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DOF: 28/06/2016
CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nayarit, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nayarit, para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, correspondiente al ejercicio fiscal 2016.

CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JULIO SALVADOR SÁNCHEZ Y TÉPOZ, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. MARIO ALBERTO PACHECO VENTURA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y EL DR. JESÚS PAVEL PLATA JARERO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT, CON LA ASISTENCIA DEL DIRECTOR DE REGULACIÓN SANITARIA, M.V.Z. EDY ALBERTO GARCÍA GÓMEZ, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.       Con fecha 28 de septiembre de 2011 "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.
II.      Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", el Secretario de Administración y Finanzas y el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, asistido por el Director de Regulación Sanitaria; y por "LA SECRETARÍA", el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
DECLARACIONES
I. De "LA SECRETARÍA":
1.      Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud.
2.      Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento expedido por el Lic. Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.
3.      Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
4.      Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con
éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis, de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
5.      Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
6.      Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.
7.      Que existe aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016 para las Entidades Federativas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015.
8.      Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, Ciudad de México.
II. Declara "LA ENTIDAD":
1.      Que el Secretario de Administración y Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 15, 26, 30, fracción X, 31, fracción II y 33, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, y acredita su cargo mediante el nombramiento de fecha 6 de enero de 2016, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado, Roberto Sandoval Castañeda, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente para formar parte integrante de su contexto.
2.      Que el Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nayarit, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 5, 15, 17, 26 y 40, fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 3, 12, fracción VI, de la Ley de Salud para el Estado de Nayarit; 11, fracción XII, del Decreto de Creación de un Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit, y acredita su cargo mediante el nombramientos de fecha 11 y 13 de febrero de 2015 respectivamente, expedidos por el Gobernador Constitucional del Estado, Roberto Sandoval Castañeda, y la Junta de Gobierno de los Servicios de Salud de Nayarit, respectivamente, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente para formar parte integrante de su contexto.
3.      Que el Director de Regulación Sanitaria, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con los artículos 3 fracción III, del Decreto de Creación de un Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit; 19, fracción I inciso 1.6, 21, fracciones X y XIX, 24, 25, fracción XV, del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de octubre de 2015, expedido por el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, Dr. Jesús Pavel Plata Jarero, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.
4.      Que dentro de las funciones de la Dirección de Regulación Sanitaria, se encuentran las de vigilar y evaluar el cumplimiento de la Ley General de Salud, la Ley Estatal de Salud, los Acuerdos y Convenios suscritos en la materia entre los gobiernos Federal y Estatal, Normas Oficiales Mexicanas y otras disposiciones, en materia de elaboración y mantenimiento de medicamentos, otros insumos para la salud, alimentos, bebidas, productos de perfumería, belleza y aseo, tabaco, plaguicidas, nutrientes vegetales, así como en el manejo de sustancias tóxicas o peligrosas para la salud, productos biotecnológicos, materias primas y aditivos que intervengan en la elaboración de los productos anteriores; coordinar el funcionamiento del Laboratorio Estatal de Salud Pública y los servicios auxiliares de diagnóstico, de conformidad con lo establecido en el artículo 25, del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit.
5.      Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios.
6.      Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Dr. Gustavo Baz No. 33 Sur, Fraccionamiento Fray Junípero Serra, C.P. 63169, en la Ciudad de Tepic, Nayarit.
 
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan.
Aplicando al objeto del presente Convenio Específico, lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44, de la Ley de Planeación; 74 y 75, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 9, 13, 17 bis, 17 bis 1, 19, de la Ley General de Salud; 1, 2, 3, 6, 36 y 38, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud;1, 2, 3 y 10, fracción XVI, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; 1, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; los "Lineamientos para informar sobre los recursos federales transferidos a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, y de operación de los recursos del Ramo General 33", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2013; así como en los artículos 1, 69, fracciones IV, XII y XVII y 133, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 13, 15, 17, 22, 26, 30 y 31, fracciones II y X, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit y; demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los Anexos 1, 2 y 3 que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestales federales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9, 13, 17 bis y 19, de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" en el ejercicio fiscal 2016 en materia de protección contra riesgos sanitarios, fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, en los plazos y términos establecidos en los Anexos 1, 2 y 3, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos presupuestales federales transferidos; el tiempo de ejecución de los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" y; los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Con el objeto de asegurar la efectiva aplicación de los recursos presupuestales transferidos mediante el presente Convenio Específico, las partes se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas, sus Anexos 1, 2 y 3, así como lo estipulado en "EL ACUERDO MARCO" y, a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA DE RECURSOS.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, el Ejecutivo Federal a través de "LA SECRETARÍA" transferirá a "LA ENTIDAD", con cargo a los recursos presupuestales de "LA SECRETARÍA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, recursos presupuestarios federales que se aplicarán exclusivamente a los conceptos hasta por los importes que se indican a continuación:
 
CONCEPTO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
IMPORTE
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios
(Regulación y Fomento Sanitarios)
Ramo 12
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad
$4,719,703.00
(CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS TRES PESOS 00/100 M.N.)
"Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios" (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
Ramo 12
Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud a la Comunidad
$1,083,792.00
(UN MILLÓN OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.)
 
TOTAL
$5,803,495.00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.)
Los recursos a que se refiere el cuadro anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto de acuerdo al numeral I de la Cláusula Cuarta del Acuerdo Marco, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados para efectos de comprobación de su ejercicio, fiscalización y rendición de cuentas. Una vez que sean radicados los recursos presupuestales federales en la Secretaría de Administración y Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen y dentro de los tres días hábiles siguientes al Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit, en la cuenta bancaria específica productiva que previamente aperturará esta última, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Los recursos Federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter Federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberán sujetarse las disposiciones jurídicas federales aplicables a la consecución del objeto del presente instrumento.
La no transferencia de los recursos en el plazo establecido se considerará incumplimiento del presente Convenio Específico y podrá ser causa de reintegro de los recursos con los rendimientos financieros obtenidos a la Tesorería de la Federación.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestal otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operación inherentes a las infraestructuras y equipamiento, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
"LA ENTIDAD" deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales transferidos:
PARÁMETROS
"LA SECRETARÍA" verificará, por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios que los recursos presupuestales señalados en esta Cláusula, sean destinados únicamente para la realización de los conceptos a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:
a)      La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios transferirá los recursos presupuestales asignados a "LA ENTIDAD" a efecto de que sean aplicados específicamente al fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para fortalecer la Red Nacional de Laboratorios, citados en la Cláusula Primera del presente Convenio Específico y conforme a lo estipulado en los Anexos 1, 2 y 3, que forman parte integrante de su contexto, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con la ejecución de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien, con el programa físico financiero de infraestructura, de equipamiento y, adquisición de insumos, que contribuyan o fortalezcan al desarrollo de las acciones de protección contra riesgos sanitarios, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestales destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
b)     La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, considerando su disponibilidad de personal y presupuestal, podrá practicar visitas conforme a lo acordado para este fin con "LA ENTIDAD", a efecto de observar los avances en el desarrollo de las actividades descritas en los Anexos del presente instrumento, o bien, para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento, solicitando a "LA ENTIDAD", la entrega del reporte fotográfico y escrito de los avances de la infraestructura y su equipamiento, así como de la "relación de gastos", que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en esta Cláusula.
 
