto del crédito.
En el caso de pérdidas consecuenciales, el valor asegurable debe ser el monto de la exposición anual, es decir, el valor estimado de las pérdidas que se producirían durante un año.
Porcentaje de retención del valor asegurable (PORCENTAJE_RETENCION)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la institución de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro proporcional, respecto de la obligación total suscrita en un contrato de seguro.
En este porcentaje no se debe incluir lo respectivo a contratos facultativos no proporcionales riesgo por riesgo, el efecto que tiene la cobertura de reaseguro de este tipo de contratos se determinan según se explica en el Capítulo 4.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que el porcentaje de retención es el mismo para todos los inmuebles considerados en la póliza, este campo puede estar vacío para cada uno de los bienes asegurados ya que el sistema lo ignorará. El porcentaje de retención que se aplicará a los inmuebles se deberá indicar en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4).
Tipo de primer riesgo (TIPO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número entero [0, 1ó 2]
Para el caso de pólizas individuales se debe indicar si es a primer riesgo o no. En las pólizas
colectivas estos valores son globales y se deben escribir en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4). Se entenderá que una póliza está contratada a primer riesgo cuando el límite máximo de responsabilidad sea inferior al valor asegurable del bien. Las opciones para este campo son:
0    Sin primer riesgo. Cuando la póliza está emitida a valores totales, es decir, las sumas asegurables son los límites de responsabilidad. En este caso, el sistema no tomará en cuenta los valores indicados en monto de primer riesgo, límite pérdidas consecuenciales ni limite convenio expreso.
1    El límite máximo de responsabilidad es inferior al valor asegurable del edificio y sus contenidos.
2    El límite máximo de responsabilidad es inferior al valor asegurable del edificio, sus contenidos y las pérdidas consecuenciales. En este caso, el sistema no tomará en cuenta el límite pérdidas consecuenciales.
Monto de primer riesgo (MONTO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo o el límite máximo de responsabilidad que tiene la aseguradora en caso de daños al inmueble, contenidos o pérdidas consecuenciales en su conjunto.
Este campo opera de manera conjunta con el campo de tipo de primer riesgo. Si este valor es igual a cero el campo puede dejarse vacío puesto que el sistema lo ignorará y calculará las pérdidas considerando los campos de valores asegurables. Si el tipo de primer riesgo es igual a uno, es decir, abarca en un solo límite el inmueble más los contenidos, deberá capturarse dicho importe en este campo. En este caso, el monto capturado en el campo que se describirá más adelante de límite pérdidas consecuenciales funciona como una suma asegurada adicional al límite de edificios más contenidos (indicada en el campo monto de primer riesgo). Si el tipo de primer riesgo es igual a dos, es decir, abarca en un solo límite tanto al inmueble como a los contenidos y a las pérdidas consecuenciales, deberá capturarse dicho importe en este campo.
En el caso de carteras hipotecarias, el monto de primer riesgo debe contener el valor de la suma asegurada de la póliza para el inmueble, es decir, el saldo insoluto del crédito o la suma asegurada real amparada.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Límite pérdidas consecuenciales (CONSEC_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Periodo de cobertura por pérdidas consecuenciales (CONSEC PERIODO_COBERTURA)
Dato obligatorio
Formato: número entero [en días]
Es el periodo (tiempo) que ampara la póliza en las coberturas de pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro. El referido periodo deberá expresarse en días, para efectos de incorporarlo como dato al sistema, el sistema toma internamente este valor como un límite máximo y lo traduce a pesos para compararlo con el valor de límite pérdidas consecuenciales y tomar el menor de estos dos.
Límite bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
 
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en los bienes cubiertos bajo convenio expreso Si no se conoce el importe real de los bienes bajo convenio expreso, pero éstos sí están amparados en la póliza, el importe asegurado debe aparecer tanto en el valor asegurable bienes bajo convenio expreso como en el campo de límite bienes bajo convenio expreso.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Deducible inmueble (INM_DEDUCIBLE)
Deducible contenidos (CONT_DEDUCIBLE)
Deducible pérdidas consecuenciales (CONSEC_DEDUCIBLE)
Deducible bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable de inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso, respectivamente, que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro. En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
En el caso específico de pérdidas consecuenciales, el deducible que corresponde al periodo de espera, el cual se expresa comúnmente en días, deberá traducirse a un valor porcentual dividiendo el número de días que comprende dicho periodo, entre 365.
En caso de que el tipo de primer riesgo sea 1 ó 2, el sistema considerará el porcentaje de deducible estipulado en deducible inmueble.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Coaseguro inmueble (INM_COASEGURO)
Coaseguro contenidos (CONT_COASEGURO)
Coaseguro pérdidas consecuenciales (CONSEC_COASEGURO)
Coaseguro bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo. Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
En caso de que el tipo de primer riesgo sea 1 ó 2, el sistema considerará el porcentaje de coaseguro estipulado en coaseguro inmueble.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
3.3 Datos de localización
Este grupo de datos permitirá que el sistema determine la localización con distintos niveles de aproximación de cada inmueble asegurado. Se debe tener especial atención para que la localización que se indica sea precisamente la del inmueble y no de la oficina matriz de la empresa o el domicilio fiscal o el lugar al que se envía la póliza; con dicha localización se calculará el peligro o amenaza ante todos los eventos hidrometeorológicos. De igual manera, cuando se trate de carteras con varias ubicaciones o inmuebles se debe indicar la localización de cada una de estas.
 
El sistema considera dos posibles formas para localizar. Estas son, en orden de precisión: coordenadas geográficas (longitud y latitud) y código postal. El código postal es un dato poco preciso para determinar la localización de la estructura, pero es muy fácil de conseguir; las coordenadas geográficas, como se verá más adelante, se pueden obtener actualmente con herramientas fácilmente disponibles, al menos para los inmuebles más importantes de la cartera.
Coordenada geográfica de longitud (LONGITUD)
Coordenada geográfica de latitud (LATITUD)
Datos opcionales
Formato: número [longitud -118.5000 a -86.5000 grados, latitud 13.5000 a 35.0000 grados]
Ubicación del inmueble dada en términos de coordenadas geográficas en notación decimal (los minutos y segundos deben cambiarse a esta notación). Para México (Figura 3-1) la coordenada de longitud es negativa por ubicarse al oeste del primer meridiano y la coordenada de latitud es positiva por ubicarse al norte del ecuador. Debido a que en México un grado es aproximadamente equivalente a 100 km deben incluirse por lo menos cuatro decimales para tener una precisión mínima de ±10 m.

Figura 3-1 Coordenadas geográficas
Las coordenadas geográficas se pueden obtener:
En gabinete, con ayuda de planos muy detallados.
En campo (Figura 3-2a), con ayuda de dispositivos GPS (Global Positioning Systems). En este caso debe tomarse en cuenta que la resolución de algunos dispositivos puede variar por decenas de metros, lo que sería particularmente grave si las coordenadas indicadas caen por error en el mar lo que para el sistema no es aceptable y optaría por localizar el edificio con el código postal y primera línea.
Por Internet con herramientas como Google Earth (Figura 3-2b). En este caso se debe personalizar para que muestre las coordenadas en grados en formato decimal ya que la opción por omisión es grados-minutos-segundos.
En caso de dar coordenadas el sistema asumirá que esta información es precisa y no tomará en cuenta el código postal pero sí el dato de primera línea. Sin embargo, si la combinación de coordenadas latitud-longitud se encuentra fuera de las costas de México el sistema advertirá del error y localizará la estructura con el código postal y primera línea. Si las coordenadas geográficas no corresponden al Estado indicado de manera opcional el sistema advertirá del error pero tomará las coordenadas como verdaderas.
 
Figura 3-2 Formas para conocer las coordenadas de una ubicación: (a) dispositivo GPS (usado por ERN durante la inspección de los daños causados por Wilma) y (b) imagen de punta Cancún en Google Earth donde se aprecia que es posible fijar las coordenadas precisas de prácticamente cualquier ubicación.
Código postal (CODIGO_POSTAL)
Dato obligatorio
Formato: número entero [del 01000 al 99999]
Es un número entero compuesto de cinco dígitos que está asociado a un área geográfica del país. Cada posición, leída de izquierda a derecha, permite identificar una zona específica dentro de la República Mexicana. Las dos primeras posiciones corresponden a la Entidad Federativa o a la Delegación en el caso del Distrito Federal. La tercera posición indica una ciudad importante, un municipio o una de las diez áreas en que está dividida postalmente cada Delegación del Distrito Federal. La cuarta representa un municipio o colonia de una ciudad y la quinta un conjunto de manzanas o el número específico de una dependencia. Sin embargo, los códigos postales no fueron creados para localizar edificaciones sino, evidentemente, como una herramienta para repartir correo, por lo que no es posible asignarles a todos ellos un solo par de coordenadas.
Clave del estado (CLAVE_ESTADO)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 32]
Se refiere al número de cada estado de la República Mexicana. Cada uno de estos tiene un valor numérico que va desde 1 hasta 32, conforme al Catálogo 3-1 indicado a continuación. Este dato sólo es para que el usuario tenga una verificación de que las coordenadas geográficas indicadas explícitamente o calculadas a partir del código postal y primera línea están dentro del estado. Si no se cuenta con la información o no se desea indicar este campo puede quedar en blanco.

