DOF: 21/04/2017
ACUERDO por el que se establece el Consejo Asesor de la Secretaría de Cultura

ACUERDO por el que se establece el Consejo Asesor de la Secretaría de Cultura.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Cultura.

MARÍA CRISTINA IRINA GARCÍA CEPEDA GARCÍA, Secretaria de Cultura, con fundamento en lo previsto en los artículos 41 Bis, fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 5, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispone que corresponde a la Secretaría de Cultura establecer consejos asesores, de carácter interinstitucional, en los que también podrán participar especialistas en las materias competencia de la Secretaría;
Que el Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura prevé que es facultad indelegable del Secretario establecer las comisiones internas y otros órganos colegiados que se estimen necesarios para el adecuado funcionamiento de la Secretaría, y
Que resulta conveniente establecer un Consejo Asesor, para que el titular de la dependencia reciba recomendaciones y sugerencias de especialistas en arte y cultura, estableciendo comunicación directa con las personas físicas y morales que sean invitadas y acepten integrar dicho órgano colegiado, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CONSEJO ASESOR DE LA SECRETARÍA DE CULTURA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se establece el Consejo Asesor de la Secretaría de Cultura, como un órgano colegiado encargado de asesorar al Secretario en las materias competencia de la dependencia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Asesor de la Secretaría de Cultura se integrará de la siguiente manera:
a)    El Secretario de Cultura, quien lo presidirá;
b)    Hasta 25 especialistas en las materias competencia de la Secretaría;
c)    El Subsecretario de Desarrollo Cultural; el Subsecretario de Diversidad Cultural y Fomento a la Lectura; el Oficial Mayor; y el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
ARTÍCULO TERCERO.- Al Consejo Asesor corresponderá:
a)    Asesorar al Secretario sobre temas específicos de arte y cultura;
b)    Presentar propuestas, recomendaciones y sugerencias para mejorar el desempeño de los programas de la Secretaría de Cultura;
c)    Proponer acciones específicas para fortalecer los alcances de las atribuciones y facultades de la dependencia, y
d)    Establecer un espacio de comunicación que permita retroalimentar los procesos de planeación y operación de los programas de la Secretaría.
ARTÍCULO CUARTO.- El Secretario de Cultura invitará a las personas físicas o morales que deban integrar el Consejo Asesor, quienes deberán ser especialistas en las materias competencia de la dependencia.
La participación de dichos especialistas en el Consejo Asesor será a título honorífico.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 17 de abril de 2017.- La Secretaria de Cultura, María Cristina Irina García Cepeda García.- Rúbrica.
 

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