ANEXOS del 5 ANEXOS del 5.1.6-a. al 13.3.1. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada el 19 de diciembre de 2014. (Continúa en la Tercera Sección)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
ANEXOS DE LA CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL DERIVADAS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE
FIANZAS
ANEXO 5.1.6-a.
BASES TÉCNICAS PARA EL CÁLCULO DE LA PRIMA DE RIESGO Y DE LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS La prima de riesgo y la pérdida máxima probable correspondiente a la cartera de pólizas en vigor de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, deberán estimarse mediante el procedimiento técnico e información que se indican a continuación.
PARTE I
DE LAS BASES TÉCNICAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE PARA LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
Capítulo 1: Peligros hidrometeorológicos en México
1.-Generalidades
La estimación de las pérdidas asociadas a los fenómenos hidrometeorológicos se realiza a través de perturbaciones de las trayectorias de los huracanes históricos o de la simulación de eventos para el caso de granizo, inundación, maremoto, lluvia local y viento no huracanado. Estos huracanes perturbados o eventos simulados generan mapas de peligro o amenaza que junto con la evaluación de la vulnerabilidad de cada una de las construcciones de la cartera permite obtener el valor de las pérdidas.
Viento generado por otros fenómenos hidrometeorológicos
Siguiendo los mismos criterios que para vientos generados por huracanes, se generan eventos que reproducen los datos de vientos históricos de las estaciones climatológicas. Estos eventos son importantes tanto para reproducir vientos de baja magnitud pero de alta frecuencia en zona de huracanes como para reproducir el campo de viento total en las otras zonas del país.
1.3 Lluvia local
Es el peligro causado por exceso de lluvia sin que esté relacionado con el desborde de ríos o embalses; se debe a que el escurrimiento y drenaje locales son incapaces de absorber la lluvia produciéndose inundaciones locales de pequeña magnitud.
Propagación y arribo
Para la altura máxima de ola se empleó el modelo no-lineal de propagación resultado de la aplicación de las ecuaciones de movimiento no-lineales para aguas someras integradas verticalmente (ecuaciones 1.21 y 1.22) y la ecuación de continuidad (ecuación 1.23) sin el término de efecto Coriolis:
Figura 3.1 Diagrama de flujo general del cálculo de pérdidas ante múltiples fenómenos hidrometeorológicos
Se supone que, como se ha señalado, cada peligro hidrometeorológico se encuentra caracterizado por diversos escenarios o eventos, cada uno de ellos con una probabilidad anual de ocurrencia. En general, cada peligro se considera de manera independiente, salvo el caso de huracanes donde se producen tres tipos de pérdidas simultáneas: viento, marea de tormenta e inundación local por lluvia (sin considerar inundación por desborde de ríos, lagunas o presas).
La cartera de una compañía de seguros estará, en general, formada por una o más pólizas, y cada póliza por una o más ubicaciones. En la siguiente sección se describen los tipos de póliza considerados, dependiendo de las modalidades de operación del seguro en cada uno de ellos.
3.2 Tipos de póliza considerados
Como ya se indicó en el inciso 3.1, los cálculos sobre las pólizas deben realizarse para cada uno de los escenarios de todos los peligros y cada uno de los escenarios del mismo.
3.2.1 Pólizas individuales
Se trata del caso más común y más simple: a cada póliza corresponde una sola ubicación, por lo que el proceso de ajuste de las pérdidas se lleva a cabo individualmente para cada inmueble en cada uno de los cuatro rubros (edificio, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso). El proceso de ajuste de las pérdidas, es decir, el proceso mediante el que se calcula la pérdida neta total para la compañía de seguros asociada a la póliza, se lleva a cabo de la siguiente manera:
1) Se determina la pérdida bruta por rubro para cada ubicación.
2) Se determina la pérdida neta por rubro en cada ubicación mediante la aplicación del efecto del deducible, coaseguro, límite de primer riesgo y retención individual correspondientes a cada rubro. Se hace notar que la retención es única, es decir, el porcentaje de retención es igual para todos los rubros.
3) Se suman las pérdidas netas para todas las ubicaciones y rubros.
3.2.2 Pólizas colectivas agrupadas
Se trata de una póliza con cobertura en capas que ampara a un grupo de ubicaciones probablemente numeroso y disperso geográficamente. No existen, en este tipo de póliza, deducibles, coaseguros, retenciones o límites de primer riesgo individuales ni por rubro. El proceso de ajuste de las pérdidas en este caso se lleva a cabo de la siguiente manera:
1) Se determina la pérdida bruta para cada ubicación y rubro.
2) Se suman las pérdidas brutas de todas las ubicaciones y rubros amparadas por la póliza.
3) Para determinar la pérdida neta para la compañía de seguros, se aplica sobre esta suma de pérdidas el efecto de una cobertura formada, en general, por una estructura de capas que incluyen sus retenciones y límites.
3.2.3 Pólizas colectivas semi-agrupadas
Se trata de una póliza con cobertura en capas que cubre las pérdidas que resultan en un grupo de ubicaciones después de la aplicación de deducibles y coaseguros individuales y por rubro. El proceso de ajuste de las pérdidas en este caso se lleva a cabo de la siguiente manera:
1) Se determina la pérdida bruta para cada ubicación y rubro.
2) Se determina la pérdida semi-neta en cada ubicación y rubro mediante la aplicación del efecto de deducible y coaseguro individuales; no existen, para este tipo de póliza, límites de primer riesgo ni retenciones individuales.
3) Se suman las pérdidas semi-netas de todas las ubicaciones amparadas por la póliza.
4) Sobre esta suma de pérdidas semi-netas se aplica el efecto de una cobertura formada, en general, por una estructura de capas que incluye retenciones y límites.
Las fórmulas anteriores se dan para el caso de pérdida en edificio, pero son aplicables a los cuatro rubros.
3.4 Cálculo de la pérdida neta en una ubicación individual, para un rubro específico
Como en el inciso anterior, se usará como ejemplo el caso de pérdidas en un rubro, pero las fórmulas son aplicables a los otros tres. Para simplificar la notación, se omitirá el subíndice que corresponde al rubro.
El valor esperado de la pérdida bruta relativa y su distribución de probabilidad se ven modificados, en general, por la aplicación de deducibles, límites de responsabilidad, retenciones y coaseguros a nivel de ubicación individual y rubro específico.
La pérdida relativa neta para la compañía de seguros, para el rubro correspondiente, guarda la siguiente relación con la pérdida bruta:
3.4.1 Pólizas Individuales
En este caso, los valores de usados en las expresiones 3.5 y 3.6 son respectivamente, el deducible, el coaseguro, la retención y el límite de primer riesgo individuales de la ubicación y el rubro PARTE II
DE LA INFORMACIÓN PARA LA VALUACIÓN DE LA PRIMA DE RIESGO Y LA PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y/U OTROS RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS.
Descripción de campos del Sistema
Introducción
Las instituciones y sociedades mutualistas de seguros deberán clasificar las pólizas conforme a la manera en que se encuentren asegurados y reasegurados los bienes inmuebles, de la siguiente forma:
1.- Las que correspondan a inmuebles independientes que no cuenten con coberturas de contratos de reaseguro facultativos no proporcional a capas (Base de datos de carteras de pólizas independientes sin capas).
2.- Las que correspondan a inmuebles asegurados en pólizas colectivas (agrupados y semi-agrupados) o a inmuebles que cuenten con coberturas de reaseguro facultativo no proporcional a capas (Base de datos de carteras de pólizas colectivas o pólizas con capas).
Para efectos de lo anterior, se deberá clasificar la base de datos tomando como criterio las características de cada cartera como a continuación se especifica:
Carteras de pólizas independientes sin capas
La estructura de la base de datos para este tipo de cartera, consiste en un arreglo matricial donde cada columna tendrá como primer registro el nombre del tipo de dato (Campo) que se registrará en dicha columna, conforme a las definiciones de la Tabla Uno y en el mismo orden en que aparecen. Los campos de la Tabla Uno corresponden a las columnas que deberá contener el archivo, siendo un total de 45 columnas.
Los siguientes renglones deben corresponder a la información de los inmuebles, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso, con excepción del primer renglón, el cual, como se mencionó, será utilizado para el nombre del campo. Cada renglón de este archivo debe corresponder sólo a un inmueble o tipo de bien, en el caso de riesgos especiales. En los casos en los que en una misma póliza se aseguren varios inmuebles se deberá contar con la información de cada inmueble utilizando un renglón por inmueble.
En la Tabla Uno se indican los datos que son obligatorios y cuáles son optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son fundamentales para valorar el riesgo de manera aproximada, y los optativos son aquellos que dan información adicional para valorar el riesgo de manera más precisa.
En la información obligatoria deberán llenarse todos los renglones, aun cuando no se haya contratado alguna de las coberturas de contenidos, pérdidas consecuenciales o bienes bajo convenio expreso; en estos casos se deben colocar ceros en las columnas correspondientes. La omisión de información obligatoria será impedimento para evaluar el riesgo de ese inmueble.
En la información opcional se podrán llenar los campos en que existe información y dejar en blanco los campos en los que no se cuente con la misma. Cuando el usuario no indique los datos optativos, el sistema asumirá distintas condiciones que se explican en la parte de definición de campos de esta Circular.
Carteras de pólizas colectivas y con capas
Al igual que la base de datos para inmuebles independientes, la estructura de esta base de datos debe realizarse en un arreglo matricial donde cada columna deberá tener como primer registro el nombre del tipo de dato (Campo) que se registrará en dicha columna conforme a las definiciones de la Tabla Uno y en el mismo orden en que aparecen.
Esta base de datos estará contenida por pólizas de seguro en las que los límites de responsabilidad, retenciones, deducibles y coaseguros de las coberturas no operan en forma individual, inmueble por inmueble, sino para un conjunto de inmuebles y en las que se tienen contemplados, o no, esquemas de reaseguro por capas; es decir, esta base de datos se aplica a pólizas colectivas, pólizas con capas o a una combinación de ambas. En estos casos, la información deberá complementarse con los datos de las Tablas Dos y Tres; cada renglón de la Tabla Dos debe corresponder a una póliza, la cual reúne a todos los inmuebles colectivos. La descripción de los esquemas de reaseguro por capas se define en la tabla tres. Será necesario tener una tabla para cada póliza que maneje este tipo de reaseguro y al menos un renglón para definir los valores globales de los inmuebles colectivos.
Los inmuebles colectivos se dividen en inmuebles agrupados para los que opera un sólo deducible, un coaseguro, un límite máximo de responsabilidad y una retención o en inmuebles semi-agrupados para los que solamente opera un límite máximo y una retención. La única diferencia del archivo de base de datos para pólizas colectivas o con reaseguro a capas con respecto al archivo de pólizas independientes, es decir la Tabla Uno, consiste en que los campos de las variables financieras que actúan de forma global (en semi-agrupadas las fechas de vigencia, límites de responsabilidad y retenciones, y en agrupadas además los deducibles y coaseguros) no es necesario indicarlos en cada inmueble ya que el sistema sólo tomará en cuenta los valores globales de las Tablas Dos y Tres, por lo que dejan de ser obligatorios en la Tabla Uno.