Primera línea frente al mar (PRIMERA_LINEA_MAR)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1: primera línea; 2: fuera de primera línea]
Se deberá especificar si el edificio se encuentra ubicado cerca o no de mar. Esto es indispensable para calcular pérdidas por viento, marea de tormenta, maremoto e inundación. Se adoptó la
convención incluida en el endoso de hidrometeorológicos de AMIS de preguntar solo si el inmueble se encuentra a menos de 500 metros de la línea de rompimiento de las olas en marea alta.
Durante el primer año de operación del sistema este dato se podrá asignar a partir del uso del inmueble (ver Catálogo 3-2) de la siguiente forma: Sí el código postal pertenece a un municipio costero y el uso corresponde a vivienda de lujo (2 y 4), hotel (7), tienda departamental, centro comercial, comercio, tienda en general (10 y 16), restaurante, bar, salón de baile y centro nocturno (11 y 17) se indicará que el inmueble se encuentra en primera línea frente al mar; para los usos restantes y códigos postales en municipios que no sean costeros se podrá indicar que el inmueble se encuentra fuera de primera línea.
Primera línea frente a lago, laguna o río (PRIMERA_LINEA_LAGO)
Dato opcional
Formato: número entero [1: primera línea; 2: fuera de primera línea]
Se deberá especificar si el edificio se encuentra ubicado cerca o no de algún cuerpo de agua. Esto es indispensable para calcular pérdidas por inundación. Se adoptó la convención incluida en el endoso de hidrometeorológicos de AMIS de preguntar sólo si el inmueble se encuentra a menos de 250 metros de un lago o laguna.
Si se desconoce esta información deberá dejarse vacío el campo y el sistema asignará fuera de primera línea independientemente del uso.
Sobreelevación de desplante de la planta baja
(SOBREELEVACION_DESPLANTE)
Dato opcional
Formato: metros [-10 a 10]
La diferencia de elevaciones (sobreelevación) en metros del nivel de piso terminado de la planta baja del inmueble, sin incluir sótanos, con respecto al nivel medio del terreno circundante (que en el sistema está dado por el modelo digital de elevación del terreno, MDE, a partir de los datos de localización).

Figura 3-3 Ejemplo de sobreelevación de desplante del nivel de piso terminado de la planta baja en relación al modelo digital de elevación del terreno (MDE). En este ejemplo se debe indicar una sobreelevación de 2.17 m.
Cuando no se ingrese este dato y el inmueble se encuentre en primera línea, el sistema asignará una sobreelevación de desplante de 2.0 metros para el uso de hotel (uso 7), 1.5 metros para departamento de lujo (uso 4) y 1.0 metro para los usos vivienda de lujo, restaurante, bar, salón de baile y centro nocturno (usos 2, 11 y 17); para inmuebles fuera de primera línea se considerará una sobreelevación de 0.1 metros independientemente del uso.
Rugosidad del terreno (RUGOSIDAD)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
El movimiento de las masas de aire se ve restringido por la fricción con la superficie del terreno, lo cual origina que la velocidad sea prácticamente nula en contacto con el mismo y crezca con la altura hasta alcanzar la velocidad del flujo no perturbado (llamada velocidad gradiente). La rapidez con que la velocidad crece con la altura depende de la rugosidad de la superficie del terreno (Figura 3-3a). Para un terreno muy liso, como en campo abierto con vegetación muy baja, el viento mantiene velocidad muy alta aún cerca de la superficie, mientras que en el centro de grandes ciudades con
edificaciones altas la velocidad disminuye rápidamente desde una altura de varias decenas de metros hasta la superficie del terreno.

Figura 3-3a Variación de la velocidad del viento con la altura sobre terrenos de diferentes características.

3. Arbolado, lomeríos, barrio residencial 4. Muy accidentada, centro de ciudad
Figura 3-3b Ejemplos de diferentes terrenos para los cuales hay que indicar distintas rugosidades.
Se deberán especificar las características predominantes del terreno circundante al sitio en que se desplanta el inmueble asegurado, de acuerdo a la siguiente clasificación:
1.   Campo abierto plano. Franjas costeras planas, campos aéreos, pastizales y tierras de cultivo, donde el viento encuentra muy poca restricción a su paso.
2.   Árboles aislados o construcciones dispersas. Campos de cultivo o granjas con pocas obstrucciones.
3.   Arbolado intenso, lomeríos, barrio residencial. Áreas urbanas, suburbanas y de bosques; en estas zonas el viento encuentra una importante obstrucción a su paso.
4.   Muy accidentada, centro de ciudad. Terreno con numerosas obstrucciones largas, altas y estrechamente espaciadas, el cual se asocia con el centro de grandes ciudades y complejos industriales; en estas zonas el viento encuentra una gran obstrucción a su paso, lo cual provoca la generación de vórtices o remolinos al pasar el viento entre construcciones de diferente forma
y altura.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará de forma aproximada una rugosidad del terreno de acuerdo a la ubicación del inmueble en primera línea o si se localiza dentro de una ciudad.
3.4 Datos de la estructura
El siguiente grupo de datos permitirá al sistema determinar la vulnerabilidad de la estructura asegurada. El sistema calcula el riesgo para tres tipos de edificaciones: naves industriales, edificaciones y otros, pero cada una de estas pudo haber sido construida con distintos tipos estructurales y tener características particulares que arrojarán un riesgo también distinto.
El primer grupo de datos sirven para conocer el tipo estructural ya que aportan información para definir los rasgos más importantes de la estructura y de sus contenidos. El segundo grupo de datos permitirá al sistema identificar materiales vulnerables en elementos de recubrimiento, identificar la presencia de obras de protección contra el embate de la marea y oleaje. A continuación se describen estos datos.
Uso del inmueble (USO_INMUEBLE)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 33]
Se debe seleccionar el uso principal del edificio de acuerdo al Catálogo 3-2. Si en el catálogo no se encuentra la opción exacta, se deberá seleccionar la que de acuerdo al criterio del usuario se aproxime más al uso de la estructura. La importancia de indicar el uso se debe a que el diseño de las estructuras está en función del mismo, y el sistema toma en cuenta estas consideraciones. El uso del edificio es importante también porque define el tipo de contenidos y su vulnerabilidad.
Es común que una misma póliza contenga varios inmuebles con varios usos por lo que se recomienda introducir cada uno de ellos, con sus respectivos valores, para que el cálculo de las pérdidas sea más preciso.
Catálogo 3-2 Uso del inmueble
 
Uso del inmueble
Tipo
1
Casa habitación
Edificio
2
Casa habitación (lujo)
3
Departamento
4
Departamento (lujo)
5
Vivienda (crédito hipotecario)*
6
Oficina
7
Hotel
8
Escuela
9
Hospital, clínica, sanatorio
10
Tienda departamental, centro comercial, comercio y tienda en general
11
Restaurante, Bar, Salón de Baile, Centro nocturno
12
Bodega con contenidos no vulnerables al agua (plásticos, vidrio, llantas, entre otros)
13
Bodega con contenidos mixtos, vulnerables y no al agua
14
Bodega con contenidos vulnerables al agua (equipo eléctrico, electrónico, alimentos, cemento, papel, entre otros)
15
Fábrica
16
Tienda departamental, centro comercial, comercio y tienda en general
Nave Industrial
17
Restaurante, Bar, Salón de Baile, Centro nocturno
18
Bodega con contenidos no vulnerables al agua (plásticos, vidrio, llantas, entre otros)
19
Bodega con contenidos mixtos, vulnerables y no al agua
20
Bodega con contenidos vulnerables al agua (equipo eléctrico, electrónico, alimentos, cemento, papel, entre otros)
21
Fábrica
22
Gasolineras
23
Antenas y torres de transmisión y recepción
Otros
24
Albercas
25
Anuncios y rótulos
26
Caminos, andadores, calles, guarniciones y patios
27
Tanques o silos
28
Elementos decorativos de áreas exteriores
29
Instalaciones y canchas deportivas
30
Luminarias
31
Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y mallas perimetrales (incluye puertas y portones)
32
Palapas y pérgolas
33
Sistemas de riego incluyendo tuberías
 
