DOF: 27/11/2015
ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica el diverso por el que se expiden las bases de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural par

ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica el diverso por el que se expiden las bases de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural para la Zona Geográfica de Morelia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

ACUERDO Núm. A/051/2015
ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE EXPIDEN LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL LIC-GAS-021-2012, QUE TIENE POR OBJETO EL OTORGAMIENTO DE UN PRIMER PERMISO DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL PARA LA ZONA GEOGRÁFICA DE MORELIA
RESULTANDO
Primero. Que, mediante la Resolución RES/294/2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de septiembre de 2012, esta Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión) determinó los municipios de Lázaro Cárdenas, Morelia, Pátzcuaro y Uruapan en el Estado de Michoacán, como zona geográfica para fines de distribución de gas natural denominándola Zona Geográfica de Morelia (la Zona Geográfica).
Segundo. Que esta Comisión, mediante el Acuerdo A/151/2012 del 20 de diciembre de 2012, convocó a todos los interesados a participar en la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, que tendrá por objeto el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural para la Zona Geográfica (la Licitación).
Tercero. Que, el 16 de enero de 2013, esta Comisión publicó en el DOF la Convocatoria a que hace referencia el Resultando inmediato anterior.
Cuarto. Que esta Comisión, mediante el Acuerdo A/071/2013 del 1 de agosto de 2013, expidió las Bases de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural para la Zona Geográfica (las Bases de Licitación).
Quinto. Que los adquirentes de las Bases de Licitación (los Adquirentes) fueron los siguientes:
1.     EPM Capital México, S. A. de C. V.;
2.     Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V.;
3.     GDF Suez Consultores, S. A. de C. V.;
4.     Promigas, S. A. E. S. P., y
5.     Sempra Management, S. de R. L. de C. V.
Sexto. Que esta Comisión, mediante el Acuerdo A/049/2015 de fecha 7 de octubre de 2015, modificó las disposiciones 2.24 y 2.31 de las Bases de Licitación, relativas al calendario y a la presentación de preguntas y consultas.
CONSIDERANDO
Primero. Que, de conformidad con el artículo Tercero transitorio de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME), la normatividad y regulación emitida por esta Comisión con anterioridad a su entrada en vigor, que no se oponga a lo dispuesto en ésta, continuará vigente, sin perjuicio de que pueda ser adecuada, modificada o sustituida en términos de las disposiciones de la misma y las demás aplicables.
Segundo. Que, el artículo Tercero Transitorio de la Ley de Hidrocarburos (LH) establece que, en tanto se emite nueva regulación o se modifica la regulación correspondiente, la normatividad y regulación emitidas por esta Comisión con anterioridad a su entrada en vigor continuarán vigentes, sin perjuicio de que puedan ser adecuadas, modificadas o sustituidas en términos de las disposiciones de la propia LH y las demás disposiciones aplicables.
Tercero. Que, el Transitorio Tercero del Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento) establece que esta Comisión, en su caso, podrán aplicar las disposiciones jurídicas en materia de otorgamiento y regulación de permisos, incluyendo las disposiciones administrativas de carácter general y demás disposiciones emitidas por la Secretaría de Energía y esta Comisión que se encuentren vigentes, en lo que no se opongan a la LH ni al Reglamento de la LH, hasta en tanto se expiden las disposiciones administrativas de carácter general y demás ordenamientos correspondientes.
Cuarto. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 41, fracción I, en relación con el artículo 22, fracción X, ambos de la LORCME, esta Comisión tiene por objeto regular y promover el desarrollo eficiente de, entre otras actividades, la distribución de gas natural, para lo cual cuenta con la atribución para otorgar permisos de distribución de gas natural.
Quinto. Que, el procedimiento de Licitación inició con base en lo dispuesto en el Reglamento de Gas
Natural que fue abrogado con la entrada en vigor del Reglamento, sin embargo, para efectos de su conclusión el mismo continúa vigente de acuerdo con el Artículo Quinto Transitorio, párrafo segundo de la LH.
