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DOF: 04/05/2016
ACUERDO del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la inf

ACUERDO del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. (Continúa en la Octava Sección)

Al margen un logotipo, que dice: Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.- Consejo Nacional.- CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08.

ACUERDO DEL CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS TÉCNICOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN, HOMOLOGACIÓN Y ESTANDARIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL TÍTULO QUINTO Y EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE DEBEN DE DIFUNDIR LOS SUJETOS OBLIGADOS EN LOS PORTALES DE INTERNET Y EN LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA.
Que el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, con fundamento en lo establecido por los artículos 31, fracción I de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y 10, fracciones II y VII del Reglamento del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, tiene dentro de sus atribuciones las de establecer reglamentos, lineamientos, criterios y demás instrumentos normativos necesarios para cumplir con los objetivos del Sistema Nacional, la Plataforma Nacional y la Ley; así como la de emitir acuerdos para dar cumplimiento a las funciones del Sistema Nacional establecidas en la Ley General antes citada.
Que en el punto número X del orden del día de la segunda sesión extraordinaria, celebrada el trece de abril de dos mil dieciséis, fue presentado, sometido a discusión y aprobado el Dictamen que emite la Comisión de Indicadores, Evaluación e Investigación del SNT, sobre el Proyecto de Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia. Por lo anterior se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueban los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, conforme al Anexo del Acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08.
SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
TERCERO. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que publique el presente Acuerdo así como su anexo, en el Diario Oficial de la Federación y a los integrantes del Sistema Nacional para su publicación en sus respectivas páginas electrónicas.
ANEXO DEL ACUERDO CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08
LINEAMIENTOS TÉCNICOS GENERALES PARA LA PUBLICACIÓN, HOMOLOGACIÓN Y ESTANDARIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL TÍTULO QUINTO Y EN LA FRACCIÓN IV DEL
ARTÍCULO 31 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUE DEBEN DE DIFUNDIR LOS SUJETOS OBLIGADOS EN LOS PORTALES DE INTERNET Y EN LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Primero. Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria para el Instituto, los organismos garantes y los sujetos obligados de todo el país en sus diferentes ámbitos (federal, estatal y municipal), y tienen como propósito definir los formatos que se usarán para publicar la información prescrita en el Título Quinto de la Ley General y asegurar que sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable.
Contemplan las especificaciones necesarias para la homologación en la presentación y publicación de la información, al tiempo que detallan los criterios mínimos, tanto de contenido como de forma, que los sujetos obligados deberán tomar en consideración al preparar la información que publicarán para cumplir con sus obligaciones de transparencia.
Segundo. Para los efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
I.       Área(s) / Unidad(es) administrativa(s): Las instancias que cuentan o puedan contar con la información;
II.       Comité de Transparencia: La instancia colegiada a que hace referencia el artículo 43 de la Ley General;
III.      Consejo Nacional: El Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales al que hace referencia el artículo 32 de la Ley General;
IV.      Datos abiertos: Los datos digitales de carácter público que son accesibles en línea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado y que tienen las siguientes características:
a) Accesibles: Están disponibles para la gama más amplia de usuarios, para cualquier propósito;
b) Integrales: Contienen el tema que describen a detalle y con los metadatos necesarios;
c) Gratuitos: Se obtienen sin entregar a cambio contraprestación alguna;
d) No discriminatorios: Están disponibles para cualquier persona, sin necesidad de registro;
f) Oportunos: Son actualizados periódicamente, conforme se generen;
g) Permanentes: Se conservan en el tiempo, para lo cual, las versiones históricas relevantes para uso público se mantendrán disponibles con identificadores adecuados al efecto;
h) Primarios: Provienen de la fuente de origen con el máximo nivel de desagregación posible;
i) Legibles por máquinas: Están estructurados, total o parcialmente, para ser procesados e interpretados por equipos electrónicos de manera automática;
j) En formatos abiertos: Los datos están disponibles con el conjunto de características técnicas y de presentación que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos en un archivo digital, cuyas especificaciones técnicas son del dominio público, que no suponen una dificultad de acceso y que su aplicación y reproducción no estén condicionadas a contraprestación alguna, y
k) De libre uso: Citan la fuente de origen como único requerimiento para ser utilizados libremente.
V.      Documento: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones y competencias de los sujetos obligados y sus servidores públicos e integrantes, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático, biológico u holográfico;
VI.      Entidades federativas: Son las partes integrantes de la Federación, es decir, los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos,
Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México;
VII.     Expediente: La unidad documental constituida por uno o varios documentos de archivo, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los sujetos obligados;
VIII.    Fecha de actualización: Es el día, mes y año en que el sujeto obligado modificó y puso al día por última vez la información que está publicada en su página de Internet y en la Plataforma Nacional;
IX.      Fecha de validación: Es el día, mes y año en que el sujeto obligado valida la vigencia de la información publicada en su página de Internet y en la Plataforma Nacional de conformidad con el periodo de actualización determinado. Esta fecha siempre debe ser igual o posterior a la de actualización;
X.      Formatos abiertos: El conjunto de características técnicas y de presentación de la información que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos de forma integral y facilitan su procesamiento digital, cuyas especificaciones están disponibles públicamente y que permiten el acceso sin restricción de uso por parte de los usuarios;
XI.      Formatos accesibles: Cualquier manera o forma alternativa que acceso a los solicitantes de información, en forma tan viable y cómoda como la de las personas sin discapacidad ni otras dificultades para acceder a cualquier texto impreso y/o cualquier otro formato convencional en el que la información pueda encontrarse;
XII.     INAI o Instituto: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
XIII.    Ley General: La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2015;
XIV.    Lineamientos: Los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título Quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia;
XV.    Obligaciones comunes: Son aquellas que describen la información que deberán poner a disposición de los particulares y mantener actualizada en los sitios de Internet correspondientes y en la Plataforma Nacional todos los sujetos obligados, sin excepción alguna, y que se refieren a temas, documentos y políticas que aquellos poseen en ejercicio de sus facultades, obligaciones y el uso de recursos públicos, respecto de: su organización interna y funcionamiento, atención al público, ejercicio de los recursos públicos, determinaciones institucionales, estudios, ingresos recibidos y donaciones realizadas, organización de archivos, entre otros;
XVI.    Obligaciones específicas: Constituyen la información que producen sólo determinados sujetos obligados a partir de su figura legal, atribuciones, facultades y/o su objeto social;
XVII.   Obligaciones de transparencia: El catálogo de información prescrita en el Título Quinto de la Ley General;
XVIII.  Organismos garantes: Aquellos con autonomía constitucional especializados en materia de acceso a la información y protección de datos personales en términos de los artículos 6o., 116, fracción VIII, y 122, apartado C, Base Primera, Fracción V, inciso ñ), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XIX.    Plataforma Nacional: La Plataforma Nacional de Transparencia a que hace referencia el artículo 49 de la Ley General;
XX.    Servidores públicos: Los mencionados en el párrafo primero del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus correlativos de las Entidades Federativas y municipios que establezcan las Constituciones de los Estados y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
XXI.    Sistema Nacional: El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, y
XXII.   Versión pública: El documento o expediente en el que se da acceso a información, eliminando u omitiendo las partes o secciones clasificadas.
CAPÍTULO II
DE LAS POLÍTICAS GENERALES QUE ORIENTARÁN LA PUBLICIDAD Y ACTUALIZACIÓN DE LA
INFORMACIÓN QUE GENEREN LOS SUJETOS OBLIGADOS
Tercero. Las Políticas Generales para la publicidad y actualización de la información que poseen los sujetos obligados se fundamentan en las disposiciones de la Ley General, en particular en el Capítulo I del Título Quinto, y tienen como objeto establecer las pautas para la organización, difusión y actualización de la información derivada de las obligaciones de transparencia comunes y específicas de los sujetos obligados.
Cuarto. Las políticas para la difusión de la información son las siguientes:
I.        Todos los sujetos obligados deben poner a disposición de los particulares y mantener actualizada, en sus sitios de Internet y a través de la Plataforma Nacional, tal como lo señala el artículo 60 de la Ley General, la información derivada de las obligaciones de transparencia descritas en el Título Quinto de la Ley General, en la Ley Federal y en las respectivas leyes locales;
II.       Los sujetos obligados pondrán a disposición de los particulares para su consulta, análisis y uso, la información derivada de las obligaciones de transparencia descritas en el Título Quinto de la Ley General, por lo menos en un medio distinto al digital, a fin de garantizar su uso a las personas que no cuentan con acceso a Internet;
III.      Los sujetos obligados tendrán en la página de inicio de su portal de Internet institucional un hipervínculo visible a una sección denominada "Transparencia", con acceso directo al sitio donde se encuentre la información pública puesta a disposición de las personas en cumplimiento de sus obligaciones de transparencia. Dicho sitio será, de conformidad con el artículo 64 de la Ley General, la Plataforma Nacional, específicamente el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, a que hace referencia el artículo 50, fracción III, de la Ley General, y
IV.      Todos los sujetos obligados, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley General, contarán con un buscador (motor de búsqueda) en su sección de "Transparencia", con el objetivo de facilitar a las y los usuarios la recuperación de información mediante palabras clave y temas.
Quinto. La información que difundan y actualicen los sujetos obligados en su sección de Internet "Transparencia", así como en la Plataforma Nacional, deberá cumplir con los atributos de calidad de la información y accesibilidad en los siguientes términos:
I.        Calidad de la información. La información que se ponga a disposición de cualquier interesado, como resultado de las políticas públicas en materia de transparencia, debe ser veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible y verificable, y
II.       Accesibilidad. Se deberá facilitar la consulta de la información a las personas que no tienen acceso a Internet. Se dispondrá de equipos de cómputo con acceso a Internet en las oficinas de las Unidades de Transparencia para uso de los particulares que quieran consultar la información o utilizar el sistema que para el procedimiento de acceso a la información se establezca. Adicionalmente se utilizarán medios alternativos de difusión de la información, cuando en determinadas poblaciones esto resulte de más fácil acceso y comprensión.
Sexto. Con base en los atributos de calidad de la información y accesibilidad antes referidos, y en lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley General, se establece que la información publicada en los portales de transparencia de los sujetos obligados y en la Plataforma Nacional, deberá contar además con las siguientes características: veracidad, confiabilidad, oportunidad, congruencia, integralidad, actualidad, accesibilidad, comprensibilidad y verificabilidad, las cuales se definen a continuación:
I.        Veracidad: Que es exacta y dice, refiere o manifiesta siempre la verdad respecto de lo generado, utilizado o publicitado por el sujeto obligado en ejercicio de sus funciones o atribuciones;
II.       Confiabilidad: Que es creíble, fidedigna y sin error. Que proporciona elementos y/o datos que permiten la identificación de su origen, fecha de generación, de emisión y difusión;
III.      Oportunidad: Que se publica a tiempo para preservar su valor y utilidad para la toma de decisiones de los usuarios;
IV.      Congruencia: Que mantiene relación y coherencia con otra información generada, utilizada y/o publicada por el sujeto obligado;
V.      Integralidad: Que proporciona todos los datos, aspectos, partes o referentes necesarios para estar completa o ser global respecto del quehacer del sujeto obligado;
VI.      Actualidad: Que es la última versión de la información y es resultado de la adición, modificación o generación de datos a partir de las acciones y actividades del sujeto obligado en ejercicio de sus
funciones o atribuciones;
VII.     Accesibilidad: Que está presentada de tal manera que todas las personas pueden consultarla, examinarla y utilizarla independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas;
VIII.    Comprensibilidad: Que es sencilla, clara y entendible para cualquier persona, y
IX.      Verificabilidad: Que es posible comprobar la veracidad de la información, así como examinar el método por el cual el sujeto obligado la generó.
Séptimo. Los sujetos obligados usarán los formatos especificados en cada rubro de información incluidos en estos Lineamientos, con el objetivo de asegurar que la organización, presentación y publicación de ésta garantice su homologación y estandarización, como lo especifican los artículos 61 y 65 de la Ley General.
Octavo. Las políticas para actualizar la información son las siguientes:
I.        La información publicada por los sujetos obligados en su portal de Internet y en la Plataforma Nacional deberá actualizarse por lo menos cada tres meses, de acuerdo con el artículo 62 de la Ley General, salvo que en dicha Ley, en estos Lineamientos o en alguna otra normatividad se establezca un plazo diverso. En tal caso, se especificará el periodo de actualización, así como la fundamentación y motivación respectivas;
II.       Los sujetos obligados publicarán la información actualizada en su portal de Internet y en la Plataforma Nacional dentro de los treinta días naturales siguientes al cierre del período que corresponda, salvo las excepciones establecidas en los presentes Lineamientos;
III.      El periodo de actualización de cada uno de los rubros de información y el plazo mínimo que deberá permanecer disponible y accesible en su portal de Internet y en la Plataforma Nacional estarán especificados en las Tablas de actualización y de conservación de la información pública derivada de las obligaciones de transparencia que, como anexo, forma parte de estos Lineamientos;
IV.      La información publicada y actualizada por los sujetos obligados deberá mostrar campos básicos para identificar, entre otros elementos, denominación del sujeto obligado que la generó, fecha de su última actualización, título general del cuadro o gráfica, periodo y área responsable de publicar y actualizar la información;
V.      En la sección "Transparencia" donde se difundirá la información pública correspondiente a las obligaciones de transparencia comunes del artículo 70 de la Ley General, aplicable a todos los sujetos obligados, así como la de las obligaciones específicas, de los artículos 71 a 83, se deberá incluir el número y el texto del artículo y de las fracciones y/o incisos, así como un hipervínculo para acceder a la información correspondiente. En caso de que respecto de alguna obligación de transparencia no se haya generado información en algún periodo determinado, se deberá incluir una explicación mediante una leyenda breve, clara, motivada y fundamentada. Si el sujeto obligado no ha generado nunca una información que por normatividad sea de su competencia, podrá difundir durante un año la información que considere equivalente, explicando con una leyenda por qué se considera equiparable; además deberá generar y publicar la información de su competencia una vez terminado el periodo de un año. En el supuesto de que el sujeto obligado no haya generado nunca una información que por normatividad sea de su competencia y que no exista información equivalente, por medio de una leyenda explicará que la información se generará y publicará en un periodo máximo de dos años, o en su caso, deberá fundar los motivos por los cuales no se genera la información;
VI.      En cada rubro de información se especificará la fecha de actualización, es decir, el día, mes y año en que el sujeto obligado modificó y puso al día por última vez la información que está publicada en su página de Internet y en la Plataforma Nacional, y
VII.     En cada rubro de información se especificará la fecha de validación, que indica el día, mes y año en que el sujeto obligado verificó y confirmó la vigencia de la información publicada en su página de Internet y en la Plataforma Nacional. Esta fecha deberá ser igual o posterior a la de actualización.
Noveno. Las políticas de aplicabilidad de la información son las siguientes:
I.        Como se indica en la Tabla de aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia Comunes genérica, incluida en estos Lineamientos, las 48 fracciones del artículo 70 se refieren a información que todos los sujetos obligados generan. Con fundamento en lo señalado en el último párrafo del Artículo 70 de la Ley General, los sujetos obligados deberán informar a los organismos garantes la relación de fracciones que les aplican y, en su caso, de forma fundamentada y motivada, las que no le aplican. Se destaca que no se trata de la información que el sujeto obligado no generó en un periodo determinado, sino de aquella que no generará en ningún momento por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones otorgadas por los ordenamientos jurídicos aplicables;
II.       La información derivada de las obligaciones de transparencia debe existir si se refiere a las facultades,
competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos y administrativos otorgan a los sujetos obligados, conforme lo señalado por el artículo 19 de la Ley General; en caso de que ciertas facultades, competencias o funciones no se hayan ejercido por parte del sujeto obligado y, en consecuencia, esté imposibilitado para publicar y actualizar alguna obligación de transparencia, no deberá incluirse como un rubro o fracción que no le aplica, sino que la información que deberá publicar y actualizar consiste en la exposición de los motivos y causas de la inexistencia de dicha información, y
III.      Los organismos garantes publicarán en su sección de Transparencia la Tabla de aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia comunes y específicas de todos los sujetos obligados que se incluyen en el padrón federal y de la Entidad Federativa que les corresponda. Por otra parte, los sujetos obligados publicarán la Tabla de aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia comunes y específicas que les corresponda individualmente, la cual deberá ser verificada y aprobada por el organismo garante respectivo.
Décimo. Las políticas para la distribución de competencias y responsabilidades para la carga de la información prescrita en el Título Quinto de la Ley General en la Plataforma Nacional de Transparencia son las siguientes:
I.        La Unidad de Transparencia tendrá la responsabilidad de recabar la información generada, organizada y preparada por las unidades administrativas y/o áreas del sujeto obligado, únicamente para supervisar que cumpla con los criterios establecidos en los presentes lineamientos;
II.       La Unidad de Transparencia verificará que todas las unidades administrativas y/o áreas del sujeto obligado colaboren con la publicación y actualización de la información derivada de sus obligaciones de transparencia en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional en los tiempos y periodos establecidos en estos Lineamientos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley General. La responsabilidad última del contenido de la información es exclusiva de las unidades administrativas y/o áreas;
III.      Las unidades administrativas y/o áreas deberán publicar, actualizar y/o validar la información de las obligaciones de transparencia en la sección correspondiente del portal de Internet institucional y en la Plataforma Nacional, en el tramo de administración y con las claves de acceso que le sean otorgadas por el administrador del sistema, y conforme a lo establecido en los Lineamientos;
IV.      Será responsabilidad del titular de cada Unidad administrativa y/o área del sujeto obligado establecer los procedimientos necesarios para identificar, organizar, publicar, actualizar y validar la información que generan y/o poseen en ejercicio de sus facultades, competencias y funciones, y que es requerida por las obligaciones de transparencia descritas en el Título Quinto de la Ley General, de conformidad con las políticas establecidas por el Comité de Transparencia;
V.      La difusión de la información de las obligaciones de transparencia se realizará a través del portal de Internet institucional, la Plataforma Nacional y, por lo menos, uno de los medios alternativos señalados en la fracción V de las políticas para la accesibilidad de la información especificadas en la décimo segunda disposición de estos Lineamientos;
VI.      La información pública derivada de las obligaciones de transparencia forma parte de los sistemas de archivos y gestión documental que los sujetos obligados construyen y mantienen conforme a la normatividad aplicable, por tanto, los sujetos obligados deberán asegurarse de que lo publicado en el portal de Internet y en la Plataforma Nacional guarde estricta correspondencia y coherencia plena con los documentos y expedientes en los que se documenta el ejercicio de las facultades, funciones y competencias de los sujetos obligados, sus servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros o toda persona que desempeñe un empleo, cargo, comisión y/o ejerzan actos de autoridad;
VII.     Los portales Internet de los sujetos obligados son herramientas de difusión institucionales integrales; consecuentemente, toda la información publicada por los sujetos obligados, particularmente en la sección de transparencia y en la Plataforma Nacional, debe mantener coherencia en sus contenidos, ser vigente, pertinente y atender a las necesidades de las y los usuarios; al igual que aquella información publicada en la Plataforma Nacional, y
VIII.    Cuando se requiera la publicación de las fuentes primaria de información, los sujetos obligados deberán asegurarse de que se publica la copia fiel de la versión definitiva o la versión electrónica del documento original y, en caso de incluirse en formato PDF considerar una versión o formato que permita su reutilización.
 
Décimo primero. Las políticas para la verificación y vigilancia de la información son las siguientes:
I.        El Instituto y los organismos garantes vigilarán que los sujetos obligados cumplan con las obligaciones de transparencia dispuestas en los artículos 70 a 83 de la Ley General y demás disposiciones aplicables;
II.       Las verificaciones realizadas por el Instituto y los organismos garantes podrán ser de oficio o a petición de los particulares, tal como lo contempla el artículo 63 de la Ley General. Para el efecto, el Instituto y los organismos garantes elaborarán y difundirán la metodología de evaluación que utilizarán;
III.      Las acciones de vigilancia del Instituto y de los organismos garantes se realizarán mediante la verificación virtual al menos dos veces al año, para revisar que los sujetos obligados cumplan con la publicación y actualización de la información pública derivada de las obligaciones de transparencia, en su portal de Internet y en la Plataforma Nacional;
IV.      El Instituto y los organismos garantes llevarán a cabo las verificaciones del cumplimiento de las obligaciones de transparencia en el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdo con lo establecido en los artículos 84 a 88 de la Ley General y demás normatividad aplicable;
V.      El Instituto y los organismos garantes realizarán la verificación del cumplimiento de las obligaciones de transparencia cuando los particulares lo soliciten a través de la interposición de la denuncia por algún incumplimiento detectado a las obligaciones de transparencia, conforme al procedimiento señalado en la Ley General, la Ley Federal o la respectiva de las Entidades Federativas, y
VI.      El Instituto y los organismos garantes deberán incluir, como parte de la información difundida sobre los trámites que ofrecen, la denuncia ciudadana por incumplimiento a las obligaciones de transparencia. Asimismo, los sujetos obligados publicarán una leyenda visible en la sección de transparencia de su portal de Internet, mediante la cual se informe a los usuarios sobre el procedimiento para presentar una denuncia.
Décimo segundo. Las políticas para accesibilidad de la información son las siguientes:
I.        Los sujetos obligados deberán realizar las acciones necesarias para que la información derivada de las obligaciones de transparencia sea presentada bajo la perspectiva de género, es decir, con base en un concepto amplio en el que se garantice la igualdad y se evite la discriminación basada en el sexo, el género, la orientación sexual o la identidad sexo-genérica;
II.       Los organismos garantes y los sujetos obligados promoverán y desarrollarán de forma progresiva, políticas y programas tendientes a garantizar la accesibilidad de la información en la máxima medida posible; además facilitarán el acceso y búsqueda de la información a personas con discapacidad, para lo cual habrán de atenerse a lo previsto en los Criterios para que los sujetos obligados garanticen las condiciones de accesibilidad que permitan el ejercicio del derecho de acceso a la información a los grupos en situación de vulnerabilidad aprobados por el Sistema Nacional;
III.      Para facilitar la ampliación del ejercicio del derecho de acceso a la información, en las Unidades de Transparencia se pondrán a disposición de las personas interesadas equipos de cómputo con acceso a Internet, para que puedan consultar la información o utilizar el sistema de solicitudes de acceso;
IV.      Los sujetos obligados deberán realizar un diagnóstico en las comunidades de usuarios de la información, con el objetivo de determinar el uso de medios alternativos a Internet para difundir la información pública derivada de las obligaciones de transparencia y que resulte de más fácil acceso y comprensión para determinadas poblaciones. Estos medios alternativos de difusión se caracterizarán por ser participativos, tomar en consideración las necesidades informativas y las propuestas de la población a la que se pretende informar; serán, entre otros: radios comunitarias, carteles, volantes, periódicos murales, audiovisuales pedagógicos, mantas, redes sociales, folletos;
V.      La información pública derivada de las obligaciones de transparencia no constituye propaganda gubernamental ni electoral, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley General, por lo que durante los periodos de campaña y precampaña de los procesos electorales se deberá mantener publicada, actualizada y accesible. En caso de que la normatividad electoral dispusiera expresamente que no se permitirá el acceso a alguna de la información publicada, el sujeto obligado incluirá una leyenda fundamentada y motivada, explicando al usuario tal restricción, así como el periodo en el que se mantendrá limitado el acceso;
 
VI.      La información publicada por los sujetos obligados deberá ofrecerse en un soporte que permita su reutilización por los usuarios y por las máquinas, es decir, presentarse mediante el enfoque de datos abiertos, lo cual implica exportar el conjunto de datos a publicar en formatos estructurados para facilitar el consumo e interpretación. Los formatos utilizados pueden ser CVS (por sus siglas en inglés Comma-Separated Values) y de estándar abierto, según convenga, de acuerdo con cada conjunto de datos, ya sea XML, JSon, RDF, GEOJSon, KML, DBF y/o propietarios como SHP y XLSX. Cuando se trate de documentos que deben difundirse con firmas y son publicados en formato PDF, se deberá incluir, adicionalmente, una versión en un formato que permita su reutilización;
VII.     Atendiendo a las necesidades relacionadas con la protección de los datos personales, los organismos garantes establecerán medidas de seguridad para la protección de los mismos. Los sujetos obligados serán responsables de los datos personales que tengan en posesión.
Se establecerán medidas de seguridad especiales en la protección de los datos personales de menores de edad, en los términos establecidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y de más normatividad de la materia, así como, de personas que hayan sido víctimas del delito, entre otros grupos vulnerables;
VIII.    Cuando los sujetos obligados consideren que la información se encuentra en alguna de las causales de reserva que señala el artículo 113 de la Ley General deberán proceder de conformidad con lo establecido en el Título Sexto de la Ley referida y publicar en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional, en la sección correspondiente, una leyenda con su correspondiente fundamento legal que especifique que la información se encuentra clasificada, y
IX.      Los sujetos obligados deberán elaborar la versión pública de los documentos que se encuentren bajo su poder, en caso de que se determine que la información contenida en los mismos actualiza alguno de los supuestos de reserva o confidencialidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General, la Ley Federal, la Ley en la materia de cada una de las Entidades Federativas, y en los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas aprobados por el Sistema Nacional de Transparencia.
CAPÍTULO III
DE LOS CRITERIOS Y TIPOS DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
Décimo tercero. La información pública derivada de las obligaciones de transparencia, tanto comunes a todos los sujetos obligados -artículo 70 de la Ley General-, como específicas -artículos 71 a 83-, debe contar con los atributos de calidad y accesibilidad.
Décimo cuarto. En los presentes Lineamientos se establecen los criterios que detallan los elementos mínimos de contenido, confiabilidad, actualización y formato que debe cumplir la información que publicarán los sujetos obligados en sus portales de transparencia institucionales y en la Plataforma Nacional, en cumplimiento a las obligaciones de transparencia. Los criterios y los formatos de acopio harán posible homologar la organización y visualización de la información pública para, de este modo, garantizar y facilitar a la ciudadanía el acceso a la información pública. Asimismo, dichos criterios son útiles para que los organismos garantes, bajo el principio de certeza, analicen y verifiquen la información publicada a fin de determinar si los sujetos obligados cumplen con su obligación de difundir información sin que medie solicitud alguna.
Décimo quinto. Los Criterios sustantivos de contenido son los elementos mínimos de análisis para identificar cada uno de los datos que integrarán cada registro. Los registros conformarán la base de datos que contenga la información que debe estar y/o está publicada en el portal de transparencia de los sujetos obligados y en la Plataforma Nacional. Los criterios sustantivos de contenido se darán por cumplidos totalmente únicamente si los criterios adjetivos de actualización se cumplen totalmente.
Décimo sexto. Los Criterios adjetivos de actualización son los elementos mínimos de análisis que permiten determinar si la información que está publicada en el portal de transparencia y en la Plataforma Nacional cumple con los periodos de actualización que corresponda a cada obligación de transparencia (mismos que guardan relación con la Tabla de actualización y conservación de la información de estos Lineamientos).
Décimo séptimo. Los Criterios adjetivos de confiabilidad son los elementos mínimos de análisis que permiten identificar si la información que está publicada en el portal de transparencia y en la Plataforma Nacional observa atributos que permiten verificar las áreas que generaron la información, la fecha en la que se actualizó por última vez esa información y la fecha en la que se publicó en el portal de transparencia y en la Plataforma Nacional.
Décimo octavo. Los Criterios adjetivos de formato son los elementos mínimos de análisis para identificar que la información publicada en el portal de transparencia y en la Plataforma Nacional se encuentra organizada y sistematizada mediante los formatos correspondientes para cada rubro de información; y que el soporte de la misma permita su reutilización a las y los usuarios.
 
CAPÍTULO IV
DE LOS CRITERIOS PARA LA PUBLICACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE
TRANSPARENCIA COMUNES Y ESPECÍFICAS
Décimo noveno. El catálogo de la información que todos los sujetos obligados deben poner a disposición de las personas en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional está detallado en el artículo 70 de la Ley General, de las fracciones I a la XLVIII, constituyendo lo que se denomina como "Obligaciones de transparencia comunes", y se trata de información pública que debe estar a disposición de las personas sin que medie petición alguna.
En el Anexo 1 de los presentes Lineamientos se detallan los criterios sustantivos y adjetivos que por cada rubro de información determinan los datos, características y forma de organización de la información que publicarán y actualizarán en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional, todos los sujetos obligados en los distintos ámbitos: federal, estatal, municipal y delegacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.
Vigésimo. El catálogo de la información prescrito en los artículos 71 a 83 de la Ley General aplica a diferentes sujetos obligados, por lo que constituye las "Obligaciones de transparencia específicas". También se trata de información pública que debe ponerse a disposición de las personas sin que medie petición alguna.
En los Anexos 2 a 14 de los presentes Lineamientos, se puntualizan los criterios sustantivos y adjetivos que por cada rubro de información determinan los datos, características y forma de organización de la información que publicarán y actualizarán en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional, los sujetos obligados de acuerdo con su naturaleza jurídica y misión institucional en los distintos ámbitos: federal, estatal, municipal y delegacional, a saber:
Anexo 2: artículo 71, Poderes Ejecutivos Federal, de las entidades federativas y municipales;
Anexo 3: artículo 72, Poderes Legislativos Federal, de las entidades federativas y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal;
Anexo 4: artículo 73, Poderes Judiciales Federal y de las entidades federativas;
Anexo 5: artículo 74, fracción I, Instituto Nacional Electoral y organismos públicos locales electorales;
Anexo 6: artículo 74, fracción II, organismos de protección de los derechos humanos Nacional y de las entidades federativas;
Anexo 7: artículo 74, fracción III, organismos garantes del derecho de acceso a la información y la protección de datos personales;
Anexo 8: artículo 75, Instituciones de educación superior públicas dotadas de autonomía;
Anexo 9: artículo 76, partidos políticos nacionales y locales, las agrupaciones políticas nacionales y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente;
Anexo 10: artículo 77, fideicomisos, fondos públicos;
Anexo 11: artículo 78, autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral;
Anexo 12, artículo 79, sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos;
Anexo 13, artículo 80, información adicional, y
Anexo 14, artículos 81 y 82, personas físicas y morales que reciban y/o ejerzan recursos públicos.
TRANSITORIOS
Primero. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A partir de la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, habrá un periodo de seis meses para que los sujetos obligados de los ámbitos federal, estatal y municipal incorporen a sus portales de Internet y a la Plataforma Nacional, la información a la que se refieren los Capítulos I al IV del Título Quinto de la Ley General, de conformidad con los criterios establecidos en los presentes lineamientos y en sus respectivos anexos.
En el caso de las fracciones V y VI del artículo 70 de la Ley General, la incorporación de la información a que se refiere el párrafo anterior será de un año.
 