Los documentos que integran la relación de gastos, deberán reunir los requisitos que enuncian los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y, serán enviados vía electrónica las copias certificadas a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
c)      La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines objeto del presente Convenio Específico de conformidad con el Anexo 1 del mismo, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de "EL ACUERDO MARCO".
d)     Los recursos presupuestales que se comprometen transferir mediante el presente instrumento, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DEL DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestales que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio Específico, se aplicarán a los conceptos que indica la misma, los cuales tendrán los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas que se mencionan en el Anexo 3, el cual será sustanciado y validado en la Memoria de Cálculo que genere "LA SECRETARÍA" a través de las unidades administrativas competentes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Dicho Anexo 3 debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico forma parte integrante de su contexto.
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere el Ejecutivo Federal a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento, se destinarán en forma exclusiva para fortalecer la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como para el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios, mismos que se encuentran descritos en el Anexo 3 del presente Convenio Específico.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieren, una vez devengados y conforme avance el ejercicio, deberán ser registrados por "LA ENTIDAD" en su contabilidad y se rendirán en su Cuenta Pública correspondiente, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberán sujetarse a las disposiciones federales aplicables.
Los rendimientos financieros que generen los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, deberán aplicarse, en su caso, en la misma proporción a los conceptos previstos en la Cláusula Primera.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedan a cargo de "LA ENTIDAD".
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".-"LA ENTIDAD", adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a:
I.       Aplicar los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento en los conceptos establecidos e importes indicados en la misma, en los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en la Cláusula Tercera y en los Anexos 2 y 3, respectivamente, de este instrumento, por lo que se hace responsable del uso, aplicación y destino de los citados recursos.
II.      Entregar trimestralmente, por conducto del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit a "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la relación de gastos sobre las erogaciones efectuadas.
III.     Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales que reciba, de acuerdo con los principios de contabilidad gubernamental y aquella información relativa a la rendición de informes sobre las finanzas públicas y la Cuenta Pública local ante su Congreso. Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la unidad ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y, en su caso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio
Específico, deberá contener el sello que indique el nombre del programa, origen de los recursos y el ejercicio al que corresponda, además deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo entre otros: domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y conceptos de pago.
IV.     Ministrar los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento, por medio de la Secretaría de Administración y Finanzas, al Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit definida en la Cláusula Cuarta, fracción III de "EL ACUERDO MARCO" en un plazo no mayor a tres días hábiles, a efecto de que este último esté en condiciones de iniciar de forma inmediata las acciones específicas para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico, contados a partir de la transferencia que "LA SECRETARÍA" haga de los recursos conforme a la calendarización estipulada en el Anexo 2 del presente instrumento.
Para los efectos del párrafo anterior, la unidad ejecutora deberá previamente aperturar una cuenta bancaria específica productiva, con la finalidad de identificar los recursos y sus rendimientos financieros, informando de ello a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Los recursos presupuestales federales transferidos, que después de radicados en la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la unidad ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos de manera inmediata en los términos de este Convenio Específico, se procederá a su reintegro, con los rendimientos financieros obtenidos, al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los quince días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARÍA".
V.     Informar, mediante el Director de Regulación Sanitaria, a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo máximo de cinco días hábiles que los recursos presupuestales federales transferidos han sido ministrados por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD" íntegramente al Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit definida en la Cláusula Cuarta, fracción V de "EL ACUERDO MARCO"; para tal efecto, dicho plazo comenzará a partir del día siguiente de ministrados los recursos presupuestales federales a la unidad ejecutora.
VI.     Informar, a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, mediante la unidad ejecutora, a los 10 días hábiles siguientes a la terminación del trimestre de que se trate, sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos de los recursos presupuestales federales, conforme a la calendarización establecida en los Anexos 2 y 3, así como de forma pormenorizada sobre el avance financiero de los proyectos previstos en este instrumento.
VII.    Reportar y dar seguimiento trimestralmente, a través del Director de Regulación Sanitaria, sobre el avance en el cumplimiento de los temas, proyectos, objetivos, actividades específicas, indicadores y metas, previstos en el Anexo 3 y en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico, y en su caso, los resultados de las actividades específicas que lleve a cabo de conformidad con este instrumento.
VIII.   Informar, trimestralmente a "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, sobre el avance de las acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado.
IX.     Mantener actualizados los avances en el ejercicio de los resultados de los recursos transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
X.     Facilitar, por conducto del Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit definida en la Cláusula Cuarta, fracción VII de "EL ACUERDO MARCO", la información y documentación que "LA SECRETARÍA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas que esta última optará por realizar, para la comprobación de los avances en el desarrollo de las actividades descritas en el Anexo 3 del presente instrumento, o bien, para verificar los avances físicos de la infraestructura y su equipamiento; la entrega del reporte fotográfico y escrito; así como la "relación de gastos" que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, según corresponda.
XI.     Con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XII.    Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, al órgano técnico de fiscalización de su
legislatura local.
XIII.   Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA SECRETARÍA", por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE "LA SECRETARÍA".- "LA SECRETARÍA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios se obliga a:
I.       Transferir los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda, párrafo primero, del presente Convenio Específico de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de este instrumento.
II.      Verificar que los recursos presupuestales que en virtud de este instrumento se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
III.     Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestales federales transferidos.
IV.     Solicitar al Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Nayarit definida en la Cláusula QUINTA, fracción II de "EL ACUERDO MARCO", la entrega de la "relación de gastos", que sustenten y fundamenten, el ejercicio, destino y la aplicación de los recursos federales transferidos a "LA ENTIDAD", conforme a las atribuciones que la Ley General de Salud, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y demás disposiciones legales aplicables le confieren, bajo la opción de practicar visitas a la unidad ejecutora a efecto de dar seguimiento a la adecuada aplicación de los recursos.
La documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normatividad vigente, misma que deberá expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago.
V.     Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normatividad federal aplicable e informar a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Auditoría Superior de la Federación y a la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", cuando "LA ENTIDAD" no envíe a "LA SECRETARÍA" la información referida en la fracciones II, VI, VII, VIII y X de la Cláusula Sexta del presente instrumento, así como el caso o casos en que los recursos presupuestales permanezcan ociosos o que no hayan sido aplicados por "LA ENTIDAD" para los fines que en este instrumento se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "LA ENTIDAD", en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de "EL ACUERDO MARCO".
VI.     Informar en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico.
VII.    Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento.
VIII.   El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios que en virtud de este instrumento serán transferidos, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Unidad de Auditoría Preventiva de "LA SECRETARÍA", realice el Órgano de Control de "LA ENTIDAD".
IX.     Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas.
X.     Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación.
XI.     Publicar en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los quince días hábiles posteriores a su formalización, el presente instrumento.
XII.    Difundir en su página de internet los conceptos financiados con los recursos que serán transferidos
mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIII.   Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre estos y "LA ENTIDAD", por lo que en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios.
OCTAVA.- ACCIONES DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN.- "LA ENTIDAD" conviene que para la eficaz vigilancia, inspección, control y evaluación en el avance de los proyectos estipulados en el presente instrumento, entregará a "LA SECRETARÍA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la documentación de fiscalización de los recursos presupuestales federales transferidos en el presente Convenio Específico, que se genere en la Contraloría del Ejecutivo Estatal o su equivalente y en el órgano de fiscalización de la legislatura de "LA ENTIDAD", según las disposiciones legales aplicables.
NOVENA.- RECURSOS FEDERALES NO DEVENGADOS.- Las partes convienen que los recursos no ejercidos, remanentes o saldos disponibles de los recursos presupuestarios federales en las cuentas bancarias productivas específicas a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, incluyendo los rendimientos financieros generados, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2016, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en los primeros quince días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal referido en el objeto del presente instrumento, conforme a las disposiciones aplicables.
En caso contrario, "LA ENTIDAD" se sujetará a lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2016, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO.- Las partes acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito durante su vigencia, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En caso de contingencias para la realización del objeto previsto en este instrumento, ambas partes acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA SEGUNDA.- CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I.       Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II.      Por acuerdo de las partes.
III.     Por caso fortuito o fuerza mayor.
IV.     Por no existir la disponibilidad presupuestal para hacer frente a los compromisos que adquiere "LA SECRETARÍA".
DÉCIMA TERCERA.- CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse por las siguientes causas:
I.       Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales permanecen ociosos, o bien, sean utilizados con fines distintos a los previstos en el presente instrumento, o
II.      Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
Casos en los cuales se procederá en términos de lo establecido en la Cláusula Octava de "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA CUARTA.- CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de "EL ACUERDO MARCO", a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo al tipo de recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen, y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento.
 
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, constante de 11 fojas, lo firman por quintuplicado, a los treinta días del mes de marzo de dos mil dieciséis.- Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Mario Alberto Pacheco Ventura.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nayarit, Jesús Pavel Plata Jarero.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria, Edy Alberto García Gómez.- Rúbrica.
 
ANEXO 1
CONCEPTOS PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS
RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2016
ENTIDAD:
NAYARIT
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
 
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-NAY.-18/16
 
 
TEMA
PROYECTO
PROTECCIÓN CONTRA
RIESGOS SANITARIOS
FORTALECIMIENTO DE LA
RED NACIONAL DE
LABORATORIOS
TOTAL
INOCUIDAD DE ALIMENTOS
Calidad Microbiológica de Alimentos
$199,543.00
$171,836.00
$371,379.00
Rastros
$122,701.00
$29,529.00
$152,230.00
Zoonosis/Brucelosis
$37,608.00
$17,965.00
$55,573.00
Productos de la Pesca
$275,592.00
$197,918.00
$473,510.00
Uso Ilegal de Clenbuterol
$74,608.00
$45,021.00
$119,629.00
Plaguicidas en Alimentos
 
 
 
Mesa Saludable - PROMESA
 
 
 
PROGRAMA MEXICANO DE
SANIDAD DE MOLUSCOS
BIVALVOS (PMSMB)
Moluscos Bivalvos
$334,608.00
$118,119.00
$452,727.00
Marea Roja
$141,599.00
$52,012.00
$193,611.00
AGUA
Agua y Hielo Purificados
$183,923.00
$166,409.00
$350,332.00
Agua de Calidad Bacteriológica
$255,400.00
$120,983.00
$376,383.00
Agua de Calidad Fisicoquímica
 
 
 
Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario
$103,742.00
$37,966.00
$141,708.00
Cuerpos de Agua Dulce
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo
 
 
 
Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación
 
 
 
Vigilancia Sanitaria del Río Atoyac
 
 
 
Calidad sanitaria de agua de contacto de uso recreativo (albercas)
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidrocarburos
 
 
 
Plaguicidas en Agua de Consumo
 
 
 
Prevención del Cólera
 
 
 
Agua Segura para protección de la salud de la población
 
 
 
POLÍTICA FARMACÉUTICA
Farmacovigilancia
$150,000.00
 
$150,000.00
Análisis de Medicamentos
 
 
 
VIGILANCIA FOCALIZADA
Tabaco
$84,786.00
 
$84,786.00
VERIFICACIÓN FOCALIZADA
Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias
 
 
 
Vigilancia Sanitaria de Servicios Dentales
 
 
 
Manejo Integral de Plagas
 
 
 
Sistematización del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
Sistema de Información Geográfica en Riesgos Sanitario.
 
 
 
Fortalecimiento del Sistema de Información
 
 
 
Supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
Verificación de establecimientos que expenden Suplementos Alimenticios
 
 
 
Asistencia en la implementación de actividades de Fomento Sanitario
 
 
 
Tatuajes
 
 
 
Legionella
 
 
 
EMERGENCIAS
Emergencias
$114,356.00
$126,034.00
$240,390.00
CAMBIO CLIMÁTICO
Cambio Climático
$120,000.00
 
$120,000.00
Implementación y difusión del concepto de Salud en el Plan Estatal de Cambio Climático
 
 
 
SALUD OCUPACIONAL
Protección Radiológica
 
 
 
Plomo en Loza Vidriada
 
 
 
Uso de Plaguicidas
 
 
 
ATENCIÓN MÉDICA
Muerte Materna
$2,521,237.00
 
$2,521,237.00
Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión
 
 
 
Vigilancia Focalizada a Unidades Médicas y Laboratorios de Análisis Clínicos
 
 
 
Infecciones Nosocomiales
 
 
 
SANIDAD EN PRODUCTOS
AGRÍCOLAS
Sanidad en Productos Agrícolas
 
 
 
NORMATIVIDAD
Certificación en la norma ISO 9001-2008 del procedimiento de atención al usuario del centro integral de servicios de la dirección de protección contra riesgos sanitarios.
 
 
 
PROGRAMA 6 PASOS DE LA
SALUD
Programa 6 pasos de la salud con prevención y Saneamiento Básico para las Familias Mexicanas
 
 
 
REDUCCIÓN DEL RIESGO
SANITARIO EN MEDICAMENTOS
CADUCOS
Manejo y Disposición Final de Medicamentos Caducos
 
 
 
TOTAL
$4,719,703.00
$1,083,792.00
$5,803,495.00
 
Anexo 1 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Mario Alberto Pacheco Ventura.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nayarit, Jesús Pavel Plata Jarero.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria, Edy Alberto García Gómez.- Rúbrica.
ANEXO 2
CALENDARIO PARA LA ENTREGA DE RECURSO
RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2016
ENTIDAD:
NAYARIT
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios

 
 
 
 
 
 
