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DOF: 28/08/2015
ACUERDO por el cual se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de

ACUERDO por el cual se dan a conocer los formatos de los trámites a cargo del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, que se indican.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

ENRIQUE MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 2, 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 69-M y 69-O de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, Letra D, fracciones III y VII, 5 y 44 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012.
CONSIDERANDO
Que el Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, establece que las estrategias transversales se aplicarán normativamente a través de programas especiales; y, por ello, el 30 de agosto de 2013, se publicó en dicho medio de difusión oficial, el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, el cual incorpora, entre otros, el objetivo de "Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento";
Que en el marco del objetivo antes referido, se incorporaron como líneas de acción de la Estrategia Digital Nacional las de "Desarrollar una oferta de trámites y servicios de calidad mediante un Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado (CNTSE)" y "Digitalizar los trámites y servicios del CNTSE e incorporarlos al portal www.gob.mx de la Ventanilla Única Nacional", las cuales serán implementadas por las dependencias, entidades e instancias administrativas encargadas de la coordinación de la política en esa materia, y que serán de observancia obligatoria para la Administración Pública Federal, a través de los programas respectivos;
Que el 3 de febrero de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se establece la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno", con el objeto de establecer la Ventanilla Única Nacional para los Trámites e Información del Gobierno, como el punto de contacto digital a través del portal de internet www.gob.mx, el cual propiciará la interoperabilidad con los sistemas electrónicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de las empresas productivas del Estado;
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo tercero del Decreto citado en el párrafo anterior, la Ventanilla Única Nacional tendrá, entre otros objetivos, los siguientes: proveer información actualizada sobre el estado de la gestión administrativa de los trámites contenidos en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios, en los casos en que éstos se realicen en forma electrónica, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; facilitar, agilizar y optimizar la gestión administrativa de los trámites que realizan las personas interesadas ante las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado, y proporcionar información respecto de los trámites, de manera homologada, estandarizada e integrada;
Que para lograr lo anterior, en términos del artículo séptimo del Decreto referido, las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado, deberán facilitar de manera permanente el acceso, consulta y
transferencia de información para lograr la interconexión e interoperabilidad de sus sistemas de trámites electrónicos con la Ventanilla Única Nacional, para aquellos trámites que se gestionen en forma electrónica conforme a las disposiciones jurídicas aplicables; adecuar sus canales de atención para llevar a cabo los trámites en forma estandarizada y homologada, y migrar gradualmente la información de sus sitios de internet a la Ventanilla Única Nacional;
Que la disposición décima segunda de las "Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2015, establece que los formatos y formularios para la solicitud y/o realización de los trámites, deberán estandarizarse, y
Que de conformidad con lo señalado por el artículo 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los instructivos, manuales y formatos que expidan las dependencias de la Administración Pública Federal, deberán publicarse previamente a su aplicación, en el Diario Oficial de la Federación, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS FORMATOS DE LOS TRÁMITES A CARGO DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Y DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE ACUACULTURA Y PESCA, ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL,
PESCA Y ALIMENTACIÓN, QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los formatos oficiales de los trámites a cargo del Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Que a continuación se indican, los cuales se incluyen como Anexos del presente Acuerdo:
I.     Trámites del Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria:
 
No.
Homoclave - Trámite
Formato
1
SENASICA-06-001 SOLICITUD PARA OBTENER LA APROBACIÓN COMO ÓRGANO DE COADYUVANCIA.
FORMATO DE SOLICITUD PARA PERSONAS FÍSICAS INTERESADAS EN OBTENER LA AUTORIZACIÓN COMO TERCERO ESPECIALISTA
2
SENASICA-01-060-B AVISO DE MOVILIZACIÓN PARA MERCANCÍA AVÍCOLA EN MATERIA DE INFLUENZA AVIAR NOTIFICABLE.
AVISO DE MOVILIZACIÓN PARA MERCANCÍA AVÍCOLA EN MATERIA DE INFLUENZA AVIAR NOTIFICABLE.
3
SENASICA-03-012-A SOLICITUD PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO FITOSANITARIO PARA IMPORTACIÓN.
SOLICITUD PARA OBTENER EL CERTIFICADO PARA IMPORTACIÓN DE MERCANCÍA REGULADA EN MATERIA AGRÍCOLA, PECUARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA
4
SENASICA-03-012-B SOLICITUD PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA IMPORTACIÓN.
5
SENASICA-03-012-C SOLICITUD PARA LA EXPEDICIÓN DEL CERTIFICADO DE SANIDAD ACUÍCOLA PARA IMPORTACIÓN.
6
SENASICA-05-001-A SOLICITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO FITOSANITARIO PARA EXPORTACIÓN.
SOLICITUD PARA OBTENER EL CERTIFICADO PARA EXPORTACIÓN DE MERCANCÍA REGULADA EN MATERIA AGRÍCOLA, PECUARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA
7
SENASICA-05-001-B SOLICITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO ZOOSANITARIO PARA EXPORTACIÓN.
8
SENASICA-05-001-C SOLICITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE SANIDAD ACUÍCOLA PARA EXPORTACIÓN
II.    Trámites de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca:
 
