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DOF: 10/02/2016
CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para presentar proyectos de Fortalecimiento de la Igualdad y Equidad de Género (IG), dentro del Programa de Coinversión Soc

CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para presentar proyectos de Fortalecimiento de la Igualdad y Equidad de Género (IG), dentro del Programa de Coinversión Social.

CONVOCATORIA DIRIGIDA A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC) E INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN PARA PRESENTAR PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO DE LA IGUALDAD Y EQUIDAD DE GÉNERO (IG), DENTRO DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL.
La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 41 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.3, 3.4, 3.5.1, 3.5.2.1 y 4.2.1, de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente el Artículo 1o. Constitucional, que establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará), el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas (Protocolo de Palermo), la Convención de los Derechos del Niño, la Cuarta Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre la Mujer en Beijing y los Objetivos de Desarrollo Sustentable.
Que con fundamento en la legislación nacional, como la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley de Planeación, Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley General de Desarrollo Social, Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, Ley General de Víctimas, Ley General de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional de la Cruzada contra el Hambre y demás instrumentos jurídicos nacionales e internacionales aplicables, que desde diversos ámbitos buscan contribuir a la eliminación de las desigualdades de género.
Que de acuerdo con datos estadísticos del Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres (PROIGUALDAD 2013-2018), en México el 46.1% de las mujeres de 15 años y más ha vivido algún incidente de violencia por parte de su pareja; un 20.6% de las mujeres declaró haber sufrido violencia laboral; más de un 4% refirió hostigamiento sexual. Asimismo, refiere que, uno de los obstáculos que más enfrentan las mujeres para lograr su autonomía económica es el trabajo no remunerado que realizan en sus hogares (tareas domésticas y cuidados de infantes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y enfermos/as). El PROIGUALDAD 2013-2018, también indica que en el ámbito educativo todavía existen desigualdades, en virtud de que de acuerdo con datos censales se identifica como los grupos con mayores rezagos educativos a mujeres adultas mayores y mujeres indígenas, que presentan tasas de analfabetismo de 28.7 y 35.1%; asimismo, un problema grave es la escasa participación de las mujeres en la toma de decisiones ya que su presencia en los poderes de los tres órdenes de gobierno no alcanzan ni un 24%. Que el 76.7% del trabajo doméstico y de cuidados lo realizan las mujeres, y que particularmente, el trabajo de cuidado implica tanto la promoción de la autonomía personal como la atención y asistencia a las personas que presentan algún grado de dependencia, entendiendo que la persona dependiente requiere de la atención sanitaria prestada en su domicilio por personas de la familia o de su entorno, que no reciben remuneración por ello y cuya ayuda no es organizada por institución pública o privada alguna, denominándose también cuidados familiares. Las mujeres, al asumir por roles de género un perfil de cuidadora informal, deben hacer frente a diversas situaciones cuyo costo emocional afecta tanto a su persona como a la relación que ésta mantiene con la persona atendida y el resto de su entorno personal, sentimental, familiar y social, lo cual se agrava a medida que se hace más compleja y continua la atención.
Que es necesario impulsar acciones para el ejercicio real de los derechos sexuales, ya que de acuerdo con la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENAPEA), el embarazo en adolescentes está asociado a niveles de mortalidad materna más elevados que en mujeres de mayor edad, y a una alta prevalencia de aborto en condiciones inseguras. El embarazo puede truncar la educación de las y los adolescentes, la de ellas con mayor frecuencia: De acuerdo con cifras del 2010, 17.7% de las mujeres
menores de 18 años y 30.7% de las menores de 15 años que se embarazaron, dejaron de ir a la escuela después del embarazo. La mayor parte de las madres adolescentes no tiene empleo ni ingreso independiente al momento de tener a sus hijos e hijas. De las adolescentes de 15 a 19 años que tuvieron un hijo/hija en 2011, 8.3% tenían una actividad laboral remunerada. En cuanto a las adolescentes de 10 a 14 años que tuvieron un hijo/hija, tienen mayor probabilidad de estar trabajando en una etapa en la que deberían estar en la escuela.
Que la discriminación hacia las mujeres perdura en el tiempo y se acentúa en relación a su condición, ya que según datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI), en México, existen 5 millones 739 mil 270 personas con alguna discapacidad, las mujeres representan el 51.1 por ciento, más de la mitad. Según la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (ENADIS), el 37 por ciento de las y los entrevistados indicó que sólo en parte se respetan los derechos de las mujeres con discapacidad, y 35 por ciento dijo que nunca se acatan estos derechos.
