alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 30/08/2016
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo de destinos turísticos diversificados en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, que celebran la

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo de destinos turísticos diversificados en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de San Luis Potosí.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE DESARROLLO DE DESTINOS TURÍSTICOS DIVERSIFICADOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO REGIONAL TURÍSTICO SUSTENTABLE Y PUEBLOS MÁGICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL LIC. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, CON LA INTERVENCIÓN DEL LIC. RUBÉN GERARDO CORONA GONZÁLEZ, SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO, Y DEL MTRO. JOSÉ ÁNGEL DÍAZ REBOLLEDO, DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE DESTINOS; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. JUAN MANUEL CARRERAS LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ; ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C. ALEJANDRO LEAL TOVÍAS; EL SECRETARIO DE FINANZAS, C. JOSÉ LUIS UGALDE MONTES; EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS, C. LEOPOLDO STEVENS AMARO; EL SECRETARIO DE TURISMO, C. ARTURO ESPER SULAIMÁN; EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO, C. JOSÉ GABRIEL ROSILLO IGLESIAS; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.     De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.
2.     Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 25 de febrero de 2016, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo de Destinos Turísticos Diversificados, en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2016 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".
3.     En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos", sería por un importe de $9,196,991.33 (Nueve millones ciento noventa y seis mil novecientos noventa y un pesos 33/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Localidad
o Destino
Turístico
Tipo de
Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio
Autorizado
Aportación
Estatal
Total
1
San Luis
Potosí
Transferencia
de Tecnología
Programa de Transferencia de Tecnología para San Luis Potosí
$3,000,000.00
$2,000,000.00
$5,000,000.00
2
San Luis
Potosí
Equipamiento
Turístico
Iluminación Escénica, Ruta de la Procesión del Silencio y Rehabilitación de la Puerta lateral Josefina, Templo de Nuestra Señora del Carmen.
$2,530,324.67
$2,530,324.67
$5,060,649.34
3
San Luis
Potosí
Asistencia
Técnica y
servicios
relacionados
a las obras de
los proyectos
Elaboración de Proyectos Ejecutivos para el Desarrollo de la Actividad Turística en el Estado: San Luis Potosí, Ciudad Valles, Tamuín, Ciudad del Maíz y Santa María del Río.
$3,666,666.66
$2,333,333.34
$6,000,000.00
Totales
$9,196,991.33
$6,863,658.01
$16,060,649.34
 
4.     En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de $16 ´060,649.34 (Dieciséis millones sesenta mil seiscientos cuarenta y nueve pesos 34/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $6 ´863,658.01 (Seis millones ochocientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y ocho pesos 01/100 M.N.) adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR".
5.     Que con fecha 30 de mayo de 2016, mediante oficio No. ST/DPIA/SDPL/0747/2016, emitido por el Lic. Arturo Esper Sulaimán, Secretario de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" solicitó al Lic. Rubén Gerardo Corona González, en su carácter de Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico de "LA SECTUR", realizar una modificación respecto a los proyectos señalados en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al CONVENIO.
6.     El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.
7.     La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.6 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos para el ejercicio fiscal 2016".
8.     Con fecha 15 de julio de 2016, fue autorizada por el Comité Dictaminador del PRODERMAGICO la modificación de los proyectos, por medio de la cual en el Anexo 1 del Convenio se realicen los siguientes ajustes:
-     Disminución de recursos para el proyecto "Programa de Transferencia de Tecnología para San Luis Potosí" con un monto de $3 ´000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.), a $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
-     Separación del proyecto "Iluminación Escénica, Ruta de la Procesión del Silencio y Rehabilitación de la Puerta lateral Josefina, Templo de Nuestra Señora del Carmen" con un monto de $2 ´530,324.67 (Dos millones quinientos treinta mil trescientos veinticuatro pesos 67/100 M.N.), en dos proyectos: "Iluminación Escénica, Ruta de la Procesión del Silencio" por un
monto de $687,674.91 (Seiscientos ochenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro pesos 91/00 M.N.) y "Rehabilitación de la Puerta lateral Josefina, Templo de Nuestra Señora del Carmen" por un monto de $1'842,649.96 (Un millón ochocientos cuarenta y dos mil seiscientos cuarenta y nueve pesos 96/100 M.N.).
-     Cancelación del proyecto denominado "Elaboración de Proyectos Ejecutivos para el Desarrollo de la Actividad Turística en el Estado: San Luis Potosí, Ciudad Valles, Tamuín, Ciudad del Maíz y Santa María del Río" por un monto de $3 ´666,666.66 (Tres millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos 00/100 M.N.).
DECLARACIONES
I. De "LA SECTUR":
I.1 Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO; asimismo, se adiciona la declaración I.7 en los términos siguientes:
I.7    Que el licenciado Rubén Gerardo Corona González, en su carácter de Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, cuenta con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente CONVENIO, según se desprende de lo previsto en los artículos 3, apartado A, fracción I, 9, fracciones VIII, X y XXIII, y 11, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, IX, X, XI, XII, XVII, XVIII, XIX, XXV y XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
II. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
II.1 Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.
III. Comunes de "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
III.1 Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y adicionan las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:
III.3  "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes 5 y 8 del presente Convenio Modificatorio.
III.4  "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente 8 del presente Convenio Modificatorio.
III.5  La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación a los proyectos contenidos en el Anexo 1 y con ello, la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar el CONVENIO, las Cláusulas SEGUNDA y TERCERA; así como el Anexo 1; por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Las partes convienen en modificar la Cláusula SEGUNDA y TERCERA del CONVENIO; para que su texto íntegro quede de la siguiente manera:
SEGUNDA. MONTO DE LOS SUBSIDIOS AUTORIZADOS. El Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" y con cargo al presupuesto de ésta, ha determinado otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", por concepto de subsidios y dentro del marco programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos" (PRODERMAGICO) y el "Programa Especial Concurrente", un importe de $3 ´030,324.87 (Tres millones treinta mil trescientos veinticuatro pesos 87/100 M.N.) los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta
por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de
Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio
autorizado
1
Transferencia
de Tecnología
Programa de Transferencia de Tecnología para San Luis Potosí.
$500,000.00
2
Equipamiento
Turístico
Iluminación Escénica, Ruta de la Procesión del Silencio.
$687,674.91
3
Equipamiento
Turístico
Rehabilitación de la Puerta lateral Josefina, Templo de Nuestra Señora del Carmen.
$1'842.649.96
Importe total del subsidio otorgado
$3 ´030,324.87
 
