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DOF: 29/03/2017 |
CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco. CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. EDUARDO JARAMILLO NAVARRETE, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CUITLÁHUAC RUIZ MATUS, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; LA T.R. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; LA DRA. MARTHA CECILIA HIJAR MEDINA, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL DR. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. JESÚS FELIPE GONZÁLEZ ROLDÁN, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR EL DR. RAFAEL GERARDO ARROYO YABUR, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO Y EL LIC. AMET RAMOS TROCONIS, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARÍA" y "EL EJECUTIVO ESTATAL" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "EL EJECUTIVO ESTATAL" con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO". II. De conformidad con lo establecido en la cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por EL DR. RAFAEL GERARDO ARROYO YABUR, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO Y EL LIC. AMET RAMOS TROCONIS, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS por parte de "EL EJECUTIVO ESTATAL", y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por sí misma, o asistida por los titulares de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que tiene adscritos, por parte de "LA SECRETARÍA". III. "LA SECRETARÍA" tiene dentro de sus objetivos, la atención de los retos de la salud que enfrenta el país, a los cuales se han asociado metas estratégicas, líneas de acción y actividades que corresponden a las prioridades del sector salud para contribuir al logro de sus objetivos, y destaca, en materia de salud pública, el fortalecer e integrar las acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades, las cuales se concretan en 36 Programas de Acción Específicos, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS". DECLARACIONES I. "LA SECRETARÍA" declara que: 1. El Dr. Pablo Antonio Kuri Morales, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como el Artículo Único, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2010, modificado por el diverso publicado en el citado órgano de difusión oficial el 12 de enero de 2015, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento. 2. La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección, supervisión y evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, adscritas a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; y que los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. 4. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención y promoción de la salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; establecer los procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS". 5. Cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. 6. Para los efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, Colonia Juárez, Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México. II. "EL EJECUTIVO ESTATAL" declara que: 1. Que el Secretario de Planeación y Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 5, 12, fracción IX y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, 2 y 10 del reglamento interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado de Tabasco, por lo que queda plenamente facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, cargo que queda debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjunta al presente convenio. 2. Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 51 fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 5 y 7 fracción VIII,12 fracción IX y 21 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, que tiene entre otras atribuciones la del estudio trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría, así como el ejercicio que determinen las disposiciones legales aplicables conforme a los artículos 8 y 9 del reglamento interior de la Secretaría de Salud y el artículo 10 de la Ley de Salud del Estado de Tabasco. 3. Así como los numerales 1, 2, 9, 10 fracción XII del Decreto de creación 2013 de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco de fecha 12 de febrero de 1997 cargo que queda debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjunta al presente convenio. 4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de Servicios de Salud, Atención Médica Social, Prevención de Enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 4, 5, 6, 31 y 32 de la Ley de Salud del Estado de Tabasco y en base a los artículos 1, 2, 3, 9 y 13 de la Ley General de Salud. 5. Que para los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Avenida Paseo Tabasco No. 1504 Centro Administrativo de Gobierno, Tabasco 2000, Villahermosa, Tabasco, C.P. 86035. Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a "EL EJECUTIVO ESTATAL" para coordinar su participación con "LA SECRETARÍA", en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", que comprende la realización de intervenciones y el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de permitir a "EL EJECUTIVO ESTATAL" su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud. En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan "LOS PROGRAMAS" en los que se aplicarán tales recursos y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que sobre el particular asumen "EL EJECUTIVO ESTATAL" y "LA SECRETARÍA", anexos que debidamente firmados por "LAS PARTES" forman parte del mismo. La ministración de recursos federales que efectúe "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", se realizará conforme a la tabla siguiente: No. | UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN | CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO | MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) | RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES | INSUMOS FEDERALES | TOTAL | 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | P018 | 188,473.00 | 0.00 | 188,473.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | U008 | 1,500,000.00 | 0.00 | 1,500,000.00 | Subtotal | | 1,688,473.00 | 0.00 | 1,688,473.00 | 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | 1 | Salud Mental | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | Subtotal | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES | 1 | Seguridad Vial | P018 | 695,000.00 | 0.00 | 695,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | P018 | 250,000.00 | 0.00 | 250,000.00 | Subtotal | | 945,000.00 | 0.00 | 945,000.00 | 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | U009 | 1,657,608.00 | 0.00 | 1,657,608.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | P018 | 0.00 | 70,203.00 | 70,203.00 | Subtotal | | 1,657,608.00 | 70,203.00 | 1,727,811.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | P016 | 0.00 | 3,441,020.00 | 3,441,020.00 | Subtotal | | 0.00 | 3,441,020.00 | 3,441,020.00 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | P020 | 10,813,671.00 | 0.00 | 10,813,671.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | P020 | 7,089,776.00 | 0.00 | 7,089,776.00 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | P020 | 3,735,808.00 | 0.00 | 3,735,808.00 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | P020 | 2,917,163.00 | 0.00 | 2,917,163.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | P020 | 3,695,172.63 | 360,792.70 | 4,055,965.33 | 6 | Igualdad de Género en Salud | P020 | 448,008.00 | 0.00 | 448,008.00 | Subtotal | | 28,699,598.63 | 360,792.70 | 29,060,391.33 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | U009 | 0.00 | 33,146.45 | 33,146.45 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | U009 | 0.00 | 1,440.00 | 1,440.00 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | U009 | 0.00 | 11,130,206.00 | 11,130,206.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | U008 | 3,195,909.00 | 0.00 | 3,195,909.00 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | U008 | 8,035,987.00 | 0.00 | 8,035,987.00 | 12 | Atención del Envejecimiento | U008 | 132,026.55 | 0.00 | 132,026.55 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | U009 | 0.00 | 481,730.12 | 481,730.12 | 15 | Eliminación de la Lepra | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | | 0.00 | 0.00 | 0.00 | Subtotal | | 11,363,922.55 | 11,646,522.57 | 23,010,445.12 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | 1 | Vacunación Universal | E036 | 4,264,320.00 | 0.00 | 4,264,320.00 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | P018 | 856,780.00 | 0.00 | 856,780.00 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | P018 | 781,695.00 | 0.00 | 781,695.00 | Subtotal | | 5,902,795.00 | 0.00 | 5,902,795.00 | Total de recursos federales a ministrar a "EL EJECUTIVO ESTATAL" | | 50,257,397.18 | 15,518,538.27 | 65,775,935.45 | La ministración de recursos presupuestarios federales que realice "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Los recursos presupuestarios federales otorgados a "EL EJECUTIVO ESTATAL" se considerarán devengados para "LA SECRETARÍA", a partir de que ésta realice la entrega de los mismos a la Secretaría de Planeación y Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", no así para "EL EJECUTIVO ESTATAL". SEGUNDA. MINISTRACIÓN.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento, "LA SECRETARÍA" ministrará, con cargo a su presupuesto, a "EL EJECUTIVO ESTATAL" recursos federales, en carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $65,775,935.45 (SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 45/100 M.N.). Los recursos presupuestarios federales por un monto de $50,257,397.18 (CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 18/100 M.N.), se radicarán a la Secretaría de Planeación y Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA". Dichos recursos se ministrarán conforme al Anexo 3. La Secretaría de Planeación y Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la Unidad Ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que "LA SECRETARÍA" le radique dichos recursos, de conformidad con "EL ACUERDO MARCO". Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud. Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en la Secretaría de Planeación y Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, procediéndose a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARÍA". Así mismo, convienen "LAS PARTES" en que el reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos federales ministrados objeto de este convenio, aplicará también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento. Los insumos federales que suministre "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", por un monto total de $15,518,538.27 (QUINCE MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS 27/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud. Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma a "LOS PROGRAMAS" señalados en el Anexo 5 de este Convenio Específico, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, por lo que las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrán solicitar su devolución para reasignarlos. "LAS PARTES" convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en el ejercicio en curso, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo. TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LA SECRETARÍA" y "EL EJECUTIVO ESTATAL" convienen en sujetarse a lo siguiente: 1. "LA SECRETARÍA" verificará, por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, sean destinados para fortalecer la integralidad de las acciones de prevención y promoción de la salud de "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal. 2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "EL EJECUTIVO ESTATAL", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca. 3. "LA SECRETARÍA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrá controlar, vigilar, supervisar, dar seguimiento y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "EL EJECUTIVO ESTATAL", así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento. 4. "LA SECRETARÍA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable y, en su caso, determinará la suspensión o cancelación de las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando los recursos presupuestarios entregados no hayan sido aplicados por "EL EJECUTIVO ESTATAL", para los fines objeto del presente Convenio Específico, o bien, se haya aplicado en contravención a sus cláusulas, en términos de lo establecido en la cláusula OCTAVA de "EL ACUERDO MARCO". 5. "LA SECRETARÍA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión a efecto de observar los avances de "LOS PROGRAMAS", estando obligada "EL EJECUTIVO ESTATAL", a la entrega del formato de certificación del gasto que se obtenga del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, en adelante, "SIAFFASPE", que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento. 6. Para el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO ESTATAL", "LA SECRETARÍA" ha implementado el "SIAFFASPE", como una herramienta informática, utilizada para apoyar la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados a "EL EJECUTIVO ESTATAL". CUARTA. INDICADORES Y METAS.- Los recursos federales que ministre "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", se aplicarán en las intervenciones que contemplan "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, a fin de alcanzar las metas con base en los indicadores que se establecen en el Anexo 4 del presente instrumento. QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre, respectivamente, "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", serán destinados, ejercidos y aplicados en forma exclusiva en las intervenciones y cumplimiento de metas de acuerdo a los indicadores que contemplan "LOS PROGRAMAS", en términos de lo estipulado en la Cláusula Primera de este Instrumento. Los recursos presupuestarios federales, a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", a través del "SIAFFASPE", en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio). Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico no podrán desviarse hacia cuentas en las que "EL EJECUTIVO ESTATAL" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal. La alineación de los recursos presupuestarios del Ramo 33, Aportación Estatal, y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, a que hace referencia el APÉNDICE del presente Convenio, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" con motivo del presente Convenio, ya que sólo se señalan para efectos informativos, por lo que el control, vigilancia y supervisión respecto de la aplicación, ejercicio y comprobación de dichos recursos, serán responsabilidad de quienes tienen a cargo dichas fuentes de financiamiento. En consecuencia, la información de la distribución de los recursos referidos en el presente párrafo se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Las contrataciones de personal que realice "EL EJECUTIVO ESTATAL" con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar aplicando los perfiles contenidos en el Catálogo Sectorial de Puestos, vigente, las disposiciones administrativas de contratación de personal que establezca la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARÍA" y los aspectos técnicos que para la operación de "LOS PROGRAMAS" se establezcan en el SIAFFASPE. Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, podrán destinarse al programa que generó dichos rendimientos, o bien, a cualquiera de los otros programas previstos en el presente instrumento, en este último caso se requerirá autorización previa de los titulares de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS". Los remanentes, resultado del ahorro presupuestario obtenido en el ejercicio de los recursos presupuestarios federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio Específico, se podrán, a solicitud de la Unidad Ejecutora de "EL EJECUTIVO ESTATAL" y previa autorización de los titulares de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de âLOS PROGRAMAS", aplicar en otras intervenciones del mismo Programa, o bien, a otros o a los mismos conceptos de gasto del mismo Programa, que sean necesarios para el cumplimiento de sus metas, siempre y cuando se ejerzan, a más tardar, el 31 de diciembre de 2017 y se demuestre que se cumplió totalmente con las metas establecidas en el Programa al cual se asignaron los recursos, en términos de lo pactado en el presente Convenio Específico. SEXTA. DOCUMENTOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE RECURSOS.- Los requisitos y especificaciones, para el ejercicio y comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los Criterios para la Contratación de Personal con Recursos del Ramo 12, 2017, así como en los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2017, registrados en el "SIAFFASPE", son de carácter obligatorio para "LAS PARTES" y forman parte integrante del presente instrumento. SÉPTIMA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- Los gastos administrativos quedarán a cargo de "EL EJECUTIVO ESTATAL". OCTAVA. OBLIGACIONES DE "EL EJECUTIVO ESTATAL".- "EL EJECUTIVO ESTATAL", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", deberá: I. Registrar en el Módulo de Presupuesto-Registro de la Recepción, del "SIAFFASPE", dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por "LA SECRETARÍA", objeto del presente Convenio, el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI, con el cual acredite la recepción de dichos recursos. II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este instrumento en "LOS PROGRAMAS" establecidos en la misma, por lo que se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales. III. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados que tienen a cargo cada uno de "LOS PROGRAMAS", los certificados del gasto que se obtengan del "SIAFFASPE", respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "EL EJECUTIVO ESTATAL", elaborados y validados por el titular de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "LA ENTIDAD". IV. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio Específico, la cual deberá estar a nombre de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2017 señalados en el "SIAFFASPE". Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda "Operado", y se identificará con el nombre de "LOS PROGRAMAS" en los que se haya efectuado el gasto. V. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud, por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 4 del presente instrumento y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que estas últimas llegaran a requerirle. VI. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud, por lo menos 5 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación justificatoria y comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que estas últimas llegaran a requerirle. VII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que estas últimas llegaran a requerirle. VIII. Informar a "LA SECRETARÍA", a través de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del "SIAFFASPE", y con los requisitos solicitados en dicho Módulo, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación de los tres primeros trimestres del ejercicio fiscal 2017 y a más tardar el 15 de marzo del 2018, el informe correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2017, sobre la aplicación, destino y resultados obtenidos de los recursos presupuestarios federales e insumos federales ministrados y suministrados, respectivamente, así como del avance de "LOS PROGRAMAS", incluyendo el cumplimiento de las intervenciones y metas con base en sus indicadores, a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, así como el avance y, en su caso, resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento. IX. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. X. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento. XI. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población estatal, evitando la caducidad de los mismos. XII. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "EL EJECUTIVO ESTATAL" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal. XIII. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental. XIV. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables, una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal. XV. Contratar con recursos de "EL EJECUTIVO ESTATAL", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento. XVI. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de "LOS PROGRAMAS" y, en su caso, proporcionar las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, los secretariados técnicos de los consejos nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, de acuerdo con lo que para tal efecto señalen los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, o bien, con cargo a los recursos de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud de "EL EJECUTIVO ESTATAL", de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el "SIAFFASPE". XVII. Entregar de manera mensual a la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARÍA", los reportes de nómina del personal contratado con cargo a los recursos que se transfieran con motivo del presente instrumento, de conformidad con los plazos y por la vigencia establecidos por "LOS PROGRAMAS", los cuales deberán contener al menos el nombre RFC, CURP, código (de acuerdo al catálogo de puestos y tabulador de sueldos de las ramas médicas, paramédica y grupos afines), CLUES, fecha de ingreso, vigencia del contrato, detalle y resumen de precepciones, deducciones, percepción neta, quincena de pago. XVIII. Mantener actualizados los indicadores de desempeño, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos. XIX. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de las metas para las que se destinan los recursos federales ministrados. XX. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "EL EJECUTIVO ESTATAL". XXI. Publicar el presente Convenio Específico en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO ESTATAL". XXII. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. XXIII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, a más tardar dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio; aquellos recursos que no hayan sido efectivamente devengados en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento. XXIV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por "LA SECRETARÍA", e informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dicho reintegro o, en su caso, la aplicación de los rendimientos financieros de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Quinta del presente instrumento. La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud. NOVENA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA".- "LA SECRETARÍA", por conducto de las unidades administrativas u órganos desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estará obligada a: I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a la Secretaría de Planeación y Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este Convenio Específico. II. Suministrar los insumos federales a la Secretaría de Salud y Titular de los Servicios de Salud de "EL EJECUTIVO ESTATAL", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 5 de este Convenio Específico. III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales. IV. Proporcionar la asesoría técnica necesaria a "EL EJECUTIVO ESTATAL" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general. V. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión y establecer mecanismos para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento. VI. Aplicar las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente de "EL EJECUTIVO ESTATAL", así como a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este convenio y b) Se reintegre a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrados a "EL EJECUTIVO ESTATAL" . VII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico. VIII. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "EL EJECUTIVO ESTATAL", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento. IX. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO ESTATAL" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación a que hace referencia la Cláusula Novena del presente instrumento. X. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos presupuestarios federales e insumos federales. XI. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2018, mediante el formato que se genere a través del "SIAFFASPE" el Acta de Conciliación de Insumos. XII. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación. XIII. Publicar el presente Convenio Específico en el Diario Oficial de la Federación. XIV. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. DÉCIMA. ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "EL EJECUTIVO ESTATAL" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal. DÉCIMA PRIMERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar. DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2017. DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO ESTATAL". En caso de contingencias para la realización de "LOS PROGRAMAS" previstos en este instrumento, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente. DÉCIMA CUARTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado cuando se presente alguna de las siguientes causas: I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado. II. Por acuerdo de las partes. III. Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos adquiridos por "LA SECRETARÍA". IV. Por caso fortuito o fuerza mayor. En el supuesto a que se refiere la fracción IV de esta Cláusula que motive el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar a la brevedad dichas circunstancias mediante escrito firmado por la parte que corresponda. DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las unidades administrativas u órganos desconcentrados en lo concerniente a "LOS PROGRAMAS" que les corresponda, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO". DÉCIMA SEXTA. CLÁUSULAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS.- Dado que el presente Convenio Específico deriva de "EL ACUERDO MARCO", a que se hace referencia en el apartado de antecedentes de este instrumento, las cláusulas que le sean aplicables atendiendo al tipo de recurso, establecidas en "EL ACUERDO MARCO" se tienen por reproducidas para efectos de este instrumento como si a la letra se insertasen y serán aplicables en todo aquello que no esté expresamente establecido en el presente documento. Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado a los dos días del mes de enero de dos mil diecisiete. ANEXO 1 CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE "LA SECRETARÍA", Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO POR CONDUCTO DE "EL EJECUTIVO ESTATAL". Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA SECRETARÍA" 1 | Dr. Pablo Antonio Kuri Morales | Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud | 2 | Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete | Director General de Promoción de la Salud | 3 | Dr. Cuitláhuac Ruiz Matus | Director General de Epidemiología | 4 | T.R. María Virginia González Torres | Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental | 5 | Dra. Martha Cecilia Hijar Medina | Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes | 6 | Dr. Ricardo Juan García Cavazos | Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva | 7 | Dr. Jesús Felipe González Roldán | Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades | 8 | Dra. Patricia Estela Uribe Zúñiga | Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA | 9 | Dr. Juan Luis Gerardo Durán Arenas | Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia | Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "EL EJECUTIVO ESTATAL" 1 | Dr. Rafael Gerardo Arroyo Yabur | Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco | 2 | Lic. Amet Ramos Troconis | Secretario de Planeación y Finanzas | C. Pablo Antonio Kuri Morales, Presente. Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud. México, Distrito Federal, a 11 de diciembre de 2012. Rúbrica. Nombramiento revisado conforme a lo dispuesto por el Artículo 43, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Lic. Alonso Humberto Castillejos Cervantes Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal. Rúbrica. De conformidad a lo dispuesto por los artículos 27 fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 12 fracciones V y VI del Reglamento Interior de esta Secretaría de Gobernación, queda registrado con el número 56 a foja 3, del "Libro de Nombramientos de Servidores Públicos que designa el Ejecutivo Federal". México, D.F. 27 de diciembre de 2012. TITULAR DE LA UNIDAD DE GOBIERNO Rúbrica CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 12 ÚLTIMO PÁRRAFO. 34 FRACCIÓN I Y 103 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN. FIRMA LA DIRECTORA DE COORDINACIÓN POLÍTICA CON LOS PODERES DE LA UNIÓN. LIC. MARÍA DE LOS ÁNGELES ARGUETA SÁNCHEZ. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD 069/2013 México, D.F., a 1 ° de marzo de 2013 NOMBRAMIENTO Dr. Eduardo Jaramillo Navarrete PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso a) y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-310-1-CFKC002-0000036-E-L-C, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-296/2013 México, D.F., a 16 de julio de 2013 NOMBRAMIENTO C. Cuitláhuac Ruiz Matus PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha. DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-316-1-CFKA001-0000033-E-L-V, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. SSA-C-147 NOMBRAMIENTO C. MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ TORRES Presente Dr. José Ángel Córdova Villalobos, Secretario de Salud, tengo a bien nombrarle con el carácter de: SERVIDOR PÚBLICO DE CARRERA TITULAR EN EL PUESTO DE SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL Con el rango de Dirección General con código de puesto CFKC001, sujeto al Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental a partir del 28 de enero de 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 10 fracción II y Tercero Transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5 y Quinto Transitorio de su Reglamento y 7 Fracción XXIV, del Reglamento Interior vigente de la Secretaría de Salud. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" México, D.F., a 5 de marzo de 2010. Dr. José Ángel Córdova Villalobos Secretario de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-82/2014 México, D.F., a 01 de marzo de 2014 NOMBRAMIENTO C. MARTHA CECILIA HÍJAR MEDINA PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha. TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-315-1-CFKA001-0000013-E-L-C, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-364/2014 México, D.F., a 16 de agosto de 2014 NOMBRAMIENTO LIC. RICARDO JUAN GARCÍA CAVAZOS PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2 fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152 fracción I, inciso b), subinciso II y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera he tenido a bien nombrarle DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-L00-I-CFKC002-0000034-E-L-V, adscrito al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en Ia Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-302/2013 México, D.F., a 18 ·de julio de 2013 NOMBRAMIENTO C. Jesús Felipe González Roldán PRESENTE Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha. DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-O00-1-CFKC002-0000080-E-L-4, adscrito a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo correspondan. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Nombramiento No. LD-008/2013 México, D.F., a 1 ° de febrero de 2013. NOMBRAMIENTO DRA. PATRICIA ESTELA URIBE ZÚÑIGA Presente Con fundamento en el artículo 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, en los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual de Servicio Profesional de Carrera, he tenido a bien nombrarle, a partir de esta fecha DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, código 12-K00-1-CFK002-0000022-E-L-C, adscrita a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, con las funciones y responsabilidades que a ese cargo corresponden. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" Dra. María de las Mercedes Martha Juan López Secretaria de Salud Rúbrica. Nombramiento No. LD-307/2016 DR. JUAN LUIS GERARDO DURÁN ARENAS PRESENTE Con fundamento en los artículos 2 apartado C, fracción IX y 7 fracciones XV, XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, Fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso II y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia. Al aceptar la encomienda, Usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromisos de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2016. "Mérito e Igualdad de Oportunidades" EL SECRETARIO DE SALUD DR. JOSÉ RAMÓN NARRO ROBLES Rúbrica. Lic. Arturo Núñez Jiménez Gobernador Villahermosa, Tabasco, 01 de enero de 2016. DOCTOR RAFAEL GERARDO ARROYO YABUR. PRESENTE. En mi condición de Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, con fundamento en lo establecido por los artículo 51, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 1, 3, 4, 5 y 7, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, me permito designar a Usted como SECRETARIO DE SALUD, con los derechos, prerrogativas y prestaciones inherentes a dicho cargo. Exhorto a Usted a desempeñar leal y patrióticamente el cargo que le ha sido conferido; así como guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las Leyes que de ellas emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado. Rúbrica. Lic. Arturo Núñez Jiménez Gobernador Villahermosa, Tabasco, 01 de enero de 2015. LIC. AMET RAMOS TROCONIS PRESENTE. En mi condición de Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, con fundamento en lo establecido por los artículo 51, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 1, 3, 4, 5 y 7, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, me permito designar a Usted como SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, con los derechos, prerrogativas y prestaciones inherentes a dicho cargo. Exhorto a Usted a desempeñar leal y patrióticamente el cargo que le ha sido conferido; así como guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las Leyes que de ellas emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y el Estado. Rúbrica. ANEXO 2 Identificación de fuentes de financiamiento de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,332,593.90 | 0.00 | 0.00 | 4,332,593.90 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,332,593.90 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 0.00 | 188,473.00 | 188,473.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 188,473.00 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 0.00 | 1,500,000.00 | 1,500,000.00 | 2,970,000.00 | 0.00 | 0.00 | 2,970,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,470,000.00 | TOTALES | 0.00 | 1,688,473.00 | 1,688,473.00 | 7,302,593.90 | 0.00 | 0.00 | 7,302,593.90 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 8,991,066.90 | 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | TOTALES | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Seguridad Vial | 0.00 | 695,000.00 | 695,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 695,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 0.00 | 250,000.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 250,000.00 | TOTALES | 0.00 | 945,000.00 | 945,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 945,000.00 | 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 0.00 | 1,657,608.00 | 1,657,608.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,657,608.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | TOTALES | 0.00 | 1,657,608.00 | 1,657,608.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,657,608.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,626,560.00 | 0.00 | 0.00 | 7,626,560.00 | 143,320,079.32 | 14,648,574.29 | 157,968,653.61 | 165,595,213.61 | TOTALES | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,626,560.00 | 0.00 | 0.00 | 7,626,560.00 | 143,320,079.32 | 14,648,574.29 | 157,968,653.61 | 165,595,213.61 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 10,813,671.00 | 0.00 | 10,813,671.00 | 11,303,347.00 | 0.00 | 0.00 | 11,303,347.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 22,117,018.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 7,089,776.00 | 0.00 | 7,089,776.00 | 38,215,499.52 | 0.00 | 5,846,850.00 | 44,062,349.52 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 51,152,125.52 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 2,305,488.00 | 1,430,320.00 | 3,735,808.00 | 660,000.00 | 0.00 | 0.00 | 660,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,395,808.00 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2,917,163.00 | 0.00 | 2,917,163.00 | 960,000.00 | 0.00 | 0.00 | 960,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,877,163.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 3,695,172.63 | 0.00 | 3,695,172.63 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,695,172.63 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 0.00 | 448,008.00 | 448,008.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 448,008.00 | TOTALES | 26,821,270.63 | 1,878,328.00 | 28,699,598.63 | 51,138,846.52 | 0.00 | 5,846,850.00 | 56,985,696.52 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 85,685,295.15 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 286,973.00 | 0.00 | 0.00 | 286,973.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 286,973.00 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 268,459.90 | 0.00 | 0.00 | 268,459.90 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 268,459.90 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,822,962.00 | 0.00 | 0.00 | 20,822,962.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,822,962.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 713,402.89 | 0.00 | 0.00 | 713,402.89 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 713,402.89 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 159,824.70 | 0.00 | 0.00 | 159,824.70 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 159,824.70 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 94,895.00 | 0.00 | 0.00 | 94,895.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 94,895.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 908,800.00 | 2,287,109.00 | 3,195,909.00 | 44,803,089.48 | 40,645,848.00 | 0.00 | 85,448,937.48 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 88,644,846.48 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 195,000.00 | 7,840,987.00 | 8,035,987.00 | 20,786,387.15 | 29,925,447.00 | 0.00 | 50,711,834.15 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 58,747,821.15 | 12 | Atención del Envejecimiento | 51,434.40 | 80,592.15 | 132,026.55 | 4,000,588.60 | 0.00 | 0.00 | 4,000,588.60 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,132,615.15 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,945,368.80 | 0.00 | 0.00 | 2,945,368.80 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,945,368.80 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,233,794.47 | 0.00 | 0.00 | 3,233,794.47 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,233,794.47 | 15 | Eliminación de la Lepra | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,525,604.00 | 0.00 | 0.00 | 1,525,604.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,525,604.00 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 183,477.13 | 0.00 | 0.00 | 183,477.13 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 183,477.13 | TOTALES | 1,155,234.40 | 10,208,688.15 | 11,363,922.55 | 99,824,827.12 | 70,571,295.00 | 0.00 | 170,396,122.12 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 181,760,044.67 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | 1 | Vacunación Universal | 4,264,320.00 | 0.00 | 4,264,320.00 | 19,742,260.58 | 0.00 | 0.00 | 19,742,260.58 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 24,006,580.58 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 856,780.00 | 0.00 | 856,780.00 | 12,762,917.74 | 0.00 | 0.00 | 12,762,917.74 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,619,697.74 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 781,695.00 | 0.00 | 781,695.00 | 810,000.00 | 0.00 | 0.00 | 810,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,591,695.00 | TOTALES | 5,902,795.00 | 0.00 | 5,902,795.00 | 33,315,178.32 | 0.00 | 0.00 | 33,315,178.32 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 39,217,973.32 | GRAN TOTAL No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | TOTAL | CASSCO | CAUSES | SUBTOTAL | ANEXO IV- PRORESPPO | ANEXO IV APOYO FEDERAL INSUMOS | ANEXO IV CONSEG | SUBTOTAL | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS | FPGC APOYO FEDERAL PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL | TOTALES | 33,879,300.03 | 16,378,097.15 | 50,257,397.18 | 199,208,005.86 | 70,571,295.00 | 5,846,850.00 | 275,626,150.86 | 143,320,079.32 | 14,648,574.29 | 157,968,653.61 | 483,852,201.65 | NOTA: Para el programa de Salud Materna y Perinatal a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, tendrá como fuente de financiamiento adicional recursos del Seguro Médico Siglo XXI, SMS XXI, los cuales serán ministrados a través del Ramo 12. ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) RAMO 12 | No. | UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN | COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD | SMS XXI RECURSOS PRESUPUESTARIOS | SMS XXI INSUMOS | TOTAL | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 2 | Salud Materna y Perinatal | 0.00 | 0.00 | 0.00 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. ANEXO 3 Calendario de Ministraciones (Pesos) 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | Febrero | 188,473.00 | Subtotal de ministraciones | 188,473.00 | P018 / CS010 | 188,473.00 | Subtotal de programas institucionales | 188,473.00 | | 3 | Alimentación y Actividad Física | Febrero | 1,500,000.00 | Subtotal de ministraciones | 1,500,000.00 | U008 / OB010 | 1,500,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,500,000.00 | | Total | 1,688,473.00 | 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Salud Mental | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | Total | 0.00 | 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Seguridad Vial | Febrero | 695,000.00 | Subtotal de ministraciones | 695,000.00 | P018 / AC020 | 695,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 695,000.00 | | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | Febrero | 250,000.00 | Subtotal de ministraciones | 250,000.00 | P018 / AC040 | 250,000.00 | Subtotal de programas institucionales | 250,000.00 | | Total | 945,000.00 | 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | Febrero | 1,657,608.00 | Subtotal de ministraciones | 1,657,608.00 | U009 / EE200 | 1,657,608.00 | Subtotal de programas institucionales | 1,657,608.00 | | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | Total | 1,657,608.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | P016 / VH020 | 0.00 | Subtotal de programas institucionales | 0.00 | | Total | 0.00 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | Febrero | 10,813,671.00 | Subtotal de ministraciones | 10,813,671.00 | P020 / CC010 | 10,813,671.00 | Subtotal de programas institucionales | 10,813,671.00 | | 2 | Salud Materna y Perinatal | Febrero | 7,089,776.00 | Subtotal de ministraciones | 7,089,776.00 | P020 / AP010 | 7,089,776.00 | Subtotal de programas institucionales | 7,089,776.00 | | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | Febrero | 3,735,808.00 | Subtotal de ministraciones | 3,735,808.00 | P020 / SR010 | 3,735,808.00 | Subtotal de programas institucionales | 3,735,808.00 | | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | Febrero | 2,917,163.00 | Subtotal de ministraciones | 2,917,163.00 | P020 / SR020 | 2,917,163.00 | Subtotal de programas institucionales | 2,917,163.00 | | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | Febrero | 3,695,172.63 | Subtotal de ministraciones | 3,695,172.63 | P020 / MJ030 | 3,695,172.63 | Subtotal de programas institucionales | 3,695,172.63 | | 6 | Igualdad de Género en Salud | Febrero | 448,008.00 | Subtotal de ministraciones | 448,008.00 | P020 / MJ040 | 448,008.00 | Subtotal de programas institucionales | 448,008.00 | | Total | 28,699,598.63 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 5 | Prevención y Control del Paludismo | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | Febrero | 3,195,909.00 | Subtotal de ministraciones | 3,195,909.00 | U008 / OB010 | 3,195,909.00 | Subtotal de programas institucionales | 3,195,909.00 | | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | Febrero | 8,035,987.00 | Subtotal de ministraciones | 8,035,987.00 | U008 / OB010 | 8,035,987.00 | Subtotal de programas institucionales | 8,035,987.00 | | 12 | Atención del Envejecimiento | Febrero | 132,026.55 | Subtotal de ministraciones | 132,026.55 | U008 / OB010 | 132,026.55 | Subtotal de programas institucionales | 132,026.55 | | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 15 | Eliminación de la Lepra | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | Febrero | 0.00 | Subtotal de ministraciones | 0.00 | | Total | 11,363,922.55 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | 1 | Vacunación Universal | Febrero | 4,264,320.00 | Subtotal de ministraciones | 4,264,320.00 | E036 / VA010 | 4,264,320.00 | Subtotal de programas institucionales | 4,264,320.00 | | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | Febrero | 856,780.00 | Subtotal de ministraciones | 856,780.00 | P018 / IA010 | 259,790.00 | P018 / IA030 | 596,990.00 | Subtotal de programas institucionales | 856,780.00 | | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | Febrero | 781,695.00 | Subtotal de ministraciones | 781,695.00 | P018 / CC030 | 515,595.00 | P018 / PP060 | 266,100.00 | Subtotal de programas institucionales | 781,695.00 | | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación- Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE. ANEXO 4 Programas-Indicadores-Metas de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 5.1.3 | Proceso | Número de acciones de supervisión, monitoreo o evaluación del Programa, realizadas | Número de acciones de supervisión, monitoreo o evaluación del Programa, programadas | 2,000 | Realizar acciones