Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia
de Trabajo del Decimosexto Circuito
Guanajuato, Gto.
EDICTO
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DECIMOSEXTO CIRCUITO.
QUEJOSO: BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO.
TERCERA INTERESADA: OUTSOURCING Y TECNOLOGÍA APLICADA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo directo laboral 572/2016, promovido por Banco Santander (México), Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, por conducto de su apoderado legal Armando Reynoso Estrada, contra el acto que reclama de la Junta Especial Número Veintiocho de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Guanajuato, con residencia en esta ciudad, radicado por este Tribunal Colegiado, por acuerdo de quince de julio de dos mil dieciséis, se le señaló como tercera interesada a Outsourcing y Tecnología Aplicada, Sociedad anónima de Capital Variable y por proveído de trece de marzo del año en curso, dictado por este Órgano Jurisdiccional, se ordenó emplazarla por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley en cita, haciéndole saber a la tercera interesada referida que deberá presentarse ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos, de considerarlo necesario dentro de los treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibida que de no hacerlo, la notificación de este proveído y las subsecuentes, deberán realizársele en términos del artículo 26, fracción III, de la ley de la materia, es decir por lista, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este Órgano Jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo.
Guanajuato, Guanajuato, trece de marzo de dos mil dieciséis.
La Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado
en Materia del Trabajo del Decimosexto Circuito.
Lic. Reyna María López Rodríguez.
Rúbrica.
(R.- 447403)