Tercero. Una vez trascurridos los lapsos definidos en el transitorio anterior, los organismos garantes realizarán una primera verificación, bajo los criterios establecidos en los presentes lineamientos y bajo la normatividad de verificación que cada órgano garante determine, la cual tendrá exclusivamente como objeto detectar las áreas de oportunidad de cada sujeto obligado para dar cumplimiento a las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 70 a 82 de la Ley General, así como para realizar posibles ajustes y modificaciones a los presentes Lineamientos y los criterios respectivos durante el primer trimestre de 2017 por parte del Sistema Nacional de Transparencia.
Esta primera verificación no tendrá para los sujetos obligados efectos vinculantes con lo establecido en el artículo 88 del Capítulo VI de la Ley General, y se llevará a cabo de conformidad con las acciones de vigilancia que cada organismo garante determine.
Cuarto. Una vez que el Sistema Nacional de Transparencia haya realizado los ajustes a los presentes Lineamientos, los organismos garantes desarrollarán las normativas complementarias que les corresponda para regular los procedimientos de verificación y vigilancia del cumplimiento de obligaciones, así como de denuncia ciudadana, referidos en los capítulos VI y VII del Título Quinto de la Ley General.
Quinto. Para generar las Tablas de Aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia definitivas correspondientes a los sujetos obligados del ámbito federal, estatal y municipal, éstos remitirán a sus correspondientes organismos garantes sus consideraciones en los términos dispuestos en el último párrafo del artículo 70 de la Ley General y de la fracción I del noveno numeral de las Disposiciones Generales de estos Lineamientos, a más tardar 30 días hábiles después de que entren en vigor los presentes Lineamientos. El Pleno de cada organismo garante será la instancia encargada de aprobar las Tablas en comento.
Sexto. Para el caso de las obligaciones de transparencia establecidas en el Título Quinto de la Ley General que no estén contempladas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y en las leyes de transparencia de las entidades federativas vigentes, únicamente se publicará la información generada por los sujetos obligados a partir de la entrada en vigor de la Ley General. La información solicitada por dicha Ley que ya hubiera sido publicada por los sujetos obligados en cumplimiento de la Ley federal o de las leyes locales correspondientes antes de la entrada en vigor de la Ley General, formará parte de las obligaciones de transparencia y deberá ser publicada en los Portales de Internet de cada sujeto obligado y en la Plataforma Nacional.
Séptimo. Para el caso de los municipios con población menor a 70 mil habitantes, el Sistema Nacional de Transparencia y los organismos garantes de cada Entidad Federativa determinarán los apoyos y los medios alternativos por los que podrán difundir la información a la que se refieren los Capítulos I al IV del Título Quinto de la Ley General, independientemente de que, de forma subsidiaria, cada organismo garante la difunda en sus respectivos portales de Internet. No obstante deberán atender las obligaciones comunes que les aplique del artículo 70 de la Ley General.
Octavo. En el caso de las obligaciones específicas en materia energética, definidas en el artículo 83 de la Ley General, los sujetos obligados responsables de dar a conocer la información correspondiente la incorporarán a sus respectivos portales de Internet y a la Plataforma Nacional de Transparencia una vez que el Congreso de la Unión emita la Ley Federal armonizada a la que se refiere el transitorio Quinto de la Ley General y que el Sistema Nacional de Transparencia emita los lineamientos correspondientes.
Noveno. Para todo lo concerniente a la administración, atención y distribución de competencias que implica la puesta en marcha del Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, los sujetos obligados deberán observar lo dispuesto en los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia.
Décimo. A partir de la entrada en vigor de estos Lineamientos, los sujetos obligados dispondrán de 180 días naturales para realizar modificaciones a sus respectivos Reglamentos Interiores y demás disposiciones que deban adecuarse.
Décimo primero. En tanto concluye la carga de la información en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, y la primera evaluación diagnóstico, los sujetos obligados mantendrán en funcionamiento sus sitios de Internet para seguir difundiendo sus obligaciones de transparencia.
 
Anexo I
Obligaciones de transparencia comunes
todos los sujetos obligados
Criterios para las obligaciones de transparencia comunes
El catálogo de la información que todos los sujetos obligados deben poner a disposición de las personas en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional está detallado en el Título Quinto, Capítulo II de la Ley General, en el artículo 70, fracciones I a la XLVIII.
En este apartado se detallan los criterios sustantivos y adjetivos que por cada rubro de información determinan los datos, características y forma de organización de la información que publicarán y actualizarán en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional, los sujetos obligados determinados en el artículo 23 de la Ley General.
El artículo 70 dice a la letra:
Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
En las siguientes páginas se hace mención de cada una de las fracciones con sus respectivos criterios.
I.   El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros
Los sujetos obligados deberán publicar un listado con la normatividad que emplean para el ejercicio de sus funciones. Cada norma deberá estar categorizada y contener un hipervínculo al documento correspondiente.
De existir normatividad que de ser publicada vulneraría el ejercicio de atribuciones relevantes de determinados sujetos obligados, éstos integrarán a su listado las versiones públicas de tales documentos aclarando a las personas que consulten la información de esta fracción, mediante leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, las razones por las cuales se incluye un documento con la característica de versión pública. Los sujetos obligados bajo ese supuesto considerarán lo establecido en las disposiciones generales de los Lineamientos respecto de las versiones públicas.
Cuando exista alguna reforma, adición, derogación o abrogación de alguna norma aplicable al sujeto obligado, ésta deberá actualizarse en el sitio de Internet y en la Plataforma Nacional en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación.
Para mayor claridad y accesibilidad, la información deberá organizarse mediante un catálogo con los tipos de normatividad siguientes:
·  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
·  Tratados internacionales(1)
·  Constitución Política de la entidad federativa
·  Leyes: generales, federales y locales
·  Códigos
·  Reglamentos
·  Decreto de creación
·  Manuales: administrativos, de integración, organizacionales
·  Reglas de operación
·  Criterios
·  Políticas
·  Otros documentos normativos: condiciones, circulares, normas, bandos, resoluciones, lineamientos, acuerdos, convenios, contratos, estatutos sindicales, estatutos universitarios, estatutos de personas morales, memorandos de entendimiento, entre otros aplicables al sujeto obligado de conformidad con sus facultades y atribuciones.
Desde cada tipo de normatividad se deberá desplegar un listado con la denominación de cada uno de los documentos aplicables al sujeto obligado, la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), órganos oficiales de difusión o los medios institucionales correspondientes, la fecha de última modificación de
la norma en el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016) y un hipervínculo al texto completo de cada norma.
Respecto de los tratados internacionales, deberán publicarse por lo menos los siguientes: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Interamericana de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Además se incluirán los tratados internacionales relativos a la materia específica de cada sujeto obligado.
Los sujetos obligados incluirán una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, respecto de tratados internacionales y demás normatividad que consideren relevante adicionar a lo requerido.
En caso de que el sujeto obligado no cuente con ninguna norma del tipo: Manuales: administrativos, de integración, organizacionales; Reglas de operación, Criterios, Políticas, Otros documentos normativos: normas, circulares, bandos, resoluciones, lineamientos, acuerdos, estatutos; deberá incluir una leyenda actualizada al periodo que corresponda que lo aclare, por ejemplo: "No existen manuales de organización aplicables a la Secretaría de Turismo."
Todos los sujetos obligados deberán incluir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales que les corresponda.
En cuanto a las políticas que se incluirán como parte de la normatividad, se publicarán aquellos documentos normativos que tienen como objetivo orientar y establecer directrices de acción relativas a cada sujeto obligado, las cuales deben ser acatadas por los miembros del mismo y se han emitido mediante avisos, circulares u otras comunicaciones oficiales.
Nota: Los documentos normativos publicados en formato PDF deberán considerar una versión o formato que permita su reutilización.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Cuando se decrete, reforme, adicione, derogue o abrogue cualquier norma aplicable al sujeto obligado, la información deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación en Diario Oficial de la Federación (DOF), Periódico o Gaceta Oficial, o acuerdo de aprobación en el caso de normas publicadas por medios distintos, como el sitio de Internet(2).
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Tipo de normatividad (Incluir catálogo: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos / Tratados internacionales / Constitución Política de la entidad federativa o Estatuto de gobierno del Distrito Federal / Leyes: generales, federales y locales / Códigos / Reglamentos / Decreto de creación / Manuales administrativos, de integración, organizacionales / Reglas de operación / Criterios / Políticas / Otros documentos normativos: normas, bandos, resoluciones, lineamientos circulares, acuerdos, convenios, contratos, estatutos sindicales, estatutos universitarios, estatutos de personas morales, memorandos de entendimiento, entre otros aplicables al sujeto obligado de conformidad con sus facultades y atribuciones)
Criterio 2      Denominación de la norma que se reporta
Criterio 3      Fecha de publicación en el DOF u otro medio oficial o institucional expresada en el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016). Para el caso de Otros documentos normativos se incluirá la fecha de publicación y/o fecha de firma o aprobación y en el caso de Tratados Internacionales se registrará la fecha de publicación y/o fecha de ratificación
Criterio 4      Fecha de última modificación, en su caso, expresada en el formato día/mes/
año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 5      Hipervínculo al documento completo de cada norma
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 6      Periodo de actualización de la información: trimestral. Cuando se decrete, reforme, adicione, derogue o abrogue cualquier norma aplicable al sujeto obligado, la información deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación en el medio oficial que corresponda
Criterio 7      La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 8      Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 9      Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 10    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 11    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 12    La información publicada se organiza mediante el formato 1, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 13    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 1. LGT_Art_70_Fr_I
Normatividad aplicable a <<sujeto obligado>>
Tipo de normatividad (Incluir catálogo:
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos / Tratados internacionales /
Constitución Política de la entidad federativa o
Estatuto de gobierno del Distrito Federal /
Leyes: generales, federales y locales / Códigos
/ Reglamentos / Decreto de creación /
Manuales administrativos, de integración,
organizacionales / Reglas de operación /
Criterios / Políticas / Otros documentos
normativos: normas, bandos, resoluciones,
lineamientos circulares, acuerdos, convenios,
contratos, estatutos sindicales, estatutos
universitarios, estatutos de personas morales,
memorandos de entendimiento, entre otros
aplicables al sujeto obligado de conformidad
con sus facultades y atribuciones)
Denominación
de la norma
Fecha de publicación en DOF u
otro medio oficial o institucional.
Para el caso de Otros
documentos normativos se
incluirá la fecha de publicación
y/o fecha de firma o aprobación
y en el caso de Tratados
Internacionales se registrará la
fecha de publicación y/o fecha
de ratificación
Fecha de
última
modificación,
en su caso
Hipervínculo
al documento
de la norma
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral. Cuando se decrete, reforme, adicione, derogue o abrogue cualquier norma aplicable al sujeto obligado, la información deberá publicarse y/o actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación en el medio oficial que corresponda.
Fecha de actualización: día/mes/año
 
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información: ______________
II.         Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados de conformidad con las disposiciones aplicables
El sujeto obligado incluirá la estructura orgánica que da cuenta de la distribución y orden de las funciones que se establecen para el cumplimiento de sus objetivos conforme a criterios de jerarquía y especialización, ordenados y codificados cuando así corresponda, mediante los catálogos de Áreas y de clave o nivel del puesto, de tal forma que sea posible visualizar los niveles jerárquicos y sus relaciones de dependencia de acuerdo con el estatuto orgánico u otro ordenamiento que le aplique.
Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. En aquellos casos en los que dicha estructura no corresponda con la funcional, deberá especificarse cuáles puestos se encuentran en tránsito de aprobación por parte de las autoridades competentes. Si la estructura aprobada se modifica, los sujetos obligados deberán aclarar mediante leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, cuáles son las áreas de reciente creación, las que cambiaron de denominación (anterior y actual) y aquéllas que desaparecieron. Esta leyenda se conservará durante un trimestre, el cual empezará a contar a partir de la actualización de la fracción.
Los sujetos obligados que no tengan estructura orgánica autorizada deberán incluir una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, que explique la situación del sujeto obligado.
La estructura orgánica deberá incluir al titular del sujeto obligado y todos los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas, áreas, institutos o los que correspondan, incluido el personal de gabinete de apoyo u homólogo, prestadores de servicios profesionales, miembros de los sujetos obligados, así como los respectivos niveles de adjunto, homólogo o cualquier otro equivalente, según la denominación que se le dé.
Asimismo, se publicará la estructura orgánica de la administración paramunicipal, desconcentrada y de los diversos institutos con que cuentan los municipios, ayuntamientos o delegaciones.
En cada nivel de estructura el sujeto obligado deberá incluir, en su caso, a los prestadores de servicios profesionales contratados y/o a los miembros integrados de conformidad con las disposiciones aplicables (por ejemplo, en puestos honoríficos o que realicen actos de autoridad). Todos los sujetos obligados deberán incluir una leyenda que especifique claramente que los prestadores de servicios profesionales reportados no forman parte de la estructura orgánica en virtud de que fungen como apoyo para el desarrollo de las actividades de los puestos que conforman la estructura orgánica.
Cada nivel de la estructura deberá desplegar un listado de las áreas que le están subordinadas jerárquicamente, así como las atribuciones, responsabilidades y/o funciones conferidas por las disposiciones aplicables a los(as) servidores(as) públicos(as) y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, además de los(as) prestadores(as) de servicios profesionales contratados en cada una de esas áreas.
Además, se publicará un hipervínculo al organigrama completo, con el objetivo de visualizar la representación gráfica de la estructura orgánica, desde el puesto del titular del sujeto obligado hasta el nivel de jefatura de departamento u homólogo y, en su caso, los prestadores de servicios profesionales y/o cualquier otro tipo de personal adscrito(3).
Respecto de los sujetos obligados que no forman parte de los organismos gubernamentales la estructura orgánica hará referencia a los cargos equivalentes conforme a su normatividad interna.
La información a que se refiere esta fracción deberá guardar coherencia con lo publicado en las fracciones III (facultades de cada área), VI (indicadores de objetivos y resultados), VII (directorio), VIII (remuneración), IX (gastos de representación y viáticos), X (número total de plazas), XI (servicios profesionales por honorarios), XII (declaraciones patrimoniales), XIII (unidad de transparencia) XIV (convocatorias a concursos) XVII (información curricular y sanciones) y XVIII (servidores Públicos con sanciones) del artículo 70 de la Ley General. Los catálogos de clave o nivel del puesto y el de la denominación de los puestos serán las llaves que enlacen con el resto de la información.
 
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Periodo de actualización: trimestral
En su caso, 15 días hábiles después de la aprobación de alguna modificación a la estructura orgánica.
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Denominación del Área (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 2      Denominación del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado). La información deberá estar ordenada de tal forma que sea posible visualizar los niveles de jerarquía y sus relaciones de dependencia
Criterio 3      Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)
Criterio 4      Clave o nivel del puesto (en su caso) de acuerdo con el catálogo que regule la actividad del sujeto obligado]
Criterio 5      Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario / servidor público / empleado / representante popular / miembro del poder judicial / miembro de órgano autónomo [especificar denominación] / personal de confianza / prestador de servicios profesionales / otro [especificar denominación])
Criterio 6      Área de adscripción (Área inmediata superior)
Criterio 7      Por cada puesto y/o cargo de la estructura se deberá especificar la denominación de la norma que establece sus atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso
Criterio 8      Fundamento legal (artículo y/o fracción) que sustenta el puesto
Criterio 9      Por cada puesto o cargo deben desplegarse las atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso
Criterio 10    Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en caso de existir de acuerdo con la normatividad que aplique
Criterio 11    En cada nivel de estructura se deben incluir, en su caso, a los prestadores de servicios profesionales o los miembros que se integren al sujeto obligado de conformidad con las disposiciones aplicables (por ejemplo, en puestos honoríficos)
Criterio 12    Hipervínculo al organigrama completo (forma gráfica) acorde a su normatividad, el cual deberá contener el número de dictamen o similar
Criterio 13    Respecto de los prestadores de servicios profesionales reportados se incluirá una leyenda que especifique que éstos no forman parte de la estructura orgánica del sujeto obligado, toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las actividades de los puestos que conforman la estructura
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 14    Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de la aprobación de alguna modificación a la estructura orgánica
Criterio 15    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 16    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
 
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 17    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 18    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 19    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 20    La información publicada se organiza mediante el formato 2, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 21    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 2. LGT_Art_70_Fr_II
Estructura orgánica de <<sujeto obligado>>
Denominación
del Área
(catálogo)
Denominación
del puesto
(catálogo)
Denominación del
cargo (de
conformidad con
nombramiento
otorgado)
Clave o
nivel de
puesto
Tipo de integrante del sujeto obligado
(funcionario / servidor público / empleado /
representante popular / miembro del poder
judicial / miembro de órgano autónomo
[especificar denominación] / personal de
confianza / prestador de servicios
profesionales / otro [especificar
denominación])
Área de
adscripción (área
inmediata
superior)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Denominación de la
norma que establece
atribuciones,
responsabilidades y/o
funciones (Ley,
Estatuto, Decreto, otro)
Fundamento
Legal (artículo
y/o fracción)
Atribuciones,
responsabilidades
y/o funciones por
cada puesto o
cargo
Hipervínculo al
perfil y/o
requerimientos del
puesto o cargo, en
caso de existir de
acuerdo con la
normatividad que
aplique
Prestadores
de servicios
profesionales/
otro miembro
(en su caso)
Hipervínculo al
Organigrama
completo (forma
gráfica)
Leyenda
respecto de
los
prestadores
de servicios
profesionales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de la aprobación de alguna
modificación a la estructura orgánica
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ______________
III. Las facultades de cada Área
En cumplimiento a esta fracción, los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o normatividad equivalente respectiva, entendidas éstas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones.
Esta fracción guarda relación directa con la estructura orgánica publicada por los sujetos obligados en
cumplimiento de la fracción II, toda vez que deben describirse las facultades de cada una de las áreas que la conforman. También guarda correspondencia con lo publicado en las fracciones IV (metas y objetivos), V (indicadores de interés), VI (indicadores de resultados) y XIII (unidad de transparencia) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación.
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Denominación del Área (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Por cada Área se deberá especificar lo siguiente
Criterio 2      Denominación de la norma en la que se establecen sus facultades(4)
Criterio 3      Fundamento legal (artículo y/o fracción)
Criterio 4      Se deberá desplegar el fragmento del reglamento interior, estatuto orgánico o normatividad equivalente en el que se observen las facultades que correspondan al Área
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 5      Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación
Criterio 6      La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 7      Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 8      Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 9      Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 10    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 11    La información publicada se organiza mediante el formato 3, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 12    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 3. LGT_Art_70_Fr_III
Facultades de cada Área de <<sujeto obligado>>
Denominación del
Área (catálogo)
Denominación de la
norma que establece las
facultades del Área
Fundamento
Legal (artículo y/
o fracción)
Fragmento del reglamento interior,
estatuto orgánico o normatividad
equivalente en el que se observen
las facultades del área
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ______________
IV.        Las metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos
Para el cumplimiento de esta fracción se deberá entender como meta la cuantificación y/o expresión numérica del o los objetivos y/o indicadores que planea o busca alcanzar el sujeto obligado a través de cada una de las áreas o unidades responsables ejecutoras del gasto o concentradoras que consoliden las actividades, según corresponda, en el tiempo especificado y con los recursos necesarios en los términos de la normatividad que le sea aplicable.
La información publicada en esta fracción deberá ser correspondiente con las áreas o unidades ejecutoras del gasto y guardar relación con las especificadas en la estructura orgánica del sujeto obligado (fracción II). Para cada una de estas áreas se publicarán sus metas y objetivos vinculados a los programas operativos, presupuestarios, sectoriales, regionales institucionales, especiales, de trabajo y/o anuales en términos de la normatividad que le sean aplicables. También deberá haber congruencia con lo señalado en las fracciones III (las facultades de cada área) y VI (indicadores).
La información deberá publicarse de tal forma que se posibilite la consulta por año y por área o unidad responsable, en cuyo caso se deberá incluir el reglamento interior, estatuto orgánico, manual de organización, o el documento similar que contenga las áreas o unidades responsables, si así corresponde.
Desde cada área o unidad responsable se brindará la posibilidad de consultar sus objetivos, indicadores, así como las metas propuestas.
Se deberá incluir un hipervínculo al o los programas operativos, presupuestarios, sectoriales, regionales, institucionales, especiales, de trabajo y/o anuales, o secciones de éstos, en los que se establecerá la meta u objetivo del ejercicio en curso y el correspondiente a los seis ejercicios anteriores cuando la normatividad de contabilidad gubernamental así lo establezca.
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Periodo de actualización: anual
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Denominación del Área o Unidad responsable. Se pondrá entre paréntesis el nombre del documento que en su caso regule la actividad del sujeto obligado: reglamento interior / manual de organización / otro
Criterio 3      Descripción breve y clara de cada objetivo
Criterio 4      Cada objetivo deberá desplegar sus indicadores asociados
Criterio 5      Cada indicador deberá desplegar la(s) meta(s)
Criterio 6      Cada meta deberá especificar su unidad de medida
Criterio 7      Hipervínculo al documento del o los programas operativos / presupuestario / sectorial / regionales / institucionales / especiales / de trabajo y/o anuales, según corresponda en un formato que permita la reutilización de la información
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 8      Periodo de actualización de la información: anual
Criterio 9      La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 10    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
 
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 11    Área(s) o unidad(es) responsable(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son encargadas de publicarla y actualizarla
Criterio 12    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 13    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 14    La información publicada se organiza mediante el formato 4, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 15    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 4. LGT_Art_70_Fr_IV
Objetivos y metas institucionales de <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Denominación del
área o unidad
responsable
Objetivos
Indicadores
asociados a
cada objetivo
Meta(s)
Unidad de
medida
Hipervínculo al programa operativo
/ presupuestario / sectorial /
regionales / institucionales /
especiales / de trabajo y/o
anuales, según corresponda en un
formato que permita la reutilización
de la información
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: anual
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ________________
V.         Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer
Se entiende por temas de interés público o trascendencia social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3, fracción XII de la Ley General, aquellos temas que son relevantes o beneficiosos para la sociedad y cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo los sujetos obligados.
Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a los indicadores que valoren los resultados del sujeto obligado en su conjunto, de acuerdo con su misión, objetivos y/o atribuciones previstas en las disposiciones que los regulen.
En el caso de los sujetos obligados que se regulen por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable que no cuenten con tales indicadores, los elaborarán observando lo establecido en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable antes citado, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 o sus subsecuentes modificaciones y podrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el CONEVAL.
Para ello, desde el sitio de Internet de cada sujeto obligado se brindará la información de los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social, de tal forma que se posibilite la consulta por sujeto obligado, año y objetivos, en relación con los planes de desarrollo nacional, estatal o municipal o programas que deriven de estos; la misión institucional, entre otros.
La información deberá incluir al menos los siguientes datos: nombre del indicador, dimensión a medir, definición del indicador, método de cálculo, unidad de medida, frecuencia de medición, sentido del indicador, línea base, metas programadas y ajustadas, cuando corresponda, así como el avance de las mismas.
Los sujetos obligados que no estén regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como
por las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable referidas en el presente apartado, podrán sujetarse a éstas para efecto de dar cumplimiento a los presentes Lineamientos.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: anual
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Descripción breve y clara de cada objetivo
Criterio 4      Nombre del(os) indicador(es)
Criterio 5      La(s) dimensión(es) a medir
Criterio 6      Definición del indicador, es decir, explicación breve y clara respecto de lo que debe medir el indicador
Criterio 7      Método de cálculo, es decir, las variables que intervienen en la fórmula. Se deberá especificar el significado de las siglas y/o abreviaturas
Criterio 8      Unidad de medida
Criterio 9      Frecuencia de medición
Criterio 10    Línea base
Criterio 11    Metas programadas
Criterio 12    Metas ajustadas, en su caso
Criterio 13    Avance de las metas al periodo que se informa
Criterio 14    Sentido del indicador(5) (Ascendente/Descendente)
Criterio 15    Fuente de información (especificar la fuente de información que alimenta al indicador, por lo menos integrando: nombre de ésta e institución responsable de su medición)
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 16    Periodo de actualización de la información: anual
Criterio 17    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 18    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 19    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 20    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 21    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 22    La información publicada se organiza mediante el formato 5, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de
contenido
Criterio 23    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 5. LGT_Art_70_Fr_V
Indicadores de <<tema de interés público>> de <<sujeto obligado>>
Ejercicio (en curso y seis
anteriores)
Periodo
Objetivo
institucional
Nombre del
indicador
Dimensión(es) a
medir
Definición del
indicador
Método de
cálculo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Unidad de
medida
Frecuencia
de medición
Línea base
Metas
programadas
Metas
ajustadas, en
su caso
Avance de
las metas
Sentido del
indicador
Fuente de información
(especificar la fuente de
información que alimenta
al indicador, por lo menos
integrando: nombre de
ésta e institución
responsable de su
medición)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: anual
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ________________
VI.        Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados
Los sujetos obligados que se regulen por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable publicarán la información de los indicadores de desempeño observando lo establecido en los Lineamientos para la construcción y diseño de indicadores de desempeño mediante la Metodología de Marco Lógico emitidos por el Consejo antes citado, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 o sus subsecuentes modificaciones y podrán hacer uso de las Guías para la construcción de la MIR y para el diseño de indicadores que se encuentran disponibles en las páginas de Internet de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el CONEVAL.
La información deberá publicarse de tal forma que sea posible la consulta por sujeto obligado, año y área o unidad responsable del programa. La información relacionada con los indicadores de desempeño deberá incluir por lo menos: nombre del indicador, dimensión a medir, definición del indicador, método de cálculo, unidad de medida, frecuencia de medición, sentido del indicador, línea base, metas programadas, metas ajustadas y avance de metas.
Los sujetos obligados que no estén regulados por la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como por las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable referidas en el presente apartado, podrán sujetarse a éstas para efecto de dar cumplimiento a los presentes Lineamientos.
La información publicada en cumplimiento de la presente fracción deberá guardar correspondencia con lo publicado en las fracciones IV (metas y objetivos), V (indicadores de interés público), XV (programas de subsidios, estímulos y apoyos) y XXXVIII (programas y trámites ofrecidos) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: anual
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
 
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Nombre del programa o concepto al que corresponde el indicador
Criterio 4      Descripción breve y clara de cada objetivo institucional
Criterio 5      Nombre del(os) indicador(es)
Criterio 6      Dimensión(es) a medir (eficacia, eficiencia, calidad y economía)
Criterio 7      Definición del indicador, es decir, explicación breve y clara respecto de lo que éste debe medir
Criterio 8      Método de cálculo con las variables que intervienen en la fórmula, se deberá incluir el significado de las siglas y/o abreviaturas
Criterio 9      Unidad de medida
Criterio 10    Frecuencia de medición
Criterio 11    Línea base
Criterio 12    Metas programadas
Criterio 13    Metas ajustadas que existan, en su caso
Criterio 14    Avance de metas
Criterio 15    Sentido del indicador(6) (Ascendente/Descendente)
Criterio 16    Fuentes de información (especificar la fuente de información que alimenta al indicador, por lo menos integrando: nombre de ésta e institución responsable de la fuente)
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 17    Periodo de actualización de la información: anual
Criterio 18    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 19    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 20    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 21    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 22    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 23    La información publicada se organiza mediante el formato 6, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 24    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 6. LGT_Art_70_Fr_VI
 
Indicadores de resultados de <<sujeto obligado>>
Ejercicio (en
curso y seis
ejercicios
anteriores)
Periodo
Nombre del
programa o
concepto al que
corresponde el
indicador
Objetivo
institucional
Nombre del
indicador
 
 
 
 
 










 
Dimensión(es) a medir: (eficacia,
eficiencia, calidad y economía)
Definición del indicador
Método de cálculo con variables
de la fórmula (incluir el
significado de las siglas y/o
abreviaturas)
 
 
 
 
 
 
 
Unidad de
medida
Frecuencia
de medición
Línea
base
Metas
programadas
Metas
ajustadas, en
su caso
Avance de metas
Sentido del
indicador
(Ascendente/
Descendente)
Fuentes de
información
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: anual
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ________________.
VII.       El directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad, o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales
Para el cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán integrar el directorio con los datos básicos para establecer contacto con sus servidores(as) públicos(as), integrantes y/o miembros, así como toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en los mismos.
Se publicará la información correspondiente desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado; y de menor nivel en caso de que brinden atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de honorarios, confianza y personal de base(7).
Respecto de los prestadores de servicios profesionales reportados se incluirá una leyenda que
especifique que éstos no forman parte de la estructura orgánica del sujeto obligado toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las actividades de los puestos que conforman la estructura.
La información que se publique en cumplimiento de la presente fracción guardará correspondencia con lo publicado en las fracciones II (estructura orgánica), III (facultades de cada área), VIII (remuneración), IX (gastos de representación y viáticos), X (total de plazas y personal de base y confianza), XII (declaraciones patrimoniales), XIII (Unidad de Transparencia), XIV (convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos) y XVII (información curricular de servidores[as] públicos[as]) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 2      Denominación del cargo o nombramiento otorgado
Criterio 3      Nombre del servidor(a) público(a)(nombre[s], primer apellido, segundo apellido), integrante y/o miembro del sujeto obligado, y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad(8). En su caso, incluir una leyenda que especifique el motivo por el cual no existe servidor público ocupando el cargo, por ejemplo: Vacante
Criterio 4      Área o unidad administrativa de adscripción (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos)
Criterio 5      Fecha de alta en el cargo con el formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 6      Domicilio para recibir correspondencia oficial (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)(9)
Criterio 7      Número(s) de teléfono(s) oficial(es) y extensión (es)
Criterio 8      Correo electrónico oficial, en su caso
Criterio 9      Respecto de los prestadores de servicios profesionales reportados se incluirá una leyenda que especifique que éstos no forman parte de la estructura orgánica del sujeto obligado toda vez que fungen como apoyo para el desarrollo de las actividades de los puestos que conforman la estructura
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 10    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 11    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 12    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 13    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 14    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 15    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
 