de acompañamiento, monitoreo, asesoría en servicio y evaluación del Programa Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 300 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.1.1 | Proceso | Número de Agentes de Salud capacitados en temas de salud pública | Total de Agentes esperados de acuerdo al número de población de la comunidad a certificarse como promotora de la salud | 100 | Porcentaje de Agentes de Salud capacitados en temas de salud pública | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 1.3.1 | Proceso | Número de personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa | Número de personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa, programado a recibir capacitación | 100 | Personal de salud capacitado, responsable de la coordinación y operación del Programa | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 2.4.1 | Resultado | Comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como Promotoras de la Salud | Comunidades de 500 a 2500 habitantes programadas a certificarse como Promotoras de la Salud | 100 | Comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.1.2 | Proceso | Número de municipios activos en el año | Número total de municipios en el año | 20 | Municipios que han cumplido con los requisitos de municipio incorporado y que cumplen con el 50% de avance de las actividades del Programa Municipal de Promoción de la Salud. | 20 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.1.3 | Proceso | Número de municipios con personal del ayuntamiento capacitado en el año | Número total de municipios | 20 | Municipios que han capacitado a su personal en temas de Promoción de la Salud y de Salud Pública | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 3.8.1 | Proceso | Número de reuniones de la Red Estatal de Municipios por la Salud realizadas | Número de reuniones de la Red Estatal de Municipios por la Salud programadas | 100 | Reuniones con presidentes municipales de la Red Estatal de Municipios por la Salud, se consideran las reuniones de instalación de la Red y/o para la elaboración del programa anual de trabajo; de seguimiento y de evaluación de actividades. | 100 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 4.2.1 | Proceso | Número de jurisdicciones sanitarias supervisadas por el programa en el año | Número de jurisdicciones sanitarias programadas a supervisar por el programa en el año | 100 | Porcentaje de jurisdicciones sanitarias supervisadas para evaluar la operación y avances del programa Entornos y Comunidades Saludables. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 1.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la alimentación correcta y el consumo de agua simple potable en diferentes entornos. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 2.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados. | Número de eventos educativos programados. | 100 | Porcentaje de eventos educativos para la promoción de la actividad física en diferentes entornos | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 3.1.1 | Proceso | Número de campañas realizadas | Número de campañas programadas | 128 | Número de campañas educativas a nivel estatal de los temas prioritarios del programa | 4 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 4.2.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Porcentaje de eventos educativos para la sensibilización de la importancia de la lactancia materna exclusiva como factor protector y la alimentación complementaria correcta. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 5.1.1 | Proceso | Número de eventos educativos realizados | Número de eventos educativos programados | 100 | Porcentaje de eventos educativos para la difusión de la cultura alimentaria tradicional. | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 6.1.1 | Proceso | Capacitaciones impartidas | Capacitaciones programadas | 100 | Porcentaje de cursos de capacitación de los temas prioritarios del programa dirigido al personal de salud | 100 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 7.1.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas | Número de supervisiones programadas | 90 | Porcentaje de supervisiones de las actividades derivadas del programa a nivel estatal y jurisdiccional | 90 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 7.2.1 | Resultado | Número de personas con hábitos correctos de alimentación y actividad física | Total de población encuestada | 10 | Porcentaje de la población que tiene correctos hábitos alimentarios y de actividad física | 10 | 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Salud Mental | 1.2.1 | Proceso | Número de campañas realizadas | Número de centros de salud más número de centros integrales de salud mental | 100 | Campañas informativas sobre los signos y síntomas más frecuentes en centros de salud y centros integrales de salud mental | 50 | 1 | Salud Mental | 2.3.1 | Proceso | Porcentaje de personal médico y/o paramédico de centros de salud capacitado en la Guía de Intervención mhGAP | Total de personal médico y paramédico de centros de salud | 15 | Personal médico y/o paramédico de centros de salud capacitado en la Guía de Intervención mhGAP | 10 | 1 | Salud Mental | 2.3.2 | Proceso | Porcentaje de personal de centro integral de salud mental capacitado en el uso de Guías Clínicas para la Atención de Trastornos Mentales | Total de personal de centro integral de salud mental | 100 | Personal de centro integral de salud mental capacitado en el uso de Guías Clínicas para la Atención de Trastornos Mentales | 100 | 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Seguridad Vial | 1.1.1 | Proceso | Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación | Total de entidades federativas | 19 | Número de Observatorios Estatales de Lesiones con acta de creación entre el total de entidades federativas | 1 | 1 | Seguridad Vial | 3.2.1 | Proceso | Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años que ha recibido pláticas de sensibilización sobre seguridad vial en las entidades federativas entre el total de población del grupo de edad de 10 a 49 años | Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años | 1 | Total de población del grupo de edad de 10 a 49 años que ha recibido pláticas de sensibilización sobre seguridad vial en las entidades federativas | 100 | 1 | Seguridad Vial | 5.1.1 | Proceso | Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría | Total de municipios prioritarios | 74 | Número de municipios prioritarios que aplican controles de alcoholimetría entre el total de municipios prioritarios | 6 | 1 | Seguridad Vial | 6.1.1 | Proceso | Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación | Total de entidades federativas | 14 | Número de entidades federativas que cuentan con Centro Regulador de Urgencias Médicas en operación entre el total de entidades federativas | 1 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 4.2.1 | Proceso | Número de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes que incorporan actividades dirigidas a la prevención de accidentes en grupos vulnerables | Total de Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes | 31 | Se considerarán en el numerador a los Consejos Estatales para la Prevención de Accidentes que incorporen a sus programas de trabajo acciones dirigidas a la prevención de accidentes en grupos vulnerables. La realización de dichas acciones se harán válidas a través de las actas de acuerdos de los COEPRA y los informes de actividades que entregan periódicamente al STCONAPRA | 1 | 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.1 | Resultado | Sumatoria de indicadores con incremento en 0.3 puntos con respecto del año anterior en cada una de las entidades federativas | Total de indicadores evaluados | 80 | Porcentaje de sistemas con mejoría en su índice de desempeño | 80 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.2 | Resultado | Número de Reportes de Información epidemiológica (Boletines) publicados en la página de la entidad por semana | Número programado de boletines por publicar en el año. | 95 | Porcentaje de Reportes de Información epidemiológica (Boletines) publicados | 95 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.3 | Estructura | Número de unidades de V.E. hospitalaria con personal capturista, médico y personal paramédico contratado | Número de hospitales con Unidad de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria avalados por los Comités Estatales de V.E. | 95 | Porcentaje de Unidades de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria reforzadas con contratación de personal capturista, médico y paramédico | 95 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.1.4 | Estructura | Número de unidades equipadas. | Número de unidades por equipar. | 80 | Porcentaje de unidades para la V.E. Hospitalaria, fortalecidas con equipo de cómputo e internet | 80 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 2.2.1 | Resultado | Panoramas publicados | Panoramas planeados | 80 | Porcentaje de panoramas de Diabetes, de Morbilidad Materna Severa y otras enfermedades No Transmisibles, publicados | 80 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 4.1.1 | Proceso | Número de sistemas de V.E. supervisados | Número total de Sistemas de V.E. por supervisar | 80 | Porcentaje de sistemas de vigilancia epidemiológica supervisados | 80 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 5.1.1 | Proceso | Número de eventos de capacitación para personal operativo realizados | Número de eventos de capacitación para personal operativo programados | 80 | Porcentaje de eventos de capacitación para personal operativo en la Entidad | 80 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 6.1.1 | Estructura | Equipo adquirido | Equipo programado | 90 | Porcentaje de UIES creadas o fortalecidas. | 100 | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 6.1.2 | Estructura | Número de centros estatales instalados. | Número de centros estatales programados. | 90 | Porcentaje de centros estatales para el RSI instalados | 90 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 4.1.1 | Proceso | Número de diagnósticos con reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE | Número de diagnósticos programados a la competencia técnica por el InDRE | 3 | Número de diagnósticos del marco analítico básico con reconocimiento a la competencia técnica por el InDRE | 3 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 4.2.1 | Proceso | Índice de Desempeño del año curso - Índice de Desempeño del año anterior | Avance Programado en el Índice de Desempeño del año en curso | 1 | Índice de desempeño de los diagnósticos del marco analítico básico declarados por el LESP | 1 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 5.1.2 | Proceso | Número de muestras procesadas del Marco Analítico Básico en el LESP | Número de muestras aceptadas del Marco Analítico Básico en el LESP | 95 | Porcentaje de cobertura del servicio diagnóstico del Marco Analítico Básico | 95 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 2.2.1 | Proceso | Condones distribuidos a personas con VIH e ITS en Servicios Especializados. | Personas de 18 a 60 años registradas en el SALVAR. | 60 | Mide el número de Condones distribuidos en el año por persona con VIH e ITS que acuden a los servicios especializados (Saih y Capasits). | 60 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.1.1 | Resultado | Personas seropositivas no tratadas anteriormente cuyo primer recuento de linfocitos CD4 fue menor a 200 células/ml en la SS. | Personas seropositivas no tratadas anteriormente que tuvieron el primer recuento de linfocitos CD4 en el año en la SS. | 100 | Es la proporción de personas no tratadas anteriormente con un recuento de linfocitos CD4 menor a 200 células/ml, con respecto a la meta de personas no tratadas anteriormente, que tuvieron un primer recuento de CD4 durante el periodo de notificación en la Secretaría de Salud (SS). | 100 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1 | Resultado | Personas en tratamiento con carga viral < 50 copias en la Secretaría de Salud | Personas en tratamiento en la Secretaría de Salud. | 80 | Mide el impacto de la terapia antirretroviral en las personas con VIH que se encuentran en tratamiento en la Secretaría de Salud; a través de la carga viral indetectable. La carga viral de los pacientes con VIH en tratamiento ofrece indicios de la observancia del tratamiento, así como el cumplimiento de los pacientes con el seguimiento de la enfermedad y de la calidad de la atención prestada. | 80 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 5.1.1 | Proceso | Consultas de ITS de primera vez en la Secretaría de Salud. | Meta estimada de consultas de ITS de primera vez en la Secretaría de Salud. | 100 | Intenta promover la atención de las ITS en la Secretaría de Salud (SS), a través de aumentar el número de consultas de ITS de primera vez. | 100 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 1.1.1 | Proceso | Número de informes de campaña enviados al CNEGSR | Número de informes de campaña programados por entidad federativa | 100 | Proporción de informes estatales de campaña de la "semana de sensibilización en cáncer de cuello uterino" y del "mes del cáncer de la mujer" recibidos respecto a lo programado para el año | 100 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.2.1 | Proceso | Mujeres de 40 a 69 años con mastografía de tamizaje | Mujeres de 40 a 69 años programadas para tamizaje en el año en curso | 27 | Proporción de mujeres de 40 a 69 años que cuentan con detección con mastografía | 24 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 4.4.1 | Proceso | Pruebas de VPH procesadas para el tamizaje primario o seguimiento de pacientes tratadas en clínicas de colposcopia | Pruebas de VPH procesadas para el tamizaje primario o seguimiento de pacientes tratadas en clínicas de colposcopia | 97 | Proporción de pruebas de VPH procesadas del total de pruebas asignadas a la entidad | 97 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.1.1 | Estructura | Promedio de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de mastógrafos de detección y diagnóstico al cierre 2017 | Promedio de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de mastógrafos de detección y diagnóstico en 2016 | 10 | Proporción de incremento en el Índice de evaluación de infraestructura para detección y diagnóstico por mastografía | 10 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.4.1 | Estructura | Promedio de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de clínicas de colposcopia y citología al cierre 2017 | Promedio de los índices de satisfacción de requerimientos mínimos de clínicas de colposcopia y citología en 2016 | 19 | Proporción de incremento en el Índice de evaluación de infraestructura (clínicas de colposcopia y laboratorios de citología) | 9 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.5.1 | Estructura | Número acumulado de citotecnólogos evaluados al cierre de 2017 | Número de citotecnólogos que interpretan citologías de tamizaje | 75 | Proporción de citotecnólogos evaluados en el examen de certificación del total de citotecnólogos del programa | 100 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 6.5.2 | Proceso | Número de técnicos radiólogos que al cierre de 2017 han sido capacitados en control de calidad de mastografía (Acumulado 2013- 2017) | Total de técnicos radiólogos que toman mastografías | 80 | Proporción de técnicos radiólogos que han sido capacitados en control de calidad de mastografía | 100 