Sexto. Que, de conformidad con los artículos 26 y 28 del hoy abrogado Reglamento de Gas Natural, los permisos de distribución deben ser otorgados para una zona geográfica determinada, y el primer permiso de distribución de gas natural para una zona geográfica debe ser otorgado mediante licitación pública.
Séptimo. Que esta Comisión pretende instrumentar un mecanismo de Licitación que facilite a los Adquirentes la presentación de sus Ofertas Técnicas y Económicas y permita a esta Comisión llevar a cabo los Actos de presentación y apertura de dichas ofertas, así como su evaluación, de manera más sencilla, ágil y transparente, por lo que se estima necesario hacer modificaciones a las Bases de la Licitación con el propósito de efectuar las adecuaciones correspondientes.
Octavo. Que, de acuerdo con la disposición 2.27 de las Bases de la Licitación cualquier modificación a las mismas debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación cuando menos con veinte días hábiles de anticipación a la fecha señalada en estas Bases para el acto de presentación y apertura de Ofertas Técnicas.
Noveno. Que, toda vez que el acto de presentación y apertura de Ofertas Técnicas está programado para el día 4 de diciembre de 2015, esta Comisión se encuentra en posibilidad de modificar las Bases de la Licitación en los términos del Anexo Único del presente Acuerdo.
Décimo. Que, mediante oficio COFEME/15/3582, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria informó sobre la procedencia de la exención de presentación de la Manifestación de Impacto Regulatorio relativa al presente Acuerdo.
Undécimo. Que en respuesta al oficio SE/CGGN/8415/2015 mediante el cual esta Comisión sometió a consideración de la Comisión Federal de Competencia Económica (la Cofece) el proyecto de modificación a las bases de la Licitación se recibió el oficio No. ST-CFCE-2015-286, mediante el cual la Cofece informó que el 15 de octubre de 2015 el Pleno de esa Comisión se dio por enterado de las modificaciones referidas.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 5, 22, fracciones I, II, III, IV, VIII, X, XXIV, XXVI y XXVII, 27, 41, fracción I, 42 y Transitorio Tercero de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, fracción III, 5, segundo párrafo, 48, fracción II, 81, fracciones I, inciso c), V y VI, 95, 131 y Transitorios Tercero y Quinto, párrafo segundo de la Ley de Hidrocarburos; 2, 16, fracciones VII y IX, 35, fracción I y 38, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 5, fracción III, 6, 7, 35, 38, 39, 40 y Transitorio Tercero del Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos; 1, 2, 3, 6, fracción I, 10, 11, 13, 16, fracciones I y III y 59, fracción I del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, y 7, 14, 26, 28, 38, 40, 41 y 61, del hoy abrogado Reglamento de Gas Natural, esta Comisión emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se modifican las Bases de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural para la Zona Geográfica de Morelia, en los términos del Anexo Único mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo y se tiene por aquí reproducido como si a la letra se insertase.
Segundo. Notifíquese el presente Acuerdo a la Comisión Federal de Competencia Económica, a Pemex Gas y Petroquímica Básica y al Centro Nacional de Control de Gas Natural, así como a los adquirentes de las Bases de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-021-2012, que tiene por objeto el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural para la Zona Geográfica de Morelia: EPM Capital México, S. A. de C.V.; Gas Natural del Noroeste, S.A. de C.V.; GDF Suez Consultores, S.A. de C.V.; Promigas, S.A.E.S.P., y Sempra Management, S. de R.L. de C.V.
Tercero. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
Cuarto. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Quinto. Inscríbase el presente Acuerdo con el Núm. A/051/2015 en el registro al que se refieren los artículos 22, fracción XXVI y 25, fracción X, de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y 59, fracción I del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía.
México, Distrito Federal, a 22 de octubre de 2015.- El Presidente, Francisco J. Salazar Diez de Sollano.- Rúbrica.- Los Comisionados: Marcelino Madrigal Martínez, Cecilia Montserrat Ramiro Ximénez, Noé Navarrete González, Jesús Serrano Landeros, Guillermo Zúñiga Martínez.- Rúbricas.
(R.- 423138)
 
 

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