En lo que concierne a mujeres lesbianas, bisexuales, gays, transgénero, travestis, transexuales e intersexuales (LGBTI) la ENADIS refiere que el 43.7% de las mujeres y hombres encuestados NO estaría dispuesto a permitir que en su casa viviera un homosexual y un 44.1% no lo estaría tampoco a que viviera una lesbiana.
Que la persistencia de la violencia, la desigualdad y la discriminación por motivos de género, impactan en las relaciones familiares, comunitarias, laborales y sociales, con efectos multiplicadores, entre los que se identifican: la transmisión intergeneracional de la violencia, de situaciones de pobreza, de la erosión del capital social y una menor participación en el proceso democrático, haciendo que más de la mitad de la población en México viva desigualdades en el ejercicio de sus derechos humanos: sociales, económicos, políticos, culturales y sexuales.
Que de acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), la igualdad sustantiva y el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres tienen como condición la autonomía de las mujeres en la vida privada y pública y para ello se requiere impulsar su capacidad para generar ingresos propios y controlar los activos (autonomía económica), su participación plena en la toma de decisiones que afectan su vida y colectividad (autonomía en la toma de decisiones) y control sobre el propio cuerpo (autonomía física). Por lo cual y conforme lo mandatan el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (que tiene como eje transversal la perspectiva de género) y el PROIGUALDAD 2013-2018, en todas las políticas y programas de gobierno se deberán realizar acciones dirigidas a reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres.
Que el 25 de septiembre de 2015 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, aprobó un conjunto de objetivos globales para erradicar la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible plantean la consecución de un conjunto de metas vinculadas con la adopción de una nueva agenda de desarrollo, cimentada en la colaboración entre distintos actores sociales y políticos, aprovechar el impulso generado por los Objetivos de Desarrollo del Milenio y continuar con un ambicioso programa de desarrollo para después de 2015.
Que plantean, entre otros, los siguientes objetivos: lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas.
Que el objetivo general del Programa de Coinversión Social (PCS), es contribuir a fortalecer la participación social para impulsar el desarrollo comunitario mediante el fortalecimiento y vinculación de los Actores Sociales, por lo que con base en las anteriores consideraciones se emite la siguiente:
CONVOCATORIA
FORTALECIMIENTO DE LA IGUALDAD Y EQUIDAD DE GÉNERO (IG)
Dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para la presentación de proyectos de acuerdo con los siguientes términos:
I. Objetivos
General
Promover desde una perspectiva de género y de derechos humanos, el desarrollo económico, social, cultural, ambiental y político, especialmente de las mujeres, considerando su diversidad y circunstancias, a fin
de disminuir las brechas de desigualdad de género, la discriminación y la violencia contra las mujeres, las niñas y los niños, mediante procesos de fortalecimiento de sus habilidades y capacidades, que refuercen su autonomía y empoderamiento, la cohesión y el capital social.
Específicos
1.     Impulsar el reconocimiento y ejercicio de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes para fortalecer su autonomía y liderazgo individual y colectivo, y su consecuente participación activa en todas las esferas de la vida pública y privada.
2.     Fortalecer el empoderamiento económico de las mujeres para incrementar su acceso a la toma de decisiones y su autonomía económica.
3.     Promover prácticas integrales que propicien el acceso de las mujeres, las niñas y los niños a una vida sin violencia, trata de personas y/o explotación sexual.
4.     Generar acciones de visibilización y respeto a la diversidad sexual, para prevenir conductas discriminatorias y homofóbicas.
5.     Generar estrategias dirigidas a la divulgación de temas vinculados con salud sexual y reproductiva, con enfoque intercultural, para la prevención de embarazos en adolescentes y el ejercicio pleno y responsable de los derechos sexuales.
6.     Impulsar la operación de modelos de apoyo y acciones con perspectiva de género para las mujeres cuidadoras primarias en los hogares, que visibilicen el trabajo no remunerado que realizan y fomenten la corresponsabilidad social en el cuidado de personas enfermas o con alguna discapacidad física o mental que requiera acompañamiento permanente.
II. Características de los proyectos
II.1. Los proyectos que se presenten deberán enmarcarse en alguna de las siguientes vertientes, descritas en el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación del PCS.