Criterios adjetivos de formato
Criterio 16    La información publicada se organiza mediante el formato 7, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 17    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 7. LGT_Art_70_Fr_VII
Directorio de <<sujeto obligado>>
Clave o nivel
del puesto
Denominación del
cargo o
nombramiento
otorgado
Nombre del servidor(a) público(a)
(nombre(s), integrante y/o, miembro del
sujeto obligado, y/o persona que
desempeñe un empleo, cargo o comisión
y/o ejerza actos de autoridad
Área o unidad
administrativa de
adscripción
Fecha de alta en el
cargo (día/mes/
año)
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio oficial
Tipo
vialidad
Nombre
vialidad
Número
Exterior
Número
Interior,
en su
caso
Tipo de
asentamiento
Nombre del
asentamiento
Clave de
la
localidad
Nombre de
la
localidad
Clave del
municipio
Nombre del
municipio o
delegación
Clave de la
entidad
federativa
Nombre de
la entidad
federativa
Código
postal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Número(s) de
teléfono oficial y
extensión
Correo
electrónico
oficial
Leyenda respecto de los
prestadores de servicios
profesionales
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ______________________
VIII.      La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración
Con base en lo establecido en el artículo 3, fracción XVIII de la Ley General, los servidores públicos son:
"Los mencionados en el párrafo primero del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus correlativos de las Entidades Federativas y municipios que establezcan las Constituciones de los Estados y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal".
Asimismo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el párrafo primero del artículo 108 lo siguiente:
"...a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones."
(...)
Lo anterior permite a cada sujeto obligado identificar claramente cuál información deberá publicar en este rubro a fin de cumplir con el principio de máxima publicidad y proporcionar, a través de su sitio de transparencia y de la Plataforma Nacional, la información de todos(as) los(as) servidores(as) públicos(as) de base, de confianza, integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo,
cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, relativa a: la remuneración bruta y neta, todas las percepciones en efectivo o en especie, sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, apoyos económicos, ingresos sistemas de compensación, entre otros, señalando la periodicidad de dicha remuneración(10).
En caso de que no sea asignado alguno de los rubros anteriores de acuerdo con la normativa correspondiente, se deberá indicar mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
La información deberá guardar coherencia con lo publicado en cumplimiento de las fracciones II (estructura orgánica), III (facultades de cada área), VII (directorio), IX (gastos de representación y viáticos), X (número total de plazas y del personal de base y confianza), XIII (información de la unidad de transparencia), XIV (convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos) y XVII (información curricular) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior.
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario, servidor[a] público[a] de base, de confianza, integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, empleado, representante popular, miembro del poder judicial, miembro de órgano autónomo [especificar denominación], personal de confianza, prestador de servicios profesionales, otro [especificar denominación])
Criterio 2      Clave o nivel del puesto (en su caso, de acuerdo con el catálogo que regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 3      Denominación o descripción del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 4      Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)
Criterio 5      Área de adscripción (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos, si así corresponde)
Criterio 6      Nombre completo del(a) servidor(a) público(a) y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad (nombre [s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 7      Sexo: Femenino/Masculino
Criterio 8      Remuneración mensual bruta (se refiere a las percepciones totales sin descuento alguno): Pesos mexicanos / Otra moneda (especificar nombre y nacionalidad de ésta)
Criterio 9      Remuneración mensual neta (se refiere a la remuneración mensual bruta menos las deducciones genéricas previstas por ley: ISR, ISSSTE, otra [especificar]) (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 10    Percepciones en efectivo o en especie y adicionales, así como su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 11    Ingresos y sistemas de compensación, así como su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 12    Gratificaciones y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 13    Primas y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
 
Criterio 14    Comisiones y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 15    Dietas y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 16    Bonos y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 17    Estímulos y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 18    Apoyos económicos y su periodicidad (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 19    Prestaciones económicas y/o en especie que se otorguen por tipo de trabajador y de conformidad con la normatividad correspondiente (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterio 20    Otro tipo de percepción (Pesos mexicanos / Otra moneda [especificar nombre y nacionalidad de ésta])
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 21    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 22    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 23    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información del ejercicio en curso y por lo menos uno anterior de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 24    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 25    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 26    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 27    La información publicada se organiza mediante el formato 8, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 28    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 8. LGT_Art_70_Fr_VIII
Remuneraciones bruta y neta de todos los(as) servidores(as) públicos(as) de base y de confianza
de <<sujeto obligado>>
Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario, servidor(a)
público(a), empleado, y/o toda persona que desempeñe un
empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad,
representante popular, miembro del poder judicial, miembro de
órgano autónomo [especificar denominación], personal de
confianza, prestador de servicios profesionales, otro [especificar
denominación])
Clave o nivel del
puesto
Denominación del
puesto
Denominación del
cargo
Área de
adscripción
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nombre completo del servidor público y/o toda persona que desempeñe
un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad
Sexo: Femenino
/ Masculino
Remuneración mensual
bruta
(Pesos mexicanos/ Otra
moneda [especificar
nombre y nacionalidad de
ésta])
Remuneración mensual neta
(Pesos mexicanos/Otra moneda
[especificar nombre y nacionalidad
de ésta])
Nombre(s)
Primer apellido
Segundo apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Percepciones
adicionales en
efectivo
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
Percepciones
adicionales en
especie
Periodicidad
Ingresos
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad de
ésta])
Sistemas de
compensación
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad de
ésta])
Periodicidad
Gratificacion
es
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
Periodicidad
Primas
(Pesos
mexicanos/
Otra
moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodicidad
Comisiones
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
Periodicidad
Dietas
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
Periodicidad
Bonos
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
Periodicidad
Estímulos
(Pesos
mexicanos /
Otra moneda
[especificar
nombre y
nacionalidad
de ésta])
Periodicidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Apoyos económicos
(Pesos mexicanos / Otra
moneda [especificar nombre
y nacionalidad de ésta])
Periodicidad
Prestaciones económicas
(Pesos mexicanos / Otra
moneda [especificar nombre
y nacionalidad de ésta])
Prestaciones en
especie
Periodicidad
Otro tipo de percepción
(Pesos mexicanos / Otra
moneda [especificar nombre
y nacionalidad de ésta]))
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
IX. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente
El Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable define a los servicios de traslado y viáticos como las "asignaciones destinadas a cubrir los servicios de traslado, instalación y viáticos del personal, cuando por el desempeño de sus labores propias o comisiones de trabajo, requieran trasladarse a lugares distintos al de su adscripción".
Los sujetos obligados deberán difundir en su respectivo sitio de Internet y en la Plataforma Nacional, la información sobre los gastos erogados y asignados a las partidas que conforman el concepto 3700 Servicios de Traslado y Viáticos: gastos de pasajes (aéreos, terrestres, marítimos, lacustres y fluviales), servicios integrales de traslado, y otros servicios de traslado (partidas genéricas 371 a 373, 375,376, 378y 379)(11) o las partidas que sean equiparables(12).
Asimismo, el Clasificador por Objeto del Gasto referido define los gastos de representación como las "asignaciones destinadas a cubrir gastos autorizados a los(as) servidores(as) públicos(as) de mandos medios y superiores por concepto de atención a actividades institucionales originadas por el desempeño de las funciones encomendadas para la consecución de los objetivos de los entes públicos a los que estén adscritos" y los cataloga mediante la partida 385 Gastos de representación, la cual deberá hacerse pública también.
En esta fracción se difundirá además la información relativa a este concepto respecto de los integrantes, miembros y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en los sujetos obligados o ejerza actos de autoridad en los mismos.
Todos los sujetos obligados publicarán la información relativa a las partidas antes mencionadas o las que sean equivalentes, organizada mediante dos opciones: viáticos y gastos de representación, de tal forma que en cada una se enlisten los nombres completos y cargos de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes,
miembros y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en los sujetos obligados y/o ejerza actos de autoridad en ellos y que hayan ejercido estos tipos de gastos(13), con las excepciones previstas en la Ley General(14). Cuando así corresponda, se incluirá una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo correspondiente, especificando las razones por la cuales no se publica o no se cuenta con la información requerida.
La información se actualizará trimestralmente y se deberá poder relacionar con los datos de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en los sujetos obligados y/o ejerza actos de autoridad en ellos, difundidos en las fracciones II (estructura orgánica), VII (directorio) y VIII (remuneración) del artículo 70 de la Ley General.
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Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior.
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Respecto a los gastos por concepto de viáticos publicar lo siguiente:
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario, servidor[a] público[a], integrantes, miembros y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en los sujetos obligados y/o ejerza actos de autoridad en ellos, empleado, representante popular, miembro del poder judicial, miembro de órgano autónomo [especificar denominación], personal de confianza, prestador de servicios profesionales, otro [especificar denominación])
Criterio 4      Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 5      Denominación del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado, por ej. Subdirector[a] A)
Criterio 6      Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado, por ej. Subdirector[a] de recursos humanos)
Criterio 7      Área de adscripción o unidad administrativa (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos si así corresponde)
Criterio 8      Nombre completo del (la) servidor(a) público(a), trabajador, prestador de servicios, miembro y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en el sujeto obligado (nombre[s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 9      Denominación del encargo o comisión(15)
Criterio 10    Tipo de viaje (nacional / internacional)
Criterio 11    Número de personas acompañantes en el encargo o comisión del trabajador, prestador de servicios, servidor(a) público(a), miembro y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en el sujeto obligado comisionado
Criterio 12    Importe ejercido por el total de acompañantes
Respecto del destino y periodo del encargo o comisión:
Criterio 13    Origen del encargo o comisión (país, estado y ciudad)
Criterio 14    Destino del encargo o comisión (país, estado y ciudad)
Criterio 15    Motivo del encargo o comisión(16)
 
Criterio 16    Fecha de salida: con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 17    Fecha de regreso: con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
En relación con el importe ejercido se incluirá el total erogado para atender el encargo o comisión, desglosándolo por concepto y/o partida:
Criterio 18    Clave de la partida de cada uno de los conceptos correspondientes, con base en el Clasificador por Objeto del Gasto o Clasificador Contable que aplique
Criterio 19    Denominación de la partida de cada uno de los conceptos correspondientes, los cuales deberán ser armónicos con el Clasificador por Objeto del Gasto o Clasificador Contable que aplique. Por ejemplo: pasajes aéreos, terrestres, marítimos, lacustres y fluviales; autotransporte; viáticos en el país o en el extranjero; gastos de instalación y traslado de menaje; servicios integrales de traslado y viáticos; otros servicios de traslado y hospedaje; otra (especificar)
Criterio 20    Importe ejercido erogado por concepto de viáticos
Criterio 21    Importe total ejercido erogado con motivo del encargo o comisión
Criterio 22    Importe total de gastos no erogados derivados del encargo o comisión
Respecto al informe sobre la comisión o encargo publicar lo siguiente:
Criterio 23    Fecha de entrega del informe de la comisión o encargo encomendado, con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 24    Hipervínculo al informe de la comisión o encargo encomendado, donde se señalen las actividades realizadas, los resultados obtenidos, las contribuciones a la institución y las conclusiones; en su caso, se deberá incluir una leyenda explicando lo que corresponda
Criterio 25    Hipervínculo a las facturas o comprobantes que soporten las erogaciones realizadas
Criterio 26    Hipervínculo a la normatividad que regula los gastos por concepto de viáticos del sujeto obligado
Respecto a los gastos de representación publicar lo siguiente:
Criterio 27    Ejercicio
Criterio 28    Periodo que se reporta
Criterio 29    Tipo de miembro del sujeto obligado (funcionario, servidor[a] público[a] y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en el sujeto obligado; empleado, representante popular, miembro del poder judicial, miembro de órgano autónomo [especificar denominación], personal de confianza, integrante, prestador de servicios profesionales, otro [señalar denominación])
Criterio 30    Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 31    Denominación del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado, por ej. Subdirector[a] A)
Criterio 32    Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado, por ej. Subdirector[a] de recursos humanos)
Criterio 33    Área de adscripción (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos, si así corresponde)
Criterio 34    Nombre completo del (la) servidor(a) público(a), trabajador, prestador de servicios, miembro y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado (nombre[s],
primer apellido y segundo apellido)
Criterio 35    Denominación del acto de representación
Criterio 36    Tipo de viaje (nacional/internacional)
Criterio 37    Número de personas acompañantes en el acto de representación del trabajador, prestador de servicios, servidor(a) público(a), miembro y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad comisionado
Criterio 38    Importe ejercido por el total de acompañantes
Respecto del destino y periodo del acto de representación:
Criterio 39    Origen del acto de representación (país, estado y ciudad)
Criterio 40    Destino del acto de representación (país, estado y ciudad)
Criterio 41    Motivo del acto de representación
Criterio 42    Fecha de salida: con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 43    Fecha de regreso: con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
En relación con el importe ejercido se incluirá el total erogado para atender el acto de representación, desglosándolo por concepto y/o partida:
Criterio 44    Clave de la partida de cada uno de los conceptos correspondientes, con base en el Clasificador por Objeto del Gasto o Clasificador Contable que aplique
Criterio 45    Denominación de la partida de cada uno de los conceptos correspondientes, los cuales deberán ser armónicos con el Clasificador por Objeto del Gasto o Clasificador Contable que aplique. Por ejemplo: pasajes aéreos, terrestres, marítimos, lacustres y fluviales; autotransporte; viáticos en el país o en el extranjero; gastos de instalación y traslado de menaje; servicios integrales de traslado y viáticos; otros servicios de traslado y hospedaje; otro (especificar)
Criterio 46    Importe ejercido erogado por concepto de gastos de representación
Criterio 47    Importe total ejercido erogado con motivo del acto de representación
Criterio 48    Importe total de gastos no erogados derivados del acto de representación
Respecto al informe sobre el acto de representación publicar lo siguiente:
Criterio 49    Fecha de entrega del informe del acto de representación encomendado, con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 50    Hipervínculo al informe del acto de representación encomendado, donde se señalen las actividades realizadas, los resultados obtenidos, las contribuciones a la institución y las conclusiones; en su caso, se deberá incluir una leyenda explicando lo que corresponda
Criterio 51    Hipervínculo a las facturas o comprobantes que soporten las erogaciones realizadas
Criterio 52    Hipervínculo a la normatividad que regula los gastos de representación del sujeto obligado
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 53    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 54    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
 
Criterio 55    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 56    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 57    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 58    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 59    La información publicada se organiza mediante los formatos 9a y 9b, en los cuales se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 60    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 9a LGT_Art_70_Fr_IX
Gastos por concepto de viáticos de <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que se
informa
Tipo de integrante del sujeto
obligado (funcionario, servidor[a]
público[a] y/o toda persona que
desempeñe un empleo, cargo o
comisión y/o ejerza actos de
autoridad, empleado,
representante popular, miembro
del poder judicial, miembro de
órgano autónomo [especificar
denominación], personal de
confianza, prestador de
servicios profesionales, otro
[especificar denominación])
Clave o nivel
del puesto
Denominación
del puesto
Denominaci
ón del cargo
Área de
adscripción
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nombre completo del (la) servidor(a) público(a),
trabajador, prestador de servicio y/o miembro del
sujeto obligado
Denominación del
encargo o comisión
Tipo de viaje
(Nacional /
Internacional)
Número de personas
acompañantes en el
encargo o comisión
del trabajador,
prestador de
servicios, servidor
público, miembro y/o
toda persona que
desempeñe un
empleo, cargo o
comisión y/o ejerza
actos de autoridad
comisionado
Importe ejercido
por el total de
acompañantes
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Origen del encargo o
comisión
Destino del encargo o
comisión
Motivo del encargo
o comisión
Periodo del encargo o comisión
País
Estado
Ciudad
País
Estado
Ciudad
Salida
(día/mes/año)
Regreso
(día/mes/año)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Importe ejercido por el encargo o comisión
Clave de la partida de cada
uno de los conceptos
correspondientes
Denominación de la partida
de cada uno de los conceptos
correspondientes
Importe ejercido erogado
por concepto de gastos
de viáticos
Importe total ejercido
erogado con motivo
del encargo o
comisión
Importe total de
gastos no erogados
derivados del encargo
o comisión
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Respecto a los informes sobre el encargo o comisión
Fecha de entrega del informe
de la comisión o encargo
encomendado
(día, mes, año)
Hipervínculo al informe de la comisión o encargo
encomendado, donde se señalen las actividades
realizadas, los resultados obtenidos, las
contribuciones a la institución y las conclusiones
Hipervínculo a las
facturas o
comprobantes que
soporten las
erogaciones realizadas
Hipervínculo a la
normatividad que regula
los gastos por concepto
de viáticos
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 9b LGT_Art_70_Fr_IX
Gastos de representación de <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que
se informa
Tipo de miembro del sujeto obligado
(funcionario, servidor[a] público[a], y/o
toda persona que desempeñe un empleo,
cargo o comisión y/o ejerza actos de
autoridad en el sujeto obligado, empleado,
representante popular, miembro del poder
judicial, miembro de órgano autónomo
[especificar denominación], personal de
confianza, integrante, prestador de
servicios profesionales, otro [especificar
denominación])
Clave o nivel del
puesto
Denominación
del puesto
Denominación del
cargo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Área de
adscripción
Nombre completo del (la)
servidor(a) público(a), trabajador,
prestador de servicio y/o miembro
del sujeto obligado
Denominación del
acto de
representación
Tipo de viaje
(nacional/interna
cional)
Número de personas
acompañantes en el acto
de representación del
trabajador, prestador de
servicios, servidor público
y/o miembro comisionado
Importe
ejercido
por el
total de
acompa-
ñantes
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Origen del acto de
representación
Destino del acto de
representación
Motivo del acto de
representación
Periodo del acto de representación
País
Estado
Ciudad
País
Estado
Ciudad
Salida
(día/mes/año)
Regreso
(día/mes/año)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Importe ejercido por concepto de gastos de representación
Clave de la partida de cada
uno de los conceptos
correspondientes
Denominación de la partida
de cada uno de los conceptos
correspondientes
Importe ejercido erogado
por concepto de gastos
de representación
Importe total ejercido
erogado con motivo
del acto de
representación
Importe total de
gastos no erogados
derivados del acto de
representación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Respecto a los informes sobre la comisión o encargo
Fecha de entrega del informe
del acto de representación
encomendado, con el formato
(día, mes, año)
Hipervínculo al informe del acto de
representación encomendado, donde se
señalen las actividades realizadas, los
resultados obtenidos, las contribuciones a la
institución y las conclusiones
Hipervínculo a las
facturas o
comprobantes que
soporten las
erogaciones realizadas
Hipervínculo a la
normatividad que regula
los gastos de
representación
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) genera(n) o posee(n) la información: ____________________
X.         El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa
En este apartado los sujetos obligados publicarán información con base en su estructura orgánica vigente, aprobada y registrada por el órgano competente. Desde cada nivel de estructura se deberá incluir el listado de las áreas que le están subordinadas jerárquicamente y desde cada área se desplegará el listado con el total de plazas tanto de base como de confianza(17), sean de carácter permanente o eventual, de tal forma que se señale cuáles están ocupadas y cuáles vacantes, así como los totales.
La información a que se refiere esta fracción deberá guardar coherencia con lo publicado en las fracciones II (estructura orgánica), III (facultades de cada área), VII (directorio), VIII (remuneración) y XIV (convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos) del artículo 70 de la Ley General. Los catálogos de clave o nivel del puesto y denominación de los mismos serán las llaves que enlacen con el resto de la información.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Periodo que se informa
Criterio 2      Denominación del área (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 3      Denominación del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado). La información deberá estar ordenada de tal forma que sea posible visualizar los niveles de autoridad y sus relaciones de dependencia
Criterio 4      Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 5      Tipo de plaza presupuestaria: de carácter permanente o eventual
Criterio 6      Área de adscripción (área inmediata superior)
Criterio 7      Por cada puesto y/o cargo de la estructura especificar el estado: ocupado o
vacante.
Criterio 8      Por cada puesto y/o cargo de la estructura vacante se incluirá un hipervínculo a las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos abiertos a la sociedad en general o sólo abiertos a los(as) servidores(as) públicos(as) del sujeto obligado, difundidas en la fracción XIV del artículo 70 de la Ley General
Respecto al número total de las plazas del personal de base y confianza se especificará lo siguiente:
Criterio 9      Total de plazas de base
Criterio 10    Total de plazas de base ocupadas
Criterio 11    Total de plazas de base vacantes
Criterio 12    Total de plazas de confianza
Criterio 13    Total de plazas de confianza ocupadas
Criterio 14    Total de plazas de confianza vacantes
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 15    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 16    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 17    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 18    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 19    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 20    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 21     La información publicada se organiza mediante los formatos 10a y 10b, en los cuales se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 22    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 10a. LGT_Art_70_Fr_X
Plazas vacantes del personal de base y confianza de <<sujeto obligado>>
Periodo
que se
informa
Denominación del
área
Denominación del
puesto
Clave o
nivel de
puesto
Tipo de plaza
presupuestaria:
de carácter
permanente o
eventual
Área de
adscripción (área
inmediata
superior)
Estado: ocupado
administrativo, ocupado
servicio profesional, vacante
administrativo, vacante servicio
profesional
Por cada puesto y/o cargo de la
estructura vacante se incluirá un
hipervínculo a las convocatorias a
concursos para ocupar cargos públicos
abiertos a la sociedad en general o sólo
abiertos a los servidores(as)
públicos(as) del sujeto obligado,
difundidas en la fracción XIV del artículo
70 de la Ley General
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
 
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) genera(n) o posee(n) la información: ______________
Formato 10b. LGT_Art_70_Fr_X
Total de plazas vacantes y ocupadas del personal de base y confianza de <<sujeto
obligado>>
Respecto al personal de base, especificar:
Respecto al personal de confianza, especificar:
Total de plazas
de base
Total de plazas de
base ocupadas
Total de plazas de
base vacantes
Total de plazas de
confianza
Total de plazas de
confianza ocupadas
Total de plazas de
confianza vacantes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) genera(n) o posee(n) la información: ______________
XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación
En cumplimiento de la presente fracción, los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos(18).
En el caso de los sujetos obligados de la Federación, la información publicada tendrá relación con lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, y demás normas aplicables a la materia. Por su parte, los sujetos obligados de entidades federativas y municipios se sujetarán a la normatividad en la materia que les resulte aplicable.
En el periodo en el que los sujetos obligados no cuenten con personal contratado bajo este régimen, deberán aclararlo mediante una leyenda debidamente fundamentada y motivada por cada periodo que así sea.
La información a que se refiere esta fracción deberá guardar coherencia con lo publicado en la fracción VII (directorio) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Tipo de contratación: régimen de servicios profesionales por honorarios o servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios
Criterio 4      Partida presupuestal de los recursos con que se cubran los honorarios pactados, con base en el Clasificador por Objeto del Gasto o Clasificador Contable que aplique
Criterio 5      Nombre completo de la persona contratada (nombre[s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 6      Número de contrato
 
Criterio 7      Hipervínculo al contrato correspondiente(19)
Criterio 8      Fecha de inicio del contrato expresada con el formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 9      Fecha de término del contrato expresada con el formato día/mes/año (ej. 31/Diciembre/2016)
Criterio 10    Servicios contratados (objeto del contrato)
Criterio 11    Remuneración mensual bruta o contraprestación
Criterio 12    Monto total a pagar
Criterio 13    Prestaciones, en su caso
Criterio 14    Hipervínculo a la normatividad que regula la celebración de contratos de servicios profesionales por honorarios
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 15    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 16    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 17    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 18    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 19    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 20    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 21    La información publicada se organiza mediante el formato 11, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 22    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 11. LGT_Art_70_Fr_XI
Personal contratado por honorarios por <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que
se informa
Tipo de
contratación
Partida presupuestal de
los recursos con que se
cubran los honorarios
pactados
Nombre de la persona contratada
Número de
contrato
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hipervínculo
al contrato
Fecha de
inicio del
contrato
(día/mes/año)
Fecha de
término del
contrato
(día/mes/año)
Servicios
contratados
Remuneración
mensual bruta o
contraprestación
Monto
total a
pagar
Prestaciones
(en su caso)
Hipervínculo a la
normatividad que
regula la
celebración de
contratos de
servicios
profesionales por
honorarios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ______________________
XII. La información en Versión Pública de las declaraciones patrimoniales, de los Servidores Públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello de acuerdo a la normatividad aplicable
Los sujetos obligados deberán publicar la versión pública(20) de la declaración de situación patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as), integrantes, miembros del sujeto obligado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, y que tiene la obligación de presentar declaración de situación patrimonial(21) en sus tres modalidades: inicio, modificación y de conclusión, de conformidad con la normatividad que resulte aplicable en la materia.
La publicación de la información de esta fracción se hará siempre y cuando los sujetos obligados cuenten con la autorización previa y específica del servidor público de que se trate, es decir, que haya otorgado su consentimiento informado, expreso, previo y por escrito; de conformidad con lo previsto en el artículo 40, párrafo tercero de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
La información que se publique en la presente fracción deberá ser coherente con lo señalado en las fracciones II (estructura orgánica) y VII (directorio) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario, servidor[a] público[a], empleado y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad, representante popular, miembro del poder judicial, miembro de órgano autónomo [especificar denominación], personal de confianza, prestador de servicios profesionales, otro [especificar denominación])
Criterio 3      Clave o nivel del puesto [(en su caso] de acuerdo con el catálogo que regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 4      Denominación del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
 
Criterio 5      Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado)
Criterio 6      Área de adscripción (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos, si así corresponde)
Criterio 7      Nombre completo del/la servidor(a) público(a) y/o toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad (nombre [s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 8      Modalidad de la Declaración de Situación Patrimonial: inicio / modificación / conclusión
Criterio 9      Hipervínculo a la versión pública de la Declaración de Situación Patrimonial o a los sistemas habilitados que registren y resguarden las bases de datos correspondientes
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 10    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 11    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 12    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 13    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 14    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 15    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 16    La información publicada se organiza mediante el formato 12, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 17    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 12. LGT_Art_70_Fr_XII
Declaraciones de Situación Patrimonial de los(as) servidores(as) públicos(as) de <<sujeto
obligado>>
Ejercicio
Tipo de integrante del sujeto obligado (funcionario,
servidor[a] público[a], empleado y/o toda persona
que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o
ejerzan actos de autoridad, representante popular,
miembro del poder judicial, miembro de órgano
autónomo [especificar denominación], personal de
confianza, prestador de servicios profesionales, otro
[especificar denominación])
Clave o
nivel del
puesto
Denominación
del puesto
Denominación
del cargo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Área de
adscripción
Servidor(a) público(a) y/o toda persona que
desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o
ejerzan actos de autoridad
Modalidad de la
declaración de
Situación Patrimonial:
Inicio / modificación /
conclusión
Hipervínculo a la versión
pública de la declaración de
Situación Patrimonial, o a
los sistemas habilitados que
registren y resguarden en
las bases de datos
correspondientes
 
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XIII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información
Todos los sujetos obligados publicarán la información necesaria para que las personas puedan establecer contacto y comunicación con su respectiva Unidad de Transparencia y, si así lo requieren, auxiliarlos en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y en su caso orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable, tal como lo establece el artículo 45, fracción III, de la Ley General; además, si se requiere, deberán orientarlos al sistema de solicitudes de acceso a la información que corresponda.
Por tal motivo, de forma complementaria al domicilio oficial y dirección electrónica, se incluirán los números telefónicos oficiales, horario de atención, nombre del(la) responsable de la Unidad de Transparencia, así como los nombres del personal habilitado para cumplir con las funciones establecidas en el referido artículo y sus correos electrónicos oficiales activos --independientemente de que su nivel sea menor al de jefe de departamento u homólogo--, los cuales deberán guardar correspondencia con los publicados en la fracción VII (directorio) del artículo 70 de la Ley General, para lo cual se podrá establecer un hipervínculo.
Además, los sujetos obligados deberán publicar una leyenda en la que se indique que las solicitudes de información pública que se reciben a través del correo electrónico ya señalado en las oficinas designadas para ello, vía telefónica, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional, podrán presentarse mediante los requisitos(22) máximos que indica la Ley General y un hipervínculo al Sistema de solicitudes de acceso a la información, que formará parte del Sistema Nacional.(23)
La información que se publique en cumplimiento de la presente fracción deberá ser coherente con lo señalado en las fracciones II (estructura orgánica), VII (directorio), VIII (remuneración) y XVII (información curricular).
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
En su caso, 15 días hábiles después de una modificación.
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Domicilio(24) oficial de la Unidad de Transparencia (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], Tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], Clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)
Criterio 2      Teléfono(s) oficial(es) y, en su caso, extensión(es)
 
Criterio 3      Horario de atención de la Unidad de Transparencia
Criterio 4      Correo electrónico oficial activo de la Unidad de Transparencia mediante el cual se recibirán las solicitudes de información
Criterio 5      Leyenda que indique que se reciben solicitudes de información pública. Ejemplo: "Se reciben solicitudes de información pública respecto a <<sujeto obligado>>, a través del correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia, en el domicilio oficial de ésta, vía telefónica, por correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente ante el personal habilitado que las capturará en el sistema electrónico de solicitudes; o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional"
Criterio 6      Hipervínculo a la dirección electrónica del Sistema de solicitudes de acceso a la información
Criterio 7      Nombres completos del responsable de la Unidad de Transparencia y del personal habilitado para cumplir con las funciones establecidas en el artículo 45 de la Ley General, independientemente de que su nivel sea menor al de jefe de departamento u homólogo (nombre[s], primer apellido, segundo apellido), los cuales deberán guardar correspondencia con los publicados en la fracción VII (directorio)
Criterio 8      Cargo o puesto que ocupan el(la) responsable de la Unidad de Transparencia y el personal habilitado para cumplir con las funciones establecidas en el artículo 45 de la Ley General en el sujeto obligado
Criterio 9      Cargo y/o función que desempeña el personal asignado en la Unidad de Transparencia
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 10    Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de una modificación
Criterio 11    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 12    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 13    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 14    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 15    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 16    La información publicada se organiza mediante el formato 13, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 17    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 13 LGT_Art_70_Fr_XIII
Unidad de Transparencia (UT) de <<sujeto obligado>>
Domicilio oficial de la UT
Tipo
vialidad
Nombre
vialidad
Número
Exterior
Número
Interior,
en su
caso
Tipo de
asentamiento
Nombre del
asentamiento
Clave de
la
localidad
Nombre
de la
localidad
Clave del
municipio
Nombre
del
municipio
o
delegación
Clave de
la entidad
federativa
Nombre
de la
entidad
federativa
Código
postal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Número
telefónico
oficial 1
Ext.
Número telefónico
oficial 2, en su
caso
Ext.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Horario de
atención de
la UT
Correo
electrónico
oficial
Leyenda
Hipervínculo a la
dirección
electrónica del
Sistema de
solicitudes de
acceso a la
información
Responsable y personal habilitado para cumplir con las funciones de
la Unidad de Transparencia (UT)
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
Cargo o
puesto en el
sujeto
obligado
Cargo o
función en
la UT
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de una modificación
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos
El sujeto obligado publicará los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita para ocupar cualquier tipo de cargo, puesto o equivalente y sólo cuando sea sometido a concurso, público o cerrado, de acuerdo con su naturaleza jurídica, la normatividad que le aplique, sus necesidades institucionales y su presupuesto autorizado. Asimismo, se deberá publicar el estado y/o etapa en el que se encuentra el proceso de selección y los resultados del mismo.
La información generada deberá corresponder con la manera en que cada sujeto obligado realice el reclutamiento de personal y su mecanismo de selección, de conformidad con las disposiciones que le sean aplicables y, cuando así corresponda, de acuerdo con sus propios sistemas de servicio profesional de carrera. Cabe mencionar que en caso de que el sujeto obligado publique actas o documentos en los que se asigne al(a) ganador(a) del proceso de selección que incluyan datos personales éstos se deberán difundir en versión pública(25).
Los datos respecto a los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita deberán estar publicados de igual manera en la fracción I (marco normativo). Respecto a las plazas, puestos, cargos o funciones a ocupar, éstas deberán corresponder con la información publicada en cumplimiento de las fracciones II (estructura orgánica), VII (directorio), VIII (remuneración) y X (número total de las plazas y del personal de base y confianza) del artículo 70 de la Ley General, y en su caso con las vacantes que el sujeto obligado publique; así como con los sistemas electrónicos de información gubernamental(26) correspondientes a convocatorias y/o concursos que el sujeto obligado desarrolle y/o administre.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral y antes cuando exista alguna convocatoria a concursos para ocupar cargos públicos
Conservar en el sitio de Internet: información vigente y del ejercicio en curso
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Tipo de evento: concurso /.convocatoria / invitación / aviso
 