No.
Homoclave - Trámite
Formato
1
CONAPESCA-01-018 AUTORIZACIÓN PARA LA SUSTITUCIÓN DE TITULARES DE CONCESIÓN O PERMISO
SOLICITUD PARA PERMISO DE PESCA COMERCIAL
2
CONAPESCA-01-007 AUTORIZACIÓN PARA PESCAR EN ALTA MAR O EN AGUAS DE JURISDICCIÓN EXTRANJERA CON EMBARCACIONES DE MATRICULA Y BANDERA MEXICANAS.
3
CONAPESCA-01-003 PERMISO DE PESCA COMERCIAL
4
CONAPESCA-01-023-A Aviso de Arribo A. DE EMBARCACIONES MAYORES DE 10 TONELADAS DE REGISTRO BRUTO
AVISO DE ARRIBO DE EMBARCACIONES MAYORES DE 10 TONELADAS DE REGISTRO BRUTO
5
CONAPESCA-01-023-B Aviso de Arribo B. DE EMBARCACIONES MENORES DE 10 TONELADAS DE REGISTRO BRUTO
AVISO DE ARRIBO DE EMBARCACIONES MENORES DE 10 TONELADAS DE REGISTRO BRUTO
6
CONAPESCA-01-025 AVISO DE COSECHA
AVISO DE COSECHA
7
CONAPESCA-01-026 AVISO DE PRODUCCIÓN
AVISO DE PRODUCCIÓN
8
CONAPESCA-01-028 PERMISO PARA ACUACULTURA DE FOMENTO.
SOLICITUD DE PERMISO PARA LA ACUACULTURA DE FOMENTO.
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- Los formatos podrán reproducirse libremente en cualquier medio, siempre y cuando no se altere su contenido y en su caso, la impresión de los mismos se deberá hacer en hojas blancas tamaño carta. Los interesados podrán consultar los formatos a través de medios electrónicos.
ARTÍCULO TERCERO.- Cualquier duda o solicitud de información respecto del presente Acuerdo, favor de dirigirse a las siguientes Unidades Administrativas:
Para el caso de los formatos del Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad Agroalimentaria:
Dirección de Normalización y Verificación.
Teléfono: 3871-1000, Extensión: 54829.
Para el caso de los formatos de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca:
Subdirección de Política y Acuerdos Internacionales.
Teléfono: 3871-1000, Extensión: 58419 y 58450.
ARTÍCULO CUARTO.- Los Órganos Administrativos Desconcentrados a las que se refiere el artículo anterior deberán tener públicamente a disposición de quienes los soliciten, los formatos a los que se refiere el presente Acuerdo, ya sea en forma impresa o a través de medios electrónicos.
 
ARTÍCULO QUINTO.- El personal de atención al público de los Órganos Administrativos Desconcentrados a las que se refiere este Acuerdo, deberán proporcionar la orientación e información necesaria para la realización de los citados trámites.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Los formatos a que se refiere el presente Acuerdo, deberán utilizarse a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO.- Las homoclaves de los formatos a que se refiere el presente Acuerdo podrán modificarse lo que en su oportunidad se hará del conocimiento público a través de medios electrónicos.
México, Distrito Federal, a 24 de agosto de 2015.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Enrique Martínez y Martínez.- Rúbrica.
 






































 

 
 
 

 

 

 

 

 
 
 

 


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