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DOF: 10/11/2017
SUPLEMENTO del Programa Nacional de Normalización 2017

SUPLEMENTO del Programa Nacional de Normalización 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SUPLEMENTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION 2017
La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en su carácter de Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, con fundamento en los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 55, 56, 57 y 58 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 22 fracción VIII, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que, dentro de los objetivos de la presente administración, tendientes al impulso tanto económico como tecnológico de los distintos sectores de la industria y el comercio, se encuentra el fomento de la producción y prestación de bienes y servicios cada vez más eficientes y con mejores niveles de calidad y, consecuentemente, más competitivos en el mercado nacional e internacional;
Que, bajo este esquema, el Gobierno Federal ha diseñado e implementado una serie de mejoras regulatorias en los procesos de normalización, con el fin de satisfacer las cada vez más exigentes necesidades de los diferentes sectores económicos en esa materia;
Que el Programa Nacional de Normalización y su Suplemento son los instrumentos idóneos para planear, informar y coordinar las actividades de normalización nacional, tanto en el ámbito obligatorio, como en el voluntario, por lo que se busca que el mismo sea un verdadero instrumento de información y difusión al público en materia de normalización;
Que la Comisión Nacional de Normalización es el órgano que a nivel federal está encargado de coadyuvar con la política de normalización y coordinar las actividades que en esta materia corresponde realizar a las distintas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y
Que habiendo dado cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 61-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 58 de su Reglamento, el Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización integró el Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2017, el cual fue revisado por el Consejo Técnico de dicha Comisión y aprobado por unanimidad por esta última el 22 de agosto de 2017, ha tenido a bien publicar el siguiente:
Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2017
SECCION DE NORMAS OFICIALES MEXICANAS
En lo que se refiere a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I y 32 Bis fracciones I, II, III, IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracciones I, III, X, XIII, XVIII y X, 41 fracción IV, 44 primer párrafo, 45, 46, 47 fracción I, 51 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o, 5o, 6o, 7o, 15, 29, 36, 37, 37 bis, 37 ter, 84, 87, 87 bis 2, 90, 94, 96, 101, 108, 111, 112, 113, 118, 119, 123, 126, 128, 130, 131, 139, 140, 141, 143, 147, 150, 152, 154 y 155 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 7o y 33 de la Ley General de Cambio Climático; 7, 8, 31 y 32 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 9o de la Ley General de Vida Silvestre; 3, 12, 16, 35, 55 y 119 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 8, 9 y 113 de la Ley de Aguas Nacionales; 6 y 13 de la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos; 2, 9, 11, 74, 110, 111 y 112 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; 129 de la Ley de la Industria Eléctrica; 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1 y 8 fracciones III, IV y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y demás relativos y aplicables al Suplemento del Programa Nacional de Normalización correspondiente.
En lo que se refiere a la Secretaría de Energía:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o
fracciones I y III, 17 y 33 fracción X y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 17, 18 fracciones IV, V, y XIX y 36 fracciones VII y IX de la Ley de Transición Energética; 1o, 4o, 18 fracción III, 19, 21, 25, 26, 27 y 50 fracciones I, XI de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 1, 2, 4, 56, 57, 62, 69, 74, 75, 92, 93, 94, 96, 97, 132, 137, 138, 140, 142, 221 del Reglamento General de Seguridad Radiológica; 1, 2, 10, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61 y 79 fracción VI del Reglamento para el Transporte Seguro de Material Radiactivo; 1o, 38 fracciones I, II y III, 40 fracciones I, X, XII y XVII, 41, 43, 44, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 39, 56 y 58 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 inciso F, fracción I y II, 8 fracciones XIV, XV y XXX, 39, 40, 41 y 42 VIII, IX, XI, XII y XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; y el Acuerdo por el que se delegan en el Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, las facultades que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 21 de julio de 2014.
En lo que se refiere a la Comisión Reguladora de Energía:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 28, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción III, 17 y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 48, fracción II, 77, 78, 79, 84 y 95 de la Ley de Hidrocarburos; 1, 2, 6, 12, fracciones XX, XXXVIII y XXXIX, y 132 de la Ley de la Industria Eléctrica; 10, fracción I, y 15, fracción V, de la Ley de Transición Energética; 2, fracción II, 3, 4, 22, fracciones I, II, III, X, XVI, XXVI, inciso a), y XXVII, 41, fracción I y III, y 42 de la Ley de los Organos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 2o, fracción II, inciso a) y d), 38 fracciones I, II y IX, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 51, 51-A, último párrafo, 52 y 61-A, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33 y 34, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Artículo Tercero fracciones II, III, IV y V y Artículo Quinto del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017.