Criterio 2      Alcance del concurso: Abierto al público en general /.Abierto sólo a servidores(as) públicos(as) del sujeto obligado
Criterio 3      Tipo de cargo o puesto: Confianza / Base / cualquier otra modalidad de tipo de personal que aplique al sujeto obligado (especificar)
Criterio 4      Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo de claves y niveles de puesto de cada sujeto obligado)
Criterio 5      Denominación del puesto
Criterio 6      Denominación del cargo o función
Criterio 7      Denominación del Área o unidad conforme a la estructura orgánica del sujeto obligado (de conformidad con lo publicado en la fracción II)
Criterio 8      Salario bruto mensual
Criterio 9      Salario neto mensual
Criterio 10    Fecha de publicación del concurso, convocatoria, invitación y/o aviso con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 11    Hipervínculo al documento de la convocatoria, invitación y/o aviso en el que se indique la información necesaria para participar, entre otra: funciones a realizar, perfil del puesto, requisitos para participar, documentación solicitada, cómo y dónde registrarse, fases y fechas del proceso de selección, guías para evaluaciones
Respecto al estado en el que se encuentra el proceso:
Criterio 12    Estado del proceso del concurso, convocatoria, invitación y/o aviso: en proceso / evaluación / finalizado
Si está finalizado se publicarán los resultados mediante los siguientes datos:
Criterio 13    Número total de candidatos registrados
Criterio 14    Nombre(s), primer apellido, segundo apellido de la persona aceptada/contratada para ocupar la plaza, cargo, puesto o función
Criterio 15    Hipervínculo a la versión pública del acta o documento que asigne al(a) ganador(a)
Criterio 16    En su caso, denominación del sistema electrónico de convocatorias y/o concursos correspondiente al sujeto obligado y el hipervínculo al mismo
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 17    Periodo de actualización de la información: trimestral o antes cuando exista alguna convocatoria a concursos para ocupar cargos públicos
Criterio 18    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 19    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 20    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 21    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 22    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
 
Criterio 23    La información publicada se organiza mediante los formatos 14a y 14b, en los que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 24    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 14a LGT_Art_70_Fr_XIV
Concursos, convocatorias, invitaciones y/o avisos para ocupar cargos públicos en <<sujeto
obligado>>
Tipo de evento:
concurso,
convocatoria,
invitación y/o
aviso
Alcance del
concurso: Abierto
al público en
general / Abierto
sólo a
servidores(as)
públicos(as) del
sujeto obligado
Tipo de cargo
o puesto
(Confianza /
Base / Otro)
Clave o
nivel del
puesto
(catálogo
del sujeto
obligado)
Denominación del
puesto
Denominación del
cargo o función
Denominación del
Área o Unidad
Salario
bruto
mensual
Salario
neto
mensual
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de
publicación
(formato día/
mes/año)
Hipervínculo al
documento de
la
convocatoria,
invitación y/o
aviso
Estado: en
proceso / en
evaluación /
finalizado
Resultados
Total de
candidatos
registrados
Nombre de la persona aceptada/
contratada
Hipervínculo a la versión
pública del acta emitida
por el jurado del concurso
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral y/o cuando exista alguna convocatoria a concursos para ocupar cargos públicos
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 14b LGT_Art_70_Fr_XIV
Denominación del sistema electrónico de convocatorias y/o concursos
correspondiente al sujeto obligado y el hipervínculo al mismo
 
Periodo de actualización de la información: trimestral y/o cuando exista alguna convocatoria a concursos para ocupar cargos públicos
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XV.       La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
a) Área;
b) Denominación del programa;
c) Período de vigencia;
d) Diseño, objetivos y alcances;
e) Metas físicas;
f) Población beneficiada estimada;
 
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, programación presupuestal, así como los calendarios de su programación presupuestal;
h) Requisitos y procedimientos de acceso;
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
j) Mecanismos de exigibilidad;
k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
m) Formas de participación social;
n) Articulación con otros programas sociales;
o) Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente;
p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; y
q) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso edad y sexo.
Para dar cumplimiento a esta fracción, el sujeto obligado deberá organizar y publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos.
Se deberá incluir toda aquella información sobre los programas sociales âtanto de los sujetos a Reglas de Operación establecidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos como otros programas, acciones y proyectos desarrollados por el sujeto obligado y que impliquen la erogación y/o uso de recursos y bienes públicosâ vigentes, los del ejercicio en curso y dos anteriores.
La información requerida por esta fracción se organizará en ocho rubros temáticos: tipo, identificación, presupuesto, requisitos de acceso, evaluación, indicadores, ejecución y padrón de beneficiarios.
Respecto al tipo o naturaleza del programa social se deberá especificar si corresponde a alguno de los siguientes:
a.   Programas de transferencia: implican la entrega directa a una persona física o moral ya sea de recursos monetarios o bienes materiales.
b.   Programas de servicios: ofrecen un conjunto de actividades con el fin de atender necesidades específicas de determinada comunidad: servicios de educación, de salud, de vivienda, etcétera.
c.   Programas de infraestructura social: se implementan para la construcción, remodelación o mantenimiento de infraestructura pública.
d.   Programas de subsidio: otorgan recursos directos para reducir el cobro a las y los usuarios o consumidores de un bien o servicio y así fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.
Es preciso organizar la información de tal forma que se puedan consultar primero los datos de los programas que se encuentran vigentes en el ejercicio en curso y, en segunda instancia, los desarrollados en por lo menos dos ejercicios anteriores.
Cuando se trate de programas sujetos a Reglas de Operación se deberán incluir también las modificaciones que, en su caso, se hayan realizado a éstas. En ese sentido, esta información deberá guardar correspondencia con lo publicado en la fracción I (marco normativo) del artículo 70 de la Ley General.
Cuando los programas generen padrones de beneficiarios, éstos deberán ser publicados con información vigente, ya sea anual o en su caso actualizados con las altas y bajas registradas trimestralmente, cuidando la protección de datos personales sensibles. En caso de que no exista padrón por tratarse de un programa de
nueva creación, se deberá especificar mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda. Si el programa implementado es abierto a las personas y no existe un mecanismo o base de datos respecto de los padrones de beneficiarios, los sujetos obligados deberán publicar información general estadística sobre los beneficios del programa.
En aquellos casos en los que los programas presentados por los sujetos obligados tengan más de una modalidad de ejecución o ésta sea muy compleja, se deberá publicar la información por separado respecto del mismo programa.
La información de esta fracción se deberá actualizar trimestralmente; en su caso, especificar las razones por las cuales algún rubro no pueda ser actualizado mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
La información que se publique en cumplimiento de esta fracción deberá guardar relación, en su caso, con la fracciones XXIX (informes) y XL (evaluaciones, y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
La información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año.
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Tipo de programa: Programas de transferencia, Programas de servicios, Programas de infraestructura social, Programas de subsidio o Mixto
En su caso, el sujeto obligado incluirá el tipo y especificará mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, que no desarrolla alguno de estos programas en el ejercicio especificado
Los datos de identificación del programa son los siguientes:
Criterio 2      Ejercicio
Criterio 3      El programa es desarrollado por más de un área o sujeto obligado (Sí / No)
Criterio 4      Sujeto(s) obligado(s), en su caso, corresponsable(s) del programa
Criterio 5      Área(s) (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado) o unidad(es) responsable(s) del desarrollo del programa
Criterio 6      Denominación del programa
Criterio 7      En su caso, la denominación del documento normativo en el cual se especifique la creación del programa: Ley / Lineamiento / Convenio / Otro (especificar)
Criterio 8      Hipervínculo al documento normativo en el cual se especifica la creación del programa
Criterio 9      Periodo de vigencia o ciclo correspondiente al programa llevado a cabo (fecha de inicio y fecha de término publicada con el formato día/mes/año [por ej. 31/Marzo/2016])
Criterio 10    Diseño(27)
Criterio 11    Objetivos (generales y específicos)
Criterio 12    Alcances (corto, mediano o largo plazo)
Criterio 13    Metas físicas(28)
Criterio 14    Población beneficiada estimada (número de personas)
 
Criterio 15    Nota metodológica de cálculo (en caso de tratarse de una estimación)
Respecto al presupuesto destinado al programa social se deberá especificar:
Criterio 16    Monto del presupuesto aprobado
Criterio 17    Monto del presupuesto modificado
Criterio 18    Monto del presupuesto ejercido
Criterio 19    Monto destinado a cubrir el déficit de operación
Criterio 20    Monto destinado a cubrir los gastos de administración asociados con el otorgamiento de subsidios de las entidades y órganos administrativos desconcentrados
Criterio 21    Hipervínculo, en su caso, al documento donde se establezcan las modificaciones a los alcances o modalidades del programa
Criterio 22    Hipervínculo al Calendario de su programación presupuestal
La información que las personas deben conocer oportunamente para ser beneficiario(a) del programa se encontrará en los requisitos de acceso, en donde se incluirán los siguientes datos:
Criterio 23    Criterios de elegibilidad previstos
Criterio 24    Requisitos y procedimientos de acceso
Criterio 25    Monto, apoyo o beneficio (en dinero o en especie) mínimo que recibirá(n) el(los) beneficiario(s)
Criterio 26    Monto, apoyo o beneficio (en dinero o en especie) máximo que recibirá(n) el(los) beneficiario(s)
Criterio 27    Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana
Criterio 28    Mecanismos de exigibilidad(29)
Criterio 29    Mecanismos de cancelación de apoyo, en su caso
En cuanto a la(s) evaluación(es) de avances de los programas se publicará lo siguiente (en su caso se deberá incluir una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, señalando que el programa aún no se evalúa):
Criterio 30    Periodo que se informa
Criterio 31    Mecanismos de evaluación(30)
Criterio 32    Instancia(s) evaluadora(s)
Criterio 33    Hipervínculo a los Resultados de los informes de evaluación
Criterio 34    Seguimiento que ha dado el sujeto obligado a las recomendaciones que en su caso se hayan emitido
Se insertará un rubro relacionado con los indicadores que calcule el sujeto obligado respecto de la ejecución del programa. La información relativa a los indicadores comprenderá lo siguiente:
Criterio 35    Denominación del indicador
Criterio 36    Definición
Criterio 37    Método de cálculo (fórmula)
Criterio 38    Unidad de medida
Criterio 39    Dimensión (eficiencia, eficacia, economía, calidad)
Criterio 40    Frecuencia de medición
Criterio 41    Resultados
Criterio 42    Denominación del documento, metodología, base de datos o documento que corresponda en el cual se basaron para medir y/o generar el indicador utilizado
Para dar cuenta de la ejecución del programa se especificarán los siguientes datos:
Criterio 43    Formas de participación social
 
Criterio 44    Articulación con otros programas sociales (Sí / No)
Criterio 45    Denominación del(los) programa(s) al(los) cual(es) está articulado
Criterio 46    Está sujeto a Reglas de Operación (Sí / No)
Si la respuesta al criterio anterior es "" se deberá incluir:
Criterio 47    Hipervínculo al documento de Reglas de Operación, publicado en el DOF, gaceta, periódico o documento equivalente
Criterio 48    Hipervínculo a los informes periódicos sobre la ejecución del programa(31)
Criterio 49    Hipervínculo al resultados de las evaluaciones realizadas a dichos informes
Criterio 50    Fecha de publicación, en el DOF gaceta, periódico o documento equivalente, de las evaluaciones realizadas a los programas con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Por cada programa se publicará en formatos explotables el padrón de participantes o beneficiarios actualizado (salvaguardando los datos personales), e información sobre los recursos económicos o en especie entregados:
Criterio 51    Hipervínculo al padrón de beneficiarios o participantes. Deberá publicarse en un documento explotable y constituido con los siguientes campos:
Criterio 52    Nombre de la persona física (nombre[s], primer apellido, segundo apellido), denominación social de las personas morales beneficiarias o denominación (en su caso) de un grupo constituido por varias personas físicas o morales, de acuerdo con la identificación que el sujeto obligado le otorgue(32)
Criterio 53    Monto (en pesos), recurso, beneficio o apoyo (en dinero o en especie) otorgado a cada una de las personas físicas, morales o grupos que el sujeto obligado determine
Se incluirán los siguientes datos, únicamente cuando formen parte de los criterios y requisitos de elegibilidad previstos en los programas de desarrollo social, excepto aquellos casos en el que el beneficiario directo sea un(a) niño(a), adolescente(33) o víctima del delito:
Criterio 54    Unidad territorial(34) (colonia, municipio, delegación, estado y/o país)
Criterio 55    Edad (en su caso)
Criterio 56    Sexo (en su caso)
Respecto a la información estadística de programas que sean abiertos a la población en general y de los cuales no se genere un padrón de beneficiarios, se publicará:
Criterio 57    Hipervínculo a información estadística general de las personas beneficiadas por el programa(35)
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 58    Periodo de actualización de la información: trimestral (la información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año)
Criterio 59    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 60    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 61    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información
respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 62    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 63    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 64    La información publicada se organiza mediante los formatos 15a y 15b, en los que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 65    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 15a LGT_Art_70_Fr_XV
Programas sociales desarrollados por <<sujeto obligado>>
Tipo de programa: Programas de
transferencia, Programas de
servicios, Programas de
infraestructura social, Programas de
subsidio
Identificación del programa
Ejercicio
El programa es
desarrollado por más de
un área:
Si/No
Sujeto obligado
corresponsable del
programa
Área o unidad
responsable
Denominación del programa
Documento normativo
que indica la creación
del programa
(hipervínculo)
Vigencia
Fecha de inicio
Fecha de término
(formato día/mes/
año)
(formato día/mes/
año)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Identificación del programa
Diseño
Objetivos
Alcances:
corto,
mediano y
largo plazo
Metas
físicas
Población
beneficiada
Nota
metodológica
de cálculo,
en su caso
General
Específicos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Presupuesto
Monto del
presupuesto
aprobado
Monto del
presupuesto
modificado
Monto del
presupuesto
ejercido
Monto
destinado a
cubrir el déficit
de operación
Monto destinado a
cubrir los gastos de
administración
Hipervínculo, en su
caso, al documento
de modificaciones
Hipervínculo al
calendario de
programación
presupuestal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Requisitos de acceso
Criterios de
elegibilidad
previstos
Requisitos y
procedimientos de
acceso
Monto mínimo por
beneficiario(en dinero
o en especie)
Monto máximo
por beneficiario
(en dinero o en
especie)
Procedimientos
de queja o
inconformidad
ciudadana
Mecanismos de
exigibilidad
Mecanismos
de cancelación
del apoyo, en
su caso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Evaluación de avances
Periodo que se
informa
Mecanismos de
evaluación
Instancia
evaluadora
Hipervínculo a los Resultados del
informe de evaluación
Seguimiento a las
recomendaciones (en su caso)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Indicadores
Denominación
Definición
Método de
cálculo
(fórmula)
Unidad
de
medida
Dimensión
(eficiencia / eficacia /
economía / calidad)
Frecuencia
de medición
Resultados
Denominación de
documento,
metodología o bases
de datos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Ejecución
Padrones*
Formas de
participación social
Articulación con
otros programas
sociales:
sí/no
Denominación del
(los) programa(s) con
el(los) que está
articulado, en su
caso
Está
sujetos a
reglas de
operación
sí/no
Hipervínculo a las
Reglas de
operación
Hipervínculo a los
informes
periódicos de
ejecución
Hipervínculo a los
resultados
evaluaciones a
informes
Fecha de
publicación de las
evaluaciones en
DOF u otro medio
(formato día/mes/
año)
Hipervínculo al
Padrón de
beneficiarios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral (la información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año)
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 15b LGT_Art_70_Fr_XV
Padrón de beneficiarios del <<denominación de programa social>>
Beneficiarios
Monto (en pesos),
recurso, beneficio o
apoyo otorgado(en
dinero o en especie)
Unidad territorial
Edad, en su
caso
Sexo, en su
caso
Hipervínculo a la
información
estadística, en su
caso
Nombre(s) de la
persona física
Primer apellido
Segundo
apellido
Denominación o
razón social de
la persona
moral
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral (la información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año)
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XVI.      Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos
En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar información organizada en dos secciones: la primera relativa a la normatividad que regula las relaciones laborales con el personal que en él trabaja, incluidos los contratos colectivos de trabajo del personal de base y los contratos del personal de confianza; especificando el tipo de personal (base o confianza), la normatividad laboral aplicable, las condiciones generales de trabajo así como la fecha de su publicación y última modificación, la denominación del contrato, convenio u otro documento que regule la relación laboral, publicando el documento completo. La segunda deberá especificar cuáles son los recursos públicos económicos âen especie o donativosâ que ha entregado a los sindicatos, el ejercicio y periodo que se informa, mencionando la fecha de entrega de los recursos, el tipo de recurso público (efectivo, en especie, materiales, donativos), monto, objeto de la donación,
descripción de los recursos en especie y nombre del sindicato al que se le entregó el recurso.
La información de los recursos públicos entregados a los sindicatos deberá estar relacionada y ser coherente con lo publicado en la fracción XXVI (asignación de recursos públicos a personas físicas o morales), XXXIV (inventario de bienes muebles) y XLIV (donaciones en dinero y en especie) del artículo 70, y los artículos 78 y 79 de la Ley General.
________________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Cuando se establezca, modifique o derogue cualquier norma laboral aplicable al sujeto obligado, la información normativa deberá actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación
Conservar en el sitio de Internet: en cuanto a la normatividad, la información vigente; respecto a los recursos entregados a sindicatos, información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Respecto a la normatividad laboral, el sujeto obligado organizará y publicará la información de la siguiente manera:
Criterio 1      Tipo de personal: Base / Confianza
Criterio 2      Tipo de normatividad. Incluir catálogo: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos / Tratados internacionales / Constitución Política de la entidad federativa o Estatuto de gobierno del Distrito Federal / Leyes generales, federales y locales / Códigos / Reglamentos / Decreto de creación / Manuales administrativos, de integración, organizacionales / Reglas de operación / Criterios / Políticas / Otros documentos normativos: normas, bandos, resoluciones, lineamientos circulares, acuerdos, convenios, contratos, estatutos sindicales, estatutos universitarios, estatutos de personas morales, memorandos de entendimiento, entre otros aplicables al sujeto obligado de conformidad con sus facultades y atribuciones
Criterio 3      Denominación del documento, en su caso, Condiciones Generales de Trabajo
Criterio 4      Fecha de aprobación, registro ante la autoridad correspondiente o la publicación oficial de las Condiciones Generales de Trabajo, por ejemplo Diario Oficial de la Federación, gaceta o periódico correspondiente; con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 5      Fecha, en su caso, de la última modificación de la norma o de las Condiciones Generales de Trabajo con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 6      Hipervínculo al documento Condiciones Generales de Trabajo completo o a la normatividad correspondiente
Criterio 7      Denominación del contrato(36), convenio, o documento que regule las relaciones laborales
Criterio 8      Fecha de aprobación, registro ante la autoridad correspondiente o en su caso, publicación en el DOF, gaceta u órgano de difusión oficial, en su caso con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 9      Fecha de última modificación, en su caso, y con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 10    Hipervínculo al documento completo
La información relacionada con los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que el sujeto obligado ha entregado a los sindicatos comprenderá lo siguiente:
 
Criterio 11    Ejercicio
Criterio 12    Periodo que se informa
Criterio 13    Fecha de entrega de los recursos públicos, con el formato día/mes/año (por ejemplo 31/Marzo/2016)
Criterio 14    Tipo de recursos públicos: efectivo / en especie (materiales) / donativos
Criterio 15    Descripción breve de los recursos
Criterio 16    Denominación del(os) sindicato(s) al(os) cual(es) se les entregó el recurso público
Criterio 17    Hipervínculo al acta constitutiva del sindicato
Criterio 18    Hipervínculo al oficio, petición, carta o documento en el que conste la petición del donativo
Criterio 19    Monto de los recursos públicos entregados en efectivo, en especie o donativos
Criterio 20    Objetivos por los cuales se entrega el donativo
Criterio 21    Descripción de los recursos en especie, en su caso
Criterio 22    Hipervínculo, en su caso, al informe de uso de recursos que entregue el sindicato al sujeto obligado
Criterio 23    Hipervínculo, en su caso, al(los) Programa(s) con objetivos y metas por los que se entregan los recursos para cubrir las prestaciones establecidas en las Condiciones Generales de Trabajo de los Contratos Colectivos de Trabajo
Criterio 24    Hipervínculo, en su caso, a los Programas con objetivos y metas por los que se entregan los donativos
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 25    Periodo de actualización de la información: trimestral; cuando se establezca, modifique o derogue cualquier norma laboral aplicable al sujeto obligado, la información normativa deberá actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación
Criterio 26    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 27    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 28    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 29    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 30    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 31    La información publicada se organiza mediante los formatos 16a y 16b, en los que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 32    El soporte de la información permite su reutilización
 
Formato 16a LGT_Art_70_Fr_XVI
Normatividad laboral del <<sujeto obligado>>
Tipo de
personal
Tipo de
normatividad
laboral
aplicable
(Incluir
catálogo)
Denominación
del
documento, en
su caso,
Condiciones
Generales de
Trabajo
Fecha de
publicación
en órgano
oficial
Fecha de
última
modificación
de la norma,
en su caso
Hipervínculo
al
documento
completo
Denominación
del contrato,
convenio u
otro
documento
que regule las
relaciones
laborales
Fecha de
aprobación,
registro o
publicación
en órgano
oficial
Fecha de
última
modificación,
en su caso
Hipervínculo
al
documento
completo
base /
confianza
(formato día/
mes/año)
(formato día/
mes/año)
(formato día/
mes/año)
(formato día/
mes/año)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral. Cuando se establezca, modifique o derogue cualquier norma laboral aplicable al sujeto obligado, la información normativa deberá actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 16b LGT_Art_70_Fr_XVI
Recursos públicos que <<sujeto obligado>> entregó a sindicatos
Ejercicio
Periodo que
se informa
Fecha de entrega de
los recursos públicos
(formato día/mes/año)
Tipo de recursos
públicos: efectivo /
en especie
(materiales)/
donativos
Descripción
breve de los
recursos
otorgados
Denominación del
sindicato al que se
entregó recursos
públicos
Hipervínculo al acta
constitutiva
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hipervínculo al
documento de
petición del
donativo
Monto de los
recursos
públicos
entregados
Objetivos por
los cuales se
entrega el
donativo
Descripción
de los
recursos en
especie, en
su caso
Hipervínculo, en su
caso, al informe de
uso de recursos
entregado por el
sindicato
Hipervínculo, en su
caso a programa con
objetivos por los que
se entregan recursos
para cubrir
prestaciones
Hipervínculo en su
caso a los programas
con objetivos y metas
por los que se
entregan donativos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral. Cuando se establezca, modifique o derogue cualquier norma laboral aplicable al sujeto obligado, la información normativa deberá actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XVII.     La información curricular desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto
La información que los sujetos obligados deberán publicar en cumplimiento a la presente fracción es la curricular no confidencial relacionada con todos los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado âdesde nivel de jefe de departamento o equivalente y hasta el titular del sujeto obligadoâ, que permita conocer su trayectoria en el ámbito laboral y escolar.
Por cada servidor(a) público(a) se deberá especificar si ha sido acreedor a sanciones administrativas definitivas y que hayan sido aplicadas por autoridad u organismo competente. Si es el caso, se deberá realizar la aclaración de que no ha recibido sanción administrativa alguna mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
 
La información publicada en cumplimiento de esta fracción deberá ser coherente y guardar correspondencia, en su caso, con la incluida en las fracciones II (estructura orgánica), VII (directorio de servidores [as] públicos [as]), VIII (remuneración), XIII (servidores [as] públicos [as] responsables de la atención y operación de la Unidad de Transparencia) y XVIII (listado de servidores [as] públicos [as] con sanciones definitivas) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso. En el caso de las sanciones, conservar la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 2      Denominación del puesto en la estructura orgánica (de acuerdo con el catálogo de claves y niveles)
Criterio 3      Denominación del cargo, empleo, comisión o nombramiento otorgado
Criterio 4      Nombre del servidor(a) público(a), integrante y/o, miembro del sujeto obligado, y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad (nombre[s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 5      Área o unidad administrativa de adscripción (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos del sujeto obligado)
Respecto a la información curricular del (la) servidor(a) público(a) y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el sujeto obligado se deberá publicar:
Criterio 6      Escolaridad (nivel máximo de estudios): Ninguno / Primaria / Secundaria / Bachillerato / Carrera técnica / Licenciatura / Maestría / Doctorado / Posdoctorado
Criterio 7      Carrera genérica, en su caso
Respecto de la experiencia laboral especificar los tres últimos empleos, en donde se indique:
Criterio 8      Periodo (mes/año inicio, mes/año conclusión)
Criterio 9      Denominación de la institución o empresa
Criterio 10    Cargo o puesto desempeñado
Criterio 11    Campo de experiencia
Criterio 12    Hipervínculo al documento que contenga la información relativa a la trayectoria(37) del (la) servidor(a) público(a), que deberá contener, además de los datos mencionados en los criterios anteriores, los siguientes: trayectoria académica, profesional o laboral que acredite su capacidad; y habilidades o pericia para ocupar el cargo público
Criterio 13    Cuenta con sanciones administrativas definitivas aplicadas por la autoridad competente: Sí/No
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 14    Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación
Criterio 15    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
 
Criterio 16    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 17    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 18    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 19    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 20    La información publicada se organiza mediante el formato 17, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 21    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 17 LGT_Art_70_Fr_XVII
Información curricular y las sanciones administrativas definitivas de los(as) servidores(as)
públicas(os) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en <<sujeto obligado>>
Clave o nivel del
puesto
Denominación del puesto
Denominación del cargo
o nombramiento otorgado
Nombre del servidor(a) público(a) (nombre(s),
integrante y/o, miembro del sujeto obligado, y/o persona
que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza
actos de autoridad
Área o unidad
administrativa de
adscripción
Nombre(s)
Primer apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Información curricular
Sanciones
Administrativas
definitivas
Escolaridad
Experiencia laboral (tres últimos empleos)
Sí/No
Nivel máximo de
estudios
Carrera
genérica
Inicio
Conclusión
(Periodo
mes/año)
Denominación
de la
Institución o
empresa
Cargo o puesto
desempeñado
Campo de
experiencia
Hipervínculo a
la versión
pública del
currículum

Ninguno/Primaria/S
ecundaria/
Bachillerato/
Carrera técnica/
Licenciatura/
Maestría/
Doctorado/
Posdoctorado
(Periodo mes/
año)



















 
Periodo de actualización de la información: trimestral. En su caso, 15 días hábiles después de alguna modificación
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición
Los sujetos obligados publicarán la información relativa a los datos de los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en ellos, así como las sanciones administrativas definitivas que, en su caso, han sido emitidas en su contra por los órganos de control correspondientes, con fundamento en la ley de responsabilidades de los(as) servidores(as) públicos(as) que corresponda, ya sea federal o estatal, o en la normatividad que aplique según la naturaleza jurídica de cada sujeto obligado.
Además, los sujetos obligados incluirán un hipervínculo al sistema de registro de sanciones administrativas que les corresponda; por ejemplo, los de la Administración Pública Federal incluirán un hipervínculo al Sistema del Registro de Servidores Públicos Sancionados de la Secretaría de la Función Pública, en el cual cualquier persona podrá realizar consultas públicas.
La información que difunda cada sujeto obligado deberá ser coherente y guardar correspondencia con la
publicada en las fracciones II (estructura orgánica) y XVII (información curricular de servidores(as) públicos(as))(38). Se deberá incluir en cada caso la información que cuenta de la causa y la disposición en que se fundamenten dichas sanciones administrativas cuando su procedimiento haya causado estado.
Para efectos del cumplimiento de esta fracción se entenderán por sanciones definitivas que queden firmes, aquéllas que(39):
I.    No admitan en su contra recurso o juicio;
II.    Admitiendo recurso o juicio, no fueren impugnadas en el plazo legal permitido, o cuando, habiéndolo sido, el recurso o juicio de que se trate haya sido desechado o sobreseído o hubiere resultado infundado, y
III.   Sean consentidas expresamente para su cumplimiento por las partes o sus representantes legítimos.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores.
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Información relativa a los(as) servidores(as) públicos(as) sancionados(as):
Criterio 1      Nombre del (la) servidor(a) público(a) (y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado) (nombre[s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 2      Clave o nivel del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado)
Criterio 3      Denominación del puesto (de acuerdo con el catálogo que en su caso regule la actividad del sujeto obligado, por ej. Subdirector[a])
Criterio 4      Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado, por ej. Subdirector[a] de recursos humanos)
Criterio 5      Unidad administrativa de adscripción (Área) del servidor público (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos, si así corresponde)
Información relativa a las sanciones administrativas aplicadas por la autoridad competente al servidor público:
Criterio 6      Tipo de sanción (Catálogo): Amonestación pública / Amonestación privada / Apercibimiento público / Apercibimiento privado / Sanción económica (especificar monto) / Suspensión del empleo / Cargo o comisión (especificar periodo en número de días) / Destitución del puesto / Inhabilitación temporal
Criterio 7      Orden jurisdiccional de la sanción (federal o estatal)
Criterio 8      Autoridad sancionadora
Criterio 9      Número de expediente
Criterio 10    Fecha de la resolución en la que se aprobó la sanción, con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 11    Causa de la sanción (descripción breve de las causas que dieron origen a la
irregularidad)
Criterio 12    Denominación de la normatividad infringida
Criterio 13    Hipervínculo a la resolución donde se observe la aprobación de la sanción(40)
Criterio 14    Hipervínculo al sistema de registro de sanciones correspondiente
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 15    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 16    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 17    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 18    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 19    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 20    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 21    La información publicada se organiza mediante el formato 18, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 22    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 18 LGT_Art_70_Fr_XVIII
Sanciones administrativas a los(as) servidores(as) públicos(as) de <<sujeto obligado>>
Datos de los(as) servidores(as) públicos(as)s (y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en los sujetos
obligados) sancionados(as)
Nombre del servidor público
Clave o nivel
del puesto
Denominación del
puesto (de acuerdo con
el catálogo que en su
caso regule la actividad
del sujeto obligado, por
ej. subdirector[a] A)
Denominación del cargo
(de conformidad con el
nombramiento otorgado,
por ej. subdirector[a] A
Unidad administrativa de
adscripción (Área) del servidor
público (catálogo del sujeto
obligado)
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sanciones administrativas definitivas aplicadas a la(os) servidora(es) públicos y/o persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en los sujetos obligados
Tipo de sanción (Catálogo):
Amonestación pública / Amonestación
privada / Apercibimiento público /
Apercibimiento privado / Sanción
económica (especificar monto) /
Suspensión del empleo / Cargo o
comisión (especificar periodo en
número de días) / Destitución del
puesto / Inhabilitación temporal
Orden
jurisdiccional de
la sanción
(federal o
estatal)
Autoridad
sancionadora
Número de
expediente
Fecha de
resolución.
(formato día/mes/
año)
Causa de la
sanción
Denominación de la
normatividad infringida
Hipervínculo a la
resolución donde
se observe la
aprobación de la
sanción
Hipervínculo al
Sistema del
Registro de
Servidores
Públicos
Sancionados
correspondiente
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XIX. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos
En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los particulares conozcan y gocen de los servicios públicos que prestan, entendiéndose éstos como las actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, sea directamente, mediante permisionario, concesionario o empresas productivas del Estado, siempre conforme a las leyes y reglamentos vigentes.
Asimismo, se deberán incluir los servicios en materia de acceso a la información y protección de datos personales, como la orientación y asesoría para ejercer los derechos de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales(41) que todo sujeto obligado debe proporcionar.
La información publicada deberá corresponder y en su caso vincular al catálogo, manual o sistema electrónico de trámites y servicios de cada sujeto obligado; así mismo deberá guardar correspondencia con la fracción XX (trámites) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Acto administrativo: servicio
Criterio 2      Denominación del servicio (se incluirá un catálogo con la denominación de cada uno de los servicios derivados de las atribuciones específicas de cada sujeto obligado)
Nota: Todos los sujetos obligados deberán publicar los servicios en las materias de acceso a la información y protección de datos personales
Criterio 3      Tipo de usuario y/o población objetivo. Especificar los casos en que se puede obtener el servicio
Criterio 4      Descripción de los beneficios para el usuario
Criterio 5      Modalidad del servicio (presencial o en línea)
Criterio 6      Requisitos para obtener el servicio
Criterio 7      Documentos requeridos, en su caso
Criterio 8      Hipervínculo al/los formato(s) respectivo(s) publicado(s) en medio oficial
Criterio 9      Tiempo de respuesta (días hábiles o naturales, horas)
Criterio 10    Denominación del área en la que se proporciona el servicio
Criterio 11    Domicilio(42) de la oficina de atención (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)
Criterio 12    Datos de contacto de la oficina de atención: teléfono, extensión y/o correo electrónico
Criterio 13    Horario de atención (días y horas)
Criterio 14    Costo y sustento legal para su cobro; en su caso, especificar que es gratuito
 
