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DOF: 27/11/2015
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Morelos

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Morelos.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO A PUEBLOS MÁGICOS Y DESTINOS PRIORITARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL MAESTRO ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, CON LA INTERVENCIÓN DEL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO, CONTADOR PÚBLICO CARLOS MANUEL JOAQUÍN GONZÁLEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE DESTINOS MAESTRO JOSÉ ÁNGEL DÍAZ REBOLLEDO; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. GRACO LUIS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MORELOS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, C. MATÍAS QUIROZ MEDINA, LA SECRETARIA DE HACIENDA, C. ADRIANA FLORES GARZA, EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA, C. JOSÉ ENRIQUE FÉLIX IÑESTA Y MONMANY, LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS, C. PATRICIA IZQUIERDO MEDINA, Y LA SECRETARIA DE TURISMO, LIC. MÓNICA PATRICIA REYES FUCHS; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.
II.     Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 27 de febrero de 2015, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2015 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".
III.    En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "U-002 Programa de Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios", sería por un importe de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de Proyecto
Localidad o
Destino
Turístico
Prioritario
Nombre del Proyecto
Subsidio autorizado
1
Infraestructura y
servicios
Tepoztlán
2a. Etapa de la imagen urbana de
Tepoztlán, Pueblo Mágico, calle 5 de
Mayo.
$200,000.00
Importe total del subsidio otorgado:     
$200,000.00
 
 
        Asimismo, las características, responsables, objetivos y metas establecidas para cada uno de los proyectos que se refieren en el cuadro que antecede, así como los calendarios de ejecución y ministración de cada uno de ellos, incluyendo las aportaciones de recursos a cargo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", se prevén en forma detallada en los Anexos del presente Convenio, identificados con los números 1 y 2, respectivamente, conforme a los cuales se vigilarán los avances y ejecución de dichos proyectos, así como la aplicación de los subsidios otorgados en relación con el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos respecto del proyecto de que se trate.
IV.     En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.), de los cuales la SECTUR destinará una cantidad de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.).
V.      Que con fecha 1 de junio de 2015, mediante oficio No. ST/418/2015, emitido por la Lic. Mónica Patricia Reyes Fuchs, Secretaria de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" solicitó al Mtro. José Ángel Díaz Rebolledo, Director General de la Dirección General de Gestión de Destinos de "LA SECTUR", realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO.
VI.     El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.
VII.    La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, deberá ser requerido por escrito a más tardar el 21 de agosto del 2015 y formalizado el 18 de septiembre del mismo año de conformidad a lo establecido en los Lineamientos del Programa Pueblos y Destinos Prioritarios.
VIII.   Con fecha 26 de agosto de 2015, fue autorizada por la Dirección General de Gestión de Destinos la modificación del proyecto, por medio de la cual en el Anexo 1 del Convenio se realicen los siguientes ajustes:
·       Solicita cambiar el Anexo 1 del Convenio modificando el proyecto y la cantidad otorgada al proyecto "Segunda etapa de la imagen urbana de Tepoztlán, Pueblo Mágico, calle 5 de Mayo" por "Segunda etapa de la imagen urbana de Tepoztlán" con un costo total de $12'624,450.32 (Doce millones seiscientos veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta pesos 32/100).
·      Incorporar el proyecto "Rehabilitación de imagen urbana y pavimentación de la calle Cuauhtémoc y Niños Héroes en Tlayacapan, Pueblo Mágico", con un costo total de $5'100,000.00 (Cinco millones cien mil pesos 00/100 M.N.).
DECLARACIONES
I. De "LA SECTUR":
I.1   Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, con excepción de la Declaración I.3.; Con fundamento en la fracción II del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 27 de agosto de 2015, fue nombrado
como Titular de la Secretaría de Turismo al Mtro. Enrique de la Madrid Cordero.
II. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
II.1  Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.
III. Comunes de "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
III.1 Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y adicionan las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:
III.3 "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes V y VIII del presente Convenio Modificatorio.
III.4 "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente VIII del presente Convenio Modificatorio.
III.5 La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación a los proyectos contenidos en los Anexos 1 y 2, la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar el CONVENIO, las Cláusulas SEGUNDA y TERCERA; así como los Anexos 1 y 2, por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Las partes convienen en modificar del CONVENIO relacionado en el Antecedente II de este instrumento y la Cláusula Segunda; para que su texto íntegro quede de la siguiente manera:
SEGUNDA.- MONTO DE LOS SUBSIDIOS AUTORIZADOS.- El Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" y con cargo al presupuesto de ésta, ha determinado otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", por concepto de subsidios y dentro del programa presupuestario "U-002 Programa de Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios", un importe de $17,724,450.32 (Diecisiete millones setecientos veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta pesos 32/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de
Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio
autorizado
1
Infraestructura y
servicios
2a. Etapa de la imagen urbana de Tepoztlán
$12'624,450.32
2
Infraestructura y
servicios
Rehabilitación de imagen urbana y pavimentación de la calle Cuauhtémoc y Niños Héroes en Tlayacapan Pueblo Mágico"
$5'100,000.00
Importe total de los subsidios otorgados:
$17,724,450.32
 
