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DOF: 30/08/2016
CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran la Secretaría de Salud y el Ejecutivo del Distrito Federal

CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran la Secretaría de Salud y el Ejecutivo del Distrito Federal.

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA UNIDADES MEDICAS MOVILES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. EDUARDO GONZALEZ PIER, SUBSECRETARIO DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL DR. ALBERTO JONGUITUD FALCON, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR EL LIC. EMILIO CRUZ TOMAS RIVAS CERVANTES, DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE CARAVANAS DE LA SALUD, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL DISTRITO FEDERAL, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL EJECUTIVO DEL DF", REPRESENTADO POR EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL Y EL DR. JOSE ARMANDO AHUED ORTEGA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, A QUIENES CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.        Con fecha 28 de febrero de 2013, "EL EJECUTIVO DEL DF" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "EL EJECUTIVO DEL DF" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B, de la Ley General de Salud.
II.       Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula TERCERA de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que en cada uno de ellos se determine por "EL EJECUTIVO DEL DF", el titular de la Secretaría de Salud y Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, el titular de la Secretaría de Gobierno, el titular de la Secretaría de Finanzas, el titular de la Secretaría de Obras y Servicios y el titular de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, el Comisionado Nacional de Protección Social en Salud, el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el Comisionado Nacional contra las Adicciones, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.
III.      El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, plantea en su Meta Nacional II. México Incluyente (VI.2.), que para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, pondrá especial énfasis en proveer una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud a todos los mexicanos y evite que problemas inesperados de salud o movimientos de la economía, sean un factor determinante en su desarrollo; para lo cual en su Objetivo 2.3. Asegurar el acceso a los servicios de salud, prevé diversas Estrategias y Líneas de acción orientadas a su cumplimiento.
IV.      Que el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) prevé dentro de su Objetivo 2 "Asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad", que el Estado deberá instrumentar todas las herramientas a su alcance para que la población acceda a una atención integral con calidad técnica e interpersonal, sin importar su sexo, edad, lugar de residencia o condición laboral, así como que se deberán abordar temas de ampliación de infraestructura y otras modalidades de servicios médicos, especialmente en las localidades más aisladas y dispersas. Para tales efectos, se establece como estrategia, crear redes integradas de servicios de salud interinstitucionales, en la que se consideran las líneas de acción relativas a reforzar las redes de servicios y procesos para la detección oportuna, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, así como ampliar la red de atención a través de unidades móviles en regiones de alta marginación y dispersión poblacional.
         Asimismo, el PROSESA, en su Objetivo 5 Asegurar la generación y el uso efectivo de los recursos en salud, plantea entre otras estrategias como forma diferente de manejar los recursos para obtener mejores resultados en salud; el establecer una planeación y gestión interinstitucional de recursos (infraestructura y equipamiento) para la salud.
V.       Que el Programa Unidades Médicas Móviles forma parte del objetivo de "Asegurar el acceso a los
servicios de salud" previsto en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ampliar la oferta de servicios de salud a la población que habita en localidades de menor índice de desarrollo humano, alta y muy alta marginación, con dispersión poblacional y geográfica, sin acceso o dificultades para obtener atención médica, y localidades de los municipios de la Cruzada Nacional contra el Hambre, mediante equipos itinerantes de salud y unidades médicas móviles que ofrecen servicios de prevención y promoción del cuidado de la salud, basado en criterios de calidad, anticipación, integralidad, inclusión y resolutividad.
DECLARACIONES
I. De "LA SECRETARIA":
1.       Que el Dr. Eduardo González Pier, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 apartado A, 8 fracción XVI y 9, fracciones II, IV, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como en lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010; cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
2.       Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES), se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARIA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad, así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, III, V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
3.       Que entre los objetivos del Programa Unidades Médicas Móviles, se encuentran el instrumentar todas las acciones conducentes en la identificación de la población objetivo, la definición de rutas y localidades donde transiten las unidades médicas móviles, la contratación del personal operativo del Programa en las entidades federativas y prestar los servicios de salud a la población objetivo del mismo, todo ello conforme los criterios establecidos en las Reglas de Operación del Programa Unidades Médicas Móviles para el ejercicio fiscal 2015, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 27 de diciembre de 2014.
4.       Que cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico.
5.       Que para efectos del presente Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 7 de la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en México, Distrito Federal.
II. De "EL EJECUTIVO DEL DF":
1.       La Secretaría de Finanzas es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal de conformidad con los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal: 1o. 2o. 3o. fracciones I y VIII, 15 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, a la que le corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo de las políticas de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuestación y evaluación del gasto público del Distrito Federal y cuenta con atribuciones para elaborar el Programa Operativo de la Administración Pública del Distrito Federal, para la ejecución del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, determinar recaudar y cobrar los ingresos federales coordinados con base en las leyes convenios de coordinación de acuerdos que rijan la materia, representar en toda clase de procedimientos judiciales o administrativos los intereses de la hacienda pública del Distrito Federal y los que deriven de las funciones operativas inherentes a los acuerdos con el Ejecutivo Federal en materia de ingresos federales coordinados con fundamento en el artículo 30 fracciones I, VI y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
2.       El Secretario de Finanzas Lic. Edgar Abraham Amador Zamora acredita su personalidad mediante nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2012 otorgado a su favor el Dr. Miguel Angel Mancera Espinosa, Jefe del Gobierno del Distrito Federal y se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración de conformidad con los artículos 16 fracción IV, 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26 fracción XVI del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal.
3.       Que el Secretario de Salud del Distrito Federal y Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal asiste a la suscripción del presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 16 fracción IV, 29, 54 fracción I, 71 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 14 fracciones IX y XIV, cargos que quedaron debidamente acreditados en "EL ACUERDO MARCO" con los nombramientos de fecha 5 de diciembre de 2012, expedidos a sus favor por el Dr. Miguel Angel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, mismos que se adjuntan al presente instrumento.
4.       Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población objetivo del Programa, que se especifica en el Anexo 6 del presente instrumento jurídico.
5.       Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en el número 23 de la calle Altadena, primer piso, Colonia poles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, en México Distrito Federal.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las Reglas de Operación del Programa Unidades Médicas Móviles para el ejercicio fiscal 2015, publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 27 de diciembre de 2014.
Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico de Colaboración al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración y sus Anexos tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "EL EJECUTIVO DEL DF" para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-agosto) y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de 10 (diez) unidades médicas móviles y el aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que ampare a 11 (once) unidades médicas móviles del Programa Unidades Médicas Móviles en el Distrito Federal, y coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, de conformidad con el presente instrumento jurídico y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "EL EJECUTIVO DEL DF" y "LA SECRETARIA"; así como los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
Los recursos presupuestarios que transfiere "LA SECRETARIA", se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
CONCEPTO
IMPORTE
"PROGRAMA UNIDADES MEDICAS MOVILES"
$4'993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.).
 