Criterio 15    Lugares donde se efectúa el pago
Criterio 16    Fundamento jurídico-administrativo del servicio
Criterio 17    Derechos del usuario ante la negativa y/o falta en la prestación del servicio
Respecto de lugares para reportar presuntas anomalías en la prestación del servicio:
Criterio 18    Teléfono y, en su caso, extensión
Criterio 19    Correo electrónico
Criterio 20    Domicilio (43) (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)
Criterio 21    Hipervínculo a información adicional del servicio, en su caso
Criterio 22    Hipervínculo al catálogo, manual o sistema correspondiente, en su caso
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 23    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 24    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 25    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 26    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 27    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 28    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 29    La información publicada se organiza mediante el formato 19, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 30    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 19 LGT_Art_70_Fr_XIX
Servicios que ofrece <<sujeto obligado>>
Acto
administrativo:
servicio
Denominación
del servicio
(catálogo)
Tipo de usuario y/o
población objetivo
Descripción de los
beneficios para el
usuario
Modalidad del
servicio
(presencial o
en línea)
Requisitos para
contar con el
servicio
Documentos
requeridos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tiempo de
respuesta
(días, horas)
Denominación del
área,
permisionario,
concesionario o
empresas
productivas del
Estado que
proporcione el
servicio
Domicilio de la oficina de atención
Tipo
vialidad
Nombre
vialidad
Número
Exterior
Número
Interior, en
su caso
Tipo de
asentamiento
Nombre del
asentamiento
Clave de la
localidad
Nombre de
la localidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio de la oficina de atención
Datos de
contacto de
la oficina de
atención
Horario
atención
(días y
horas)
Costo, en su
caso
especificar que
es gratuito
Sustento
legal para su
cobro
Lugares
donde se
efectúa el
pago
Clave del
municipio
Nombre del
municipio o
delegación
Clave de la
entidad
federativa
Nombre de la
entidad
federativa
Código
postal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Horario atención
(días y horas)
Costo, en su caso
especificar que es
gratuito
Sustento legal
para su cobro
Lugares donde se
efectúa el pago
Fundamento jurídico-
administrativo del servicio
Derechos del usuario ante la
negativa o la falta ante la
prestación del servicio
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Lugares para reportar presuntas anomalías en la prestación del servicio
Teléfono, en
su caso
extensión
Correo
electrónico
Tipo
vialidad
Nombre
vialidad
Número
Exterior
Número
Interior, en
su caso
Tipo de
asentamiento
Nombre del
asentamiento
Clave de la
localidad
Nombre de
la localidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Lugares para reportar presuntas anomalías en la prestación del servicio
Clave del municipio
Nombre del municipio o delegación
Clave de la entidad federativa
Nombre de la entidad federativa
Código postal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hipervínculo a información adicional del
servicio
Hipervínculo al catálogo, manual o sistema
correspondiente
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XX. Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen
La información que se deberá publicar en esta fracción guarda relación con la contenida en la fracción XIX (servicios proporcionados por los sujetos obligados y los requisitos para acceder a ellos); no obstante, esto no implica que se trate de la misma información. En este caso se publicará información relacionada con las tareas administrativas que realizan los sujetos obligados en sus diferentes ámbitos (federal, estatal, delegacional y municipal) con el objeto de atender las peticiones que realicen los particulares ya sea para la obtención de un beneficio, o bien, cumplir con alguna obligación ante una autoridad, de conformidad con la
normatividad respectiva respecto de los trámites que realizan.
En este sentido, de conformidad con el artículo 69-B de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se entiende por trámite lo siguiente:
"... cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector privado hagan ante una dependencia u organismo descentralizado, ya sea para cumplir con una obligación, obtener un beneficio o servicio o, en general, a fin de que se emita una resolución, así como cualquier documento que dichas personas estén obligadas a conservar."
Al respecto, el Manual del Registro Federal de Trámites y Servicios indica que existen trámites relacionados con la solicitud, entrega o conservación de la información, según lo siguiente:
·  Solicitud de información: Se entiende como aquella información que una persona física o moral requiere de una autoridad para obtener un beneficio o cumplir con una obligación o, en general, a fin de que se emita una resolución.
·  Entrega de información: Se entiende como aquella información que una persona física o moral otorga a una autoridad para obtener un beneficio o cumplir con una obligación o, en general, a fin de que se emita una resolución.
·  Conservación de información: Se entiende como aquella documentación que una persona física o moral archiva para cumplir con una obligación en un periodo determinado, a fin de que se emita una resolución.
Generalmente los trámites implican la entrega de información ante una autoridad por parte de los particulares.
Derivado de lo anterior, la información debe ser oportuna y detallada para que los particulares cuenten con elementos suficientes respecto de las obligaciones que deben cumplir y los beneficios que pueden obtener ante cada sujeto obligado ya sea directamente, mediante permisionario, concesionario o empresas productivas del Estado, siempre conforme a las leyes y reglamentos vigentes.
Asimismo, en esta sección, se deberá incluir información relativa a los trámites en materia de acceso a la información y protección de datos personales, tales como solicitudes de acceso a información pública, recursos de revisión, denuncias ciudadanas, y las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales(44) que todo sujeto obligado debe proporcionar.
La información publicada deberá corresponder y en su caso vincular al catálogo, manual o sistema electrónico de servicios que corresponda a cada sujeto obligado; así mismo deberá guardar correspondencia con la fracción XIX (trámites) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información vigente
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Acto administrativo: trámite
Criterio 2      Tipo de trámite a efecto de obtener un beneficio o cumplir con una obligación o, en general, a fin de que se emita una resolución; ya sea para solicitar, entregar o conservar información
Criterio 3      Denominación del trámite (se incluirá un catálogo con los nombres de cada trámite derivado de las atribuciones específicas de cada sujeto obligado)
Nota: Todos los sujetos obligados deberán publicar los trámites en las materias de acceso a la información y protección de datos personales
Criterio 4      Tipo de usuario y/o población objetivo; especificar los casos en los que se debe o puede realizarse el trámite
Criterio 5      Descripción de los beneficios para el usuario
 
Criterio 6      Modalidad del trámite (presencial o en línea)
Criterio 7      Requisitos para llevar a cabo el trámite
Criterio 8      Documentos requeridos
Criterio 9      Hipervínculo al/los formato(s) respectivo(s) publicado(s) en medio oficial
Criterio 10    Plazos para la conclusión del trámite o tiempo de respuesta
Criterio 11    Vigencia de los resultados del trámite
Criterio 12    Denominación del área en donde se realiza el trámite
Criterio 13    Domicilio(45) de la oficina de atención (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal)
Criterio 14    Datos de contacto de la oficina de atención: teléfono, extensión y/o correo electrónico
Criterio 15    Horario de atención (días y horas)
Criterio 16    Costo y sustento legal para su cobro; en su caso, especificar que es gratuito
Criterio 17    Lugares donde se efectúa el pago
Criterio 18    Fundamento jurídico-administrativo del trámite
Criterio 19    Derechos del usuario ante la negativa o falta de respuesta (especificar si aplica la afirmativa o negativa ficta)
Criterio 20    Lugares para reportar presuntas anomalías en la gestión del trámite: teléfono, extensión, correo electrónico, domicilio y demás datos necesarios para el envío de consultas, documentos y quejas
Criterio 21    Hipervínculo a información adicional del trámite, en su caso
Criterio 22    Hipervínculo al catálogo, manual o sistema correspondiente, en su caso
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 23    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 24    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 25    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 26    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 27    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 28    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
 
Criterio 29    La información publicada se organiza mediante el formato 20, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 30    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 20 LGT_Art_70_Fr_XX
Trámites que se realizan en <<sujeto obligado>>
Acto
administrativo:
trámite
Tipo de
trámite
Denominación
del trámite
(catálogo)
Tipo de
usuario y/o
población
objetivo
Descripción
de los
beneficios
para el
usuario
Modalidad de trámite
(presencial/línea)
Requisitos
para llevar a
cabo el
trámite
Documentos
requeridos
Hipervínculo al/
los formato(s)
respectivo(s)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plazos para
la
conclusión
del trámite
o tiempo de
respuesta
Vigencia de
los
resultados
del trámite
Denominación
del área,
permisionario,
concesionario o
empresa
productiva del
Estado donde
se gestiona el
trámite
Domicilio donde se gestiona el trámite
Tipo
vialidad
(catálogo)
Nombre
vialidad
Número
Exterior
Número
Interior,
en su
caso
Tipo de
asentamiento
[catálogo]
Nombre del
asentamiento
Clave de la
localidad
(catálogo)
Nombre de
la localidad
(catálogo)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio donde se gestiona el trámite
Clave del municipio
(catálogo)
Nombre del municipio o delegación
(catálogo)
Clave de la entidad federativa
(catálogo)
Nombre de la entidad federativa
(catálogo)
Código postal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Datos de contacto
de la oficina de
atención
Horario de
atención
Costo
Sustento legal
para su cobro
Lugares donde
se efectúa el
pago
Fundamento jurídico-
administrativo del trámite
Derechos del usuario ante la
negativa o la falta de respuesta
(especificar si aplica la afirmativa o
negativa ficta)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Lugares para reportar presuntas anomalías en la gestión del trámite
Hipervínculo a
la información
adicional del
trámite
Hipervínculo al
catálogo, manual
o sistema
correspondiente
Teléfono, en
su caso
extensión
Correo
electrónico
Calle
Número
exterior
Número
interior (en
su caso)
Colonia
Delegación
o Municipio
Código
postal
Otros
datos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
 
XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable
La información que publicarán los sujetos obligados en cumplimiento de esta fracción se organizará de conformidad con los siguientes rubros:
·  Información contable
·  Información presupuestaria
·  Información complementaria(46)
Lo anterior con fundamento en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en donde se define la información financiera como "... la información presupuestaria y contable expresada en unidades monetarias, sobre las transacciones que realiza un ente público y los eventos económicos identificables y cuantificables que lo afectan, la cual puede representarse por reportes, informes, estados y notas que expresan su situación financiera, los resultados de su operación y los cambios en su patrimonio."(47)
Dicha información financiera que es generada por los sujetos obligados deberá estar organizada, sistematizada y difundida (...) al menos, trimestralmente (a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de la Ley General de Contabilidad Gubernamental o disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada) en sus respectivas páginas electrónicas de internet, a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda, en términos de las disposiciones en materia de transparencia que les sean aplicables y, en su caso, de los criterios que emita(48) el consejo(49).
En relación con el Presupuesto asignado anual, todo sujeto obligado publicará la información del gasto programable que se le autorizó según el Presupuesto de Egresos de la Federación y en los respectivos decretos similares de cada Entidad Federativa. La información financiera sobre el presupuesto asignado debe mostrarse según su clasificación económica, administrativa y funcional.
Respecto al contenido de la Cuenta Pública, se deberán "incluir los estados financieros y demás información presupuestaria, programática y contable que emanen de los registros de los entes públicos, serán la base para la emisión de informes periódicos y para la formulación de la cuenta pública anual"(50). Dichos estados deberán ser realizados por los sujetos obligados y estar ordenados de conformidad con los criterios, lineamientos y disposiciones normativas correspondientes que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, por ejemplo, el Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las Cuentas Públicas(51).
La información publicada en esta fracción deberá guardar correspondencia con la difundida en cumplimiento de la fracciones XXIII (gastos relativos a comunicación social), XXV (resultado del dictamen de los estados financieros), XXXI (informes de avances programáticos o presupuestales) y XLIII (ingresos recibidos por cualquier concepto) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
A excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada.
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a seis ejercicios anteriores
Aplica a: los sujetos obligados de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales, y los órganos autónomos federales y estatales.
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Respecto al presupuesto asignado anual:
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Presupuesto anual asignado (gasto programable autorizado) al sujeto obligado
Criterio 3      Presupuesto por capítulo de gasto (con base en el Clasificador por Objeto de Gasto que le corresponda al sujeto obligado)
Criterio 4      Hipervínculo al Presupuesto de Egresos de la Federación
 
Criterio 5      Hipervínculo al Decreto de Presupuesto de Egresos de la entidad federativa (en su caso señalar que no aplica si se trata de un sujeto obligado de orden federal)
Las Entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán incluir además:
Criterio 6      Fuentes de financiamiento para los recursos federales transferidos, vinculadas al reporte de egresos de la SHCP
Respecto a los informes trimestrales de gasto:
Criterio 7      Ejercicio
Criterio 8      Periodo que se informa
Criterio 9      Clasificación del estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos: económica, administrativa, funcional
Criterio 10    Clave del capítulo de gasto
Criterio 11    Objeto del capítulo de gasto
Criterio 12    Denominación de cada capítulo de gasto
Criterio 13    Presupuesto programado por capítulo de gasto
Criterio 14    Presupuesto pendiente de pago
Criterio 15    Presupuesto o monto reintegrado a la tesorería de la federación(52)
Criterio 16    Hipervínculo al informe trimestral sobre la ejecución del presupuesto realizado por el sujeto obligado y enviado a la SHCP, a la Secretaría de Finanzas u homólogo o la instancia según corresponda, de acuerdo con el orden de gobierno correspondiente
Respecto a la Cuenta Pública(53):
Criterio 17    Hipervínculo a la Cuenta Pública consolidada por la instancia correspondiente según el orden de gobierno de que se trate, por ejemplo la SHCP, las secretarías de finanzas o sus equivalentes
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 18    Periodo de actualización de la información: trimestral, a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de la disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada
Criterio 19    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 20    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 21    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 22    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 23    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 24    La información publicada se organiza mediante los formatos 21a, 21b y 21c, en los que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 25    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 21a LGT_Art_70_Fr_XXI
 
Información financiera de (presupuesto asignado anual) <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Presupuesto
anual asignado
Presupuesto por
capítulo de gasto
Hipervínculo al
Presupuesto de
Egresos de la
Federación
Hipervínculo al
Presupuesto de
Egresos de la Entidad
Federativa
Fuentes de financiamiento para
recursos federales transferidos,
vinculadas al reporte de egresos
de la SHCP (entidades
federativas, municipios y
delegaciones)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral, a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 21b LGT_Art_70_Fr_XXI
Información financiera (informes trimestrales de gasto) de <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que se
informa
Clasificación del
estado analítico
del ejercicio del
presupuesto de
egresos
(económica,
administrativa,
funcional)
Clave del
capítulo de
gasto
Objeto del
capítulo de
gasto
Denominación
de cada capítulo
de gasto
Presupuesto
programado
por capítulo de
gasto
Presupuesto
pendiente de
pago
Presupuesto o
monto
reintegrado a la
tesorería
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hipervínculo al informe trimestral
sobre la ejecución del
presupuesto presentado por el
sujeto obligado
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral, a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 21c LGT_Art_70_Fr_XXI
 
Información financiera de la Cuenta Pública de <<sujeto obligado>>
Hipervínculo a la Cuenta Pública consolidada y publicada por la SHCP,
Secretaría de Finanzas u homólogo o la instancia según corresponda,
de acuerdo con el orden de gobierno correspondiente
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral, a excepción de los informes y documentos de naturaleza anual y otros que por virtud de esta Ley o disposición legal aplicable tengan un plazo y periodicidad determinada
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXII.     La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable
Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a las obligaciones o empréstitos(54) que se constituyan en deuda pública y deuda externa, las cuales se hayan contraído en términos de lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos(55), las constituciones de las entidades federativas, la Ley General de Deuda Pública, la Ley de Coordinación Fiscal Federal y demás normatividad en la materia.
La Ley General de Deuda Pública señala en su artículo 1 ° que "la deuda pública está constituida por las obligaciones de pasivo, directas o contingentes derivadas de financiamientos y a cargo de las siguientes entidades": el Ejecutivo Federal y sus dependencias, el Gobierno del Distrito Federal; los organismos descentralizados; las empresas de participación estatal mayoritaria; las instituciones de banca de desarrollo, las organizaciones nacionales auxiliares de crédito, las instituciones nacionales de seguros y las de fianzas; las empresas productivas del Estado y sus empresas productivas subsidiarias, así como los fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o alguna de las entidades mencionadas anteriormente.
Para el cumplimiento de esta fracción todos los sujetos obligados publicarán la información que hagan del conocimiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre los datos de todos los financiamientos contratados, así como de los movimientos que se efectúen en éstos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 28 de la Ley General de Deuda Pública. Además, en caso de que el sujeto obligado no esté facultado para contraer deuda pública, deberá especificarlo mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
Por su parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), como responsable de mantener el registro de las obligaciones financieras constitutivas de deuda pública con el monto, características y destino de los recursos captados en su forma particular y global, que asuman las entidades, publicará y actualizará los datos de la deuda pública en términos de lo establecido en la Ley General de Deuda Pública y demás normatividad aplicable.
La presente fracción deberá guardar correspondencia con la información relativa a la Cuenta Pública de las fracciones XXV (resultado del dictamen de los estados financieros) y XXXI (avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero) del artículo 70 de la Ley General.
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Periodo de actualización: trimestral con datos mensuales
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_____________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
 
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Acreditado (sujeto obligado que contrae la obligación)
Criterio 4      Denominación de la instancia ejecutora del recurso público
Criterio 5      Tipo de obligación: Crédito simple / Crédito en cuenta corriente / Emisión bursátil / Garantía de pago oportuno (GPO) / Contratos de proyectos de prestación de servicios (PPS)(56)
Criterio 6      Acreedor (Institución que otorgó el crédito)
Criterio 7      Fecha de firma del contrato o instrumento jurídico en el cual se contrajo la obligación, publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 8      Monto original contratado, el cual consta en el contrato o instrumento jurídico en el que se contrajo la obligación
Criterio 9      Plazo de tasa de interés pactado en el contrato o instrumento jurídico en el cual se contrajo la obligación (mensual, semestral, anual, etcétera)
Criterio 10    Tasa de interés pactada en el contrato o instrumento jurídico en el cual se contrajo la obligación
Criterio 11    Plazo pactado para pagar la deuda, el cual consta en el contrato o instrumento jurídico en el que se contrajo la obligación (especificar el número de meses)
Criterio 12    Fecha de vencimiento de la deuda que conste en el contrato o instrumento jurídico en el que se contrajo la obligación, con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 13    Recurso afectado como fuente o garantía de pago
Criterio 14    Destino para el cual fue contraída la obligación(57)
Criterio 15    Saldo al periodo que se reporta(58)
Criterio 16    Hipervínculo a la autorización de la propuesta de endeudamiento que en su caso se haya presentado
Criterio 17    Hipervínculo al listado de resoluciones negativas a la contratación de financiamiento para las entidades distintas al gobierno federal
Criterio 18    Hipervínculo al contrato o instrumento jurídico en el cual se contrajo la obligación
Criterio 19    En su caso, el documento o instrumento en el cual se hayan especificado modificaciones
Criterio 20    Hipervínculo a la Información de finanzas públicas y deuda pública, publicado por la SHCP
Criterio 21    Informe enviado a la SHCP o equivalente de la entidad federativa que contenga el listado de todos los empréstitos y obligaciones de pago(59)
Criterio 22    Hipervínculo al informe de Cuenta Pública(60) enviado a la SHCP(61) u homóloga, en el cual se observe claramente el análisis correspondiente a la deuda pública que reportan
Criterio 23    Fecha de inscripción en el Registro de Obligaciones y Empréstitos vigentes de Entidades, Municipios y sus Organismos,(62) en su caso
Por su parte, la SHCP publicará y actualizará:
Criterio 24    Hipervínculo al Informe consolidado de la deuda pública de entidades federativas y municipios
Criterio 25    Hipervínculo al informe consolidado de Cuenta Pública
Criterio 26    Hipervínculo a la propuesta y reportes que genere la SHCP en caso de deuda
pública externa contraída con organismos financieros internacionales
Nota: el hipervínculo debe ser a una página del gobierno mexicano, no de los organismos financieros internacionales
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 27      Periodo de actualización de la información: trimestral con datos mensuales
Criterio 28      La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 29      Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 30      Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 31      Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 32      Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 33      La información publicada se organiza mediante el formato 22, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 34      El soporte de la información permite su reutilización
Formato 22 LGT_Art_70_Fr_XXII
Deuda Pública de <<sujeto obligado>>
Ejercicio que
reporta
Periodo que
se informa
Acreditado
Denominación de la
instancia ejecutora del
recurso público
Tipo de obligación: Crédito simple / Crédito
en cuenta corriente / Emisión bursátil /
Garantía de pago oportuno (GPO) /
Contratos de proyectos de prestación de
servicios (PPS)
Acreedor
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de firma del
contrato o (formato día/
mes/año)
Monto original
contratado
Plazo de tasa de
interés pactado
Tasa de interés
mensual pactada
Plazo pactado para
pagar la deuda,
(especificar el
número de meses)
Fecha de vencimiento
de la deuda
formato día/mes/año
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Recurso afectado
como fuente o
garantía de pago
Destino para el
cual fue contraída
la obligación
Saldo (al
periodo que
se reporta)
Hipervínculo a la
autorización de la propuesta
de endeudamiento
Hipervínculo al listado de resoluciones
negativas a la contratación de financiamiento
para las entidades distintas al gobierno
federal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hipervínculo al
contrato o
instrumento
jurídico en el
cual se contrajo
la obligación
En su caso, el
documento o
instrumento en el
cual se hayan
especificado
modificaciones
Hipervínculo a la
Información de
finanzas públicas y
deuda pública,
publicado por la
SHCP
Informe enviado a la
SHCP o equivalente de
la entidad federativa
que contenga el listado
de todos los
Empréstitos y
Obligaciones de pago
Hipervínculo al informe de
Cuenta Pública enviado a
la SHCP u homóloga, en el
cual se observe claramente
el análisis cualitativo de la
deuda pública
correspondiente
Fecha de
inscripción en el
Registro de
Obligaciones y
Empréstitos
vigentes de
Entidades,
municipios y sus
organismos, en su
caso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
La SHCP incluirá además:
Hipervínculo al Informe de la deuda
pública de entidades federativas y
municipios consolidado
Hipervínculo al informe de Cuenta
Pública consolidado
Hipervínculo a la propuesta y
reportes que genere en caso de
deuda pública externa contraída
con Organismos Financieros
Internacionales
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral con datos mensuales
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXIII.         Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña
Los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información tanto de los programas de comunicación social o equivalente que de acuerdo con la normatividad aplicable deban elaborar, como la de los recursos públicos erogados o utilizados para realizar las actividades relacionadas con la comunicación y la publicidad institucionales a través de los distintos medios de comunicación: espectaculares, Internet, radio, televisión, cine, medios impresos, digitales, entre otros. Se trata de todas aquellas asignaciones destinadas a cubrir los gastos de realización y difusión de mensajes y campañas para informar a la población sobre los programas, servicios públicos y el quehacer gubernamental en general; así como la publicidad comercial de los productos y servicios que generan ingresos para los sujetos obligados.
Además incluirán un hipervínculo a la información publicada por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, relacionada con la publicidad oficial que se difunde en los espacios a los que accedan y utilicen los sujetos obligados de manera gratuita en todos los medios de comunicación, es decir, los Tiempos Oficiales, que pueden ser: por tiempo de Estado y tiempo fiscal. En dicha información se deberá especificar el tipo de medio utilizado, la información relativa a los proveedores, órdenes de inserción, así como contratos celebrados por todo tipo de servicio.
Con base en lo anterior, la información se organizará en tres categorías:
·  Programa Anual de Comunicación Social o equivalente
·  Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad
·  Utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal
En la primer categoría: Programa Anual de Comunicación Social o equivalente los sujetos obligados deben publicar y actualizar anualmente, el documento que realicen respecto al Programa Anual de Comunicación Social(63) o equivalente, de acuerdo con los datos especificados en su normatividad aplicable o ámbito al cual pertenezcan; por ejemplo, en el ámbito federal deberán apegarse a lo establecido en el "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para las Campañas de Comunicación Social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el
ejercicio fiscal que corresponda". En caso de que el sujeto obligado, de acuerdo con la normatividad aplicable, no genere dicha información, deberá especificarlo por medio de una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
Respecto a la segunda categoría: Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad, se deberá indicar si el sujeto obligado que está publicando la información tiene la función de contratante, solicitante o contratante y solicitante, con base en las atribuciones que le hayan sido conferidas. En caso de que el sujeto obligado sea únicamente solicitante y no cuente con todos los rubros a publicar, lo deberá especificar por medio de una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda.
Además se deberá incluir la información derivada de la contratación de servicios de impresión y publicación de información específicamente y con base en el Clasificador por Objeto del Gasto aplicable a cada sujeto obligado, así como el emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable; es decir, la información sobre los gastos erogados y asignados a las partidas correspondientes que, de manera ejemplificativa, no limitativa, corresponden a los siguientes conceptos del Capítulo 3000 Servicios generales:
·  Concepto 3300 Servicios profesionales, científicos, técnicos y otros servicios (partidas específicas 33604 Impresión y elaboración de material informativo derivado de la operación y administración de las dependencias y entidades; 33605 Información en medios masivos derivada de la operación y administración de las dependencias y entidades).
·  Concepto 3600 Servicios de comunicación social y publicidad (partidas específicas 361 Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales; 362 Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes comerciales para promover la venta de bienes o servicios; 363 Servicios de creatividad, preproducción y producción de publicidad, excepto Internet; 364 Servicios de revelado de fotografías; 365 Servicios de la industria fílmica, del sonido y del video; 366 Servicio de creación y difusión de contenido exclusivamente a través de Internet; 369 Otros servicios de información).
En relación con la tercera categoría: Utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal, la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación, como ya se mencionó, será la responsable de publicar la información correspondiente a dicha sección, en virtud de que es la administradora de los tiempos de Estado; todos los sujetos obligados incluirán un hipervínculo a dicha información. Además en tiempos electorales la autoridad electoral(64) (Instituto Nacional Electoral) asignará una clave de identificación análoga a los spots que transmitan los partidos políticos en el uso de Tiempos oficiales, y a sus propios mensajes.
Los tiempos oficiales consisten, con fundamento en el artículo 251 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en tiempo de Estado: son 30 minutos diarios de transmisión gratuita disponibles en todas las estaciones de radio y canales de televisión abierta; y tiempo fiscal es el pago en especie de un impuesto federal que deben realizar las empresas de radio y televisión concesionarias (estaciones comerciales) por hacer uso del espacio aéreo mexicano para difundir sus señales(65): "Las empresas de radio y televisión concesionarias difundirán materiales grabados del Poder Ejecutivo Federal, en 18 minutos diarios de transmisión en televisión y 35 minutos diarios en radio. Los mensajes transmitidos tendrán duración de 20 o 30 segundos."
Todos los sujetos obligados publicarán esta información en formato de tabla, con información que se actualizará trimestralmente.
La presente fracción deberá guardar correspondencia con la información relativa a las fracciones XXI (información financiera sobre el presupuesto), XXV (resultado del dictamen de los estados financieros), XXVII (concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones), XXVIII (resultados sobre procedimientos), XXXI (avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero), XXXII (padrón de proveedores y contratistas) y XXXIII (convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Anual, respecto del Programa Anual de Comunicación Social o equivalente.
 