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 7.2.1 | Resultado | Mujeres con resultado BIRADS 4 y 5 en la mastografía de tamizaje que cuentan con biopsia | Total de mujeres con resultado BIRADS 4 y 5 en la mastografía de tamizaje | 95 | Proporción de mujeres con resultado anormal en la mastografía que fueron evaluadas con biopsia del total de mujeres con resultado de BIRADS 4 o 5 | 95 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 7.2.2 | Resultado | Mujeres con resultado citológico igual o mayor a LEIAG que recibieron atención colposcópica | Mujeres con resultado citológico igual o mayor a LEIAG | 95 | Proporción de mujeres de 25 a 64 años con resultado citológico igual o mayor a LEIAG con evaluación colposcópica | 95 | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 8.2.1 | Estructura | Número grupos de acompañamiento emocional con personal certificado en el Estándar de Acompañamiento Emocional | Número grupos de acompañamiento emocional en el programa | 100 | Proporción de grupos de acompañamiento emocional con personal certificado en el Estándar Mexicano de Acompañamiento Emocional | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.1.1 | Proceso | Número de consultas prenatales de primera vez otorgadas en el primer trimestre gestacional, en la Secretaría de Salud | Total de consultas de primera vez otorgadas sin importar trimestre gestacional, en la Secretaría de Salud. | 40 | Proporción de consultas prenatales de primera vez otorgadas durante el primer trimestre gestacional, del total de consultas de primera vez para el control prenatal en la Secretaría de Salud. | 40 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.2.1 | Proceso | Número de Posadas AME que cumplen con los requisitos establecidos | Total de Posadas AME funcionando | 100 | Proporción de Posadas AME que están cumpliendo con los requisitos establecidos | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.5.1 | Estructura | Número de recursos humanos contratados para la atención de la salud materna y neonatal, en la Secretaría de Salud. | Total de recursos humanos programados a contratar para la atención de la salud materna y neonatal en el año | 100 | Proporción de recursos humanos que fueron contratados para la atención de la salud materna y neonatal, en la Secretaría de Salud, con respecto a los programados en el año. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 1.7.2 | Proceso | Número de recién nacidos que se le realizaron la prueba de tamiz auditivo neonatal, en la Secretaría de Salud | Total de recién nacidos atendidos en la Secretaría de Salud | 80 | Porcentaje de recién nacidos de la Secretaría de Salud, que le realizaron la prueba de tamiz auditivo neonatal, con respecto al total de recién nacidos de la Secretaría de Salud. | 80 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.1.2 | Proceso | Número de personal de salud de primer nivel de atención, capacitado en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas | Total de personal de salud de primer nivel de atención, programado a capacitar en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas, en el año | 100 | Proporción de personal de salud de primer nivel de atención que fueron capacitados en la atención pregestacional, prenatal, parto, puerperio y emergencias obstétricas. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 3.2.2 | Proceso | Número de parteras capacitadas y evaluadas por la Secretaría de Salud | Total de parteras tradicionales activas en la Secretaría de Salud, programadas a capacitar en el año | 100 | Proporción de las parteras tradicionales, capacitadas en atención obstétrica y neonatal, registradas en la Secretaría de Salud. | 100 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 6.3.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión realizadas para revisar la salud materna y neonatal | Total de visitas de supervisión en él programadas para revisar la salud materna y neonatal programadas en el año | 100 | Proporción de supervisiones realizadas para revisar las actividades de salud materna y neonatal, con respecto a las programadas a realizar en el año. | 100 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.2.1 | Estructura | Número de servicios amigables en proceso de acreditación (con auto evaluación y plan de mejora en curso) | Número de servicios amigables programados para iniciar proceso de acreditación. | 219 | Servicios amigables incorporados al proceso de acreditación (con auto evaluación y plan de mejora en curso) | 30 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3.4.1 | Proceso | Número de acciones comunitarias en salud sexual y reproductiva realizadas en el periodo | Acciones comunitarias en salud sexual y reproductiva realizadas | 117,400 | Actividades comunitarias realizadas a través de los servicios amigables, por promotores y brigadistas juveniles | 12,639 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.1.1 | Estructura | Número de personas capacitadas en temas de salud sexual y reproductiva con calificación mayor a 8 u 80% | Total de personas asistentes a los cursos y talleres de capacitación en temas de salud sexual y reproductiva. | 90 | Porcentaje de personal capacitado y sensibilizado, que acredite un aprovechamiento mayor o igual a 8 u 80% en la evaluación del taller o evento | 90 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.1.2 | Estructura | Número de personas capacitadas en temas de salud sexual y reproductiva | Total de personas programadas para capacitación en temas de salud sexual y reproductiva. | 7,200 | Personal de primer nivel de atención capacitado en temas de salud sexual y reproductiva | 100 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 4.4.1 | Resultado | Mujeres adolescentes usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud | Mujeres adolescentes usuarias de un método anticonceptivo | 497,509 | Mujeres adolescentes con vida sexual activa, que son usuarias activas de métodos anticonceptivos, y pertenecen a la población responsabilidad de la Secretaría de Salud | 13,972 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 1.1.1 | Resultado | No. de usuarias nuevas de la SSA: Número de mujeres que adoptan un método anticonceptivo por primera vez en la institución durante el año (incluye usuarias de condón masculino y femenino) | Número programado de mujeres que adoptarán un método anticonceptivo proporcionado en unidades médicas de la Secretaría de Salud | 903,279 | Corresponde al número de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos durante el año, registradas en consulta externa (no incluye oclusiones tuberías bilaterales ni vasectomías) | 15,135 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.3.1 | Proceso | Número de personas capacitadas durante el año en temas de Planificación Familiar. | Número de personas programadas para ser capacitadas en el año en temas de Planificación Familiar | 6,400 | Se refiere al porcentaje de personal capacitado respecto al número de personas a capacitar en el año (meta) | 400 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2.6.1 | Proceso | Número de aceptantes de un método anticonceptivo (DIU, OTB, IMPLANTES y Hormonales) durante el post-evento obstétrico y el puerperio | Número programado de mujeres que adoptarán un método anticonceptivo (DIU, OTB, IMPLANTES u hormonales) durante el post-evento obstétrico y el puerperio. | 818,589 | Número de mujeres atendidas por algún evento obstétrico durante el año (parto, aborto o cesárea) que adoptan un método anticonceptivo durante los 42 días posteriores a la atención del evento. | 26,703 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 4.5.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión realizadas a jurisdicciones sanitarias y unidades médicas | Número de visitas de supervisión programadas a jurisdicciones sanitarias y unidades médicas al año (se programan al menos dos visitas al año por jurisdicción). | 503 | Corresponde al total de visitas de supervisión y asesoría que se realizan durante el año a jurisdicciones y unidades médicas de primer nivel de atención. | 34 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 6.1.1 | Proceso | Número de hospitales visitados y asesorados en materia de anticoncepción post-evento obstétrico durante el año | Número de hospitales de la Secretaría de Salud con mayor número de eventos obstétricos (Se programa al menos una visita por hospital al año). | 125 | Corresponde al número de hospitales que atienden el mayor número de eventos obstétricos en la Secretaría de Salud que recibieron supervisión y asesoría por parte del nivel estatal para mejorar la cobertura y la calidad de los servicios de anticoncepción post-evento obstétrico. | 3 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 6.3.1 | Estructura | Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico (incluye centros de salud y hospitales). | Número de unidades médicas programadas para instalar servicios de planificación familiar para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico. (Incluye hospitales con consulta externa y centros de salud urbanos). | 67 | Corresponde al número de centros de salud y hospitales con alta demanda de atención de enfermedades concomitantes (diabetes mellitus, hipertensión arterial, cáncer, sobrepeso, etc.) que cuentan con al menos un consultorio habilitado para la prestación de servicios de planificación familiar y anticoncepción para mujeres con alto riesgo obstétrico | 2 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 8.2.1 | Resultado | Número de vasectomías realizadas durante el año | Número de vasectomías programadas en hombres de 20 a 64 años responsabilidad de la Secretaría de Salud durante el año. | 20,262 | Se refiere al número de vasectomías realizadas en la Secretaría de Salud durante el año por cada 10 mil hombres de 20 a 64 años, responsabilidad de la Secretaría de Salud. | 253 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.1.2 | Resultado | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en los servicios especializados | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa programadas para su atención en los servicios especializados. | 265,227 | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto del número de mujeres programadas para su atención. | 5,939 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 2.4.1 | Resultado | Número de grupos formados para la reeducación de víctimas de violencia de pareja. | Número de grupos programados para la reeducación de víctimas de violencia de pareja. | 1,136 | Número de grupos formados en las unidades esenciales de salud para la reeducación de víctimas de violencia de pareja con respecto a los grupos programados. | 16 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 6.2.1 | Resultado | Número de grupos formados para la reeducación de agresores de violencia de pareja. | Número de grupos programados para la reeducación de agresores de violencia de pareja. | 1,120 | Número de grupos formados en las unidades esenciales de salud para la reeducación de agresores de violencia de pareja con respecto a los grupos programados. | 16 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1 | Resultado | Número de personas víctimas de violación sexual atendidas en las unidades de salud de manera adecuada y oportuna. | Número de personas víctimas de violación sexual que acudieron para su atención en las unidades de salud en las primeras 72 y hasta 120 horas según corresponda. | 100 | Porcentaje de casos de violación sexual atendidos de manera adecuada y oportuna con respecto a las que acudieron a los servicios de salud después del suceso. | 100 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 1.3.1 | Proceso | Número de niñas/os atendidos en el CEI | Número de niñas/os programados a atender en el CEI | 16,000 | Número de niñas/os atendidos en el Centro de Entretenimiento Infantil (CEI) respecto a lo programado | 600 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 1.4.1 | Proceso | Número de actividades realizadas de promoción y difusión | Número de actividades programadas a realizar de promoción y difusión | 48 | Número de actividades realizadas de promoción y difusión sobre masculinidades saludables, autocuidado y cuidado de la salud familiar en los hombres con respecto a las actividades programadas a realizar. | 2 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 2.1.1 | Proceso | Número de actividades realizadas de promoción y difusión | Número de actividades programadas a realizar de promoción y difusión | 48 | Número de actividades de promoción y difusión sobre respeto a los derechos humanos de las mujeres en la atención a la salud con respecto a las actividades programadas a realizar. | 2 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 3.1.1 | Estructura | Número de personal de salud operativo capacitado en género en salud, no discriminación y derechos humanos | Número de personal de salud operativo programado a capacitar en género en salud, no discriminación y derechos humanos | 13,804 | Número de personal de salud operativo capacitado en género en salud, no discriminación y derechos humanos respecto al personal programado a capacitar. | 1,047 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 3.1.2 | Estructura | Número de personal directivo capacitado en género en salud, no discriminación y derechos humanos | Número de personal directivo programado a capacitar en género en salud, no discriminación y derechos humanos | 433 | Número de personal directivo capacitado en género en salud, no discriminación y derechos humanos respecto al personal directivo programado a capacitar | 6 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 5.1.1 | Proceso | Número de actividades realizadas de difusión y promoción | Número de actividades programadas a realizar de promoción y difusión | 48 | Número de actividades realizadas de difusión y promoción al personal de salud en materia de prevención del hostigamiento y acoso sexual respecto a las actividades programadas a realizar. | 2 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 5.5.1 | Estructura | Número de personal directivo estatal capacitado | Número de personal directivo estatal programado a capacitar | 480 | Número de personal directivo de los Servicios Estatales de Salud capacitado en materia de prevención del hostigamiento y acoso sexual respecto al personal directivo programado a capacitar | 20 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 1.1.1 | Proceso | Dosis de vacuna antirrábica aplicadas | Dosis de vacuna antirrábica programadas a aplicar | 95 | Mide la cobertura de dosis de vacuna antirrábica aplicada en perros y gatos | 73 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 2.2.1 | Proceso | Número de personas agredidas o contactos que inician tratamiento | Número de personas agredidas o contactos valoradas según la normatividad vigente | 22 | Mide la cobertura de tratamientos antirrábicos iniciados a personas agredidas o contactos. | 22 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1 | Proceso | Número de perros y gatos esterilizados | Número de perros y gatos programados a esterilizar | 90 | Mide la cobertura de esterilizaciones quirúrgicas en perros y gatos en lugares de alta marginación | 90 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 4.1.1 | Proceso | Muestras de cerebros de perros agresores, ferales y sospechosos de padecer rabia enviadas al laboratorio | Número de personas agredidas por animales sospechosos de rabia | 69 | Mide la cobertura de muestras cerebros de animales agresores, enfermos y ferales que se