* Se distingue vivienda hipotecaria porque en esta no será obligatorio el número de pisos del edificio.
De los usos mostrados en el Catálogo 3-2 se distinguen tres grupos, aquellos en estructuras tipo edificio, tipo industrial y otros. A continuación se describen de manera general los dos primeros (Figura 3-5):
·    Tipo Industrial. Sistemas estructurales que en general se usan para fábricas, talleres, almacenes, bodegas y plantas de ensamble, entre otras. Algunas edificaciones de uso comercial pueden tener una estructura tipo industrial como casi todas las tiendas de autoservicio formados por estructuras de grandes claros de un solo nivel.
·    Tipo Edificio. Es el tipo más común. Consta de columnas, trabes, losas y muros rígidamente unidos en todos los niveles.
El sistema no podrá calcular pérdidas de los siguientes usos, ya sea por la complejidad que implica o por la poca frecuencia en que estos se aseguran:
·    Presas. Son estructuras tan complejas y tan importantes que hacer un cálculo aproximado es sumamente riesgoso ya que contendrá incertidumbres enormes
·    Carreteras. Para calcular pérdidas de manera confiable de este tipo de infraestructura se requerirá preguntar muchos datos, lo que haría muy complejo el uso del RH-MEX.
Número de pisos (NUM_PISOS)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 57]
Corresponde al número de pisos que tiene el edificio que se quiere evaluar. El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja, sin incluir sótanos. En caso de que el edificio se ubique en una loma y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe de contarse a partir del piso más bajo. Cuando existan mezzanines se deben contar estos como pisos. Algunos ejemplos de estos casos se muestran en la Figura 3-6.
El número de pisos tiene una utilidad primordial en el caso de riesgo por viento, inundación (por marea, oleaje, tsunami o lluvia) y granizo. Con este dato se determina si el edificio que se está analizando es de materiales ligeros o pesados, lo cual es determinante en el cálculo de pérdidas por viento y granizo; en general, construcciones de más de 3 niveles tienen losas de entrepiso pesadas y la estructura es robusta, mientras que construcciones de pocos niveles pueden tener cubiertas muy ligeras, estructuras esbeltas y por lo tanto son más riesgosas ante viento y la caída de granizo. En el caso de inundación el número de pisos permite al sistema determinar el porcentaje de daño a contenidos en función del número de niveles debido a una altura máxima de ola sobre el nivel medio del mar o lluvia máxima acumulada.
La CNSF ha autorizado que durante un período de transición para los créditos hipotecarios este campo sea optativo. En estos casos, cuando el usuario no indique un número de pisos el sistema asumirá que el bien asegurado tiene un solo piso.
 

Figura 3-5 Ejemplos de diferentes tipos de inmuebles en función de su estructuración.

Figura 3-6 Ejemplos de edificios con diferente número de pisos.
Para los usos que corresponden a otros tipos (usos 23 a 33) el sistema considerará número de pisos igual a uno.
Piso (PISO)
Dato optativo
Formato: número entero [1 al 57]
Corresponde al piso en que está ubicado el bien asegurado. Esto es relevante en el caso de viviendas y oficinas aseguradas que no abarcan todo el edificio, sobre todo cuando están ubicados en pisos superiores que no son vulnerables a inundación por maremoto, marea de tormenta, lluvia o desbordamiento de ríos. Para el caso de vivienda hipotecaria donde no se indicó el número de pisos del edificio pero si se indica el campo de piso el sistema tomará éste como válido para el cálculo de pérdidas. Si no se conoce se deberá dejar este campo vacío.
Cuando no se ingrese este dato, para el uso de departamento (3 y 4) el sistema asignará que el inmueble asegurado se ubica en primer nivel, para los usos restantes el inmueble asegurado se considera el edificio completo.
Tipo de cubierta (TIPO_CUBIERTA)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá especificar el peso del material predominante y el diseño de la cubierta del inmueble. La
cubierta se considera ligera si está construida por alguno de los siguientes elementos: lámina metálica, lámina translúcida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas, entre otros. La cubierta se considera pesada si está construida a base de alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y losacero con capa de compresión de concreto, entre otros. Se deberá indicar una de las siguientes opciones. Si no se conoce se deberá dejar el campo vacío.
1.   Cubierta pesada.
2.   Cubierta ligera sin diseño estructural o artesanal.
3.   Cubierta ligera con diseño genérico.
4.   Cubierta ligera con diseño específico (existe memoria de cálculo basada en algún reglamento o código que considere explícitamente las fuerzas y acciones propias del sitio).
Este dato es relevante en riesgos por viento y granizo, ya que el tipo de cubierta establece una marcada diferencia en la vulnerabilidad de las construcciones. Para el caso de edificios este campo se ignorará ya que todos ellos tienen cubierta pesada y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.


Figura 3-7 Ejemplos de naves industriales con diferente cubierta.
Forma de la cubierta (FORMA_CUBIERTA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 5]
Se deberá especificar la forma de la cubierta. Los techos horizontales son muy vulnerables ante la acción del viento al presentarse succiones que tratan de desprender la cubierta de sus soportes; los techos inclinados y curvos son menos vulnerables ante la acción del viento. En los techos en forma de sierra se generan vórtices o remolinos que tienden a dañar algunas zonas. La inclinación de las cubiertas es también muy importante ante la acumulación de granizo. Si no se conoce este dato se deberá dejar el campo vacío. Se deberá indicar:
1.   Horizontal
2.   Inclinada con pendiente media, si es aproximadamente menor que 30 grados
3.   Inclinada con pendiente alta, si es aproximadamente mayor que 30 grados
4.   Forma de sierra
 
5.   Forma curva
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará forma inclinada con pendiente media para los usos que corresponden a naves industriales (16 al 22) y si el campo de "tipo de cubierta" corresponde a cubierta ligera (2 al 4); en los usos que corresponden a edificio (1 al 15) el sistema asignará forma horizontal si en campo de tipo de cubierta corresponde a cubierta pesada (1) y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Irregularidad en planta (IRRE_PLANTA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
La irregularidad en planta se refiere a una distribución asimétrica de los cuerpos que forman el inmueble, configuraciones típicas con mucha irregularidad en planta son (Figura 3-8):
·    Edificios asimétricos por su forma en planta, como triangulares y con frentes curvos, entre otras.
·    Edificios muy alargados en planta. Se considera que un edificio es alargado (irregular) cuando la relación largo/ancho excede de 2.
·    Edificios con proyección en planta en forma de L, T, H, U o similares, en los que la proyección de la parte saliente excede el 20% de la dimensión total del edificio.
Ante la acción del viento, en las estructuras con planta irregular se generan vórtices o remolinos que incrementan la velocidad del viento en algunas zonas del inmueble asegurado, aumentando los daños y pérdidas. Se deberá indicar cualquiera de las siguientes opciones o, si no se conoce este dato, dejar el campo vacío:
1.   Irregularidad nula
2.   Poca irregularidad
3.   Mucha irregularidad

Figura 3-8 Ejemplos de irregularidades en planta
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará poca irregularidad en todos los usos a excepción de casa habitación (1) donde el sistema asignara irregularidad nula; para el caso de los usos 2, 3, 4 y 7 el sistema asignara mucha irregularidad si el inmueble se localiza en primera línea frente al mar y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Cerca de postes, anúncios espetaculares o árboles (OBJETOS_CERCA)
 