·   Promoción del Desarrollo Humano y Social: Proyectos que contribuyan al logro de acciones que mejoren las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, exclusión, vulnerabilidad, marginación o discriminación y fomenten el desarrollo comunitario y el capital social.
·   Fortalecimiento, Capacitación y Sistematización: Proyectos dirigidos al mejoramiento de las capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías de organización y gestión de los Actores Sociales, así como el equipamiento y mejoramiento de infraestructura. Incluye la promoción de la participación ciudadana en las políticas públicas, los procesos de articulación con los tres órdenes de gobierno y la generación de sinergias para un mayor impacto social.
·   Investigación: Proyectos que generen, propicien y difundan conocimiento, metodologías, instrumentos, diagnósticos, evaluaciones, propuestas y recomendaciones, entre otros en materia de desarrollo social.
II.2. Los proyectos deberán orientarse a alguna de las siguientes temáticas en función de los objetivos propios de la convocatoria:
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 1 (Impulsar el reconocimiento y ejercicio de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes para fortalecer su autonomía y liderazgo individual y colectivo, y su consecuente participación activa en todas las esferas de la vida pública y privada).
1.1.  Diseño de herramientas y modelos que promuevan en niñas y adolescentes liderazgos incluyentes y participativos a nivel individual y colectivo.
1.2.  Generación de estrategias para el fortalecimiento de liderazgos subjetivos y procesos personales de las mujeres, que propicien la conciencia sobre sus capacidades, valía y autonomía, para negociar e influenciar en los diferentes ámbitos de sus vidas.
1.3   Impulso de iniciativas para visibilizar la importancia de las decisiones de las mujeres en el ámbito familiar, comunitario, rural, urbano, empresarial o gubernamental y su incidencia en el desarrollo.
1.4   Creación de modelos para la formación y capacitación, particularmente de mujeres jóvenes indígenas, afrodescendientes, con discapacidad, que faciliten su participación política en el ámbito local, regional o nacional.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 2 (Fortalecer el empoderamiento económico de las mujeres para incrementar su acceso a la toma de decisiones y su autonomía económica).
2.1   Generación de estrategias dirigidas a crear o incrementar el patrimonio de las mujeres, promoviendo
el acceso a la propiedad y titularidad de la tierra, de la vivienda y/o al crédito.
2.2   Implementación de estrategias que incorporen a las mujeres en proyectos de preservación, uso y disfrute del agua, el suelo y la biodiversidad, así como de recuperación y formación de conocimientos de biotecnología, para un uso sustentable de los recursos y la promoción de la autosuficiencia alimentaria.
2.3   Capacitación en tecnologías que vuelvan más eficientes los procesos productivos, planes de negocios, finanzas y comercialización de los productos que generen las mujeres.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 3 (Promover prácticas integrales que propicien el acceso de las mujeres, las niñas y los niños a una vida sin violencia, trata de personas y/o explotación sexual).
3.1   Atención integral en el ámbito jurídico, médico y/o psicológico a mujeres, niñas y niños víctimas de violencia y/o trata de personas.
3.2   Diseño e implementación de acciones de prevención de los delitos en materia de trata de personas, encaminadas a reducir las condiciones que colocan principalmente a mujeres, niñas y niños en situación de vulnerabilidad; y a la reducción de la demanda.
3.3   Generación y aplicación de modelos de prevención para enfrentar y abatir la violencia de género, dirigidos a niñas, mujeres, adultas mayores, mujeres indígenas, mujeres migrantes, en reclusión y/o con discapacidad que viven violencia o se encuentran en riesgo.
3.4   Elaboración e implementación de metodologías, en particular en lenguas indígenas, sobre la importancia de la cultura de la denuncia ante hechos de violencia, de trata de personas y discriminación por razones de género.
3.5   Impulsar la creación y el fortalecimiento de los Observatorios de Violencia Social y de Género con el fin de conocer y contribuir a la prevención y atención de la violencia, mediante la recopilación y generación de información estadística a nivel local y/o estatal.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 4 (Generar acciones de visibilización y respeto a la diversidad sexual, para prevenir conductas discriminatorias y homofóbicas).
4.1   Desarrollo de exposiciones artísticas, actividades culturales, recreativas, deportivas, entre otras, dirigidas a identificar y desnaturalizar imágenes sexistas y denigrantes de las mujeres y de las poblaciones LGBTI, particularmente, en los medios de comunicación, desde una visión de género y derechos humanos.
