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DOF: 21/04/2017
CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que e

CONVENIO Específico de Adhesión para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función, que celebran el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ciudad de México y las demarcaciones territoriales de Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

CONVENIO ESPECÍFICO DE ADHESIÓN, EN LO SUCESIVO "CONVENIO" PARA EL OTORGAMIENTO DEL "SUBSIDIO PARA EL FORTALECIMIENTO DEL DESEMPEÑO EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LOS MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y, EN SU CASO, A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE EJERZAN DE MANERA DIRECTA O COORDINADA LA FUNCIÓN", EN LO SUCESIVO "FORTASEG", QUE CELEBRAN EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "EL SECRETARIADO", REPRESENTADO POR SU TITULAR, EL C. ÁLVARO VIZCAÍNO ZAMORA; EL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA CIUDAD DE MÉXICO", REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL C. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, ASISTIDO POR EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA Y SECRETARIADO EJECUTIVO DEL CONSEJO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA; EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, EL C. HIRAM ALMEIDA ESTRADA Y LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES, EN LO SUCESIVO "LAS DEMARCACIONES" DE ÁLVARO OBREGÓN, AZCAPOTZALCO, BENITO JUÁREZ, COYOACÁN, CUAJIMALPA DE MORELOS, CUAUHTÉMOC, GUSTAVO A. MADERO, IZTACALCO, IZTAPALAPA, LA MAGDALENA CONTRERAS, MIGUEL HIDALGO, MILPA ALTA, TLÁHUAC, TLALPAN, VENUSTIANO CARRANZA Y XOCHIMILCO, REPRESENTADAS POR LOS Y LAS CC. MARÍA ANTONIETA HIDALGO TORRES, PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN, CHRISTIAN DAM VON ROEHRICH DE LA ISLA, JOSÉ VALENTÍN MALDONADO SALGADO, MIGUEL ÁNGEL SALAZAR MARTÍNEZ, RICARDO MONREAL ÁVILA, VÍCTOR HUGO LOBO ROMÁN, CARLOS ENRIQUE ESTRADA MERAZ, DIONE ANGUIANO FLORES, JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ, JORGE ALVARADO GALICIA, RIGOBERTO SALGADO VÁZQUEZ, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, ISRAEL MORENO RIVERA Y AVELINO MÉNDEZ RANGEL, RESPECTIVAMENTE, A QUIENES CONJUNTAMENTE SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" DE CONFORMIDAD CON EL MARCO LEGAL, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
MARCO LEGAL
"LAS PARTES" protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como 7 y 8 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, en lo sucesivo, "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y las demás disposiciones aplicables al "FORTASEG" y al presente "CONVENIO"; razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
DECLARACIONES
I. DECLARA "EL SECRETARIADO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
I.1    Es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con los artículos 17 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en lo subsecuente "LEY GENERAL"; 2, apartado C, fracción XI y 120 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 1 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.2    Su Titular fue designado como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública por el C. Presidente de la República en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, ratificado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2015, de conformidad con los artículos 17, párrafo segundo de la "LEY GENERAL"; 27, párrafo último de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
I.3    Está facultado para suscribir el presente "CONVENIO" de acuerdo a lo preceptuado por los artículos 18, fracciones VII y XXV de la "LEY GENERAL"; 8, párrafo cuarto del "PRESUPUESTO DE
EGRESOS"; 69, párrafo segundo, y 70, fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y 5 y 8, fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como 19, párrafo primero de los "Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS".
I.4    Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como domicilio el ubicado en Avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 12, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
I.5    Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Dirección General de Vinculación y Seguimiento, sita en: avenida General Mariano Escobedo número 456, piso 1, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México.
II. DECLARA "LA CIUDAD DE MÉXICO", A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE QUE:
II.1   Es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, como lo preceptúan los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2, 3 y 7 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
II.2   Asumió el cargo de Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a partir del 5 de diciembre de 2012; por lo que cuenta con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 8, fracción II y 67, fracción XXV del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 12 y 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
II.3   Cuentan con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos materia del presente "CONVENIO".
II.4   Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señala como su domicilio el ubicado en Plaza de la Constitución No. 2, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México.
II.5   Para efectos de operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG" designa a la Secretaría de Seguridad Pública de "LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de su Oficialía Mayor por conducto de su Dirección General de Recursos Financieros, sita en: Izazaga 89, noveno piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080, Ciudad de México.
