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DOF: 02/07/2015
ADDENDUM al Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de Calidad, Programa Escuelas de Tiempo Co

ADDENDUM al Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de Calidad, Programa Escuelas de Tiempo Completo, Programa Nacional de Becas y Programa Escuela Segura, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Morelos.

ADDENDUM AL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS: PROGRAMA PARA LA INCLUSIÓN Y LA EQUIDAD EDUCATIVA, PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EN EDUCACIÓN BÁSICA, PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD, PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO, PROGRAMA NACIONAL DE BECAS Y PROGRAMA ESCUELA SEGURA, EN LO SUCESIVO LOS PROGRAMAS; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL ING. ALBERTO CURI NAIME, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL CIUDADANO GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL CIUDADANO MATÍAS QUIROZ MEDINA, POR LA SECRETARIA DE HACIENDA, CIUDADANA ADRIANA FLORES GARZA, POR LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CIUDADANA BEATRIZ RAMÍREZ VELÁZQUEZ, Y POR EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA DEL ESTADO DE MORELOS, CIUDADANO CELERINO FERNANDO PACHECO GODÍNEZ, A QUIENES EN ADELANTE DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- Con fecha 31 de marzo de 2015, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los PROGRAMAS, en lo sucesivo el CONVENIO MARCO, mediante el cual establecieron las bases de coordinación para llevar a cabo, entre otros, la operación de los programas: "Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa" y "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica", en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS", en la entidad, de conformidad con las Reglas de Operación y con la finalidad de realizar las acciones correspondientes que permitan el cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron creados y documentarlas.
II.- De conformidad con lo establecido por el artículo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 y con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, "LOS PROGRAMAS", se encuentran sujetos a Reglas de Operación, en lo sucesivo las "Reglas de Operación", publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 27 y 28 de diciembre de 2014.
III.- El tercer párrafo de la cláusula CUARTA del CONVENIO MARCO, establece que en caso de que "LA SEP" aporte a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" recursos adicionales para alguno de los PROGRAMAS, conforme lo establezcan las "Reglas de Operación", dichas aportaciones se formalizarían mediante la suscripción de una adenda, en la cual "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obligará a destinar y ejercer dichos recursos exclusivamente para el desarrollo y operación de los PROGRAMAS respectivos, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes.
IV.- Las "Reglas de Operación" de "LOS PROGRAMAS", establecen como objetivo específico, impulsar un esquema de financiamiento para que las Autoridades Educativas Locales, desarrollen proyectos Locales para el Fortalecimiento de la Calidad Educativa.
V.- Como anexo de las "Reglas de Operación" de "LOS PROGRAMAS", se publicó la "Guía para la Elaboración de los Proyectos Locales para la Inclusión y la Equidad Educativa", así como la "Guía para la Elaboración de los Proyectos Locales para el Fortalecimiento de la Calidad en la Educación Básica". Con las cuales "EL GOBIERNO DEL ESTADO" presentó su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica.
DECLARACIONES
I.- "LA SEP" declara que:
I.1.- De conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- El Ing. Alberto Curi Naime, Subsecretario de Educación Básica, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 399 por el que delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el día 26 de abril de 2007.
I.3.- Cuenta con los recursos necesarios para la celebración del presente addendum en el presupuesto autorizado a la Subsecretaría de Educación Básica en el ejercicio fiscal de 2015, con cargo a las claves
presupuestarias siguientes:
Programa
Clave Presupuestaria
1. Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa.
11 313 2015 2 5 01 0 016 S244 43801 1 1 17 00000000000
2. Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica.
11 312 2015 2 5 01 0 016 S246 43801 1 1 17 00000000000
 