TERCERA.- MONTO TOTAL COMPROMETIDO. Los recursos públicos destinados para los proyectos objeto del presente Convenio alcanzan un monto total de $7'560,649.74 (Siete millones quinientos sesenta mil seiscientos cuarenta y nueve pesos 74/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $4 ´530,324.87 (Cuatro millones quinientos treinta mil trescientos veinticuatro pesos 87/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR" conforme a lo establecido en la cláusula anterior.
A la firma del presente Convenio "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y "LA SECTUR" deberán comprometer el gasto por las cantidades establecidas en el presente instrumento jurídico, en términos del artículo 4, fracción XIV, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por lo tanto, el presente fungirá como documentación justificativa del compromiso de tales recursos y a la vez acreditará la suficiencia presupuestaria con que cuenta "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para iniciar los procedimientos de contratación necesarios para la ejecución de los proyectos que se refieren en la Cláusula SEGUNDA; en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y sus Reglamentos, según corresponda.
SEGUNDA. El Anexo que se menciona en las cláusulas modificadas en los términos de la cláusula anterior de este instrumento, se modifica de la misma manera y se agrega al presente Convenio Modificatorio como parte integrante de él.
TERCERA. Las partes acuerdan que con excepción de lo que expresamente se establece en este Convenio Modificatorio, el cual pasará a formar parte integrante del CONVENIO, las Cláusulas que no fueron modificadas continuarán vigentes en los términos y condiciones estipulados en el CONVENIO, por lo que éstas regirán y se aplicarán con toda su fuerza, subsistiendo plenamente todas las demás obligaciones y derechos contenidos en el mismo, salvo las modificaciones pactadas en este instrumento.
CUARTA. Cualquier duda que surgiese por la interpretación de este instrumento o sobre los asuntos que no estén expresamente previstos en el mismo, las partes se sujetarán en todo momento a lo establecido en el CONVENIO.
QUINTA. Este Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo de Destinos Turísticos Diversificados, celebrado el 25 de febrero de 2016; lo firman por duplicado de conformidad y para constancia, el día 15 de julio de 2016.- Por el Ejecutivo Federal, la SECTUR: el Titular de la Secretaría de Turismo, Enrique de la Madrid Cordero.- Rúbrica.- El Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, Rubén Gerardo Corona González.- Rúbrica.- El Director General de Gestión de Destinos, José Angel Díaz Rebolledo.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí: el Gobernador Constitucional del Estado, Juan Manuel Carreras López.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Alejandro Leal Tovías.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, José Luis Ugalde Montes.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas, Leopoldo Stevens Amaro.- Rúbrica.- El
Secretario de Turismo, Arturo Esper Sulaimán.- Rúbrica.- El Contralor General del Estado, José Gabriel Rosillo Iglesias.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 22/04/2024

DOLAR
17.2120

UDIS
8.128491

TIIE 28 DIAS
11.2450%

TIIE 91 DIAS
11.3926%

TIIE 182 DIAS
11.5498%

TIIE DE FONDEO
11.00%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024