ACUERDO por el que se declaran días inhábiles del 19 al 21 de septiembre del año 2017, para efectos de los procedimientos y trámites en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES DEL 19 AL 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017, PARA EFECTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES EN EL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN.
ALEXANDRA HAAS PACIUC, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 4, 28, 30 primer párrafo y 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1o. y 19 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
CONSIDERANDO
El día 19 de septiembre de 2017, un movimiento sísmico afectó a los ciudadanos de diversos Estados de la República Mexicana, lo que obligó al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, a determinar la suspensión de sus funciones y labores.
De conformidad con lo dispuesto por lo artículos 1o. y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se establecen los días que no se consideran hábiles, dentro de los que se estipulan aquellos en los que se suspenderán labores por tratarse de casos de fuerza mayor, debidamente fundados y motivados.
El acuerdo de suspensión de labores se hará del conocimiento de la ciudadanía y autoridades, por la Titular de la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación en el Diario Oficial de la Federación.
Con la finalidad de dar certeza y legalidad a la ciudadanía y autoridades, respecto de los procedimientos y trámites administrativos, se hace de su conocimiento que durante los días 19 al 21 de septiembre de 2017, no se computarán los plazos y términos procesales, de los procedimientos y trámites administrativos que son del conocimiento del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Atendiendo los términos del artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los escritos, promociones, acuerdos y resoluciones deberán presentarse directamente en sus oficinas, por lo que se tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES DEL 19 AL 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
2017, PARA EFECTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES EN EL CONSEJO NACIONAL PARA
PREVENIR LA DISCRIMINACIÓN
Artículo Primero.- Los días 19 al 21 de septiembre de 2017 se declaran por parte de este Organismo Descentralizado de Administración Pública Federal como días inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante este Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Los trámites a que se hace referencia se consisten en la recepción de documentos, trámites, prosecución de actuaciones y diligencias, sustentación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, requerimientos y medios de impugnación.
Artículo Segundo.- La Dirección General Adjunta de Quejas y Administrativas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación que por disposición de Ley deban emitir un acto administrativo durante los días determinados inhábiles en este Acuerdo, deberán hacerlo el día hábil inmediato siguiente.
Artículo Tercero.- La declaratoria a que se refiere este Acuerdo se realiza conforme a ley y sin perjuicio de la facultad que concedan otros ordenamientos legales de carácter general para habilitar días y horas hábiles para efectuar diligencias y continuar con la prosecución de actuaciones.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 19 de septiembre de 2017.- La Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Alexandra Haas Paciuc.- Rúbrica.