DOF: 20/04/2017
ACUERDO por el que se reforma el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior

ACUERDO por el que se reforma el diverso por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 17 y 37 fracción XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1, 3 y 6 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, prevé que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, en cuyo caso deberán publicar el acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación;
Que el artículo 6, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública dispone que corresponde a su titular, aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría, así como adscribir orgánicamente sus unidades administrativas y encomendar a estas funciones adicionales y que sean necesarias para el despacho de los asuntos de la competencia de la propia Dependencia;
Que con motivo de la publicación del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, en el Diario Oficial de la Federación de fecha 12 de enero de 2017, se estableció una nueva estructura orgánica de la Secretaría de la Función Pública;
Que en atención a lo anterior y a efecto de lograr una mejor organización y coordinación de los asuntos que competen a la Secretaría de la Función Pública, resulta necesario realizar modificaciones a la adscripción orgánica de diversas unidades administrativas de la Dependencia, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se reforma la fracción I y se adicionan dos párrafos al artículo Primero del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su Reglamento Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2015, para quedar como sigue:
"PRIMERO.- ...
I. A la Secretaría del Ramo:
a) Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control;
b) Unidad de Asuntos Jurídicos;
c) Dirección General de Información e Integración;
d) Unidad de Apertura Gubernamental y Cooperación Internacional;
e) Contraloría Interna;
f) Dirección General de Comunicación Social;
g) Unidad de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción;
h) Dirección General de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción;
i) Dirección General de Vinculación con el Sistema Nacional de Fiscalización;
j) Dirección General de Análisis, Diagnóstico y Formulación de Proyectos en Materia Anticorrupción de la Administración Pública Federal;
 
k) Dirección General de Igualdad de Género, y
l) Dirección General de Transparencia.
...
El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos coordinará e instruirá a la Dirección General de Información e Integración para el despacho de los asuntos competencia de esta última unidad administrativa.
El Titular de la Unidad de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción, coordinará e instruirá a las Direcciones Generales de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción, de Vinculación con el Sistema Nacional de Fiscalización y de Análisis, Diagnóstico y Formulación de Proyectos en Materia Anticorrupción de la Administración Pública Federal para el despacho de los asuntos de sus respectivas competencias.
SEGUNDO a QUINTO. ...
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo, entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a 7 de abril de 2017.- La Secretaria de la Función Pública, Arely Gómez González.- Rúbrica.
 

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