Dato opcional
Formato: número entero [1, si hay objetos; 2, no hay objetos]
La presencia de postes de luz o teléfono, anuncios espectaculares, árboles u otros objetos de gran tamaño que pueden colapsar por la acción del viento directamente sobre una parte del bien asegurado representan un claro peligro que debe tomarse en cuenta. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío el campo.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema considerará que si hay objetos cerca del inmueble y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Objetos en azotea que puedan desprenderse (AZOTEA)
Dato opcional
Formato: número entero [1: si tiene objetos; 2: no tiene objetos]
Los objetos como tejas, antenas parabólicas, anuncios espectaculares, equipo de telecomunicaciones, antenas para radio y equipos de aire acondicionado y ventilación, colocadas en la azotea del inmueble asegurado, son propensos a desprenderse y caer por la acción de fuertes vientos. Esto además de representar un daño directo puede provocar otros daños en el inmueble. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema considerará que si tiene objetos en azotea a excepción de los usos 1, 3, 5, 8 y 22 en los que se considerará que no tienen objetos y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Tamaño de cristal en fachadas (TAMAÑO_CRISTAL)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 3]
Se deberá definir de manera aproximada el tamaño de los cristales expuestos en el inmueble asegurado de acuerdo con el siguiente criterio:
1.   Chicos, menores a 0.5 metros cuadrados
2.   Medianos, entre 0.5 y 1.5 metros cuadrados
3.   Grandes, mayores a 1.5 metros cuadrados
El tamaño del cristal o vidrio se definirá por el área independiente dentro del marco de apoyo de cada uno, el cual funciona como soporte y hacia el cual se transmite la presión ejercida por el viento. Los cristales grandes son más vulnerables que los cristales chicos (si cuentan con igual espesor) ante las fuerzas originadas por viento o el impacto de objetos y granizo. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará tamaño de cristales grandes para los usos 2, 4, 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos 6, 8 y 9 considerará cristales medianos y para los usos restantes cristales chicos con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de ventanas (TIPO_VENTANAS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se deberá definir la vulnerabilidad de cristales y su protección en las ventanas y ventanales de las fachadas. Los cristales templados presentan una mayor resistencia a la presión del viento o el impacto de granizo debido a las propiedades mecánicas adquiridas en su fabricación. Lo mismo sucede, aunque de manera más obvia, con los tapiales y las cortinas anticiclónicas. Las películas plásticas en cristales proporcionan protección contra el daño que pueden ocasionar objetos arrastrados por el viento como ramas de árbol, tejas y láminas, entre otros, o el daño por el impacto de granizo; lo cual contribuye a reducir el daño al interior del inmueble y contenidos. Se deberá indicar el tipo de vulnerabilidad que más se adapte al inmueble de acuerdo con las siguientes opciones.
1.   Baja, ventanas que cuentan con cortina anticiclónica, tapial estructural o películas plásticas, independientemente del espesor de los cristales.
2.   Media, ventanas que cuentan con cristales gruesos, cristales templados o tapial simple de madera. Se consideran cristales gruesos aquellos con espesor mayor que 10 mm,
3.   Alta, ventanas que cuentan con cristales de poco espesor sin tapiales ni cortinas anticiclónicas. Se consideran cristales de poco espesor aquellos con espesor menor que 10 mm.
Es posible que un mismo inmueble cuente con distintos tipos de ventana, por ejemplo, que en la
planta baja existan cortinas anticiclónicas y en el resto solo tapiales o cristales expuestos de cualquier tipo. En este caso se deberá indicar el tipo de ventanas predominante en el inmueble.
Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío el campo. Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará ventanas con mediana vulnerabilidad en todos los usos y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de domos (TIPO_DOMOS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá definir la vulnerabilidad de domos y tragaluces. Los cristales templados presentan una mayor resistencia a la presión del viento o el impacto de granizo debido a las propiedades mecánicas adquiridas en su fabricación. Lo mismo sucede, aunque de manera más obvia, con los tapiales y las cortinas anticiclónicas. Las películas plásticas en cristales proporcionan protección contra el daño que pueden ocasionar objetos arrastrados por el viento como ramas de árbol, tejas y láminas, entre otros, o el daño por el impacto de granizo; lo cual contribuye a reducir el daño al interior del inmueble y contenidos. Se deberá indicar el tipo de vulnerabilidad que más se adapte al inmueble de acuerdo con las siguientes opciones.
1.   Nula, el inmueble no tiene domos.
2.   Baja, domos que cuentan con cortina anticiclónica, tapial estructural o películas plásticas, independientemente del espesor de los cristales.
3.   Media, domos que cuentan con cristales gruesos, cristales templados o tapial simple de madera. Se considera cristales gruesos aquellos con espesor mayor a 10 mm.
4.   Alta, domos que cuentan con cristales de poco espesor o de acrílico, sin tapiales ni cortinas anticiclónicas. Se consideran cristales de poco espesor aquellos con espesor menor que 10 mm.
Es posible que un mismo inmueble cuente con distintos tipos de domo. En este caso se deberá indicar el tipo de domo predominante en el inmueble.
Si se desconoce este dato deberá dejarse el campo vacío. Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará vulnerabilidad media en los usos 2, 4, 6, 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos restantes considerará vulnerabilidad nula con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Soporte de ventanas (SOPORTE_VENTANA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se debe definir el tipo de apoyo de cristales en fachadas (ventanas y ventanales) y techos (domos y tragaluces). Aquellos cristales de ventanas, ventanales, domos o tragaluces que no cuentan con marcos de apoyo rígidos como aluminio, acero o madera y en su lugar se colocan apoyos de cristal o pequeños herrajes, resultan muy vulnerables a la presión ejercida por el viento, ya que no representan un apoyo adecuado. Si no se cuenta con el dato se deberá dejar el campo vacío. Se deberá indicar:
1.   Soporte sin diseño estructural o artesanal, basado en la experiencia del personal que realiza la instalación de ventanas y que no cuenta con conocimientos técnicos sobre la reglamentación vigente.
2.   Soporte con diseño genérico, donde no se toman en cuenta las condiciones locales a que se encontrará expuesto el elemento instalado, como es el caso de ventanas fabricadas en grandes lotes que se venden con elementos de anclaje a separaciones estándar.
3.   Soporte con diseño específico, donde existe una memoria de cálculo basada en algún reglamento o código que considere explícitamente las fuerzas y acciones propias del sitio.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará soporte sin diseño estructural o artesanal en los usos 1 al 5 y 8; para el uso 9 considerará soporte con diseño específico; para los usos restantes considerará soporte con diseño genérico con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Porcentaje de cristal en fachadas (PORCENTAJE_CRISTAL_FACHADAS)
Dato opcional
 
Formato: número entero [1 a 3]
Se deberá especificar el porcentaje total aproximado de área expuesta o recubierta con cristal en las fachadas respecto al área total expuesta. Las edificaciones que presentan grandes áreas de cristal presentan mayores daños ante la acción del viento y el impacto de granizo. Existen edificios cien por ciento cubiertos por cristales. El porcentaje mínimo a indicar en este campo es el que resulte de cuantificar solamente el área de las ventanas (Figura 3-9a). Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1.   Porcentaje Bajo, menor al 30%.
2.   Porcentaje Medio, entre 30 y 60%.
3.   Porcentaje Alto, mayor al 60%.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará porcentaje alto de cristal en los usos 6, 7 y 22; para los usos 2, 4, 9, 10, 11, 16 y 17 considerará porcentaje medio; para los usos restantes considerará porcentaje bajo con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Porcentaje de domos (PORCENTAJE_DOMOS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
Se deberá especificar el porcentaje total aproximado de área expuesta o recubierta con domos respecto al área total de la azotea del edificio. Las edificaciones que presentan grandes domos presentan mayores daños ante la acción de vientos (Figura 3-9b) y el impacto de granizo. Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1.   Porcentaje Nulo, 0%.
2.   Porcentaje Bajo, menor al 10%.
3.   Porcentaje Medio, entre 10 y 25%.
4.   Porcentaje Alto, mayor al 25%.

Figura 3-9 Ventanas y vitrales en fachadas, y domos y tragaluces
Cuando no se ingrese este dato, si el campo "tipo de domos" contiene la opción "nula vulnerabilidad" el porcentaje de domos será nulo (1); si el campo "tipo de domos" contiene cualquier otra opción el sistema asignará porcentaje medio de domos en los usos 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos restantes considerará porcentaje bajo con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tablarroca, plástico y lámina en fachada (OTROS_FACHADA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
Se deberá especificar de manera general la presencia de materiales frágiles como la tablaroca, plástico o lámina en las fachadas, techos y plafones expuestos. Estos materiales ceden fácilmente ante las fuerzas de viento y dejan aberturas que desencadenan otros daños, muchas veces mayores
a la falla misma de aquéllos. Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1.   No tiene (0% del área expuesta en fachadas y techos).
2.   Contiene estos materiales solo en algunas partes (menor al 20% del área expuesta en fachadas y techos).
3.   Contiene estos materiales en muchas áreas (entre el 20% y 50% del área expuesta en fachadas y techos).
4.   Presencia generalizada (mayor al 50% del área expuesta en fachadas y techos).
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará que no tiene materiales en fachada para los usos 1 al 3, 5 y 8; para los usos 6, 7, 10 y 11 considerará que contiene estos materiales en muchas áreas; para los usos 16 al 22 asignará presencia generalizada de estos materiales; para los usos restantes considerará que contiene estos materiales solo en algunas partes con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de muro de contención (MUROS_CONTENCION)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá indicar el tipo de muro de contención hacia el mar, río o laguna, o dejar el campo vacío si no se conoce este dato:
1.   Concreto reforzado con cimentación profunda
2.   Concreto reforzado con cimentación superficial
3.   Mampostería de piedra o tabique
4.   Sin muro
Cuando no se ingrese este dato, si el inmueble se ubica en primera línea frente al mar el sistema considerará muro de concreto reforzado con cimentación superficial para los usos 3, 4 y 6 a 9; si esta fuera de primera línea asignará sin muro para todos los usos.
4. Definición de datos para pólizas colectivas y pólizas con contratos de reaseguro a capas
En esta sección se establecen los datos que identifican las características de las pólizas colectivas y las pólizas con capas. La manera en que se ingresan este tipo de pólizas es utilizando una base con la misma estructura mostrada para los inmuebles independientes, pero vinculando estos inmuebles a una sola póliza colectiva mediante un encabezado que contiene datos de referencia de la misma (fig. 4-1). Este encabezado es también empleado para definir las capas que indican los valores globales y las variables de reaseguro.
Las pólizas colectivas son aquellas que amparan dos o más inmuebles con un límite de responsabilidad único por lo que al menos deben contener una capa que defina este límite o varias capas que definan los esquemas de reaseguro comunes para todos los inmuebles.
Una póliza individual puede tener capas (seguro no proporcional) sólo si ésta comparte un límite máximo de responsabilidad único para todos sus rubros (inmueble, contenidos, consecuenciales y bienes bajo convenio), para lo cual se debe definir un encabezado igual al de las pólizas colectivas y de la misma manera los esquemas de capas para definir el reaseguro no proporcional. En resumen, una póliza individual pude tener capas sólo si se modela como una póliza colectiva de un solo registro.