En lo que se refiere a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o, 2o y 17, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o y 5o, fracción D), del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental; 7, fracciones II, IV y V, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 95 y 129, de la Ley de Hidrocarburos; 1o, 3o, fracción XI, 4o, 5o, fracciones II y IV,  6o, 25, 27 y 31 fracción IV, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 38, fracciones I, II, III, V y IX, 39, fracción I, 40 fracciones I, X, XIII y XVIII, 46, 47, 73 y 74, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 39, 55, 56, 57, 58 y 80, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2, fracción XXXI, inciso d), 41, 42, 43, fracciones VI y VIII y 45 Bis segundo párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y 3, fracciones XIX, XX y XXXVIII, del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
En lo que se refiere a la Secretaría de Economía:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I, 17 y 34 fracciones II, VIII, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones I, II, III, IV, VIII, IX, XII, XV y XVIII, 43, 44 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 31 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Artículo Tercero fracciones IV y V del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017; y 22 fracciones I, VIII, IX, XII, XXI y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
En lo que se refiere a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I, 17 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 6 fracciones I, II, IV,
VIII, XV, XVI, XVIII y XXI, 54, 55, 56, 58, 63, 64, 65, 66 y 67 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 3o, fracción XXII, 13, apartado A, fracción I, 17 bis, fracciones II, III y IV, 194, fracción III, 195, 207, 214, 278, fracción I, 279 fracción V y 280, de la Ley General de Salud; 7o, fracción VIII, 7o-A, fracciones I y XI, 38, fracción III y 42, de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 12, del Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos; 3 fracción X y 27 de la Ley de Productos Orgánicos; 90 fracción II y III inciso C de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; 40, 91, y 97 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 4o y 9o de la Ley de Planeación; 1o, 2o fracciones I, II, III, IV, XIII, XIV, 3o, 4o fracciones XV, XVIII, XIX, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXXI, XXXIII, XXXVI, XXXIX, XLIII, 5o, 6o, 7o, 8o fracciones I, III, VI, VII, XI, XII, XIV, XVI, XVII, XIX, XXXVIII y XL, 10, 17 fracciones VIII y IX, 21, 36 fracción III, 40 fracción I, 41 fracciones IV, V, VI, 43, 46, 48, 52, 124, 125, 132 fracciones XXVI y XXXI, 133 y 138 fracción II de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 1o, 36, 79 fracciones I, II, VI, 80 fracción VIII, 84 y 86 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; Artículos 22 Bis 2, 22 Bis 3, 22 Bis 4, 22 Bis 5, 22 Bis 7, 22 Bis 10 y 22 Bis 11 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 38 fracción II, 40 I, XI, XIII y 41 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3, fracciones I, inciso g y II, 10, fracciones IV y VIII, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; y 29 fracción I y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
En lo que se refiere a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3 y 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o, 2o fracción I, 14, 16, 18, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II y 40 fracciones I, III, XIII y XVIII, 41, 43, 44, 45 46, 47, 51, 73, 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 30, 33, 34, 39, 40, 80, 81 y 82 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 4, 6, fracción I, III, V, XI, XIII, XVI y último párrafo, 7, 17, 30, 32, 33, 34, 35, 39, 40, 45, 61, 70, 76 y 79, de la Ley de Aviación Civil; 17, 34, fracción II, 43, 44, 45, 46, 47, 79, 82, 84, fracción V, 89, 93, 103, fracción I, 109, fracciones II, III y IX, 110, fracción VII, 111, 116, fracción III, 122, 126, fracción VI, 127, 131, fracción I, 135, 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 154 y 167 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 1, 2, 3, 4, 5, 6, fracciones I, VI y XII, 17, 18, 71, 72, 73 de la Ley de Aeropuertos; 1, 2, 3, 5, 8, 9, 17, 151, 152, 153, 154, 163, fracción VII y 164 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos; 1o, 10, 16, 38 y 40 de la Ley de Puertos; 5o fracción IV, V y VI, 39, 60 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 y 7 fracción I, 8 fracciones VIII, IX y XXII, y 72 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 5 fracción VI de la Ley de Seguridad Nacional; 51 del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal; 1o, 2o fracciones III, VI, XIV, XVI y XIX, 6o fracciones VI, XIII, XVII, 10 fracciones IV y V, 21, fracciones I, II, XI, XXVI, XXXI y XXXVII, 22 fracción VIII, 23 fracción XXI, 24 fracciones I, VII, XI y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y Artículo Tercero fracciones III y IV del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017.