TABLA UNO â INFORMACION DE CARTERAS INDEPENDIENTES
Grupo | No. | Campo | Tipo de dato | Valores | Tipo |
De referencia | 1 | NUM_POLIZA | Alfanumérico | - | obligatorio |
2 | NUM_REGISTRO | Número Entero | 1 a 3,000,000 | obligatorio |
Financieros | 3 | FECHA_INICIO | Fecha | 01/01/2007 ó posterior | obligatorio |
4 | FECHA_FIN | Fecha | 01/01/2008 ó posterior | obligatorio |
5 | INM_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
6 | CONT_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
7 | CONSEC_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
8 | CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
9 | PORCENTAJE_RETENCION | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
10 | TIPO_PRIMER_RIESGO | Número Entero | 0, 1 ó 2 | obligatorio |
11 | MONTO_PRIMER_RIESGO | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
12 | CONSEC_LIMITE_MAXIMO | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
13 | CONSEC_PERIODO_COBERTURA | Días | 0 a 365 | obligatorio |
14 | CONVENIO_LIMITE_MAXIMO | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
15 | INM_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
16 | CONT_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
17 | CONSEC_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
18 | CONVENIO_DEDUCIBLE | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
19 | INM_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
20 | CONT_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
21 | CONSEC_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
22 | CONVENIO_COASEGURO | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
De localización | 23 | CLAVE_ESTADO | Número Entero | 1 al 32 | opcional |
24 | CODIGO_POSTAL | Número Entero | 01000 al 99999 | obligatorio |
25 | LONGITUD | Grados | -118.5000 a -86.5000 | opcional |
26 | LATITUD | Grados | 13.5000 a 35.0000 | opcional |
27 | PRIMERA_LINEA_MAR | Número Entero | 1 ó 2 | obligatorio |
28 | PRIMERA_LINEA_LAGO | Número Entero | 1 ó 2 | opcional |
29 | SOBREELEVACION_DESPLANTE | Metros | -10 a 10 | opcional |
30 | RUGOSIDAD | Número Entero | 1 al 4 | opcional |
De la estructura | 31 | USO_INMUEBLE | Número Entero | 1 al 33 | obligatorio |
32 | NUM_PISOS | Número Entero | 1 al 57 | obligatorio |
33 | PISO | Número Entero | 1 al 57 | opcional |
34 | TIPO_CUBIERTA | Número Entero | 1 al 4 | obligatorio |
35 | FORMA_CUBIERTA | Número Entero | 1 al 5 | opcional |
36 | IRRE_PLANTA | Número Entero | 1 al 3 | opcional |
37 | OBJETOS_CERCA | Número Entero | 1 ó 2 | opcional |
38 | AZOTEA | Número Entero | 1 ó 2 | opcional |
39 | TAMAÑO_CRISTAL | Número Entero | 1 al 3 | opcional |
40 | TIPO_VENTANAS | Número Entero | 1 al 3 | opcional |
41 | TIPO_DOMOS | Número Entero | 1 al 4 | opcional |
42 | SOPORTE_VENTANA | Número Entero | 1 al 3 | opcional |
43 | PORCENTAJE_CRISTAL_FACHADAS | Número Entero | 1 al 3 | opcional |
44 | PORCENTAJE_DOMOS | Número Entero | 1 al 4 | opcional |
45 | OTROS_FACHADA | Número Entero | 1 al 4 | opcional |
46 | MUROS_CONTENCION | Número Entero | 1 al 4 | opcional |
TABLA DOS â INFORMACION ADICIONAL DE TIPO GENERAL PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
Grupo | No. | Campo | Dato | Valores | Tipo |
Generales | 1 | NumeroPoliza | Alfanumérico | - | obligatorio |
2 | TipoPoliza | Número Entero | 1 ó 2 | obligatorio |
3 | FechaInicio | Fecha | 01/01/2006 ó posterior | obligatorio |
4 | FechaFin | Fecha | 01/01/2007 ó posterior | obligatorio |
TABLA TRES â INFORMACION ADICIONAL DE TIPO FINANCIERO PARA CARTERAS COLECTIVAS Y CON CAPAS
Grupo | No. | Campo | Dato | Valores | Tipo |
Financiero | 1 | NumeroPoliza | Alfanuméricos | - | obligatorio |
2 | NumeroCapa | Alfanuméricos | - | opcional |
3 | Retencion | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
4 | LimiteMaximo | Pesos | 0 a billones | obligatorio |
5 | Coaseguro | Porcentaje | 0 a 100 | obligatorio |
Los datos que requiere el sistema de cómputo a que se refiere la Segunda de las disposiciones en las que se dan a conocer las bases técnicas que se deberán utilizar para la valuación, constitución e incremento de la
reserva de riesgos en curso, el cual ha quedado registrado con el nombre de , estarán en archivos de Access, y corresponderán a una ubicación ya sea que pertenezca a una póliza individual o a una colectiva. Los datos de cada ubicación deberán corresponder a un renglón de la base de datos que proporcione el usuario, y deberán tener un formato específico que se indica en las respectivas secciones. Al respecto, los campos se clasifican de la siguiente forma, atendiendo a sus características particulares: 1. Datos de Referencia
2. Datos Financieros
3. Datos de Localización
4. Datos de la Estructura
El sistema está diseñado para ser alimentado con datos obligatorios y optativos. Los datos obligatorios son aquellos que son indispensables para calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable, y los optativos son aquellos que sin que sean indispensables, proporcionarán información adicional que permitirá calcular la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de manera más precisa. En los casos en que el usuario no proporcione alguno de los datos obligatorios, el sistema no realizará la estimación de la prima de riesgo o la pérdida máxima probable, en tanto que cuando el usuario no indique alguno o algunos de los datos optativos procederá a realizar el cálculo de la prima de riesgo y la pérdida máxima probable mediante supuestos conservadores que en este anexo se explican. 1. Bienes asegurados
El sistema calculará las pérdidas del inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes asegurados bajo convenio expreso de manera independiente. A continuación se define cada uno de ellos. Inmueble
Es lo que compone la estructura, la cimentación, instalaciones y acabados. Es decir, todo aquello que forma parte del edificio.
Contenidos
Son los bienes que dan uso al inmueble. En general se pueden mover fácilmente dentro del edificio o de un inmueble a otro.
Pérdidas consecuenciales
Son las pérdidas que serían causadas por el tiempo en que permanece en imposibilidad de uso el inmueble debido a los daños causados por el evento.
Bienes asegurados bajo convenio expreso
Son bienes que generalmente pueden quedar asegurados, mediante convenio expreso entre el Asegurado y la institución aseguradora, fijando sumas aseguradas por separado y mediante el cobro de prima adicional correspondiente.
a. Edificios terminados que carezcan total o parcialmente de techos, muros, puertas, o ventanas, siempre y cuando dichos edificios hayan sido diseñados y/o construidos para operar bajo estas circunstancias, de acuerdo con los reglamentos de construcción de la zona, vigentes a la fecha de la construcción.
b. Maquinaria y/o equipo fijo y sus instalaciones que se encuentren total o parcialmente al aire libre o que se encuentren dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, siempre y cuando hayan sido diseñados específicamente para operar en estas condiciones y estén debidamente anclados.
c. Bienes fijos distintos a maquinaria que por su propia naturaleza estén a la intemperie, entendiéndose como tales aquellos que se encuentren fuera de edificios o dentro de edificios que carezcan total o parcialmente de techos, puertas, ventanas o muros, como:
· Albercas.
· Anuncios y rótulos.
· Caminos, andadores, calles, guarniciones o patios en el interior de los predios del asegurado.
· Elementos decorativos de áreas exteriores.
· Instalaciones y canchas deportivas.
· Luminarias.
· Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y mallas perimetrales y sus puertas o portones.
· Palapas y pérgolas.
· Sistemas de riego, incluyendo sus redes de tuberías.
· Torres y antenas de transmisión y recepción.
· Tanques o silos metálicos o de materiales plásticos.
d. Bienes muebles o la porción del inmueble en sótanos o semisótanos considerándose como tales: cualquier recinto donde la totalidad de sus muros perimetrales se encuentren total o parcialmente bajo el nivel natural del terreno.
Para el manejo de estos bienes, el sistema contiene formas simplificadas para cuantificar la siniestralidad esperada y la pérdida máxima probable.
2. Tipo de carteras
Pólizas individuales vs colectivas
Se contemplarán dos tipos distintos de pólizas, las individuales y las colectivas. Las primeras corresponden a aquéllas en las que se asegura un solo bien, mientras que las colectivas son aquellas en que se aseguran varios bienes ya sea en una misma ubicación o que pertenezcan a una cartera geográficamente distribuida en varias poblaciones pero que estén amparados bajo las mismas condiciones contractuales. En cualquier caso, la información de cada bien asegurado debe estar indicada en un renglón del archivo de datos; este renglón en adelante se llamará "registro".
Si la cartera de la institución aseguradora sólo contiene pólizas individuales únicamente se requerirá el archivo de datos de esta cartera; en cambio, si cuenta con una o más pólizas colectivas, se deberá llenar otra tabla que contiene los datos comunes a estas carteras.
Existen pólizas que cuentan con varios bienes en una misma ubicación (hoteles, centros habitacionales, centros comerciales, entre otros) donde es necesario definir esta cartera como colectiva donde cada registro corresponde a uno de estos bienes. Únicamente se podrá considerar un solo bien (por lo tanto un solo registro en el archivo de datos) si todos ellos son iguales con las mismas características estructurales y de contenidos.
3. Definición de datos para cada bien asegurado
3.1 Datos de referencia
En este grupo se establecen los datos necesarios para identificar el nombre o número del inmueble asegurado.
Número de registro (NUM_REGISTRO)
Dato obligatorio
Formato: números enteros consecutivos
Este dato tiene por objeto ordenar y llevar un control dentro del sistema de todas las ubicaciones. Es indispensable para que el usuario identifique los errores y resultados que arroja el sistema.
Pólizas individuales. El Número de registro será un número consecutivo que el usuario asigne a cada uno de los renglones (registro) de la base de datos. No podrá haber dos ubicaciones con el mismo número ni podrá haber números faltantes (ver Capítulo 4).
Pólizas colectivas. En cada póliza colectiva Número de registro será un número consecutivo de manera que cada ubicación dentro de ésta tenga un número único. En las demás pólizas agrupadas de la cartera, si es que existen, el Número de registro deberá asignarse de manera independiente (ver Capítulo 4).
Número de póliza (NUM_POLIZA)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar cada registro o póliza. Este dato es alfanumérico. Para las pólizas de inmuebles colectivos, todas las ubicaciones que sean amparadas por ésta deberán llevar el mismo Número de póliza ya que este campo es el que identifica a qué póliza colectiva pertenece cada ubicación. Por lo mismo, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas. Para el caso de pólizas de inmuebles independientes este campo sólo es para referencia propia del usuario, puede quedar vacío y puede repetirse en varios registros (ver Capítulo
4).
3.2 Datos financieros
En este grupo se describen los datos técnicos que son establecidos comúnmente en la póliza o que se obtienen en el proceso de suscripción y de reaseguro.
Fecha de inicio (FECHA_INICIO)
Fecha de terminación (FECHA_FIN)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Estos datos se refieren a la fecha de inicio y fin de vigencia de la póliza que asegura el bien. El sistema por convención considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza. También, por convención, el sistema considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de valuación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como Fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que para estas pólizas no es necesario indicar para cada inmueble estas fechas, estos campos pueden quedar vacíos y el sistema no los tomará en cuenta. Para estas pólizas estos datos se deben indicar en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4).
Valor asegurable inmueble (INM_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable contenidos (CONT_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable pérdidas consecuenciales (CONSEC_VALOR_ASEGURABLE)
Valor asegurable bienes convenio expreso (CONVENIO_VALOR_ASEGURABLE)
Datos obligatorios
Formato: número [en pesos]
Es, respectivamente, el valor real o de reposición según se hubiera contratado, del inmueble, de los contenidos, de las pérdidas consecuenciales o de los valores por convenio expreso. Para el caso de pólizas que no sean a "primer riesgo" estos valores deben corresponder a las sumas aseguradas establecidas en la póliza.
En el caso de carteras hipotecarias, el valor asegurado inmueble debe corresponder al valor real o de reposición según se hubiera contratado, del inmueble y no solo al saldo insoluto del crédito.
En el caso de pérdidas consecuenciales, el valor asegurable debe ser el monto de la exposición anual, es decir, el valor estimado de las pérdidas que se producirían durante un año.
Porcentaje de retención del valor asegurable (PORCENTAJE_RETENCION)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la institución de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro proporcional, respecto de la obligación total suscrita en un contrato de seguro.
En este porcentaje no se debe incluir lo respectivo a contratos facultativos no proporcionales riesgo por riesgo, el efecto que tiene la cobertura de reaseguro de este tipo de contratos se determinan según se explica en el Capítulo 4.
Pólizas de inmuebles colectivos. Debido a que el porcentaje de retención es el mismo para todos los inmuebles considerados en la póliza, este campo puede estar vacío para cada uno de los bienes asegurados ya que el sistema lo ignorará. El porcentaje de retención que se aplicará a los inmuebles se deberá indicar en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4).
Tipo de primer riesgo (TIPO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número entero [0, 1ó 2]
Para el caso de pólizas individuales se debe indicar si es a primer riesgo o no. En las pólizas
colectivas estos valores son globales y se deben escribir en la tabla correspondiente (ver Capítulo 4). Se entenderá que una póliza está contratada a primer riesgo cuando el límite máximo de responsabilidad sea inferior al valor asegurable del bien. Las opciones para este campo son:
0 Sin primer riesgo. Cuando la póliza está emitida a valores totales, es decir, las sumas asegurables son los límites de responsabilidad. En este caso, el sistema no tomará en cuenta los valores indicados en monto de primer riesgo, límite pérdidas consecuenciales ni limite convenio expreso.
1 El límite máximo de responsabilidad es inferior al valor asegurable del edificio y sus contenidos.
2 El límite máximo de responsabilidad es inferior al valor asegurable del edificio, sus contenidos y las pérdidas consecuenciales. En este caso, el sistema no tomará en cuenta el límite pérdidas consecuenciales.
Monto de primer riesgo (MONTO_PRIMER_RIESGO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo o el límite máximo de responsabilidad que tiene la aseguradora en caso de daños al inmueble, contenidos o pérdidas consecuenciales en su conjunto.
Este campo opera de manera conjunta con el campo de tipo de primer riesgo. Si este valor es igual a cero el campo puede dejarse vacío puesto que el sistema lo ignorará y calculará las pérdidas considerando los campos de valores asegurables. Si el tipo de primer riesgo es igual a uno, es decir, abarca en un solo límite el inmueble más los contenidos, deberá capturarse dicho importe en este campo. En este caso, el monto capturado en el campo que se describirá más adelante de límite pérdidas consecuenciales funciona como una suma asegurada adicional al límite de edificios más contenidos (indicada en el campo monto de primer riesgo). Si el tipo de primer riesgo es igual a dos, es decir, abarca en un solo límite tanto al inmueble como a los contenidos y a las pérdidas consecuenciales, deberá capturarse dicho importe en este campo.
En el caso de carteras hipotecarias, el monto de primer riesgo debe contener el valor de la suma asegurada de la póliza para el inmueble, es decir, el saldo insoluto del crédito o la suma asegurada real amparada.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Límite pérdidas consecuenciales (CONSEC_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en las coberturas de pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Periodo de cobertura por pérdidas consecuenciales (CONSEC PERIODO_COBERTURA)
Dato obligatorio
Formato: número entero [en días]
Es el periodo (tiempo) que ampara la póliza en las coberturas de pérdidas consecuenciales de acuerdo a lo previsto en el contrato de seguro. El referido periodo deberá expresarse en días, para efectos de incorporarlo como dato al sistema, el sistema toma internamente este valor como un límite máximo y lo traduce a pesos para compararlo con el valor de límite pérdidas consecuenciales y tomar el menor de estos dos.
Límite bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_LIMITE_MAXIMO)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo que la aseguradora está obligada a pagar en los bienes cubiertos bajo convenio expreso Si no se conoce el importe real de los bienes bajo convenio expreso, pero éstos sí están amparados en la póliza, el importe asegurado debe aparecer tanto en el valor asegurable bienes bajo convenio expreso como en el campo de límite bienes bajo convenio expreso.
Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica el límite de responsabilidad al mismo tiempo que el deducible y antes de aplicar coaseguro.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Deducible inmueble (INM_DEDUCIBLE)
Deducible contenidos (CONT_DEDUCIBLE)
Deducible pérdidas consecuenciales (CONSEC_DEDUCIBLE)
Deducible bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_DEDUCIBLE)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje del valor asegurable de inmueble, contenidos, pérdidas consecuenciales y bienes bajo convenio expreso, respectivamente, que quedará a cargo del asegurado en caso de siniestro. En caso de contratos que prevean deducibles expresados en otras modalidades, la aseguradora deberá recalcularlo mediante criterios técnicos a términos porcentuales del valor asegurable. Para el cálculo de las pérdidas, el sistema aplica el deducible al mismo tiempo que el límite de responsabilidad y antes de aplicar coaseguro.
En el caso específico de pérdidas consecuenciales, el deducible que corresponde al periodo de espera, el cual se expresa comúnmente en días, deberá traducirse a un valor porcentual dividiendo el número de días que comprende dicho periodo, entre 365.
En caso de que el tipo de primer riesgo sea 1 ó 2, el sistema considerará el porcentaje de deducible estipulado en deducible inmueble.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
Coaseguro inmueble (INM_COASEGURO)
Coaseguro contenidos (CONT_COASEGURO)
Coaseguro pérdidas consecuenciales (CONSEC_COASEGURO)
Coaseguro bienes bajo convenio expreso (CONVENIO_COASEGURO)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo. Para el cálculo de las pérdidas el sistema aplica primero el deducible y el límite de responsabilidad y después el coaseguro.
En caso de que el tipo de primer riesgo sea 1 ó 2, el sistema considerará el porcentaje de coaseguro estipulado en coaseguro inmueble.
Pólizas de inmuebles colectivos. Este dato se deberá indicar en la tabla correspondiente ya que es global para toda la póliza (ver Capítulo 4).
3.3 Datos de localización
Este grupo de datos permitirá que el sistema determine la localización con distintos niveles de aproximación de cada inmueble asegurado. Se debe tener especial atención para que la localización que se indica sea precisamente la del inmueble y no de la oficina matriz de la empresa o el domicilio fiscal o el lugar al que se envía la póliza; con dicha localización se calculará el peligro o amenaza ante todos los eventos hidrometeorológicos. De igual manera, cuando se trate de carteras con varias ubicaciones o inmuebles se debe indicar la localización de cada una de estas.
El sistema considera dos posibles formas para localizar. Estas son, en orden de precisión: coordenadas geográficas (longitud y latitud) y código postal. El código postal es un dato poco preciso para determinar la localización de la estructura, pero es muy fácil de conseguir; las coordenadas geográficas, como se verá más adelante, se pueden obtener actualmente con herramientas fácilmente disponibles, al menos para los inmuebles más importantes de la cartera.
Coordenada geográfica de longitud (LONGITUD)
Coordenada geográfica de latitud (LATITUD)
Datos opcionales
Formato: número [longitud -118.5000 a -86.5000 grados, latitud 13.5000 a 35.0000 grados]
Ubicación del inmueble dada en términos de coordenadas geográficas en notación decimal (los minutos y segundos deben cambiarse a esta notación). Para México (Figura 3-1) la coordenada de longitud es negativa por ubicarse al oeste del primer meridiano y la coordenada de latitud es positiva por ubicarse al norte del ecuador. Debido a que en México un grado es aproximadamente equivalente a 100 km deben incluirse por lo menos cuatro decimales para tener una precisión mínima de ±10 m.
Figura 3-1 Coordenadas geográficas
Las coordenadas geográficas se pueden obtener:
En gabinete, con ayuda de planos muy detallados.
En campo (Figura 3-2a), con ayuda de dispositivos GPS (Global Positioning Systems). En este caso debe tomarse en cuenta que la resolución de algunos dispositivos puede variar por decenas de metros, lo que sería particularmente grave si las coordenadas indicadas caen por error en el mar lo que para el sistema no es aceptable y optaría por localizar el edificio con el código postal y primera línea.
Por Internet con herramientas como Google Earth (Figura 3-2b). En este caso se debe personalizar para que muestre las coordenadas en grados en formato decimal ya que la opción por omisión es grados-minutos-segundos.
En caso de dar coordenadas el sistema asumirá que esta información es precisa y no tomará en cuenta el código postal pero sí el dato de primera línea. Sin embargo, si la combinación de coordenadas latitud-longitud se encuentra fuera de las costas de México el sistema advertirá del error y localizará la estructura con el código postal y primera línea. Si las coordenadas geográficas no corresponden al Estado indicado de manera opcional el sistema advertirá del error pero tomará las coordenadas como verdaderas.
Figura 3-2 Formas para conocer las coordenadas de una ubicación: (a) dispositivo GPS (usado por ERN durante la inspección de los daños causados por Wilma) y (b) imagen de punta Cancún en Google Earth donde se aprecia que es posible fijar las coordenadas precisas de prácticamente cualquier ubicación.
Código postal (CODIGO_POSTAL)
Dato obligatorio
Formato: número entero [del 01000 al 99999]
Es un número entero compuesto de cinco dígitos que está asociado a un área geográfica del país. Cada posición, leída de izquierda a derecha, permite identificar una zona específica dentro de la República Mexicana. Las dos primeras posiciones corresponden a la Entidad Federativa o a la Delegación en el caso del Distrito Federal. La tercera posición indica una ciudad importante, un municipio o una de las diez áreas en que está dividida postalmente cada Delegación del Distrito Federal. La cuarta representa un municipio o colonia de una ciudad y la quinta un conjunto de manzanas o el número específico de una dependencia. Sin embargo, los códigos postales no fueron creados para localizar edificaciones sino, evidentemente, como una herramienta para repartir correo, por lo que no es posible asignarles a todos ellos un solo par de coordenadas.
Clave del estado (CLAVE_ESTADO)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 32]
Se refiere al número de cada estado de la República Mexicana. Cada uno de estos tiene un valor numérico que va desde 1 hasta 32, conforme al Catálogo 3-1 indicado a continuación. Este dato sólo es para que el usuario tenga una verificación de que las coordenadas geográficas indicadas explícitamente o calculadas a partir del código postal y primera línea están dentro del estado. Si no se cuenta con la información o no se desea indicar este campo puede quedar en blanco.
Primera línea frente al mar (PRIMERA_LINEA_MAR)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1: primera línea; 2: fuera de primera línea]
Se deberá especificar si el edificio se encuentra ubicado cerca o no de mar. Esto es indispensable para calcular pérdidas por viento, marea de tormenta, maremoto e inundación. Se adoptó la
convención incluida en el endoso de hidrometeorológicos de AMIS de preguntar solo si el inmueble se encuentra a menos de 500 metros de la línea de rompimiento de las olas en marea alta.
Durante el primer año de operación del sistema este dato se podrá asignar a partir del uso del inmueble (ver Catálogo 3-2) de la siguiente forma: Sí el código postal pertenece a un municipio costero y el uso corresponde a vivienda de lujo (2 y 4), hotel (7), tienda departamental, centro comercial, comercio, tienda en general (10 y 16), restaurante, bar, salón de baile y centro nocturno (11 y 17) se indicará que el inmueble se encuentra en primera línea frente al mar; para los usos restantes y códigos postales en municipios que no sean costeros se podrá indicar que el inmueble se encuentra fuera de primera línea.
Primera línea frente a lago, laguna o río (PRIMERA_LINEA_LAGO)
Dato opcional
Formato: número entero [1: primera línea; 2: fuera de primera línea]
Se deberá especificar si el edificio se encuentra ubicado cerca o no de algún cuerpo de agua. Esto es indispensable para calcular pérdidas por inundación. Se adoptó la convención incluida en el endoso de hidrometeorológicos de AMIS de preguntar sólo si el inmueble se encuentra a menos de 250 metros de un lago o laguna.
Si se desconoce esta información deberá dejarse vacío el campo y el sistema asignará fuera de primera línea independientemente del uso.
Sobreelevación de desplante de la planta baja
(SOBREELEVACION_DESPLANTE)
Dato opcional
Formato: metros [-10 a 10]
La diferencia de elevaciones (sobreelevación) en metros del nivel de piso terminado de la planta baja del inmueble, sin incluir sótanos, con respecto al nivel medio del terreno circundante (que en el sistema está dado por el modelo digital de elevación del terreno, MDE, a partir de los datos de localización).
Figura 3-3 Ejemplo de sobreelevación de desplante del nivel de piso terminado de la planta baja en relación al modelo digital de elevación del terreno (MDE). En este ejemplo se debe indicar una sobreelevación de 2.17 m.
Cuando no se ingrese este dato y el inmueble se encuentre en primera línea, el sistema asignará una sobreelevación de desplante de 2.0 metros para el uso de hotel (uso 7), 1.5 metros para departamento de lujo (uso 4) y 1.0 metro para los usos vivienda de lujo, restaurante, bar, salón de baile y centro nocturno (usos 2, 11 y 17); para inmuebles fuera de primera línea se considerará una sobreelevación de 0.1 metros independientemente del uso.
Rugosidad del terreno (RUGOSIDAD)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
El movimiento de las masas de aire se ve restringido por la fricción con la superficie del terreno, lo cual origina que la velocidad sea prácticamente nula en contacto con el mismo y crezca con la altura hasta alcanzar la velocidad del flujo no perturbado (llamada velocidad gradiente). La rapidez con que la velocidad crece con la altura depende de la rugosidad de la superficie del terreno (Figura 3-3a). Para un terreno muy liso, como en campo abierto con vegetación muy baja, el viento mantiene velocidad muy alta aún cerca de la superficie, mientras que en el centro de grandes ciudades con
edificaciones altas la velocidad disminuye rápidamente desde una altura de varias decenas de metros hasta la superficie del terreno.
Figura 3-3a Variación de la velocidad del viento con la altura sobre terrenos de diferentes características.
3. Arbolado, lomeríos, barrio residencial 4. Muy accidentada, centro de ciudad
Figura 3-3b Ejemplos de diferentes terrenos para los cuales hay que indicar distintas rugosidades.
Se deberán especificar las características predominantes del terreno circundante al sitio en que se desplanta el inmueble asegurado, de acuerdo a la siguiente clasificación:
1. Campo abierto plano. Franjas costeras planas, campos aéreos, pastizales y tierras de cultivo, donde el viento encuentra muy poca restricción a su paso.
2. Árboles aislados o construcciones dispersas. Campos de cultivo o granjas con pocas obstrucciones.
3. Arbolado intenso, lomeríos, barrio residencial. Áreas urbanas, suburbanas y de bosques; en estas zonas el viento encuentra una importante obstrucción a su paso.
4. Muy accidentada, centro de ciudad. Terreno con numerosas obstrucciones largas, altas y estrechamente espaciadas, el cual se asocia con el centro de grandes ciudades y complejos industriales; en estas zonas el viento encuentra una gran obstrucción a su paso, lo cual provoca la generación de vórtices o remolinos al pasar el viento entre construcciones de diferente forma
y altura.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará de forma aproximada una rugosidad del terreno de acuerdo a la ubicación del inmueble en primera línea o si se localiza dentro de una ciudad.
3.4 Datos de la estructura
El siguiente grupo de datos permitirá al sistema determinar la vulnerabilidad de la estructura asegurada. El sistema calcula el riesgo para tres tipos de edificaciones: naves industriales, edificaciones y otros, pero cada una de estas pudo haber sido construida con distintos tipos estructurales y tener características particulares que arrojarán un riesgo también distinto.
El primer grupo de datos sirven para conocer el tipo estructural ya que aportan información para definir los rasgos más importantes de la estructura y de sus contenidos. El segundo grupo de datos permitirá al sistema identificar materiales vulnerables en elementos de recubrimiento, identificar la presencia de obras de protección contra el embate de la marea y oleaje. A continuación se describen estos datos.
Uso del inmueble (USO_INMUEBLE)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 33]
Se debe seleccionar el uso principal del edificio de acuerdo al Catálogo 3-2. Si en el catálogo no se encuentra la opción exacta, se deberá seleccionar la que de acuerdo al criterio del usuario se aproxime más al uso de la estructura. La importancia de indicar el uso se debe a que el diseño de las estructuras está en función del mismo, y el sistema toma en cuenta estas consideraciones. El uso del edificio es importante también porque define el tipo de contenidos y su vulnerabilidad.
Es común que una misma póliza contenga varios inmuebles con varios usos por lo que se recomienda introducir cada uno de ellos, con sus respectivos valores, para que el cálculo de las pérdidas sea más preciso.