El importe que se transferirá a "EL EJECUTIVO DEL DF" para la operación del concepto a que se refiere el cuadro anterior se precisa en el Anexo 1, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio Específico de Colaboración, "LAS PARTES" se sujetarán a lo establecido en sus Cláusulas y sus correspondientes Anexos, al contenido de "EL ACUERDO MARCO", así como a las demás disposiciones jurídicas y normativas aplicables.
SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARIA" con cargo a su presupuesto para el ejercicio fiscal 2015 transferirá a "EL EJECUTIVO DEL DF" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad $4'993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), de acuerdo con los
plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio Específico de Colaboración.
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior, se radicarán a través de la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF", en la cuenta bancaria productiva, única y específica que ésta establezca para tal fin. Para los efectos anteriores, la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF", deberá remitir la documentación complementaria correspondiente relativa a la apertura de dicha cuenta, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, con la finalidad de que los recursos transferidos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez que sean radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF", ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora. La no transferencia de los recursos en el plazo establecido se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y podrá ser causa de reintegro de los recursos transferidos con los rendimientos financieros obtenidos a la Tesorería de la Federación.
Para los efectos del párrafo anterior, la Unidad Ejecutora deberá, previamente aperturar una cuenta bancaria productiva, única y específica para cada Convenio Específico de Colaboración que se suscriba.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio Específico de Colaboración no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
El control y la fiscalización de los recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas a través de este Programa quedarán a cargo de las autoridades federales y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Cuando las autoridades federales o locales que en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, conozcan que los recursos federales señalados no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente convenio, deberán hacerlo del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública en forma inmediata y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
"EL EJECUTIVO DEL DF" deberá sujetarse a los siguientes parámetros para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios federales transferidos.
PARAMETROS
"LA SECRETARIA" vigilará, por conducto de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula SEGUNDA, sean destinados únicamente para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-agosto)a través de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y realizar los gastos que se deriven de la operación de 10 (diez) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que ampare a 11 (once) unidades médicas móviles del Programa en el Distrito Federal, unidades médicas móviles otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARIA" y "EL EJECUTIVO DEL DF", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, y por el monto a que se refiere la Cláusula PRIMERA, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:
a)       La DGPLADES transferirá los recursos presupuestarios federales asignados a "EL EJECUTIVO DEL DF" a efecto de que sean aplicados específicamente para realizar los gastos que se deriven de la operación de 10 (diez) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que ampare a 11 (once) unidades médicas móviles del Programa en el Distrito Federal, y conceptos citados en la Cláusula PRIMERA del presente instrumento jurídico, sin intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "EL EJECUTIVO DEL DF" para cumplir con el Programa Unidades Médicas Móviles, que determine esta última, sin interferir de forma alguna en el procedimiento constructivo y mecanismo de supervisión externo que defina "EL EJECUTIVO DEL DF" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el
cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "EL EJECUTIVO DEL DF".
         La DGPLADES de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria podrá apoyar a "EL EJECUTIVO DEL DF" con recursos para cubrir la contratación del seguro de las unidades médicas móviles otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre "LA SECRETARIA" y "EL EJECUTIVO DEL DF", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, conforme a lo establecido en el párrafo anterior, deberá apegarse a los lineamientos que se emiten por "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES mediante oficio y deberán incluirse la totalidad de unidades médicas móviles que se han entregado en comodato al Distrito Federal: Unidades médicas móviles Tipo 0, de supervisión y de sustitución, así como las unidades médicas móviles tipo 1, 2 y 3, y dicho aseguramiento deberá comprender a los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, y con cobertura en casos de desastres naturales, y deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación, con la finalidad de que en caso de accidentes o percances en los que se determine la pérdida total de la unidad, se proceda al pago de ésta, y el cheque se expida a favor de Tesorería de la Federación.
         Asimismo, el pago de emplacamiento, tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles, deberá ser realizado con recursos propios del Distrito Federal.
b)       La DGPLADES considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al programa que se establezca para este fin con "EL EJECUTIVO DEL DF", conforme al programa de visitas establecido en el Anexo 12 de este instrumento jurídico, el cual se agrega al presente y forma parte integrante de su contexto, a efecto de observar la correcta operación del Programa Unidades Médicas Móviles, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a la DGPLADES, los informes de rendimientos financieros (conforme al Anexo 10 de este instrumento jurídico), los estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias; asimismo solicitará a "EL EJECUTIVO DEL DF" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se detalla en el Anexo 4, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto, mediante el cual se detallan las erogaciones del gasto, y por el que "EL EJECUTIVO DEL DF" sustenta y fundamenta la correcta aplicación de los recursos transferidos citados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento jurídico.
c)       La DGPLADES podrá en todo momento supervisar y verificar a "EL EJECUTIVO DEL DF" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "EL EJECUTIVO DEL DF" en virtud de este Convenio Específico de Colaboración y podrá solicitar a este último la comprobación fiscal que sustente y fundamente el ejercicio de los recursos citados en la Cláusula SEGUNDA del presente instrumento jurídico. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
d)       La DGPLADES aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informará a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARIA" y ésta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el caso o casos en que los recursos presupuestarios no hayan sido aplicados por "EL EJECUTIVO DEL DF" para los fines objeto del presente Convenio Específico de Colaboración de conformidad con el Anexo 3, o bien, en contravención a sus Cláusulas, ocasionando como consecuencia, proceder a su reintegro al Erario Federal (Tesorería de la Federación) dentro de los 15 días naturales siguientes al en que los requiera "LA SECRETARIA", así como la suspensión de la ministración de recursos a "EL EJECUTIVO DEL DF", en términos de lo establecido en la Cláusula DECIMA de "EL ACUERDO MARCO", y de que notifique a las autoridades competentes en términos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente Convenio.
e)       Los recursos presupuestarios federales que se compromete a transferir mediante el presente instrumento jurídico, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
TERCERA.- OBJETIVOS E INDICADORES DE DESEMPEÑO Y SUS METAS.- Los recursos presupuestarios que comprendan la ejecución de los recursos transferidos al Programa, a través de las diversas fuentes de financiamiento federales que transfiere el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA
SECRETARIA" a través de la DGPLADES, a que se refiere la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración, se aplicarán al concepto a que se refiere la Cláusula PRIMERA del mismo, los cuales tendrán los objetivos, metas e indicadores del desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Otorgar servicios de salud, de acuerdo con el CAUSES que se detalla en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico, a la población que no tiene acceso a los servicios de salud, y que habita en las localidades descritas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración a través del Programa Unidades Médicas Móviles, a cargo de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
META: Atender a la población de las localidades mencionadas en el Anexo 6 de este Convenio Específico de Colaboración.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 7 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "EL EJECUTIVO DEL DF" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
CUARTA.- APLICACION.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere "LA SECRETARIA", que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-agosto), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de 10 (diez) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a 11 (once) unidades médicas móviles del Programa en el Distrito Federal, por parte de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieren vía "Subsidios", se devengan conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y deberán ser registrados por "EL EJECUTIVO DEL DF" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestales federales transferidos a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este Convenio Específico de Colaboración, deberán destinarse al programa previsto en la Cláusula PRIMERA de este Convenio Específico de Colaboración.
"EL EJECUTIVO DEL DF" presentará un informe detallado de los rendimientos financieros generados y el seguimiento de su ejercicio deberá hacerse mediante el formato de certificación de gasto conforme a los Anexos 4 y 10, los cuales forman parte del contexto del presente Convenio Específico de Colaboración.
"EL EJECUTIVO DEL DF" una vez cumplido el objeto del presente Convenio Específico de Colaboración, deberá de reintegrar al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días siguientes a dicho cumplimiento, los saldos no utilizados de los recursos presupuestarios federales que se hayan transferido, así como los rendimientos financieros generados y que no hayan sido aplicados y comprobados de conformidad con la Cláusula PRIMERA y lo dispuesto en la presente Cláusula.
QUINTA.- GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 8 del presente Convenio Específico de Colaboración, quedan a cargo de "EL EJECUTIVO DEL DF".
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "EL EJECUTIVO DEL DF".- "EL EJECUTIVO DEL DF" adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a:
I.        La Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, serán las unidades responsables ante "LA SECRETARIA" y enlaces para la adecuada ejecución y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico; y vigilarán el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto; y conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.
II.       Aplicar los recursos presupuestarios federales y sus rendimientos financieros a que se refiere la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico en el concepto establecido en la Cláusula PRIMERA del mismo, sujetándose a los objetivos e indicadores de desempeño y sus metas previstos en la Cláusula TERCERA de este instrumento jurídico, por lo que se hace responsable del uso, aplicación, comprobación y destino de los citados recursos.
III.      Remitir en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones que se detallan en el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, por conducto de la
Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF" a "LA SECRETARIA", a través de la DGPLADES, los documentos en el formato "comprobantes fiscales digitales por internet" (CFDI) que acrediten la recepción de dichas ministraciones.
         Asimismo, se compromete a mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARIA" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o los órganos fiscalizadores competentes de la Secretaría de la Función Pública, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
         La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio Específico de Colaboración, deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, como son entre otros los dispuestos por los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (salvo casos de excepción establecidos en la legislación de la materia), los cuales deberán expedirse a nombre de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), conceptos de pago, etc.
IV.      En los casos que las legislaciones locales así lo determinen y/o por acuerdo de la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF" con la Unidad Ejecutora, la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF" deberá ministrar íntegramente a la Unidad Ejecutora los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente instrumento jurídico y sus rendimientos financieros, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a que sean radicados dichos recursos en la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF" por parte de "LA SECRETARIA" a efecto de que la Unidad Ejecutora, esté en condiciones de iniciar las acciones para dar cumplimiento al objeto que hace referencia la Cláusula Primera de este Convenio Específico de Colaboración.
         Los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados en la Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO DEL DF", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última no sean ejercidos en los términos de este Convenio Específico de Colaboración, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes en que los requiera "LA SECRETARIA".
V.       Informar de manera trimestral, dentro de los quince primeros días siguientes al trimestre que se reporta, a "LA SECRETARIA" a través de la DGPLADES, los rendimientos financieros con base en los estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme al Anexo 10, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
VI.      Reportar y dar seguimiento trimestralmente, dentro de los quince primeros días de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al 2015 y enero del siguiente año, sobre el avance en el cumplimiento de objetivos e indicadores de desempeño y sus metas, previstos en la Cláusula Tercera de este Convenio Específico de Colaboración, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento jurídico, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
VII.     Los recursos humanos que requiera para la ejecución del objeto del presente instrumento jurídico, quedarán bajo su absoluta responsabilidad jurídica y administrativa, y no existirá relación laboral alguna entre éstos y "LA SECRETARIA", por lo que en ningún caso se entenderá como patrón sustituto o solidario.
VIII.    La Secretaría de Salud y/o Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, realizarán los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2015 (enero-agosto), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARIA", y de conformidad con el Anexo 9, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
IX.      Informar a "LA SECRETARIA" sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "EL EJECUTIVO DEL DF" para la operación del Programa a través del presente instrumento jurídico, mediante el formato descrito en el Anexo 11, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta,
conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas aperturadas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a la DGPLADES dentro de los 30 días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
X.       Mantener actualizados los indicadores para resultados de los recursos presupuestarios federales transferidos, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
XI.      Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XII.     Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico de Colaboración, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "EL EJECUTIVO DEL DF".
XIII.    Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
XIV.    Así como las demás obligaciones que se establezcan a cargo de "EL EJECUTIVO DEL DF" dentro de "EL ACUERDO MARCO" que le aplique en función de la naturaleza de los recursos radicados en el presente Convenio Específico de Colaboración.
SEPTIMA.- OBLIGACIONES DE "LA SECRETARIA":
I.        Realizar las gestiones necesarias a través de la DGPLADES, ante la instancia correspondiente, a efecto de que se transfieran "vía subsidios" a "EL EJECUTIVO DEL DF" los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo primero de la Cláusula SEGUNDA del presente Convenio Específico de Colaboración de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
II.       Dar seguimiento, a través de la DGPLADES, documentalmente mediante el formato de certificación de gasto, conforme el Anexo 4 e informes, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto al que son destinados en este instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "EL EJECUTIVO DEL DF".
III.      Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "EL EJECUTIVO DEL DF" para cumplir con el objeto para el cual son destinados los recursos presupuestarios federales transferidos.
IV.      A través de la DGPLADES, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al programa que se establezca para este fin con "EL EJECUTIVO DEL DF", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 12 de este instrumento jurídico, el cual forma parte integrante de su contexto.
V.       Solicitar, a efecto de cumplir con lo dispuesto por las disposiciones jurídicas aplicables, la entrega del informe de actividades de los avances en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, el reporte de cumplimiento de metas e indicadores de resultados a través del formato de indicadores de desempeño de prestación de servicios (Anexo 7), así como dar seguimiento al ejercicio de los recursos con base en los estados de cuenta bancarios, conciliaciones bancarias y rendimientos financieros, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme al formato establecido en el Anexo 10, así como también a través del formato de certificación de gasto conforme al Anexo 4, que sustenten y fundamenten la aplicación de los recursos a "EL EJECUTIVO DEL DF".
         La documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales que se transfieren, deberá cumplir con los requisitos fiscales que señala la normativa vigente, misma que deberá expedirse a nombre de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, estableciendo domicilio, Registro Federal de Contribuyentes, conceptos de pago, etc.
VI.      Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública Federales, a la Auditoría Superior de la Federación y la Contraloría General del Distrito Federal, el caso o casos en que los recursos presupuestarios federales, no hayan sido aplicados por "EL EJECUTIVO DEL DF" para los fines que en este instrumento jurídico se determinan, ocasionando como consecuencia el reintegro y la suspensión de la ministración de recursos a "EL EJECUTIVO DEL DF", en términos de lo establecido en la Cláusula DECIMA de "EL ACUERDO MARCO".
 