I.4.- Para los efectos del presente addendum señala como su domicilio el ubicado en la calle de Argentina 28, Primer Piso, Oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.- El Estado de Morelos, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.
II.2.- El Ciudadano Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Morelos, se encuentra facultado y comparece a la celebración del presente addendum, de conformidad con lo establecido por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, así como 9 y 18, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos.
De conformidad con los artículos 57 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, el cargo de Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, fue asumido a partir del 1 de Octubre de 2012.
II.3.- El Ciudadano Matías Quiroz Medina, fue nombrado por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, titular de la Secretaría de Gobierno del Estado de Morelos, misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente addendum en términos del artículo 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; en relación con los artículos 2, 11 párrafo primero fracción I, 13 fracción VI, y 21 fracciones XII y XIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 5 y 6 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.- La Ciudadana Adriana Flores Garza, fue nombrada por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, titular de la Secretaría de Hacienda del Estado de Morelos, misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultada para suscribir el presente addendum en términos de lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 2, 11 párrafo primero fracción II, 13 fracción VI, 22 fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 9 y 10 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.- La Ciudadana Beatriz Ramírez Velázquez, fue nombrada por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, titular de la Secretaría de Educación del Estado de Morelos, misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultada para suscribir el presente addendum en términos de lo dispuesto en el artículo 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 2, 11 párrafo primero fracción X, 13 fracción VI y 29 fracciones I, III, XVIII y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 7 y 8 fracciones VI y XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.
II.6.- El Ciudadano Celerino Fernando Pacheco Godínez, en su carácter de Director General del Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos, suscribe el presente addendum de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 3 fracción IV, 46, 47, 50, 55, 56, 61, 62 y 66 fracciones I y XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos; 1, 2, 10 fracciones I y XI del Decreto que Crea el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos; 20, 21, y 22 fracciones III, IX y X del Estatuto Orgánico del Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos, 6a. Época, número 5270, de fecha 11 de marzo de 2015.
II.7.- Es su interés suscribir y dar cabal cumplimiento al objeto del presente addendum, con el fin de continuar participando en el desarrollo y operación de "LOS PROGRAMAS" ajustándose a lo establecido por sus "Reglas de Operación" vigentes, cuyo contenido conoce.
II.8.- Cuenta con los recursos humanos, materiales y financieros para dar cumplimiento en el ejercicio fiscal 2015, a los compromisos que adquiere mediante el presente addendum.
II.9.- Le resulta de alta prioridad continuar teniendo una participación activa en el desarrollo de "LOS PROGRAMAS", ya que promueven el mejoramiento de la calidad educativa en los planteles de educación
preescolar, primaria y secundaria en la entidad.
II.10.- Aprovechando la experiencia adquirida en el desarrollo de "LOS PROGRAMAS", tiene interés en colaborar con "LA SEP", para que dentro de un marco de coordinación, se optimice la operación y desarrollo de los mismos.
II.11.- Para los efectos del presente addendum señala como su domicilio el ubicado en Casa Morelos, Plaza de Armas "General Emiliano Zapata Salazar", Colonia Centro, en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, Código Postal 62000.
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", "LAS PARTES" suscriben el presente addendum de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto: Es objeto del presente addendum, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", aportará recursos públicos federales adicionales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por la cantidad de $6,480,000.00 (Seis Millones Cuatrocientos Ochenta Mil Pesos 00/100 M.N.), para que los destine y ejerza exclusivamente a la operación y desarrollo del "Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa" y del "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes.
SEGUNDA.- Distribución de los Recursos: "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este instrumento, realizará la distribución de los recursos, con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2015, de acuerdo a lo siguiente:
A).- Para el Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa "LA SEP" aportará la cantidad de $1,480,000.00 (Un Millón Cuatrocientos Ochenta Mil Pesos 00/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la destine y ejerza a desarrollar el proyecto autorizado en su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica denominado "Fortalecimiento a la profesionalización de los docentes de la educación indígena para garantizar el logro de aprendizajes, la retención, la reinserción y el egreso oportuno, enfatizando la lengua y la cultura", y
B).- Para el Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica "LA SEP" aportará la cantidad de $5,000,000.00 (Cinco Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la destine y ejerza a desarrollar el proyecto autorizado en su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica denominado "La práctica científica vinculada al pensamiento lógico matemático en secundaria general".
TERCERA.- Destino de los Recursos: "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se obliga a destinar y ejercer los recursos señalados en la cláusula SEGUNDA para la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes y en el CONVENIO MARCO.
CUARTA.- Cumplimiento: "LAS PARTES" acuerdan que, el presente addendum se regirá por todas y cada una de las declaraciones, cláusulas y anexos del CONVENIO MARCO así como por lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes, referente a los recursos financieros adicionales.
QUINTA.- Vigencia: El presente addendum surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2015. Podrá ser concluida con antelación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de "LAS PARTES" con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la otra parte; pero en tal supuesto las partes tomarán las medidas necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco del presente addendum, se desarrollen hasta su total conclusión.
SEXTA.- Interpretación: "LAS PARTES" acuerdan que el presente addendum, no implica novación de ninguna especie, por lo que, salvo lo pactado en este instrumento, subsisten todas las demás obligaciones estipuladas en el CONVENIO MARCO.
SÉPTIMA.- Jurisdicción y Competencia: "LAS PARTES" aceptan y reconocen que cualquier controversia en cuanto a la aplicación, interpretación y cumplimiento del presente addendum, la resolverán de conformidad al CONVENIO MARCO.
Leído que fue el presente addendum por las partes y enteradas de su contenido y alcances legales, la firman en cada una de sus hojas en cuatro tantos en la Ciudad de México, el 8 de mayo de 2015.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Básica, Alberto Curi Naime.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional, Graco Luis Ramírez Garrido Abreu.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Matías Quiroz Medina.- Rúbrica.- La Secretaria de Hacienda, Adriana Flores Garza.- Rúbrica.- La Secretaria de Educación, Beatriz Ramírez Velázquez.- Rúbrica.- El Director General del Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos, Celerino Fernando Pacheco Godínez.- Rúbrica.
 

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