III. DECLARAN "LAS DEMARCACIONES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
III.1  Son Órganos Políticos Administrativos y Desconcentrados de "LA CIUDAD DE MÉXICO", con autonomía funcional en acciones de gobierno y de participación ciudadana en materia de prevención del delito, con fundamento en los 12, fracción III, 87, último párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1o., 2o., párrafo tercero, 10, 37, 38 y 39, fracciones XLV y LXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1o., 3o., fracción III, 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
III.2  Los Jefes y las Jefas Delegacionales de las Demarcaciones Territoriales de Álvaro Obregón, Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa de Morelos, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan, Venustiano Carranza y Xochimilco, respectivamente, cuentan con facultades para celebrar el presente "CONVENIO", en términos de los artículos 12, fracción III, 112, último párrafo, y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39, fracciones XIV, XV, XLV y LXXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 25, 122 y 122 Bis del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
III.3  Para todos los efectos legales relacionados con este "CONVENIO", señalan como sus domicilios los ubicados, respectivamente, en:
MUNICIPIO:
DOMICILIO:
Álvaro Obregón
Calle 10, esquina Canario, Colonia Tolteca, Ciudad de México, C.P. 1150.
Azcapotzalco
Castilla Oriente y 22 de Febrero s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, Ciudad de México, C.P. 2000.
Benito Juárez
División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac, frente al parque de los Venados, Ciudad de México, C.P. 3310.
Coyoacán
Allende No. 36, Colonia Villa Coyoacán, Ciudad de México, C.P. 4000.
Cuajimalpa de Morelos
Av. Juárez, Esq. Av. México, Colonia Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México, C.P. 5000.
Cuauhtémoc
Aldama y Mina s/n, Colonia Buena Vista, Ciudad de México, C.P. 6350.
Gustavo A. Madero
5 de febrero y Vicente Villada, segundo piso, Colonia Villa, Gustavo A. Madero, Ciudad de México, C.P. 7050.
Iztacalco
Río Churubusco s/n, Plaza Benito Juárez, Colonia Gabriel Ramos Millán, Ciudad de México, C.P. 8000.
Iztapalapa
Aldama No. 63, Esq. Ayuntamiento, Colonia Barrio San Lucas, Ciudad de México, C.P. 9000.
La Magdalena Contreras
Álvaro Obregón No. 20, Colonia Barranca Seca, Ciudad de México, C.P. 10580.
Miguel Hidalgo
Parque Lira No. 94, Colonia Ampliación Daniel Garza, Ciudad de México, C.P. 11840.
Milpa Alta
Av. Constitución y México s/n, Colonia Villa Milpa Alta, Ciudad de México, C.P. 12000.
Tláhuac
Avenida Tláhuac s/n esq. Nicolás Bravo, Barrio la Asunción, Delegación Tláhuac, Ciudad de México, C.P. 13000.
Tlalpan
Plaza de la Constitución No. 1, Colonia Centro de Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14000.
Venustiano Carranza
Francisco del Paso y Troncoso No. 219, Colonia Jardín Balbuena, Ciudad de México, C.P. 15900.
Xochimilco
Av. Guadalupe I. Ramírez No. 4, Barrio El Rosario, Ciudad de México, C.P. 16070.
 
IV. DECLARAN "LAS PARTES", A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:
IV.1  Se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan.
IV.2  Celebran el presente "CONVENIO" de acuerdo con el marco jurídico aplicable, adhiriéndose a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO Y NATURALEZA DE LOS RECURSOS. El presente "CONVENIO" tiene por objeto que "EL SECRETARIADO" transfiera recursos presupuestarios federales del "FORTASEG" a "LA CIUDAD DE MÉXICO", por conducto de su Secretaría de Finanzas, con la finalidad de fortalecer el desempeño de sus funciones en materia de seguridad pública; profesionalizar y equipar a sus cuerpos de seguridad pública en "LAS DEMARCACIONES", así como mejorar la infraestructura de sus corporaciones, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8 del "PRESUPUESTO DE EGRESOS", y atender las políticas y estrategias establecidas en los Ejes Estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y los Programas con Prioridad Nacional, aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su Trigésima Octava Sesión Ordinaria.
Asimismo, tiene por objeto que "EL SECRETARIADO" transfiera recursos presupuestarios federales del "FORTASEG" a "LAS DEMARCACIONES", por conducto de la Secretaría de Finanzas de "LA CIUDAD DE MÉXICO" para que éstas de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del "PRESUPUESTO DE EGRESOS" y "LOS LINEAMIENTOS", desarrollen y apliquen políticas públicas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia.