VII.     Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico de Colaboración.
VIII.    Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "EL EJECUTIVO DEL DF", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
IX.      El control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico sean transferidos, corresponderá a "LA SECRETARIA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública, y a la Auditoría Superior de la Federación, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Contraloría General del Distrito Federal.
X.       Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XI.      Difundir en la página de Internet de la DGPLADES, el Programa Unidades Médicas Móviles y los recursos transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
XII.     Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
OCTAVA.- VIGENCIA.- El presente Convenio Específico de Colaboración comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARIA" y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.
NOVENA.- MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECIFICO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico de Colaboración podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DECIMA.- CAUSAS DE TERMINACION.- El presente Convenio Específico de Colaboración podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I.        Por el cumplimiento del objeto para el que fue celebrado.
II.       Por acuerdo de "LAS PARTES".
III.      Por caso fortuito o fuerza mayor.
IV.      Por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
V.       Cuando se determine que los recursos presupuestarios federales se utilizaron para fines distintos a los previstos en el presente instrumento jurídico.
VI.      Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "LA SECRETARIA".
DECIMA PRIMERA.- CLAUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico de Colaboración deriva de "EL ACUERDO MARCO" a que se hace referencia en el apartado de Antecedentes de este instrumento jurídico, las Cláusulas que le sean aplicables atendiendo la naturaleza del recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento jurídico como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente Convenio Específico de Colaboración.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico de Colaboración, lo firman por cuadruplicado.- Por el Ejecutivo del DF a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la Secretaría a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Eduardo González Pier.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alberto Jonguitud Falcón.- Rúbrica.- El Director General Adjunto de Caravanas de la Salud, Emilio Cruz Tomás Rivas Cervantes.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del DF: el Secretario de Finanzas, Edgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud Pública, José Armando Ahued Ortega.- Rúbrica.
 