envían al laboratorio al laboratorio con base en el número de personas agredidas. | 69 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 3.2.1 | Proceso | Número de pacientes probables de brucelosis que reciben tratamiento de primera vez. | Número de pacientes con probable brucelosis positivos a la prueba de rosa de bengala. | 100 | Mide la cobertura de enfermos con diagnóstico probable de brucelosis que reciben tratamiento antibiótico. | 100 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1 | Proceso | Número de Localidades con Acciones de Control Larvario | Número de Localidades de Riesgo Programadas | 100 | Mide trimestralmente el cumplimiento en las acciones de control larvario en las localidades de riesgo. | 34 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2 | Proceso | Número de Localidades prioritarias con Acciones de Nebulización Espacial en UBV | Número de Localidades prioritarias Programadas | 100 | Mide trimestralmente el porcentaje de cumplimiento de nebulización espacial en localidades prioritarias | 34 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3 | Proceso | Casos Probables atendidos con acciones de Rociado Intradomiciliar reportados en la Plataforma de Vigilancia Entomológica y Control Integral del Vector | Casos Probables Notificados en la Plataforma del SINAVE | 100 | Mide trimestral el porcentaje de cumplimiento de atención con rociado residual intradomiciliar a casos probables reportados en la Plataforma del SINAVE | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.1.1 | Proceso | Número de Casos nuevos de paludismo con tratamiento. | Número total de casos nuevos de paludismo confirmados por microscopia. | 100 | Tratamiento oportuno a casos nuevos de paludismo. | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.2.1 | Proceso | Número de mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo que recibieron tratamiento | Total de mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo | 100 | Tratamientos oportuno a mujeres embarazadas con diagnóstico de paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.3.2 | Proceso | Total de gotas gruesas tomadas a casos probables de paludismo | Total de casos probables de paludismo reportados. | 100 | Porcentaje de detección oportuna de los casos probables de paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 1.6.1 | Proceso | Número de reuniones realizadas con el Comité Técnico Estatal para la Certificación de Área Libre de Paludismo | Número de reuniones del Comité Estatal de Certificación programadas. | 4 | Reuniones realizadas del Comité Técnico Estatal para gestionar, informar y realizar acciones que coadyuven a la certificación del estado como área libre de transmisión del paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 2.1.1 | Proceso | Número de puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados en localidades prioritarias visitados de forma mensual | Total de puestos voluntarios, oficiales y privados en las localidades prioritarias | 100 | Estima la proporción de visitas para el fortalecimiento de la detección y diagnóstico oportuno de paludismo en localidades prioritarias a través de los puestos de notificación voluntarios, oficiales y privados | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 2.3.1 | Proceso | Número de reuniones comunitarias programadas para la información, educación y capacitación sobre paludismo en comunidades prioritarias | Número de reuniones comunitarias realizadas para la información, educación y capacitación sobre paludismo en comunidades prioritarias | 100 | Estima la cobertura de información, educación y capacitación sobre el paludismo en las comunidades prioritarias para el empoderamiento . | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 3.2.1 | Proceso | Número de personal de salud capacitado en prevención y control del paludismo | Total de personal de salud en el estado que realiza actividades de prevención y control de paludismo | 100 | Cuantifica el porcentaje del personal de salud capacitado en prevención y control del paludismo | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 4.1.1 | Resultado | Número de localidades prioritarias con infestación larvaria menor al 1% de caladas positivas posterior a la intervención comunitaria. | Número de localidades prioritarias con positividad larvaria mayor a 1% en los estudios entomológicos previos. | 100 | Mide la eficacia de las acciones realizadas por la comunidad para la eliminación y control de los criaderos de anofelinos | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 5.1.1 | Proceso | Número de localidades prioritarias trabajadas con eliminación de criaderos de anofelinos | Total de localidades prioritarias a trabajar para la eliminación de criaderos de anofelinos | 100 | Estima la cobertura de localidades prioritarias trabajadas mediante la participación comunitaria en la eliminación de criaderos y hábitats de los anofelinos | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 7.1.1 | Proceso | Número de Localidades prioritarias con uso de pabellones impregnados con insecticidas | Total de localidades prioritarias con distribución de pabellones impregnados de insecticida | 100 | Estima la proporción de localidades prioritarias que usan pabellones impregnados de insecticida | 100 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 8.1.1 | Resultado | Número de brotes atendidos en las primeras 24 horas a partir de la notificación | Total de brotes notificados | 100 | Mide la oportunidad en la atención de brotes por paludismo la cual debe ser en menos de 24 horas a partir de la notificación | 100 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 1.1.1 | Proceso | Número de detecciones de diabetes mellitus realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | Detecciones de Diabetes Mellitus programadas, que corresponde al 33% de la población de 20 años y más. Responsabilidad de la Secretaría de Salud, restando la población de IMSS-PROSPERA del año correspondiente. | 11,358,177 | Detecciones de Diabetes Mellitus realizadas en población de 20 años y más (corresponde al 33% de la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, restando la población de IMSS-PROSPERA del año correspondiente) | 313,847 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.1 | Proceso | Total de pacientes con DM en control glucémico mediante glucosa plasmática o HbA1c | Total de pacientes con DM en tratamiento. | 336,419 | Contar con los insumos suficientes que permitan evaluar de manera periódica el control de los pacientes con diabetes mellitus (glucosa plasmática en ayuno entre 70 y 130 mg/l o bien, HbA1c menor a 7%) | 18,949 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.2 | Proceso | Número de pacientes con DM que al menos se le realizó una valoración de pies. | Número de pacientes con DM en tratamiento. | 336,419 | Realizar acciones para fomentar la detección oportuna de complicaciones crónicas a través de exploración de pie. | 7,580 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.3 | Estructura | Número de UNEME ´s EC alineadas a la Estrategia Nacional para la Prevención y el Control del sobrepeso, obesidad y diabetes. | Número de UNEME ´s EC programadas por alinear a Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, obesidad y la diabetes, | 99 | Garantizar que las unidades especialidades médicas UNEMEs EC cuenten insumos necesarios para realizar las actividades correspondientes a la alineación de la Estrategia Nacional contra el sobrepeso, obesidad y diabetes. | 6 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.4 | Proceso | Número de pacientes con DM en tratamiento. | Pacientes con DM en tratamiento al que se le programó al menos una determinación de microalbuminuria | 168,209 | Fomentar la detección de complicaciones crónicas a través de determinación de microalbúmina. | 3,790 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.2.1 | Resultado | Número de GAM EC acreditados. | Número de GAM EC programados por acreditarse. | 730 | Impulsar la acreditación de Grupos de Ayuda Mutua EC en el primer nivel de atención. | 30 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 4.1.1 | Proceso | Número de Capacitaciones realizadas al personal de salud del primer nivel de atención otorgadas por la UNEMEs EC | Número de capacitaciones programadas al personal de salud del primer nivel de atención otorgadas por la UNEME EC | 888 | Realizar acciones de capacitación y desarrollo de competencias en el primer nivel de atención otorgadas por las UNEMEs EC. | 48 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1.1.2 | Proceso | Número de detecciones de Dislipidemias realizadas en la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud | Detecciones de Dislipidemias programadas, que corresponde al 33% de la población de 20 años y más, responsabilidad de la Secretaría de Salud, restando la población de IMSS Prospera del año correspondiente | 2,409,310 | Detección oportuna de dislipidemias, (corresponde al 33% ´de la población de 20 años y más, responsabilidad de Secretaría de Salud, restando la población de IMSS- PROSPERA del año correspondiente) | 66,574 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 2.2.1 | Proceso | Número de personal contratado para la ENPyCOD | Número de personal programado por contratar para la ENPyCOD | 700 | Contratación del personal operativo, participando en Estrategia Nacional para la prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes y que realice las funciones acorde a lo marcado en los lineamientos | 36 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 4.2.2 | Proceso | Número de pacientes con hipertensión arterial en control con cifras menores de 140/90 mmHg | Total de pacientes con hipertensión arterial en tratamiento | 545,889 | Control en pacientes con Hipertensión Arterial que estén en tratamiento en el primer nivel de atención con cifras menores a 140/ 90 mmHg considerando los pacientes en tratamiento, ingresos, reingresos, pacientes regulares e irregulares | 18,608 | 12 | Atención del Envejecimiento | 6.2.2 | Resultado | Detecciones realizadas de síndromes geriátricos (caídas e incontinencia urinaria) en población adulta mayor no asegurada | Detecciones programadas de síndromes geriátricos (caídas e incontinencia urinaria) en población adulta mayor no asegurada | 20 | Es el número de detecciones de Síndromes Geriátricos en sus componentes que son caídas e incontinencia urinaria en personas adultas mayores no aseguradas | 20 | 12 | Atención del Envejecimiento | 6.2.4 | Resultado | Detecciones integradas realizadas de Sintomatología Prostática en población masculina de 45 años y más no aseguradas | Detecciones integradas programadas de Sintomatología Prostática en población masculina de 45 años y más no aseguradas | 10 | Es el número de detecciones integradas de sintomatología Prostática en población masculina de 45 años y más no aseguradas | 10 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 4.4.1 | Resultado | Total de actividades preventivas intramuros realizadas. | Total de actividades preventivas intramuros programadas. | 37,012,380 | Corresponde a la aplicación del Esquema Básico de Prevención en Salud Bucal en las unidades aplicativas. | 1,300,484 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 9.4.1 | Resultado | Número de consultas estomatológicas realizadas. | Número de consultas estomatológicas programadas. | 8,669,545 | Se contempla el total de consultas de primera vez y subsecuentes del servicio estomatológico. | 274,361 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.2.1 | Proceso | Número de eventos de capacitación en tuberculosis realizados | Número de eventos de capacitación en tuberculosis programados | 128 | Eventos de capacitación dirigidos al personal de salud sobre la prevención y control de la tuberculosis, realizados en las entidades federativas. | 4 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.1 | Proceso | Número de sintomáticos respiratorios identificados | Número de sintomáticos respiratorios programados. | 308,624 | Detección de tuberculosis entre sintomáticos respiratorios | 11,182 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 1.5.2 | Proceso | Número de casos de tuberculosis ingresados a tratamiento | Número total de casos registrados de tuberculosis programados | 14,108 | Iniciar tratamiento a los casos de tuberculosis nuevos y retratamientos (total de casos registrados) | 555 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1 | Proceso | Número de esquemas para personas con tuberculosis farmacorresistente, que ingresaron al tratamiento con fármacos de segunda línea. | Número de esquemas programados, para personas con tuberculosis farmacorresistente, que ingresaron al tratamiento con fármacos de segunda línea. | 284 | Tratamiento de segunda línea a personas con tuberculosis farmacorresistente. | 10 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 5.1.1 | Proceso | Número de visitas de asesoría y supervisión realizadas | Número de visitas de asesoría y supervisión programadas | 854 | Realización de visitas de asesoría y supervisión programadas por nivel estatal a los niveles locales. | 34 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 1.1.1 | Proceso | Reuniones ordinarias trimestrales del Comité Estatal para la Seguridad en Salud realizadas. | Reuniones ordinarias del Comité Estatal para la Seguridad en Salud programadas. | 128 | Verificar la realización de las reuniones ordinarias trimestrales del Comité Estatal para la Seguridad en Salud durante el año. Total 4 estatal (1 programada por trimestre) | 4 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 5.2.1 | Proceso | Supervisiones realizadas | Supervisiones programadas | 64 | Supervisión a las jurisdicciones sanitarias de mayor riesgo y niveles locales para verificar la operación integral del programa de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres, con base en las cédulas de supervisión. | 3 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 1.1.3 | Proceso | Número de supervisiones realizadas en las unidades de salud de primer nivel de atención con actividades operativas del PAE-ERI. | Número de supervisiones programadas en las unidades de salud de primer nivel de atención con actividades operativas del PAE-ERI. | 306 | Supervisiones a realizar por parte del Programa Estatal a las unidades de salud de primer nivel de atención que realizan actividades operativas del PAE-ERI. | 14 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL | 1 | Vacunación Universal | 1.1.1 | Resultado | Número de niñas (os) menores de un año de edad con esquema completo de vacunación. | Niños menores de un año de edad para la Secretaría de Salud. | 90 | Porcentaje de cobertura de vacunación con esquema completo en menores de un año de edad | 90 | 1 | Vacunación Universal | 1.1.2 | Resultado | Dosis de vacunas de DPT en los niñas (os) de cuatro años registradas en el SIS | Niñas(os) de cuatro años de edad de acuerdo a la Distribución Poblacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 95 | Cobertura de vacunación con DPT a niñas(os) de cuatro años de edad. | 95 | 1 | Vacunación Universal | 1.2.2 | Proceso | Dosis aplicadas y registradas en el Sistema de Información en Salud del 1o. de enero al 31 de marzo del 2017 | Total de dosis entregadas en la Entidad Federativa. | 50 | Logro de aplicación de la Vacuna de Influenza Estacional durante el primer trimestre del 2017 | 50 | 1 | Vacunación Universal | 1.2.3 | Proceso | Dosis aplicadas y registradas en el Sistema de Información en Salud del 1o. de octubre al 31 de diciembre del 2017 | Total de dosis entregadas en la Entidad Federativa. | 70 | Logro de aplicación de la Vacuna de Influenza Estacional durante el último trimestre del 2017 | 70 | 1 | Vacunación Universal | 1.3.1 | Proceso | Número de capacitaciones realizadas del Programa de Vacunación Universal a personal de salud | Total de capacitaciones para personal de salud programadas por el Programa de Vacunación Universal | 100 | Capacitaciones realizadas en el Programa de Vacunación Universal al personal de salud involucrado. | 100 | 1 | Vacunación Universal | 1.4.