En lo que se refiere a la Secretaría de Salud:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I, 17 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 8o, 9o, 10, 11, 13, 14, 15, 38 ,61, 100, 102, 105, 109, 110, 111, 112 y 131 del Reglamento de Insumos para la Salud; 3o fracciones IV, XII, XVIII y XXIV, XXV y XXVIII, 13 apartado A fracciones I y IX, 17 bis, 45, 58 fracciones V bis, VI y VII, 67, 68, 107, 110, 111, 112, 118, 128, 133 fracción I, 145, 158, 159, 160, 161, 165, 184 Bis, 185, 186, 187, 191, 192, 193, 194, 195, 210 al 214, 222, 223, 226, 227, 231, 257 al 261, 279 fracción V, 280, 393 y 394 de la Ley General de Salud; 3, 4 fracción I, 7, 10, 11, 12 fracciones I incisos a), b) y e), y II, 13, 48 y 52 de la Ley de Asistencia Social; 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 107, 108, 109, 110 y 111 fracciones I y V de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 2 fracciones I incisos a) y b) y II inciso e), 66, 94, 98, 99, 103, 104 y 146 fracciones I, II inciso a), III inciso b), 1300, 1305, 1306, 1307, 1308, 1312, 1314, 1315 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; 5, 6 fracción IV, 8, 9 y 10 de la Ley General para el Control del Tabaco; 1 fracción I, II y XVIII, 4, 8, 13, 14, 15, 25, 29, 30, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 101, 102, 124, 152 fracción I, 153, 154, 157, 175, 176, 177, 178, 179, 210, 211 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 4o,
5o, 26, 116, 117, 118, 119 y 120 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica; 3o fracción XI, 38 fracción II, 39 fracción V, 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47, 51 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2 apartado C fracción II y X, 8, fracción V, 9, fracción IV Bis, 10, fracciones VII y XVI, 36 y 37 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; y 3, fracciones I, literales b y l y II, 10, fracciones IV y VIII, 12 fracción III y 15 fracción IV y 18 fracción III del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
En lo que se refiere a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, 16, 28, 29, 30 y del 62 al 69 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I, 17 y 40, fracciones I y XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40, fracciones III, VII, XIII y XVIII, y 41 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Artículo Tercero fracción II del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017; 132, fracciones XV, XVI, XVII, XVIII y XXIV, y 512 de la Ley Federal del Trabajo; 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 5 fracción III, 10 y 43 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo; y 24, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
En lo que se refiere a la Secretaría de Turismo:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I, 17, 27 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o, 2o fracción II, 3o fracción XI, 38 fracción II, 40 fracción III, 28, 31, 33, 38, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4 fracciones I y V, 54, 56 de la Ley General de Turismo; 73, 74, 76, 81 y 82 del Reglamento de la Ley General de Turismo; y Artículo Tercero fracciones II y IV del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017.
En lo que se refiere a la Secretaría de Gobernación:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I, 17 y 27 fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 39 fracción I, 40 fracciones III, VII, XI, XVI y XVIII, 41, 43 y 44 tercer párrafo, 46 y 51 párrafo cuarto de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1 y 2 fracción XV de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad; 19 fracciones I, IV, XV y 21 último párrafo de la Ley General de Protección Civil; Artículo Tercero fracciones IV y V del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017; Trigésimo del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Accesibilidad de las Personas con Discapacidad a Inmuebles Federales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2004; 24 fracción XII del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y 2 sección C, fracción XI, 62 fracción I, 120, 121 y 122 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
En lo que se refiere a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2o fracción I y 41 fracciones I, XIX, X, XI, XII, XIII, XVI, XVII, XVIII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracciones I, III, X, XIII, XVIII y X, 41 fracción IV, 44 primer párrafo, 45, 46, 47 fracción I, 51 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 8 fracción XX, 9, 11 fracción I, 16 fracción V, 28, 46, 66, 74, 104 y 105 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Artículo Tercero fracciones II y IV del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2017; y demás relativos y aplicables al Suplemento del Programa Nacional de Normalización correspondiente.