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACION
EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
CAPITULO DE GASTO
APORTACION
FEDERAL
APORTACION ESTATAL
TOTAL 2015
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$4,993,245.12
$0.00
$4,993,245.12
TOTAL
$4,993,245.12
$0.00
$4,993,245.12
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa de Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 2
CALENDARIO DE MINISTRACION DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
CONCEPTO
ENE.
FEB.
MAR.
ABR.
MAY.
JUN.
JUL.
AGO.
SEPT.
OCT.
NOV.
DIC.
TOTAL 2015
4000   "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
43801  "Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.
 
 
$4,993,245.12
 
 
 
 
 
 
 
 
 
$4,993,245.12
ACUMULADO
 
 
$4,993,245.12
 
 
 
 
 
 
 
 
 
$4,993,245.12
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa de Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 3
DISTRIBUCION DEL GASTO POR CAPITULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
ASEGURAMIENTO DE 11 UMM CON GASTOS DE
OPERACION PARA 10 UMM
TOTAL 2015
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$4,414,245.12
3700 "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIATICOS"
$314,000.00
34501 "SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES"
$265,000.00
TOTAL
$4,993,245.12
 
El uso de los recursos económicos para la contratación de seguro de las UMM deberá apegarse a los
lineamientos que se emiten por oficio y deben incluirse la totalidad de UMM que se han entregado en
comodato a la Entidad: UMM Tipo 0, además de las de supervisión y de sustitución, así como las
UMM, tipo 1, 2 y 3.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa de Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
 
 
ANEXO 5
CATALOGO UNICO DE SERVICIOS DE SALUD 2015
Consecutivo
No. de
intervención
según
CAUSES
2015
Intervención
1
1
Vacunación contra tuberculosis (BCG)
2
2
Vacunación contra hepatitis b (HB) menores de 14 años
3
3
Administración de vacuna pentavalente (DPT, HB, HIB)
4
4
Vacunación contra rotavirus
5
5
Vacunación contra neumococo conjugado (heptavalente)
6
6
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional) menores de 14 años y grupos de riesgo
7
7
Vacunación contra sarampión, parotiditis y rubéola (SRP)
8
8
Vacunación contra difteria, tos ferina y tétanos (DPT)
9
9
Vacunación contra poliomielitis (Sabin)
10
10
Vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH)
11
11
Vacunación contra hepatitis b (HB) mayores de 14 años
12
12
Vacunación contra sarampión y rubéola (SR)
13
13
Vacunación contra tétanos y difteria (TD)
14
14
Vacunación contra el neumococo para el adulto mayor
15
15
Vacunación profiláctica contra influenza (gripe estacional) para mayores de 60 años sin patologías asociadas
16
16
Acciones preventivas para recién nacido
17
17
Acciones preventivas para menores de 5 años
18
18
Acciones preventivas para niñas y niños de 5 a 9 años
19
19
Detección precoz de los trastornos de la conducta alimentaria
20
20
Acciones preventivas para adolescentes de 10 a 19 años
21
21
Acciones preventivas para mujeres de 20 a 59 años
22
22
Acciones preventivas para hombres de 20 a 59 años
23
23
Examen médico completo para mujeres de 40 a 59 años
24
24
Examen médico completo para hombres de 40 a 59 años
25
25
Prevención y atención a violencia familiar y de género
26
26
Acciones preventivas para adultos mayores de 60 años en adelante
27
27
Otras acciones de promoción a la salud y prevención de riesgos
28
28
Diagnóstico y tratamiento de anemia ferropriva y por deficiencia de vitamina b12
29
29
Diagnóstico y tratamiento por deficiencia de vitamina A
30
30
Diagnóstico y tratamiento de escarlatina
31
31
Diagnóstico y tratamiento de sarampión, rubéola y parotiditis
32
32
Diagnóstico y tratamiento de varicela
33
33
Diagnóstico y tratamiento de faringoamigdalitis aguda
34
34
Diagnóstico y tratamiento de tos ferina
35
35
Diagnóstico y tratamiento de otitis media no supurativa
36
36
Diagnóstico y tratamiento de rinofaringitis aguda
37
37
Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis
38
38
Diagnóstico y tratamiento de rinitis alérgica y vasomotora
39
39
Diagnóstico y tratamiento de dengue clásico
40
40
Diagnóstico y tratamiento de síndrome diarreico agudo
41
41
Diagnóstico y tratamiento de fiebre paratifoidea y otras salmonelosis
42
42
Diagnóstico y tratamiento de fiebre tifoidea
43
43
Diagnóstico y tratamiento del herpes zóster
44
44
Diagnóstico y tratamiento de candidiasis oral
45
45
Diagnóstico y tratamiento de gonorrea
46
46
Diagnóstico y tratamiento de infecciones por chlamydia (incluye tracoma)
47
47
Diagnóstico y tratamiento de trichomoniasis
48
48
Diagnóstico y tratamiento de sífilis precoz y tardía
49
49
Diagnóstico y tratamiento de cistitis
50
50
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis aguda
51
51
Diagnóstico y tratamiento de vulvitis aguda
 