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas al Programa de Vacunación Universal. | Número de supervisiones programadas al Programa de Vacunación Universal. | 100 | Supervisiones realizadas del Programa de Vacunación Universal. | 100 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.1 | Resultado | Dosis de vacunas de SRP registradas en el SIS | Niñas(os) de 12 a 23 meses de edad de acuerdo a la Distribución Poblacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 95 | Cobertura de vacunación de SRP al año de edad | 95 | 1 | Vacunación Universal | 1.5.2 | Resultado | Dosis de vacunas de SRP registradas en el SIS | Niñas(os) de 6 años de edad de acuerdo a la Distribución Poblacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 95 | Cobertura de vacunación con la segunda dosis de SRP a niñas(os) de seis años de edad. | 95 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.2.1 | Proceso | Número de menores de 10 años en control nutricional por desnutrición o bajo peso | Total de menores de 10 años de edad con desnutrición o bajo peso | 80 | Proporción de menores de 10 años de edad con desnutrición o bajo peso, ingresados a control nutricional. | 80 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 1.2.2 | Proceso | Número de consultas de menores de 10 años de edad en control nutricional por sobrepeso- obesidad. | Total de consultas de menores de 10 años de edad con sobrepeso- obesidad. | 80 | Proporción de niños menores de 10 años de edad con sobrepeso-obesidad ingresados a control nutricional. | 80 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 4.1.1 | Proceso | Número del personal de salud en contacto con el paciente del primer nivel de atención, capacitado en temas de atención integrada en la infancia. | Total de personal de los Servicios de Salud del primer nivel de atención en contacto con el paciente. | 20 | La proporción del personal de Salud del primer nivel de atención en contacto con el paciente, capacitado en temas de atención integrada en la infancia en modalidad presencial o a distancia. | 20 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 5.3.1 | Proceso | Número de sesiones realizadas del Comité de Estrategias para la Reducción de la Mortalidad en la Infancia en el periodo. | Total de sesiones programadas del Comité de Estrategias para la Reducción de la Mortalidad en la Infancia. | 90 | La Proporción de sesiones realizadas del Comité de Estrategias para la Reducción de la Mortalidad en la Infancia respecto a las programadas. | 90 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 6.2.1 | Proceso | Número total de GAPS en operación en la entidad federativa | Número de GAPS programados. | 80 | Medir los Grupos de Adolescentes Promotores de la Salud (GAPS) operando en la entidad federativa. | 100 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 2.1.1 | Proceso | Número de personas capacitadas (pediatras, médicos generales, pasantes de servicio social y enfermeras) para la identificación de signos y síntomas de sospecha de cáncer en niñas, niños y adolescentes | Número de personas programadas a capacitar (pediatras, médicos generales, pasantes de servicio social y enfermeras) para la identificación de signos y síntomas de sospecha de cáncer en niñas, niños y adolescente | 90 | Capacitar al 100% de los médicos pasantes de servicio social en primer nivel de atención, mínimo 5% más que el año anterior de médicos generales, pediatras y enfermeras del primero y segundo nivel de atención | 90 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 2.1.3 | Resultado | Número de menores de 18 años diagnosticados con cáncer en etapas tempranas y riesgo habitual o bajo, en las unidades médicas | Total de menores de 18 años diagnosticados con cáncer en las unidades médicas | 32 | Detectar >= a 32% de los casos en etapas tempranas o riesgo habitual o bajo, del total de los casos diagnosticados con cáncer en menores de 18 años | 30 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 3.1.1 | Proceso | Número de casos capturados en el Registro de Cáncer en Niños y Adolescentes | Total de casos registrados en el Sistema del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos | 100 | Evaluación y análisis de los sistemas de información relacionados al cáncer en la infancia y adolescencia | 100 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 4.1.2 | Proceso | Capacitaciones realizadas en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital | Capacitaciones programadas en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital programadas | 100 | Capacitaciones en temas de Sigamos Aprendiendo en el Hospital | 100 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 4.2.1 | Proceso | Número de Aulas activadas | Número de Aulas programadas que deben estar funcionando al cierre del año | 100 | Activación de nuevas aulas y entrega de insumos programados para las Aulas de la estrategia de Sigamos Aprendiendo en el Hospital en entidades federativas | 100 | ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción y Número de Actividad General. ANEXO 5 Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 5.1.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Sustancias biológicas Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública. | 1.00 | 70,203 | 70,203.00 | TOTAL | 70,203.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 2.2.1.8 | Ramo 12-Apoyo Federal | Condón masculino. De hule látex. Envase con 100 piezas. | 78.49 | 8,000 | 627,920.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas rápidas. Prueba rápida para la determinación cualitativa en sangre total de anticuerpos IgG por inmunocromatografía contra el virus de la inmunodeficiencia humana Tipos 1 y 2. Estuche para mínimo 24 pruebas. TATC. Descripción complementaria: El costo y la cantidad es por prueba | 75.98 | 35,000 | 2,659,300.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 5.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación de anticuerpos de Treponema pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas. Descripción complementaria: El costo y la cantidad es por prueba | 61.52 | 2,500 | 153,800.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Maraviroc. Tableta Cada Tableta Contiene: Maraviroc 150 Mg. Envase Con 60 Tabletas. | 6,622.47 | 46 | 304,633.62 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Maraviroc. Tableta Cada Tableta Contiene: Maraviroc 300 Mg. Envase Con 60 Tabletas. | 6,622.47 | 14 | 92,714.58 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Efavirenz, Emtricitabina, Tenofovir Fumarato De Disoproxilo. Tableta Cada Tableta Contiene: Efavirenz 600 Mg. Emtricitabina 200 Mg. Fumarato De Disoproxilo De Tenofovir 300 Mg Equivalente A 245 Mg Tenofovir Disoproxil. Envase Con 30 Tabletas. | 2,404.15 | 21,734 | 52,251,796.10 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta Contiene: Etanolato De Darunavir Equivalente A 400 Mg De Darunavir. Envase Con 60 Tabletas. | 3,319.06 | 1,278 | 4,241,758.68 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta Contiene: Etanolato De Darunavir Equivalente A 75 Mg De Darunavir. Envase Con 480 Tabletas. | 4,978.59 | 4 | 19,914.36 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Dolutegravir. Tableta Cada Tableta Contiene: Dolutegravir Sódico Equivalente A 50 Mg De Dolutegravir. Envase Con 30 Tabletas. | 4,076.60 | 451 | 1,838,546.60 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Didanosina. Cápsula Con Gránulos Con Capa Entérica Cada Cápsula Con Gránulos Con Capa Entérica Contiene: Didanosina 400 Mg. Envase Con 30 Cápsulas. | 1,056.91 | 164 | 173,333.24 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Enfuvirtida. Solución Inyectable. Cada Frasco Ámpula Con Liofilizado Contiene: Enfuvirtida 108 Mg. Envase Con 60 Frascos Ámpula Con Liofilizado Y 60 Frascos Ámpula Con 1.1 Ml De Agua Inyectable. | 22,449.79 | 11 | 246,947.69 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Zidovudina. Cápsula Cada Cápsula Contiene: Zidovudina 100 Mg. Envase Con 100 Cápsulas. | 185.00 | 55 | 10,175.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Atazanavir. Cápsula Cada Cápsula Contiene: Sulfato De Atazanavir Equivalente A 300 Mg De Atazanavir. Envase Con 30 Cápsulas. | 2,764.85 | 5,649 | 15,618,637.65 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina/Zidovudina. Tableta Cada Tableta Contiene: Lamivudina 150 Mg. Zidovudina 300 Mg. Envase Con 60 Tabletas. | 772.00 | 1,433 | 1,106,276.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina. Solución Cada 100 Ml Contienen: Lamivudina 1 G. Envase Con 240 Ml Y Dosificador. | 835.10 | 422 | 352,412.20 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir. Solución Cada 100 Ml Contienen: Sulfato De Abacavir Equivalente A 2 G De Abacavir. Envase Con Un Frasco De 240 Ml Y Pipeta Dosificadora. | 578.00 | 168 | 97,104.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir. Tableta Cada Tableta Contiene: Sulfato De Abacavir Equivalente A 300 Mg De Abacavir. Envase Con 60 Tabletas. | 500.00 | 790 | 395,000.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Tipranavir. Cápsula Cada Cápsula Contiene: Tipranavir 250 Mg. Envase Con 120 Cápsulas. | 3,229.36 | 30 | 96,880.80 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Emtricitabina. Cápsula Cada Cápsula Contiene: Emtricitabina 200 Mg. Envase Con 30 Cápsulas. | 490.00 | 131 | 64,190.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Tenofovir Disoproxil Fumarato O Tenofovir. Tableta Cada Tableta Contiene: Tenofovir Disoproxil Fumarato 300 Mg. O Tenofovir Disoproxil Fumarato 300 Mg Equivalente A 245 Mg De Tenofovir Disoproxilo. Envase Con 30 Tabletas. | 2,000.12 | 1,556 | 3,112,186.72 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Darunavir. Tableta Cada Tableta Contiene: Etanolato De Darunavir Equivalente A 600 Mg De Darunavir. Envase Con 60 Tabletas. | 4,978.59 | 696 | 3,465,098.64 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Efavirenz. Comprimido Recubierto Cada Comprimido Contiene: Efavirenz 600 Mg. Envase Con 30 Comprimidos Recubiertos. | 371.83 | 4,843 | 1,800,772.69 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Abacavir-Lamivudina. Tableta Cada Tableta Contiene: Sulfato De Abacavir Equivalente A 600 Mg De Abacavir. Lamivudina 300 Mg. Envase Con 30 Tabletas. | 1,379.32 | 5,608 | 7,735,226.56 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Emtricitabina-Tenofovir Disoproxil Fumarato. Tableta Recubierta Cada Tableta Recubierta Contiene: Tenofovir Disoproxil Fumarato 300 Mg Equivalente A 245 Mg De Tenofovir Disoproxil. Emtricitabina 200 Mg. Envase Con 30 Tabletas Recubiertas. | 2,124.62 | 9,824 | 20,872,266.88 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Nevirapina. Suspensión Cada 100 Mililitros Contienen: Nevirapina Hemihidratada Equivalente A 1 G De Nevirapina Envase Con 240 Ml Con Dosificador. | 332.80 | 54 | 17,971.20 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Zidovudina. Solución Oral Cada 100 Ml Contienen: Zidovudina 1 G. Envase Con 240 Ml. | 515.00 | 492 | 253,380.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Zidovudina. Cápsula Cada Cápsula Contiene: Zidovudina 250 Mg. Envase Con 30 Cápsulas. | 220.00 | 1,163 | 255,860.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Etravirina. Tableta Cada Tableta Contiene: Etravirina 100 Mg. Envase Con 120 Tabletas. | 5,429.27 | 328 | 1,780,800.56 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-Ritonavir. Solución Cada 100 Ml Contienen: Lopinavir 8.0 G. Ritonavir 2.0 G. Envase Frasco Ámbar Con 160 Ml Y Dosificador. | 1,714.00 | 287 | 491,918.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Raltegravir. Comprimido Cada Comprimido Contiene: Raltegravir Potásico Equivalente A 400 Mg De Raltegravir Envase Con 60 Comprimidos. | 5,308.92 | 1,965 | 10,432,027.80 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Ritonavir. Cápsula O Tableta. Cada Cápsula O Tableta Contiene: Ritonavir 100 Mg. Envase Con 30 Tabletas | 347.96 | 7,163 | 2,492,437.48 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lamivudina. Tableta. Cada Tableta Contiene: Lamivudina 150 Mg. Envase Con 60 Tabletas. | 584.00 | 246 | 143,664.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-Ritonavir. Tableta. Cada Tableta Contiene: Lopinavir 100 Mg. Ritonavir 25 Mg. Envase Con 60 Tabletas. | 1,100.00 | 246 | 270,600.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Lopinavir-Ritonavir. Tableta Cada Tableta Contiene: Lopinavir 200 Mg. Ritonavir 50 Mg. Envase Con 120 Tabletas. | 2,656.00 | 4,830 | 12,828,480.00 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Nevirapina. Tableta. Cada Tableta Contiene: Nevirapina 200 Mg. Envase Con 60 Tabletas. | 384.16 | 1,147 | 440,631.52 | 1 | Respuesta al VIH/SIDA e ITS | 4.2.1.7 | FPGC-Fideicomiso | Didanosina. Cápsula Con Gránulos Con Capa Entérica Cada Cápsula Con Gránulos Con Capa Entérica Contiene: Didanosina 250 Mg. Envase Con 30 Cápsulas. | 657.47 | 25 | 16,436.75 | TOTAL | 146,761,099.32 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Emtricitabina-Tenofovir Disoproxil Fumarato. Tableta Recubierta Cada Tableta Recubierta Contiene: Tenofovir Disoproxil Fumarato 300 Mg Equivalente A 245 Mg De Tenofovir Disoproxil. Emtricitabina 200 Mg. Envase Con 30 Tabletas Recubiertas. Descripción complementaria: Truvada Adultos | 2,124.62 | 65 | 138,100.30 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lopinavir-Ritonavir. Tableta Cada Tableta Contiene: Lopinavir 200 Mg. Ritonavir 50 Mg. Envase Con 120 Tabletas. Descripción complementaria: Kaletra Adultos | 2,656.00 | 65 | 172,640.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lamivudina. Solución Cada 100 Ml Contienen: Lamivudina 1 G. Envase Con 240 Ml Y Dosificador. Descripción complementaria: 3TC (Menores de 9 años) | 835.10 | 4 | 3,340.40 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lopinavir-Ritonavir. Tableta. Cada Tableta Contiene: Lopinavir 100 Mg. Ritonavir 25 Mg. Envase Con 60 Tabletas. Descripción complementaria: Kaletra (Menores de 9 a 15 años) | 1,100.00 | 30 | 33,000.00 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 7.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Lopinavir-Ritonavir. Solución Cada 100 Ml Contienen: Lopinavir 8.0 G. Ritonavir 2.0 G. Envase Frasco Ámbar Con 160 Ml Y Dosificador. Descripción complementaria: Kaletra (Menores de 9 años) | 1,714.00 | 8 | 13,712.00 | TOTAL | 360,792.70 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Penicilina L.A. Penicilina G Procaínica 100,000 U.I., Penicilina G Benzatínica 100,000 U.I., Dihidroestreptomicina base 200 mg., C.b.p. 1 ml. Frasco con 100 ml. | 398.00 | 11 | 4,378.00 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Tiletamina-Zolazepam al 10% (Uso veterinario) Descripción complementaria: Frasco con producto liofilizado y 5 ml de diluyente | 215.00 | 113 | 24,295.00 | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 3.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Clorhidrato de Xilacina al 2% (Uso veterinario) Descripción complementaria: Frasco con 25 ml | 99.41 | 45 | 4,473.45 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 3.2.