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DOF: 08/02/2016 |
DECLARATORIA por la que se establece que el inmueble denominado "Centro Comunitario de Salud Mental Iztapalapa", con superficie de 1,024 DECLARATORIA por la que se establece que el inmueble denominado "Centro Comunitario de Salud Mental Iztapalapa", con superficie de 1,024.338 metros cuadrados, ubicado en Av. Guerra de Reforma No. 40-B, Mz. 129, Colonia Leyes de Reforma, 3a. Sección, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, forma parte del Patrimonio de la Federación, con destino a la Secretaría de Salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. DECLARATORIA POR LA QUE SE ESTABLECE QUE EL INMUEBLE DENOMINADO "CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL IZTAPALAPA", CON SUPERFICIE DE 1,024.338 m ², UBICADO EN AV. GUERRA DE REFORMA No.40-B, MZ. 129, COLONIA LEYES DE REFORMA, 3a. SECCIÓN, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, DISTRITO FEDERAL, FORMA PARTE DEL PATRIMONIO DE LA FEDERACIÓN, CON DESTINO A LA SECRETARÍA DE SALUD. LUIS FERNANDO MORALES NUÑEZ, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 17, 26 y 37 fracciones XX, XXII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Artículo Segundo Transitorio del Decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 02 de enero del 2013; 1, 2 fracción VII y VIII, 28 fracción IV, 32, 42 fracción III, 43, 48, 55, 99 y 101 fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; 3 inciso B y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y 1, 3, 11 fracción XI, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y disposición 118-6 fracción II del Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado el 16 de julio de 2010, reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2012, y CONSIDERANDO Que el inmueble con superficie de 1,024.338 m ², denominado "Centro Comunitario de Salud Mental Iztapalapa", ubicado en Av. Guerra de Reforma No. 40-B, Mz. 129, Colonia Leyes de Reforma, 3 ª Sección, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, se encuentra bajo la posesión, control y administración a título de dueño del Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Salud, Dependencia del Ejecutivo Federal, ocupándolo desde hace 21 años, hecho que se hace constar mediante oficio No. SAP/DA/3154/08, emitido por La Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales y Hospitales de Alta Especialidad Servicios de Atención Psiquiatrica, oficio de fecha 04 de agosto de 2008. Que la Secretaría de Salud, desde antes del tiempo referido y hasta el día de hoy, ha tenido la custodia, vigilancia y uso del inmueble denominado "Centro Comunitario de Salud Mental Iztapalapa", como se desprende en los antecedentes jurídicos administrativos del inmueble que obran en el expediente a cargo de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal. Que el inmueble materia del presente ordenamiento tiene una superficie de 1,024.338 m ², cuyas medidas y colindancias se consignan en el plano topográfico número 1/1, elaborado a escala 1:100, de fecha noviembre de 2010, aprobado y registrado por la entonces Dirección de Registro Público y Catastro de la Propiedad Federal, actualmente Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, bajo el número DRPCPF-3613-2011-T, de fecha 26 de abril de 2011. Que el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, mediante oficio: RPPC/DARyC/336/2013, de fecha 05 de febrero de 2013, informó que habiendo realizado una búsqueda en los a través de los medios electrónicos, libros, índice de calles y planos, no se encontró registrado el inmueble solicitado a nombre de persona alguna. Que habiéndose cumplido con los requisitos legales, integrando el expediente administrativo correspondiente, se dio inicio al procedimiento administrativo de Declaratoria previsto en el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales, realizándose las siguientes diligencias: Se realizó la publicación del aviso de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 55 fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales, en el periódico "El Universal", México Distrito Federal, en la sección C4 Metrópoli, el 02 de diciembre del 2015. Se notificó el día 02 de diciembre de 2015, en forma personal a través de los oficios DGAPIF/DIDI/1253/2015 y DGAPIF/DIDI/1254/2015 a la C. Adriana Suárez Martínez y en observancia del artículo 55 fracción II de la Ley General de Bienes Nacionales. El expediente administrativo debidamente integrado, quedó a disposición de los interesados en la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Que en virtud de haber transcurrido los plazos que señala el artículo 55 en sus fracciones I y II de la Ley General de Bienes Nacionales, dentro de los cuales no se presentó oposición de parte legítimamente interesada; es procedente emitir la siguiente: DECLARATORIA PRIMERO.- Se declara que el inmueble con superficie de 1,024.338 m ², denominado "Centro Comunitario de Salud Mental Iztapalapa", ubicado en Av. Guerra de Reforma No. 40-B, Mz. 129, Colonia Leyes de Reforma, 3a. Sección, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, forma parte del Patrimonio de la Federación, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales, con destino a la Secretaría de Salud. SEGUNDO.- La presente Declaratoria constituye el título de propiedad del inmueble a favor del Gobierno Federal. TERCERO.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación. CUARTO.- Inscríbase en el Registro Público de la Propiedad que corresponde a la ubicación del inmueble objeto de esta Declaratoria y en el Registro Público de la Propiedad Federal. TRANSITORIO ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, a los 19 días del mes de enero de dos mil dieciséis.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Luis Fernando Morales Núñez.- Rúbrica.
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