52
52
Diagnóstico y tratamiento de chancro blando
53
53
Diagnóstico y tratamiento de herpes genital
54
54
Diagnóstico y tratamiento de amebiasis
55
55
Diagnóstico y tratamiento de anquilostomiasis y necatoriasis
56
56
Diagnóstico y tratamiento de ascariasis
57
57
Diagnóstico y tratamiento de enterobiasis
58
58
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de equinococosis
59
59
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de esquistosomiasis
60
60
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de estrongiloidiasis
61
61
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de filariasis
62
62
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de giardiasis
63
63
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de teniasis
64
64
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de tricuriasis
65
65
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de triquinosis
66
66
Diagnóstico y tratamiento farmacológico de brucelosis
67
67
Diagnóstico y tratamiento escabiosis
68
68
Diagnóstico y tratamiento de pediculosis y phthiriasis
69
69
Diagnóstico y tratamiento de micosis superficiales
70
70
Diagnóstico y tratamiento de onicomicosis
71
71
Diagnóstico y tratamiento de erisipela y celulitis
72
72
Diagnóstico y tratamiento de procesos infecciosos de rezago (paludismo, ricketsiosis, lepra, enfermedad de chagas, leishmaniasis, oncocercosis)
73
73
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis alérgica y de contacto
74
74
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis atópica
75
75
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis de contacto por irritantes
76
76
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis del pañal
77
77
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis exfoliativa
78
78
Diagnóstico y tratamiento de dermatitis seborreica
79
79
Diagnóstico y tratamiento de verrugas vulgares
80
80
Diagnóstico y tratamiento del acné
81
81
Diagnóstico y tratamiento de infección aguda por virus de la hepatitis a y b
82
82
Diagnóstico y tratamiento de gastritis aguda, duodenitis y dispepsia
83
83
Diagnóstico y tratamiento del síndrome de intestino irritable
84
84
Diagnóstico y tratamiento de prediabetes y diabetes mellitus tipo 2
85
85
Diagnóstico y tratamiento de hipertensión arterial
86
86
Diagnóstico y tratamiento conservador de artrosis erosiva y poliartrosis no especificada
87
87
Diagnóstico y tratamiento de lumbalgia
88
88
Atención por algunos signos, síntomas y otros factores que influyen en el estado de salud
89
89
Método de planificación familiar temporal con anticonceptivos hormonales
90
90
Consejo y asesoramiento general sobre anticoncepción mediante el uso del condón
91
91
Método de planificación familiar temporal con dispositivo intrauterino
92
92
Atención prenatal en el embarazo
93
95
Diagnóstico y tratamiento de dismenorrea primaria
94
96
Diagnóstico y tratamiento del climaterio y menopausia
95
97
Diagnóstico y tratamiento trastornos benignos de la mama
96
98
Diagnóstico y tratamiento de hiperplasia endometrial
97
99
Diagnóstico y tratamiento de vaginitis subaguda y crónica
98
100
Diagnóstico y tratamiento de endometriosis
99
101
Diagnóstico y tratamiento de uretritis y síndrome uretral
100
102
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de bajo grado
101
103
Diagnóstico y tratamiento de lesiones escamosas intraepiteliales de alto grado
102
104
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición leve, moderada y severa
103
105
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo kwashiorkor
104
106
Diagnóstico y tratamiento de desnutrición severa tipo marasmo
105
107
Diagnóstico y tratamiento de secuelas de desnutrición
106
108
Diagnóstico y tratamiento médico del sobrepeso y obesidad en niños y adolescentes
 
107
109
Diagnóstico y tratamiento de laringotraqueitis aguda
108
110
Diagnóstico y tratamiento de otitis media supurativa
109
111
Diagnóstico y tratamiento de sinusitis aguda
110
112
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en adultos
111
113
Diagnóstico y tratamiento del asma y sus exacerbaciones en menores de 18 años
112
114
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis (TAES)
113
115
Diagnóstico y tratamiento de tuberculosis farmacorresistente (TAES)
114
116
Diagnóstico y tratamiento de psoriasis
115
117
Diagnóstico y tratamiento de esofagitis por reflujo
116
118
Diagnóstico y tratamiento de úlcera gástrica y péptica crónica no perforada
117
119
Diagnóstico y tratamiento de dislipidemia
118
120
Diagnóstico y tratamiento de hipertiroidismo
119
121
Diagnóstico y tratamiento de crisis tirotóxica
120
122
Diagnóstico y tratamiento de hipotiroidismo
121
123
Diagnóstico y tratamiento de diabetes mellitus tipo 1
122
124
Diagnóstico y tratamiento de insuficiencia cardiaca
123
125
Diagnóstico y tratamiento de osteoporosis
124
126
Diagnóstico y tratamiento de hiperuricemia y gota
125
127
Diagnóstico y tratamiento de artritis reumatoide
126
131
Diagnóstico y tratamiento ambulatorio de epilepsia y crisis convulsivas
127
132
Diagnóstico y tratamiento médico de enfermedad de Parkinson
128
135
Diagnóstico y tratamiento de parálisis facial
129
136
Prevención y detección temprana de adicciones (consejería)
130
137
Prevención de caries dental
131
138
Aplicación de selladores de fosetas y fisuras dentales
132
139
Restauraciones dentales con amalgama, ionómero de vidrio y resina, por caries o fractura de los dientes
133
140
Diagnóstico y tratamiento de focos infecciosos bacterianos agudos en la cavidad bucal
134
141
Extracción de dientes erupcionados y restos radiculares
135
142
Terapia pulpar
136
143
Extracción de tercer molar
137
145
Estabilización en urgencias por crisis hipertensiva
138
146
Estabilización en urgencias del paciente diabético con cetoacidosis
139
147
Manejo en urgencias del síndrome hiperglucémico hiperosmolar no cetósico
140
148
Estabilización en urgencias por angina de pecho
141
158
Diagnóstico y tratamiento de intoxicación aguda alimentaria
142
159
Manejo de mordedura y prevención de rabia en humanos
143
160
Extracción de cuerpos extraños
144
161
Curación y suturas de lesiones traumáticas de tejidos blandos
145
163
Manejo en urgencias de quemaduras de primer grado
146
165
Diagnóstico y tratamiento de esguince de hombro
147
166
Diagnóstico y tratamiento de esguince de codo
148
167
Diagnóstico y tratamiento de esguince de muñeca y mano
149
168
Diagnóstico y tratamiento conservador de esguince de rodilla
150
169
Diagnóstico y tratamiento de esguince de tobillo y pie
151
182
Atención del parto y puerperio fisiológico
152
186
Atención del recién nacido
153
207
Diagnóstico y tratamiento de insuficiencia cardiaca aguda y del edema agudo pulmonar
154
216
Diagnóstico y tratamiento de diabetes gestacional
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 6
RUTAS 2015
DISTRITO FEDERAL:   PROGRAMA UNIDADES MEDICAS MOVILES, 2015
                                No. de unidades: 4 UMM-0, 1 UMM-1, 3 UMM-2 y 2 UMM-3.
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Población
Objetivo
Personal
Jornada
de la
Unidad
Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la
UMM
Tipo de
UMM y año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para las
Tipo 0)
Unidad de 2o. Nivel (Emergencias Obstétricas)
Clave
Nombre
Clave
Nombre Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
DFSSA017990
Caravana de la Salud 1 Guadalupe del Moral
UMM-2, 2007
007
Iztapalapa
0900700010538026
Polvorilla
3,265
Médico,
Odontólogo,
Enfermera,
Promotor
Polivalente y
Chofer
8:00 a
17:00 Hrs.
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA017990
Caravana de la Salud 1 Guadalupe del Moral
UMM-2, 2007
007
Iztapalapa
0900700010538001
Ampliación Polvorilla
5,222
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA017990
Caravana de la Salud 1
UMM-2, 2007
1
 
