DOF: 17/02/2017
AVISO por medio del cual se hace del conocimiento que fueron autorizados por la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dos métod

AVISO por medio del cual se hace del conocimiento que fueron autorizados por la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dos métodos de prueba alternos, para su utilización en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-044-SEMARNAT-2006 y NOM-076-SEMARNAT-2012.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 36 y 37 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 5o, fracción XXV y 30, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, emite el siguiente:
AVISO
Por medio del cual se hace del conocimiento que fueron autorizados por la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dos métodos de prueba alternos, para su utilización en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-044-SEMARNAT-2006 y NOM-076-SEMARNAT-2012.
Lo anterior, una vez que se siguió el procedimiento establecido en los artículos 49 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 37 de su Reglamento, y fueron evaluados los documentos recibidos con fecha 20 de octubre de 2016, mediante el trámite denominado "Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las normas oficiales mexicanas en materia ambiental" inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios bajo la homoclave SEMARNAT-05-005-A.
Por lo que, para dar cumplimiento a lo establecido en el último párrafo del artículo 49 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publican las autorizaciones con números de oficios DGGCARETC/700/16 y DGGCARETC/701/16 ambos de fecha 09 de noviembre de 2016, mediante las cuales se autorizó a CUMMINS COMERCIALIZADORA, S. DE R.L. DE C.V. la utilización de métodos de prueba alternos a los previstos en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-044-SEMARNAT-2006 y NOM-076-SEMARNAT-2012 y que establecen textualmente:
Oficio No. DGGCARETC/700/2016 del 09 de noviembre de 2016:
"En atención a la solicitud del trámite SEMARNAT-05-005-A "Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Calidad del Aire, modalidad A" presentada en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, bitácora número 09/RA-0016/10/16,
CONSIDERANDO
I.     Que la empresa CUMMINS COMERCIALIZADORA, S. DE R.L. DE C.V., solicitó la autorización para utilizar los Ciclos de Prueba Mundial Armonizados: CETMAP (Ciclo Estado Transitorio Mundial Armonizado de Prueba, siglas en inglés WHTC) y CEEMAP (Ciclo Estado Estable Mundial Armonizado de Prueba, siglas en inglés WHSC), como métodos de prueba alternativos a los establecidos en la NOM-044-SEMARNAT-2006.
...
RESUELVE
PRIMERO.- Se autoriza a CUMMINS COMERCIALIZADORA, S. DE R.L. DE C.V. el uso de los Ciclos de Prueba Mundial Armonizados: CETMAP (Ciclo Estado Transitorio Mundial Armonizado de Prueba, siglas en inglés WHTC) y CEEMAP (Ciclo Estado Estable Mundial Armonizado de Prueba, siglas en inglés WHSC) como métodos de prueba alternos a los establecidos en la NOM-044-SEMARNAT-2006 "Que establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales, hidrocarburos no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que
usan diesel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor de 3,857 kilogramos, así como para unidades nuevas con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipadas con este tipo de motores.
SEGUNDO.- La presente autorización es válida para motores a diesel, que pueden ser usados en camiones, tractocamiones y autobuses, que van de los 2.8 a los 15 litros de desplazamiento y de 100 Hp a 600 Hp de potencia, los cuales deben cumplir el estándar Euro VI, debidamente certificados ante entidades acreditadas por las leyes de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.
TERCERO.- La presente autorización es vigente en tanto no se modifiquen los métodos de prueba establecidos en la NOM-044-SEMARNAT-2006 o la que la sustituya.
..."
Oficio No. DGGCARETC/701/2016 del 09 de noviembre de 2016:
"En atención a la solicitud del trámite SEMARNAT-05-005-A "Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Calidad del Aire, modalidad A" presentada en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, bitácora número 09/RA-0017/10/16,
CONSIDERANDO
I.     Que la empresa CUMMINS COMERCIALIZADORA, S. DE R.L. DE C.V., solicitó la autorización para utilizar el Ciclo de Prueba Mundial Armonizado: CETMAP (Ciclo Estado Transitorio Mundial Armonizado de Prueba, siglas en inglés WHTC), como un método de prueba alternativo al establecido en la NOM-076-SEMARNAT-2012.
...
RESUELVE
PRIMERO.- Se autoriza a CUMMINS COMERCIALIZADORA, S. DE R.L. DE C.V. el uso del Ciclo de Prueba Mundial Armonizado: CETMAP (Ciclo Estado Transitorio Mundial Armonizado de Prueba, siglas en inglés WHTC) como método de prueba alterno al establecido en la NOM-076-SEMARNAT-2012 "Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono y óxidos de nitrógeno provenientes del escape, así como de hidrocarburos evaporativos provenientes del sistema de combustible, que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural y otros combustibles alternos y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3,857 kilogramos nuevos en planta.
SEGUNDO.- La presente autorización es válida para motores a gas natural, que pueden ser usados en camiones, tractocamiones y autobuses, que van de los 2.8 a los 15 litros de desplazamiento y de 100 Hp a 600 Hp de potencia, los cuales deben cumplir con el estándar Euro VI, debidamente certificados ante entidades acreditadas por las leyes de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.
TERCERO.- La presente autorización es vigente en tanto no se modifiquen los métodos de prueba establecidos en la NOM-076-SEMARNAT-2012 o la que la sustituya.
..."
Autorizaciones que se dan a conocer, con la intención de que surtan efectos en beneficio de toda aquella persona que lo solicite, siempre que comprueben ante la dependencia, encontrarse en el mismo supuesto de las autorizaciones otorgadas.
Dado en la Ciudad de México, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 16/04/2024

DOLAR
16.6815

UDIS
8.129437

TIIE 28 DIAS
11.2407%

TIIE 91 DIAS
11.4029%

TIIE 182 DIAS
11.5604%

TIIE DE FONDEO
11.01%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024