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES
PRESIDENTE:
CUAUHTEMOC OCHOA FERNANDEZ
DIRECCION:
AV. EJERCITO NACIONAL 223 PISO 16 ALA "B", COLONIA ANAHUAC, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MEXICO. C.P. 11320
TELEFONO:
56280613
C. ELECTRONICO:
comarnat@semarnat.gob.mx
 
SUBCOMITE II DE ENERGIA Y ACTIVIDADES EXTRACTIVAS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Límites máximos permisibles de cianuros en suelos y lineamientos para el muestreo en la caracterización.
       Objetivo y Justificación: Establecer límites máximos permisibles de cianuro en suelos y especificaciones para el muestreo de suelos afectados y los métodos analíticos para su caracterización. No se tienen límites máximos permisibles para cianuros en suelos, lo que obliga a los infractores a presentar, además de la caracterización y propuesta de remediación para suelo contaminado, un análisis de riesgo. Esto incide en un gasto adicional y un mayor tiempo y esfuerzo para un procedimiento de remediación. Las emergencias por vertimiento de este contaminante se han incrementado en los últimos años. Una lista de más de 30 accidentes en diferentes partes del mundo ha demostrado la peligrosidad del cianuro, con la contaminación de aguas y un impacto transfronterizo de hasta más de 2,000 km del accidente. De acuerdo con el Centro de Orientación para la Atención de Emergencias Ambientales (COATEA) de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), hasta febrero de 2016, se tienen reportadas 18 emergencias ambientales con cianuro en diferentes concentraciones. Recientemente se ha incrementado el número de emergencias ambientales reportadas: 2008 (1); 2009 (1); 2012 (1); 2013 (5); 2014 (8) y 2015 (2). Los estados involucrados son Durango, San Luis Potosí, Coahuila, Baja California, Sonora, Guerrero y Querétaro. Las emergencias han ocurrido tanto en empresas mineras y transportistas. Sólo en una de las emergencias hubo afectación de población. Las afectaciones al ambiente han sido al agua, al suelo y al aire. La mayor área afectada ha sido de 471 m2.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
2.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-085-SEMARNAT-2011, Contaminación atmosférica-niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición.
       Objetivo y Justificación: Modificar la NOM-085-SEMARNAT-2011, conforme al artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, ya que se requiere su actualización para incorporar y mejorar aspectos técnicos, así como para dar precisión y claridad a diversos conceptos de la NOM, entre otros aspectos. Esta Norma establece los niveles máximos permisibles de emisión de humo, partículas, monóxido de carbono (CO), bióxido de azufre (SO2) y óxidos de nitrógeno (NOx) provenientes de los equipos de combustión de calentamiento indirecto que utilizan combustibles fósiles o sus mezclas, con el fin de proteger la calidad del aire. La oxidación de los combustibles fósiles en equipos de combustión de calentamiento indirecto o calderas de vapor, conlleva la emisión de contaminantes criterio en chimenea, ya sea en forma de gas como el CO, SO2, y NOx; o en forma de partículas, como hidrocarburos no quemados (HC), hollín y partículas. Dichas emisiones traen consigo impactos ambientales negativos importantes en la calidad del aire, en la salud de la población y el equilibrio ecológico en general. Por esta razón, las calderas de vapor deben observar
un desempeño satisfactorio mínimo que permita contribuir a mejorar la calidad del aire en nuestro país y en el cumplimiento de las normas de salud que regulan la concentración de los contaminantes criterio. Por ello, es necesaria la modificación de la norma vigente, a fin de incorporar y mejorar aspectos relacionados con los avances tecnológicos en materia de control de emisiones; prácticas operativas desarrolladas a nivel mundial; frecuencia del monitoreo de emisiones de manera continua o discontinua; los métodos y técnicas de medición aplicables; especificaciones relacionadas con la sustitución de combustibles fósiles por biomasa como contribución a la generación proveniente de fuentes limpias; calidad de combustible; especificaciones relativas al cumplimiento de la NOM; precisión y claridad de los conceptos, entre otros aspectos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-120-SEMARNAT-2011, Que establece las especificaciones de protección ambiental para las actividades de exploración minera directa, en zonas agrícolas, ganaderas o eriales y en zonas con climas secos y templados en donde se desarrolle vegetación de matorral xerófilo, bosque tropical caducifolio, bosques de coníferas o encinos.