Catálogo 3-2 Uso del inmueble
| Uso del inmueble | Tipo |
1 | Casa habitación | Edificio |
2 | Casa habitación (lujo) |
3 | Departamento |
4 | Departamento (lujo) |
5 | Vivienda (crédito hipotecario)* |
6 | Oficina |
7 | Hotel |
8 | Escuela |
9 | Hospital, clínica, sanatorio |
10 | Tienda departamental, centro comercial, comercio y tienda en general |
11 | Restaurante, Bar, Salón de Baile, Centro nocturno |
12 | Bodega con contenidos no vulnerables al agua (plásticos, vidrio, llantas, entre otros) |
13 | Bodega con contenidos mixtos, vulnerables y no al agua |
14 | Bodega con contenidos vulnerables al agua (equipo eléctrico, electrónico, alimentos, cemento, papel, entre otros) |
15 | Fábrica |
16 | Tienda departamental, centro comercial, comercio y tienda en general | Nave Industrial |
17 | Restaurante, Bar, Salón de Baile, Centro nocturno |
18 | Bodega con contenidos no vulnerables al agua (plásticos, vidrio, llantas, entre otros) |
19 | Bodega con contenidos mixtos, vulnerables y no al agua |
20 | Bodega con contenidos vulnerables al agua (equipo eléctrico, electrónico, alimentos, cemento, papel, entre otros) |
21 | Fábrica |
22 | Gasolineras |
23 | Antenas y torres de transmisión y recepción | Otros |
24 | Albercas |
25 | Anuncios y rótulos |
26 | Caminos, andadores, calles, guarniciones y patios |
27 | Tanques o silos |
28 | Elementos decorativos de áreas exteriores |
29 | Instalaciones y canchas deportivas |
30 | Luminarias |
31 | Muros de contención de concreto armado, bardas, rejas y mallas perimetrales (incluye puertas y portones) |
32 | Palapas y pérgolas |
33 | Sistemas de riego incluyendo tuberías | |
* Se distingue vivienda hipotecaria porque en esta no será obligatorio el número de pisos del edificio.
De los usos mostrados en el Catálogo 3-2 se distinguen tres grupos, aquellos en estructuras tipo edificio, tipo industrial y otros. A continuación se describen de manera general los dos primeros (Figura 3-5):
· Tipo Industrial. Sistemas estructurales que en general se usan para fábricas, talleres, almacenes, bodegas y plantas de ensamble, entre otras. Algunas edificaciones de uso comercial pueden tener una estructura tipo industrial como casi todas las tiendas de autoservicio formados por estructuras de grandes claros de un solo nivel.
· Tipo Edificio. Es el tipo más común. Consta de columnas, trabes, losas y muros rígidamente unidos en todos los niveles.
El sistema no podrá calcular pérdidas de los siguientes usos, ya sea por la complejidad que implica o por la poca frecuencia en que estos se aseguran:
· Presas. Son estructuras tan complejas y tan importantes que hacer un cálculo aproximado es sumamente riesgoso ya que contendrá incertidumbres enormes
· Carreteras. Para calcular pérdidas de manera confiable de este tipo de infraestructura se requerirá preguntar muchos datos, lo que haría muy complejo el uso del RH-MEX.
Número de pisos (NUM_PISOS)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 57]
Corresponde al número de pisos que tiene el edificio que se quiere evaluar. El número de pisos se debe contar a partir de la planta baja, sin incluir sótanos. En caso de que el edificio se ubique en una loma y por la pendiente del terreno esté escalonado, el número de pisos debe de contarse a partir del piso más bajo. Cuando existan mezzanines se deben contar estos como pisos. Algunos ejemplos de estos casos se muestran en la Figura 3-6.
El número de pisos tiene una utilidad primordial en el caso de riesgo por viento, inundación (por marea, oleaje, tsunami o lluvia) y granizo. Con este dato se determina si el edificio que se está analizando es de materiales ligeros o pesados, lo cual es determinante en el cálculo de pérdidas por viento y granizo; en general, construcciones de más de 3 niveles tienen losas de entrepiso pesadas y la estructura es robusta, mientras que construcciones de pocos niveles pueden tener cubiertas muy ligeras, estructuras esbeltas y por lo tanto son más riesgosas ante viento y la caída de granizo. En el caso de inundación el número de pisos permite al sistema determinar el porcentaje de daño a contenidos en función del número de niveles debido a una altura máxima de ola sobre el nivel medio del mar o lluvia máxima acumulada.
La CNSF ha autorizado que durante un período de transición para los créditos hipotecarios este campo sea optativo. En estos casos, cuando el usuario no indique un número de pisos el sistema asumirá que el bien asegurado tiene un solo piso.
Figura 3-5 Ejemplos de diferentes tipos de inmuebles en función de su estructuración.
Figura 3-6 Ejemplos de edificios con diferente número de pisos.
Para los usos que corresponden a otros tipos (usos 23 a 33) el sistema considerará número de pisos igual a uno.
Piso (PISO)
Dato optativo
Formato: número entero [1 al 57]
Corresponde al piso en que está ubicado el bien asegurado. Esto es relevante en el caso de viviendas y oficinas aseguradas que no abarcan todo el edificio, sobre todo cuando están ubicados en pisos superiores que no son vulnerables a inundación por maremoto, marea de tormenta, lluvia o desbordamiento de ríos. Para el caso de vivienda hipotecaria donde no se indicó el número de pisos del edificio pero si se indica el campo de piso el sistema tomará éste como válido para el cálculo de pérdidas. Si no se conoce se deberá dejar este campo vacío.
Cuando no se ingrese este dato, para el uso de departamento (3 y 4) el sistema asignará que el inmueble asegurado se ubica en primer nivel, para los usos restantes el inmueble asegurado se considera el edificio completo.
Tipo de cubierta (TIPO_CUBIERTA)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá especificar el peso del material predominante y el diseño de la cubierta del inmueble. La
cubierta se considera ligera si está construida por alguno de los siguientes elementos: lámina metálica, lámina translúcida, lámina de asbesto, sistemas prefabricados de láminas y aislantes térmicos y láminas engargoladas, entre otros. La cubierta se considera pesada si está construida a base de alguno de los siguientes elementos: losas de concreto, elementos prefabricados de concreto y losacero con capa de compresión de concreto, entre otros. Se deberá indicar una de las siguientes opciones. Si no se conoce se deberá dejar el campo vacío.
1. Cubierta pesada.
2. Cubierta ligera sin diseño estructural o artesanal.
3. Cubierta ligera con diseño genérico.
4. Cubierta ligera con diseño específico (existe memoria de cálculo basada en algún reglamento o código que considere explícitamente las fuerzas y acciones propias del sitio).
Este dato es relevante en riesgos por viento y granizo, ya que el tipo de cubierta establece una marcada diferencia en la vulnerabilidad de las construcciones. Para el caso de edificios este campo se ignorará ya que todos ellos tienen cubierta pesada y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Figura 3-7 Ejemplos de naves industriales con diferente cubierta.
Forma de la cubierta (FORMA_CUBIERTA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 5]
Se deberá especificar la forma de la cubierta. Los techos horizontales son muy vulnerables ante la acción del viento al presentarse succiones que tratan de desprender la cubierta de sus soportes; los techos inclinados y curvos son menos vulnerables ante la acción del viento. En los techos en forma de sierra se generan vórtices o remolinos que tienden a dañar algunas zonas. La inclinación de las cubiertas es también muy importante ante la acumulación de granizo. Si no se conoce este dato se deberá dejar el campo vacío. Se deberá indicar:
1. Horizontal
2. Inclinada con pendiente media, si es aproximadamente menor que 30 grados
3. Inclinada con pendiente alta, si es aproximadamente mayor que 30 grados
4. Forma de sierra
5. Forma curva
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará forma inclinada con pendiente media para los usos que corresponden a naves industriales (16 al 22) y si el campo de "tipo de cubierta" corresponde a cubierta ligera (2 al 4); en los usos que corresponden a edificio (1 al 15) el sistema asignará forma horizontal si en campo de tipo de cubierta corresponde a cubierta pesada (1) y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Irregularidad en planta (IRRE_PLANTA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
La irregularidad en planta se refiere a una distribución asimétrica de los cuerpos que forman el inmueble, configuraciones típicas con mucha irregularidad en planta son (Figura 3-8):
· Edificios asimétricos por su forma en planta, como triangulares y con frentes curvos, entre otras.
· Edificios muy alargados en planta. Se considera que un edificio es alargado (irregular) cuando la relación largo/ancho excede de 2.
· Edificios con proyección en planta en forma de L, T, H, U o similares, en los que la proyección de la parte saliente excede el 20% de la dimensión total del edificio.
Ante la acción del viento, en las estructuras con planta irregular se generan vórtices o remolinos que incrementan la velocidad del viento en algunas zonas del inmueble asegurado, aumentando los daños y pérdidas. Se deberá indicar cualquiera de las siguientes opciones o, si no se conoce este dato, dejar el campo vacío:
1. Irregularidad nula
2. Poca irregularidad
3. Mucha irregularidad
Figura 3-8 Ejemplos de irregularidades en planta
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará poca irregularidad en todos los usos a excepción de casa habitación (1) donde el sistema asignara irregularidad nula; para el caso de los usos 2, 3, 4 y 7 el sistema asignara mucha irregularidad si el inmueble se localiza en primera línea frente al mar y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Cerca de postes, anúncios espetaculares o árboles (OBJETOS_CERCA)
Dato opcional
Formato: número entero [1, si hay objetos; 2, no hay objetos]
La presencia de postes de luz o teléfono, anuncios espectaculares, árboles u otros objetos de gran tamaño que pueden colapsar por la acción del viento directamente sobre una parte del bien asegurado representan un claro peligro que debe tomarse en cuenta. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío el campo.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema considerará que si hay objetos cerca del inmueble y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Objetos en azotea que puedan desprenderse (AZOTEA)
Dato opcional
Formato: número entero [1: si tiene objetos; 2: no tiene objetos]
Los objetos como tejas, antenas parabólicas, anuncios espectaculares, equipo de telecomunicaciones, antenas para radio y equipos de aire acondicionado y ventilación, colocadas en la azotea del inmueble asegurado, son propensos a desprenderse y caer por la acción de fuertes vientos. Esto además de representar un daño directo puede provocar otros daños en el inmueble. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema considerará que si tiene objetos en azotea a excepción de los usos 1, 3, 5, 8 y 22 en los que se considerará que no tienen objetos y para los usos 23 a 33 este campo no se tomará en cuenta.
Tamaño de cristal en fachadas (TAMAÑO_CRISTAL)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 3]
Se deberá definir de manera aproximada el tamaño de los cristales expuestos en el inmueble asegurado de acuerdo con el siguiente criterio:
1. Chicos, menores a 0.5 metros cuadrados
2. Medianos, entre 0.5 y 1.5 metros cuadrados
3. Grandes, mayores a 1.5 metros cuadrados
El tamaño del cristal o vidrio se definirá por el área independiente dentro del marco de apoyo de cada uno, el cual funciona como soporte y hacia el cual se transmite la presión ejercida por el viento. Los cristales grandes son más vulnerables que los cristales chicos (si cuentan con igual espesor) ante las fuerzas originadas por viento o el impacto de objetos y granizo. Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará tamaño de cristales grandes para los usos 2, 4, 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos 6, 8 y 9 considerará cristales medianos y para los usos restantes cristales chicos con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de ventanas (TIPO_VENTANAS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se deberá definir la vulnerabilidad de cristales y su protección en las ventanas y ventanales de las fachadas. Los cristales templados presentan una mayor resistencia a la presión del viento o el impacto de granizo debido a las propiedades mecánicas adquiridas en su fabricación. Lo mismo sucede, aunque de manera más obvia, con los tapiales y las cortinas anticiclónicas. Las películas plásticas en cristales proporcionan protección contra el daño que pueden ocasionar objetos arrastrados por el viento como ramas de árbol, tejas y láminas, entre otros, o el daño por el impacto de granizo; lo cual contribuye a reducir el daño al interior del inmueble y contenidos. Se deberá indicar el tipo de vulnerabilidad que más se adapte al inmueble de acuerdo con las siguientes opciones.
1. Baja, ventanas que cuentan con cortina anticiclónica, tapial estructural o películas plásticas, independientemente del espesor de los cristales.
2. Media, ventanas que cuentan con cristales gruesos, cristales templados o tapial simple de madera. Se consideran cristales gruesos aquellos con espesor mayor que 10 mm,
3. Alta, ventanas que cuentan con cristales de poco espesor sin tapiales ni cortinas anticiclónicas. Se consideran cristales de poco espesor aquellos con espesor menor que 10 mm.
Es posible que un mismo inmueble cuente con distintos tipos de ventana, por ejemplo, que en la
planta baja existan cortinas anticiclónicas y en el resto solo tapiales o cristales expuestos de cualquier tipo. En este caso se deberá indicar el tipo de ventanas predominante en el inmueble.
Si se desconoce este dato deberá dejarse vacío el campo. Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará ventanas con mediana vulnerabilidad en todos los usos y para el caso de otros tipos (usos 23 a 33) este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de domos (TIPO_DOMOS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá definir la vulnerabilidad de domos y tragaluces. Los cristales templados presentan una mayor resistencia a la presión del viento o el impacto de granizo debido a las propiedades mecánicas adquiridas en su fabricación. Lo mismo sucede, aunque de manera más obvia, con los tapiales y las cortinas anticiclónicas. Las películas plásticas en cristales proporcionan protección contra el daño que pueden ocasionar objetos arrastrados por el viento como ramas de árbol, tejas y láminas, entre otros, o el daño por el impacto de granizo; lo cual contribuye a reducir el daño al interior del inmueble y contenidos. Se deberá indicar el tipo de vulnerabilidad que más se adapte al inmueble de acuerdo con las siguientes opciones.
1. Nula, el inmueble no tiene domos.
2. Baja, domos que cuentan con cortina anticiclónica, tapial estructural o películas plásticas, independientemente del espesor de los cristales.
3. Media, domos que cuentan con cristales gruesos, cristales templados o tapial simple de madera. Se considera cristales gruesos aquellos con espesor mayor a 10 mm.
4. Alta, domos que cuentan con cristales de poco espesor o de acrílico, sin tapiales ni cortinas anticiclónicas. Se consideran cristales de poco espesor aquellos con espesor menor que 10 mm.
Es posible que un mismo inmueble cuente con distintos tipos de domo. En este caso se deberá indicar el tipo de domo predominante en el inmueble.