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Respecto del Programa Anual de Comunicación Social o equivalente que en su caso sea aplicable al sujeto obligado, se publicará lo siguiente
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Denominación del documento del programa anual de Comunicación Social
Criterio 3      Fecha en la que se aprobó el Programa Anual de Comunicación Social por la instancia correspondiente
Criterio 4      Hipervínculo al Programa Anual de Comunicación Social o equivalente, que sea vigente y aplicable al sujeto obligado
La información correspondiente a Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad constará de los siguientes datos:
Criterio 5      Función del sujeto obligado: contratante, solicitante o contratante y solicitante
Criterio 6      Área administrativa encargada de solicitar el servicio o producto, en su caso
Criterio 7      Clasificación del(los) servicios: Servicio de difusión en medios de comunicación / Otros servicios asociados a la comunicación / Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad / Utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal
Los datos que se deberán publicar con relación a la erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad son los siguientes:
Criterio 8      Ejercicio
Criterio 9      Periodo que se informa
Criterio 10    Tipo de servicio
Criterio 11    Tipo de medio: Internet / Radio / Televisión / Cine / Medios impresos / Medios digitales /Espectaculares / Medios complementarios(66) / Otros servicios asociados(67) / Otro (especificar)
Criterio 12    Descripción de unidad, por ejemplo: spot de 30 segundos (radio); ½ plana (periódico); cine segundos, revistas, folletos
Criterio 13    Tipo: campaña o aviso institucional
Criterio 14    Nombre de la campaña o aviso Institucional
Criterio 15    Año de la campaña
Criterio 16    Tema de la campaña o aviso institucional
Criterio 17    Objetivo institucional
Criterio 18    Objetivo de comunicación
Criterio 19    Costo por unidad
Criterio 20    Clave única o número de identificación de campaña, aviso institucional o análogo
Criterio 21    Autoridad que proporcionó la clave única de identificación de campaña publicitaria o aviso institucional, o el número análogo de identificación de la campaña
Criterio 22    Cobertura(68): Internacional / Nacional / Estatal / Delegacional o municipal
Criterio 23    Ámbito geográfico de cobertura, en su caso
Criterio 24    Fecha de inicio de la campaña o aviso institucional con el formato día/mes/
año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 25    Fecha de término de la campaña o aviso institucional con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Respecto a la población objetivo de la campaña o aviso institucional, se publicará:
Criterio 26    Sexo
Criterio 27    Lugar de residencia
Criterio 28    Nivel educativo
Criterio 29    Grupo de edad
Criterio 30    Nivel socioeconómico
Respecto a los proveedores y su contratación se publicará:
Criterio 31    Razón social o nombre completo del (los) proveedor(es) y/o responsable(s) de publicar la campaña o la comunicación correspondiente (nombre[s], primer apellido y segundo apellido en caso de ser persona física)
Criterio 32    Nombre comercial del (los) proveedor(es) y/o responsable(s)
Criterio 33    Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral proveedora del producto o servicio publicitario
Criterio 34    Procedimiento de contratación: licitación pública, adjudicación directa, invitación restringida
Criterio 35    Fundamento jurídico del proceso de contratación
Criterio 36    Descripción breve de las razones que justifican la elección de tal proveedor
Respecto a los recursos y el presupuesto:
Criterio 37    Partida genérica
Criterio 38    Clave del concepto (conforme al clasificador por objeto del gasto)(69)
Criterio 39    Nombre del concepto (conforme al clasificador por objeto del gasto)(70)
Criterio 40    Presupuesto asignado por concepto
Criterio 41    Presupuesto modificado por concepto
Criterio 42    Presupuesto total ejercido por concepto al periodo reportado
Criterio 43    Denominación de cada partida
Criterio 44    Presupuesto total asignado a cada partida
Criterio 45    Presupuesto modificado por partida
Criterio 46    Presupuesto ejercido al periodo reportado de cada partida
Criterio 47    Fecha de firma de contrato con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 48    Número o referencia de identificación del contrato
Criterio 49    Objeto del contrato
Criterio 50    Hipervínculo al contrato(71) firmado
Criterio 51    Hipervínculo al convenio modificatorio, en su caso
Criterio 52    Monto total del contrato
Criterio 53    Monto pagado al periodo publicado
Criterio 54    Fecha de inicio de los servicios contratados con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 55    Fecha de término de los servicios contratados con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 56    Número de factura
Criterio 57    Hipervínculo a la factura
 
Los datos que deberá publicar la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía con relación a la Utilización de los Tiempos Oficiales son los siguientes:
Criterio 58    Ejercicio
Criterio 59    Periodo que se informa
Criterio 60    Sujeto obligado al que se le proporcionó el servicio/permiso
Criterio 61    Tipo: Tiempo de Estado / Tiempo fiscal
Criterio 62    Medio de comunicación
Criterio 63    Descripción de unidad, por ejemplo: spot de 30 segundos (radio/televisión)
Criterio 64    Concepto o campaña
Criterio 65    Clave única de identificación de campaña o aviso institucional, en su caso
Criterio 66    Autoridad que proporcionó la clave única de identificación de campaña o aviso institucional
Criterio 67    Cobertura: internacional, nacional, estatal, delegacional o municipal
Criterio 68    Ámbito geográfico de cobertura
En cuanto a la población objetivo de la campaña o aviso institucional, se publicará:
Criterio 69    Sexo
Criterio 70    Lugar de residencia
Criterio 71    Nivel educativo
Criterio 72    Grupo de edad
Criterio 73    Nivel socioeconómico
Criterio 74    Concesionario responsable de publicar la campaña o la comunicación correspondiente (razón social)
Criterio 75    Nombre comercial del concesionario responsable de publicar la campaña o comunicación
Criterio 76    Descripción breve de las razones que justifican la elección del proveedor
Criterio 77    Monto total del tiempo de Estado o tiempo fiscal consumidos (con el formato: horas/minutos/segundos)
Criterio 78    Área administrativa encargada de solicitar la difusión del mensaje o producto, en su caso
Criterio 79    Fecha de inicio de difusión del concepto o campaña en el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 80    Fecha de término de difusión del concepto o campaña con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 81    Presupuesto total asignado a cada partida
Criterio 82    Presupuesto ejercido al periodo reportado de cada partida
Criterio 83    Número de factura, en su caso
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 84    Periodo de actualización de la información: trimestral; anual, respecto del Programa Anual de Comunicación Social o equivalente
Criterio 85    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 86    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
 
Criterio 87    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 88    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 89    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 90    La información publicada se organiza mediante los formatos 23a, 23b y 23c, en los que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 91    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 23a LGT_Art_70_Fr_XXIII
Programa Anual de Comunicación Social o equivalente de <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Denominación del
documento
Fecha de publicación en el
DOF, periódico o gaceta
correspondiente
Hipervínculo al
documento
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral; anual respecto al Programa Anual de Comunicación Social o equivalente
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 23b LGT_Art_70_Fr_XXIII
Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad de <<sujeto
obligado>>
Función del sujeto obligado:
contratante, solicitante o contratante
y solicitante
Área administrativa encargada de
solicitar el servicio o producto, en su caso
Clasificación del(los) servicios: Servicio de difusión
en medios de comunicación / Otros servicios
asociados a la comunicación / Erogación de recursos
por contratación de servicios de impresión, difusión y
publicidad / Utilización de los Tiempos Oficiales:
tiempo de Estado y tiempo fiscal
 
 
 
 
Los datos que se deberán publicar con relación a la erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, difusión y publicidad son los siguientes:
Ejercicio
Periodo
que se
informa
Tipo de
servicio
Tipo de
medio
Descripción
de unidad
Tipo:
campaña o
aviso
institucional
Nombre de la
campaña o aviso
Institucional
Año de la
campaña
Tema de la
campaña o
aviso
institucional


















 
Objetivo
institucional
Objetivo de
comunicación
Costo
por
unidad
Clave única de
identificación
Autoridad que
proporcionó la
clave única de
identificación o
el número de
identificación
Cobertura:
internacional,
nacional, estatal,
delegacional o
municipal
Ámbito
geográfico
de cobertura
Fecha de inicio
de la campaña
o aviso
institucional
(formato día/
mes/año)
Fecha de término de
la campaña o aviso
institucional (formato
día/mes/año)


















 
Respecto a la población objetivo de la campaña o aviso institucional, se publicará:
Sexo
Lugar de residencia
Nivel educativo
Grupo de edad
Nivel socioeconómico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Respecto a los proveedores y su contratación
Razón
social
Nombre completo del (los) proveedor(es) y/o
responsable(s) de publicar la campaña o la
comunicación
Nombre
comercial del
(los)
proveedor(es) y/o
responsable(s)
Registro
Federal de
Contribuyentes
de la persona
física o moral
proveedora del
producto o
servicio
publicitario
Procedimiento
de
contratación:
licitación
pública,
adjudicación
directa,
invitación
restringida
Fundamento
jurídico del
proceso de
contratación
Descripción
breve de las
razones que
justifican la
elección de
tal proveedor
Nombre (s)
Primer
apellido
Segundo apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Respecto a los recursos y el presupuesto
Partida
genérica
Clave del
concepto
(conforme al
clasificador
por objeto
del gasto)
Nombre del
concepto
(conforme al
clasificador
por objeto
del gasto)
Presupuesto
asignado por
concepto
Presupuesto
modificado
por concepto
Presupuesto
total ejercido
por concepto
al periodo
reportado
Denominación
de cada partida
Presupuesto
total asignado
a cada
partida
Presupuesto
modificado
por partida
Presupuesto
ejercido al
periodo
reportado de
cada partida
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Respecto al contrato y los montos
Fecha de firma
de contrato con
el formato día/
mes/año (por
ej. 31/Marzo/
2016)
Número o
referencia de
identificación
del contrato
Objeto
del
contrato
Hipervínculo
al contrato
firmado
Hipervínculo
al convenio
modificatorio,
en su caso
Monto
total del
contrato
Monto
pagado al
periodo
publicado
Fecha de
inicio de los
servicios
contratados
(formato día/
mes/año)
Fecha de
término de
los servicios
contratados
(formato día/
mes/año)
Número
de
Factura
Hipervínculo
a la factura
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral y anual, respecto al Programa Anual de Comunicación Social o equivalente
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 23c LGT_Art_70_Fr_XXIII
Utilización de los Tiempos Oficiales: tiempo de Estado y tiempo fiscal por <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo
que se
informa
Sujeto obligado al que se
le proporcionó el servicio/
permiso
Tipo: tiempo
de Estado,
tiempo fiscal
Medio de
comunicación: radio,
televisión
Descripción de
unidad, por ejemplo:
spot de 30 segundos
(radio); mensaje en
TV 20 segundos
Concepto o
campaña
Clave única de
identificación de
campaña o aviso
institucional
















 
Autoridad que proporcionó
la clave única de
identificación de campaña
o aviso institucional
Cobertura: internacional,
nacional, estatal,
delegacional o municipal
Ámbito
geográfico de
cobertura
Respecto a la población objetivo de la campaña o aviso institucional, se publicará:
Sexo
Lugar de
residencia
Nivel
educativo
Grupo de
edad
Nivel socioeconómico
















 
Concesionario
responsable de
publicar la campaña
o la comunicación
correspondiente
(razón social)
Nombre
comercial del
concesionario
responsable de
publicar la
campaña o
comunicación
Descripción
breve de las
razones que
justifican la
elección de tal
proveedor
Monto total del tiempo de
Estado o tiempo fiscal
consumidos
(formato horas/minutos/
segundos)
Área
administrativa
encargada de
solicitar la
difusión del
mensaje o
producto, en su
caso
Fecha de inicio de
difusión del
concepto o
campaña formato
día/mes/año (por ej.
31/Marzo/2016)
Fecha de término
de difusión del
concepto o
campaña
formato día/mes/
año (por ej. 31/
Marzo/2016)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Presupuesto total asignado a cada
partida
Presupuesto ejercido al periodo
reportado de cada partida
Número de factura
Hipervínculo a la factura
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral y anual, respecto al Programa Anual de Comunicación Social o equivalente
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXIV.      Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen, y, en su caso, las aclaraciones que correspondan
Los sujetos obligados publicarán la información correspondiente a los resultados de las auditorías internas y externas realizadas a su ejercicio presupuestal, así como los hallazgos, observaciones, conclusiones, recomendaciones, dictámenes o documentos correspondientes, entregados por la instancia que las haya realizado y, en su caso, el seguimiento a cada una de ellas.
El órgano fiscalizador de la federación y los de las entidades federativas tienen autonomía técnica y de gestión, por lo que desarrollan sus funciones conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, además de que los informes de auditoría que realizan son públicos(72).
Las auditorías son verificaciones a fin de comprobar el cumplimiento de objetivos fiscales; sirven para
responsabilizar a los sujetos obligados y/o servidores(as) públicos(as), integrantes y/o miembros, así como toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión y/o ejerza actos de autoridad en los sujetos obligados, sobre el manejo de los recursos presupuestarios que utilizan para la realización de sus funciones y la prestación de servicios hacia la ciudadanía, de acuerdo con los documentos normativos que correspondan.
Los resultados de estas verificaciones, mismos que emiten los órganos fiscalizadores, deben ser publicados por el sujeto obligado, así como las aclaraciones correspondientes aun cuando su seguimiento no esté concluido.
El sujeto obligado deberá ordenar la información en dos rubros:
·  Auditorías Internas
·  Auditorías Externas
Las auditorías internas se refieren a las revisiones realizadas por los órganos internos de control o contralorías de cada sujeto obligado, los cuales actúan a lo largo de todo el año o durante la gestión del sujeto. Las auditorías externas se refieren a las revisiones realizadas por el organismo fiscalizador encargado de la entidad que corresponda(73), así como por las organizaciones, instituciones, consultoras u homólogas externas que el sujeto obligado haya contratado para tal finalidad. Además, en el rubro correspondiente a esta fracción se publicarán los datos obtenidos de las revisiones hechas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) independientemente del nivel del sujeto obligado.
Es importante destacar que la ASF tiene la facultad(74) de revisar las operaciones señaladas en la Cuenta Pública(75) correspondiente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, descentralizados y desconcentrados de la Administración Pública Federal e, inclusive, de particulares que ejerzan recursos federales, así como de entidades federativas, delegaciones y municipios que utilicen recursos federales transferidos y las garantías que en su caso otorgue el Gobierno Federal respecto a empréstitos de los estados y municipios.
La ASF está facultada para revisar el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales; así como para realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rindan en los términos que disponga la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación(76).
Por lo antes señalado, la información que la ASF publique será resultado de su actuación una vez concluido el año fiscal que haya auditado.
Además de ordenar la información por rubro (internas y externas), ésta deberá organizarse por tipo de auditoría; por ejemplo: de cumplimiento financiero, de inversión física, forense, de desempeño, de gasto federalizado, financiera de legalidad, programático presupuestal o la que corresponda;(77) en su caso, por los informes entregados por la instancia que auditó al sujeto obligado, incluidos los informes individuales de auditoría, el Informe General Ejecutivo a la Cámara de Diputados que en su caso haya realizado la ASF(78) y lo derivado de las investigaciones realizadas y las responsabilidades procedentes.
Ya que los órganos fiscalizadores promueven acciones con el fin de que los sujetos obligados corrijan los errores, evalúen la posibilidad de generar cambios a su interior o realicen cualquier labor de mejora que derive de los resultados obtenidos de las revisiones, todos los sujetos obligados deberán publicar dichas acciones impuestas por estos órganos con base en lo establecido en la ley que corresponda.
Los sujetos obligados deberán vincular la información a lo especificado en el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública generado y publicado por la ASF, cuando se trate de auditorías practicadas al ejercicio de recursos públicos federales, o en su caso al Plan, Programa Anual u homólogo que genere la entidad estatal de fiscalización correspondiente, a fin de homologar y evitar la duplicidad u omisión de información.
Una vez que el Sistema Nacional de Fiscalización(79) realice el Programa Anual de Auditorías derivado de dicho Sistema(80), la información requerida por esta fracción se deberá vincular a lo publicado en el mismo.
La información de esta fracción deberá guardar correspondencia con la de las fracciones XXV (resultado del dictamen de los estados financieros), XXIX (informes) y XXXI (avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
 
Conservar en el sitio de Internet: información generada en el ejercicio en curso y la correspondiente a las auditorías realizadas en los tres ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio en el que inició la auditoría o revisión
Criterio 2      Periodo en el que se dio inicio a la auditoría
Criterio 3      Ejercicio(s) auditado(s)
Criterio 4      Periodo auditado
Criterio 5      Rubro: Auditoría interna / Auditoría externa
Criterio 6      Tipo de auditoría, con base en la clasificación hecha por el órgano fiscalizador correspondiente
Criterio 7      Número de auditoría o nomenclatura que la identifique
Criterio 8      Órgano que realizó la revisión o auditoría
Criterio 9      Nomenclatura, número o folio que identifique el oficio o documento de apertura en el que se haya notificado el inicio de trabajo de revisión
Criterio 10    Nomenclatura, número o folio que identifique el oficio o documento de solicitud de información que será revisada
Criterio 11    Objetivo(s) de la realización de la auditoría
Criterio 12    Rubros sujetos a revisión
Criterio 13    Fundamentos legales (normas y legislaciones aplicables a la auditoría)
Respecto a la comunicación de resultados, publicar:
Criterio 14    Número de oficio o documento de notificación de resultados
Criterio 15    Hipervínculo al oficio o documento de notificación de resultados
Criterio 16    Por rubro sujeto a revisión, el número total de hallazgos, observaciones, conclusiones, recomendaciones, o lo que derive
Criterio 17    Hipervínculo a las recomendaciones y/u observaciones hechas al sujeto obligado, ordenadas por rubro sujeto a revisión
Criterio 18    Informes finales, de revisión y/o dictamen (puede tratarse de un texto libre o de un documento publicado en formato PDF, en el que se difundan firmas, cuyo formato debe permitir su reutilización)
Criterio 19    Tipo de acción promovida por el órgano fiscalizador, como pueden ser la emisión de una recomendación, pliego de observaciones, promoción del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, multa, responsabilidad administrativa sancionatoria, fincamiento de responsabilidad, denuncia de hechos, u otras de acuerdo con lo especificado por el órgano fiscalizador y la normatividad que corresponda(81)
Criterio 20    Servidor(a) público(a) y/o área del sujeto obligado responsable o encargada de recibir los resultados
Una vez concluida la etapa de comunicación de resultados, los sujetos obligados deberán publicar por cada una de las auditorías o revisiones realizadas:
Criterio 21    El total de solventaciones y/o aclaraciones realizadas
Criterio 22    En su caso, el informe sobre las aclaraciones realizadas por el sujeto obligado a las acciones promovidas por el órgano fiscalizador (puede tratarse de un texto libre o de un documento publicado en formato PDF, en el que se difundan firmas, cuyo formato debe permitir su reutilización)
Criterio 23    El total de acciones pendientes por solventar y/o aclarar ante el órgano
fiscalizador
Todos los sujetos obligados deberán publicar:
Criterio 24    Hipervínculo al Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública(82) generado y publicado por la ASF, cuando se trate de auditorías practicadas al ejercicio de recursos públicos federales; o en su caso al Plan, Programa Anual u homólogo que genere la entidad estatal de fiscalización correspondiente(83). Una vez que el Sistema Nacional de Fiscalización realice el Programa Anual de Auditorías derivado de dicho Sistema, se deberá publicar el hipervínculo al mismo.
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 25    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 26    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 27    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 28    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 29    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 30    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 31    La información publicada se organiza mediante el formato 24, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 32    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 24 LGT_Art_70_Fr_XXIV
Resultados de auditorías realizadas a <<sujeto obligado>>
Ejercicio en
el que inició
la auditoría o
revisión
Periodo trimestral
en el que se dio
inicio a la auditoría
(enero-marzo, abril-
junio, julio-
septiembre, octubre-
diciembre)
Ejercicio(s)
auditado(s)
Periodo
auditado
Rubro:
Auditoría
interna /
Auditoría
externa
Tipo de
auditoría
Número de
auditoría o
nomenclatura que
la identifique
Órgano que
realizó la
revisión o
auditoría
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nomenclatura,
número o folio
del oficio o
documento de
notificación del
inicio de trabajo
de revisión
Nomenclatura,
número o folio
del oficio o
documento de
solicitud de
información que
será revisada
Objetivo(s) de la
realización de la
auditoría
Rubros sujetos a
revisión
Fundamento
legal (normas y
legislaciones
aplicables a la
auditoría)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Número de oficio o
documento de
notificación de
resultados
(hipervínculo a
dicho documento)
Por rubro sujeto a
revisión especificar
el número total de
hallazgos,
observaciones,
conclusiones,
recomendaciones,
o lo que derive
Hipervínculo a las
recomendaciones o/y
observaciones hechas al sujeto
obligado, por rubro sujeto a
revisión
Informes finales,
de revisión y/o
dictamen
Tipo de acción que haya promovido el
órgano fiscalizador, por ejemplo, si se
emitió recomendación, pliego de
observaciones, promoción del
ejercicio de la facultad de
comprobación fiscal, multa,
responsabilidad administrativa
sancionatoria, fincamiento de
responsabilidad, denuncia de hechos,
o la que corresponda de acuerdo con
lo especificado por el órgano
fiscalizador y la ley que aplique
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Servidor(a)
público(a) y/o área
del sujeto obligado
responsable o
encargada de
recibir los
resultados
El total de solventaciones y/
o aclaraciones realizadas
En su caso, el
informe sobre las
aclaraciones
realizadas por el
sujeto obligado a
las acciones
promovidas por el
órgano fiscalizador
El total de
acciones
pendientes por
solventar y/o
aclarar ante el
órgano
fiscalizador
Hipervínculo al Programa Anual de
Auditorías para la Fiscalización Superior
de la Cuenta Pública generado y publicado
por la ASF //
Hipervínculo al Plan, Programa Anual u
homologo que genere la entidad estatal de
fiscalización correspondiente //
Hipervínculo al Programa Anual de
Auditorías derivado del Sistema Nacional
de Fiscalización, cuando éste lo realice
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros
Todos los sujetos obligados publicarán el informe de resultados de los dictámenes realizados a sus estados financieros por las empresas auditoras contratadas para tal fin.
La dictaminación de los estados financieros deberá realizarla un contador público registrado en términos de las disposiciones que establezcan el Código Fiscal de la Federación y los códigos u ordenamientos fiscales de las Entidades Federativas.
Con base en la definición del Colegio de Contadores Públicos de México, "La emisión del Dictamen de Estados Financieros, es una actividad profesional exclusiva del Contador Público Independiente y se considera como la base fundamental para otorgar credibilidad a la información de carácter económico que prepara la administración de las empresas o entidades de los sectores público, privado y social".(84)
Los sujetos obligados deberán publicar información correspondiente a los últimos tres ejercicios concluidos,
especificando el ejercicio de que se trata, el periodo sujeto a revisión, los estados financieros dictaminados, el nombre del contador público que dictaminó, la denominación o razón social y la fecha de emisión del dictamen. Dicha información guardará correspondencia con la información de las fracciones XXI (información financiera sobre el presupuesto), XXV (resultado del dictamen de los estados financieros), XXVII (concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones), XXVIII (resultados sobre procedimientos), XXXI (balances generales y su estado financiero), XXXII (padrón de proveedores y contratistas) y XXXIII (convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: anual
En su caso, 15 días hábiles después de que el contador público independiente entregue una dictaminación especial
Conservar en el sitio de Internet: información correspondiente a los últimos tres ejercicios concluidos
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Ejercicio auditado
Criterio 3      Hipervínculo a los estados financieros dictaminados
Criterio 4      Fecha de emisión del dictamen día/mes/año (por ej. 27/Abril/2016)
Criterio 5      Hipervínculo al dictamen de los estados financieros entregado por el contador público independiente al sujeto obligado en el que se incluyan los anexos con las observaciones, recomendaciones y notas. En su caso, se deberán prever documentos en versión pública si contienen información reservada
Criterio 6      Total de observaciones resultantes
Respecto del seguimiento:
Criterio 7      Total de aclaraciones efectuadas
Criterio 8      Total de solventaciones
Criterio 9      Razón social, denominación o nombre del (la) contador(a) público(a) independiente que realizó el dictamen
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 10    Periodo de actualización de la información: anual; en su caso, 15 días hábiles después de que el Contador Público Independiente entregue una dictaminación especial
Criterio11     La información pública deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 12    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 13    Área(s) o unidad(es) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 14    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 15/Mayo/2016)
Criterio 15    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Mayo/2016)
 
Criterios adjetivos de formato
Criterio 16    La información publicada se organiza mediante el formato 25, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 17    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 25 LGT_Art_70_Fr_XXV
Resultados de la dictaminación de los estados financieros de <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Ejercicio
auditado
Hipervínculo a los
estados
financieros
dictaminados
Fecha de
emisión del
dictamen con el
formato día/mes/
año
Hipervínculo al dictamen de
los estados financieros
entregado por el Contador
Público Independiente al
sujeto obligado en el que se
incluyan las observaciones,
recomendaciones y notas
Total de observaciones
resultantes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Seguimiento
Contador(a) Público(a) que realizó el dictamen
Total de
aclaraciones
efectuadas
Total de
solventaciones
Nombre(s)
Primer apellido
Segundo apellido
Denominación o razón
social
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: anual. En su caso, 15 días hábiles después de que el contador público independiente entregue una dictaminación especial
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXVI.    Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos
En cumplimiento de esta fracción los sujetos obligados deberán publicar la información sobre los recursos públicos que han asignado o permitido su uso a personas físicas o morales, nacionales y/o extranjeras, incluso a los sindicatos y a las personas físicas o morales que realicen actos de autoridad(85) bajo designación presupuestal especial y específica o por cualquier motivo.
Son personas físicas o morales que realizan actos de autoridad aquellas que emiten formalmente actos decisorios o determinaciones con base en funciones establecidas en una norma general y las cuales pueden ser impugnadas por la ciudadanía(86).
Se incluirá Información relacionada con proyectos de coinversión realizados con organizaciones de la sociedad civil, convenios e informes que entreguen los particulares sobre el uso y destino de los recursos que recibieron. La información deberá mantener coherencia, en su caso, con lo publicado en las fracciones XVI (condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales), XXVII
(concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones), XXXI (informes de avances programáticos o presupuestales), XXXII (padrón de proveedores y contratistas) y XXXIII (convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado) del artículo 70 de la Ley General.
La información publicada en cumplimiento de la presente fracción no guarda relación con las concesiones que los sujetos obligados otorguen a las convocatorias de procedimientos como licitación, invitación restringida o adjudicación directa.
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Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
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Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Ámbito de aplicación, función o destino del recurso público: Educación / Salud / Cultura / Desarrollo social / Economía /Protección del medio ambiente / Otro (especificar)
Criterio 4      Fecha en la que el sujeto obligado firmó el documento que autoriza la asignación o permite la entrega de recursos al/los particulares, publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 5      Hipervínculo al convenio, acuerdo, decreto o convocatoria oficial. En su caso, señalar que no se emitió convocatoria alguna. Cuando se trate de sindicatos, se publicará un hipervínculo al convenio o acuerdo concertado con la representación sindical
Criterio 6      Denominación, en su caso, de la partida presupuestal que dio origen a los recursos que se entregaron
Criterio 7      Total de presupuesto otorgado a la partida presupuestal antes mencionada, en su caso
Criterio 8      Unidad administrativa responsable del otorgamiento (de acuerdo con el catálogo de unidades administrativas o puestos del sujeto obligado, si así corresponde)
Criterio 9      Fundamento jurídico (artículo, fracción, lineamiento, o lo que corresponda) que sustenta la asignación o permiso para usar recursos públicos
Criterio 10    Personería jurídica: Persona física / Persona moral
Criterio 11    Clasificación de la persona moral: Sociedad mercantil / Sociedad / Asociación civil / Sociedad cooperativa de producción / Institución de crédito / Institución de seguros y fianzas / Almacén general de depósito / Arrendadora financiera / Unión de crédito y sociedad de inversión de capitales / Organismo descentralizado que comercializa bienes o servicios / Fideicomiso con actividades empresariales / Institución de asistencia o de beneficencia / Asociación deportiva / Asociación religiosa / Donataria autorizada / Asociación patronal / Sindicato / Cámara de comercio e industria / Asociación o sociedad civil de enseñanza de investigación científica o tecnológica / Sociedad cooperativa de consumo / Institución o sociedad civil que administren fondos o cajas de ahorro / Asociaciones de padres de familia / Asociación civil de colonos o que administren inmuebles en condominio / Agrupación agrícola / Agrupación ganadera / Agrupación pesquera / Agrupación silvícola / Asociación civil y sociedad de responsabilidad limitada / Asociación o sociedad civil autorizada para recibir donativos / Sociedad de gestión colectiva constituida conforme a la Ley Federal de Derecho de Autor / Asociación o sociedad civil que otorgue becas conforme al artículo 83 Ley del Impuesto Sobre la Renta / Sociedad y asociación civil dedicada a la
investigación o preservación de la flora o fauna silvestre, reproducción de especies en peligro de extinción y conservación de su hábitat / Partido político / Asociación política legalmente reconocida
Criterio 12    Nombre completo (nombre[s], primer apellido y segundo apellido) del beneficiario (persona física) o denominación y/o razón social (persona moral, organización civil o sindicato) de la persona que recibió los recursos
Criterio 13    Monto total y/o recurso público que se permitió o permitirá usar
Criterio 14    Monto por entregarse y/o recurso público que se permitirá usar
Criterio 15    Periodicidad de entrega de recursos (mensual, trimestral, anual, etcétera, o especificar si fue única)
Criterio 16    Fecha en la que se entregó o entregarán los recursos (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 17    Hipervínculo a los informes sobre el uso y destino de los recursos que se asignaron o cuyo uso se permitió
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 18    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 19    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 20    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 21    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información
Criterio 22    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 23    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 24    La información publicada se organiza mediante el formato 26, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 25    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 26 LGT_Art_70_Fr_XXVI
Personas físicas o morales a quienes el <<sujeto obligado>> asigna o permite usar recursos públicos
Ejercicio
Periodo que
se informa
Ámbito de aplicación o destino: Ámbito de
aplicación, función o destino del recurso
público: Educación / Salud / Cultura /
Desarrollo social / Economía /Protección del
medio ambiente / Otro (especificar)
Fecha en la que el sujeto
obligado firmó el documento
que indique la entrega de
recursos al/los particulares
(formato día/mes/año)
Hipervínculo al
convenio, acuerdo,
decreto o convocatoria
oficial
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Denominación de la
Partida
presupuestal
Total de
presupuesto
otorgado (Partida)
Unidad administrativa
responsable del
otorgamiento
Fundamento
jurídico
Personería jurídica:
Persona física / Persona
moral
Especificación, en
su caso de
persona
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Nombre completo del beneficiario (persona física)
Denominación o razón social de
la persona moral u organización
civil beneficiaria
Monto total y/o recurso publicó
que se permitió o permitirá usar
Nombre
Primer apellido
Segundo apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Monto por entregarse y/o
recurso público que se
permitirá usar
Periodicidad de
entrega de recursos
Fecha en la que se
entregaron los de
recursos
(formato día/mes/año)
Hipervínculo a los informes sobre
el uso y destino de los recursos
entregados
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXVII.   Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos
Los sujetos obligados publicarán información relativa a cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, de acuerdo con sus atribuciones establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la constitución de cada entidad federativa, así como la respectiva ley orgánica de las administraciones públicas estatales y municipales
La información se organizará por acto jurídico y respecto de cada uno se especificará su tipo. Por ejemplo:
Concesión para ejecución y operación de obra pública; prestación de servicio público; radiodifusión; telecomunicaciones; etcétera.
Permiso para el tratamiento y refinación del petróleo; para el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos de petróleo, gas, petrolíferos y petroquímicos; de radiodifusión, de telecomunicaciones; de conducir; etcétera.
Licencia de uso de suelo, de construcción, de anuncios, de conducir, de explotación de yacimientos de materiales pétreos, de exploración y extracción del petróleo, etcétera.
Autorización de cambio de giro de local en mercado público; de espectáculos en la vía pública, parques o espacios públicos; de uso y ocupación; del Programa Especial de Protección Civil; de juegos pirotécnicos; para impartir educación; para el acceso a la multiprogramación; o las que el sujeto obligado determine.
Contrato. Aquellos celebrados por el sujeto obligado y que se realicen con cargo total o parcial a recursos públicos de acuerdo con las leyes que le sean aplicables(87).
Convenio. Acuerdo que se firma para desarrollar un asunto concreto destinado a establecer, transferir, modificar o eliminar una obligación.
La información sobre cada acto jurídico de los arriba enlistados deberá publicarse a partir de la fecha en la que éste inició. En su caso, el sujeto obligado incluirá una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda señalando que no se otorgó ni emitió determinado acto.
Lo publicado en esta fracción deberá de guardar congruencia con la información de la fracción XXIII (comunicación social del artículo 70 de la Ley General. Por su parte los contratos y convenios publicados en la fracción XXVIII, (procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación pública), no serán publicados en la presente fracción.
 