2
8,487
4
 
 
 
1
1
DFSSA018002
Caravana de la Salud 2 San Miguel Teotongo
UMM-2, 2007
007
Iztapalapa
0900700013134033
San Miguel Teotongo (Rancho Avisadero)
923
Médico,
Odontólogo,
Enfermera,
Promotor
Polivalente y
Chofer
8:00 a
17:00 Hrs.
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018002
Caravana de la Salud 2 San Miguel Teotongo
UMM-2, 2007
007
Iztapalapa
0900700015037002
Ampliación Emiliano Zapata
1,017
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018002
Caravana de la Salud 2 San Miguel Teotongo
UMM-2, 2007
007
Iztapalapa
0900700012653020
Torres Mercedes
2,396
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018002
Caravana de la Salud 2 San Miguel Teotongo
UMM-2, 2007
1
 
3
4,336
4
 
 
 
1
1
DFSSA018014
Caravana de la Salud 3 San Bartolo Ameyalco
UMM-1, 2007
010
Alvaro Obregón
0901000011345041
San Bartolo
Ameyalco
7,642
Médico,
Enfermera,
Promotor
Polivalente y
Chofer
8:00 a
17:00 Hrs.
 
 
DFSSA017886
H. GRAL. "DR. ENRIQUE CABRERA" (SSA), HGO 4 (IMSS), H. GRAL. "DR. FERNANDO QUIROZ GUTIERREZ" (ISSSTE) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018014
Caravana de la Salud 3 San Bartolo Ameyalco
UMM-1, 2007
010
Alvaro Obregón
0901000011720044
Santa Rosa Xochiac
1,418
 
 
DFSSA017886
H. GRAL. "DR. ENRIQUE CABRERA" (SSA), HGO 4 (IMSS), H. GRAL. "DR. FERNANDO QUIROZ GUTIERREZ" (ISSSTE) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018014
Caravana de la Salud 3 San Bartolo Ameyalco
UMM-1, 2007
010
Alvaro Obregón
090100001174A006
Chamontoya
3,723
 
 
DFSSA017886
H. GRAL. "DR. ENRIQUE CABRERA" (SSA), HGO 4 (IMSS), H. GRAL. "DR. FERNANDO QUIROZ GUTIERREZ" (ISSSTE) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018014
Caravana de la Salud 3 San Bartolo Ameyalco
UMM-1, 2007
1
 
3
12,783
3
 
1
1
1
1
DFSSA018026
Caravana de la Salud 4 San Felipe de Jesús
UMM-2, 2007
005
Gustavo A. Madero
0900500012998027
Tlalpexco
1,309
Médico,
Odontólogo,
Enfermera,
Promotor
Polivalente y
Chofer
8:00 a
17:00 Hrs.
 
 
DFSSA003944
H. JUAREZ DE MEXICO (SSA), HGP 3A (IMSS) y HOSPITAL REGIONAL "PRIMERO DE OCTUBRE" (ISSSTE).
DFSSA018026
Caravana de la Salud 4 San Felipe de Jesús
UMM-2, 2007
005
Gustavo A. Madero
0900500013214008
6 de Junio
638
 
 
DFSSA003944
H. JUAREZ DE MEXICO (SSA), HGP 3A (IMSS) y HOSPITAL REGIONAL "PRIMERO DE OCTUBRE" (ISSSTE).
DFSSA018026
Caravana de la Salud 4 San Felipe de Jesús
UMM-2, 2007
1
 
2
1,947
4
 
 
 
1
1
DFSSA018335
Caravana de la Salud Iztapala 4 Degollado
UMM-0, 2009
007
Iztapalapa
0900700015520050
Degollado
15,162
Médico,
Enfermera y
Promotor
Polivalente
8:00 a
17:00 Hrs.
DFSSA001815
C.S. T-II
QUETZALCOATL
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018335
Caravana de la Salud Iztapala 4 Degollado
UMM-0, 2009
1
 
1
15,162
3
 
1
1
1
1
 
DFSSA018340
Caravana Xalpa
UMM-0, 2009
004
Cuajimalpa
0900400200316038
Xalpa
8,110
Médico,
Enfermera y
Promotor
Polivalente
8:00 a
17:00 Hrs.
DFSSA000712
C.S. T-III
CUAJIMALPA
DFSSA017886
H. GRAL. "DR. ENRIQUE CABRERA" (SSA), HGO 4 (IMSS), H. GRAL. "DR. FERNANDO QUIROZ GUTIERREZ" (ISSSTE) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018340
Caravana Xalpa
UMM-0, 2009
1
 
1
8,110
3
 
1
1
1
1
DFSSA018352
Caravana Zapotitla
UMM-0, 2009
009
Tláhuac
090110001001A001
Zapotitla
2,261
Médico,
Enfermera y
Promotor
Polivalente
8:00 a
17:00 Hrs.
DFSSA002655
C.S. T-II
ZAPOTITLA
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018352
Caravana Zapotitla
UMM-0, 2009
1
 
1
2,261
3
 
1
1
1
1
DFSSA018323
Caravana Topilejo
UMM-0, 2009
012
Tlalpan
0901200271763009
San Miguel Topilejo
8,749
Médico,
Enfermera y
Promotor
Polivalente
8:00 a
17:00 Hrs.
DFSSA002882
C.S. T-II
TOPILEJO
DFSSA003961
H. GRAL. "MANUEL GEA GONZALEZ" (SSA), HGO 4 (IMSS) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018323
Caravana Topilejo
UMM-0, 2009
1
 
1
8,749
3
 
1
1
1
1
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
008
Magdalena Contreras
0900800010476025
Tierra Colorada
2,666
Médico,
Odontólogo,
Enfermera y
Promotor
Polivalente
8:00 a
17:00 Hrs.
 