 
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-NAY.-18/16
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
- PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TEMA
PROYECTO
ABR
MAY
JUN
JUL
AGS
SEP
OCT
NOV
DIC
TOTAL
INOCUIDAD DE
ALIMENTOS
Calidad Microbiológica de Alimentos
$199,543.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$199,543.00
Rastros
$122,701.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$122,701.00
Zoonosis/Brucelosis
$37,608.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$37,608.00
Productos de la Pesca
$275,592.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$275,592.00
Uso Ilegal de Clenbuterol
$74,608.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$74,608.00
Plaguicidas en Alimentos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Mesa Saludable - PROMESA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA
MEXICANO DE
SANIDAD DE
MOLUSCOS
BIVALVOS
(PMSMB)
Moluscos Bivalvos
$334,608.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$334,608.00
Marea Roja
$141,599.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$141,599.00
AGUA
Agua y Hielo Purificados
$183,923.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$183,923.00
Agua de Calidad Bacteriológica
$255,400.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$255,400.00
Agua de Calidad Fisicoquímica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario
$103,742.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$103,742.00
Cuerpos de Agua Dulce
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Sanitaria del Río Atoyac
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Calidad sanitaria de agua de contacto de uso recreativo (albercas)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidrocarburos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plaguicidas en Agua de Consumo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Prevención del Cólera
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua Segura para protección de la salud de la población
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
POLÍTICA
FARMACÉUTICA
Farmacovigilancia
$150,000.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$150,000.00
Análisis de Medicamentos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIGILANCIA
FOCALIZADA
Tabaco
$84,786.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$84,786.00
VERIFICACIÓN
FOCALIZADA
Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Sanitaria de Servicios Dentales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manejo Integral de Plagas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistematización del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistema de Información Geográfica en Riesgos Sanitario.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fortalecimiento del Sistema de Información
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación de establecimientos que expenden Suplementos Alimenticios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Asistencia en la implementación de actividades de Fomento Sanitario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tatuajes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Legionella
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
EMERGENCIAS
Emergencias
$114,356.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$114,356.00
CAMBIO
CLIMÁTICO
Cambio Climático
$120,000.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$120,000.00
Implementación y difusión del concepto de Salud en el Plan Estatal de Cambio Climático
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SALUD
OCUPACIONAL
Protección Radiológica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plomo en Loza Vidriada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Uso de Plaguicidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ATENCIÓN MÉDICA
Muerte Materna
$2,521,237.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$2,521,237.00
Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Focalizada a Unidades Médicas y Laboratorios de Análisis Clínicos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Infecciones Nosocomiales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SANIDAD EN
PRODUCTOS
AGRÍCOLAS
Sanidad en Productos Agrícolas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NORMATIVIDAD
Certificación en la norma ISO 9001-2008 del procedimiento de atención al usuario del centro integral de servicios de la dirección de protección contra riesgos sanitarios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA 6
PASOS DE LA
SALUD
Programa 6 pasos de la salud con prevención y Saneamiento Básico para las Familias Mexicanas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
REDUCCIÓN DEL
RIESGO
SANITARIO EN
MEDICAMENTOS
CADUCOS
Manejo y Disposición Final de Medicamentos Caducos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
$4,719,703.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$4,719,703.00
 
- FORTALECIMIENTO DE LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TEMA
PROYECTO
ABR
MAY
JUN
JUL
AGS
SEP
OCT
NOV
DIC
TOTAL
INOCUIDAD DE
ALIMENTOS
Calidad Microbiológica de Alimentos
$171,836.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$171,836.00
Rastros
$29,529.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$29,529.00
Zoonosis/Brucelosis
$17,965.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$17,965.00
Productos de la Pesca
$197,918.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$197,918.00
Uso Ilegal de Clenbuterol
$45,021.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$45,021.00
Plaguicidas en Alimentos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Mesa Saludable - PROMESA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA
MEXICANO DE
SANIDAD DE
MOLUSCOS
BIVALVOS
(PMSMB)
Moluscos Bivalvos
$118,119.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$118,119.00
Marea Roja
$52,012.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$52,012.00
AGUA
Agua y Hielo Purificados
$166,409.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$166,409.00
Agua de Calidad Bacteriológica
$120,983.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$120,983.00
Agua de Calidad Fisicoquímica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario
$37,966.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$37,966.00
Cuerpos de Agua Dulce
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Sanitaria del Río Atoyac
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Calidad sanitaria de agua de contacto de uso recreativo (albercas)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidrocarburos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plaguicidas en Agua de Consumo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Prevención del Cólera
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua Segura para protección de la salud de la población
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
POLÍTICA
FARMACÉUTICA
Farmacovigilancia
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Análisis de Medicamentos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIGILANCIA
FOCALIZADA
Tabaco
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VERIFICACIÓN
FOCALIZADA
Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Sanitaria de Servicios Dentales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manejo Integral de Plagas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistematización del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistema de Información Geográfica en Riesgos Sanitario.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fortalecimiento del Sistema de Información
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación de establecimientos que expenden Suplementos Alimenticios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Asistencia en la implementación de actividades de Fomento Sanitario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tatuajes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Legionella
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
EMERGENCIAS
Emergencias
$126,034.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$126,034.00
CAMBIO
CLIMÁTICO
Cambio Climático
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Implementación y difusión del concepto de Salud en el Plan Estatal de Cambio Climático
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SALUD
OCUPACIONAL
Protección Radiológica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plomo en Loza Vidriada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Uso de Plaguicidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ATENCIÓN MÉDICA
Muerte Materna
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Focalizada a Unidades Médicas y Laboratorios de Análisis Clínicos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Infecciones Nosocomiales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SANIDAD EN
PRODUCTOS
AGRÍCOLAS
Sanidad en Productos Agrícolas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NORMATIVIDAD
Certificación en la norma ISO 9001-2008 del procedimiento de atención al usuario del centro integral de servicios de la dirección de protección contra riesgos sanitarios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA 6
PASOS DE LA
SALUD
Programa 6 pasos de la salud con prevención y Saneamiento Básico para las Familias Mexicanas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
REDUCCIÓN DEL
RIESGO
SANITARIO EN
MEDICAMENTOS
CADUCOS
Manejo y Disposición Final de Medicamentos Caducos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
$1,083,792.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$1,083,792.00
 
- TOTAL
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TEMA
PROYECTO
ABR
MAY
JUN
JUL
AGS
SEP
OCT
NOV
DIC
TOTAL
INOCUIDAD DE
ALIMENTOS
Calidad Microbiológica de Alimentos
$371,379.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$371,379.00
Rastros
$152,230.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$152,230.00
Zoonosis/Brucelosis
$55,573.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$55,573.00
Productos de la Pesca
$473,510.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$473,510.00
Uso Ilegal de Clenbuterol
$119,629.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$119,629.00
Plaguicidas en Alimentos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Mesa Saludable - PROMESA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA
MEXICANO DE
SANIDAD DE
MOLUSCOS
BIVALVOS
(PMSMB)
Moluscos Bivalvos
$452,727.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$452,727.00
Marea Roja
$193,611.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$193,611.00
AGUA
Agua y Hielo Purificados
$350,332.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$350,332.00
Agua de Calidad Bacteriológica
$376,383.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$376,383.00
Agua de Calidad Fisicoquímica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Playas Limpias: Agua de Mar para Uso Recreativo con Contacto Primario
$141,708.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$141,708.00
Cuerpos de Agua Dulce
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidroarsenismo y Manganesismo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua en Localidades Priorizadas con Alto Nivel de Marginación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Sanitaria del Río Atoyac
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Calidad sanitaria de agua de contacto de uso recreativo (albercas)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y Detección de Hidrocarburos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plaguicidas en Agua de Consumo
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Prevención del Cólera
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua Segura para protección de la salud de la población
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
POLÍTICA
FARMACÉUTICA
Farmacovigilancia
$150,000.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$150,000.00
Análisis de Medicamentos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIGILANCIA
FOCALIZADA
Tabaco
$84,786.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$84,786.00
VERIFICACIÓN
FOCALIZADA
Manejo y Dispensación de Medicamentos y demás Insumos para la Salud en Farmacias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Sanitaria de Servicios Dentales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manejo Integral de Plagas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistematización del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistema de Información Geográfica en Riesgos Sanitario.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fortalecimiento del Sistema de Información
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación de establecimientos que expenden Suplementos Alimenticios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Asistencia en la implementación de actividades de Fomento Sanitario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tatuajes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Legionella
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
EMERGENCIAS
Emergencias
$240,390.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$240,390.00
CAMBIO
CLIMÁTICO
Cambio Climático
$120,000.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$120,000.00
Implementación y difusión del concepto de Salud en el Plan Estatal de Cambio Climático
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SALUD
OCUPACIONAL
Protección Radiológica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plomo en Loza Vidriada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Uso de Plaguicidas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ATENCIÓN MÉDICA
Muerte Materna
$2,521,237.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$2,521,237.00
Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia Focalizada a Unidades Médicas y Laboratorios de Análisis Clínicos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Infecciones Nosocomiales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SANIDAD EN
PRODUCTOS
AGRÍCOLAS
Sanidad en Productos Agrícolas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
NORMATIVIDAD
Certificación en la norma ISO 9001-2008 del procedimiento de atención al usuario del centro integral de servicios de la dirección de protección contra riesgos sanitarios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA 6
PASOS DE LA
SALUD
Programa 6 pasos de la salud con prevención y Saneamiento Básico para las Familias Mexicanas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
REDUCCIÓN DEL
RIESGO
SANITARIO EN
MEDICAMENTOS
CADUCOS
Manejo y Disposición Final de Medicamentos Caducos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
$5,803,495.00
 
 
 
 
 
 
 
 
$5,803,495.00
 
Anexo 2 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y, por la otra parte, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Mario Alberto Pacheco Ventura.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nayarit, Jesús Pavel Plata Jarero.-
Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria, Edy Alberto García Gómez.- Rúbrica.
 
ANEXO 3
PROGRAMA, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS
RAMO 12: FONDO DE APORTACIONES PARA LOS SERVICIOS DE SALUD A LA COMUNIDAD 2016
ENTIDAD:
NAYARIT
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios (Regulación y Fomento Sanitarios) y
Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios (Laboratorio Estatal de Salud Pública)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA:
Protección contra Riesgos Sanitarios
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-NAY.-18/16
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Meta Programada Mensual
Tema
Proyecto
Objetivo
Actividad Específica
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
Inocuidad de
Alimentos
Calidad
Microbiológica de
Alimentos
Proteger a la población
de los riesgos
microbiológicos
potencialmente
presentes en los
alimentos.
1. Actualización del padrón de establecimientos donde se expenden los alimentos priorizados por la entidad federativa.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
2. Informe de los analitos que se analizarán para cada uno de los alimentos priorizados por la entidad federativa, con base en los resultados obtenidos durante el periodo 2014-2015.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
3. Con base en la priorización de los alimentos realizada por la entidad federativa, seleccionar los establecimientos a incluir para el muestreo 2015.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
4. Número de determinaciones en los alimentos priorizados por la entidad federativa, para su análisis microbiológico.
 
 
 
100
50
50
50
50
46
40
40
 
426
5. Reporte de los resultados obtenidos en la base de datos establecida por la COFEPRIS.
 
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
8
6. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
1
 
 
1
 
 
 
1
3
7. Revisar y reportar trimestralmente el seguimiento de las acciones establecidas, de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
1
 
 
1
 
 
1
 
3
8. Realizar reuniones de trabajo con establecimientos identificados como de riesgo por la entidad federativa, a fin de establecer las estrategias para evitar la contaminación microbiológica de los alimentos prioritarios.
 
 
 
3
 
 
 
 
2
1
 
 
6
9. Capacitar al personal de Protección contra Riesgos Sanitarios de las Jurisdicciones Sanitarias y/o Coordinaciones de Protección contra Riesgos Sanitarios en el Programa de Consejos de Salud con Prevención, el cual deberá ser replicado a la población, con el propósito de prevenir, o disminuir, las enfermedades del rezago, relacionadas con el saneamiento básico, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS, así como replicar los seis pasos en salud pública.
 