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Tipo de acto jurídico: Concesión / Contrato / Convenio / Permiso / Licencia / Autorización
Criterio 4      Objeto (la finalidad con la que se realizó el acto jurídico)
Criterio 5      Fundamento jurídico por el cual se llevó a cabo el acto jurídico
Criterio 6      Unidad(es) responsable(s) de instrumentación
Criterio 7      Sector al cual se otorgó el acto jurídico: Público / Privado
Criterio 8      Nombre completo (nombre[s], primer apellido y segundo apellido) o razón social del titular al cual se otorgó el acto jurídico
Criterio 9      Fecha de inicio de vigencia del acto jurídico expresado en el formato día/mes/año (por ej. 31/marzo/2016)
Criterio 10    Fecha de término de vigencia del acto jurídico expresado en el formato día/mes/año (por ej. 31/marzo/2016)
Criterio 11    Cláusula, punto, artículo o fracción en el que se especifican los términos y condiciones del acto jurídico
Criterio 12    Hipervínculo al contrato, convenio, permiso, licencia o concesión, donde se especifiquen los términos y condiciones, incluidos los anexos, en versión pública(88) cuando así corresponda
Criterio 13    Monto total o beneficio, servicio y/o recurso público aprovechado
Criterio 14    Monto entregado, bien, servicio y/o recurso público aprovechado al periodo que se informa
En caso de que el sujeto obligado celebre contratos plurianuales deberá incluir:
Criterio 15    Hipervínculo al documento donde se desglose el gasto a precios del año tanto para el ejercicio fiscal correspondiente como para los subsecuentes(89)
Criterio 16    Hipervínculo al informe sobre el monto total erogado, que en su caso corresponda
Criterio 17    Hipervínculo al contrato plurianual modificado, en su caso
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 18    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 19    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 20    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 21    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la
información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 22    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 23    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 24      La información publicada se organiza mediante el formato 27, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 25      El soporte de la información permite su reutilización
Formato 27 LGT_Art_70_Fr_XXVII
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados por <<sujeto
obligado>>
Ejercicio
Periodo
que se
informa
Acto jurídico:
Concesión /
Contrato /
Convenio /
Permiso /
Licencia /
Autorización
Objeto
Fundamento
jurídico por el
cual se llevó
a cabo el
acto jurídico
Unidades
responsables de
instrumentación
Sector al cual se
otorgó (público/
privado)
Nombre completo del titular
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Razón
social del
titular
Fecha de inicio
de vigencia
(formato día/
mes/año)
Fecha de
término de
vigencia
(formato día/
mes/año)
Cláusula, punto
artículo o fracción en
la que se
especifican los
términos y
condiciones
Hipervínculo al
documento
Monto total, bien,
servicio y/o recurso
aprovechado
Monto entregado al
periodo del bien,
servicio y/o recurso
aprovechado
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Hipervínculo al documento donde se
desglose el gasto a precios del año
Hipervínculo al informe sobre el monto total
erogado
Hipervínculo al contrato plurianual
modificado, en su caso
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ___________________
XXVIII.       La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la Versión Pública del Expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener por lo menos lo siguiente:
a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
2. Los nombres de los participantes o invitados;
 
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
4. El área solicitante y la responsable de su ejecución;
5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;
6. Los dictámenes y fallo de adjudicación;
7. El contrato y, en su caso, sus anexos;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. La partida presupuestal de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;
12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
13. El convenio de terminación; y
14. El finiquito.
b) De las adjudicaciones directas:
1. La propuesta enviada por el participante;
2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
3. La autorización del ejercicio de la opción;
4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
5. El nombre de la persona física o moral adjudicada;
6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
10. El convenio de terminación; y
11. El finiquito.
En este apartado se dispone cuáles son los contenidos y la forma en que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar la información que generen, relativa a los resultados de los procedimientos de licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa, así como los equivalentes que realizan en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas âambas reglamentarias del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosâ; las que resulten aplicables en materia de adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios y contrataciones de obras públicas, y los servicios relacionados con las mismas de las entidades federativas; los ordenamientos legales que regulen a los poderes Legislativo y Judicial y a los organismos autónomos; así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La información sobre los actos, contratos y convenios celebrados se presentará en una base de datos en la que cada registro se hará por tipo de procedimiento:
·  Licitación pública
·  Invitación a cuando menos tres personas (restringida)
·  Adjudicación directa
 
Para cada tipo de procedimiento se deberá especificar la materia:
·  Obra pública
·  Servicios relacionados con obra pública
·  Arrendamiento
·  Adquisición o
·  Servicios
Y el carácter:
·  Nacional
·  Internacional (en cualquier modalidad específica)
Respecto de los documentos fuente solicitados en los criterios sustantivos que deban ser publicados, tales como contratos, convenios, actas, dictámenes, fallos, convenios modificatorios, informes, entre otros, incluyendo sus anexos correspondientes, exceptuando aquellos que sean demasiado extensos(90), se deberá elaborar versión pública(91) de los mismos.
Los sujetos obligados deberán asegurarse de que la información publicada en esta sección mantenga correspondencia y coherencia, en su caso, con lo publicado en las fracciones fracción XXIII (comunicación social) y XXXII (padrón de proveedores y contratistas) del artículo 70 de la Ley General, así como con lo publicado en el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre contrataciones, concursos, licitaciones, adquisiciones, arrendamientos y servicios, que en su caso cada entidad federativa desarrolle y administre(92).
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información vigente; la generada en el ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Tipo de procedimiento: Licitación pública / Invitación a cuando menos tres personas / Adjudicación directa / Otra (especificar)
En caso de que no se haya llevado a cabo alguno de los tres procedimientos en el periodo que se informa, se deberá incluir un registro con el periodo respectivo, el procedimiento y señalar mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo correspondiente, que no se llevó a cabo ningún procedimiento de ese tipo.
Criterio 2      Materia: Obra pública / Servicios relacionados con obra pública / Adquisiciones / Arrendamientos / Servicios
Respecto de cada uno de los eventos de licitación pública y de invitación a cuando menos tres personas se publicarán los siguientes datos:
Criterio 3      Ejercicio
Criterio 4      Periodo que se reporta
Criterio 5      Número de expediente, folio o nomenclatura que identifique a cada procedimiento
Criterio 6      Hipervínculo a la convocatoria o invitaciones emitidas
Criterio 7      Fecha de la convocatoria o invitación, expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 8      Descripción de las obras públicas, los bienes o los servicios contratados
Criterio 9      Relación con los nombres de las personas físicas o morales que presentaron una proposición u oferta (en el caso de personas físicas: nombre[s], primer apellido, segundo apellido, en el caso de persona moral, razón social)
 
Criterio 10    Fecha en la que se celebró la junta de aclaraciones(93), expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 11    Relación con los nombres de los asistentes a la junta de aclaraciones (nombre[s], apellido paterno, apellido materno). En el caso de personas morales especificar su denominación o razón social
Criterio 12    Relación con los nombres de los servidores públicos asistentes a la junta de aclaraciones (nombre[s], apellido paterno, apellido materno)
Criterio 13    Incluir el cargo que ocupan en el sujeto obligado los servidores públicos asistentes a la junta de aclaraciones
Criterio 14    Hipervínculo al fallo de la de aclaraciones o al documento correspondiente
Criterio 15    Hipervínculo, en su caso, al (los) dictamen(es)
Criterio 16    Nombre completo o razón social del contratista o proveedor (en el caso de personas físicas: nombre[s], primer, apellido, segundo apellido)
Criterio 17    Descripción breve de las razones que justifican su elección
Criterio 18    Unidad administrativa solicitante de las obras públicas, el arrendamiento, la adquisición de bienes y/o la prestación de servicios
Criterio 19    Unidad administrativa contratante
Criterio 20    Unidad administrativa responsable de la ejecución
Criterio 21    Número que identifique al contrato
Criterio 22    Fecha del contrato, expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 23    Monto del contrato sin impuestos incluidos (expresados en pesos mexicanos)
Criterio 24    Monto total del contrato con impuestos incluidos (expresados en pesos mexicanos)
Criterio 25    Monto mínimo, y máximo, en su caso(94)
Criterio 26    Tipo de moneda
Criterio 27    Tipo de cambio de referencia, en su caso
Criterio 28    Forma de pago (efectivo, cheque o transacción bancaria)
Criterio 29    Objeto del contrato
Señalar el plazo de entrega o de ejecución de los servicios contratados u obra pública a realizar:
Criterio 30    Fecha de inicio expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 31    Fecha de término expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 32    Hipervínculo al documento del contrato y sus anexos, en versión pública si así corresponde
Criterio 33    Hipervínculo, en su caso al comunicado de suspensión, rescisión o terminación anticipada del contrato
Criterio 34    Partida presupuestal (catálogo) de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto en el caso de ser aplicable
Criterio 35    Origen de los recursos públicos: Federales / Estatales / Municipales
Criterio 36    Fuente de financiamiento: Recursos Fiscales / Financiamientos internos / Financiamientos externos / Ingresos propios / Recursos Federales / Recursos Estatales(95) / Otros recursos (especificar)
Criterio 37    Tipo de fondo de participación o aportación respectiva
Si se trata de obra pública y/o servicios relacionados con la misma se deberán incluir los siguientes datos:
Criterio 38    Lugar donde se realizará la obra pública y/o servicio relacionado con la misma
 
Criterio 39    Breve descripción de la obra pública
Criterio 40    Hipervínculo a los estudios de impacto urbano y ambiental. En su caso, señalar que no se realizaron
Criterio 41    Incluir, en su caso, observaciones dirigidas a la población relativas a la realización de las obras públicas, tales como: cierre de calles, cambio de circulación, impedimentos de paso, etcétera
Criterio 42    Etapa de la obra pública y/o servicio de la misma: en planeación, en ejecución; o en finiquito.
En el registro de cada uno de los contratos ya sea de obra pública, servicios relacionados con la misma; adquisiciones; arrendamientos y servicios de orden administrativo se deberá incluir:
Criterio 43    Se realizaron convenios modificatorios: Sí/ No
Criterio 44    Número de convenio modificatorio que recaiga a la contratación; en su caso, señalar que no se realizó
Criterio 45    Objeto del convenio modificatorio
Criterio 46    Fecha de firma del convenio modificatorio, expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 47    Hipervínculo al documento del convenio, en versión pública si así corresponde
Criterio 48    Mecanismos de vigilancia y supervisión de la ejecución, especificados en los contratos y/o convenios
Criterio 49    Hipervínculo, en su caso, al (los) informe(s) de avance físicos en versión pública si así corresponde
Criterio 50    Hipervínculo, en su caso, al (los) informe(s) de avance financieros, en versión pública si así corresponde
Criterio 51    Hipervínculo al acta de recepción física de los trabajos ejecutados u homóloga
Criterio 52    Hipervínculo al finiquito
Respecto a los resultados de procedimientos de adjudicaciones directas se deberán publicar y actualizar los siguientes datos:
Criterio 53    Ejercicio
Criterio 54    Periodo que se reporta
Criterio 55    Número de expediente, folio o nomenclatura que lo identifique
Criterio 56    Los motivos y fundamentos legales aplicados para realizar la adjudicación directa
Criterio 57    Hipervínculo a la autorización del ejercicio de la opción
Criterio 58    Descripción de las obras, los bienes o servicios contratados y/o adquiridos
Sobre las cotizaciones consideradas publicar:
Criterio 59    Nombre completo o razón social de los posibles contratantes (personas físicas: nombre[s], primer apellido, segundo apellido). En su caso, incluir una leyenda señalando que no se realizaron cotizaciones
Criterio 60    Monto total de la cotización con impuestos incluidos
Criterio 61    Nombre o razón social del adjudicado (en el caso de personas físicas: nombre[s], primer apellido, segundo apellido)
Criterio 62    Unidad administrativa solicitante
Criterio 63    Unidad administrativa responsable de la ejecución del contrato
Criterio 64    Número que identifique al contrato
Criterio 65    Fecha del contrato, expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 66    Monto del contrato sin impuestos incluidos (expresados en pesos mexicanos)
 
Criterio 67    Monto total del contrato con impuestos incluidos (expresado en pesos mexicanos)
Criterio 68    Monto mínimo, y máximo, en su caso(96)
Criterio 69    Tipo de moneda
Criterio 70    Tipo de cambio de referencia, en su caso
Criterio 71    Forma de pago (efectivo, cheque o transacción bancaria)
Criterio 72    Objeto del contrato
Criterio 73    Monto total de las garantías y/o contragarantías(97) que, en su caso, se hubieren otorgado durante el procedimiento respectivo
Señalar el plazo de entrega o de ejecución de los servicios contratados u obra pública a realizar:
Criterio 74    Fecha de inicio expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 75    Fecha de término expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 76    Hipervínculo al documento del contrato y sus anexos, en versión pública si así corresponde
Criterio 77    Hipervínculo, en su caso al comunicado de suspensión, rescisión o terminación anticipada del contrato
Criterio 78    Origen de los recursos públicos: Federales / Estatales Delegacionales / Municipales
Criterio 79    Fuentes de financiamiento: Recursos Fiscales / Financiamientos internos / Financiamientos externos / Ingresos propios / Recursos Federales / Recursos Estatales(98) / Otros recursos (especificar) / Otros recursos (especificar)
Si se trata de obra pública y/o servicios relacionados con la misma se deberán incluir los siguientes datos:
Criterio 80    Lugar donde se realizará la obra pública y/o servicio relacionado con la misma
Criterio 81    Hipervínculo a los estudios de impacto urbano y ambiental. En su caso, señalar que no se realizaron
Criterio 82    Incluir, en su caso, observaciones dirigidas a la población relativas a la realización de las obras públicas, tales como: cierre de calles, cambio de circulación, impedimentos de paso, etcétera
Criterio 83    Etapa de la obra pública y/o servicio de la misma: en planeación, en ejecución; o en finiquito
En el registro de cada uno de los contratos ya sea de obra pública, servicios relacionados con la misma; adquisiciones; arrendamientos o servicios de orden administrativo se deberá incluir:
Criterio 84    Se realizaron convenios modificatorios: / No
Criterio 85    Número que le corresponde al(los) convenio(s) modificatorio(s) que recaiga(n) a la contratación
Criterio 86    Objeto del convenio
Criterio 87    Fecha de firma del convenio, expresada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 88    Hipervínculo al documento del convenio, en versión pública si así corresponde
Criterio 89    Mecanismos de vigilancia y supervisión
 
Criterio 90    Hipervínculo en su caso, al (los) Informe(s) de avance físicos en versión pública si así corresponde
Criterio 91    Hipervínculo, en su caso, al (los) Informe(s) de avance financieros, en versión pública si así corresponde
Criterio 92    Hipervínculo al acta de recepción física de los trabajos ejecutados u homóloga
Criterio 93    Hipervínculo al finiquito
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 94    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 95    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 96    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información vigente de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 97    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 98    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 99    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 100  La información publicada se organiza mediante los formatos 28a y 28b, en los que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 101  El soporte de la información permite su reutilización
Formato 28a LGT_Art_70_Fr_XXVIII
Resultados de procedimientos de licitación pública e invitación restringida realizados por <<sujeto
obligado>>
Tipo de
procedimiento:
Licitación pública /
Invitación a cuando
menos tres personas
Materia: Obra pública /
Servicios relacionados
con obra pública /
Adquisiciones /
Arrendamientos /
Servicios
Licitación pública/Invitación restringida
Ejercicio
Periodo
Número de
expediente, folio o
nomenclatura
Hipervínculo a la
convocatoria o
invitaciones
emitidas
Fecha de la
convocatoria o
invitación, con el
formato día/mes/
año
Descripción de
las obras
públicas, los
bienes o los
servicios
contratados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Licitación pública/Invitación restringida
Relación con los nombres de las personas
físicas o morales participantes o invitados
(en el caso de personas físicas: nombre[s],
primer apellido, segundo apellido)
Denominación o
razón social
Fecha en la que se
celebró la junta de
aclaraciones, con el
formato día/mes/
año
Relación con los nombres de los asistentes
a la junta de aclaraciones (nombre[s],
primer apellido, segundo apellido). En el
caso de personas morales especificar su
denominación o razón social
Denominación o
razón social
Nombre (s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
Nombre (s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Licitación pública/Invitación restringida
Relación con los nombres de los
servidores públicos asistentes a la
junta de aclaraciones (nombre[s],
primer apellido, segundo apellido)
Incluir el cargo
que ocupan en
el sujeto
obligado los
servidores
públicos
asistentes a la
junta pública o
de aclaraciones
Hipervínculo al fallo
de la junta de
aclaraciones o
documento
correspondiente
Hipervínculo al
(los)
dictámenes, en
su caso
Nombre completo del contratista o
proveedor (en el caso de personas
físicas: nombre[s], primer apellido,
segundo apellido)
Denominación o
razón social
Nombre
(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
Nombre
(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Licitación pública/Invitación restringida
Descripción
breve de las
razones que
justifican su
elección
Unidad
administrativa
solicitante de las
obras públicas, el
arrendamiento, la
adquisición de
bienes y/o la
prestación de
servicios
Unidad
administrativa
contratante
Unidad
administrativa
responsable de su
ejecución
Número que
identifique al
contrato
Fecha del
contrato formato
día/mes/año
Monto del
contrato sin
impuestos
incluidos (en
pesos
mexicanos)
Monto total del
contrato con
impuestos
incluidos (en
pesos
mexicanos)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Licitación pública/Invitación restringida
Monto mínimo, y
máximo, en su
caso
Tipo de
moneda
Tipo de cambio de
referencia, en su caso
Forma de pago (efectivo,
cheque o transacción
bancaria)
Objeto del
contrato
Plazo de entrega o ejecución
Fecha de inicio formato
día/mes/año
Fecha de término
formato día/mes/año
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Licitación pública/Invitación restringida
Hipervínculo al
documento del
contrato y sus anexos,
en versión pública si
así corresponde
Hipervínculo en su
caso, al comunicado de
suspensión, rescisión o
terminación anticipada
del contrato
Partida presupuestal
(catálogo) de acuerdo
con el clasificador por
objeto del gasto, en el
caso de ser aplicable
Origen de los
recursos públicos:
federales,
estatales o
municipales
Fuente de financiamiento:
Recursos fiscales /
Financiamientos internos /
Financiamientos externos /
Ingresos propios/ Recursos
federales /Recursos estatales/
Otros (especificar)
Tipo de fondo de
participación o
aportación
respectiva
 
 
 
 
 
 












 
Licitación pública/Invitación restringida
Obra pública y/o servicios relacionados con la misma
Lugar donde se
realizará la obra
pública
Breve descripción de
la obra pública
Hipervínculo a los
estudios de impacto
urbano y ambiental
Incluir, en su caso, observaciones dirigidas a la
población relativas a la realización de las obras
públicas, tales como: cierre de calles, cambio de
circulación, impedimentos de paso, etcétera
Etapa de la obra pública y/o
servicio de la misma: en
planeación, en ejecución o en
finiquito
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Licitación pública/Invitación restringida
Número de
convenio
modificatorio
que recaiga a
la
contratación;
en su caso,
señalar que no
se realizó
Objeto del
convenio
modificatorio
Fecha de firma
del convenio
modificatorio,
formato día/
mes/año)
Hipervínculo al
documento del
convenio, en
versión pública
si así
corresponde
Especificación
de los
mecanismos de
vigilancia y
supervisión de la
ejecución de
cada uno de los
contratos y/o
convenios
Hipervínculo a
los informes
de avance
físico en
versión pública
si así
corresponde
Hipervínculo a
los informes
de avance
financiero en
versión pública
si así
corresponde
Hipervínculo al
acta de
recepción
física de los
trabajos
ejecutados u
homóloga
Hipervínculo
al finiquito
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
Formato 28b LGT_Art_70_Fr_XXVIII
Resultados de procedimientos de adjudicación directa realizados por <<sujeto obligado>>
Tipo de
procedimiento:
adjudicación directa.
Categoría: obra
pública, servicios
relacionados con obra
pública,
arrendamiento,
adquisición, servicios
(de orden
administrativo)
Procedimientos de adjudicaciones directas
Ejercicio
Periodo
Número de
expediente, folio o
nomenclatura que
lo identifique
Los motivos y
fundamentos
legales aplicados
para realizar la
adjudicación
directa
Hipervínculo a la
autorización del
ejercicio de la
opción
Descripción de
las obras, los
bienes o
servicios
contratados y/o
adquiridos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Procedimientos de adjudicaciones directas
Nombre completo o razón social de los proveedores (personas
físicas: nombre[s], primer apellido, segundo apellido). En su
caso, incluir una leyenda señalando que no se realizaron
cotizaciones
Razón
social
Monto total de la
cotización con
impuestos incluidos
Nombre completo o razón social del
adjudicado
Razón
social
Nombre (s)
Primer apellido
Segundo apellido
Nombre (s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Procedimientos de adjudicaciones directa
 
Unidad administrativa
solicitante
Unidad administrativa
responsable de la
ejecución
Número que
identifique al
contrato
Fecha del contrato
formato día/mes/año
Monto del contrato sin
impuestos incluidos
(expresado en pesos
mexicanos)
Monto del contrato con
impuestos incluidos
(expresado en pesos
mexicanos)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Procedimientos de adjudicaciones directa
 
Monto mínimo, y
máximo, en su
caso
Tipo de
moneda
tipo de cambio de
referencia, en su caso
Forma de pago (efectivo,
cheque o transferencia
bancaria)
Objeto del
contrato
Monto total de las garantías y/o contragarantías
que, en su caso, se hubieren otorgado durante
el procedimiento respectivo












 
Procedimientos de adjudicaciones directas
Plazo de entrega o ejecución
Hipervínculo al
documento del
contrato y sus
anexos, en versión
pública si así
corresponde
Hipervínculo, en su
caso al comunicado
de suspensión,
rescisión o
terminación
anticipada del
contrato
Origen de los recursos
públicos: federales,
estatales,
delegacionales o
municipales
Fuente de financiamiento: Recursos
fiscales/Financiamientos internos/
Financiamientos externos/Ingresos
propios/Recursos federales/Recursos
estatales/Otros (especificar)
Fecha de inicio del
plazo de entrega o
ejecución de los
servicios u obra
contratados
Fecha de término
del plazo de
entrega o
ejecución de los
servicios u obra
contratados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Procedimientos de adjudicaciones directas
Obra pública y/o servicios relacionados con la misma
Lugar donde se
realizará la obra
pública
Hipervínculo a los estudios de
impacto urbano y ambiental
Incluir, en su caso, observaciones dirigidas a la población
relativas a la realización de las obras públicas, tales como:
cierre de calles, cambio de circulación, impedimentos de
paso, etcétera
Etapa de la obra pública y/o servicio de la
misma: en planeación, en ejecución o en
finiquito
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Procedimientos de adjudicaciones directas
 
Se realizaron
convenios
modificatorios
(si / no)
Número de
convenio
modificatorio
que recaiga a
la
contratación;
en su caso,
señalar que
no se realizó
Objeto del
convenio
modificatorio
Fecha de
firma del
convenio
modificatorio
formato día/
mes/año
Hipervínculo
al
documento
del convenio,
en versión
pública si así
corresponde
Mecanismos
de vigilancia
y supervisión
de la
ejecución de
cada uno de
los contratos
y/o
convenios
Hipervínculo
a los
informes de
avance físico
en versión
pública si así
corresponde
Hipervínculo
a los
informes de
avance
financiero en
versión
pública si así
corresponde
Hipervínculo
al acta de
recepción
física de los
trabajos
ejecutados u
homóloga
Hipervínculo
al finiquito
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXIX.    Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados
En cumplimiento de la presente fracción los sujetos obligados deberán publicar una relación de todos y cada uno de los informes que, de acuerdo con su naturaleza y la normatividad vigente que les resulte aplicable, se encuentren obligados a rendir ante cualquier otro sujeto obligado; asimismo, se deberá vincular al documento del informe que corresponda(99).
La relación deberá incluir, por lo menos, los informes de: gobierno; labores o actividades; en materia de transparencia y protección de datos personales, así como los insumos que, de conformidad con el artículo 44, fracción VII de la Ley General, el Comité de Transparencia de cada sujeto obligado rinde a los Organismos garantes.
La información publicada en la presente fracción no deberá estar relacionada con informes programáticos presupuestales y financieros en virtud de que ésta corresponde a información solicitada en las fracciones XV (programas sociales), XXI (información financiera sobre presupuesto asignado), XXII (información relativa a deuda pública), XXIV (resultados de las auditorías), XXV (dictaminación de los estados financieros), XXXI (informe de avances programáticos) y XLVIII (información que sea de utilidad o se considere relevante); tampoco deberá relacionarse con la información publicada en la fracción XXVIII (resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, en lo que respecta a los informes de avance financiero de las obras o servicios contratados) del artículo 70 de la Ley General.
Esta fracción deberá ser actualizada trimestralmente, y conservarse en el portal la información correspondiente a los dos ejercicios anteriores y la que se genere en el ejercicio en curso. Sin embargo, existen informes que por disposición legal tienen un plazo y periodicidad distinto al aquí señalado; en tales casos el sujeto obligado incluirá una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo correspondiente que explique por qué no publicó en determinado trimestre los informes correspondientes.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Denominación de cada uno de los informes, que por ley debe emitir el sujeto obligado.
Para cada uno de los informes se deberá desplegar la siguiente información:
 
Criterio 4      Denominación del área responsable de la elaboración y/o presentación del informe
Criterio 5      Fundamento legal para la elaboración y/o presentación del informe (normatividad, artículo, fracción)
Criterio 6      Periodicidad para elaborar y/o presentar el informe (mensual, bimestral, trimestral, tetramestral, semestral, anual, sexenal)
Criterio 7      Fecha en la que se presentó y/o entregó con el formato día/mes/año (ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 8      Hipervínculo al documento del informe que corresponda(100)
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 9      Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 10    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 11    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 12    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 13    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 14    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 15    La información publicada se organiza mediante el formato 29, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 16    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 29 LGT_Art_70_Fr_XXIX
Informes emitidos por el <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que se
informa
Denominación
de cada
informe
Denominación
del área
responsable de
su emisión
Fundamento
legal
Periodicidad
Fecha en que
se presentó y/o
entregó
Día/mes/año
Hipervínculo al
documento del
informe
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXX.     Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible
Para dar cumplimiento a lo establecido en esta fracción, todos los sujetos obligados deberán publicar una relación de las estadísticas(101) de cualquier tipo que hayan generado en cumplimiento de sus facultades, competencias y/o funciones, y vincular a los documentos, bases de datos y/o sistemas donde se registran los resultados periódicos respectivos, los cuales deberán ofrecerse en formato abierto, de acuerdo con el concepto establecido en la Ley General, artículo 3, fracción X, que a la letra dice:
 
"Formatos Abiertos: Conjunto de características técnicas y de presentación de la información que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos de forma integral y facilitan su procesamiento digital, cuyas especificaciones están disponibles públicamente y que permiten el acceso sin restricción de uso por parte de los usuarios."
Todo sujeto obligado deberá publicar y actualizar la información mínimo trimestralmente, a menos que de conformidad con la normatividad aplicable se establezcan otros periodos de actualización de los resultados estadísticos. Asimismo, se deberá conservar en el sitio de Internet la información de las series históricas que permitan brindar acceso al acervo de las bases de datos y los documentos técnicos relacionados con las estadísticas que generen todos los sujetos obligados en el país y que hayan sido financiadas parcial o totalmente con recursos públicos, durante los últimos seis años.
Cada sujeto obligado presentará de manera homogénea los resultados de las diferentes estadísticas que genere y sus respectivas bases de datos, cuestionarios, fichas técnicas, descripción de variables y otros documentos, con el objetivo de conjuntar toda la información estadística generada y que se encuentra dispersa en diferentes sitios.
En caso de que algún sujeto obligado no genere estadísticas en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones, éste deberá especificar mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo correspondiente la falta de información. Asimismo, cuando algún sujeto obligado genere estadísticas cuyos datos sean confidenciales o reservados dada la naturaleza legal de los mismos, éste especificará en su relación de estadísticas cuáles de ellas se encuentran clasificadas por alguna de esas causales. Sin embargo, no se podrán reservar los nombres o títulos con los que se denominan a esas estadísticas, aun cuando existan causales de clasificación respecto a sus datos o contenido.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información generada en el ejercicio en curso y la correspondiente a los últimos seis ejercicios
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
La información pública requerida a través de esta fracción se organizará mediante una tabla con los datos siguientes:
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Listado con las denominaciones temáticas de las estadísticas que genera el sujeto obligado
En cada uno de los rubros temáticos de las estadísticas se incluirá:
Criterio 3      Periodo de actualización de datos: Quincenal / Mensual / Bimestral / Trimestral / Anual Sexenal / Otro (especificar)
Criterio 4      Periodo que se informa
Criterio 5      Denominación del proyecto
Criterio 6      Descripción de variables
Criterio 7      Documentos técnicos, metodológicos y normativos relacionados con la generación de estadísticas y el manejo de las bases de datos
Criterio 8      Tipos de archivo de las bases de datos: HTML / XLS / IQY / CSV / XML / SAV / Otro (especificar)
Criterio 9      Hipervínculo a las bases de datos respectivas
Criterio 10    Hipervínculo a las series o bancos de datos existentes
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 11    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 12    La información publicada deberá estar actualizada al periodo que corresponde de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 13    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
 
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 14    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 15    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 16    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 17    La información publicada se organiza mediante el formato 30, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 18    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 30 LGT_Art_70_Fr_XXX
Estadísticas generadas por el <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Temas
Periodo de actualización:
Quincenal / Mensual /
Bimestral / Trimestral /
Anual Sexenal / Otro
(especificar)
Periodo que
se informa
Denominación del
Proyecto
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Descripción de
variables
Documentos técnicos,
metodológicos y normativos
relacionados con la generación
de estadísticas y el manejo de
las bases de datos
Tipos de archivo de las
bases de datos: HTML /
XLS / IQY / CSV / XML /
SAV / Otro (especificar)
Hipervínculo a las
bases de datos
Hipervínculo a las
series o bancos de
datos existentes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXXI.           Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero
Cada uno de los sujetos obligados debe publicar y actualizar la información financiera registrada en su Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), en cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Acuerdo por el que se emite el Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental publicado en el DOF el 20 de agosto de 2009 y demás normatividad aplicable.
Tal como lo establece el artículo 46 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Federación, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las entidades de la Administración Pública Paraestatal y los órganos autónomos generarán de manera periódica la información financiera establecida en el artículo referido.
Asimismo, de conformidad con el artículo 47 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las entidades federativas, los sistemas contables de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las entidades de la administración pública paraestatal y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo 46 de esta Ley, con excepción de la fracción I, inciso i) de dicho artículo.
En ese sentido, cada sujeto obligado publicará la información sobre los avances programáticos, presupuestales, balances generales (en su caso), estados financieros e información contable que generaron conforme a las normas, estructura, formatos y contenido de la información, que para tal efecto estableció el Consejo de Armonización Contable y que en su momento entregó a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP), las secretarías de finanzas o sus equivalentes en las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios y sus análogas en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Por su parte, la SHCP, las secretarías de finanzas o análogas de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios y sus equivalentes en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, además de la información consolidada que, en ejercicio de sus atribuciones deben generar y publicar, incluirán en su respectiva página de Internet los enlaces electrónicos que permitan acceder a la información financiera de todos los sujetos obligados que conforman el correspondiente orden de gobierno, como lo establece el artículo 57 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La información deberá publicarse y actualizarse trimestralmente a más tardar 30 días naturales después de concluido el trimestre y se deberá conservar publicada en el sitio de Internet la información relativa a los últimos seis ejercicios, tal como está establecido en los artículos 51 y 58, respectivamente, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La información a que se hace referencia deberá guardar correspondencia con las fracciones XXI (información financiera sobre presupuesto asignado), XXII (información relativa a deuda pública), XXIII (comunicación social), XXIV (informes de resultados de las auditorías), XXV (resultado de dictaminación de los estados financieros), XXVI (montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales) y XXIX (informes) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral; a más tardar 30 días naturales después del cierre del período que corresponda
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente a los últimos seis ejercicios
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se reporta
Criterio 3      Clave y denominación del capítulo, concepto y partidas, con base en la clasificación económica del gasto
Criterio 4      Presupuesto asignado por capítulo, concepto y partidas, con base en la clasificación económica del gasto
Criterio 5      Presupuesto modificado por capítulo, concepto y partidas, con base en la clasificación económica del gasto
Criterio 6      Justificación de la modificación del presupuesto, en su caso
Criterio 7      Presupuesto ejercido por capítulo, concepto y partidas, con base en la clasificación económica del gasto
Criterio 8      Hipervínculo al informe trimestral de avance programático y presupuestal del sujeto obligado
Criterio 9      Hipervínculo a los Balances generales (en su caso) del sujeto obligado
Criterio 10    Hipervínculo al Estado financiero del sujeto obligado
Criterio 11    Hipervínculo al sitio de Internet de la Secretaría de Hacienda, las secretarías de finanzas o análogas de las Entidades Federativas, o a las tesorerías de los municipios y sus equivalentes en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el apartado donde se publica la información sobre el avance programático presupuestal trimestral y acumulado consolidado
 