       Objetivo y Justificación: Llevar a cabo la modificación de la NOM-120-SEMARNAT-2011, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el propósito de eliminar precisiones que corresponden a otros instrumentos jurídicos de mayor jerarquía, como son la obligación de presentar una solicitud de autorización en materia de impacto ambiental a través de una manifestación o de un informe preventivo. Es necesario eliminar el texto establecido en el apartado "Objetivo y Campo de Aplicación", a través del cual se solicita un informe preventivo a los particulares que lleven a cabo actividades de exploración minera y, en su caso, una manifestación de impacto ambiental. Lo anterior debido a que dicho párrafo excede el alcance de una norma oficial mexicana: una regulación de carácter técnico. De manera adicional, se reforzarán especificaciones a efecto de controlar los impactos ambientales de esta actividad. Se conoce que la exploración minera directa conlleva procesos de erosión y exposición de rocas que ameritan ser controlados de manera adecuada con el propósito de evitar impactos en las áreas circundantes por partículas o problemas relacionados con drenaje ácido. Con el propósito de que el cumplimiento de la norma sea verificado de manera efectiva, se realizarán modificaciones al procedimiento para la evaluación de la conformidad.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, Que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio.
       Objetivo y Justificación: Llevar a cabo la modificación de la NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. El suelo tiene un valor ambiental innegable. Actúa como filtro en la recarga de acuíferos y su protección, sustento para la producción agrícola y de recursos forestales, fuente de nutrimentos y el hábitat de especies. Un suelo contaminado es fuente potencial de contaminación hacia otros recursos naturales como cuerpos de agua y aire. De acuerdo con el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 (PROMARNAT), existen 582 sitios contaminados en el país por diversos contaminantes, incluidos los metales. El tema de contaminación de suelos por metales y metaloides en el país no es asunto menor, pues éstos son fuente de diversas afectaciones a la población. Durante su aplicación, se ha visto que la norma presenta las debilidades, por lo que es preciso su modificación conforme a lo siguiente: Actualizar definiciones, así como modificar especificaciones y criterios para determinar las concentraciones de remediación. Lo anterior, teniendo en cuenta los avances a nivel internacional. La NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004 ha estado vigente, sin modificar, durante 10 años. A lo largo de este periodo, han existido avances en el tema que incluyen: nuevos límites y metodologías para determinar los valores de remediación. Asimismo, se busca corregir las determinaciones analíticas, ya que contienen errores conceptuales respecto a las versiones fuente, con la posibilidad de desincorporarlas de la norma para favorecer su continua actualización. De igual forma, es necesario corregir el diagrama de norma, para hacerlo coincidir con la misma. Se buscará mejorar la redacción de las especificaciones para evitar confusión en su aplicación, así como modificar el procedimiento para la evaluación de la conformidad de la norma, el cual es poco específico.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
5.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-157-SEMARNAT-2009, Que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros.
 
       Objetivo y Justificación: Llevar a cabo la modificación de la NOM-157-SEMARNAT-2009, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el propósito de actualizar el listado de residuos mineros. La actualización considera la inclusión de residuos mineros que en su momento fueron omitidos y la exclusión de otros que no son propiamente mineros. También es necesario corregir y complementar las determinaciones analíticas ya que las incluidas en la norma no aplican a todos los residuos mineros. México es un país eminentemente minero. La minería, como cualquier otra actividad industrial, genera residuos en grandes volúmenes los cuales deben ser gestionados de la manera más adecuada en términos ambientales. Los planes de manejo son instrumentos que buscan minimizar la generación y maximizar la valorización de los residuos. Las modificaciones propuestas a la norma oficial mexicana buscan mejorar la aplicación de dicho instrumento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-159-SEMARNAT-2011, Que establece los requisitos de protección ambiental de los sistemas de lixiviación de cobre.