4.2.  Implementación de acciones para la no discriminación hacia las poblaciones LGBTI, orientadas a la prevención y atención de las violencias en el sector salud, familiar, laboral, docente, institucional, y en la comunidad, con pleno respeto a sus derechos humanos.
4.3   Realización de propuestas de asistencia y atención a las poblaciones LGBTI migrantes en tránsito y/o repatriadas, que promuevan el conocimiento, respeto y exigibilidad de sus derechos humanos. Así como acciones que faciliten los trámites que requieran las poblaciones LGBTI ante el Registro Civil.
4.4   Generar diagnósticos regionales o locales, que permitan conocer los puntos de exclusión y/o discriminación hacia las poblaciones LGBTI, a fin de generar protocolos de atención que incidan en el reconocimiento de sus derechos humanos.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 5 (Generar estrategias dirigidas a la divulgación de temas vinculados con salud sexual y reproductiva, con enfoque intercultural, para la prevención de embarazos en adolescentes y el ejercicio pleno y responsable de los derechos sexuales).
5.1   Promoción de acciones para la educación y salud sexual y reproductiva, desde una visión de derechos humanos y género, dirigidos particularmente a padres y madres de familia.
5.2   Desarrollo de metodologías participativas con mujeres adolescentes que permitan imaginar proyectos de vida, desde una visión de derechos humanos y de género, en especial para mujeres indígenas, afrodescendientes y con discapacidad.
5.3   Creación de acciones de sensibilización dirigidas a hombres, para disminuir roles y estereotipos de género, que incida en el desarrollo de la responsabilidad masculina, para la prevención de embarazos adolescentes y generación de relaciones más igualitarias.
Temáticas derivadas del Objetivo Específico 6 (Impulsar la operación de modelos de apoyo y acciones con perspectiva de género para las mujeres cuidadoras primarias en los hogares, que visibilicen el trabajo no remunerado que realizan y fomenten la corresponsabilidad social en el cuidado de personas enfermas o con
alguna discapacidad física o mental que requiera acompañamiento permanente).
6.1   Operar y ampliar modelos de apoyo que permitan a las personas cuidadoras primarias en los hogares su desarrollo personal, a través de orientaciones, líneas telefónicas, suplencias a domicilio, aplicación de métodos de contención y auto ayuda, así como proveerles insumos y acondicionamiento básico y/o adecuación de espacios en los hogares, que faciliten el trabajo de cuidados y generen tiempo libre y recreación para ellas.
6.2.  Realizar procesos de capacitación y entrenamiento para el cuidado, dirigidos a personas cuidadoras, familias y grupos sociales cercanos a las personas enfermas o con alguna limitación física o mental que requiera acompañamiento permanente, que les permitan realizar la tarea de cuidados de una forma segura, oportuna, eficiente y corresponsable.
6.3.  Fortalecimiento de los proyectos apoyados por el PCS durante ejercicios fiscales anteriores que trabajaron el tema de cuidados, con el fin de impulsar su sostenibilidad en el mediano y largo plazo y contribuir con ello a la generación de conocimiento e información en el tema.
Los actores sociales participantes deberán hacerlo en el marco de la normatividad aplicable para cada caso, asegurándose de que la atención a la población beneficiaria se brinde de acuerdo a las disposiciones de las instancias normativas correspondientes y en su caso, las Normas Oficiales Mexicanas existentes. El Indesol, en el marco de la ley, podrá exigir en cualquier momento las certificaciones, reconocimientos, autorizaciones, permisos, licencias o aprobaciones para funcionar, emitidas por las instancias normativas y supervisoras encargadas.
En caso de brindar atención a personas en riesgo o en rehabilitación de adicciones y a sus familiares, esto deberá realizarse por parte de Actores Sociales reconocidos por la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC), considerando las diferencias de género que presenta esta problemática.
II.3. Los proyectos serán revisados con base en los siguientes criterios de selección establecidos en el numeral 3.4 de las Reglas de Operación del PCS:
·   Sujetarse a los objetivos y a las temáticas de la convocatoria correspondiente; además de orientar el desarrollo del proyecto a la(s) temática(s) seleccionada(s).
·   Cumplir con los montos y sus criterios, según la convocatoria en la que participen.