Si se desconoce este dato deberá dejarse el campo vacío. Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará vulnerabilidad media en los usos 2, 4, 6, 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos restantes considerará vulnerabilidad nula con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Soporte de ventanas (SOPORTE_VENTANA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 3]
Se debe definir el tipo de apoyo de cristales en fachadas (ventanas y ventanales) y techos (domos y tragaluces). Aquellos cristales de ventanas, ventanales, domos o tragaluces que no cuentan con marcos de apoyo rígidos como aluminio, acero o madera y en su lugar se colocan apoyos de cristal o pequeños herrajes, resultan muy vulnerables a la presión ejercida por el viento, ya que no representan un apoyo adecuado. Si no se cuenta con el dato se deberá dejar el campo vacío. Se deberá indicar:
1. Soporte sin diseño estructural o artesanal, basado en la experiencia del personal que realiza la instalación de ventanas y que no cuenta con conocimientos técnicos sobre la reglamentación vigente.
2. Soporte con diseño genérico, donde no se toman en cuenta las condiciones locales a que se encontrará expuesto el elemento instalado, como es el caso de ventanas fabricadas en grandes lotes que se venden con elementos de anclaje a separaciones estándar.
3. Soporte con diseño específico, donde existe una memoria de cálculo basada en algún reglamento o código que considere explícitamente las fuerzas y acciones propias del sitio.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará soporte sin diseño estructural o artesanal en los usos 1 al 5 y 8; para el uso 9 considerará soporte con diseño específico; para los usos restantes considerará soporte con diseño genérico con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Porcentaje de cristal en fachadas (PORCENTAJE_CRISTAL_FACHADAS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 3]
Se deberá especificar el porcentaje total aproximado de área expuesta o recubierta con cristal en las fachadas respecto al área total expuesta. Las edificaciones que presentan grandes áreas de cristal presentan mayores daños ante la acción del viento y el impacto de granizo. Existen edificios cien por ciento cubiertos por cristales. El porcentaje mínimo a indicar en este campo es el que resulte de cuantificar solamente el área de las ventanas (Figura 3-9a). Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1. Porcentaje Bajo, menor al 30%.
2. Porcentaje Medio, entre 30 y 60%.
3. Porcentaje Alto, mayor al 60%.
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará porcentaje alto de cristal en los usos 6, 7 y 22; para los usos 2, 4, 9, 10, 11, 16 y 17 considerará porcentaje medio; para los usos restantes considerará porcentaje bajo con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Porcentaje de domos (PORCENTAJE_DOMOS)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
Se deberá especificar el porcentaje total aproximado de área expuesta o recubierta con domos respecto al área total de la azotea del edificio. Las edificaciones que presentan grandes domos presentan mayores daños ante la acción de vientos (Figura 3-9b) y el impacto de granizo. Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1. Porcentaje Nulo, 0%.
2. Porcentaje Bajo, menor al 10%.
3. Porcentaje Medio, entre 10 y 25%.
4. Porcentaje Alto, mayor al 25%.
Figura 3-9 Ventanas y vitrales en fachadas, y domos y tragaluces
Cuando no se ingrese este dato, si el campo "tipo de domos" contiene la opción "nula vulnerabilidad" el porcentaje de domos será nulo (1); si el campo "tipo de domos" contiene cualquier otra opción el sistema asignará porcentaje medio de domos en los usos 7, 10, 11, 16 y 17; para los usos restantes considerará porcentaje bajo con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tablarroca, plástico y lámina en fachada (OTROS_FACHADA)
Dato opcional
Formato: número entero [1 a 4]
Se deberá especificar de manera general la presencia de materiales frágiles como la tablaroca, plástico o lámina en las fachadas, techos y plafones expuestos. Estos materiales ceden fácilmente ante las fuerzas de viento y dejan aberturas que desencadenan otros daños, muchas veces mayores
a la falla misma de aquéllos. Se deberá indicar alguna de las siguientes opciones o dejar el campo vacío si no se conoce este dato.
1. No tiene (0% del área expuesta en fachadas y techos).
2. Contiene estos materiales solo en algunas partes (menor al 20% del área expuesta en fachadas y techos).
3. Contiene estos materiales en muchas áreas (entre el 20% y 50% del área expuesta en fachadas y techos).
4. Presencia generalizada (mayor al 50% del área expuesta en fachadas y techos).
Cuando no se ingrese este dato, el sistema asignará que no tiene materiales en fachada para los usos 1 al 3, 5 y 8; para los usos 6, 7, 10 y 11 considerará que contiene estos materiales en muchas áreas; para los usos 16 al 22 asignará presencia generalizada de estos materiales; para los usos restantes considerará que contiene estos materiales solo en algunas partes con excepción de los usos 23 a 33 donde este campo no se tomará en cuenta.
Tipo de muro de contención (MUROS_CONTENCION)
Dato opcional
Formato: número entero [1 al 4]
Se deberá indicar el tipo de muro de contención hacia el mar, río o laguna, o dejar el campo vacío si no se conoce este dato:
1. Concreto reforzado con cimentación profunda
2. Concreto reforzado con cimentación superficial
3. Mampostería de piedra o tabique
4. Sin muro
Cuando no se ingrese este dato, si el inmueble se ubica en primera línea frente al mar el sistema considerará muro de concreto reforzado con cimentación superficial para los usos 3, 4 y 6 a 9; si esta fuera de primera línea asignará sin muro para todos los usos.
4. Definición de datos para pólizas colectivas y pólizas con contratos de reaseguro a capas
En esta sección se establecen los datos que identifican las características de las pólizas colectivas y las pólizas con capas. La manera en que se ingresan este tipo de pólizas es utilizando una base con la misma estructura mostrada para los inmuebles independientes, pero vinculando estos inmuebles a una sola póliza colectiva mediante un encabezado que contiene datos de referencia de la misma (fig. 4-1). Este encabezado es también empleado para definir las capas que indican los valores globales y las variables de reaseguro.
Las pólizas colectivas son aquellas que amparan dos o más inmuebles con un límite de responsabilidad único por lo que al menos deben contener una capa que defina este límite o varias capas que definan los esquemas de reaseguro comunes para todos los inmuebles.
Una póliza individual puede tener capas (seguro no proporcional) sólo si ésta comparte un límite máximo de responsabilidad único para todos sus rubros (inmueble, contenidos, consecuenciales y bienes bajo convenio), para lo cual se debe definir un encabezado igual al de las pólizas colectivas y de la misma manera los esquemas de capas para definir el reaseguro no proporcional. En resumen, una póliza individual pude tener capas sólo si se modela como una póliza colectiva de un solo registro.
Figura 4-1 Esquema de póliza colectiva
Número de póliza como llave primaria (NumeroPoliza)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar cada póliza colectiva o con capas. Este dato es alfanumérico y al igual que el campo de Numero de póliza de cada inmueble, definido y comentado en el capítulo 1, este campo no deberá repetirse en otras pólizas colectivas.
Este campo también se emplea para vincular una póliza colectiva o con capas con varios inmuebles independientes, los inmuebles que se ingresan a estas pólizas deben tener exactamente el mismo Número de póliza que el utilizado en este campo, incluyendo mayúsculas, minúsculas y caracteres especiales.
Tipo de póliza colectiva (TipoPoliza)
Dato obligatorio
Formato: número entero [1 ó 2]
Este campo identifica el tipo de póliza colectiva con las siguientes opciones:
1. Semi-agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, y tanto el deducible como el coaseguro se toma de cada inmueble
2. Agrupadas: Comparten el mismo límite máximo de responsabilidad, deducible y coaseguro de manera global.
Estas opciones son igualmente aplicables a pólizas independientes que se modelan como colectivas para ingresar esquemas de reaseguro por capas.
Fecha de inicio de póliza colectiva (FechaInicio)
Fecha de terminación de póliza colectiva (FechaFin)
Datos obligatorios
Formato: dd/mm/aaaa
Estos datos se refieren a la fecha de inicio y fin de vigencia de la póliza colectiva o con capas y tienen las mismas características que las fechas de vigencia de las pólizas individuales. El sistema, por convención, considerará el día de inicio de la vigencia de 24 horas; si la fecha de corte coincide con la fecha de inicio de una póliza, el sistema toma como vigente dicha póliza. También, por convención, el sistema considerará el último día de vigencia de la póliza de cero horas; si la fecha de valuación de la reserva coincide con la fecha de finalización de una póliza el sistema toma como fuera de vigencia dicha póliza. Para el caso de créditos hipotecarios que requieran un cálculo del mes completo deberá ponerse como fecha de terminación el primer día del mes siguiente.
Al ingresar una póliza colectiva o con capas los datos de fecha de inicio y fin de cada inmueble (Tabla Uno) no se toman en cuenta ya que sólo se toman de forma global las fechas de vigencia definidas en este campo (tabla dos).
Definición de Capas
En esta parte se explican los campos necesarios para el ingreso de capas para definir reaseguro no proporcional en pólizas colectivas e independientes. Cada póliza pude tener un número diferente de capas las cuales corresponden a diferentes contratos de reaseguro con varias compañías y con diferentes límites y prioridades, las capas se definen por el número de renglones de la tabla correspondiente. En la figura 4.2 se ilustran dos pólizas con cuatro capas cada una, las capas corresponden a una póliza semi-agrupada (tabla superior) y una agrupada (tabla inferior).
Figura 4-2 Esquema de póliza con capas. A la izquierda se ilustra el esquema de una póliza semi-agrupada la cual se ingresa mediante la tabla superior de la figura central, a la derecha se ejemplifica una póliza agrupada cuyos datos corresponden a la tabla inferior.
Descripción del número de capa (NumeroCapa)
Dato obligatorio
Formato: caracteres alfanuméricos
Se refiere a la clave que utilice el usuario para identificar el número de capa de la póliza. Este dato es alfanumérico y por claridad se recomienda ingresar la palabra "Capa" seguido del número de capa que corresponda.
Generalmente las capas empiezan desde la Capa 1, pero para la definición del deducible en pólizas agrupadas es recomendable iniciar desde la Capa 0 como lo ilustra la figura 4.2.
Porcentaje de retención por capa (Retencion)
Dato obligatorio
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje que representa la obligación que quedará a cargo de la compañía de seguros una vez descontada la parte de obligaciones cedidas en contratos de reaseguro a capas. En cada capa se debe definir un porcentaje de retención a excepción de la Capa 0 que corresponde al deducible de una póliza agrupada por lo cual este campo puede quedar vacío.
Límite de la capa (LimiteMaximo)
Dato obligatorio
Formato: número [en pesos]
Es el valor máximo del que se hace responsable la reaseguradora en la capa que participa. Para que una capa quede completamente definida se debe conocer tanto el límite como la prioridad, que es la cantidad máxima que la aseguradora decide pagar, por fines prácticos, la prioridad se toma como el límite de la capa anterior y en el caso de la primera capa, la prioridad es igual a cero. Pare el caso de pólizas agrupadas, el límite de la capa número cero (Capa 0) es el deducible de la póliza.
Coaseguro de la capa (Coaseguro)
Datos obligatorios
Formato: 0 a 100 [por ciento]
Es el porcentaje de participación del asegurado en el riesgo para la capa correspondiente.
En caso de pólizas semi-agrupadas no es necesario ingresar este valor ya que por definición estas pólizas toman el coaseguro de cada inmueble. En pólizas agrupadas el coseguro de la Capa 0 puede quedar vacío ya que como se indicó esta capa corresponde al deducible.
ANEXO 5.1.6-b.
PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DEL SISTEMA DE CÓMPUTO PARA LA ESTIMACIÓN DE LAS
PRIMAS DE RIESGO Y PÉRDIDA MÁXIMA PROBABLE DE LOS SEGUROS DE HURACÁN Y OTROS
RIESGOS HIDROMETEOROLÓGICOS
La entrega del sistema de cómputo, el cual se identificará como "Sistema con el cual debe efectuarse el cálculo de la prima de riesgo y Pérdida Máxima Probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso, reserva para riesgos catastróficos y el requerimiento de capital de solvencia de los citados tipos de seguros, se realizará conforme a las instrucciones siguientes: I. La entrega del "Sistema sólo se hará a las Instituciones y Sociedades Mutualistas que estén autorizadas para operar seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos. II. La entrega del "Sistema se realizará por la Dirección General de Supervisión Actuarial de la Comisión, ubicada en Av. Insurgentes Sur 1971, Torre Sur, 1er. piso, Colonia Guadalupe Inn, C. P. 01020, México D. F., en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 en días hábiles. III. Para efectos de la entrega del "Sistema podrá acudir cualquier persona, quien deberá exhibir (en original y copia) una carta del director técnico o director general de la Institución o Sociedad Mutualista, en la cual se le autorice para recibir dicho sistema, así como original y copia de su identificación oficial. IV. Junto con el "Sistema se entregará el manual de instalación y operación del mismo, el cual se encontrará en el disco de instalación que será proporcionado a las Instituciones y Sociedades Mutualistas. V. La versión del "Sistema que deberá utilizarse para valuar la prima de riesgo y la pérdida máxima probable de los seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos es la versión 1.0.4. Cualquier cambio de dicha versión será dada a conocer, en su momento, mediante disposiciones administrativas de carácter general, por esta Comisión.
ANEXO 5.3.2.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN DE PRIMAS, RECLAMACIONES, DIVIDENDOS, AJUSTES,
SALVAMENTOS Y RECUPERACIONES, POR AÑO DE ORIGEN Y AÑO DE DESARROLLO
La información de primas, reclamaciones, rescates, dividendos, ajustes, gastos de ajuste, recuperaciones y salvamentos, para efectos de la aplicación del método estatutario, conforme a lo indicado en la disposición 5.3.2 de la CUSF, será la que corresponda a los últimos ocho ejercicios de operación de la Institución y se clasificará conforme a los criterios que se indican a continuación y en concordancia con lo establecido en el Anexo 38.1.4.