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Rifampicina. Suspensión Oral Cada 5 Ml Contienen: Rifampicina 100 Mg. Envase Con 120 Ml Y Dosificador. Descripción complementaria: Antibiótico de inicio de pacientes probables de brucelosis | 60.00 | 24 | 1,440.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida Biorracional al 7.48% en cajas con 4,000 tabletas | 34,617.00 | 28 | 969,276.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida microbiano BTI al 37.4% en gránulos dispersables, cajas con 24 tarros de 500 gramos | 18,100.00 | 20 | 362,000.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Larvicida: Regulador de Crecimiento al 9.34% en tambos de 200 litros | 18,100.00 | 20 | 362,000.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado al 49% concentrado emulsionable en caja con 12 litros | 20,100.00 | 78 | 1,567,800.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida organofosforado en base oleosa al 13.624% en tambos de 208 litros | 159,401.00 | 30 | 4,782,030.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida Organofosforado al 40 ó 41% base agua en bidones de 20 litros | 17,900.00 | 68 | 1,217,200.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida carbamato al 80% cuñete de 25 kg con 200 sobres de 125 gramos cada uno | 45,400.00 | 20 | 908,000.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 6.3.3.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Plaguicidas (insecticidas) Descripción complementaria: Adulticida carbamato al 70% en cuñetes de 4.5 kg con 180 sobres de 25 gramos | 19,238.00 | 50 | 961,900.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 1.1.1.3 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras reactivas. Tira Reactiva. Para determinación de glucosa en sangre capilar con límite de medición en glucómetro hasta 500 ó 600 mg/dl. Con membrana hidrofílica impregnada con activante químico: glucosa oxidasa, con reductor e indicador o glucosa deshidrogenasa. Para la determinación de glucosa. Envase con 25, 50 ó 100 tiras. TATC. | 11.58 | 1,196,000 | 13,849,680.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.1.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Prueba en tira reactiva, cartucho o cubeta de reacción descartable, para la determinación cuantitativa de hemoglobina glucosilada fracción A1c en sangre capilar venosa. Caja con 10 ó 20 pruebas. | 312.04 | 85,200 | 26,585,808.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3.1.4.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras reactivas. Tira reactiva para la determinación semicuantitativa de microalbúmina en orina, en un rango de 10 a 100 mg/L, en un tiempo aproximado de un minuto. Tubo con 25, 30 ó 50 tiras reactivas. RTC y/o TA | 35.06 | 6,000 | 210,360.00 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1.1.2.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras reactivas. Tira reactiva para la determinación semicuantitativa de microalbúmina en orina, en un rango de 10 a 100 mg/L, en un tiempo aproximado de un minuto. Tubo con 25, 30 ó 50 tiras reactivas. RTC y/o TA | 35.06 | 30,000 | 1,051,800.00 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 1.1.2.1 | Anexo IV - Apoyo Federal | Tiras reactivas para determinación cuantitativa de perfil de lípidos (para ser utilizadas en equipo portátil para la determinación cuantitativa de colesterol total, colesterol HDL, colesterol LDL, triglicéridos) presentación: frasco con 10, 15 ó 25 tiras reactivas. | 387.15 | 74,580 | 28,873,647.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Amikacina. Solución Inyectable. Cada Ampolleta O Frasco Ámpula Contiene: Sulfato De Amikacina Equivalente A 500 Mg De Amikacina. Envase Con 1 Ampolleta o Frasco Ámpula Con 2 Ml. | 4.00 | 3,120 | 12,480.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Protionamida tabletas de 250 mg | 2.48 | 6,500 | 16,120.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Cicloserina, cápsulas de 250 mg | 7.01 | 14,040 | 98,420.40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Pirazinamida, tabletas de 400 mg | 0.47 | 20,000 | 9,400.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Etambutol, tabletas de 400 mg | 0.85 | 18,720 | 15,912.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Clofazimina, tabletas de 100 mg | 21.90 | 860 | 18,834.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Linezolid, tableta de 600 mg | 30.42 | 3,120 | 94,910.40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Isoniazida, tableta de 300 mg | 0.38 | 620 | 235.60 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Bedaquiline | 319.14 | 188 | 59,998.32 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Ácido para amino salicílico, PAS sobre con 4 g | 28.00 | 624 | 17,472.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Imipenem Y Cilastatina. Solución Inyectable. Cada Frasco Ámpula Con Polvo Contiene: Imipenem Monohidratado Equivalente A 500 Mg De Imipenem. Cilastatina Sódica Equivalente A 500 Mg De Cilastatina. Envase Con Un Frasco Ámpula. | 70.00 | 624 | 43,680.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Levofloxacino, tableta de 250 mg | 1.24 | 9,360 | 11,606.40 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Moxifloxacino tableta de 400 mg | 15.05 | 1,620 | 24,381.00 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 2.4.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Antibióticos (substancias y productos farmacéuticos) Descripción complementaria: Capreomicina 1 g, vial con polvo para inyectar | 94.00 | 620 | 58,280.00 | TOTAL | 82,217,817.57 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) | SIN DATOS | Gran total | 229,409,912.59 | ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia, Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica. APÉNDICE La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, y Otra, así como los de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, CNPSS, ANEXO IV y Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos, FPGC, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS". Resumen de recursos por fuente de financiamiento (Monto pesos) No. | UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN | SPPS RAMO 12 | SUBTOTAL | RAMO 33 | APORTACIÓN ESTATAL | OTRA | SUBTOTAL | CNPSS | TOTAL | ANEXO IV PRORESPPO, APOYO FEDERAL INSUMOS Y CONSEG | SMS XXI APOYO FEDERAL (PRESUPUESTO E INSUMOS) | FPGC APOYO FEDERAL INSUMOS Y APOYO FEDERAL PRUEBAS DE LABORATORIO | RECURSOS FINANCIEROS CASSCO CAUSES | INSUMOS | RECURSOS FINANCIEROS FASSA - P FASSA - C RECTORÍA | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | 310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD | 1 | Promoción de la Salud y Determinantes Sociales | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 133,936.00 | 0.00 | 0.00 | 133,936.00 | 4,332,593.90 | 0.00 | 0.00 | 4,466,529.90 | 2 | Entornos y Comunidades Saludables | 188,473.00 | 0.00 | 188,473.00 | 301,669.25 | 0.00 | 0.00 | 301,669.25 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 490,142.25 | 3 | Alimentación y Actividad Física | 1,500,000.00 | 0.00 | 1,500,000.00 | 165,379.75 | 0.00 | 0.00 | 165,379.75 | 2,970,000.00 | 0.00 | 0.00 | 4,635,379.75 | Total: | 1,688,473.00 | 0.00 | 1,688,473.00 | 600,985.00 | 0.00 | 0.00 | 600,985.00 | 7,302,593.90 | 0.00 | 0.00 | 9,592,051.90 | 313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 882,204.90 | 0.00 | 0.00 | 882,204.90 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 882,204.90 | Total: | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 882,204.90 | 0.00 | 0.00 | 882,204.90 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 882,204.90 | 315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES | 1 | Seguridad Vial | 695,000.00 | 0.00 | 695,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 695,000.00 | 2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 250,000.00 | 0.00 | 250,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 250,000.00 | Total: | 945,000.00 | 0.00 | 945,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 945,000.00 | 316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA | 1 | Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica | 1,657,608.00 | 0.00 | 1,657,608.00 | 742,720.00 | 0.00 | 0.00 | 742,720.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,400,328.00 | 2 | SINAVE (Componente de Vigilancia por Laboratorio) | 0.00 | 70,203.00 | 70,203.00 | 804,632.00 | 0.00 | 0.00 | 804,632.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 874,835.00 | Total: | 1,657,608.00 | 70,203.00 | 1,727,811.00 | 1,547,352.00 | 0.00 | 0.00 | 1,547,352.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,275,163.00 | K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | 1 | Respuesta al VIH/ SIDA e ITS | 0.00 | 3,441,020.00 | 3,441,020.00 | 608,965.60 | 0.00 | 0.00 | 608,965.60 | 7,626,560.00 | 0.00 | 157,968,653.61 | 169,645,199.2 1 | Total: | 0.00 | 3,441,020.00 | 3,441,020.00 | 608,965.60 | 0.00 | 0.00 | 608,965.60 | 7,626,560.00 | 0.00 | 157,968,653.61 | 169,645,199.2 1 | L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | 1 | Prevención y Control del Cáncer de la Mujer | 10,813,671.00 | 0.00 | 10,813,671.00 | 525,564.00 | 0.00 | 0.00 | 525,564.00 | 11,303,347.00 | 0.00 | 0.00 | 22,642,582.00 | 2 | Salud Materna y Perinatal | 7,089,776.00 | 0.00 | 7,089,776.00 | 1,467,348.00 | 0.00 | 0.00 | 1,467,348.00 | 44,062,349.52 | 0.00 | 0.00 | 52,619,473.52 | 3 | Salud Sexual y Reproductiva para Adolescentes | 3,735,808.00 | 0.00 | 3,735,808.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 660,000.00 | 0.00 | 0.00 | 4,395,808.00 | 4 | Planificación Familiar y Anticoncepción | 2,917,163.00 | 0.00 | 2,917,163.00 | 3,084,804.08 | 0.00 | 0.00 | 3,084,804.08 | 960,000.00 | 0.00 | 0.00 | 6,961,967.08 | 5 | Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género | 3,695,172.63 | 360,792.70 | 4,055,965.33 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,055,965.33 | 6 | Igualdad de Género en Salud | 448,008.00 | 0.00 | 448,008.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 448,008.00 | Total: | 28,699,598.63 | 360,792.70 | 29,060,391.33 | 5,077,716.08 | 0.00 | 0.00 | 5,077,716.08 | 56,985,696.52 | 0.00 | 0.00 | 91,123,803.93 | O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | 1 | Prevención y Control de la Rabia Humana | 0.00 | 33,146.45 | 33,146.45 | 0.00 | 4,982,970.00 | 0.00 | 4,982,970.00 | 286,973.00 | 0.00 | 0.00 | 5,303,089.45 | 2 | Prevención y Control de la Brucelosis | 0.00 | 1,440.00 | 1,440.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 268,459.90 | 0.00 | 0.00 | 269,899.90 | 3 | Prevención y Control de la Rickettsiosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4 | Prevención y Control de Dengue y Otros Vectores | 0.00 | 11,130,206.00 | 11,130,206.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 20,822,962.00 | 0.00 | 0.00 | 31,953,168.00 | 5 | Prevención y Control del Paludismo | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 13,359,134.75 | 0.00 | 0.00 | 13,359,134.75 | 713,402.89 | 0.00 | 0.00 | 14,072,537.64 | 6 | Eliminación de la Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7 | Prevención y Control de la Enfermedad de Chagas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 159,824.70 | 0.00 | 0.00 | 159,824.70 | 8 | Prevención y Control de las Leishmaniasis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 94,895.00 | 0.00 | 0.00 | 94,895.00 | 9 | Prevención y Control de la Intoxicación por Picadura de Alacrán | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10 | Prevención y Control de la Diabetes | 3,195,909.00 | 0.00 | 3,195,909.00 | 462,326.60 | 0.00 | 0.00 | 462,326.60 | 85,448,937.48 | 0.00 | 0.00 | 89,107,173.08 | 11 | Prevención y Control de la Obesidad y Riesgo Cardiovascular | 8,035,987.00 | 0.00 | 8,035,987.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 50,711,834.15 | 0.00 | 0.00 | 58,747,821.15 | 12 | Atención del Envejecimiento | 132,026.55 | 0.00 | 132,026.55 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,000,588.60 | 0.00 | 0.00 | 4,132,615.15 | 13 | Prevención, Detección y Control de los Problemas de Salud Bucal | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,900,003.15 | 0.00 | 0.00 | 1,900,003.15 | 2,945,368.80 | 0.00 | 0.00 | 4,845,371.95 | 14 | Prevención y Control de la Tuberculosis | 0.00 | 481,730.12 | 481,730.12 | 572,933.84 | 0.00 | 0.00 | 572,933.84 | 3,233,794.47 | 0.00 | 0.00 | 4,288,458.43 | 15 | Eliminación de la Lepra | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 266,380.00 | 0.00 | 0.00 | 266,380.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 266,380.00 | 17 | Prevención de Enfermedades Diarreicas Agudas y Cólera | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,525,604.00 | 0.00 | 0.00 | 1,525,604.00 | 18 | Prevención y Control de las Enfermedades Respiratorias e Influenza | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 826,000.00 | 0.00 | 0.00 | 826,000.00 | 183,477.13 | 0.00 | 0.00 | 1,009,477.13 | Total: | 11,363,922.55 | 11,646,522.57 | 23,010,445.12 | 17,386,778.34 | 4,982,970.00 | 0.00 | 22,369,748.34 | 170,396,122.12 | 0.00 | 0.00 | 215,776,315.5 8 | R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | 1 | Vacunación Universal | 4,264,320.00 | 0.00 | 4,264,320.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 19,742,260.58 | 0.00 | 0.00 | 24,006,580.58 | 2 | Salud para la Infancia y la Adolescencia | 856,780.00 | 0.00 | 856,780.00 | 1,133,273.97 | 0.00 | 0.00 | 1,133,273.97 | 12,762,917.74 | 0.00 | 0.00 | 14,752,971.71 | 3 | Cáncer en la Infancia y la Adolescencia | 781,695.00 | 0.00 | 781,695.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 810,000.00 | 0.00 | 0.00 | 1,591,695.00 | Total: | 5,902,795.00 | 0.00 | 5,902,795.00 | 1,133,273.97 | 0.00 | 0.00 | 1,133,273.97 | 33,315,178.32 | 0.00 | 0.00 | 40,351,247.29 | Gran Total: | 50,257,397.18 | 15,518,538.27 | 65,775,935.45 | 27,237,275.89 | 4,982,970.00 | 0.00 | 32,220,245.89 | 275,626,150.86 | 0.00 | 157,968,653.61 | 531,590,985.8 1 | NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente Apéndice, se encuentran identificados en los siguientes módulos del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE: Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio); Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 33 (Formato Reporte de ramo 33 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio); y Módulo de Reportes-Presupuestación-Anexo IV-PRORESPPO, (Formato 20% del Anexo IV-PRORESPPO. Reporte de montos por insumo, bien o servicio). Por la Secretaría: el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Pablo Antonio Kuri Morales.- Rúbrica.- El Director General de Promoción de la Salud, Eduardo Jaramillo Navarrete.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Ricardo Juan García Cavazos.- Rúbrica.- El Director General de Epidemiología, Cuitláhuac Ruiz Matus.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Jesús Felipe González Roldán.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, María Virginia González Torres.- Rúbrica.- La Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Patricia Estela Uribe Zúñiga.- Rúbrica.- La Secretaria Técnica del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Martha Cecilia Hijar Medina.- Rúbrica.- El Director General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Juan Luis Gerardo Durán Arenas.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Rafael Gerardo Arroyo Yabur.- Rúbrica.- El Secretario de Planeación y Finanzas, Amet Ramos Troconis.- Rúbrica.
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