DOF: 30/05/2016
RESOLUCIÓN mediante la cual se modifica la autorización para la constitución y funcionamiento de un grupo financiero controlado por la sociedad denominada Grupo Financiero Actinver, S

RESOLUCIÓN mediante la cual se modifica la autorización para la constitución y funcionamiento de un grupo financiero controlado por la sociedad denominada Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca, Valores y Ahorro.- Oficio No. UBVA/018/2016.

Resolución mediante la cual se modifica la autorización para a constitución y funcionamiento de un grupo financiero controlado por la sociedad denominada Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 11 de la Ley .para Regular las Agrupaciones Financieras, así como en las Reglas Generales de Grupos Financieros y, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, fracción XXXIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en atención a los siguientes:
ANTECEDENTES
1.     Mediante oficio 101-084 del 19 de marzo de 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2010, esta Secretaría autorizó a Corporación Integradora Actinver, S.A. de C.V. para constituirse como sociedad controladora de un grupo financiero, en términos del artículo 6o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, vigente hasta el 10 de enero de 2014, bajo la denominación de "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V." y la operación del respectivo grupo financiero.
2.     Mediante oficio UBVA/027A/2011 del 17 de mayo de 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2012, esta Secretaría, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, autorizó la fusión de "Actinver Financial, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", como entidad fusionante que subsiste con "Actinver Lloyd, S.A., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", como entidad fusionada que se extingue.
3.     Mediante oficio UBVA/DGABV/428/2011 del 5 de julio de 2011, esta Secretaría, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, aprobó la modificación del artículo Séptimo de los estatutos sociales de "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", a efecto de eliminar la referencia a "Actinver Lloyd, S.A., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", como entidad integrante de dicho grupo financiero, con motivo de su fusión como entidad fusionada que se extingue, así como para contemplar el cambio de denominación de "Actinver Financial, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", por la de "Operadora Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver".
4.     Mediante oficio 312-2/13796/2015 del 28 de abril de 2015, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores aprobó la modificación integral de los estatutos sociales de "Operadora Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", para contemplar, entre otros, su cambio de denominación para quedar como "Operadora Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Fondos de Inversión, Grupo Financiero Actinver".
5.     De conformidad con el Artículo Quincuagésimo Segundo, fracción IV, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014, las Sociedades Controladoras y Grupos Financieros que a la entrada en vigor de esta Ley cuenten con autorización para constituirse y funcionar como tales conforme a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras abrogada, se tendrán por autorizadas en términos del artículo 11 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras vigente a partir del 11 de enero de 2014.
6.     Mediante oficio número UBVA/DGABV/746/2015 del 31 de julio de 2015, esta Secretaría, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, previa opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, aprobó, entre otros, la modificación integral de los Estatutos Sociales de "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", en los términos acordados por su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 30 de junio de 2014, protocolizada mediante Escritura Pública No. 45,656 del 27 de julio de 2015, otorgada ante la fe del Lic. Héctor Manuel Cárdenas Villarreal, titular de la Notaría Pública No. 201, del Distrito Federal, actuando en suplencia y en el protocolo del Lic. José Luis Villavicencio Castañeda, Titular de la Notaría No. 218 del Distrito Federal, que se realizó en cumplimiento del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014.
CONSIDERANDO
1.     Que el sector financiero debe contribuir de manera fundamental al financiamiento del crecimiento económico en México;
2.     Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece como su objetivo general el de "Llevar a México a su máximo potencial", contemplando como una de las cinco Metas Nacionales la denominada "México Próspero", la cual tiene entre sus objetivos "Democratizar el acceso al financiamiento de proyectos con potencial de crecimiento." En la consecución del objetivo señalado, la presente Administración pone énfasis en diversas Estrategias Transversales y sus respectivas líneas de acción, dentro de las cuales se encuentra "Realizar las reformas necesarias al marco legal y regulatorio del sistema financiero para democratizar el crédito";
3.     Que el 10 de enero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, en la que se perfecciona la regulación aplicable a las agrupaciones financieras, al establecer con precisión las bases de organización de las Sociedades Controladoras y la constitución y funcionamiento de los Grupos Financieros;
4.     Que en virtud de que esta Secretaría aprobó la modificación integral de los estatutos sociales de "Grupo Financiero "Actinver, S.A. de C.V.", que se realizó en cumplimiento del Artículo Quincuagésimo Segundo, fracción III, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014, así como para contemplar la fusión de "Actinver Financial, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", como entidad fusionante que subsiste con "Actinver Lloyd, S.A., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, Grupo Financiero Actinver", como entidad fusionada que se extingue y para contemplar el cambio de denominación de la mencionada sociedad fusionante por la de "Operadora Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Fondos de Inversión, Grupo Financiero Actinver", es necesario modificar la autorización otorgada a "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", para organizarse como sociedad controladora y funcionar como grupo financiero;
5.     Que la autorización de "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril de 2010, señala que su capital social mínimo fijo sin derecho a retiro asciende a la cantidad de $800'000,000.00 (ochocientos millones de pesos 00/100 moneda nacional);
6.     Que en adición a lo anterior, todo aumento o disminución del capital fijo implica una modificación estatutaria, la cual debe ser aprobada por esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos del artículo 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras;
7.     Que en aras de fomentar la simplificación administrativa, resulta conveniente suprimir el Artículo Quinto de la autorización otorgada a "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", a efecto de eliminar la referencia del monto al que asciende su capital social, y
8.     Que una vez analizada la información y documentación presentada, así como después de haber determinado la procedencia de la presente modificación, esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público expide la siguiente:
RESOLUCIÓN
ÚNICO.- Se modifica integralmente la autorización para la constitución y funcionamiento de un grupo financiero controlado por la sociedad denominada "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", para quedar en los siguientes términos:
PRIMERO:   En uso de la facultad que le confiere el artículo 11 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, esta Secretaría autoriza la organización de "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", como Sociedad Controladora y la constitución y funcionamiento del respectivo grupo financiero.
SEGUNDO:  La denominación de la Sociedad Controladora del grupo financiero será "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.".
 
TERCERO:  La Sociedad Controladora tendrá por objeto participar, directa o indirectamente, en el capital social de las entidades financieras integrantes del grupo financiero y establecer, a través de sus órganos sociales, las estrategias generales para la conducción del grupo financiero.
CUARTO:    "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", será propietaria, directa o indirectamente, de acciones que representen más del cincuenta por ciento del capital social de las entidades financieras integrantes del grupo financiero.
QUINTO:     El grupo financiero estará integrado por la Sociedad Controladora denominada "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", y por las entidades financieras siguientes:
1.     Banco Actinver, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver;
2.     Operadora Actinver, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Fondos de Inversión, Grupo Financiero Actinver, y
3.     Actinver Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Actinver.
SEXTO:       El domicilio de la Sociedad Controladora será la Ciudad de México.
SÉPTIMO:    La autorización a que se refiere la presente Resolución es, por su propia naturaleza, intransmisible.
OCTAVO:    La Sociedad Controladora estará sujeta a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
NOVENO:    En lo no señalado expresamente por esta Resolución, "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V.", se sujetará a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, a las Reglas Generales de Grupos Financieros, así como a toda aquella legislación y regulación vigente aplicable a la materia, o la que se emita en el futuro.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial de la Federación a costa de "Grupo Financiero Actinver, S.A. de C.V."
Atentamente
Ciudad de México, a 30 de marzo de 2016.- El Titular de la Unidad, Narciso Antonio Campos Cuevas.- Rúbrica.
(R.- 431684)
 

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