I. La clasificación de primas, siniestros, dividendos, rescates, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, para efectos del cálculo de la reserva de riesgos en curso, de seguros de corto plazo o seguros multianuales de accidentes y enfermedades y de daños, deberá realizarse conforme a los criterios e indicaciones que se establecen en la presente fracción y en un arreglo matricial que indique el año de origen y el año de desarrollo, conforme al siguiente formato:
a) Las primas se clasificarán conforme a los siguientes criterios:
1. Deberán clasificarse por año de origen, entendiendo como año de origen, el año calendario en que inició la vigencia de la póliza de la cual se derivó dicha prima. En ese sentido, la prima emitida anual de una póliza deberá clasificarse en el año calendario en que inició la vigencia de la póliza, aun cuando alguna parte o el total de dicha prima haya sido emitida antes o después de dicho año calendario.
2. Tratándose de pólizas multianuales, la prima deberá clasificarse en el año en que inició la vigencia del periodo multianual, sin embargo, el monto de prima que deberá clasificarse en dicho año deberá ser únicamente el monto de las primas que a la fecha de valuación de la reserva de riesgos en curso, se encuentren devengadas, entendiendo que se encuentran devengadas todas aquellas primas que correspondan proporcionalmente, al tiempo de vigencia ya transcurrido.
3. Las primas emitidas por anticipado, deberán clasificarse en el año calendario en que haya iniciado la vigencia de la póliza de que se trate.
4. En el caso de operaciones a recibo, se clasificarán en el año calendario, las primas emitidas de los recibos que iniciaron su vigor en dicho año calendario.
5. No se deberán incorporar como parte de esta estadística, las primas de seguros dotales, flexibles o de inversión.
b) Los siniestros, dividendos, rescates, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, se clasificarán conforme a los siguientes criterios:
1. El año de origen será el año calendario en que inició la vigencia de las pólizas, incisos, certificados o recibos, según sea el caso, de los cuales provienen dichos siniestros, dividendos, rescates, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones.
2. El año de desarrollo será el número de años calendario transcurridos entre el año de origen y el año calendario en que se registró la reclamación del sinestro, dividendo, rescate, ajuste, gasto de ajuste, salvamento o recuperación.
3. En el caso de seguros de gastos médicos, en los cuales, el pago de reclamaciones que son complementarias a la reclamación inicial, está técnicamente limitado al monto de aquéllas que correspondan a gastos realizados durante el año de vigencia de la póliza o en el periodo de beneficio, en tanto que los complementos que no corresponden a los ocurridos en el señalado periodo, se consideran técnicamente cubiertos por primas que corresponden a años futuros, la clasificación de reclamaciones debe hacerse conforme a lo siguiente:
i. Los siniestros que corresponden a un determinado año de origen, serán todos aquellos gastos efectuados por servicios médicos que se brindaron dentro del periodo de vigencia de las pólizas que iniciaron vigencia en el referido año de origen. Los siniestros ocurridos en el periodo de beneficio de pólizas que no efectuaron renovación, deberán clasificarse tomando como año de origen, el último año calendario en que estuvo vigente la póliza.
ii. Las reclamaciones correspondientes a gastos médicos que aun habiéndose derivado de un evento o padecimiento iniciado en un determinado año de vigencia de la póliza, se hubiesen realizado en un año de vigencia posterior (complementos), deberán clasificarse como reclamaciones correspondientes al año de vigencia en que se hayan realizado.
iii. Considerando el año de origen determinado conforme a los criterios indicados en el numeral 1 del presente inciso, el año de desarrollo será el número de años calendario transcurridos entre el año de origen al cual quedó asignada la reclamación y el año calendario en que se registró la misma.
4. No se deberán incorporar como parte de esta estadística, las reclamaciones de seguros dotales, flexibles o de inversión.
II. La clasificación de primas, siniestros, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, para efectos de la determinación de la reserva de obligaciones pendientes de cumplir por siniestros ocurridos pero no reportados, deberá hacerse conforme a los criterios e indicaciones que se establecen en la presente fracción II y en un arreglo matricial que indique el año de origen y el año de desarrollo, conforme al siguiente formato:
a) Las primas deberán clasificarse conforme a los siguientes criterios:
1. En el caso de seguros de corto plazo o seguros multianuales de daños o de accidentes y enfermedades, deberán clasificarse por año de origen, conforme a los criterios indicados en la fracción I inciso a) del presente Anexo.
2. Tratándose de seguros de vida de largo plazo, la prima que deberá clasificarse en cada uno de los años calendario (años de origen), será la prima devengada en cada uno de esos años. Para estos efectos, se entenderá como prima devengada, el monto que se obtenga de sumar al monto de la reserva de riesgos en curso de las pólizas en vigor al inicio del año, la prima total emitida en dicho año y restar la reserva de riesgos en curso de las pólizas en vigor al cierre del año.
3. No se deberán incorporar como parte de esta estadística, las primas de seguros flexibles o de inversión.
b) Los siniestros, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones que se deberán clasificar, serán los que cumplan con lo siguiente:
1. En el caso de siniestros, se clasificarán siempre que, habiendo ocurrido en un determinado año calendario, se registren contablemente en un año calendario posterior al año en que ocurrieron. No obstante lo anterior, y únicamente con fines de control, sin que se vaya a tomar en cuenta para la valuación de la reserva, en el año de desarrollo cero, se clasificarán todas aquellas reclamaciones que se registraron en el mismo año calendario en que ocurrieron o se originaron.
2. En el caso de ajustes (a siniestros) y gastos de ajuste, se clasificarán y considerarán, para efectos de formar parte de la valuación de la reserva por siniestros ocurridos pero no reportados, aquéllos que provengan de un siniestro que fue clasificado como ocurrido pero no reportado, de acuerdo a lo indicado en el numeral 1. del inciso b) de la fracción II de presente Anexo, o bien, aquéllos que provengan de siniestros que, aun cuando no hayan sido clasificados como siniestros ocurridos pero no reportados, el ajuste o gasto de ajuste correspondiente, se haya registrado en un año calendario posterior al año de ocurrencia del
siniestro. Adicionalmente, y únicamente con fines de control, sin que se vaya a tomar en cuenta para la valuación de la reserva, en el año de desarrollo cero, se clasificarán todas aquellos ajustes (a siniestros) y gastos de ajustes que se registraron en el mismo año calendario en que ocurrieron o se originaron.
3. En el caso de recuperaciones y salvamentos, se considerarán únicamente aquéllos que se haya registrado en un año calendario posterior al año de ocurrencia del siniestro que les dio origen. Adicionalmente, y únicamente con fines de control, sin que se vaya a tomar en cuenta para la valuación de la reserva, en el año de desarrollo cero, se clasificarán todos aquellos salvamentos y recuperaciones que se registraron en el mismo año calendario en que ocurrieron o se originaron.
4. No se deberán incorporar, como parte de esta estadística, los siniestros o pagos de seguros flexibles o de inversión, así como de seguros dotales de corto plazo.
c) Los siniestros, ajustes, gastos de ajuste, salvamentos y recuperaciones, que cumplan con lo establecido en el inciso b) de la presente fracción, se clasificarán asignando como año de origen, el año calendario en que inició la vigencia de las pólizas de las cuales provienen.
Asimismo, se entenderá como año de desarrollo lo siguiente:
1. En el caso de siniestros y sus respectivos gastos de ajuste, el año de desarrollo en que deben clasificarse, será la diferencia entre el año calendario en que se registraron contablemente y el año calendario en que ocurrió la reclamación correspondiente.
2. En el caso de ajustes, el año de desarrollo en que deben clasificarse, será la diferencia entre el año calendario en que se registraron contablemente y el año calendario en que ocurrió el siniestro del cual provienen.
3. En el caso de salvamentos y recuperaciones, el año de desarrollo en que deben clasificarse, será la diferencia entre el año calendario en que se registraron contablemente y el año calendario en que ocurrió el siniestro del cual provienen.
d) En el caso de siniestros, ajustes, gastos de ajuste y recuperaciones correspondientes a los seguros de gastos médicos indicados en el numeral 3., inciso b) de la fracción I, se deberán clasificar en el año de desarrollo que le correspondan conforme a lo definido en la presente fracción II, pero tomando como año de origen de dichos siniestros, lo indicado en el referido inciso b) de la fracción I del presente Anexo.
e) En el caso de los seguros de vida de largo plazo, los siniestros deberán clasificarse entendiendo como año de origen del siniestro, el año calendario en que ocurrieron, y como año de desarrollo, el número que resulte de la diferencia entre el año calendario en que se registraron y el año calendario en que ocurrieron.
ANEXO 5.3.3-a.
EXPERIENCIA DEMOGRÁFICA DE MERCADO, PARA FINES DE LA VALUACIÓN DE LA RESERVA DE
RIESGOS EN CURSO DE SEGUROS DE VIDA O DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES CON
TEMPORALIDAD MAYOR A UN AÑO, EMPLEANDO EL MÉTODO ESTATUTARIO
Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso de seguros de vida o de accidentes y enfermedades con temporalidad mayor a un año, mediante el método estatutario, deberán utilizar las tasas que se indican a continuación, de acuerdo al tipo de seguros de que se trate:
Tabla | Tipo de seguro al que se debe aplicar |
CNSFM 2013 Experiencia demográfica de mortalidad mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte de personas que no se encuentren en estado de invalidez. |
CNSF Inv 2013 Experiencia demográfica de invalidez mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo de invalidez de personas. |
CNSF MAcc 2013 Experiencia demográfica de mortalidad accidental mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte accidental de personas que no se encuentren en estado de invalidez. |
CNSF Otros 2013 Experiencia demográfica por otros beneficios mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo por otros beneficios de personas que no se encuentren en estado de invalidez. |
Edad | CNSF M 2013 | Edad | CNSF M 2013 | Edad | CNSF M 2013 |
0 | 0.000713 | 37 | 0.001023 | 74 | 0.016988 |
1 | 0.000713 | 38 | 0.001055 | 75 | 0.019441 |
2 | 0.000713 | 39 | 0.001091 | 76 | 0.022326 |
3 | 0.000713 | 40 | 0.001130 | 77 | 0.025730 |
4 | 0.000713 | 41 | 0.001173 | 78 | 0.029755 |
5 | 0.000714 | 42 | 0.001220 | 79 | 0.034527 |
6 | 0.000714 | 43 | 0.001271 | 80 | 0.040194 |
7 | 0.000715 | 44 | 0.001327 | 81 | 0.046939 |
8 | 0.000715 | 45 | 0.001389 | 82 | 0.054976 |
9 | 0.000716 | 46 | 0.001457 | 83 | 0.064562 |
10 | 0.000717 | 47 | 0.001531 | 84 | 0.075999 |
11 | 0.000719 | 48 | 0.001614 | 85 | 0.089638 |
12 | 0.000721 | 49 | 0.001704 | 86 | 0.105880 |
13 | 0.000723 | 50 | 0.001804 | 87 | 0.125172 |
14 | 0.000725 | 51 | 0.001915 | 88 | 0.147992 |
15 | 0.000728 | 52 | 0.002038 | 89 | 0.174834 |
16 | 0.000732 | 53 | 0.002174 | 90 | 0.206162 |
17 | 0.000736 | 54 | 0.002326 | 91 | 0.242360 |
18 | 0.000740 | 55 | 0.002495 | 92 | 0.283661 |
19 | 0.000746 | 56 | 0.002683 | 93 | 0.330054 |
20 | 0.000751 | 57 | 0.002894 | 94 | 0.381211 |
21 | 0.000758 | 58 | 0.003131 | 95 | 0.436415 |
22 | 0.000765 | 59 | 0.003397 | 96 | 0.494546 |
23 | 0.000773 | 60 | 0.003696 | 97 | 0.554129 |
24 | 0.000782 | 61 | 0.004035 | 98 | 0.613465 |
25 | 0.000792 | 62 | 0.004418 | 99 | 0.670808 |
26 | 0.000803 | 63 | 0.004852 | 100 | 0.724571 |
27 | 0.000815 | 64 | 0.005347 | 101 | 0.773503 |
28 | 0.000829 | 65 | 0.005911 | 102 | 0.816788 |
29 | 0.000843 | 66 | 0.006556 | 103 | 0.854077 |
30 | 0.000859 | 67 | 0.007295 | 104 | 0.885428 |
31 | 0.000877 | 68 | 0.008146 | 105 | 0.911217 |
32 | 0.000896 | 69 | 0.009128 | 106 | 0.932021 |
33 | 0.000917 | 70 | 0.010263 | 107 | 0.948517 |
34 | 0.000940 | 71 | 0.011579 | 108 | 0.961399 |
35 | 0.000965 | 72 | 0.013111 | 109 | 0.971324 |
36 | 0.000993 | 73 | 0.014898 | 110 | 1.000000 |
Edad | CNSF Inv 2013 | Edad | CNSF Inv 2013 | Edad | CNSF Inv 2013 |
0 | 0.000000 | 37 | 0.000322 | 74 | 0.002800 |
1 | 0.000000 | 38 | 0.000356 | 75 | 0.002894 |
2 | 0.000000 | 39 | 0.000393 | 76 | 0.002990 |
3 | 0.000000 | 40 | 0.000432 | 77 | 0.003086 |
4 | 0.000000 | 41 | 0.000472 | 78 | 0.003184 |
5 | 0.000000 | 42 | 0.000515 | 79 | 0.003282 |
6 | 0.000000 | 43 | 0.000559 | 80 | 0.003382 |
7 | 0.000000 | 44 | 0.000606 | 81 | 0.003482 |
8 | 0.000000 | 45 | 0.000655 | 82 | 0.003583 |
9 | 0.000000 | 46 | 0.000705 | 83 | 0.003685 |
10 | 0.000000 | 47 | 0.000758 | 84 | 0.003788 |
11 | 0.000000 | 48 | 0.000812 | 85 | 0.003892 |
12 | 0.000001 | 49 | 0.000868 | 86 | 0.003996 |
13 | 0.000001 | 50 | 0.000926 | 87 | 0.004102 |
14 | 0.000002 | 51 | 0.000986 | 88 | 0.004208 |
15 | 0.000003 | 52 | 0.001048 | 89 | 0.004314 |
16 | 0.000005 | 53 | 0.001112 | 90 | 0.004422 |
17 | 0.000007 | 54 | 0.001177 | 91 | 0.004530 |
18 | 0.000010 | 55 | 0.001244 | 92 | 0.004638 |
19 | 0.000013 | 56 | 0.001313 | 93 | 0.004747 |
20 | 0.000018 | 57 | 0.001383 | 94 | 0.004857 |
21 | 0.000023 | 58 | 0.001455 | 95 | 0.004968 |
22 | 0.000030 | 59 | 0.001528 | 96 | 0.005079 |
23 | 0.000038 | 60 | 0.001604 | 97 | 0.005190 |
24 | 0.000047 | 61 | 0.001680 | 98 | 0.005302 |
25 | 0.000058 | 62 | 0.001758 | 99 | 0.005415 |
26 | 0.000070 | 63 | 0.001838 | 100 | 0.005528 |
27 | 0.000084 | 64 | 0.001919 | 101 | 0.005641 |
28 | 0.000099 | 65 | 0.002001 | 102 | 0.005755 |
29 | 0.000117 | 66 | 0.002085 | 103 | 0.005869 |
30 | 0.000135 | 67 | 0.002170 | 104 | 0.005984 |
31 | 0.000156 | 68 | 0.002256 | 105 | 0.006099 |
32 | 0.000179 | 69 | 0.002344 | 106 | 0.006215 |
33 | 0.000204 | 70 | 0.002433 | 107 | 0.006330 |
34 | 0.000230 | 71 | 0.002523 | 108 | 0.006447 |
35 | 0.000259 | 72 | 0.002614 | 109 | 0.006563 |
36 | 0.000289 | 73 | 0.002706 | 110 | 0.006680 |
Edad | CNSF MAcc 2013 | Edad | CNSF MAcc 2013 | Edad | CNSF MAcc 2013 |
0 | 0.002016 | 37 | 0.000505 | 74 | 0.000229 |
1 | 0.001768 | 38 | 0.000493 | 75 | 0.000225 |
2 | 0.001640 | 39 | 0.000481 | 76 | 0.000220 |
3 | 0.001541 | 40 | 0.000470 | 77 | 0.000216 |
4 | 0.001458 | 41 | 0.000459 | 78 | 0.000212 |
5 | 0.001385 | 42 | 0.000448 | 79 | 0.000208 |
6 | 0.001321 | 43 | 0.000438 | 80 | 0.000204 |
7 | 0.001264 | 44 | 0.000428 | 81 | 0.000201 |
8 | 0.001211 | 45 | 0.000418 | 82 | 0.000197 |
9 | 0.001163 | 46 | 0.000409 | 83 | 0.000193 |
10 | 0.001118 | 47 | 0.000400 | 84 | 0.000190 |
11 | 0.001077 | 48 | 0.000391 | 85 | 0.000186 |
12 | 0.001038 | 49 | 0.000382 | 86 | 0.000183 |
13 | 0.001002 | 50 | 0.000374 | 87 | 0.000180 |
14 | 0.000967 | 51 | 0.000366 | 88 | 0.000177 |
15 | 0.000935 | 52 | 0.000358 | 89 | 0.000173 |
16 | 0.000905 | 53 | 0.000351 | 90 | 0.000170 |
17 | 0.000876 | 54 | 0.000343 | 91 | 0.000167 |
18 | 0.000849 | 55 | 0.000336 | 92 | 0.000164 |
19 | 0.000823 | 56 | 0.000329 | 93 | 0.000161 |
20 | 0.000798 | 57 | 0.000322 | 94 | 0.000159 |
21 | 0.000775 | 58 | 0.000315 | 95 | 0.000156 |
22 | 0.000752 | 59 | 0.000309 | 96 | 0.000153 |
23 | 0.000731 | 60 | 0.000302 | 97 | 0.000150 |
24 | 0.000710 | 61 | 0.000296 | 98 | 0.000148 |
25 | 0.000690 | 62 | 0.000290 | 99 | 0.000145 |
26 | 0.000671 | 63 | 0.000284 | 100 | 0.000143 |
27 | 0.000653 | 64 | 0.000279 | 101 | 0.000140 |
28 | 0.000636 | 65 | 0.000273 | 102 | 0.000138 |
29 | 0.000619 | 66 | 0.000268 | 103 | 0.000136 |
30 | 0.000603 | 67 | 0.000263 | 104 | 0.000133 |
31 | 0.000587 | 68 | 0.000257 | 105 | 0.000131 |
32 | 0.000573 | 69 | 0.000252 | 106 | 0.000129 |
33 | 0.000558 | 70 | 0.000247 | 107 | 0.000127 |
34 | 0.000544 | 71 | 0.000243 | 108 | 0.000125 |
35 | 0.000531 | 72 | 0.000238 | 109 | 0.000123 |
36 | 0.000518 | 73 | 0.000233 | 110 | 0.000121 |
Edad | CNSF Otros 2013 | Edad | CNSF Otros 2013 | Edad | CNSF Otros 2013 |
0 | 0.000846 | 37 | 0.001593 | 74 | 0.007817 |
1 | 0.000847 | 38 | 0.001644 | 75 | 0.008255 |
2 | 0.000849 | 39 | 0.001697 | 76 | 0.008724 |
3 | 0.000852 | 40 | 0.001754 | 77 | 0.009224 |
4 | 0.000856 | 41 | 0.001813 | 78 | 0.009758 |
5 | 0.000861 | 42 | 0.001876 | 79 | 0.010329 |
6 | 0.000866 | 43 | 0.001942 | 80 | 0.010940 |
7 | 0.000873 | 44 | 0.002012 | 81 | 0.011593 |
8 | 0.000880 | 45 | 0.002086 | 82 | 0.012292 |
9 | 0.000888 | 46 | 0.002164 | 83 | 0.013040 |
10 | 0.000897 | 47 | 0.002247 | 84 | 0.013841 |
11 | 0.000908 | 48 | 0.002334 | 85 | 0.014699 |
12 | 0.000918 | 49 | 0.002426 | 86 | 0.015618 |
13 | 0.000930 | 50 | 0.002523 | 87 | 0.016604 |
14 | 0.000943 | 51 | 0.002626 | 88 | 0.017661 |
15 | 0.000957 | 52 | 0.002735 | 89 | 0.018794 |
16 | 0.000971 | 53 | 0.002850 | 90 | 0.020010 |
17 | 0.000987 | 54 | 0.002972 | 91 | 0.021316 |
18 | 0.001004 | 55 | 0.003101 | 92 | 0.022717 |
19 | 0.001022 | 56 | 0.003238 | 93 | 0.024222 |
20 | 0.001041 | 57 | 0.003383 | 94 | 0.025839 |
21 | 0.001061 | 58 | 0.003536 | 95 | 0.027576 |
22 | 0.001082 | 59 | 0.003699 | 96 | 0.029443 |
23 | 0.001105 | 60 | 0.003872 | 97 | 0.031450 |
24 | 0.001129 | 61 | 0.004055 | 98 | 0.033607 |
25 | 0.001154 | 62 | 0.004250 | 99 | 0.035927 |
26 | 0.001181 | 63 | 0.004456 | 100 | 0.038422 |
27 | 0.001209 | 64 | 0.004676 | 101 | 0.041105 |
28 | 0.001239 | 65 | 0.004909 | 102 | 0.043991 |
29 | 0.001270 | 66 | 0.005157 | 103 | 0.047095 |
30 | 0.001304 | 67 | 0.005421 | 104 | 0.050433 |
31 | 0.001339 | 68 | 0.005702 | 105 | 0.054024 |
32 | 0.001376 | 69 | 0.006001 | 106 | 0.057887 |
33 | 0.001415 | 70 | 0.006319 | 107 | 0.062040 |
34 | 0.001456 | 71 | 0.006659 | 108 | 0.066505 |
35 | 0.001499 | 72 | 0.007020 | 109 | 0.071304 |
36 | 0.001545 | 73 | 0.007406 | 110 | 0.076461 |
Las Instituciones de Seguros que calculen la reserva de riesgos en curso de los seguros con temporalidad mayor a un año aplicando el Método Estatutario, deberán calcular la desviación a que se refiere la fracción IX de la Disposición 5.3.3 de la presente Circular, utilizando las siguientes tasas, para efectos de la determinación del Margen de Riesgo:
Tabla | Tipo de seguro al que se debe aplicar |
CNSFM 2013 (percentiles 99.5%) Experiencia demográfica de mortalidad mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte de personas que no se encuentren en estado de invalidez. |
CNSFM 2013 (percentiles 0.05%) Experiencia demográfica de mortalidad mixta (hombre y mujeres). | Seguros de pensiones bajo esquemas privados a que se refiere la fracción I, segundo párrafo del artículo 27 de la LISF. |
CNSF Inv 2013 (percentiles 99.5%) Experiencia demográfica de invalidez mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo de invalidez de personas. |
CNSF MAcc 2013 (percentiles 99.5%) Experiencia demográfica de mortalidad accidental mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo de muerte accidental de personas que no se encuentren en estado de invalidez. |
CNSF Otros 2013 (percentiles 99.5%) Experiencia demográfica por otros beneficios mixta (hombre y mujeres). | Seguros de vida que cubran el riesgo por otros beneficios de personas que no se encuentren en estado de invalidez. |
Percentiles al 99.5% |
Edad | CNSF M 2013 | Edad | CNSF M 2013 | Edad | CNSF M 2013 |
0 | 0.001361 | 37 | 0.001948 | 74 | 0.032423 |
1 | 0.001361 | 38 | 0.002010 | 75 | 0.037094 |
2 | 0.001361 | 39 | 0.002078 | 76 | 0.042578 |
3 | 0.001361 | 40 | 0.002152 | 77 | 0.049028 |
4 | 0.001362 | 41 | 0.002234 | 78 | 0.056628 |
5 | 0.001362 | 42 | 0.002322 | 79 | 0.065591 |
6 | 0.001363 | 43 | 0.002420 | 80 | 0.076172 |
7 | 0.001364 | 44 | 0.002527 | 81 | 0.088663 |
8 | 0.001365 | 45 | 0.002644 | 82 | 0.103397 |
9 | 0.001367 | 46 | 0.002772 | 83 | 0.120751 |
10 | 0.001369 | 47 | 0.002914 | 84 | 0.141134 |