Las características, responsables, objetivos y metas establecidas para cada uno de los proyectos que se refieren en el cuadro que antecede, así como los calendarios de ejecución y ministración de cada uno de ellos, incluyendo las aportaciones de recursos a cargo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", se prevén en forma detallada en los Anexos del presente Convenio, identificados con los números 1 y 2, respectivamente, conforme a los cuales se vigilarán los avances y ejecución de dichos proyectos, así como la aplicación de los subsidios otorgados en relación con
el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos respecto del proyecto de que se trate.
"LA SECTUR" se abstendrá de otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", los importes antes referidos en una sola exhibición, para ajustarse a los porcentajes, plazos y calendarios establecidos en cada proyecto de desarrollo turístico, señalados en los Anexos 1 y 2.
TERCERA.- MONTO TOTAL COMPROMETIDO.- Los recursos públicos destinados para los proyectos objeto del presente convenio alcanzan un monto total de $17'724,450.32 (Diecisiete millones setecientos veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta pesos 32/100 M.N.).
A la firma del presente Convenio "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y "LA SECTUR" deberán de comprometer el gasto por las cantidades establecidas en el presente instrumento jurídico, en términos del artículo 4, fracción XIV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por lo tanto, el presente fungirá como documentación justificativa del compromiso de tales recursos y a la vez acreditará la suficiencia presupuestaria con que cuenta "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para iniciar los procedimientos de contratación necesarios para la ejecución de los proyectos que se refieren en la Cláusula SEGUNDA; en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y sus reglamentos, según corresponda.
CUARTA.- RADICACIÓN DE RECURSOS.- La radicación de recursos públicos se realizará conforme a los porcentajes, calendarios de ejecución y el cumplimiento de los objetivos y metas convenidas, los cuales se precisan en los Anexos 1 y 2 de este Convenio.
SEGUNDA.- Los Anexos 1 y 2, que se mencionan en las cláusulas modificadas en los términos de la cláusula anterior de este instrumento, se modifican de la misma manera y se agregan al presente Convenio Modificatorio como parte integrante de él.
TERCERA.- Las partes acuerdan que a excepción de lo que expresamente se establece en este Convenio Modificatorio, el cual pasará a formar parte integrante del CONVENIO, las Cláusulas que no fueron modificadas continuarán vigentes en los términos y condiciones estipulados en el CONVENIO, por lo que éstas regirán y se aplicarán con toda su fuerza, subsistiendo plenamente todas las demás obligaciones y derechos contenidos en el mismo, salvo las modificaciones pactadas en este instrumento.
CUARTA.- Cualquier duda que surgiese por la interpretación de este instrumento o sobre los asuntos que no estén expresamente previstos en el mismo, las partes se sujetarán en todo momento a lo establecido en el CONVENIO.
QUINTA.- Este Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico a Pueblos Mágicos y Destinos Prioritarios PROMÁGICO, celebrado el 27 de febrero de 2015, lo firman por cuadruplicado de conformidad y para constancia, el día 28 de agosto de 2015.- Por el Ejecutivo Federal, la SECTUR: el Titular de la Secretaría de Turismo, Enrique de la Madrid Cordero.- Rúbrica.- El Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, Carlos Manuel Joaquín González.- Rúbrica.- El Director General de Gestión de Destinos, José Ángel Díaz Rebolledo.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos: el Gobernador Constitucional del Estado, Graco Luis Ramírez Garrido Abreu.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Matías Quiroz Medina.- Rúbrica.- La Secretaria de Hacienda, Adriana Flores Garza.- Rúbrica.- El
Secretario de la Contraloría, José Enrique Félix Iñesta y Monmany.- Rúbrica.- La Secretaria de Obras Públicas, Patricia Izquierdo Medina.- Rúbrica.- La Secretaria de Turismo, Mónica Patricia Reyes Fuchs.- Rúbrica.
 

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