Los recursos transferidos del "FORTASEG" no son regularizables, son parcialmente concursables y no
pierden el carácter federal al ser transferidos y por ello "LA CIUDAD DE MÉXICO" y "LAS DEMARCACIONES" liberan a "EL SECRETARIADO" de la obligación de ministrarlos en ejercicios fiscales subsecuentes, aun y cuando los requieran para complementar las acciones derivadas del presente "CONVENIO", o para cubrir cualquier otro concepto vinculado con el objeto del mismo, conforme lo previsto en el "PRESUPUESTO DE EGRESOS".
SEGUNDA.- MONTOS Y DESTINOS DE GASTO DEL "FORTASEG". De conformidad con el "PRESUPUESTO DE EGRESOS" y "LOS LINEAMIENTOS", "LA CIUDAD DE MÉXICO" y "LAS DEMARCACIONES" podrían recibir hasta las siguientes cantidades de los recursos del "FORTASEG":
DEMARCACIÓN
ASIGNADO
CONVENIDO SSP-"LA CIUDAD
DE MÉXICO" 90%
CONVENIDO "LAS
DEMARCACIONES" 10%
ÁLVARO OBREGÓN
$21,948,142.00
$19,753,327.80
$2,194,814.20
AZCAPOTZALCO
$17,268,155.00
$15,541,339.50
$1,726,815.50
BENITO JUÁREZ
$17,242,543.00
$15,518,288.70
$1,724,254.30
COYOACÁN
$21,094,958.00
$18,985,462.20
$2,109,495.80
CUAJIMALPA DE MORELOS
$12,665,830.00
$11,399,247.00
$1,266,583.00
IZTACALCO
$16,346,243.00
$14,711,618.70
$1,634,624.30
LA MAGDALENA CONTRERAS
$11,629,319.00
$10,466,387.10
$1,162,931.90
MIGUEL HIDALGO
$17,404,334.00
$15,663,900.60
$1,740,433.40
MILPA ALTA
$10,000,000.00
$9,000,000.00
$1,000,000.00
TLÁHUAC
$14,766,989.00
$13,290,290.10
$1,476,698.90
TLALPAN
$20,622,020.00
$18,559,818.00
$2,062,202.00
VENUSTIANO CARRANZA
$19,498,891.00
$17,549,001.90
$1,949,889.10
XOCHIMILCO
$16,857,662.00
$15,171,895.80
$1,685,766.20
DEMARCACIÓN
ASIGNADO
CONVENIDO SSP-"LA CIUDAD
DE MÉXICO" 85%
CONVENIDO "LAS
DEMARCACIONES" 15%
CUAUHTÉMOC
$36,094,062.00
$30,679,952.70
$5,414,109.30
GUSTAVO A. MADERO
$44,995,054.00
$38,245,795.90
$6,749,258.10
IZTAPALAPA
$63,964,328.00
$54,369,678.80
$9,594,649.20
TOTAL
$362,398,530.00
$318,906,004.80
$43,492,525.20
 
A efecto de complementar los recursos necesarios para la realización del objeto del presente "CONVENIO", "LA CIUDAD DE MÉXICO" se obliga a aportar de sus recursos presupuestarios el 20% (veinte por ciento) del total de los recursos federales asignados para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales, para quedar como sigue:
DEMARCACIÓN
APORTACIÓN DE "LA CIUDAD DE
MÉXICO"
ÁLVARO OBREGÓN
$4,389,628.40
AZCAPOTZALCO
$3,453,631.00
BENITO JUÁREZ
$3,448,508.60
COYOACÁN
$4,218,991.60
CUAJIMALPA DE MORELOS
$2,533,166.00
CUAUHTÉMOC
$7,218,812.40
GUSTAVO A. MADERO
$8,999,010.80
IZTACALCO
$3,269,248.60
IZTAPALAPA
$12,792,865.60
LA MAGDALENA CONTRERAS
$2,325,863.80
MIGUEL HIDALGO
$3,480,866.80
MILPA ALTA
$2,000,000.00
TLÁHUAC
$2,953,397.80
TLALPAN
$4,124,404.00
VENUSTIANO CARRANZA
$3,899,778.20
XOCHIMILCO
$3,371,532.40
TOTAL
$72,479,706.00
 
Los Subprogramas, en su caso, así como metas, montos, destinos de gasto y acciones de los Programas con Prioridad Nacional, se incluirán en el Anexo Técnico, el cual una vez firmado por las y los servidores públicos normativamente facultados formará parte integrante del presente "CONVENIO".