·   Señalar si el proyecto da continuidad a uno anterior apoyado por el PCS, identificando y relacionando los antecedentes, los objetivos, los resultados obtenidos, los resultados esperados, y la duración de ambos proyectos, así como la importancia estratégica de darle continuidad.
·   Indicar el o los niveles de impacto social que prevé lograr con la ejecución del proyecto.
·   Describir el problema que pretende atender y la importancia de hacerlo, así como las causas que lo originaron.
·   Estar dirigido a población en situación de vulnerabilidad o exclusión o bien, generar conocimientos que contribuyan a la mejora de sus condiciones de vida; privilegiando los principios de respeto a la dignidad de las personas e inclusión.
·   Plantear criterios para seleccionar e identificar las necesidades de la población beneficiaria.
·   Mantener coherencia entre el nivel o niveles de impacto que prevé lograr el proyecto y las líneas de acción propuestas.
·   Mantener concordancia entre diagnóstico, objetivos, líneas de acción y acciones del proyecto.
·   Vincular las líneas de acción con los resultados esperados del proyecto, así como definir el material probatorio que confirme el logro de los mismos.
·   Vincular los conceptos presupuestales y el uso de los recursos, tanto del PCS como de la coinversión del Actor Social, con los objetivos, las metas y acciones planteados en el proyecto.
·   Describir de manera detallada la capacidad técnica y experiencia del Actor Social y de sus integrantes en la ejecución del proyecto presentado.
·   Describir mecanismos de seguimiento y evaluación que permitan medir cuantitativa y cualitativamente las distintas etapas y los resultados de la ejecución del proyecto.
·   Describir mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que propicien la participación ciudadana y la contraloría social en la utilización de los recursos y la evaluación de resultados.
 
·   Estar articulados o coordinados en redes sociales o con otros Actores Sociales vinculados al desarrollo social y humano.
·   Generación de formas de interacción, cooperación y suma de capacidades para incrementar el bienestar colectivo y que a su vez genera confianza pública y reciprocidad.
·   Valoración de la trayectoria de los Actores Sociales y de sus integrantes.
La cobertura de la presente Convocatoria es nacional.
Los AREP cuyos productos o metas se refieran a la edición de libros, manuales o audiovisuales deberán entregar 15 ejemplares al Indesol, así como una copia en medio electrónico, los cuales se pondrán a disposición del público en general para consulta y servirán como instrumentos para socializar el conocimiento generado por los proyectos.
III. Montos de apoyo y porcentajes de coinversión
El PCS destinará para la presente convocatoria la cantidad de $20 ´000,000.00 (Veinte millones de pesos 00/100 M.N.), monto que podrá modificarse de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria y los resultados de dictaminación.
Para la ejecución de proyectos de aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil que se hayan constituido legalmente antes del 1o. de enero de 2013 y para las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación, el monto máximo de aportación del PCS por proyecto será de:
·   $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos que aborden las temáticas: 3.1, 3.2, 3.5, 6.1 y 6.3.
·   $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos que aborden las temáticas: 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 2.1, 2.2, 2.3, 3.3, 3.4, 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 5.1, 5.2, 5.3 y 6.2.
·   Para aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil que se hayan constituido legalmente entre el 1o. de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015, el monto máximo de aportación del PCS por proyecto será de:
·   $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos que aborden las temáticas: 3.1, 3.2, 3.5, 6.1 y 6.3.
·   $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.) para proyectos que aborden las temáticas: 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 2.1, 2.2, 2.3, 3.3, 3.4, 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 5.1, 5.2, 5.3 y 6.2.
El porcentaje de coinversión de los Actores Sociales deberá ser cuando menos del 20% del costo total del Proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y no monetarios.
IV. Conceptos presupuestales permitidos para la convocatoria.
Los conceptos presupuestales permitidos para pagar con recursos del PCS, se encuentran especificados en el Anexo 8 de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2016.
Los recursos humanos y/o materiales presupuestados en cada proyecto deberán ser considerados como medio para fomentar el bienestar, la cohesión y el capital social de los beneficiarios y en ningún caso podrán tener otro destino.
V. Criterios y requisitos de participación de los Actores Sociales
Podrán participar los Actores Sociales que cumplan con lo establecido en el numeral 3.3 de las Reglas de Operación del PCS, que se menciona a continuación:
Criterios
Requisitos
(Documentos solicitados)
a) En todos los casos se deberá cumplir con lo siguiente:
Criterios:
1. Contar con un proyecto que cumpla con los requisitos que marcan las Reglas de Operación, así como con las bases que establezca la convocatoria en la que participa.