 
 
30%
 
 
 
65%
 
 
100
%
 
100%
10. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión para coadyuvar en la prevención de brotes relacionados con la contaminación microbiológica de alimentos y ETA ´s, dirigida al personal que maneja alimentos en los establecimientos identificados como de riesgo por la entidad federativa, y a la población en general, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
30%
 
 
 
65%
 
 
100
%
 
100%
 
Inocuidad de
Alimentos
Rastros
Coadyuvar al
mejoramiento de las
condiciones sanitarias
de rastros y mataderos
municipales para
minimizar el riesgo
sanitario derivado de las
actividades en estos
establecimientos, en
municipios en más de
50,000 habitantes. (Al
menos el 70% de la
población).
11. Presentar la propuesta de mejora para cada uno de los Rastros y Mataderos municipales identificados por la entidad federativa que requerían acciones de mejora, con base en los resultados de las Cédulas de Evaluación de Riesgos aplicadas en los Rastros y Mataderos aplicadas durante el periodo 2014-2015.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
12. Elaborar los informes de las evaluaciones de riesgo sanitario realizadas en rastros y mataderos municipales en el formato establecido.
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
1
 
2
13. Determinación de clenbuterol en orina y sangre durante operativos en rastros.
 
 
 
5
 
 
 
 
 
 
 
 
5
14. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
15. Actualizar el diagnóstico situacional referente a las fuentes de contaminación ambiental presentes en rastros y mataderos municipales.
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
16. Realizar eventos de capacitación dirigidos a médicos veterinarios, operarios, verificadores y/o dictaminadores donde se incluya tanto el tema de normatividad sanitaria, como de evaluación y manejo de riesgos aplicable a rastros y mataderos municipales.
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
1
 
2
17. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación y una estrategia de difusión sobre los riesgos del consumo de carne y sus derivados que puedan estar contaminados, dirigidos a la industria, organismos públicos y privados, así como al personal que trabaja en rastros, con el fin de mejorar la condición sanitaria de los productos. Deberá estar basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
18. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne, acerca de las medidas para prevenir los riesgos sanitarios relacionados con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos. Deberá estar basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
19. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión dirigida al personal involucrado en el proceso de obtención de la carne, como público primario, y a la población en general, como público secundario, acerca de las medidas para prevenir los riesgos sanitarios, relacionados con el consumo de carne y sus derivados obtenidos en rastros y mataderos. Deberá estar basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
Zoonosis /
Brucelosis
Proteger a la población
del riesgo de brucelosis
por el consumo de
alimentos
potencialmente
contaminados con
Brucella.
20. Actualizar el padrón de empresas/productores que elaboren quesos artesanales que considere datos sobre sus volúmenes de producción.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
21. Actualizar un padrón de productores, introductores y/o acopiadores de leche que venden a los productores de quesos artesanales.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
22. Implementar el programa de muestreo establecido con base en los resultados obtenidos durante el 2014-2015.
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
1
23. Toma y envío de determinaciones de alimentos priorizados por la entidad federativa para análisis de Brucella.
 
 
 
 
 
10
5
 
 
 
 
 
15
24. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos.
 
 
 
 
 
 
1
1
 
 
 
 
2
25. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
26. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
27. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a productores de quesos artesanales, como público primario, y distribuidores de leche para quesos artesanales, como público secundario, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de este tipo de quesos y, con ello, disminuir los riesgos por la posible contaminación con Brucella de los productos. Deberá estar basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
28. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión dirigida a productores de quesos artesanales, como público primario, y distribuidores de leche para quesos artesanales, como público secundario, con el propósito de mejorar la condición sanitaria de los procesos y métodos utilizados en la elaboración de este tipo de quesos y, con ello, disminuir los riesgos por la posible contaminación con Brucella de los productos. Deberá estar basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
 
Inocuidad de
Alimentos
Productos de la
Pesca
Proteger a la población
de riesgos sanitarios por
el consumo de
productos de la pesca
contaminados.
29. Actualizar el censo/padrón estatal de los principales puntos de venta de productos de la pesca, frescos, refrigerados o congelados, de acuerdo a los resultados obtenidos durante el periodo del 2014-2015.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
30. Actualizar el informe estatal de los productos priorizados que incluya los volúmenes de producción y las temporadas de mayor consumo de cada uno.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
31. Realizar muestreo con base en el programa de muestreo establecido.
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
1
9
32. Número de determinaciones en los alimentos priorizados por la entidad federativa para análisis del binomio producto-microorganismo para Vibrio Cholerae, Vibrio Parahaemolyticus, Salmonella, Staphylococcus Aureus, E. Coli y Enterococos.
 
 
 
240
198
182
182
182
182
182
182
 
1530
33. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
8
34. Dar seguimiento al programa de manejo de riesgos de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
1
 
 
 
1
 
 
1
3
35. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
1
 
 
 
1
 
 
1
3
36. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión dirigida a productores, organizaciones sociales (cooperativas) y distribuidores de productos de la pesca, con el propósito de mejorar las condiciones sanitarias de estos productos, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
37. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión, dirigida a la población general, respecto al riesgo de consumir productos de la pesca que puedan estar contaminados, así como la forma de prevenirlos, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
Uso Ilegal de
Clenbuterol
Proteger a la población
del consumo de
clenbuterol en
productos de bovino sin
procesar.
38. Actualizar el censo de puntos de venta que contenga volúmenes de carne y vísceras de bovino.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
39. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS. Realizando muestreo en una relación 60 de carne/40 de vísceras con el fin de dar seguimiento al programa de muestreo implementado durante los periodos previos.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
40. Número de determinaciones de carne y vísceras para análisis de clenbuterol.
 
 
 
15
20
20
20
15
15
10
10
 
125
41. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
8
42. Dar seguimiento al programa de manejo de riesgos con base en los resultados del muestreo.
 
 
 
 
1
 
 
 
1
 
 
1
3
43. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
1
 
 
 
1
 
 
1
3
44. Elaborar, implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión, en materia sanitaria, con el fin de dar a conocer los riesgos de intoxicación por clenbuterol a la población en general, derivados del consumo de vísceras y carne, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
45. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido a la industria, organismos públicos y privados, así como a la población en general con el propósito de dar a conocer los riesgos derivados del consumo de vísceras y carne posiblemente contaminadas por clenbuterol, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
 
Inocuidad de
Alimentos
Plaguicidas en
Alimentos
Proteger a la población
de los riesgos
potenciales por residuos
de plaguicidas
presentes en alimentos
46. Actualizar el censo de puntos de venta que contenga volúmenes de los alimentos priorizados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
47. Dar seguimiento al programa de muestreo establecido con base en los resultados obtenidos durante el 2014-2015.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
48. Toma y análisis de determinaciones de alimentos priorizados por la entidad federativa para determinación de plaguicidas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
49. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50. Dar seguimiento al programa de manejo de riesgos de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
51. Elaboración de los informes de resultados del seguimiento del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
52. Elaborar un informe sobre los principales cultivos de la región y plaguicidas empleados para su producción, con base en los resultados obtenidos durante el periodo 2014-2015
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Mesa Saludable -
PROMESA
Fomentar el sello de la
calidad nutricional de
los platillos entre los
comedores industriales
y restaurantes,
mediante acciones de
fomento sanitario y los
esquemas de
comunicación y difusión
que promuevan mejores
hábitos alimenticios con
la población que come
fuera de casa.
53. Integrar un padrón de establecimientos de restaurantes y comedores en el Estado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
54. Participar en reuniones con las instancias involucradas del sector público: universidades públicas, Secretaría de Turismo, promoción a la salud y, del sector privado: CANIRAC, asociación de hoteles y moteles, empresas para la implementación del proyecto en restaurantes y comedores industriales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
55. Realizar reuniones de trabajo con los agremiados de las asociaciones de restaurantes, asociaciones de hoteles y directores de los hospitales públicos de tercer nivel y/o segundo nivel, a fin de difundir las acciones del programa mesa saludable y el sello de calidad nutricional de platillos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
56. Capacitación al personal a los restaurantes y comedores sobre plato del bien comer, la preparación de alimentación saludable, hábitos alimenticios inadecuados y NOM 251.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
57. Realizar acciones de vinculación y difusión de los comedores y restaurantes referente al programa (visitas de fomento sanitario).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
58. Evaluar menús y calcular calorías de platillos en los restaurantes integrados al proyecto PROMESA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
59. Elaboración de Convenios de colaboración en los sectores público y/o privado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
60. Participar en cursos y/o reuniones relacionadas con el programa de mesa saludable/PROMESA.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Programa
Mexicano de
Sanidad de
Moluscos
Bivalvos
(PMSMB)
Moluscos
Bivalvos
Proteger a la población
de riesgos
microbiológicos y
químicos
potencialmente
presentes en moluscos
bivalvos, a través de la
clasificación y vigilancia
sanitaria de las áreas de
cosecha.
61. Número de visitas para la toma de muestras de agua y producto en las áreas
de cosecha, así como el envío de muestras y reporte de resultados.
 
 
 
2
2
2
2
2
2
2
2
2
18
62. Análisis del número de determinaciones de agua (coliformes fecales) en áreas de cosecha.
 
 
 
40
40
40
30
30
40
30
30
 
280
63 Análisis del número de determinaciones de producto (E. coli, Salmonella sp, Vibrio cholerae y Vibrio parahaemolyticus, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados) en áreas de cosecha de moluscos bivalvos.
 
 
 
75
75
75
 
 
 
 
 
 
225
64. Realizar análisis de biotoxinas marinas en producto de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas rápidas para detección de PSP, ASP, y DSP, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultados), de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por COFEPRIS.
 
 
 
8
8
8
 
 
 
 
 
 
24
65. Realizar análisis de biotoxinas marinas en producto de acuerdo con lo establecido por COFEPRIS (pruebas rápidas para detección de Brevetoxina, incluye gastos de toma y envío de muestras y reporte de resultado).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
66. Integración y envío de los estudios sanitarios iniciales y anuales de las áreas de cosecha de moluscos bivalvos.
 
 
 
1
 
 
1
 
 
 
 
 
2
 
Programa
Mexicano de
Sanidad de
Moluscos
Bivalvos
(PMSMB)
Marea Roja
Establecer un Sistema
de Alerta Temprana de
Florecimientos de Algas
Nocivas (Marea Roja),
con el fin de aplicar
medidas preventivas de
manera oportuna,
tendientes a evitar el
consumo de moluscos
bivalvos expuestos a
mareas rojas tóxicas.
67. Realizar monitoreo de fitoplancton en agua de mar, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS.
 
 
 
42
42
42
42
42
42
42
42
 
336
68. Asistir al curso de capacitación del proyecto.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Agua
Agua y Hielo
Purificados
Proteger a la población
del riesgo bacteriológico
potencialmente
presente en el agua y
hielo purificado, con el
fin de reducir riesgos.
69. Actualizar el padrón de establecimientos productores de agua y hielo purificados.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
70. Dar seguimiento/Seleccionar los establecimientos para implementar el programa de muestreo establecido por la COFEPRIS.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
71. Número de determinaciones de agua y hielo para análisis microbiológico.
 