11 | 0.001372 | 48 | 0.003070 | 85 | 0.164976 |
12 | 0.001376 | 49 | 0.003242 | 86 | 0.192702 |
13 | 0.001380 | 50 | 0.003433 | 87 | 0.224701 |
14 | 0.001384 | 51 | 0.003643 | 88 | 0.261268 |
15 | 0.001390 | 52 | 0.003876 | 89 | 0.302546 |
16 | 0.001397 | 53 | 0.004135 | 90 | 0.348453 |
17 | 0.001404 | 54 | 0.004424 | 91 | 0.398614 |
18 | 0.001413 | 55 | 0.004745 | 92 | 0.452314 |
19 | 0.001423 | 56 | 0.005104 | 93 | 0.508495 |
20 | 0.001434 | 57 | 0.005506 | 94 | 0.565805 |
21 | 0.001446 | 58 | 0.005957 | 95 | 0.622709 |
22 | 0.001460 | 59 | 0.006463 | 96 | 0.677647 |
23 | 0.001475 | 60 | 0.007034 | 97 | 0.729202 |
24 | 0.001492 | 61 | 0.007680 | 98 | 0.776248 |
25 | 0.001511 | 62 | 0.008410 | 99 | 0.818038 |
26 | 0.001532 | 63 | 0.009239 | 100 | 0.854232 |
27 | 0.001555 | 64 | 0.010183 | 101 | 0.884855 |
28 | 0.001580 | 65 | 0.011260 | 102 | 0.910220 |
29 | 0.001608 | 66 | 0.012493 | 103 | 0.930831 |
30 | 0.001638 | 67 | 0.013907 | 104 | 0.947296 |
31 | 0.001672 | 68 | 0.015534 | 105 | 0.960249 |
32 | 0.001708 | 69 | 0.017410 | 106 | 0.970302 |
33 | 0.001748 | 70 | 0.019580 | 107 | 0.978010 |
34 | 0.001792 | 71 | 0.022097 | 108 | 0.983853 |
35 | 0.001839 | 72 | 0.025023 | 109 | 0.988239 |
36 | 0.001891 | 73 | 0.028435 | 110 | 1.000000 |
Percentiles al 0.05% |
Edad | CNSF M 2013 | Edad | CNSF M 2013 | Edad | CNSF M 2013 |
0 | 0.000374 | 37 | 0.000536 | 74 | 0.008834 |
1 | 0.000374 | 38 | 0.000554 | 75 | 0.010101 |
2 | 0.000374 | 39 | 0.000573 | 76 | 0.011591 |
3 | 0.000374 | 40 | 0.000593 | 77 | 0.013348 |
4 | 0.000374 | 41 | 0.000616 | 78 | 0.015427 |
5 | 0.000374 | 42 | 0.000640 | 79 | 0.017893 |
6 | 0.000374 | 43 | 0.000667 | 80 | 0.020827 |
7 | 0.000374 | 44 | 0.000697 | 81 | 0.024326 |
8 | 0.000375 | 45 | 0.000729 | 82 | 0.028509 |
9 | 0.000375 | 46 | 0.000765 | 83 | 0.033522 |
10 | 0.000376 | 47 | 0.000804 | 84 | 0.039541 |
11 | 0.000377 | 48 | 0.000847 | 85 | 0.046777 |
12 | 0.000378 | 49 | 0.000895 | 86 | 0.055488 |
13 | 0.000379 | 50 | 0.000948 | 87 | 0.065977 |
14 | 0.000380 | 51 | 0.001006 | 88 | 0.078603 |
15 | 0.000382 | 52 | 0.001070 | 89 | 0.093784 |
16 | 0.000383 | 53 | 0.001142 | 90 | 0.111989 |
17 | 0.000385 | 54 | 0.001221 | 91 | 0.133737 |
18 | 0.000388 | 55 | 0.001310 | 92 | 0.159572 |
19 | 0.000391 | 56 | 0.001409 | 93 | 0.190024 |
20 | 0.000394 | 57 | 0.001519 | 94 | 0.225558 |
21 | 0.000397 | 58 | 0.001643 | 95 | 0.266491 |
22 | 0.000401 | 59 | 0.001783 | 96 | 0.312898 |
23 | 0.000405 | 60 | 0.001939 | 97 | 0.364513 |
24 | 0.000410 | 61 | 0.002116 | 98 | 0.420647 |
25 | 0.000415 | 62 | 0.002316 | 99 | 0.480156 |
26 | 0.000421 | 63 | 0.002543 | 100 | 0.541486 |
27 | 0.000427 | 64 | 0.002801 | 101 | 0.602805 |
28 | 0.000434 | 65 | 0.003095 | 102 | 0.662211 |
29 | 0.000442 | 66 | 0.003430 | 103 | 0.717960 |
30 | 0.000451 | 67 | 0.003815 | 104 | 0.768673 |
31 | 0.000460 | 68 | 0.004257 | 105 | 0.813455 |
32 | 0.000470 | 69 | 0.004766 | 106 | 0.851926 |
33 | 0.000481 | 70 | 0.005355 | 107 | 0.884155 |
34 | 0.000493 | 71 | 0.006037 | 108 | 0.910558 |
35 | 0.000506 | 72 | 0.006830 | 109 | 0.931764 |
36 | 0.000521 | 73 | 0.007754 | 110 | 1.000000 |
Percentiles al 99.5% |
Edad | CNSF Inv 2013 | Edad | CNSF Inv 2013 | Edad | CNSF Inv 2013 |
0 | 0.000000 | 37 | 0.001492 | 74 | 0.013081 |
1 | 0.000000 | 38 | 0.001651 | 75 | 0.013527 |
2 | 0.000000 | 39 | 0.001820 | 76 | 0.013979 |
3 | 0.000000 | 40 | 0.001998 | 77 | 0.014435 |
4 | 0.000000 | 41 | 0.002186 | 78 | 0.014895 |
5 | 0.000000 | 42 | 0.002383 | 79 | 0.015361 |
6 | 0.000000 | 43 | 0.002589 | 80 | 0.015831 |
7 | 0.000000 | 44 | 0.002805 | 81 | 0.016305 |
8 | 0.000000 | 45 | 0.003030 | 82 | 0.016784 |
9 | 0.000000 | 46 | 0.003264 | 83 | 0.017267 |
10 | 0.000001 | 47 | 0.003507 | 84 | 0.017754 |
11 | 0.000002 | 48 | 0.003760 | 85 | 0.018244 |
12 | 0.000003 | 49 | 0.004021 | 86 | 0.018739 |
13 | 0.000006 | 50 | 0.004291 | 87 | 0.019237 |
14 | 0.000010 | 51 | 0.004570 | 88 | 0.019738 |
15 | 0.000016 | 52 | 0.004858 | 89 | 0.020243 |
16 | 0.000024 | 53 | 0.005154 | 90 | 0.020751 |
17 | 0.000035 | 54 | 0.005459 | 91 | 0.021263 |
18 | 0.000048 | 55 | 0.005772 | 92 | 0.021777 |
19 | 0.000066 | 56 | 0.006092 | 93 | 0.022294 |
20 | 0.000088 | 57 | 0.006421 | 94 | 0.022815 |
21 | 0.000114 | 58 | 0.006758 | 95 | 0.023337 |
22 | 0.000146 | 59 | 0.007102 | 96 | 0.023863 |
23 | 0.000183 | 60 | 0.007454 | 97 | 0.024391 |
24 | 0.000226 | 61 | 0.007813 | 98 | 0.024921 |
25 | 0.000276 | 62 | 0.008179 | 99 | 0.025454 |
26 | 0.000332 | 63 | 0.008553 | 100 | 0.025989 |
27 | 0.000396 | 64 | 0.008933 | 101 | 0.026526 |
28 | 0.000468 | 65 | 0.009320 | 102 | 0.027065 |
29 | 0.000547 | 66 | 0.009714 | 103 | 0.027606 |
30 | 0.000634 | 67 | 0.010114 | 104 | 0.028149 |
31 | 0.000730 | 68 | 0.010520 | 105 | 0.028694 |
32 | 0.000835 | 69 | 0.010933 | 106 | 0.029241 |
33 | 0.000948 | 70 | 0.011351 | 107 | 0.029789 |
34 | 0.001070 | 71 | 0.011775 | 108 | 0.030338 |
35 | 0.001202 | 72 | 0.012205 | 109 | 0.030890 |
36 | 0.001342 | 73 | 0.012641 | 110 | 0.031442 |
Percentiles al 99.5% |
Edad | CNSF MAcc 2013 | Edad | CNSF MAcc 2013 | Edad | CNSF MAcc 2013 |
0 | 0.005979 | 37 | 0.001395 | 74 | 0.000640 |
1 | 0.005184 | 38 | 0.001361 | 75 | 0.000628 |
2 | 0.004780 | 39 | 0.001328 | 76 | 0.000617 |
3 | 0.004469 | 40 | 0.001297 | 77 | 0.000606 |
4 | 0.004210 | 41 | 0.001266 | 78 | 0.000595 |
5 | 0.003987 | 42 | 0.001237 | 79 | 0.000584 |
6 | 0.003790 | 43 | 0.001208 | 80 | 0.000574 |
7 | 0.003614 | 44 | 0.001181 | 81 | 0.000564 |
8 | 0.003454 | 45 | 0.001154 | 82 | 0.000554 |
9 | 0.003308 | 46 | 0.001128 | 83 | 0.000544 |
10 | 0.003174 | 47 | 0.001103 | 84 | 0.000535 |
11 | 0.003049 | 48 | 0.001079 | 85 | 0.000526 |
12 | 0.002934 | 49 | 0.001055 | 86 | 0.000517 |
13 | 0.002826 | 50 | 0.001033 | 87 | 0.000508 |
14 | 0.002725 | 51 | 0.001010 | 88 | 0.000499 |
15 | 0.002630 | 52 | 0.000989 | 89 | 0.000491 |
16 | 0.002540 | 53 | 0.000968 | 90 | 0.000483 |
17 | 0.002456 | 54 | 0.000948 | 91 | 0.000475 |
18 | 0.002376 | 55 | 0.000928 | 92 | 0.000467 |
19 | 0.002301 | 56 | 0.000909 | 93 | 0.000459 |
20 | 0.002229 | 57 | 0.000890 | 94 | 0.000451 |
21 | 0.002161 | 58 | 0.000872 | 95 | 0.000444 |
22 | 0.002096 | 59 | 0.000855 | 96 | 0.000437 |
23 | 0.002034 | 60 | 0.000838 | 97 | 0.000430 |
24 | 0.001974 | 61 | 0.000821 | 98 | 0.000423 |
25 | 0.001918 | 62 | 0.000805 | 99 | 0.000416 |
26 | 0.001864 | 63 | 0.000789 | 100 | 0.000409 |
27 | 0.001812 | 64 | 0.000774 | 101 | 0.000403 |
28 | 0.001763 | 65 | 0.000759 | 102 | 0.000396 |
29 | 0.001715 | 66 | 0.000744 | 103 | 0.000390 |
30 | 0.001669 | 67 | 0.000730 | 104 | 0.000384 |
31 | 0.001626 | 68 | 0.000716 | 105 | 0.000378 |
32 | 0.001583 | 69 | 0.000702 | 106 | 0.000372 |
33 | 0.001543 | 70 | 0.000689 | 107 | 0.000366 |
34 | 0.001504 | 71 | 0.000676 | 108 | 0.000361 |
35 | 0.001466 | 72 | 0.000664 | 109 | 0.000355 |
36 | 0.001430 | 73 | 0.000652 | 110 | 0.000350 |
Percentiles al 99.5% |
Edad | CNSF Otros 2013 | Edad | CNSF Otros 2013 | Edad | CNSF Otros 2013 |
0 | 0.001743 | 37 | 0.003254 | 74 | 0.016048 |
1 | 0.001745 | 38 | 0.003357 | 75 | 0.016960 |
2 | 0.001748 | 39 | 0.003465 | 76 | 0.017935 |
3 | 0.001754 | 40 | 0.003580 | 77 | 0.018977 |
4 | 0.001762 | 41 | 0.003700 | 78 | 0.020092 |
5 | 0.001772 | 42 | 0.003828 | 79 | 0.021284 |
6 | 0.001783 | 43 | 0.003963 | 80 | 0.022560 |
7 | 0.001796 | 44 | 0.004105 | 81 | 0.023927 |
8 | 0.001811 | 45 | 0.004255 | 82 | 0.025390 |
9 | 0.001828 | 46 | 0.004413 | 83 | 0.026958 |
10 | 0.001847 | 47 | 0.004581 | 84 | 0.028639 |
11 | 0.001867 | 48 | 0.004758 | 85 | 0.030440 |
12 | 0.001889 | 49 | 0.004945 | 86 | 0.032372 |
13 | 0.001913 | 50 | 0.005143 | 87 | 0.034445 |
14 | 0.001939 | 51 | 0.005353 | 88 | 0.036668 |
15 | 0.001966 | 52 | 0.005575 | 89 | 0.039054 |
16 | 0.001996 | 53 | 0.005810 | 90 | 0.041615 |
17 | 0.002028 | 54 | 0.006058 | 91 | 0.044365 |
18 | 0.002062 | 55 | 0.006322 | 92 | 0.047317 |
19 | 0.002098 | 56 | 0.006601 | 93 | 0.050486 |
20 | 0.002136 | 57 | 0.006898 | 94 | 0.053890 |
21 | 0.002177 | 58 | 0.007212 | 95 | 0.057546 |
22 | 0.002220 | 59 | 0.007545 | 96 | 0.061472 |
23 | 0.002266 | 60 | 0.007899 | 97 | 0.065687 |
24 | 0.002315 | 61 | 0.008275 | 98 | 0.070213 |
25 | 0.002366 | 62 | 0.008675 | 99 | 0.075073 |
26 | 0.002420 | 63 | 0.009099 | 100 | 0.080288 |
27 | 0.002477 | 64 | 0.009551 | 101 | 0.085883 |
28 | 0.002537 | 65 | 0.010031 | 102 | 0.091885 |
29 | 0.002601 | 66 | 0.010542 | 103 | 0.098320 |
30 | 0.002668 | 67 | 0.011087 | 104 | 0.105216 |
31 | 0.002739 | 68 | 0.011666 | 105 | 0.112601 |
32 | 0.002814 | 69 | 0.012284 | 106 | 0.120504 |
33 | 0.002893 | 70 | 0.012942 | 107 | 0.128956 |
34 | 0.002976 | 71 | 0.013645 | 108 | 0.137986 |
35 | 0.003064 | 72 | 0.014394 | 109 | 0.147624 |
36 | 0.003156 | 73 | 0.015194 | 110 | 0.157899 |
ANEXO 5.3.3-b.
EXPERIENCIA DE CADUCIDAD DE MERCADO, PARA FINES DE LA VALUACIÓN DE LA RESERVA DE
RIESGOS EN CURSO DE SEGUROS DE VIDA O DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES CON
TEMPORALIDAD MAYOR A UN AÑO, EMPLEANDO EL MÉTODO ESTATUTARIO
Las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, para efectos de la valuación de la reserva de riesgos en curso de seguros de vida o de accidentes y enfermedades con temporalidad mayor a un año, mediante el método estatutario, deberán utilizar las tasas de caducidad, de acuerdo al tipo de seguros de que se trate, que se indican a continuación:
· Tasas de caducidad para seguros de vida
Seguros vitalicios |
Año de vigencia | Nacional | Dólar | Indexada |
1 | 32.85% | 24.20% | 26.66% |
2 | 21.75% | 14.63% | 17.85% |
3 | 17.09% | 10.90% | 14.11% |
4 | 14.40% | 8.85% | 11.95% |
5 | 12.61% | 7.52% | 10.50% |
6 | 11.31% | 6.59% | 9.45% |
7 | 10.32% | 5.89% | 8.64% |
8 | 9.53% | 5.35% | 8.00% |
9 | 8.89% | 4.91% | 7.47% |
10 | 8.35% | 4.55% | 7.03% |
11 | 7.89% | 4.24% | 6.65% |
12 | 7.49% | 3.98% | 6.32% |
13 | 7.14% | 3.76% | 6.04% |
14 | 6.83% | 3.56% | 5.78% |
15 | 6.56% | 3.39% | 5.56% |
16 | 6.31% | 3.23% | 5.35% |
17 | 6.09% | 3.09% | 5.17% |
18 | 5.88% | 2.97% | 5.00% |
19 o más | 5.70% | 2.85% | 4.85% |
(Continúa en la Tercera Sección)
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