       Objetivo y Justificación: Llevar a cabo la modificación de la NOM-159-SEMARNAT-2011, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el propósito de actualizar y reforzar las especificaciones de la norma. Se ha observado que muchas de las especificaciones que se incluyen en la norma son de carácter administrativo o son repetitivas con información que se solicita a través de otros instrumentos, por lo que serán eliminadas de la norma; a su vez, serán reforzadas otras relacionadas con el diseño, construcción, operación y monitoreo de este tipo de sistemas, con el propósito de evitar derrames y fallas en la operación. Con el propósito de caracterizar correctamente los residuos, se realizarán modificaciones a la metodología de muestreo. De igual manera, se busca actualizar la interpretación de los resultados de las pruebas cinéticas. Las modificaciones que se indican tienen como propósito ser precisos en la regulación de uno de los principales problemas ambientales de los residuos mineros: el potencial de drenaje ácido. La oportuna determinación de este problema, permite un manejo adecuado del residuo, minimizando la posibilidad de que se presenten impactos ambientales por este motivo. Se actualizarán las determinaciones analíticas, con la posibilidad de excluirlas de la norma para favorecer que sean modificadas conforme se requiera. Por último, se realizarán modificaciones al procedimiento para la evaluación de la conformidad de la norma con el propósito de que el cumplimiento de la norma sea verificado de manera efectiva, permitiendo la oportuna corrección de posibles desviaciones. Ello permitirá inducir a los agentes económicos a reorientar sus actividades hacia prácticas compatibles con el ambiente.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE IV DE FOMENTO AMBIENTAL, URBANO Y TURISTICO
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
7.     Que establece los porcentajes de eficiencia de conversión mínima de gases contaminantes de los convertidores catalíticos de repuesto para los vehículos automotores en circulación, que usan gasolina o gas L.P., así como los métodos de prueba para la evaluación de dicha eficiencia de conversión.
       Objetivo y Justificación: Establecer los porcentajes de eficiencia de conversión mínima de gases contaminantes de los convertidores catalíticos de repuesto, así como los métodos de prueba para la evaluación de dicha eficiencia. Uno de los sistemas más eficaces para disminuir las emisiones de contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores, es el convertidor catalítico, que como producto, tiene una vida útil determinada y en consecuencia, se requiere su sustitución a fin de que el vehículo evite emitir un volumen mayor de contaminantes que los señalados en las normas oficiales mexicanas. Por lo anterior, el tema será trabajado de forma conjunta con la Secretaría de Economía para definir tanto las características ambientales, como las comerciales, con las que el convertidor catalítico de repuesto deberá ser fabricado y comercializado a fin de garantizar cierta disminución de los contaminantes y con ello, contribuir a la protección de la salud de la población.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: VI.4. México Próspero; Objetivo 4.4. Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo; Estrategia 4.4.1. Implementar una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad; Estrategia 4.4.3. Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al
medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resilente y de bajo carbono.
Temas Adicionales a los estratégicos
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
8.     Que regula el procedimiento de análisis de vida útil, características, control y procedimiento de sustitución para convertidores catalíticos de repuesto, para vehículos en circulación.
Justificación: La cancelación del tema deriva del análisis realizado por el grupo de trabajo, el cual determinó que dicho tema debe contemplar en su desarrollo tanto criterios ambientales como económicos/comerciales, por lo que su objetivo se modificó con respecto al señalado en el tema número 35 del Programa Nacional de Normalización 2017; además, del análisis del tema se determinó que su elaboración se realizará de manera conjunta y coordinada con la Secretaría de Economía. Por lo anterior, en el presente Suplemento se inscribe un tema nuevo de elaboración conjunta con la Secretaría de Economía, denominado "Que establece los porcentajes de eficiencia de conversión mínima de gases contaminantes de los convertidores catalíticos de repuesto para los vehículos automotores en circulación, que usan gasolina o gas L.P., así como los métodos de prueba para la evaluación de dicha eficiencia de conversión.", con el cual se dará continuidad a los trabajos previamente realizados.
SECRETARIA DE ENERGIA
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE SEGURIDAD NUCLEAR Y
SALVAGUARDIAS (NUCL)
PRESIDENTE:
ING. JUAN EIBENSCHUTZ H.