 
 
100
70
70
100
100
70
70
70
 
650
72. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
8
73. Dar seguimiento al programa de manejo de riesgos de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
1
 
 
1
 
 
 
1
3
74. Elaboración de los informes del seguimiento del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
1
 
 
1
 
 
 
1
3
75. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación dirigido al personal y directivos de la industria productora y los establecimientos que comercializan el agua y el hielo purificados, relacionado con la prevención de los riesgos bacteriológicos asociados a la producción de agua y hielo purificados, basado en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
76. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión, dirigida a la población general, con el fin de darle a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al consumo de agua y hielo purificados, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
Agua de Calidad
Bacteriológica
Proteger a la población
del riesgo bacteriológico
potencialmente
presente en el agua de
uso y consumo humano.
77. Con base en los resultados del periodo 2014-2015, elaborar el informe de los métodos de desinfección del agua que se utilizan (cloro residual, plata coloidal o método alternativo) en las localidades a vigilar.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
78. Toma de muestras para análisis bacteriológico en determinaciones de cloro con valor debajo de 0.2 p.p.m., de acuerdo a la meta establecida entre COFEPRIS y el Estado.
 
 
 
50%
50%
50%
50%
50%
50%
50%
 
 
50%
79. Implementar pruebas rápidas para análisis bacteriológico en agua.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
80. Captura de los resultados obtenidos en el SIVA.
 
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
 
100%
81. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión, dirigida a la población general con información para dar a conocer los riesgos bacteriológicos asociados al uso y consumo de agua potencialmente contaminada y cómo prevenirlos, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
82. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión para dar a conocer a la población general las enfermedades relacionadas con el consumo de agua contaminada, así como las acciones para prevenirlas. Deberá estar basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
 
Agua
Agua de Calidad
Fisicoquímica
Proteger a la población
del riesgo fisicoquímico
potencialmente
presente en el agua de
uso y consumo humano
en las regiones
identificadas en el país.
83. Toma de determinaciones para análisis fisicoquímico con base en los analitos priorizados por la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
84. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
85. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión para dar a conocer a la población general los riesgos asociados al consumo de agua potencialmente contaminada, y la forma de prevenirlos. Deberá estar basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Playas limpias:
Agua de Mar para
Uso Recreativo
con Contacto
Primario
Contar con información
automatizada sobre la
calidad bacteriológica
del agua de mar.
86. Realizar los monitoreos mensuales y pre-vacacionales de las playas prioritarias e informar los resultados a la COFEPRIS y publicar la información en las páginas electrónicas estatales.
 
 
 
21
21
126
21
21
21
21
126
21
399
87. Asistencia a las reuniones convocadas por los Comités de Playas.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
88. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión para dar a conocer a la población general, los resultados de los muestreos y análisis realizados por el Sistema Federal Sanitario en los distintos destinos turísticos, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
Cuerpos de Agua
Dulce
Contar con información
bacteriológica de los
principales cuerpos de
agua dulce con el fin de
prevenir riesgos a la
salud de la población
bañista
89. Informar a la CEMAR el universo de cuerpos de agua dulce que serán incluidos en el Proyecto, indicando la cantidad y ubicación de los puntos de muestreo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
90. Elaborar un programa de muestreo anual, en el que se considerarán los puntos a monitorear de los cuerpos de agua dulce.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
91. Realizar monitoreos mensuales de los cuerpos de agua dulce incluidos en el proyecto, para la determinación de E. Coli, con el fin de contar con resultados mensuales de los puntos de muestreo seleccionados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
92. Enviar a la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos, los resultados microbiológicos al finalizar el muestreo correspondiente de manera mensual.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y
Detección de
Hidroarsenismo y
Manganesismo
Proteger a la población
del riesgo
potencialmente
presente en el agua de
uso y consumo humano
en las regiones
identificadas
93. Monitoreo ambiental de metales pesados (arsénico, cadmio, plomo y cromo) en agua de sistemas informales con base a la NOM-048-SSA1-1993, que establece el método normalizado para la evaluación de riesgos a la salud como consecuencia de agentes ambientales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
94. Monitoreo ambiental de metales pesados (arsénico, cadmio, plomo y cromo) en suelo de las localidades bajo sospecha de presencia de metales pesados, con base a la NOM-048-SSA1-1993, que establece el método normalizado para la evaluación de riesgos a la salud como consecuencia de agentes ambientales y NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
95. Monitoreo biológico en las familias de las localidades bajo sospecha de presencia de metales pesados (arsénico, cadmio, plomo y cromo) con base a la NOM-048-SSA1-1993, que establece el método normalizado para la evaluación de riesgos a la salud como consecuencia de agentes ambientales y NOM-117-SSA1-194, método de prueba para la determinación de cadmio, arsénico, plomo, estaño, cobre, fierro, zinc y mercurio en alimentos, agua potable y agua purificada por absorción atómica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
96. Realizar reuniones de trabajo con la población afectada, basadas en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
97. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación para la población en las buenas prácticas en el manejo del agua para uso y consumo humano bajo los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
98. Elaborar un censo de las fuentes de abastecimiento informales con riesgo de contaminación por metales pesados (arsénico, cadmio, plomo y cromo).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
99. Elaborar y/o diseñar un Modelo de Comunicación de Riesgos hacia la población afectada.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100. Establecer las bases de coordinación y/o vinculación con el área de epidemiología estatal.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua
Agua en
Localidades
Priorizadas con
Alto Nivel de
Marginación
Proteger a la población
de riesgo bacteriológico
en localidades sin
distribución de agua.
101. Aplicar el protocolo de intervención para el aseguramiento del agua de consumo humano en localidades sin abastecimiento de agua de red, con base en los lineamientos emitidos por la COFEPRIS.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia
Sanitaria del Río
Atoyac
Proteger a la población
del riesgo fisicoquímico
potencialmente
presente en el agua y
consumo humano en las
áreas identificadas del
Estado potencialmente
con riesgos
ambientales.
102. Aplicar el protocolo de intervención para el aseguramiento de la calidad fisicoquímica del agua del Río Atoyac.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Calidad Sanitaria
de Agua de
Contacto de Uso
Recreativo
(Albercas)
Reducir riesgos
sanitarios originados por
el uso de agua de
albercas, mediante el
control y vigilancia de
las condiciones de
operación,
mantenimiento de las
instalaciones y el
monitoreo de los
parámetros
fisicoquímicos y
microbiológicos del
agua.
103. Actualización de censo de establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo (centros vacacionales, clubes deportivos, balnearios, centros de enseñanza, hoteles, moteles, desarrollos turísticos y parques acuáticos).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
104. Seleccionar los establecimientos a incluir en el muestreo 2016 priorizados en la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
105. Visitas de verificación sanitaria a los establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
106. Monitoreo mensual y/o pre-vacacional en establecimientos relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
107. Elaborar un informe de las condiciones sanitarias y calidad del agua con base en los monitoreos efectuados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
108. Realizar la vinculación y concertación con el sector privado para difusión de la normatividad sanitaria correspondiente.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
109. Realizar pláticas de difusión dirigidos a prestadores de servicios relacionados con el manejo de agua de contacto de uso recreativo, a fin de dar a conocer las medidas sanitarias de acuerdo a la normatividad aplicable.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
110. Realizar capacitación sobre la verificación de los establecimientos del Proyecto de Calidad Sanitaria de Agua de Contacto de Uso Recreativo al personal operativo de las Coordinaciones de Protección Sanitaria.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Búsqueda y
Detección de
Hidrocarburos
Realizar un diagnóstico
de la presencia de
hidrocarburos en agua
de fuentes de
abastecimiento,
derivados de la
actividad de la industria
petrolera en el Estado.
111. Toma de muestras para análisis de la concentración de hidrocarburos aromáticos policíclicos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
112. Realizar notificación de resultados a los Organismos Operadores de Agua.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
113. Instrumentación de comunicación de riesgos a la población.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Plaguicidas en
Agua de
Consumo
Proteger a la población
de los riesgos
potenciales por residuos
de plaguicidas
presentes en el agua de
uso y consumo humano
de origen de las fuentes
de abastecimiento
formales
114. Elaborar un censo sobre los principales cultivos de la región y los plaguicidas empleados para su producción.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
115. Selección de municipios y/o localidades de mayor riesgo para implementar el programa de muestreo para la determinación de plaguicidas en agua de uso y consumo humano.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
116. Toma y análisis de muestras de agua para determinación de plaguicidas con priorización.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
117. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
118. Revisar el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
119. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua
Prevención del
Cólera
Proteger a la población
del riesgo de cólera por
la exposición a agua y
alimentos.
120. Elaborar un informe estatal de las localidades priorizadas para realizar monitoreos de Vibrio Cholerae.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
121. Monitoreo de agua para uso y consumo para la determinación de Vibrio Cholerae en la red y pozos, en las localidades priorizadas para identificar su prevalencia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
122. Monitoreo de agua residual para la determinación de Vibrio Cholerae en sistemas de descargas, en las localidades priorizadas para identificar su prevalencia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
123. Monitoreo de agua residual para la determinación de Vibrio Cholerae en hospitales, en localidades priorizadas para identificar su prevalencia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
124. Monitoreo de alimentos para determinación de Vibrio Cholerae en Alimentos: hortalizas, quesos, pescados y mariscos; en las localidades priorizadas para determinar su prevalencia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
125. Reporte de los resultados obtenidos en la base de datos estatal.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Agua Segura para
protección de la
salud de la
población
Impulsar la
implementación de un
Programa de Seguridad
del Agua con la
participación de los
Municipios con el fin de
proteger a la salud de la
población.
126. Elaborar el diagnóstico de riesgos sanitarios en el estado relacionados con la calidad del agua de uso y consumo humano mediante el Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC) mediante un sistema que identifica, evalúa y controla riesgos significativos para la seguridad del agua para consumo humano.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
127. Desarrollar un Plan de Seguridad del Agua con base en el diagnóstico de riesgos sanitarios, incluyendo las diferentes etapas del Sistema de Agua incluyendo, Captación, Potabilización, Almacenamiento, y Distribución del agua hasta el usuario final, de manera coordinada con los actores clave para su implementación (Presidencia Municipal, CONAGUA, Organismo Operador del Agua, Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
128. Fortalecer la vigilancia de la calidad del agua con base en el diagnóstico de riesgos sanitarios, incrementando el muestreo microbiológico del agua de uso y consumo humano.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Política
Farmacéutic
a
Farmacovigilancia
Vigilar la seguridad y
eficacia de los
medicamentos que se
comercializan en el
país, mediante la
recepción de
notificaciones de
sospechas de
reacciones adversas a
medicamentos, su
evaluación y el fomento
y difusión del programa
de Farmacovigilancia.
129. Implementación y seguimiento de unidades y Comités de Farmacovigilancia Hospitalarios, a través de los formatos de indicadores ya establecidos (UCFVH, UFVH, CFVH).
 