Figura 4-1 Esquema de póliza colectiva
Número de póliza como llave primaria (NumeroPoliza)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
 
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar cada póliza colectiva o con capas. Este dato es alfanumérico y al igual que el campo de Numero de póliza de cada inmueble, definido y comentado en el capítulo 1, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas.
Este campo también se emplea para vincular una póliza colectiva o con capas con varios inmuebles independientes, los inmuebles que se ingresan a estas pólizas deben tener exactamente el mismo Número de póliza que el utilizado en este campo, incluyendo mayúsculas, minúsculas y caracteres especiales.
Tipo de póliza colectiva (TipoPoliza)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 ó 2]
Este campo identifica el tipo de póliza colectiva con las siguientes opciones:
1.   Semi-agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, y tanto el deducible como el coaseguro se toma de cada inmueble
2.   Agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, deducible y coaseguro de manera global.
Estas opciones son igualmente aplicables a pólizas independientes que se modelan como colectivas para ingresar esquemas de reaseguro por capas.
Fecha de inicio de póliza colectiva (FechaInicio)
Fecha de terminación de póliza colectiva (FechaFin)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Estos datos se refieren a la fecha de inicio y fin de vigencia de la póliza colectiva o con capas y tienen las mismas características que las fechas de vigencia de las pólizas individuales. El sistema, por convención, considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza. También, por convención, el sistema considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de valuación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
Al ingresar una póliza colectiva o con capas los datos de fecha de inicio y fin de cada inmueble (Tabla Uno) no se toman en cuenta ya que sólo se toman de forma global las fechas de vigencia definidas en este campo (tabla dos).
Definición de Capas
En esta parte se explican los campos necesarios para el ingreso de capas para definir reaseguro no proporcional en pólizas colectivas e independientes. Cada póliza pude tener un número diferente de capas las cuales corresponden a diferentes contratos de reaseguro con varias compañías y con diferentes límites y prioridades, las capas se definen por el número de renglones de la tabla correspondiente. En la figura 4.2 se ilustran dos pólizas con cuatro capas cada una, las capas corresponden a una póliza semi-agrupada (tabla superior) y una agrupada (tabla inferior).
Figura 4-2 Esquema de póliza con capas. A la izquierda se ilustra el esquema de una póliza semi-agrupada la cual se ingresa mediante la tabla superior de la figura central, a la derecha se ejemplifica una póliza agrupada cuyos datos corresponden a la tabla inferior.
Descripción del número de capa (NumeroCapa)
 
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar el número de capa de la póliza. Este dato es alfanumérico y por claridad se recomienda ingresar la palabra "Capa" seguido del número de capa que corresponda.
Generalmente las capas empiezan desde la Capa 1, pero para la definición del deducible en pólizas agrupadas es recomendable iniciar desde la Capa 0 como lo ilustra la figura 4.2.
Porcentaje de retención por capa (Retencion)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la compañía de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro a capas. En cada capa se debe definir un porcentaje de retención a excepción de la Capa 0 que corresponde al deducible de una póliza agrupada por lo cual este campo puede quedar vacío.
Límite de la capa (LimiteMaximo)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo del que se hace responsable la reaseguradora en la capa que participa. Para que una capa quede completamente definida se debe conocer tanto el límite como la prioridad, que es la cantidad máxima que la aseguradora decide pagar, por fines prácticos, la prioridad se toma como el límite de la capa anterior y en el caso de la primera capa, la prioridad es igual a cero. Pare el caso de pólizas agrupadas, el límite de la capa número cero (Capa 0) es el deducible de la póliza.
Coaseguro de la capa (Coaseguro)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo para la capa correspondiente.
En caso de pólizas semi-agrupadas no es necesario ingresar este valor ya que por definición estas pólizas toman el coaseguro de cada inmueble. En pólizas agrupadas el coseguro de la Capa 0 puede quedar vacío ya que como se indicó esta capa corresponde al deducible.
ANEXO 5.1.6-b.
PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DEL SISTEMA DE CÓMPUTO PARA LA ESTIMACIÓN DE LAS
PRIMAS DE RIESGO Y PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
La entrega del sistema de cómputo, el cual se identificará como "Sistema con el cual debe efectuarse el cálculo de la prima de riesgo y Pérdida Máxima Probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso, reserva para riesgos catastróficos y el requerimiento de capital de solvencia de los citados tipos de seguros, se realizará conforme a las instrucciones siguientes:
I.     La entrega del "Sistema sólo se hará a las Instituciones y Sociedades Mutualistas que estén autorizadas para operar seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos.
II.     La entrega del "Sistema se realizará por la Dirección General de Supervisión Actuarial de la Comisión, ubicada en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Sur, 1er. piso, Colonia Guadalupe Inn, C. P. 01020, México D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 en días hábiles.
III.    Para efectos de la entrega del "Sistema podrá acudir cualquier persona, quien deberá exhibir (en original y copia) una carta del director técnico o director general de la Institución o Sociedad Mutualista, en la cual se le autorice para recibir dicho sistema, así como original y copia de su identificación oficial.
IV.   Junto con el "Sistema se entregará el manual de instalación y operación del mismo, el cual se encontrará en el disco de instalación que será proporcionado a las Instituciones y Sociedades Mutualistas.
V.    La versión del "Sistema que deberá utilizarse para valuar la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos es la versión
1.0.4. Cualquier cambio de dicha versión será dada a conocer, en su momento, mediante disposiciones administrativas de carácter general, por esta Comisión.
ANEXO 5.3.2.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DE PRIMAS, RECLAMACIONES, DIVIDENDOS, AJUSTES,
SALVAMENTOS Y RECUPERACIONES, POR AÑO DE ORIGEN Y AÑO DE DESARROLLO
La información de primas, reclamaciones, rescates, dividendos, ajustes, gastos de ajuste, recuperaciones y salvamentos, para efectos de la aplicación del método estatutario, conforme a lo indicado en la disposición 5.3.2 de la CUSF, será la que corresponda a los últimos ocho ejercicios de operación de la Institución y se clasificará conforme a los criterios que se indican a continuación y en concordancia con lo establecido en el Anexo 38.1.4.
I.      La clasificación de primas, siniestros, dividendos, rescates, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, para efectos del cálculo de la reserva de riesgos en curso, de seguros de corto plazo o seguros multianuales de accidentes y enfermedades y de daños, deberá realizarse conforme a los criterios e indicaciones que se establecen en la presente fracción y en un arreglo matricial que indique el año de origen y el año de desarrollo, conforme al siguiente formato:

a)   Las primas se clasificarán conforme a los siguientes criterios:
1.   Deberán clasificarse por año de origen, entendiendo como año de origen, el año calendario en que inició la vigencia de la póliza de la cual se derivó dicha prima. En ese sentido, la prima emitida anual de una póliza deberá clasificarse en el año calendario en que inició la vigencia de la póliza, aun cuando alguna parte o el total de dicha prima haya sido emitida antes o después de dicho año calendario.
2.   Tratándose de pólizas multianuales, la prima deberá clasificarse en el año en que inició la vigencia del periodo multianual, sin embargo, el monto de prima que deberá clasificarse en dicho año deberá ser únicamente el monto de las primas que a la fecha de valuación de la reserva de riesgos en curso, se encuentren devengadas, entendiendo que se encuentran devengadas todas aquellas primas que correspondan proporcionalmente, al tiempo de vigencia ya transcurrido.
3.   Las primas emitidas por anticipado, deberán clasificarse en el año calendario en que haya iniciado la vigencia de la póliza de que se trate.
4.   En el caso de operaciones a recibo, se clasificarán en el año calendario, las primas emitidas de los recibos que iniciaron su vigor en dicho año calendario.
5.   No se deberán incorporar como parte de esta estadística, las primas de seguros dotales, flexibles o de inversión.
b)   Los siniestros, dividendos, rescates, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, se clasificarán conforme a los siguientes criterios:
1.   El año de origen será el año calendario en que inició la vigencia de las pólizas, incisos, certificados o recibos, según sea el caso, de los cuales provienen dichos siniestros, dividendos, rescates, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones.
2.   El año de desarrollo será el número de años calendario transcurridos entre el año de origen y el año calendario en que se registró la reclamación del sinestro, dividendo, rescate, ajuste, gasto de ajuste, salvamento o recuperación.
3.   En el caso de seguros de gastos médicos, en los cuales, el pago de reclamaciones que son complementarias a la reclamación inicial, está técnicamente limitado al monto de aquéllas que correspondan a gastos realizados durante el año de vigencia de la póliza o en el periodo de beneficio, en tanto que los complementos que no corresponden a los ocurridos en el señalado periodo, se consideran técnicamente cubiertos por primas que corresponden a años futuros, la clasificación de reclamaciones debe hacerse conforme a lo siguiente:
 