 
DFSSA017886
H. GRAL. "DR. ENRIQUE CABRERA" (SSA), H. GRAL. "MANUEL GEA GONZALEZ" (SSA), HGO 4 (IMSS) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
012
Tlalpan*
0901200271797035
San Miguel Topilejo
8,749
 
 
DFSSA017886
H. GRAL. "DR. ENRIQUE CABRERA" (SSA), H. GRAL. "MANUEL GEA GONZALEZ" (SSA), HGO 4 (IMSS) y H. REG. "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS" (ISSSTE).
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
005
Gustavo A. Madero*
0900500012998027
Tlalpexco*
1,309
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARíO DOMINGUEZ
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
004
Cuajimalpa*
0900400200316038
Xalpa*
8,110
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARíO DOMINGUEZ
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
009
Thuac*
090110001001A001
Zapotitla*
2,261
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARíO DOMINGUEZ
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
012
Tlalpan*
0901200271763009
San Miguel Topilejo*
8,749
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARíO DOMINGUEZ
DFSSA018113
Caravana de la Salud 6
UMM-3, 2009
1
 
1
2,666
4
 
 
 
1
1
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
007
Iztapalapa
0900700014096018
Buenavista
6,728
Médico,
Odontólogo,
Enfermera,
Promotor
Polivalente y
Chofer
8:00 a
17:00 Hrs.
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
007
Iztapalapa
0900700014861014
San José Buenavista
4,183
 
 
DFSSA004265
H. DE ESPECIALIDADES "DR. BELISARIO DOMINGUEZ" (SSA), HGZ 47 (IMSS), H. REG. "GRAL. IGNACIO ZARAGOZA" (ISSSTE) y H. GRAL. "GRAL. JOSE MARIA MORELOS Y PAVON" (ISSSTE).
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
007
Iztapalapa*
0900700010538026
Polvorilla*
3,265
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARiO DOMINGUEZ
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
007
Iztapalapa*
0900700012653020
Torres Mercedes*
2,396
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARiO DOMINGUEZ
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
010
Alvaro Obregón*
0901000011720044
Santa Rosa Xochiac*
1,418
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARiO DOMINGUEZ
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
007
Iztapalapa*
0900700015520050
Degollado*
15,162
 
 
DFSSA004265
HOSPITAL DE ESPECIALIDADES DR. BELISARiO DOMINGUEZ
DFSSA018101
Caravana de la Salud 5
UMM-3, 2009
1
 
2
10,911
4
 
 
 
1
1
10
10
10
 
7
 
17
75,412
35
 
4
4
4
4
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 7
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACION DE SERVICIOS
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestres (Escribir Nombre)
 
 
 
 
 
 
 
Año (Escribir Nombre)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cobertura Objetivo Unidades Médicas Móviles
 
Cobertura
Operativa
 
Consultas
Embarazadas en control
durante el Periodo
Escuelas en el área de
responsabilidad de la
Unidades Médicas Móviles
 
 
Primera Vez en
el Año
Subsecuentes en el
Periodo
Hombres
Rango de Edad
Mujeres
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1er.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2o.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3o.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4o.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Observaciones:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal (nombre y firma)
 
 
 
Coordinador Estatal (nombre y firma)
Responsable de Integración
 
 
 
Responsable de Validación
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACION DE SERVICIOS
Entidad Federativa (Escribir Nombre)
Trimestre (Escribir Nombre)
Año (Escribir Nombre)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Registrar información conforme al Sistema de Información en Salud (SIS 2015)
1. Control Nutricional
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. de niños< de 5 años en control nutricional
 
 
 
 
 
 
No. de niños con Sobrepeso y Obesidad
 
 
 
 
 
 
No. de niños con Desnutrición leve.
 
 
 
 
 
 
No. de niños con Desnutrición moderada.
 
 
 
 
 
 
No. de niños con Desnutrición severa
 
 
 
 
 
 
No. de niños recuperados de Desnutrición.
 
 
 
 
 
 
 
2. Control de Enfermedades Diarreicas Agudas (EDA's)
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. de casos de EDA's en menores de 5 años
 
 
 
 
 
 
No. de casos de EDA's en menores de 5 años con Plan A
 
 
 
 
 
 
No. de casos de EDA's en menores de 5 años con Plan B
 
 
 
 
 
 
No. de Madres con niños(as) menores de 5 años capacitadas en "Signos de Alarma de EDA's"
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3. Control de Enfermedades Infecciones Respiratoria Agudas (IRA's)
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. de casos de IRAS's en menores de 5 años
 
 
 
 
 
 
No. de casos de IRAS's en menores de 5 años con tratamiento sintomático
 
 
 
 
 
 
No. de casos de IRAS's en menores de 5 años con tratamiento antibiótico
 
 
 
 
 
 
No. de Madres con niños(as) menores de 5 años capacitadas en "Signos de Alarma de IRA's"
 
 
 
 
 
 
 
4. Control de Diabetes Mellitus
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Diabetes Mellitus controlados (metabólicamente)
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Diabetes Mellitus nuevos
 
 
 
 
 
 
No. Total de detecciones de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5. Control de Hipertensión Arterial
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Hipertensión Arterial en tratamiento
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Hipertensión Arterial controlados (metabólicamente)
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Hipertensión Arterial nuevos
 
 
 
 
 
 
No. Total de detecciones de Hipertensión Arterial
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6. Obesidad
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Obesidad nuevos
 
 
 
 
 
 
No. Total de detecciones de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
7. Control de Dislipidemias
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Dislipidemia en tratamiento
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Dislipidemia controlados
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Dislipidemia nuevos
 
 
 
 
 
 
No. Total de detecciones de Dislipidemia
 
 
 
 
 
 
 
8. Control de Cáncer Cervicouterino
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. Total de Citologías Vaginales
 
 
 
 
 
 
No. Total de casos de Displasia (Leve, Moderada o Severa)
 