DIRECCION:
DR. JOSE MARIA BARRAGAN No. 779, COL. NARVARTE, C. P. 03020, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
50-95-32-46, 50-95-32-50, y 55-90-41-81
C. ELECTRONICO:
ccnn_snys@cnsns.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Seguridad nuclear - Seguridad física de los materiales para el transporte de materiales nucleares y radiactivos - Categorización, especificaciones y requisitos de transporte.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos de seguridad física que deben cumplir los permisionarios al transportar material nuclear y radiactivo. La seguridad física nuclear tiene por objeto brindar la protección física contra la sustracción no autorizada de Sustancias Fisionables u otros Materiales Radiactivos; garantizar la aplicación de medidas para localizarlo y recuperarlo; proteger a las Sustancias Fisionables u otros Materiales Radiactivos contra sabotaje o cualquier otro acto ilícito y mitigar o reducir al mínimo las consecuencias radiológicas del sabotaje. La protección física de las Sustancias Fisionables u otros Materiales Radiactivos debe proveerse de manera gradual de acuerdo con la categorización y requisitos específicos. Se debe establecer la categorización de los Bultos y Embalajes que deben de contar con sistemas de posicionamiento global u otros medios disponibles que cumplan con el mismo propósito.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Seguridad nuclear-Plan de Seguridad Física para el transporte de material nuclear y radiactivo-Requisitos
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos del plan de seguridad física que deben cumplir los permisionarios al transportar material nuclear y radiactivo. El plan de seguridad física debe prever la acción de una fuerza de respuesta suficiente para afrontar las amenazas a que se vea sometido el material objeto de la Expedición, incluyendo la amenaza base de diseño.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMISION REGULADORA DE ENERGIA
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE HIDROCARBUROS PETROLIFEROS Y
PETROQUIMICOS
PRESIDENTE:
JESUS SERRANO LANDEROS
DIRECCION:
 BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS 172, COLONIA MERCED GOMEZ, DELEGACION BENITO JUAREZ, C.P. 03930, CIUDAD DE MEXICO.
TELEFONO:
52 83 15 00 EXT. 1900
C. ELECTRONICO:
jserrano@cre.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Oficial Mexicana, establece las especificaciones de calidad que deben cumplir los petrolíferos en cada etapa de la cadena de producción y suministro, en territorio nacional, incluyendo su importación, conforme a los artículos 78 y 79 de la Ley de Hidrocarburos; conforme a los cuales establecen: "Artículo 78. Las especificaciones de calidad de los Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos serán establecidas en las normas oficiales mexicanas que al efecto expida la Comisión Reguladora de Energía [...] corresponderán con los usos comerciales, nacionales e internacionales, en cada etapa de la cadena de producción y suministro. Artículo 79. Los métodos de prueba, muestreo y verificación aplicables a las características cualitativas [...] de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos se establecerán en las normas oficiales mexicanas que para tal efecto expidan la Comisión [...]. "La Norma Oficial Mexicana vigente, en su Sexto Transitorio, establece la instalación de un grupo técnico de trabajo donde participan los sectores gubernamental, privado y social para analizar la transición óptima de la Norma considerando el bienestar social, impacto económico, sobre la salud y medio ambiente, así como sus efectos sobre motores y vehículos, para su convergencia hacia estándares más avanzados en la materia. Entre los temas que se evalúan en el grupo técnico, estarán los efectos en los motores de los residuos de carbón y el contenido de aromáticos en el diésel y el uso de modelos predictivos de emisiones como el Complex, por lo que resulta necesario modificar la Norma Oficial Mexicana, incorporando aquellas propuestas que mejorarán la aplicación de la misma.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION ELECTRICO
PRESIDENTE:
DR. MARCELINO MADRIGAL MARTINEZ
DIRECCION:
BOULEVARD ADOLFO LOPEZ MATEOS 172, COLONIA MERCED GOMEZ, DELEGACION BENITO JUAREZ, C.P. 03930, CIUDAD DE MEXICO.
TELEFONO:
52831500
C. ELECTRONICO:
mmadrigal@cre.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Instrumentos metrológicos del sector eléctrico
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma oficial mexicana conjunta, entre la Comisión Reguladora de Energía y la Secretaría de Economía, que establezca las especificaciones técnicas y métodos de prueba para la evaluación de la conformidad que deben cumplir los instrumentos metrológicos para brindar certeza y seguridad de las transacciones contractuales de liquidación y facturación, requeridas para la correcta operación del Mercado Eléctrico Mayorista y la prestación del Suministro Eléctrico en sus diversas modalidades al amparo de la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, las Reglas del Mercado y la regulación aplicable.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
 
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE DEL
SECTOR HIDROCARBUROS
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y OPERATIVA
Y PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE DEL SECTOR HIDROCARBUROS
PRESIDENTE:
CARLOS SALVADOR DE REGULES RUIZ- FUNES
DIRECCION:
AV. MELCHOR OCAMPO, No. 469, COL. NUEVA ANZURES, DEL. MIGUEL HIDALGO, C.P. 11590, MEXICO D.F.
TELEFONO:
91260100
C. ELECTRONICO:
carlos.deregules@asea.gob.mx
 
SUBCOMITE II DE PROCESOS INDUSTRIALES, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
B. Temas reprogramados.
B.2) Que no han sido publicados para consulta pública.