TERCERA.- OBLIGACIONES DE "LA CIUDAD DE MÉXICO" y "LAS DEMARCACIONES". Además de las señaladas en "LOS LINEAMIENTOS" y otras previstas en los ordenamientos jurídicos aplicables, las siguientes:
A.    Cumplir con lo señalado en los artículos 7 y 8 del "PRESUPUESTO DE EGRESOS", la normativa en materia presupuestaria; de adquisiciones; de obra pública y de rendición de cuentas que corresponda a los distintos órdenes de gobierno; la "LEY GENERAL"; "LOS LINEAMIENTOS" y demás disposiciones aplicables;
B.    Realizar, en su caso, la adquisición de los bienes y la contratación de la infraestructura y servicios, para el cumplimiento del objeto del "FORTASEG", conforme a lo dispuesto en "LOS LINEAMIENTOS" y demás normativa aplicable;
C.    Establecer una cuenta bancaria productiva específica para la administración de los recursos federales del "FORTASEG" que le sean transferidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para efectos de su fiscalización;
D.    Registrar los recursos que por el "FORTASEG" reciba en su respectivo presupuesto e informar para efectos de la cuenta pública local y demás informes previstos en la legislación local y federal;
E.    Informar mensual y trimestralmente al Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública en "LA CIUDAD DE MÉXICO", sobre las acciones realizadas con base en el presente "CONVENIO";
F.    Informar mensual y trimestralmente a "EL SECRETARIADO", lo siguiente:
a.   La información sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del "FORTASEG";
b.   Las disponibilidades financieras del "FORTASEG" con las que cuenten en su momento, y
c.   El presupuesto comprometido, devengado y/o pagado correspondiente.
G.    Incorporar en el sistema de información que opere "EL SECRETARIADO", la fecha en que recibieron los recursos del "FORTASEG", en la que dichos recursos fueron finalmente ejercidos, así como los destinos y conceptos específicos en los cuales fueron aplicados;
 
H.    Entregar a "EL SECRETARIADO" toda la información que solicite en los términos, plazos y formatos que al efecto establezca, y
I.     Publicar en su página de Internet, el avance en el ejercicio de los recursos que le fueron otorgados para transparentar el ejercicio de los mismos.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE "LA CIUDAD DE MÉXICO". Además de las señaladas en "LOS LINEAMIENTOS" y otras previstas en los ordenamientos jurídicos aplicables, las siguientes:
A.    Entregar a "LAS DEMARCACIONES" el monto total del "FORTASEG" que les corresponde ejercer, incluyendo sus rendimientos financieros, a más tardar dentro de los cinco días hábiles posteriores a que reciba los recursos de la Federación, para el desarrollo de políticas públicas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, conforme a "LOS LINEAMIENTOS";
B.    Ejercer los recursos del "FORTASEG" para la profesionalización, certificación y equipamiento del personal policial de "LA CIUDAD DE MÉXICO" que realizan la función de seguridad pública en "LAS DEMARCACIONES", el fortalecimiento tecnológico, de equipo e infraestructura de las instituciones de seguridad pública de "LA CIUDAD DE MÉXICO" ubicadas en "LAS DEMARCACIONES";
C.    Abstenerse de adquirir para el uso de sus instituciones policiales, uniformes o vehículos con colores, imágenes o diseños similares que puedan confundirse con aquellos que son de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas nacionales, con recursos propios o del "FORTASEG", a fin de cumplir el Acuerdo 09/XXXIX/15, del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobado en su Trigésima Novena Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de diciembre de 2015; en caso contrario, se podría actualizar los supuestos previstos en el artículo 250 bis 1, fracciones II y IV del Código Penal Federal;
D.    Establecer medidas de revisión y control permanente para garantizar que ninguna corporación policial local y ninguna empresa de seguridad privada, emplee uniformes o vehículos con colores, imágenes o diseños similares que puedan confundirse con aquellos que son de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas nacionales, en cumplimiento al citado Acuerdo 09/XXXIX/15 del Consejo Nacional de Seguridad Pública;
E.    Ejercer los recursos de coparticipación, conforme a "LOS LINEAMIENTOS" y en beneficio exclusivo de las y los elementos de la corporación policial de "CIUDAD DE MÉXICO" que realizan la función de seguridad pública en "LAS DEMARCACIONES";
F.    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, fracción X, de la "LEY GENERAL" y 40, fracción VIII, de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI, del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, realizar cuando así se requiera, las acciones y operativos de manera conjunta con las Instituciones de Seguridad Pública federales y, en su caso, municipales, para el cumplimiento de los fines de la seguridad pública, en cuyo caso, se podrán firmar los convenios específicos conforme a las disposiciones aplicables, y
G.    Apoyar a través del Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública de "LA CIUDAD DE MÉXICO" a "EL SECRETARIADO" en las visitas relativas a la consolidación del Sistema de Justicia Penal y en el desarrollo de las visitas y acciones de verificación sobre la aplicación de los recursos del "FORTASEG".