Requisitos (Documentos solicitados):
1. Presentar el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos por parte de Organizaciones de la Sociedad Civil e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación del Programa de Coinversión Social, mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto, en la dirección electrónica www.indesol.gob.mx. El documento deberá ser enviado con la firma electrónica de la persona que ostente la representación legal, acreditando así su identidad, en términos de lo establecido en la Ley de Firma Electrónica Avanzada y su Reglamento.
La Instancia Ejecutora proporcionará el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos correspondiente al tipo de Actor Social que representa.
Criterios:
2.- Cumplir con los requisitos fiscales de conformidad con la normatividad aplicable en la materia la cual deberá señalar específicamente que se trata de una "persona moral sin fines de lucro".
Requisitos (Documentos solicitados):
2.- Adjuntar al proyecto, la Constancia de Situación Fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria, con una antigedad máxima de un mes a la fecha en que se presenta el proyecto.
Criterios:
4. 3.- Contar con los recursos necesarios para la coinversión, la cual será como mínimo del 20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y no monetarios.
Requisitos (Documentos solicitados):
3.- Registrar en el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos la aportación del Actor Social. Este requisito será revisado durante la etapa de recepción.
 
Criterios:
4.- En caso de haber sido apoyado en el ejercicio fiscal anterior, deberá haber entregado a la Instancia Ejecutora correspondiente, el Reporte Final de Actividades completo y en los plazos señalados, de cada proyecto apoyado.
Requisitos (Documentos solicitados):
4.- Previo a la captura del proyecto la Instancia Ejecutora verificará el cumplimiento de este criterio, de no cumplirlo el Sistema bloqueará la captura.
Criterios:
5.- En las convocatorias emitidas en exclusividad por el Indesol, los Actores Sociales tienen derecho a presentar un solo proyecto en el ejercicio fiscal correspondiente.
El Actor Social podrá presentar adicionalmente otro proyecto en alguna de las convocatorias que el Indesol emita en coinversión con otra instancia.
En ningún caso un mismo actor social podrá presentar dos proyectos en convocatorias de coinversión.
En cada convocatoria se establecerá si ésta es emitida exclusivamente por el Indesol o si se trata de una convocatoria emitida por el Indesol en coinversión con alguna otra instancia.
Requisitos (Documentos solicitados):
5.- El Sistema verificará de forma automática durante la etapa de llenado del Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos el cumplimiento del criterio.
Criterios:
6.- No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorías o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con algún Programa de la SEDESOL, o con alguna instancia pública que lo haga del conocimiento del PCS.
Requisitos (Documentos solicitados):
6.- La Instancia Ejecutora verificará el cumplimiento de este criterio, durante la etapa de validación.
Criterios:
7.- Los Actores Sociales que reciban apoyos del PCS no podrán recibir recursos por parte de otros programas federales, para las mismas actividades señaladas en el proyecto durante el ejercicio fiscal correspondiente.
Requisitos (Documentos solicitados):
7.- En el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos, el Actor Social deberá comprometerse a no recibir apoyos de otros programas federales para las mismas actividades señaladas en el proyecto, durante el presente ejercicio fiscal. En caso de recibir apoyos para actividades similares o complementarias, deberá informar a la Instancia Ejecutora a través del Reporte Final, el monto de los recursos recibidos y las sinergias alcanzadas para la realización del proyecto.
Criterios:
8. En caso de que el Actor Social presente más de un proyecto, las actividades propuestas en dichos proyectos deberán ser diferentes.
La Instancia Ejecutora verificará que no haya proyectos con las mismas actividades propuestas, independientemente del Actor Social, permitiendo que participe el primero que se haya recibido.
Requisitos (Documentos solicitados):
8. En el Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos, comprometerse a no solicitar ni recibir apoyos del PCS para proyectos iguales y/o las mismas actividades, a nivel central o delegaciones, incluso a través de otros actores sociales en el mismo ejercicio fiscal.
b) Adicionalmente a lo señalado en el inciso a), tratándose de organización de la sociedad civil, deberá cumplir con lo siguiente:
Criterios:
1. Estar inscrita en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Requisitos (Documentos solicitados):
1. Contar con la Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), y que ésta se haya obtenido antes del cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior.