 
 
20%
 
20%
 
20%
 
20%
 
20%
100%
130. Recopilar el 100% de las notificaciones de sospechas de Reacciones Adversas notificadas (la meta anual será establecida conforme al indicador establecido por la OMS), los Incidentes Adversos y los Eventos Supuestamente Atribuidos a la Vacunación e Inmunización.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
131. Capturar, Evaluar y Enviar de manera periódica al Centro Nacional de Farmacovigilancia las notificaciones de Sospechas de Reacciones Adversas, conforme a los tiempos establecidos en la NOM 220 SSA1-2012.
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
1
9
132. Elaborar un programa de capacitación con enfoque de riesgos para fortalecer el proyecto de farmacovigilancia en las unidades hospitalarias de la entidad, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
133. Realizar acciones de fomento sanitario con enfoque de riesgos en los sectores público, privado y social para promover la notificación de sospechas de Reacciones Adversas y Eventos Supuestamente Atribuidos a la Vacunación e Inmunización provocados por los medicamentos y vacunas, de acuerdo con los lineamientos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
1
 
2
Análisis de
Medicamentos
Vigilar la seguridad y
eficacia de los
productos farmacéuticos
mediante análisis
farmacológico.
134. Adquisición de equipo, accesorios, complementos e insumos especializados para el análisis de medicamentos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
135. Toma y análisis de muestras de medicamentos con base en los priorizados por la Entidad Federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
136. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos establecida.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia
Focalizada
Tabaco
Reducir la exposición
pasiva al humo de
tabaco en espacios
públicos.
137. Verificación focalizada en establecimientos con mayor probabilidad de exposición y riesgo (hoteles, restaurantes, oficinas de gobierno y escuelas).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
138. Dictaminación de actas de la verificación focalizada.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
139. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de difusión para informar a los sectores público, privado y social, los alcances de la Ley y su Reglamento para fomentar los espacios 100% libres de humo de tabaco. Deberá estar basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
140. Elaborar e implementar una estrategia de fomento sanitario, en coordinación con los sectores público y privado, para promover edificios libres de humo de tabaco, basada en los lineamientos con enfoque de riesgos de la COFEPRIS.
 
 
 
