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DOF: 28/07/2017
ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se espe

ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Acuerdo 72/2017
Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las
cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles
que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.
MIGUEL MESSMACHER LINARTAS, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Primero del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 29 de julio al 4 de agosto de 2017.
ACUERDO
Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 29 de julio al 4 de agosto de 2017, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 92 octanos
27.88%
Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
0.00%
Diésel
25.01%
 
Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo comprendido del 29 de julio al 4 de agosto de 2017, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:
Combustible
Monto del estímulo fiscal
(pesos/litro)
Gasolina menor a 92 octanos
$1.199
Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
$0.000
Diésel
$1.183
 
Artículo Tercero. Las cuotas disminuidas para el periodo comprendido del 29 de julio al 4 de agosto de 2017, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:
Combustible
Cuota disminuida (pesos/litro)
Gasolina menor a 92 octanos
$3.101
Gasolina mayor o igual a 92 octanos y combustibles no fósiles
$3.640
Diésel
$3.547
 
TRANSITORIO
Único.- El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México a 27 de julio de 2017.- Con fundamento en el artículo Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, en ausencia del C. Subsecretario de Ingresos, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos
No Tributarios, Eduardo Camero Godinez.- Rúbrica.
 

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