EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Evangélica Pentecostés sólo Cristo Salva, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos.- Dirección General de Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ LA C. MIRNA VELÁSQUEZ MARTÍNEZ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTES SOLO CRISTO SALVA.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTES SOLO CRISTO SALVA, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asociaciones Religiosas, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle 19 número 1303, esquina avenida 12, colonia Las Flores, ciudad y municipo de Córdoba, Estado de Veracruz, código postal 94620.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble bajo contrato de comodato denominado Iglesia Evangelica Pentecostes Solo Cristo Salva, ubicado en calle 19 número 1303, esquina avenida 12, colonia Las Flores, ciudad y municipo de Córdoba, Estado de Veracruz, código postal 94620.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Realizar actos de culto público, confesar a Dios y servirle entre los hombres, cumpliendo los preceptos y orientaciones contenidos en las Sagradas Escrituras".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Mirna Velásquez Martínez y Saúl Velásquez Martínez.
VI.- Relación de asociados: Fidencio Velázquez Rosas, Brigida Elisa Martínez Vásquez, Saúl Velásquez Martínez, Christian Sánchez Noriega, Mirna Velásquez Martínez, Esther Elisa Velázquez Martínez, Abram Esteban Velázquez Martínez, Dorotea Romero Cortés, Judith Yuridia Velázquez Martínez, Alberto Velázquez Martínez, María Alejandra Ojeda Orduña, Carmen Ilia Velásquez Martínez y Elizabeth Pérez Vega.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección y Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Mesa Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: Mirna Velásquez Martínez, Presidente; Saúl Velásquez Martínez, Vicepresidente; Judith Yuridia Velázquez Mártinez, Secretaria; Esther Elisa Velázquez Martínez, Tesorera; Abram Esteban Velázquez Martínez, Vocal; y Christian Sánchez Noriega, Vocal.
IX.- Ministros de culto: Fidencio Velázquez Rosas, Brigida Elisa Martínez Vásquez, Saúl Velásquez Martínez, Christian Sánchez Noriega, Mirna Velásquez Martínez, Esther Elisa Velázquez Martínez, Abram Esteban Velázquez Martínez, Dorotea Romero Cortés, Judith Yuridia Velázquez Mártinez, Alberto Velázquez Martínez, María Alejandra Ojeda Orduña, Carmen Ilia Velásquez Martínez y Elizabeth Pérez Vega.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentécostes.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los quince días del mes de junio de dos mil quince.- El Director General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación, Arturo Manuel Díaz León.- Rúbrica.