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 12    Periodo de actualización de la información: trimestral; a más tardar 30 días naturales después del cierre del período que corresponda
Criterio 13    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 14    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 15    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 16    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 17    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 18    La información publicada se organiza mediante el formato 31, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 19    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 31 LGT_Art_70_Fr_XXXI
Informes programáticos presupuestales, balances generales y estados financieros de <<sujeto
obligado>>
Ejercicio
Periodo que se
reporta
Clave, denominación y presupuesto del capítulo con base en la clasificación económica del
gasto
Clave del
capítulo
Denominación
del capítulo
Presupuesto
asignado por capítulo
Presupuesto
modificado por capítulo
Presupuesto ejercido
por capítulo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Clave, denominación y presupuesto del concepto con base en la clasificación económica del gasto
Clave del
concepto
Denominación del
concepto
Presupuesto asignado por
concepto
Presupuesto modificado por
concepto
Presupuesto ejercido por
concepto
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Clave, denominación y presupuesto de las partidas, con base en la clasificación económica del gasto
Clave de la
partida
Denominación de la
partida
Presupuesto asignado por
partida,
Presupuesto modificado por
partida
Presupuesto ejercido por
partida
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Justificación de la modificación
del presupuesto, en su caso
Hipervínculo al informe trimestral de
avance programático y presupuestal del
sujeto obligado
Hipervínculo a los Balances
generales del sujeto obligado
Hipervínculo al Estado
financiero del sujeto
obligado
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral; a más tardar 30 días naturales después del cierre del
período que corresponda
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
 
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXXII. Padrón de proveedores y contratistas
En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas(102) y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.
En el caso de los sujetos obligados regidos por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el padrón deberá guardar correspondencia con el Registro Único de Proveedores y Contratistas; el de los partidos políticos con el Registro Único de Proveedores y Contratistas del Instituto Nacional Electoral y el resto de los sujetos obligados incluirá el hipervínculo al registro electrónico que en su caso corresponda.
Adicionalmente, los sujetos obligados usarán como referencia el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE), administrado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), para indicar la actividad económica del proveedor y/o contratista que corresponda.
La información a que se hace referencia en esta fracción deberá guardar correspondencia con las fracciones XXIII (gastos de comunicación social), XXVII (concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones) y XXVIII (resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres personas y licitación de cualquier naturaleza) del artículo 70 de la Ley General.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio inmediato anterior
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Personería jurídica del proveedor o contratista: Persona física/Persona moral(103)
Criterio 4      Nombre (nombre[s], primer apellido, segundo apellido), denominación o razón social del proveedor o contratista(104)
Criterio 5      Estratificación(105): Micro empresa/Pequeña empresa/Mediana empresa
Criterio 6      Origen del proveedor o contratista. Nacional/Internacional
Criterio 7      Entidad federativa (catálogo de entidades federativas) si la empresa es nacional
Criterio 8      País de origen si la empresa es una filial internacional
Criterio 9      Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona física o moral con homoclave incluida, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En el caso de personas morales son 12 caracteres y en el de personas físicas 13.
Criterio 10    El proveedor o contratista realiza subcontrataciones: / No
Criterio 11    Giro de la empresa (catálogo). Especificar la actividad económica de la empresa usando como referencia la clasificación que se maneja en el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (ej. Servicios Inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles, Servicios inmobiliarios, Alquiler de automóviles, camiones y otros trasportes terrestres; Alquiler de automóviles sin chofer)
 
Criterio 12    Domicilio(106) fiscal de la empresa (tipo de vialidad [catálogo], nombre de vialidad [calle], número exterior, número interior [en su caso], Tipo de asentamiento humano [catálogo], nombre de asentamiento humano [colonia], clave de la localidad [catálogo], nombre de la localidad [catálogo], clave del municipio [catálogo], nombre del municipio o delegación [catálogo], clave de la entidad federativa [catálogo], nombre de la entidad federativa [catálogo], código postal), es decir, el proporcionado ante el SAT
Nota: El sistema validará que se llenen todos los campos (calle, número exterior, código postal, colonia, municipio o delegación, ciudad y estado). El único dato que no es obligatorio es el campo de número interior
Respecto del Representante legal se publicará la siguiente información:
Criterio 13    Nombre del representante legal de la empresa, es decir, la persona que posee facultades legales para representarla
Criterio 14    Datos de contacto: teléfono, en su caso extensión, y correo electrónico siempre y cuando éstos hayan sido proporcionados por la empresa
Criterio 15    Tipo de acreditación legal que posee o, en su caso, señalar que no se cuenta con uno
Criterio 16    Dirección electrónica que corresponda a la página web del proveedor o contratista
Criterio 17    Teléfono oficial del proveedor o contratista
Criterio 18    Correo electrónico comercial del proveedor o contratista
Criterio 19    Hipervínculo al registro electrónico de proveedores y contratistas que, en su caso, corresponda
Criterio 20    Hipervínculo al Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 21    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 22    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 23    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 24    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 25    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 26    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 27    La información publicada se organiza mediante el formato 32, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 28    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 32 LGT_Art_70_Fr_XXXII
Padrón de proveedores y contratistas del <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que
se informa
Personería jurídica del
proveedor o contratista:
Persona física/Persona
moral
Nombre del proveedor o contratista
Denominación o razón
social
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Indicar los documentos
con los que se acreditó
experiencia y capacidad
técnica y económica
Indicar los documentos
con los que se acreditó
la capacidad financiera
Indicar los documentos
con los que se acreditó
el historial de
cumplimiento
satisfactorio
Indicar los documentos
con los que se acreditó la
experiencia y capacidad
técnica y económica del
personal a subcontratar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Estratificación
Origen del proveedor o
contratista
Nacional/Internacional
Entidad
Federativa
(empresa
nacional)
País de origen
(empresa
internacional)
RFC de la
persona
física o
moral
El proveedor o
contratista realiza
subcontrataciones
Sí/No
Giro de la
empresa
(catálogo)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio fiscal de la empresa
Tipo de
vialidad
Nombre de
vialidad
Número
exterior
Número
interior, en su
caso
Tipo de
asentamiento
Nombre del
asentamiento
Clave de la
localidad
Nombre de la
localidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Domicilio fiscal de la empresa
Nombre del representante legal de la
empresa
Datos de contacto
Clave del
municipio
Nombre del
municipio o
delegación
Clave de la
entidad
federativa
Nombre de
la entidad
federativa
Código
postal
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
Teléfono,
en su caso
extensión
Correo
electrónico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tipo de
acreditación
legal
Página web del
proveedor o
contratista
Teléfono oficial
del proveedor o
contratista
Correo electrónico
comercial del
proveedor o
contratista
Hipervínculo al registro
electrónico de
proveedores y
contratistas
Hipervínculo al directorio de
proveedores y contratistas
sancionados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
XXXIII.  Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado
Todos los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a cualquier convenio de coordinación y/o de concertación celebrado con los sectores social y privado, tanto en el ámbito nacional como internacional. En el caso de este último se deberán contemplar de forma enunciativa más no limitativa los convenios celebrados con organismos y organizaciones internacionales que persigan algún interés social o privado.
Se incluirá un hipervínculo al documento completo del convenio en su versión final. El sujeto obligado cuidará que, en caso de que el cuerpo del instrumento jurídico contenga información reservada y/o datos
personales, se elabore una versión pública del mismo para su difusión. La información que se publique en esta fracción deberá guardar correspondencia con lo difundido en cumplimiento de la fracciones XXIII (comunicación social) y XXVII (concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones) del artículo 70 de la Ley General.
En esta fracción no se publicarán los convenios modificatorios relacionados con los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida, ni licitaciones de cualquier naturaleza, pues éstos corresponden a información solicitada por la fracción XXVIII del mismo artículo 70.
_______________________________________________________________________________________
Periodo de actualización: trimestral
Conservar en el sitio de Internet: información del ejercicio en curso, la correspondiente al ejercicio anterior y los instrumentos jurídicos vigentes aun cuando éstos sean de ejercicios anteriores.
Aplica a: todos los sujetos obligados
_______________________________________________________________________________________
Criterios sustantivos de contenido
Criterio 1      Ejercicio
Criterio 2      Periodo que se informa
Criterio 3      Tipo de convenio: De coordinación con el sector social/De coordinación con el sector privado/De concertación con el sector social/De concertación con el sector privado
Criterio 4      Fecha de firma del convenio con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 5      Nombre de la unidad(es) administrativa(s) o áreas responsable(s) de dar seguimiento al convenio
Criterio 6      Con quién se celebra el convenio nombre(s), primer apellido, segundo apellido en caso de persona física; razón social si es persona moral
Criterio 7      Objetivo(s) del convenio
Criterio 8      Tipo y fuente de los recursos que se emplearán
Criterio 9      Vigencia del convenio: Inicio y término, ambos datos expresados en el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016). En el caso de la fecha de término se considerará también la opción de registrar la palabra "abierta", para aquellos casos en que la vigencia de un convenio no se especifique en su texto y, por ende tenga esta característica
Criterio 10    Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación u otro medio homólogo con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016). Para los casos en que el convenio no hubiere sido publicado por un medio oficial, se contemplará la opción de registrar la leyenda "no publicado en medio oficial"
Criterio 11    Hipervínculo al documento, en su caso a la versión pública o al documento signado, si es que no existe la publicación en periódico oficial
Respecto de los convenios que hayan tenido modificaciones:
Criterio 12    Hipervínculo al documento con las modificaciones realizadas, en su caso
Criterios adjetivos de actualización
Criterio 13    Periodo de actualización de la información: trimestral
Criterio 14    La información deberá estar actualizada al periodo que corresponde, de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
Criterio 15    Conservar en el sitio de Internet y a través de la Plataforma Nacional la información de acuerdo con la Tabla de actualización y conservación de la información
 
Criterios adjetivos de confiabilidad
Criterio 16    Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla
Criterio 17    Fecha de actualización de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 31/Marzo/2016)
Criterio 18    Fecha de validación de la información publicada con el formato día/mes/año (por ej. 30/Abril/2016)
Criterios adjetivos de formato
Criterio 19    La información publicada se organiza mediante el formato 33, en el que se incluyen todos los campos especificados en los criterios sustantivos de contenido
Criterio 20    El soporte de la información permite su reutilización
Formato 33 LGT_Art_70_Fr_XXXIII
Convenios de coordinación, de concertación con el sector social o privado <<sujeto obligado>>
Ejercicio
Periodo que
se informa
Tipo de convenio:
De coordinación
con el sector
social/De
coordinación con
el sector privado/
De concertación
con el sector
social/De
concertación con
el sector privado
Fecha de firma del
convenio
(día/mes/año)
Nombre de la
Unidad
Administrativa o
área responsable de
dar seguimiento al
convenio
Con quién se celebra el convenio
Nombre(s)
Primer
apellido
Segundo
apellido
Razón
social
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Objetivo(s) del
convenio
Tipo y fuente de
los recursos que
se emplearán
Periodo de vigencia
Fecha de publicación
en DOF u otro medio
oficial (día/mes/año)
Hipervínculo al
documento, en su
caso a la versión
pública o al
documento signado
Hipervínculo al
documento con las
modificaciones
realizadas, en su caso
Inicio (día/mes/año)
Término (día/mes/
año)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Periodo de actualización de la información: trimestral
Fecha de actualización: día/mes/año
Fecha de validación: día/mes/año
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información: ____________________
(Continúa en la Octava Sección)
 
1     Ver Tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte en los que se reconocen derechos humanos http://www2.scjn.gob.mx/red/constitucion/TI.html, así como la sección publicada en el sitio de Internet de la Secretaría de Relaciones Exteriores http://www.sre.gob.mx/index.php/tratados.
2     En el caso de normas relativas a procedimientos judiciales o administrativos, los ya iniciados se continúan tramitando y se resuelven conforme a la ley anterior, mientras que la nueva norma se aplica para los que se inicien con posterioridad a su entrada en vigor, lo cual se encuentra precisado en los transitorios respectivos.
3     En su caso, se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de estos Lineamientos.
4     Por ej. Ley, Estatuto, Decreto, Manual o cualquier otra normatividad equivalente.
5     El sentido del indicador puede ser descendente o ascendente, toda vez que se refiere al comportamiento que debe tener para identificar cuando su desempeño es positivo o negativo, a saber: si el sentido es ascendente, la meta siempre será mayor que la línea base; si el resultado es mayor al planeado, es representativo de un buen desempeño, y cuando es menor significa un desempeño negativo; cuando el sentido es descendente, la meta siempre será menor que la línea base; si el resultado es menor a la meta planeada, es equivalente a un buen desempeño, y cuando es mayor significa un desempeño negativo.
 
6     El sentido del indicador puede ser descendente o ascendente, toda vez que se refiere al comportamiento que debe tener para identificar cuando su desempeño es positivo o negativo, a saber: Si el sentido es ascendente, la meta siempre será mayor que la línea base. Si el resultado es mayor al planeado, es representativo de un buen desempeño y cuando es menor significa un desempeño negativo. Cuando o es descendente, la meta siempre será menor que la línea base. Si el resultado es menor a la meta planeada, es equivalente a un buen desempeño, y cuando es mayor significa un desempeño negativo.
7     En su caso, se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de estos Lineamientos.
8     Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de estos Lineamientos.
9     Los componentes del domicilio se basan en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial el viernes 12 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/doc/dof_ntdg.pdf
10    En su caso, se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de estos Lineamientos.
11    En el Clasificador por Objeto del Gasto se especifica el Capítulo 3700 Servicios de Traslado y Viáticos con las siguientes partidas genéricas: 371 Pasajes aéreos, 372 Pasajes terrestres, 373 Pasajes marítimos, lacustres y fluviales, 374 Autotransporte, 375 Viáticos en el país, 376 Viáticos en el extranjero, 377 Gastos de instalación y traslado de menaje, 378 Servicios integrales de traslado y viáticos, 379 Otros servicios de traslado y hospedaje.
12    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de estos Lineamientos.
13    En el caso de los sujetos obligados de la Federación, la información respecto de los gastos por concepto de viáticos tendrá relación con lo establecido en las Normas que regulan los viáticos y pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones en la Administración Pública Federal, las cuales señalan que es necesario "establecer normas claras que permitan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal administrar los recursos públicos federales destinados a viáticos y pasajes con base a criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas". Los sujetos obligados de las entidades federativas y municipios utilizarán la normatividad aplicable.
14    Podrá reservarse la información requerida a través de esta fracción, en aquellos casos en que se ponga en riesgo la vida de los servidores públicos dedicados a actividades de procuración de justicia o mantenimiento de la seguridad pública o nacional, al vincular su nombre con alguna comisión que hayan realizado en cumplimiento de sus funciones. Asimismo, podrá reservarse la información en aquellos casos en que se ponga en riesgo la investigación que haya dado ocasión a la comisión realizada, al difundirse el motivo de esta última. Para conocer mayores detalles sobre la clasificación de la información, véase el numeral décimo segundo, fracción VIII, de estos Lineamientos.
15    Por ejemplo: Semana Nacional de Transparencia
16    Por ejemplo: apoyo a staff
17    Dentro de las plazas de confianza se deberán considerar las pertenecientes al Servicio Exterior Mexicano, el cual se integra por personal de carrera, temporal y asimilado, y comprende las ramas diplomático-consular y técnico-administrativa (Capítulo II de la Ley del Servicio Exterior Mexicano).
18    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de estos Lineamientos.
19    En su caso, se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de estos Lineamientos.
20    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de estos Lineamientos.
21    Para los sujetos obligados de la Federación se deberá consultar lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y para el caso de las entidades federativas la normatividad homóloga.
22    Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 124.
23    Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 50, fracción I.
24    Los componentes del domicilio se basan en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial el viernes 12 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/doc/dof_ntdg.pdf
25    De acuerdo con el Artículo 3, fracción XXI, de la Ley General se entenderá como versión pública: Documento o Expediente en el que se da acceso a información eliminando u omitiendo las partes o secciones clasificadas. Además, los sujetos obligados podrán utilizar el documento normativo que les corresponda respecto a las características que deban llevar las versiones públicas de los documentos; por ejemplo los del ámbito federal pueden tomar como referencia los Lineamientos para la elaboración de versiones públicas, por parte de las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal.
26    La información que publiquen los sujetos obligados de la administración pública federal centralizada deberá corresponder con lo establecido y publicado en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada y en la página web del sistema "Trabaja en".
27    Se refiere a la proyección de actividades que sean útiles en la organización de un programa.
28    Se refiere al valor cuantificable y relacionado con el objetivo del programa presentado.
29    Se refiere a los instrumentos o normatividad que las personas podrán utilizar para llevar a cabo los procedimientos de queja o inconformidad en caso de omisión de los derechos otorgados o prometidos por el programa.
30    Se refiere a las características del proceso de evaluación con base en la normatividad que le aplique y las capacidades contenidas en los objetivos del programa evaluado.
31    De acuerdo con la normatividad que le sea aplicable al sujeto obligado, por ejemplo los que pertenecen a la administración pública federal deberán apegarse a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
32    Por ejemplo: "Grupo 1, delegación X", "Grupo de vecinos del municipio X", "Grupo de escuelas del sector X de la Entidad Federativa X".
33    De acuerdo con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículo 13, fracción XVII (derecho a la intimidad)
34    Unidad Territorial entendida por la agrupación delimitada de colonias, pueblos, unidades habitacionales, delegaciones o municipios utilizada para efectos de representación cartográfica mediante diversos factores por ejemplo la identidad cultural, social, política, económica, geográfica y/o demográfica.
35    Se refiere a la información estadística o general con la que cuente el sujeto obligado respecto de la población beneficiada por el programa. Algunos de los datos que puede contener dicho documento son: número aproximado de beneficiados, porcentaje aproximado de hombres y mujeres, edad promedio, principal comunidad, colonia, sector beneficiado, entre otros.
36    Se refiere al contrato general, no a los contratos de cada trabajador.
37    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de estos Lineamientos.
38    Con excepción de la información relativa a las sanciones administrativas impuestas a los(as) servidores(as) públicos(as) que ya no estén activos(as) en la Administración Pública, la cual no necesariamente tendrá que guardar coherencia o corresponder con la información difundida en las fracciones II y XVII del artículo 70 de la Ley General.
39    Con base en lo previsto por el artículo 53 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, respecto de los supuestos en los que una sentencia definitiva queda firme.
40    El documento al que se vincule deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX, de estos Lineamientos, en relación con la elaboración de versiones públicas de los documentos que se encuentren bajo el poder de los sujetos obligados.
41    Consideradas como garantías inherentes al derecho a la protección de datos personales, como se advierte de la interpretación integral del artículo 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
42    Los componentes del domicilio se basan en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial el viernes 12 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/doc/dof_ntdg.pdf
43    Los componentes del domicilio se basan en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial el viernes 12 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/doc/dof_ntdg.pdf
44    Consideradas como garantías inherentes al derecho de protección de datos personales, como se advierte derivado de la interpretación integral del artículo 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
45    Los componentes del domicilio se basan en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial el viernes 12 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/doc/dof_ntdg.pdf
46    De conformidad con el artículo 46 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
47    Artículo 4, fracción XVIII de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
48    Artículo 51 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
 
49    El Consejo Nacional de Armonización Contable.
50    Artículo 52 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
51    Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las Cuentas Públicas. Última reforma: 6 de octubre de 2015.
52    De acuerdo con lo establecido en el artículo 54, tercer párrafo de la Ley de Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que a la letra dice: "Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, las dependencias, así como las entidades respecto de los subsidios o transferencias que reciban, que por cualquier motivo al 31 de diciembre conserven recursos, incluyendo los rendimientos obtenidos, deberán reintegrar el importe disponible a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio".
53    Artículo 74, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
54    De acuerdo con la definición especificada en el Sistema de Información Legislativa, se entenderá por "Empréstito" "los préstamos otorgados a una nación. Usualmente está representado mediante la emisión de bonos por lo cual también se puede entender como el acto intermedio entre el crédito y la deuda. Se trata de recursos de origen interno o externo que recibe el gobierno, los cuales se formalizan a través de contratos, certificados y documentos que amparan obligaciones derivadas del ejercicio presupuestario". Además, el Diccionario Jurídico indica que "los recursos podrán ser otorgados por créditos o financiamientos otorgados a un gobierno por un Estado extranjero, por organismos internacionales de crédito (Fondo Monetario Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo, Eximbank, Banco Mundial, etc.), por instituciones privadas de crédito extranjeras o por instituciones nacionales de crédito para la satisfacción de determinadas necesidades presupuestales, que generan para el gobierno receptor la obligación, a un cierto plazo, de restituirlos adicionados con una sobreprima por concepto de intereses y cuyo conjunto, aunado a otras disposiciones crediticias (emisión de bonos, moratorias e indemnizaciones diferidas por expropiación y nacionalizaciones), forma la deuda pública de un país".
55    Artículos 73, fracción VIII y 117, fracción VIII, entre otros
56    De acuerdo con los tipos de obligaciones que asume el acreditado, especificadas en el Registro de Obligaciones y Empréstitos vigentes de Entidades, Municipios y sus Organismos a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público referida en el artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal.
57    Con base en los fines establecidos en el artículo 4, fracción IV de la Ley General de Deuda Pública que a la letra dice: "Cuidar que los recursos procedentes de financiamientos constitutivos de la deuda pública se destinen a la realización de proyectos, actividades y empresas que apoyen los planes de desarrollo económico y social, que generen ingresos para su pago o que se utilicen para el mejoramiento de la estructura del endeudamiento público".
58    Se refiere al saldo insoluto (deuda aún pendiente) al cierre del periodo que se esté reportando.
59    Con base en lo establecido en Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para la elaboración del Informe sobre los Empréstitos y Obligaciones de pago vigentes de las Entidades Federativas y Municipios, publicado el 25 de junio de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
60    De acuerdo con el artículo 53, fracción IV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicado el 9 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación; y con el Acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas.
61    Secretaría de Hacienda y Crédito Público
62    De acuerdo con el artículo 3 ° del Reglamento del artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal en Materia de Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades Federativas y Municipios; en dicho registro se inscribirán, para efectos declarativos, las obligaciones directas y las contingentes contraídas en apego a las disposiciones aplicables por las entidades federativas, el Distrito Federal o los municipios por solicitud de los mismos, cuando las participaciones que a cada uno correspondan en ingresos federales hayan sido afectadas al pago de dichas obligaciones, conforme a lo establecido en sus leyes locales de deuda. La inscripción en este instrumento es independiente de aquella que se realice en el Registro Único de Obligaciones y Empréstitos de la entidad solicitada.
63    El Programa anual de comunicación social es un "Conjunto de campañas derivadas de la Estrategia anual de comunicación social, encaminadas al cumplimiento del objetivo institucional, con recursos asignados en la partida de gasto 36101 del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal", con base en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para las Campañas de Comunicación Social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2016.
64    Con base en lo establecido en el artículo 41, fracción III, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que indica: "El Instituto Nacional Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales, de acuerdo con lo siguiente y a lo que establezcan las leyes" y el artículo 41, fracción III, apartado A, inciso a; que dice a la letra: "A partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del Instituto Nacional Electoral cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada
hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión".
65    Con fundamento en lo establecido en el Decreto por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto que se indica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de octubre de 2002.
66    Por ejemplo: artículos promocionales, cenefas, dovelas, espectaculares, mobiliario urbano, muros o bardas, otros medios complementarios, parabuses, publicidad móvil, rótulos o anuncios exteriores, tarjetas telefónicas, vallas, videobús.
67    Por ejemplo: estudios (pre-campaña, post-campaña), plan de medios, etcétera.
68    Cobertura: "Indica si la información es representativa a nivel nacional, estatal, municipal o a cualquier otra delimitación geográfica"; de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)
69    Clasificador por objeto de gasto: el instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas con base en la clasificación económica del gasto.
70    Concepto: el nivel de agregación intermedio que identifica el conjunto homogéneo y ordenado de los bienes y servicios, producto de la desagregación de cada capítulo de gasto.
71    En su caso, se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de estos Lineamientos.
72    Artículo 79, fracción II, y artículo 116, fracción II, párrafo 6, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
73    Artículo 116, fracción II, párrafo 6, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
74    Artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
75    Artículo 74, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
76    Artículo 79, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
77    Con base en lo especificado en la página de internet de la ASF: http://www.asf.gob.mx/ y el Atlas de Fiscalización de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal: http://www.ascm.gob.mx/Atlas/Atlas.php.
78    Artículo 79, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
79    Documento: Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización, publicado el 22 de julio de 2015.
80    Título Tercero, punto seis, "De la Estructura del SNF y Atribuciones de las Partes" del documento: Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización, publicado el 22 de julio de 2015.
81    Documento: Guía para el ciudadano: ¿qué es y qué hace la Auditoría Superior de la Federación?, publicado por la ASF.
82    Artículo 85, fracción IV, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas.
83    Ejemplo: En el caso de los sujetos obligados que pertenecen al Distrito Federal, publicarán el Programa Anual de Auditoría, generado y publicado por la Auditoría Superior de la Ciudad de México y especificado en el artículo 58 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México.
84    Colegio de Contadores Públicos de México. "El dictamen de los estados financieros y el dictamen fiscal". Disponible en:
http://www.ccpm.org.mx/avisos/Dictamen%20Edos.%20Financieros%20y%20Dictamen%20Fiscal.pdf.
Consultado el 14 de agosto de 2015
85    Artículo 6 ° apartado A, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: "Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo (...) que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública".
86    Son ejemplos de personas morales que realizan actos de autoridad las Juntas de Asistencia Privada y los fideicomisos privados que realizan actividades de apoyo para el desarrollo de programas sociales.
87    Por ejemplo la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y/o la que corresponda en el caso de las entidades federativas, las delegaciones y los municipios, así como los ordenamientos legales que regulen a los poderes Legislativo y Judicial y a los organismos autónomos.
88    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de estos Lineamientos.
89    De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50, fracción IV de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y la normatividad que le corresponda a las entidades federativas.
90    En tales casos se deberá especificar mediante una leyenda fundamentada, motivada y actualizada al periodo que corresponda, el tamaño o volumen de información y la razón por la cual no puede ser publicada; así como la posibilidad de una consulta directa.
91    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de estos Lineamientos.
92    Por ejemplo, CompraNet para el caso de las dependencias del ámbito federal.
93    Con base en lo que señalan las leyes de la materia, por ejemplo, la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Obras y Servicios relacionados con las mismas y/o la normatividad que a cada Entidad Federativa corresponda.
94    Sólo en caso de que el sujeto obligado realice contratos abiertos como lo estipulado en el artículo 47, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
95    Con base en el Clasificador por Fuentes de Financiamiento, publicado por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
96    Sólo en caso de que el sujeto obligado realice contratos abiertos como lo estipulado en el artículo 47, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
97    Se deberán especificar de acuerdo con lo establecido en la normatividad que corresponda a cada sujeto obligado, por ejemplo en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el artículo 48 indica que "Los proveedores que celebren los contratos a que se refiere esta Ley deberán garantizar: I. Los anticipos que, en su caso, reciban. Estas garantías deberán constituirse por la totalidad del monto de los anticipos...".
98    Con base en el Clasificador por Fuentes de Financiamiento, publicado por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
99    Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de los Lineamientos.
100  Se deberá observar lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción IX de los Lineamientos.
101  Con base en la definición del término estadística brindada por George A. Lunberg, en su libro titulado Técnica de la Investigación Social, se entiende que estadísticas son datos numéricos recopilados, presentados, analizados e interpretados.
Para efectos de claridad se comenta que en la etapa de recopilación se recogen los datos de acuerdo al punto de vista ya considerado en las variables. En la presentación se colocan los datos ordenadamente en una tabla o cuadro; al conjunto de estas operaciones de vaciado se les da el nombre de tabulación. En el análisis se clasifican y reclasifican los datos recogidos desde diferentes puntos de vista hasta optar por la manera más precisa. Luego el análisis permitirá la reducción y sintetización de los datos, considerando la distribución de los mismos, y se estudia la dependencia e interdependencia de las variables consideradas inicialmente. Finalmente, en la interpretación se considera si las variables correlacionadas en el sistema resisten una vinculación no sólo a nivel de muestra sino del colectivo; y si los resultados obtenidos resultan o no extensivos a la población considerada. Básicamente la interpretación es ya la expresión de la relación existente entre las variables consideradas en un estudio. En su forma más perfecta esta relación tiende a expresarse en términos cuantitativos.
Lunberg, George A. (1949). Técnica de la Investigación Social en: Tamayo, Mario (2002). El proceso de la investigación científica: incluye evaluación y administración de proyectos de investigación [Versión Digital PDF]. (4 ª ed.). México: Limusa. P. 188. Recuperado de:
https://books.google.com.mx/books?id=BhymmEqkkJwC&printsec=frontcover&hl=es#v=onepage&q&f=false.
102  Para el caso de información relacionada con personas físicas deberá observarse lo establecido en el numeral décimo segundo, fracción VIII de los Lineamientos.
103  Por ej. entidades federativas, municipios, corporaciones de carácter público reconocidas por la ley, sociedades civiles o mercantiles, sindicatos, asociaciones profesionales, sociedades cooperativas y mutualistas, asociaciones que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley; personas morales extranjeras de naturaleza privada; de acuerdo con el artículo 25 del Código Civil Federal.
104  Nombre oficial y legal que aparece en la documentación que permitió constituir la empresa.
105  Con base en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
106  Los componentes del domicilio se basan en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicada en el Diario Oficial el viernes 12 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.inegi.org.mx/geo/contenidos/normastecnicas/doc/dof_ntdg.pdf

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