 
30%
 
 
65%
 
 
100%
 
100%
Verificación
Focalizada
Manejo y
Dispensación de
Medicamentos y
demás Insumos
para la Salud en
Farmacias
Proteger a la población
mediante una correcta
dispensación de
medicamentos,
aplicando la Legislación
Sanitaria vigente.
141. Elaborar/Actualizar un censo de establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías a través de las Unidades de Control Sanitario de la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
142. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de verificación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
143. Visitas de verificación en establecimientos donde se expenden productos farmacéuticos como farmacias, boticas y droguerías.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
144. Dictaminación de actas de verificación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
145. Realizar balances de medicamentos controlados en establecimientos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
146. Realizar cursos y pláticas de dispensación de medicamentos en farmacias públicas y privadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
147. Asistencia del líder estatal a la reunión nacional de capacitación y evaluación del proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
148. Realizar informe mensual de actividades.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
149. Realizar diagnóstico de las acciones implementadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
150. Impresión de materiales destinados a los establecimientos dedicados a la dispensación de medicamentos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia
Sanitaria de
Servicios
Dentales
Vigilar el cumplimiento
de las disposiciones
sanitarias vigentes,
aplicables a los
servicios dentales.
151. Realizar visitas de verificación sanitaria a los establecimientos que ofrecen servicios dentales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
152. Elaborar base de datos de aparatos periapicales de rayos X de uso odontológico.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Manejo Integral
de Plagas
Disminuir el contacto
involuntario con los
plaguicidas y así
preservar la salud de la
población a través de la
incorporación del
manejo integral de
plagas en los servicios
urbanos de fumigación
que se ofrecen en la
Entidad.
153. Integrar un padrón de establecimientos de manejo integral de plagas en los servicios urbanos de fumigación que se ofrecen en la Entidad indicados por la COFEPRIS (con aviso de funcionamiento).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
154. Elaborar un informe de los productos de fumigación principalmente utilizados que incluya giros de establecimientos que solicitan este servicio, en la Entidad con mayor solicitud del servicio y las temporadas de mayor consumo por cada uno.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
155. Seleccionar las Demarcaciones Territoriales y establecimientos prioritarios para implementar el plan de manejo integral.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
156. Visitas de verificación sanitaria, Norma Oficial Mexicana 256.- Condiciones sanitarias que deben cumplir los establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
157. Capturar los resultados obtenidos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
158. Elaborar y revisar trimestralmente el programa de manejo de riesgos y seguimiento de conformidad con los resultados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación
Focalizada
Sistematización
del Procedimiento
de Verificación
Sanitaria
Optimizar el proceso de
verificación sanitaria,
mediante su
sistematización.
159. Adquisición de los insumos, equipos y servicios de Internet necesarios para la realización de las verificaciones sanitarias en tiempo real de los diferentes Programas y Proyectos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
160. Contratación de los servicios para la realización de las verificaciones sanitarias en tiempo real.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
161. Capacitación del personal en el manejo del software a utilizar para las verificaciones sanitarias en tiempo real.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
162. Realización de prácticas en campo para evaluar el aprendizaje obtenido durante la capacitación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
163. Visitas de verificación utilizando el procedimiento sistematizado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
164. Evaluación del funcionamiento del sistema implementado, a través de la elaboración de un informe, a fin de hacer eficiente el procedimiento de verificación sanitaria.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sistema de
Información
Geográfica en
Riesgos Sanitario.
Fortalecer el análisis y
manejo de riesgos
mediante el uso de
Sistemas de
Información Geográfica.
165. Fortalecimiento de la Evaluación y Manejo de Riesgos del Proyecto Agua de Calidad Fisicoquímica con los resultados obtenidos del Sistema de Información Geográfica durante 2015.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
166. Captura de los resultados de análisis fisicoquímico de agua de uso y consumo humano en el Sistema de Información Geográfica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
167. Gestionar ante las instancias Federales y Estatales competentes la implementación de acciones preventivas o correctivas derivadas de la Evaluación de Riesgos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
168. Captura de resultados de los análisis microbiológico de agua de uso y consumo humano en el Sistema de Información Geográfica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
169. Capacitación sobre la administración del Sistema de Información Geográfica dirigida a personal técnico de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fortalecimiento
del Sistema de
Información
Estructurar un Sistema
de Información
Oportuno, Veraz, Eficaz
y Confiable que permita
la correcta toma de
decisiones
170. Elaborar un diagnóstico de la infraestructura informática del Estado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
171. Diseñar e implementar un sistema de información único acorde a las necesidades Federales y Estatales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
172. Asegurar el conocimiento y uso pertinente de los sistemas de información existentes mediante una capacitación específica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
173. Adquirir los bienes informáticos necesarios para la correcta ejecución del Proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
174. Adquirir los insumos informáticos necesarios para el buen funcionamiento del Proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
175. Administración y mantenimiento de los elementos que conforman el sistema de información.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación
Focalizada
Supervisión
interna del
procedimiento de
verificación
sanitaria
Implementar un
mecanismo de control
que permita detectar
posibles actos de
ilegalidad de los
servidores públicos en
el procedimiento de
verificación sanitaria,
permitirá de forma
preventiva incurrir en
estas situaciones,
minimizando los errores
administrativos en el
procedimiento.
176. Elaborar la documentación necesaria para las actas de supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
177. Realizar la planeación de las visitas de supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
178. Realizar la supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria de forma aleatoria, mediante el acompañamiento físico a las diligencias de conformidad con la planeación realizada, así mismo se llevarán a cabo encuestas a los visitados en las propias diligencias.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
179. Revisión mensual de las actas levantadas con motivo de la verificación sanitaria, tomando una muestra de las realizadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
180. Gestionar con el área de calidad de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios el reconocimiento a los verificadores sanitarios que hubieren tenido buenos resultados en la evaluación del desempeño como resultado de la supervisión interna del procedimiento de verificación sanitaria.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
181. Enviar al área de calidad de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios el resultado de las actas para el análisis y evaluación del desempeño.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación de
establecimientos
que expenden
Suplementos
Alimenticios
Proteger a la población,
del riesgo que ocasiona
el consumo de
productos que se
denominan suplementos
alimenticios
182. Elaborar/actualizar un padrón de establecimientos donde se expenden suplementos alimenticios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
183. Realizar visitas de verificación a establecimientos muestreo de etiqueta.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
184. Dictaminación de actas y contenido en las etiquetas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
185. Verificación sanitaria de la publicidad de suplementos alimenticios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
186. Dictaminación de la publicidad verificada.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Asistencia en la
implementación
de actividades de
Fomento
Sanitario
Coordinar, organizar y
promover actividades de
fomento sanitario a
través de la aplicación
de esquemas de
comunicación y
capacitación entre los
sectores público, social
y privado con la
finalidad de generar una
mejora continua tanto
en los funcionarios
como en los procesos
sanitarios competencia
de la Dirección.
187. Elaborar e implementar un plan anual de capacitación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
188. Apoyar en las actividades de capacitación en los proyectos prioritarios federales de fomento sanitario en la entidad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
189. Desarrollar y promover campañas de difusión y comunicación de riesgos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
190. Supervisión de las actividades de capacitación en las jurisdicciones sanitarias.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
191. Realizar seguimiento a la capacitación en las jurisdicciones sanitarias.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
192. Reproducir, adquirir y distribuir materiales de fomento sanitario.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Tatuajes
Coadyuvar a la
prevención de
enfermedades
transmitidas por las
malas técnicas de
tatuajes,
micropigmentaciones o
perforaciones.
193. Capacitar a tatuadores, micropigmentadores o perforadores, sobre las técnicas y buenas prácticas en el manejo de material y equipo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
194. Visitas de verificación a establecimientos del giro.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
195. Promover la instrumentación de los diferentes medios impresos de comunicación y difusión.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
196. Realizar acciones de fomento a la población en general sobre los riesgos de tatuarse.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
197. Participación en expos y eventos masivos, para la aplicación de vacunas y verificación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
198. Elaborar un padrón de establecimientos cuya actividad esté relacionada con tatuajes, micropigmentación y perforaciones.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Verificación
Focalizada
Legionella
Proteger la salud de la
población visitante,
nacional y extranjera de
la bacteria legionella
pheumophila.
199. Reuniones Informativas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
200. Verificaciones.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
201. Muestreos ambientales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Emergencias
Emergencias
Protección a la salud de
la población contra
riesgos sanitarios
derivados de
emergencias sanitarias.
202. Enviar la notificación de los eventos en un plazo no mayor a 60 minutos (inmediato) del conocimiento de ocurrencia e independientemente de la magnitud, deberá incluir la información preliminar, que permita iniciar la atención del evento; el seguimiento se realizará en los formatos previamente establecidos por la COFEPRIS que incluyan los recursos utilizados en plazo no mayor a: 1 día para eventos de brotes por enfermedades infecciosas y/o emergentes y muestras positivas a Vibrios; 1 día para infecciones nosocomiales; 5 días en desastres naturales (p.ej. huracanes); 3 días en exposición a otros agentes y 8 días en acciones preventivas.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
203. Enviar los informes mensuales de emergencias sanitarias en los formatos establecidos por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias. Sólo se deberá incluir los eventos que fueron notificados en tiempo y forma durante el periodo reportado.
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
1
9
204. Enviar el informe anual de emergencias sanitarias en el formato establecido por la COFEPRIS para el proyecto de emergencias.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
1
205. Gestionar y diseñar en base a sus necesidades la capacitación en materia de emergencias sanitarias para los brigadistas de protección contra riesgos sanitarios desde nivel local al estatal.
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
206. Adquirir los insumos básicos, equipo, uniformes y materiales para la atención de emergencias sanitarias, para distribuir a las jurisdicciones sanitarias y/o coordinaciones de protección contra riesgos; considerando sus aspectos socio-geográficos, el registro de eventos atendidos y la priorización establecida en el catálogo autorizado para ejercer el presupuesto FASSC, previa validación del área operativa correspondiente.
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
1
Cambio
Climático
Cambio Climático
Prevenir a la población
vulnerable de los daños
resultantes del cambio
climático, en lo que se
refiere al componente
de salud.
207. Diagnóstico y evaluación de la vulnerabilidad en salud frente al cambio climático en las Entidades Federativas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
1
208. Participación en la implementación del plan estatal para cambio climático en el componente de salud.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
1
Implementación y
difusión del
concepto de
Salud en el Plan
Estatal de Cambio
Climático
Prevenir a la población
vulnerable considerando
el Plan Estatal de
Cambio Climático
209. Presentación de las actividades propias de la implementación del concepto Salud en el Plan Estatal de Cambio Climático ante los diferentes actores, para el seguimiento del plan.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
210. Realización de Reuniones de trabajo con los municipios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
211. Reunión Nacional y Regional de Cambio Climático.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Salud
Ocupacional
Protección
Radiológica
Contribuir a garantizar
la protección a la salud
de pacientes y
trabajadores expuestos
en el uso médico de
fuentes generadoras de
radiación ionizante,
asegurando la
existencia de programas
de seguridad radiológica
y de calidad, vigilar el
cumplimiento de la
normatividad vigente así
como proteger a la
población general de
riesgos derivados de la
exposición a
radiaciones ionizantes y
campos
electromagnéticos.
212. Elaborar un padrón de establecimientos de atención de salud, cuya actividad esté relacionada con el uso de radiaciones ionizantes.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
213. Elaboración o actualización de diagnóstico situacional de gabinetes radiológicos en el Estado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
214. Visitas de verificación a los establecimientos de diagnóstico médico con rayos X.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
215. Enviar mediante oficio a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, las actas de verificación sanitaria, realizadas en los establecimientos de diagnóstico médico con Rayos X.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
216. Realizar acciones de fomento sanitario a la población ocupacionalmente expuesta de los establecimientos de radiodiagnóstico.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
217. Implementar un programa de capacitación al personal verificador y dictaminador que realiza funciones en la materia de protección radiológica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
218. Llevar a cabo reuniones de vinculación y concertación con el sector público y privado en materia de protección radiológica.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
219. Realizar reuniones de vinculación con propietarios y responsables de gabinetes radiológicos del sector público y social, para la promoción de los trámites de autorizaciones sanitarias en gabinetes radiológicos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
220. Llevar a cabo acciones regulatorias al sector salud, IMSS, ISSSTE, unidades médicas municipales y sector privado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
221. Capacitación a población para fomentar de manera eficiente las acciones de control de calidad que debe tener una unidad médica de radiodiagnóstico del sector público y privado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
222. Impulsar la estrategia para prevención de cáncer de mama de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana de cáncer de mama como ente regulador, a las caravanas de la salud con mastógrafo, unidades de mama del sector salud y convocar a unidades del sector privado con salas de mastografía para dar a conocer la estrategia.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
223. Llevar a cabo visitas regulatorias de acuerdo a la Norma Oficial de Cáncer de Mama.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
224. Llevar la dictaminación de las acciones regulatorias de acuerdo a las visitas que se realizan, al sector público y privado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
225. Orientar, recibir y dar seguimiento al trámite de Licencia Sanitaria Federal y/o Permiso de Responsable de Operación y Funcionamiento hasta su entrega.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
226. Implementar el servicio de dosimetría para personal que realiza acciones de vigilancia en gabinetes radiológicos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Salud
Ocupacional
Plomo en Loza
Vidriada
Proteger la salud de la
Población productora de
la entidad federativa a la
exposición de plomo por
el uso de greta y
promover las buenas
prácticas de uso de
esmalte sin plomo, así
como la detección de
intoxicaciones y su
atención médica.
227. Verificaciones sanitarias con base en la modificación de la NOM 004 SSA 1.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
228. Toma de muestras y análisis con base en la NOM 231.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
229. Actualizar un censo que incluya alfareros, distribuidores y comercializadores de greta.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
230. Realizar reuniones y/o pláticas con asociaciones o grupos de alfareros para sensibilizar y concertar acciones de capacitación en buenas prácticas para la elaboración de loza vidriada de baja temperatura libre de plomo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
231. Llevar a cabo reuniones con Instituciones y Casas de Artesanías, a fin de promover buenas prácticas en la alfarería vidriada de baja temperatura utilizando materiales libres de plomo en las comunidades alfareras.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
232. Llevar a cabo reuniones con la CANIRAC estatal para promover entre sus agremiados el uso de loza vidriada libre de plomo, en la preparación y presentación de alimentos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
233. Llevar a cabo la gestión correspondiente para que el líder estatal asista a la Reunión Nacional del Proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
234. Monitoreo de plomo en loza vidriada a través de pruebas rápidas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
235. Monitoreo ambiental de suelo de los talleres de alfarería de loza vidriada con base en la NOM-147.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
236. Monitoreo biológico en alfareros y sus familias de loza vidriada con base en la NOM-231.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
237. Realizar reuniones de trabajo con asociaciones de restaurantes, comercializadores de loza vidriada, a fin de establecer una estrategia para promover el uso de loza vidriada libre de plomo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
238. Elaborar, implementar y evaluar un programa de capacitación que incluya a los elaboradores y comercializadores de loza vidriada, las asociaciones de restaurantes, para promover la fabricación, comercialización y uso de loza vidriada libre de plomo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
239. Elaborar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación y/o difusión para promover la fabricación, comercialización y uso de loza vidriada libre de plomo, dirigida a los artesanos, comercializadores y las asociaciones de restaurantes.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Salud
Ocupacional
Uso de
Plaguicidas
Reducir la población
expuesta a riesgos por
plaguicidas.
240. Actualizar el censo de jornaleros agrícolas, establecimientos de manejo integral de plagas y zonas de producción en la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
241. Elaborar un Programa de Muestreo para la determinación de Plaguicidas en Alimentos, tomando como base los alimentos priorizados en la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
242. Elaborar un informe de los productos de fumigación principalmente utilizados que incluya giros de establecimientos con mayor solicitud del servicio y las temporadas de mayor consumo por cada uno.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
243. Realizar muestreo con base en el Programa de Muestreo Establecido.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
244. Capturar los resultados obtenidos en la Base de datos Establecida.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
245. Dar seguimiento al programa de manejo de riesgos de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
246. Realizar cursos de capacitación a capacitadores en materia del buen uso y manejo de agroquímicos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
247. Implementar estudio de percepción de riesgos en las regiones de mayor prioridad para la actividad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
248. Realizar cursos de capacitación y/o pláticas a personal ocupacionalmente expuesto a los agroquímicos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
249. Realizar campañas de comunicación y/o difusión de riesgos en las regiones seleccionadas por la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
250. Realizar visitas de verificación a campos agrícolas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
251. Realizar visitas de verificación sanitaria a establecimientos y personal dedicados a los servicios urbanos de control de plagas mediante plaguicidas con base en la Norma Oficial Mexicana 256.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
252. Realizar visitas de Verificación Sanitarias a Empresas Comercializadoras de plaguicidas y/o sustancias afines.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
253. Dictaminación de Actas de Comercializadoras de Plaguicidas y/o sustancias afines.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
254. Realizar capacitación y/o pláticas acerca del Plan de Manejo de Envases Vacíos (triple lavado y disposición final de envases vacíos).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
255. Participar en Reuniones con instituciones para impulsar la creación de centros de acopio temporal (CAT ´S) y centros de acopio primario (CAP'S) de envases vacíos de plaguicidas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
256. Realizar cursos de capacitación/actualización al personal médico y/o personal de enfermería de las diferentes instituciones del sector de salud tanto público o privados sobre "Diagnóstico y tratamiento de las intoxicaciones por plaguicidas y/o agroquímicos".
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
257. Coordinar con brigadas de salud acciones de servicio médico a personal jornalero en los campos agrícolas como análisis, consulta médica, consulta dental, vacunas, medicamentos, recetas para tratamientos médicos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
258. Realizar reuniones en coadyuvancia con instituciones encargadas de coordinar, asegurar y vigilar el uso adecuado y el manejo racional de los plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
259. Asistencia a la Reunión Nacional del Proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
260. Realizar reuniones del COESPLAFEST para dar seguimiento a las acciones programadas del proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Atención
Médica
Muerte Materna
Coadyuvar en la
disminución de la
incidencia de muertes
maternas.
261. Elaborar/ Actualizar el padrón de establecimientos de servicios de salud de primer y segundo nivel.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
262. Visitas de verificación preventivas en establecimientos de atención médica y/u obstétrica de 1er. y 2do. nivel.
 
 
 
4
4
4
4
4
4
4
4
4
36
263. Visitas de verificación a los establecimientos de atención médica por ocurrencia de muerte materna.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
264. Visitas de verificación a establecimientos de atención médica de referencia y primer contacto.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
265. Dictaminación de las actas de verificación sanitaria de los establecimientos donde ocurrió la muerte materna.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
266. Análisis de los expedientes de las usuarias con embarazo de alto riesgo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
267. Análisis de los expedientes en el primer nivel de atención.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
268. Realizar encuestas sobre la atención recibida durante y después del parto
en las instituciones.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
269. Realizar notificaciones a los establecimientos donde ocurrió la muerte materna.
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
100%
270. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa.
 
 
 
2
2
2
2
2
2
2
2
2
18
271. Visitas de fomento a establecimientos de atención médica de 1er. y 2do. nivel, tanto público como privado.
 
 
 
15
15
15
15
15
15
15
15
15
135
272. Realizar pláticas de fomento en las diferentes instituciones del Sector Salud de la entidad federativa.
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
1
9
273. Asistencia a las reuniones convocadas por el Comité Interinstitucional de muerte materna en la entidad federativa.
 