i.    Los siniestros que corresponden a un determinado año de origen, serán todos aquellos gastos efectuados por servicios médicos que se brindaron dentro del periodo de vigencia de las pólizas que iniciaron vigencia en el referido año de origen. Los siniestros ocurridos en el periodo de beneficio de pólizas que no efectuaron renovación, deberán clasificarse tomando como año de origen, el último año calendario en que estuvo vigente la póliza.
ii.    Las reclamaciones correspondientes a gastos médicos que aun habiéndose derivado de un evento o padecimiento iniciado en un determinado año de vigencia de la póliza, se hubiesen realizado en un año de vigencia posterior (complementos), deberán clasificarse como reclamaciones correspondientes al año de vigencia en que se hayan realizado.
iii.   Considerando el año de origen determinado conforme a los criterios indicados en el numeral 1 del presente inciso, el año de desarrollo será el número de años calendario transcurridos entre el año de origen al cual quedó asignada la reclamación y el año calendario en que se registró la misma.
4.   No se deberán incorporar como parte de esta estadística, las reclamaciones de seguros dotales, flexibles o de inversión.
II.     La clasificación de primas, siniestros, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, para efectos de la determinación de la reserva de obligaciones pendientes de cumplir por siniestros ocurridos pero no reportados, deberá hacerse conforme a los criterios e indicaciones que se establecen en la presente fracción II y en un arreglo matricial que indique el año de origen y el año de desarrollo, conforme al siguiente formato:
a)   Las primas deberán clasificarse conforme a los siguientes criterios:
1.   En el caso de seguros de corto plazo o seguros multianuales de daños o de accidentes y enfermedades, deberán clasificarse por año de origen, conforme a los criterios indicados en la fracción I inciso a) del presente Anexo.
2.   Tratándose de seguros de vida de largo plazo, la prima que deberá clasificarse en cada uno de los años calendario (años de origen), será la prima devengada en cada uno de esos años. Para estos efectos, se entenderá como prima devengada, el monto que se obtenga de sumar al monto de la reserva de riesgos en curso de las pólizas en vigor al inicio del año, la prima total emitida en dicho año y restar la reserva de riesgos en curso de las pólizas en vigor al cierre del año.
3.   No se deberán incorporar como parte de esta estadística, las primas de seguros flexibles o de inversión.
b)   Los siniestros, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones que se deberán clasificar, serán los que cumplan con lo siguiente:
1.   En el caso de siniestros, se clasificarán siempre que, habiendo ocurrido en un determinado año calendario, se registren contablemente en un año calendario posterior al año en que ocurrieron. No obstante lo anterior, y únicamente con fines de control, sin que se vaya a tomar en cuenta para la valuación de la reserva, en el año de desarrollo cero, se clasificarán todas aquellas reclamaciones que se registraron en el mismo año calendario en que ocurrieron o se originaron.
2.   En el caso de ajustes (a siniestros) y gastos de ajuste, se clasificarán y considerarán, para efectos de formar parte de la valuación de la reserva por siniestros ocurridos pero no reportados, aquéllos que provengan de un siniestro que fue clasificado como ocurrido pero no reportado, de acuerdo a lo indicado en el numeral 1. del inciso b) de la fracción II de presente Anexo, o bien, aquéllos que provengan de siniestros que, aun cuando no hayan sido clasificados como siniestros ocurridos pero no reportados, el ajuste o gasto de ajuste correspondiente, se haya registrado en un año calendario posterior al año de ocurrencia del
siniestro. Adicionalmente, y únicamente con fines de control, sin que se vaya a tomar en cuenta para la valuación de la reserva, en el año de desarrollo cero, se clasificarán todas aquellos ajustes (a siniestros) y gastos de ajustes que se registraron en el mismo año calendario en que ocurrieron o se originaron.
3.   En el caso de recuperaciones y salvamentos, se considerarán únicamente aquéllos que se haya registrado en un año calendario posterior al año de ocurrencia del siniestro que les dio origen. Adicionalmente, y únicamente con fines de control, sin que se vaya a tomar en cuenta para la valuación de la reserva, en el año de desarrollo cero, se clasificarán todos aquellos salvamentos y recuperaciones que se registraron en el mismo año calendario en que ocurrieron o se originaron.
4.   No se deberán incorporar, como parte de esta estadística, los siniestros o pagos de seguros flexibles o de inversión, así como de seguros dotales de corto plazo.
c)   Los siniestros, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, que cumplan con lo establecido en el inciso b) de la presente fracción, se clasificarán asignando como año de origen, el año calendario en que inició la vigencia de las pólizas de las cuales provienen.
      Asimismo, se entenderá como año de desarrollo lo siguiente:
1.   En el caso de siniestros y sus respectivos gastos de ajuste, el año de desarrollo en que deben clasificarse, será la diferencia entre el año calendario en que se registraron contablemente y el año calendario en que ocurrió la reclamación correspondiente.
2.   En el caso de ajustes, el año de desarrollo en que deben clasificarse, será la diferencia entre el año calendario en que se registraron contablemente y el año calendario en que ocurrió el siniestro del cual provienen.
3.   En el caso de salvamentos y recuperaciones, el año de desarrollo en que deben clasificarse, será la diferencia entre el año calendario en que se registraron contablemente y el año calendario en que ocurrió el siniestro del cual provienen.
d)   En el caso de siniestros, ajustes, gastos de ajuste y recuperaciones correspondientes a los seguros de gastos médicos indicados en el numeral 3., inciso b) de la fracción I, se deberán clasificar en el año de desarrollo que le correspondan conforme a lo definido en la presente fracción II, pero tomando como año de origen de dichos siniestros, lo indicado en el referido inciso b) de la fracción I del presente Anexo.
e)   En el caso de los seguros de vida de largo plazo, los siniestros deberán clasificarse entendiendo como año de origen del siniestro, el año calendario en que ocurrieron, y como año de desarrollo, el número que resulte de la diferencia entre el año calendario en que se registraron y el año calendario en que ocurrieron.
ANEXO 5.3.3-a.
EXPERIENCIA DEMOGRÁFICA DE MERCADO, PARA FINES DE LA VALUACIÓN DE LA RESERVA DE
RIESGOS EN CURSO DE SEGUROS DE VIDA O DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES CON
TEMPORALIDAD MAYOR A UN AÑO, EMPLEANDO EL MÉTODO ESTATUTARIO
Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso de seguros de vida o de accidentes y enfermedades con temporalidad mayor a un año, mediante el método estatutario, deberán utilizar las tasas que se indican a continuación, de acuerdo al tipo de seguros de que se trate:
Tabla
Tipo de seguro al que se debe aplicar
CNSFM 2013
Experiencia demográfica de mortalidad mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte de personas que no se encuentren en estado de invalidez.
CNSF Inv 2013
Experiencia demográfica de invalidez mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo de invalidez de personas.
CNSF MAcc 2013
Experiencia demográfica de mortalidad accidental mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte accidental de personas que no se encuentren en estado de invalidez.
CNSF Otros 2013
Experiencia demográfica por otros beneficios mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo por otros beneficios de personas que no se encuentren en estado de invalidez.
 
Edad
CNSF M 2013
Edad
CNSF M 2013
Edad
CNSF M 2013
0
0.000713
37
0.001023
74
0.016988
1
0.000713
38
0.001055
75
0.019441
2
0.000713
39
0.001091
76
0.022326
3
0.000713
40
0.001130
77
0.025730
4
0.000713
41
0.001173
78
0.029755
5
0.000714
42
0.001220
79
0.034527
6
0.000714
43
0.001271
80
0.040194
7
0.000715
44
0.001327
81
0.046939
8
0.000715
45
0.001389
82
0.054976
9
0.000716
46
0.001457
83
0.064562
10
0.000717
47
0.001531
84
0.075999
11
0.000719
48
0.001614
85
0.089638
12
0.000721
49
0.001704
86
0.105880
13
0.000723
50
0.001804
87
0.125172
14
0.000725
51
0.001915
88
0.147992
15
0.000728
52
0.002038
89
0.174834
16
0.000732
53
0.002174
90
0.206162
17
0.000736
54
0.002326
91
0.242360
18
0.000740
55
0.002495
92
0.283661
19
0.000746
56
0.002683
93
0.330054
20
0.000751
57
0.002894
94
0.381211
21
0.000758
58
0.003131
95
0.436415
22
0.000765
59
0.003397
96
0.494546
23
0.000773
60
0.003696
97
0.554129
24
0.000782
61
0.004035
98
0.613465
25
0.000792
62
0.004418
99
0.670808
26
0.000803
63
0.004852
100
0.724571
27
0.000815
64
0.005347
101
0.773503
28
0.000829
65
0.005911
102
0.816788
29
0.000843
66
0.006556
103
0.854077
30
0.000859
67
0.007295
104
0.885428
31
0.000877
68
0.008146
105
0.911217
32
0.000896
69
0.009128
106
0.932021
33
0.000917
70
0.010263
107
0.948517
34
0.000940
71
0.011579
108
0.961399
35
0.000965
72
0.013111
109
0.971324
36
0.000993
73
0.014898
110
1.000000
 
Edad
CNSF Inv
2013
Edad
CNSF Inv
2013
Edad
CNSF Inv
2013
0
0.000000
37
0.000322
74
0.002800
1
0.000000
38
0.000356
75
0.002894
2
0.000000
39
0.000393
76
0.002990
3
0.000000
40
0.000432
77
0.003086
4
0.000000
41
0.000472
78
0.003184
5
0.000000
42
0.000515
79
0.003282
6
0.000000
43
0.000559
80
0.003382
7
0.000000
44
0.000606
81
0.003482
8
0.000000
45
0.000655
82
0.003583
 