 
 
 
 
 
No. Total de casos de Cáncer Cérvico Uterino
 
 
 
 
 
 
 
9. Control de Cáncer de Mama
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. Total de casos de detecciones para Cáncer de Mama (exploración)
 
 
 
 
 
 
No. Total de casos de Cáncer de Mama
 
 
 
 
 
 
 
10. Control de Atención Prenatal
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. de Ingresos a Control Prenatal
 
 
 
 
 
 
No. de Ingresos Embarazo de Alto Riesgo
 
 
 
 
 
 
No. Total de pacientes con Embarazo de Alto Riesgo Referidas a Segundo Nivel
 
 
 
 
 
 
 
11. Control de Planificación Familiar
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. de Ingresos a Planificación Familiar
 
 
 
 
 
 
No. de Puérperas aceptantes de Planificación Familiar
 
 
 
 
 
 
 
12. Atención Odontológica
 
Programado Anual
Realizado
 
1er.
Trimestre
2o.
Trimestre
3er.
Trimestre
4o.
Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
No. de Escuelas libres de caries trabajadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13. Análisis cualitativo de cada Indicador con sus respectivos avances en el periodo que se reporta:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de
Salud Pública del Distrito Federal.
 
ANEXO 8
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR
CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVOS.
34501
SEGUROS DE BIENES
PATRIMONIALES
Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto 3500 Servicios de mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el Impuesto Sobre la Renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales". EXCLUSIVO PARA PAGO DE PEAJE
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES
PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISION
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES
PARA SERVIDORES PUBLICOS DE
MANDO EN EL DESEMPEÑO DE
COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIATICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISION
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
 
37503*
VIATICOS NACIONALES ASOCIADOS A
DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIATICOS NACIONALES PARA
SERVIDORES PUBLICOS EN EL
DESEMPEÑO DE FUNCIONES
OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y
TRABAJOS DE CAMPO EN AREAS
RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
37101*
PASAJES AEREOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISION
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES AEREOS NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES AEREOS NACIONALES PARA
SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO
EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES
Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
*PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS ASIGNADAS PARA COORDINADOR Y SUPERVISORES.
EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, CUANDO ESTE SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARIA" (DGPLADES), SE AUTORIZA LA APLICACION DE RECURSOS DE ESTE CONVENIO PARA CUBRIR SUS GASTOS DE
TRASLADO Y VIATICOS.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 9
PERSONAL EN EL DISTRITO FEDERAL
NIVEL ESTATAL
CODIGO
DESCRIPCION
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. AREA "A")
1
$47,973.69
$47,973.69
Ene-Ago
$383,789.52
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MEDICA "A")
3
$33,531.45
$33,531.45
Ene-Ago
$804,754.80
 
 
 
 
 
 
$1,188,544.32
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 0
CODIGO
DESCRIPCION
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$15,475.99
Ene-Ago
$495,231.68
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$12,918.11
Ene-Ago
$413,379.52
 
 
 
 
 
 
$908,611.20
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 1
CODIGO
DESCRIPCION
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
1
$15,475.99
$15,475.99
Ene-Ago
$123,807.92
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$12,918.11
$12,918.11
Ene-Ago
$103,344.88
 
 
 
 
 
 
$227,152.80
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 2
CODIGO
DESCRIPCION
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE PERCEPCIONES
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
3
$23,854.32
$23,854.32
Ene-Ago
$572,503.68
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
3
$15,475.99
$15,475.99
Ene-Ago
$371,423.76
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
3
$12,918.11
$12,918.11
Ene-Ago
$310,034.64
 
 
 
 
 
 
$1,253,962.08
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MOVIL TIPO 3
CODIGO
DESCRIPCION
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACION
TOTAL DE PERCEPCIONES
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
2
$23,854.32
$23,854.32
Ene-Ago
$381,669.12
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
2
$15,475.99
$15,475.99
Ene-Ago
$247,615.84
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
2
$12,918.11
$12,918.11
Ene-Ago
$206,689.76
 
 
 
 
 
 
$835,974.72
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL
 
$4,414,245.12
 
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 10
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2015
ENTIDAD FEDERATIVA:
 
 
 
 
NUM. DE CUENTA BANCARIA PRODUCTIVA:
 
TRIMESTRE:
 
NUM. DE CUENTA BANCARIA DE INVERSION:
 
 
 
MES:
SERVICIOS DE SALUD
SECRETARIA DE
FINANZAS
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
CUENTA PRODUCTIVA
CUENTA DE INVERSION
CUENTA PRODUCTIVA
ENERO
 
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
 
MARZO
 
 
 
 
ABRIL
 
 
 
 
MAYO
 
 
 
 
JUNIO
 
 
 
 
JULIO
 
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
 
 
 
 
MONTO TOTAL
ACUMULABLE
$
-
$
-
$
-
$
-
*ENVIAR LOS 15 PRIMEROS DIAS, AL TERMINO DEL TRIMESTRE.
 
 
 
 
 
 
COORDINADOR
ESTATAL
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
DE LOS SERVICIOS DE SALUD
O SU EQUIVALENTE
 
SECRETARIO DE SALUD O
DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE
SALUD (O SU EQUIVALENTE)
RUBRICA.
 
 
 
 
 
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de
Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 11
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2015
Capítulo
de gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
Reintegro
TESOFE (1)
 
No. Cuenta
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimientos
reintegrados a
TESOFE (2)
1000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría de Finanzas
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
________________________________
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS
SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
____________________________________
SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE
LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD
(O SU EQUIVALENTE)
RUBRICA.
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros, y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
ANEXO 12
PROGRAMA DE VISITAS A REALIZAR EN EL DISTRITO FEDERAL
FECHA PROBABLE DE VISITA:
DEL MES DE: JUNIO A DICIEMBRE DE 2015
 
Durante la realización de las visitas especificadas en el párrafo anterior, conforme a lo dispuesto en el inciso b) de los Parámetros y en la Cláusula Séptima fracción IV del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para gastos de operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Distrito Federal, se verificará que los recursos presupuestarios transferidos sean destinados únicamente para la realización del objeto establecido en la Cláusula Primera del Convenio de Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa de Unidades Médicas Móviles, anteriormente señalado. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Unidades Médicas Móviles.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales, por la cantidad de $4,993,245.12 (Cuatro millones novecientos noventa y tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos 12/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el ejecutivo
del Distrito Federal, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.
Firmas de los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Eduardo González Pier.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alberto Jonguitud Falcón.- Rúbrica.- El Director General Adjunto de Caravanas de la Salud, Emilio Cruz Tomás Rivas Cervantes.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del D.F.: el Secretario de Finanzas, Edgar Abraham Amador Zamora.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, José Armando Ahued Ortega.- Rúbrica.
 

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