 
Criterios:
2. Haber entregado el Informe Anual a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a través del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal que corresponda, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.
Requisitos (Documentos solicitados):
2. El Sistema verificará de forma automática durante la etapa de llenado del Formato de Solicitud de Apoyo Económico para la Ejecución de Proyectos el cumplimiento de este criterio.
Criterios:
3. Haber realizado las modificaciones y/o actualizaciones de su información ante el Registro Federal de las OSC, en términos de lo establecido en el artículo 7, fracción VI de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y 15 del Reglamento Interno del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
Requisitos (Documentos Solicitados):
3. Para constatar el cumplimiento de este criterio, en la etapa de validación la Instancia Ejecutora verificará que la información proporcionada, corresponda con la contenida en el Sistema de Información del Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil los aspectos de: Objeto social, vigencia del/la Representante legal y domicilio fiscal.
c) Además de lo indicado en el inciso a), las instituciones de educación superior y centros de investigación deberán cumplir con lo siguiente:
Criterios:
1. Acreditar la personalidad jurídica del Actor Social que presenta el proyecto.
Requisitos (Documentos solicitados):
1. Adjuntar copia del documento constitutivo (ley, decreto o acuerdo de creación, publicados en el Diario Oficial de la Federación o periódicos oficiales de las entidades federativas), o bien documento protocolizado por fedatario público mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
Criterios:
2. Acreditar la representación legal.
Requisitos (Documentos solicitados):
2. Adjuntar copia del documento que acredita la representación legal (Acta protocolizada, oficio de nombramiento u otro), mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
Criterios:
3. Estar dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Requisitos (Documentos solicitados):
3. Adjuntar copia de la Cédula de Inscripción al RFC y del comprobante del domicilio fiscal vigente, mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
 
VI. Recepción de los proyectos
El periodo de recepción de los proyectos será a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el cierre de la misma, que será de veinte días naturales. Para la presente convocatoria el PCS recibirá electrónicamente como máximo 250 (doscientos cincuenta) proyectos, en función del techo presupuestal destinado para su operación. Dicha recepción se hará mediante el Sistema Electrónico que el Programa disponga para tal efecto.
VII. Resultados
Los proyectos que cuenten con la documentación completa en el Sistema, serán validados y, en su caso dictaminados de acuerdo al esquema señalado en los numerales 4.2.4 y 4.2.4.1 de las Reglas de Operación del PCS. El resultado de la dictaminación será definitivo y quedará asentado en el Acta de Dictaminación.
El resultado de los dictámenes, la relación de quienes participaron en el proceso de dictaminación, y las fichas curriculares, se darán a conocer en un plazo no mayor a sesenta días naturales después del cierre de cada convocatoria, a través de la página electrónica www.indesol.gob.mx.
En ningún caso se publicarán los nombres de las y los dictaminadores vinculados a cada proyecto, durante el presente ejercicio fiscal, por considerarse Información clasificada con carácter de confidencial, al contenerse datos personales en términos de lo que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Una vez publicados los resultados de la dictaminación de los proyectos elegibles, la Instancia Ejecutora dará a conocer, en un periodo máximo de treinta días hábiles, los proyectos que serán apoyados y aquellos que no podrán recibir recursos.
VIII. Información
El Indesol será la Instancia Ejecutora de la presente Convocatoria.
Es obligación de los Actores Sociales, conocer y sujetarse a lo dispuesto en las Reglas de Operación del PCS que rigen la presente Convocatoria, las cuales proporcionan información sobre la normatividad, características y operación del PCS, mismas que están disponibles en la página electrónica: www.indesol.gob.mx.
Para mayor información dirigirse al Indesol, a los teléfonos 01800 718-8621; 5554 0390, extensiones 68379, 68382, 68383, 68384 o por correo electrónico a juan.ruiz@indesol.gob.mx (recepción y captura de proyectos); 68120, 68165, 68169, 68170, 68172 y 68194 y o por correo electrónico a: igualdaddegenero@indesol.gob.mx, trabajodecuidados@indesol.gob.mx, y convocatoriasindesol@indesol.gob.mx (dudas metodológicas sobre el propósito de la convocatoria y dictaminación de proyectos).
La información presentada por los Actores Sociales estará sujeta a las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
 
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos a los del desarrollo social".
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de enero de dos mil dieciséis.- La Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, María Angélica Luna y Parra y Trejo Lerdo.- Rúbrica.
 

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