alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 29/07/2015
ADDENDUM al Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de Calidad, Programa Escuelas de Tiempo Co

ADDENDUM al Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los programas: Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa, Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica, Programa Escuelas de Calidad, Programa Escuelas de Tiempo Completo, Programa Nacional de Becas y Programa Escuela Segura, que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Estado de Sonora.

ADDENDUM AL CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS: PROGRAMA PARA LA INCLUSIÓN Y LA EQUIDAD EDUCATIVA, PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA CALIDAD EN EDUCACIÓN BÁSICA, PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD, PROGRAMA ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO, PROGRAMA NACIONAL DE BECAS Y PROGRAMA ESCUELA SEGURA, EN LO SUCESIVO LOS PROGRAMAS; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL ING. ALBERTO CURI NAIME, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN LO SUCESIVO "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL LIC. GUILLERMO PADRÉS ELÍAS; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, C. PRICILIANO MELÉNDREZ BARRIOS; POR EL SECRETARIO DE HACIENDA, LIC. CARLOS MANUEL VILLALOBOS ORGANISTA; POR EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, MTRO. JORGE LUIS IBARRA MENDÍVIL Y POR EL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN BÁSICA, PROFR. GERARDO GAYTÁN FOX, A QUIENES EN ADELANTE DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
I.- Con fecha 27 de febrero de 2015, "LAS PARTES" suscribieron el Convenio Marco de Coordinación para el desarrollo de los PROGRAMAS, en lo sucesivo el CONVENIO MARCO, mediante el cual establecieron las bases de coordinación para llevar a cabo, entre otros, la operación de los programas: "Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa" y "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica", en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS", en la entidad, de conformidad con las Reglas de Operación y con la finalidad de realizar las acciones correspondientes que permitan el cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron creados y documentarlas.
II.- De conformidad con lo establecido por el artículo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015 y con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, "LOS PROGRAMAS", se encuentran sujetos a Reglas de Operación, en lo sucesivo las "Reglas de Operación", publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 27 y 28 de diciembre de 2014.
III.- El tercer párrafo de la cláusula CUARTA del CONVENIO MARCO, establece que en caso de que "LA SEP" aporte a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" recursos adicionales para alguno de los PROGRAMAS, conforme lo establezcan las "Reglas de Operación", dichas aportaciones se formalizarían mediante la suscripción de una adenda, en la cual "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se obligará a destinar y ejercer dichos recursos exclusivamente para el desarrollo y operación de los PROGRAMAS respectivos, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes.
IV.- Las "Reglas de Operación" de "LOS PROGRAMAS", establecen como objetivo específico, impulsar un esquema de financiamiento para que las Autoridades Educativas Locales, desarrollen proyectos Locales para el Fortalecimiento de la Calidad Educativa.
V.- Como anexo de las "Reglas de Operación" de "LOS PROGRAMAS", se publicó la "Guía para la Elaboración de los Proyectos Locales para la Inclusión y la Equidad Educativa", así como la "Guía para la Elaboración de los Proyectos Locales para el Fortalecimiento de la Calidad en la Educación Básica". Con las cuales "EL GOBIERNO DEL ESTADO" presentó su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica.
DECLARACIONES
I.- "LA SEP" declara que:
I.1.- De conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
 
I.2.- El Ing. Alberto Curi Naime, Subsecretario de Educación Básica, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 399 por el que delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el día 26 de abril de 2007.
I.3.- Cuenta con los recursos necesarios para la celebración del presente addendum en el presupuesto autorizado a la Subsecretaría de Educación Básica en el ejercicio fiscal de 2015, con cargo a las claves presupuestarias siguientes:
Programa
Clave Presupuestaria
1. Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa.
11 313 2015 2 5 01 0 016 S244 43801 1 1 26 00000000000
2. Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica.
11 312 2015 2 5 01 0 016 S246 43801 1 1 26 00000000000
 