9
0.000000
46
0.000705
83
0.003685
10
0.000000
47
0.000758
84
0.003788
11
0.000000
48
0.000812
85
0.003892
12
0.000001
49
0.000868
86
0.003996
13
0.000001
50
0.000926
87
0.004102
14
0.000002
51
0.000986
88
0.004208
15
0.000003
52
0.001048
89
0.004314
16
0.000005
53
0.001112
90
0.004422
17
0.000007
54
0.001177
91
0.004530
18
0.000010
55
0.001244
92
0.004638
19
0.000013
56
0.001313
93
0.004747
20
0.000018
57
0.001383
94
0.004857
21
0.000023
58
0.001455
95
0.004968
22
0.000030
59
0.001528
96
0.005079
23
0.000038
60
0.001604
97
0.005190
24
0.000047
61
0.001680
98
0.005302
25
0.000058
62
0.001758
99
0.005415
26
0.000070
63
0.001838
100
0.005528
27
0.000084
64
0.001919
101
0.005641
28
0.000099
65
0.002001
102
0.005755
29
0.000117
66
0.002085
103
0.005869
30
0.000135
67
0.002170
104
0.005984
31
0.000156
68
0.002256
105
0.006099
32
0.000179
69
0.002344
106
0.006215
33
0.000204
70
0.002433
107
0.006330
34
0.000230
71
0.002523
108
0.006447
35
0.000259
72
0.002614
109
0.006563
36
0.000289
73
0.002706
110
0.006680
 
 
Edad
CNSF MAcc
2013
Edad
CNSF MAcc
2013
Edad
CNSF MAcc
2013
0
0.002016
37
0.000505
74
0.000229
1
0.001768
38
0.000493
75
0.000225
2
0.001640
39
0.000481
76
0.000220
3
0.001541
40
0.000470
77
0.000216
4
0.001458
41
0.000459
78
0.000212
5
0.001385
42
0.000448
79
0.000208
6
0.001321
43
0.000438
80
0.000204
7
0.001264
44
0.000428
81
0.000201
8
0.001211
45
0.000418
82
0.000197
9
0.001163
46
0.000409
83
0.000193
10
0.001118
47
0.000400
84
0.000190
11
0.001077
48
0.000391
85
0.000186
12
0.001038
49
0.000382
86
0.000183
 
13
0.001002
50
0.000374
87
0.000180
14
0.000967
51
0.000366
88
0.000177
15
0.000935
52
0.000358
89
0.000173
16
0.000905
53
0.000351
90
0.000170
17
0.000876
54
0.000343
91
0.000167
18
0.000849
55
0.000336
92
0.000164
19
0.000823
56
0.000329
93
0.000161
20
0.000798
57
0.000322
94
0.000159
21
0.000775
58
0.000315
95
0.000156
22
0.000752
59
0.000309
96
0.000153
23
0.000731
60
0.000302
97
0.000150
24
0.000710
61
0.000296
98
0.000148
25
0.000690
62
0.000290
99
0.000145
26
0.000671
63
0.000284
100
0.000143
27
0.000653
64
0.000279
101
0.000140
28
0.000636
65
0.000273
102
0.000138
29
0.000619
66
0.000268
103
0.000136
30
0.000603
67
0.000263
104
0.000133
31
0.000587
68
0.000257
105
0.000131
32
0.000573
69
0.000252
106
0.000129
33
0.000558
70
0.000247
107
0.000127
34
0.000544
71
0.000243
108
0.000125
35
0.000531
72
0.000238
109
0.000123
36
0.000518
73
0.000233
110
0.000121
 
Edad
CNSF Otros
2013
Edad
CNSF Otros
2013
Edad
CNSF Otros
2013
0
0.000846
37
0.001593
74
0.007817
1
0.000847
38
0.001644
75
0.008255
2
0.000849
39
0.001697
76
0.008724
3
0.000852
40
0.001754
77
0.009224
4
0.000856
41
0.001813
78
0.009758
5
0.000861
42
0.001876
79
0.010329
6
0.000866
43
0.001942
80
0.010940
7
0.000873
44
0.002012
81
0.011593
8
0.000880
45
0.002086
82
0.012292
9
0.000888
46
0.002164
83
0.013040
10
0.000897
47
0.002247
84
0.013841
11
0.000908
48
0.002334
85
0.014699
 
12
0.000918
49
0.002426
86
0.015618
13
0.000930
50
0.002523
87
0.016604
14
0.000943
51
0.002626
88
0.017661
15
0.000957
52
0.002735
89
0.018794
16
0.000971
53
0.002850
90
0.020010
17
0.000987
54
0.002972
91
0.021316
18
0.001004
55
0.003101
92
0.022717
19
0.001022
56
0.003238
93
0.024222
20
0.001041
57
0.003383
94
0.025839
21
0.001061
58
0.003536
95
0.027576
22
0.001082
59
0.003699
96
0.029443
23
0.001105
60
0.003872
97
0.031450
24
0.001129
61
0.004055
98
0.033607
25
0.001154
62
0.004250
99
0.035927
26
0.001181
63
0.004456
100
0.038422
27
0.001209
64
0.004676
101
0.041105
28
0.001239
65
0.004909
102
0.043991
29
0.001270
66
0.005157
103
0.047095
30
0.001304
67
0.005421
104
0.050433
31
0.001339
68
0.005702
105
0.054024
32
0.001376
69
0.006001
106
0.057887
33
0.001415
70
0.006319
107
0.062040
34
0.001456
71
0.006659
108
0.066505
35
0.001499
72
0.007020
109
0.071304
36
0.001545
73
0.007406
110
0.076461
Las Instituciones de Seguros que calculen la reserva de riesgos en curso de los seguros con temporalidad mayor a un año aplicando el Método Estatutario, deberán calcular la desviación a que se refiere la fracción IX de la Disposición 5.3.3 de la presente Circular, utilizando las siguientes tasas, para efectos de la determinación del Margen de Riesgo:
Tabla
Tipo de seguro al que se debe
aplicar
CNSFM 2013 (percentiles 99.5%)
Experiencia demográfica de mortalidad mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte de personas que no se encuentren en estado de invalidez.
CNSFM 2013 (percentiles 0.05%)
Experiencia demográfica de mortalidad mixta (hombre y mujeres).
Seguros de pensiones bajo esquemas privados a que se refiere la fracción I, segundo párrafo del artículo 27 de la LISF.
CNSF Inv 2013 (percentiles 99.5%)
Experiencia demográfica de invalidez mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo de invalidez de personas.
CNSF MAcc 2013 (percentiles 99.5%)
Experiencia demográfica de mortalidad accidental mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte accidental de personas que no se encuentren en estado de invalidez.
CNSF Otros 2013 (percentiles 99.5%)
Experiencia demográfica por otros beneficios mixta (hombre y mujeres).
Seguros de vida que cubran el riesgo por otros beneficios de personas que no se encuentren en estado de invalidez.
 
 
Percentiles al 99.5%
Edad
CNSF M 2013
Edad
CNSF M 2013
Edad
CNSF M 2013
0
0.001361
37
0.001948
74
0.032423
1
0.001361
38
0.002010
75
0.037094
2
0.001361
39
0.002078
76
0.042578
3
0.001361
40
0.002152
77
0.049028
4
0.001362
41
0.002234
78
0.056628
5
0.001362
42
0.002322
79
0.065591
6
0.001363
43
0.002420
80
0.076172
7
0.001364
44
0.002527
81
0.088663
8
0.001365
45
0.002644
82
0.103397
9
0.001367
46
0.002772
83
0.120751
10
0.001369
47
0.002914
84
0.141134
11
0.001372
48
0.003070
85
0.164976
12
0.001376
49
0.003242
86
0.192702
13
0.001380
50
0.003433
87
0.224701
14
0.001384
51
0.003643
88
0.261268
15
0.001390
52
0.003876
89
0.302546
16
0.001397
53
0.004135
90
0.348453
17
0.001404
54
0.004424
91
0.398614
18
0.001413
55
0.004745
92
0.452314
19
0.001423
56
0.005104
93
0.508495
20
0.001434
57
0.005506
94
0.565805
21
0.001446
58
0.005957
95
0.622709
22
0.001460
59
0.006463
96
0.677647
23
0.001475
60
0.007034
97
0.729202
24
0.001492
61
0.007680
98
0.776248
25
0.001511
62
0.008410
99
0.818038
26
0.001532
63
0.009239
100
0.854232
27
0.001555
64
0.010183
101
0.884855
28
0.001580
65
0.011260
102
0.910220
29
0.001608
66
0.012493
103
0.930831
30
0.001638
67
0.013907
104
0.947296
31
0.001672
68
0.015534
105
0.960249
32
0.001708
69
0.017410
106
0.970302
33
0.001748
70
0.019580
107
0.978010
34
0.001792
71
0.022097
108
0.983853
35
0.001839
72
0.025023
109
0.988239
36
0.001891
73
0.028435
110
1.000000
 