 
 
1
1
1
1
1
1
1
1
1
9
274. Llevar a cabo la gestión correspondiente para que el líder estatal asista a la Reunión Nacional del Proyecto.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
1
275. Elaboración de artículos promocionales para comunicación de riesgos.
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
276. Elaborar implementar y evaluar un programa de comunicación y/o difusión con representantes de hospitales públicos y privados, colegios médicos y representantes de instituciones educativas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
277. Replicar la capacitación a todas las jurisdicciones sanitarias a personal médico, enfermeras y paramédico del sector público y privado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
278. Supervisar que el personal médico y paramédico cuenten con el título y cédula profesional en su expediente en el área de recursos humanos de la unidad hospitalaria.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
279. Verificar que las ambulancias de las unidades hospitalarias públicas y privadas cumplan con la normatividad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
280. Cursos de capacitación en "Verificación Sanitaria a Establecimientos de Atención médica" dirigidos al personal que labora en hospitales del sector privado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
281. Ferias de Salud dirigidas a mujeres en edad reproductiva principalmente en comunidades marginadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
282. Foros sobre "Prevención de la Mortalidad Materna" que se realizarán de manera conjunta con el Comité Estatal Interinstitucional para la Prevención, Estudio y Seguimiento de la Morbilidad y Mortalidad Materna.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
283. Elaborar un programa de trabajo con el área de enseñanza a nivel estatal y su Comisión Estatal de Arbitraje Médico, con el objeto de garantizar de manera conjunta con los servicios de salud del primer y segundo nivel de atención, la infraestructura y atención médica de calidad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
284. Suscribir convenios de concertación de acciones con Asociaciones de Hospitales en su entidad y Alianza Médica Estatal, con el objeto de garantizar la infraestructura y atención médica de calidad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
285. Organizar y realizar reuniones relacionadas con el tema de Muerte Materna a nivel nacional.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Atención
Médica
Bancos de Sangre
y Servicios de
Transfusión
Establecer criterios y
lineamientos para llevar
a cabo evaluación en
los establecimientos.
286. Visitas de verificación sanitaria a Unidades Hospitalarias.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
287. Dictaminación de las actas de verificación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
288. Implementar programa de capacitación al personal de unidades de atención médica en conjunto con el Centro Estatal de la Transfusión Sanguínea con el tema de Medicina Transfusional.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
289. Recepción, valoración y autorización de libros de ingresos y egresos de sangre y componentes sanguíneos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
290. Concentrar informes mensuales de los establecimientos médicos en el estado y a su vez enviarlos al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Vigilancia
Focalizada a
Unidades Médicas
y Laboratorios de
Análisis Clínicos
Fortalecer el control
sanitario a unidades
médicas de Primer y
Segundo Nivel de
Atención, y Laboratorios
de Análisis Clínicos.
291 Actualización del censo de Unidades Médicas de Primer y segundo Nivel de Atención, Públicas y Privadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
292. Elaborar un diagnóstico del cumplimiento sanitario de las Unidades Médicas de Primer y Segundo Nivel Públicas y Privadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
293. Vigilancia Sanitaria de Unidades Médicas de Primer y Segundo Nivel de Atención Públicas y Privadas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
294. Dictamen de Visitas de Verificación de Unidades Médicas de Primer y Segundo Nivel.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Infecciones
Nosocomiales
Identificar factores de
riesgo de las
Infecciones
Nosocomiales en
Unidades Hospitalarias
del Sistema de Salud
Estatal, reforzar e
implementar medidas
preventivas de calidad y
de Fomento Sanitario
que contribuyan a la
prevención y control de
las infecciones
nosocomiales.
295. Visitas de verificación a Unidades Hospitalarias.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
296. Dictaminación de las actas de verificación.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
297. Realizar acciones de fomento sanitario con los sectores público, privado y social para prevenir y controlar infecciones de tipo epidemiológico.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
298. Implementar un programa de capacitación al personal de unidades de atención médica en prevención y control de infecciones nosocomiales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
299. Llevar a cabo inspección y vigilancia aleatoria de las unidades hospitalarias del sector público, privado y social reportadas con casos de infecciones nosocomiales, para constatar el cumplimiento del tratamiento adecuado de acuerdo a la normatividad sanitaria vigente.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
300 Recopilar notificaciones de infecciones nosocomiales generadas por cada unidad de atención médica en la Entidad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
301. Realizar monitoreo ambiental.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
302. Toma y análisis de muestras ambientales.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Sanidad en
Productos
Agrícolas
Sanidad en
Productos
Agrícolas
Proteger a la población
de riesgos potenciales
microbiológicos y
fisicoquímicos presente
en frutas, verduras y
hortalizas.
303. Elaborar un censo de puntos de venta de frutas, verduras y hortalizas de los productos priorizados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
304. Seleccionar las localidades/establecimientos para implementar el programa de muestreo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
305. Toma y análisis de muestras de productos priorizados para la determinación de salmonella.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
306. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
307. Toma y análisis de muestras de productos priorizados para la determinación de plaguicidas organofosforados y organoclorados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
308. Captura de los resultados obtenidos en la base de datos de la Entidad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
309. Elaborar un programa de manejo de riesgo y seguimiento de conformidad con los resultados del muestreo.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
310. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgo con base en los lineamientos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Normativida
d
Certificación en la
norma ISO 9001-
2008 del
procedimiento de
atención al
usuario del
Centro Integral de
Servicios de la
Dirección de
Protección contra
Riesgos
Sanitarios.
Certificación del
procedimiento de
atención al usuario del
Centro Integral de
Servicios dependiente
de la Dirección de
Protección contra
Riesgos Sanitarios en la
Norma ISO 9001-2008,
para una atención más
eficiente al usuario,
mediante la mejora en
la calidad de los
servicios que se
prestan.
311. Realizar el rediseño en la estructura organizacional del Centro Integral de Servicios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
312. Gestionar la obtención de los requerimientos en tecnologías de la información y comunicación necesarios para el Centro Integral de Servicios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
313. Implementación del Sistema de Gestión de Calidad en el Centro Integral de Servicios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
314. Realizar la solicitud a la casa certificadora del inicio de los trabajos de Certificación del Procedimiento de Atención al Usuario del Centro Integral de Servicios.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Programa 6
Pasos de la
Salud
Programa 6 Pasos
de la Salud con
Prevención y
Saneamiento
Básico para las
Familias
Mexicanas
Programa 6 pasos de la
salud con prevención y
Saneamiento Básico
para las Familias
Mexicanas
315. Integrar un padrón de enlaces municipales e instituciones afines al programa para programar la capacitación en saneamiento básico.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
316. Realizar acciones de concertación y vinculación con Dependencias Estatales y con Presidentes Municipales a fin de dar a conocer el objetivo del programa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
317. Integrar un padrón de capacitadores de los 6 pasos en salud en saneamiento básico en cada jurisdicción y capacitarlos para la difusión del programa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
318 Elaborar un informe donde se prioricen los municipios que requieren intervención de saneamiento básico.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
319. Implementar encuestas en los municipios seleccionados en saneamiento básico.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
320. Elaborar e implementar un programa de capacitación que incluya a los enlaces municipales y representantes de las instituciones que, por sus actividades tengan contacto con la población y estén en posibilidades de replicar la información del programa de saneamiento básico a ésta.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
321. Elaboración de los informes de resultados de la implementación del programa de manejo de riesgos.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
322. Elaborar, resguardar y organizar un registro de evidencias documentales y/o fotográficas de las acciones de capacitación que se han llevado a cabo en el estado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Reducción
del riesgo
sanitario en
medicament
os caducos
Manejo y
Disposición Final
de Medicamentos
Caducos
Orientar a los
ciudadanos sobre el
manejo, conservación y
disposición adecuada
de medicamentos
caducos, no utilizados y/
o deteriorados con los
que cuenten en el
hogar, poniendo a su
alcance centros de
acopio a donde pueda
llevarlos para que sean
dispuestos de acuerdo a
las normas establecidas
evitando riesgos a la
salud humana y
coadyuvando al uso
racional de
medicamentos y a la
protección del ambiente
323. Elaborar, actualizar y revisar el Censo de los Centros de Acopio instalados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
324. Elaborar, actualizar y revisar el plan de difusión 2016 de Centros de Acopio instalados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
325. Llevar a cabo reuniones de vinculación y concertación con el sector público
y privado para fomentar la participación en el Programa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
326. Impresión de materiales para difusión del proyecto en la entidad federativa.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
327. Recolección y Procesamiento de los medicamentos caducos obtenidos de
los Centros de Acopio para el confinamiento final.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
328. Disposición final de los medicamentos caducos recolectados de los centros de acopio.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fortalecimie
nto de la Red
Nacional de
Laboratorios
Fortalecimiento
de la Red
Nacional de
Laboratorios
Fortalecimiento de la
capacidad analítica y
sistemas de gestión a
través de la
autorización.
329. Atender la demanda del marco analítico con enfoque de riesgos, establecido por la COFEPRIS, de acuerdo a las metas programadas para los proyectos incluidos en este convenio.
Fórmula del Indicador: (No. de determinaciones analizadas/No. de determinaciones programadas- ingresadas) X 100
Representa 4 reportes a lo largo del año
 
 
 
25%
 
 
50%
 
 
75%
 
100%
100%
330. Ampliar la Autorización de pruebas del marco analítico con enfoque de riesgos, aplicable al presente convenio.
Fórmula del Indicador: (No. de pruebas Autorizadas/No. de pruebas de MABG, MABE y MAR con enfoque de riesgos aplicable al presente convenio) X 100.
Nota: Las pruebas que se atienden con TA no se considerarán como aplicables al LESP (cuando su infraestructura sea limitada o no cuente con equipos especializados).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
331. Mantener vigente la autorización como Tercero Autorizado, que permita la atención de la demanda analítica aplicable a los proyectos incluidos en este convenio.
Indicador: Autorización vigente
Medio de verificación: Lista de TA publicada en portal web COFEPRIS.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
 
 
 
 
 
Meta Programada Mensual
 
 
 
Indicador de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
 
 
 
Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios= (Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios realizadas/Actividades de protección contra Riesgos Sanitarios programadas) x 100.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Meta Programada Mensual
 
 
 
Indicador de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de
Laboratorios
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
 
 
 
Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios= (Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios realizadas/Actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorio programadas) x 100.
.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Meta Programada Mensual
 
 
 
Indicador Global de cumplimiento
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
 
 
 
Cumplimiento global= Σ (Cumplimiento de actividades de Protección contra Riesgos Sanitarios*0.65), (Cumplimiento de actividades de Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios*0.35).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
 
Anexo 3 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos para Fortalecer la Ejecución y Desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y por la otra parte, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General, Carlos Raúl Alatorre Vallarino.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Administración y Finanzas, Mario Alberto Pacheco Ventura.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Nayarit, Jesús Pavel Plata Jarero.- Rúbrica.- El Director de Regulación Sanitaria, Edy Alberto García Gómez.- Rúbrica.
 

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