QUINTA.- TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS. "EL SECRETARIADO" iniciará los trámites para la primera ministración de los recursos del "FORTASEG" a "LA CIUDAD DE MÉXICO" y "LAS DEMARCACIONES" en términos del artículo 22 de "LOS LINEAMIENTOS", la cual corresponderá al 70% (setenta por ciento) del monto total convenido por demarcación, y asciende a las siguientes cantidades:
DEMARCACIÓN
70 %
PRIMERA
MINISTRACIÓN
MONTO PRIMERA
MINISTRACIÓN SSP-
"LA CIUDAD DE
MÉXICO"
MONTO PRIMERA
MINISTRACIÓN "LAS
DEMARCACIONES"
ÁLVARO OBREGÓN
$15,363,699.40
$13,168,885.20
$2,194,814.20
AZCAPOTZALCO
$12,087,708.50
$10,360,893.00
$1,726,815.50
BENITO JUÁREZ
$12,069,780.10
$10,345,525.80
$1,724,254.30
COYOACÁN
$14,766,470.60
$12,656,974.80
$2,109,495.80
CUAJIMALPA DE
MORELOS
$8,866,081.00
$7,599,498.00
$1,266,583.00
CUAUHTÉMOC
$25,265,843.40
$19,851,734.10
$5,414,109.30
GUSTAVO A. MADERO
$31,496,537.80
$24,747,279.70
$6,749,258.10
IZTACALCO
$11,442,370.10
$9,807,745.80
$1,634,624.30
IZTAPALAPA
$4,775,029.60
$35,180,380.40
$9,594,649.20
LA MAGDALENA
CONTRERAS
$8,140,523.30
$6,977,591.40
$1,162,931.90
MIGUEL HIDALGO
$12,183,033.80
$10,442,600.40
$1,740,433.40
MILPA ALTA
$7,000,000.00
$6,000,000.00
$1,000,000.00
TLÁHUAC
$10,336,892.30
$8,860,193.40
$1,476,698.90
TLALPAN
$14,435,414.00
$12,373,212.00
$2,062,202.00
VENUSTIANO CARRANZA
$13,649,223.70
$11,699,334.60
$1,949,889.10
XOCHIMILCO
$11,800,363.40
$10,114,597.20
$1,685,766.20
TOTAL
$253,678,971.00
$210,186,445.80
$43,492,525.20
 
"LA CIUDAD DE MÉXICO" solicitará la segunda ministración de los recursos del "FORTASEG" en términos del artículo 23 de "LOS LINEAMIENTOS", la cual corresponderá al 30% (treinta por ciento) del monto total convenido por demarcación y podrá ascender a las siguientes cantidades:
DEMARCACIÓN
SEGUNDA MINISTRACIÓN SSP- "LA
CIUDAD DE MÉXICO"
ÁLVARO OBREGÓN
$6,584,442.60
AZCAPOTZALCO
$5,180,446.50
BENITO JUÁREZ
$5,172,762.90
COYOACÁN
$6,328,487.40
CUAJIMALPA DE MORELOS
$3,799,749.00
CUAUHTÉMOC
$10,828,218.60
GUSTAVO A. MADERO
$13,498,516.20
IZTACALCO
$4,903,872.90
IZTAPALAPA
$19,189,298.40
LA MAGDALENA CONTRERAS
$3,488,795.70
MIGUEL HIDALGO
$5,221,300.20
MILPA ALTA
$3,000,000.00
TLÁHUAC
$4,430,096.70
TLALPAN
$6,186,606.00
VENUSTIANO CARRANZA
$5,849,667.30
XOCHIMILCO
$5,057,298.60
TOTAL
$108,719,559.00
 
SEXTA.- OPERACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SEGUIMIENTO. La Dirección General de Vinculación y Seguimiento de "EL SECRETARIADO" y la Secretaría de Seguridad Pública de "LA CIUDAD DE MÉXICO", a
través de la Oficialía Mayor por conducto de su Dirección General de Recursos Financieros, en el ámbito de su respectiva competencia, serán los responsables de reportar la operación, funcionamiento y seguimiento del "FORTASEG".