Percentiles al 0.05%
Edad
CNSF M 2013
Edad
CNSF M 2013
Edad
CNSF M 2013
0
0.000374
37
0.000536
74
0.008834
1
0.000374
38
0.000554
75
0.010101
2
0.000374
39
0.000573
76
0.011591
3
0.000374
40
0.000593
77
0.013348
4
0.000374
41
0.000616
78
0.015427
5
0.000374
42
0.000640
79
0.017893
6
0.000374
43
0.000667
80
0.020827
7
0.000374
44
0.000697
81
0.024326
8
0.000375
45
0.000729
82
0.028509
9
0.000375
46
0.000765
83
0.033522
10
0.000376
47
0.000804
84
0.039541
11
0.000377
48
0.000847
85
0.046777
12
0.000378
49
0.000895
86
0.055488
13
0.000379
50
0.000948
87
0.065977
14
0.000380
51
0.001006
88
0.078603
15
0.000382
52
0.001070
89
0.093784
16
0.000383
53
0.001142
90
0.111989
17
0.000385
54
0.001221
91
0.133737
18
0.000388
55
0.001310
92
0.159572
19
0.000391
56
0.001409
93
0.190024
20
0.000394
57
0.001519
94
0.225558
21
0.000397
58
0.001643
95
0.266491
22
0.000401
59
0.001783
96
0.312898
23
0.000405
60
0.001939
97
0.364513
24
0.000410
61
0.002116
98
0.420647
25
0.000415
62
0.002316
99
0.480156
26
0.000421
63
0.002543
100
0.541486
27
0.000427
64
0.002801
101
0.602805
28
0.000434
65
0.003095
102
0.662211
29
0.000442
66
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103
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30
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67
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104
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68
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105
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108
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72
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109
0.931764
36
0.000521
73
0.007754
110
1.000000
 
Percentiles al 99.5%
Edad
CNSF Inv 2013
Edad
CNSF Inv 2013
Edad
CNSF Inv 2013
0
0.000000
37
0.001492
74
0.013081
1
0.000000
38
0.001651
75
0.013527
2
0.000000
39
0.001820
76
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3
0.000000
40
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77
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4
0.000000
41
0.002186
78
0.014895
5
0.000000
42
0.002383
79
0.015361
 
6
0.000000
43
0.002589
80
0.015831
7
0.000000
44
0.002805
81
0.016305
8
0.000000
45
0.003030
82
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9
0.000000
46
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83
0.017267
10
0.000001
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11
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48
0.003760
85
0.018244
12
0.000003
49
0.004021
86
0.018739
13
0.000006
50
0.004291
87
0.019237
14
0.000010
51
0.004570
88
0.019738
15
0.000016
52
0.004858
89
0.020243
16
0.000024
53
0.005154
90
0.020751
17
0.000035
54
0.005459
91
0.021263
18
0.000048
55
0.005772
92
0.021777
19
0.000066
56
0.006092
93
0.022294
20
0.000088
57
0.006421
94
0.022815
21
0.000114
58
0.006758
95
0.023337
22
0.000146
59
0.007102
96
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23
0.000183
60
0.007454
97
0.024391
24
0.000226
61
0.007813
98
0.024921
25
0.000276
62
0.008179
99
0.025454
26
0.000332
63
0.008553
100
0.025989
27
0.000396
64
0.008933
101
0.026526
28
0.000468
65
0.009320
102
0.027065
29
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66
0.009714
103
0.027606
30
0.000634
67
0.010114
104
0.028149
31
0.000730
68
0.010520
105
0.028694
32
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69
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106
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33
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70
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107
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34
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71
0.011775
108
0.030338
35
0.001202
72
0.012205
109
0.030890
36
0.001342
73
0.012641
110
0.031442
 
Percentiles al 99.5%
Edad
CNSF MAcc
2013
Edad
CNSF MAcc
2013
Edad
CNSF MAcc
2013
0
0.005979
37
0.001395
74
0.000640
1
0.005184
38
0.001361
75
0.000628
2
0.004780
39
0.001328
76
0.000617
3
0.004469
40
0.001297
77
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4
0.004210
41
0.001266
78
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5
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42
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79
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6
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43
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80
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7
0.003614
44
0.001181
81
0.000564
8
0.003454
45
0.001154
82
0.000554
9
0.003308
46
0.001128
83
0.000544
10
0.003174
47
0.001103
84
0.000535
 
11
0.003049
48
0.001079
85
0.000526
12
0.002934
49
0.001055
86
0.000517
13
0.002826
50
0.001033
87
0.000508
14
0.002725
51
0.001010
88
0.000499
15
0.002630
52
0.000989
89
0.000491
16
0.002540
53
0.000968
90
0.000483
17
0.002456
54
0.000948
91
0.000475
18
0.002376
55
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92
0.000467
19
0.002301
56
0.000909
93
0.000459
20
0.002229
57
0.000890
94
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21
0.002161
58
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95
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22
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59
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96
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23
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60
0.000838
97
0.000430
24
0.001974
61
0.000821
98
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25
0.001918
62
0.000805
99
0.000416
26
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63
0.000789
100
0.000409
27
0.001812
64
0.000774
101
0.000403
28
0.001763
65
0.000759
102
0.000396
29
0.001715
66
0.000744
103
0.000390
30
0.001669
67
0.000730
104
0.000384
31
0.001626
68
0.000716
105
0.000378
32
0.001583
69
0.000702
106
0.000372
33
0.001543
70
0.000689
107
0.000366
34
0.001504
71
0.000676
108
0.000361
35
0.001466
72
0.000664
109
0.000355
36
0.001430
73
0.000652
110
0.000350
 
Percentiles al 99.5%
Edad
CNSF Otros
2013
Edad
CNSF Otros
2013
Edad
CNSF Otros
2013
0
0.001743
37
0.003254
74
0.016048
1
0.001745
38
0.003357
75
0.016960
2
0.001748
39
0.003465
76
0.017935
3
0.001754
40
0.003580
77
0.018977
4
0.001762
41
0.003700
78
0.020092
5
0.001772
42
0.003828
79
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6
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43
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80
0.022560
7
0.001796
44
0.004105
81
0.023927
8
0.001811
45
0.004255
82
0.025390
9
0.001828
46
0.004413
83
0.026958
10
0.001847
47
0.004581
84
0.028639
 
11
0.001867
48
0.004758
85
0.030440
12
0.001889
49
0.004945
86
0.032372
13
0.001913
50
0.005143
87
0.034445
14
0.001939
51
0.005353
88
0.036668
15
0.001966
52
0.005575
89
0.039054
16
0.001996
53
0.005810
90
0.041615
17
0.002028
54
0.006058
91
0.044365
18
0.002062
55
0.006322
92
0.047317
19
0.002098
56
0.006601
93
0.050486
20
0.002136
57
0.006898
94
0.053890
21
0.002177
58
0.007212
95
0.057546
22
0.002220
59
0.007545
96
0.061472
23
0.002266
60
0.007899
97
0.065687
24
0.002315
61
0.008275
98
0.070213
25
0.002366
62
0.008675
99
0.075073
26
0.002420
63
0.009099
100
0.080288
27
0.002477
64
0.009551
101
0.085883
28
0.002537
65
0.010031
102
0.091885
29
0.002601
66
0.010542
103
0.098320
30
0.002668
67
0.011087
104
0.105216
31
0.002739
68
0.011666
105
0.112601
32
0.002814
69
0.012284
106
0.120504
33
0.002893
70
0.012942
107
0.128956
34
0.002976
71
0.013645
108
0.137986
35
0.003064
72
0.014394
109
0.147624
36
0.003156
73
0.015194
110
0.157899
 
ANEXO 5.3.3-b.
EXPERIENCIA DE CADUCIDAD DE MERCADO, PARA FINES DE LA VALUACIÓN DE LA RESERVA DE
RIESGOS EN CURSO DE SEGUROS DE VIDA O DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES CON
TEMPORALIDAD MAYOR A UN AÑO, EMPLEANDO EL MÉTODO ESTATUTARIO
Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso de seguros de vida o de accidentes y enfermedades con temporalidad mayor a un año, mediante el método estatutario, deberán utilizar las tasas de caducidad, de acuerdo al tipo de seguros de que se trate, que se indican a continuación:
·     Tasas de caducidad para seguros de vida
Seguros vitalicios
Año de
vigencia
Nacional
Dólar
Indexada
1
32.85%
24.20%
26.66%
2
21.75%
14.63%
17.85%
3
17.09%
10.90%
14.11%
4
14.40%
8.85%
11.95%
5
12.61%
7.52%
10.50%
6
11.31%
6.59%
9.45%
7
10.32%
5.89%
8.64%
8
9.53%
5.35%
8.00%
9
8.89%
4.91%
7.47%
10
8.35%
4.55%
7.03%
11
7.89%
4.24%
6.65%
12
7.49%
3.98%
6.32%
13
7.14%
3.76%
6.04%
14
6.83%
3.56%
5.78%
15
6.56%
3.39%
5.56%
16
6.31%
3.23%
5.35%
17
6.09%
3.09%
5.17%
18
5.88%
2.97%
5.00%
19 o más
5.70%
2.85%
4.85%
(Continúa en la Tercera Sección)
 

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