I.4.- Para los efectos del presente addendum señala como su domicilio el ubicado en la calle de Argentina 28, Primer Piso, Oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.- El Estado de Sonora, es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o. de la Constitución Política del Estado de Sonora.
II.2.- El Lic. Guillermo Padrés Elías en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Sonora, se encuentra facultado y comparece a la celebración del presente addendum, de conformidad con lo establecido por los artículos 68, 79 fracción XVI y 82 de la Constitución Política del Estado de Sonora y artículos 9 y 22 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
II.3.- El C. Priciliano Meléndrez Barrios en su carácter de Secretario de Gobierno, suscribe el presente instrumento, de conformidad con el artículo 82 de la Constitución Política del Estado de Sonora.
II.4.- El Lic. Carlos Manuel Villalobos Organista en su carácter de Secretario de Hacienda, suscribe el presente addendum de conformidad a lo dispuesto en el artículo 24, Apartado A), fracción X, Apartado B) fracciones V y VII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
II.5.- El Mtro. Jorge Luis Ibarra Mendívil, en su carácter de Secretario de Educación y Cultura, suscribe el presente addendum de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 Apartado C) fracción I Apartado D), fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.
II.6.- El Profr. Gerardo Gaytán Fox en su carácter de Subsecretario de Educación y Cultura, suscribe el presente addendum de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 9 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación y Cultura
II.7.- Es su interés suscribir y dar cabal cumplimiento al objeto del presente addendum, con el fin de continuar participando en el desarrollo y operación de "LOS PROGRAMAS" ajustándose a lo establecido por sus "Reglas de Operación" vigentes, cuyo contenido conoce.
II.8.- Cuenta con los recursos humanos, materiales y financieros para dar cumplimiento en el ejercicio fiscal 2015, a los compromisos que adquiere mediante el presente addendum.
II.9.- Le resulta de alta prioridad continuar teniendo una participación activa en el desarrollo de "LOS PROGRAMAS", ya que promueven el mejoramiento de la calidad educativa en los planteles de educación preescolar, primaria y secundaria en la entidad.
II.10.- Aprovechando la experiencia adquirida en el desarrollo de "LOS PROGRAMAS", tiene interés en colaborar con "LA SEP", para que dentro de un marco de coordinación, se optimice la operación y desarrollo de los mismos.
 
II.11.- Para los efectos del presente addendum señala como su domicilio el ubicado en palacio de Gobierno en la calle Dr. Paliza y Comonfort, Colonia Centenario, Código Postal 83260, en la Ciudad de Hermosillo, Estado de Sonora.
En cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", "LAS PARTES" suscriben el presente addendum de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto: Es objeto del presente addendum, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", aportará recursos públicos federales adicionales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por la cantidad de $10,762,800.00 (Diez Millones Setecientos Sesenta y Dos Mil Ochocientos Pesos 00/100 M.N.), para que los destine y ejerza exclusivamente a la operación y desarrollo del "Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa" y del "Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes.
SEGUNDA.- Distribución de los Recursos: "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este instrumento, realizará la distribución de los recursos, con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2015, de acuerdo a lo siguiente:
A).- Para el Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa "LA SEP" aportará la cantidad de $2,160,000.00 (Dos Millones Ciento Sesenta Mil Pesos 00/100 M.N.), y $2,602,800.00 (Dos Millones Seiscientos Dos Mil Ochocientos Pesos 00/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la destine y ejerza a desarrollar los proyectos autorizados en su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica denominados "Ambientes escolares para la Inclusión y la Equidad" y "Contextualización Curricular Multigrado" respectivamente, y
B).- Para el Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Educación Básica "LA SEP" aportará la cantidad de $3,000,000.00 (Tres Millones de Pesos 00/100 M.N.), y $3,000,000.00 (Tres Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la destine y ejerza a desarrollar los proyectos autorizados en su Estrategia Local para el Desarrollo de la Educación Básica denominados "Con Calidad, una Educación de Éxito (modalidad Telesecundaria)" y "Comunidades de aprendizaje para el fortalecimiento de la calidad educativa en educación Preescolar", respectivamente.
TERCERA.- Destino de los Recursos: "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se obliga a destinar y ejercer los recursos señalados en la cláusula SEGUNDA para la operación y desarrollo de "LOS PROGRAMAS", de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes y en el CONVENIO MARCO.
CUARTA.- Cumplimiento: "LAS PARTES" acuerdan que, el presente addendum se regirá por todas y cada una de las declaraciones, cláusulas y anexos del CONVENIO MARCO así como por lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes, referente a los recursos financieros adicionales.
QUINTA.- Vigencia: El presente addendum surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2015. Podrá ser concluida con antelación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de "LAS PARTES" con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la otra parte; pero en tal supuesto las partes tomarán las medidas necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco del presente addendum, se desarrollen hasta su total conclusión.
SEXTA.- Interpretación: "LAS PARTES" acuerdan que el presente addendum, no implica novación de ninguna especie, por lo que, salvo lo pactado en este instrumento, subsisten todas las demás obligaciones estipuladas en el CONVENIO MARCO.
SÉPTIMA.- Jurisdicción y Competencia: "LAS PARTES" aceptan y reconocen que cualquier controversia en cuanto a la aplicación, interpretación y cumplimiento del presente addendum, la resolverán de conformidad al CONVENIO MARCO.
Leído que fue el presente addendum por las partes y enteradas de su contenido y alcances legales, la firman en cada una de sus hojas en cuatro tantos en la Ciudad de México, el 8 de mayo de 2015.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Básica, Alberto Curi Naime.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador, Guillermo Padrés Elías.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Priciliano Meléndrez Barrios.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Carlos Manuel Villalobos Organista.- Rúbrica.- El Secretario de Educación y Cultura, Jorge Luis Ibarra Mendívil.- Rúbrica.- El Subsecretario de Educación Básica, Gerardo
Gaytán Fox.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 22/04/2024

DOLAR
17.2120

UDIS
8.128491

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

TIIE DE FONDEO
11.00%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024