En caso de que "LA CIUDAD DE MÉXICO" y "LAS DEMARCACIONES" incumplan con alguna de las obligaciones establecidas en el presente "CONVENIO" o su Anexo Técnico, se estará a lo dispuesto por "LOS LINEAMIENTOS".
SÉPTIMA.- VIGENCIA. El presente "CONVENIO" tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción y hasta 31 de diciembre de 2017, con excepción de los plazos correspondientes a las obligaciones de "LA CIUDAD DE MÉXICO" y de "LAS DEMARCACIONES" en cuanto a informar y documentar la aplicación y evaluación de los recursos federales ministrados, tiempo que no podrá exceder de lo establecido en "LOS LINEAMIENTOS".
OCTAVA.- TRANSPARENCIA. Con la finalidad de dar transparencia al ejercicio de los recursos federales del "FORTASEG", "EL SECRETARIADO" hará públicos los montos asignados, criterios de acceso y los resultados de la evaluación del desempeño de los recursos.
"LAS PARTES" deberán publicar el "CONVENIO" en su respectivo medio de difusión oficial, y los Anexos Técnicos en sus páginas de Internet, atendiendo lo previsto en las disposiciones aplicables.
NOVENA.- RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" reconocen que el personal que comisionen o asignen para el desarrollo de las acciones que les correspondan en el cumplimiento del presente "CONVENIO", estará bajo la dirección y responsabilidad directa del participante que lo haya comisionado o asignado; y por consiguiente, en ningún caso generará relaciones de carácter laboral, ni de patrón sustituto, intermediario o solidario, asumiendo cada uno de ellos la responsabilidad laboral que le sea propia.
DÉCIMA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. El cumplimiento de las obligaciones establecidas en "LOS LINEAMIENTOS", el presente "CONVENIO" y su Anexo Técnico, serán suspendidas sin responsabilidad para "LAS PARTES" cuando ocurra un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente demostrado por la parte correspondiente. Dichas obligaciones podrán reanudarse en el momento que desaparezcan las causas que dieron origen a la suspensión.
DÉCIMA PRIMERA.- JURISDICCIÓN. "LAS PARTES" resolverán de común acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, los conflictos que se llegasen a presentar en relación con la formalización, interpretación, ejecución y cumplimiento del presente "CONVENIO" y de su Anexo Técnico, de conformidad con la normativa aplicable.
En el supuesto de que subsista discrepancia, "LAS PARTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con residencia en la Ciudad de México.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance jurídico del presente Convenio y por no existir dolo, lesión, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo firman en veintiún tantos, en la Ciudad de México, a los treinta días del mes de enero de dos mil diecisiete.- Por el Secretariado: el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Álvaro Vizcaíno Zamora.- Rúbrica.- Por la Ciudad de México: el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa.- Rúbrica.- El Procurador General de Justicia y Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Pública, Rodolfo Fernando Ríos Garza.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Hiram Almeida Estrada.- Rúbrica.- Por las Demarcaciones: la Jefa Delegacional de Álvaro Obregón, María Antonieta Hidalgo Torres.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Azcapotzalco, Pablo Moctezuma Barragán.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Benito Juárez, Christian Dam Von Roehrich de la Isla.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Coyoacán, José Valentín Maldonado Salgado.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Cuajimalpa de Morelos, Miguel Ángel Salazar Martínez.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Cuauhtémoc, Ricardo Monreal Ávila.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Gustavo A. Madero, Víctor Hugo Lobo Román.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Iztacalco, Carlos Enrique Estrada Meraz.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional de Iztapalapa, Dione Anguiano Flores.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de La Magdalena Contreras, José Fernando Mercado Guaida.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional de Miguel Hidalgo, Xóchitl Gálvez Ruíz.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Milpa Alta, Jorge Alvarado Galicia.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Tláhuac, Rigoberto Salgado Vázquez.- Rúbrica.- La Jefa Delegacional de Tlalpan, Claudia Sheinbaum Pardo.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Venustiano Carranza, Israel Moreno Rivera.- Rúbrica.- El Jefe Delegacional de Xochimilco, Avelino Méndez Rangel.- Rúbrica.
 

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