1.     Especificaciones y criterios técnicos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente para el Diseño, Construcción, Pre-arranque, Operación, Mantenimiento, Cierre y Desmantelamiento de las instalaciones terrestres de almacenamiento de Petrolíferos y Petróleo, excepto para Gas Licuado de Petróleo.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones técnicas, criterios y requisitos generales para el diseño, construcción, pre-arranque, operación, mantenimiento, cierre y desmantelamiento de las instalaciones terrestres de almacenamiento de petrolíferos y petróleo, excepto para gas licuado de petróleo, así como las áreas de recepción y entrega dentro de la instalación, y para el almacenamiento dentro instalación de aditivos, componente oxigenantes y biocombustibles, vinculados al proceso de mesclado o preparación de gasolinas y/o diésel. Es necesario emitir una regulación en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, que establezca las especificaciones técnicas, los criterios y requisitos generales de los materiales, tuberías, equipos, instalaciones principales y accesorias de las instalaciones terrestres de almacenamiento de petrolíferos y petróleo excepto para gas licuado de petróleo, a fin de controlar los riesgos que pudieran llegar a afectar la integridad de las instalaciones, la población, sus bienes o el ambiente. Este tema fue inscrito en el numeral 10 en el apartado de los temas adicionales a los estratégicos, pero se reinscribe debido a que se modificaron su objetivo y justificación.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: PNN 2016
SUBCOMITE III DE DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
II. Temas reprogramados.
2.     Sistemas de Recuperación de Vapores de Gasolinas para el control de emisiones en estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas-métodos de prueba para determinar la eficiencia, mantenimiento y los parámetros para la operación.
       Objetivo y Justificación: Establecer los métodos de prueba para determinar la eficiencia, mantenimiento y los parámetros para la operación de los Sistemas de Recuperación de Vapores de Gasolinas, para el control de emisiones en Estaciones de Servicio para expendio al público de gasolinas. En México, la gasolina es uno de los combustibles con mayor demanda entre los productos derivados de la refinación del petróleo; en septiembre de 2015 existían más de 11,000 estaciones de servicio y las ventas de gasolina realizadas por la red comercial son de aproximadamente 812 miles de barriles/día, de los cuales el 78% corresponde a gasolina tipo Magna y el 22% a gasolina tipo Premium. Por otra parte, las ventas de diésel son de aproximadamente 384 miles de barriles por día. El abastecimiento de esos combustibles ocasiona la liberación de hidrocarburos volátiles a la atmósfera, los cuales, al mezclarse con otros contaminantes atmosféricos, como los óxidos de nitrógeno, pueden formar ozono. Estas emisiones pueden llegar a
ser nocivas para el medio ambiente y la salud humana y de hecho, en algunos casos -como en el del benceno- existe evidencia de que la exposición prolongada o las altas concentraciones pueden llegar a causar cáncer. Con el fin de reducir los riesgos señalados, es necesario establecer los métodos de prueba para determinar la eficiencia, mantenimiento y los parámetros para la operación de los Sistemas de Recuperación de Vapores de Gasolinas, para el control de emisiones en Estaciones de Servicio para expendio al público de gasolinas. Este tema fue inscrito en el numeral 5 en el apartado de los temas estratégicos en términos del Programa Nacional de Normalización 2017, pero se reinscribe debido a que se modificaron su objetivo y justificación.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: VI.4. México Próspero; Objetivo 4.4. Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo; Estrategia 4.4.3. Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono; Línea de acción. Contribuir a mejorar la calidad del aire, y reducir emisiones de compuestos de efecto invernadero mediante combustibles más eficientes, programas de movilidad sustentable y la eliminación de los apoyos ineficientes a los usuarios de los combustibles fósiles.
       Año en que se inscribió por primera vez: PNN 2011
SECRETARIA DE ECONOMIA
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA
(CCONNSE)
PRESIDENTE:
LIC. ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA
DIRECCION:
 AV. PUENTE DE TECAMACHALCO No. 6, SECCION FUENTES, LOMAS DE TECAMACHALCO, 53950 NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO.  
TELEFONO:
57-29-93-00 EXT. 43200
C. ELECTRONICO:
alberto.esteban@economia.gob.mx
 
SUBCOMITE DE SEGURIDAD AL USUARIO
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
1.     Estandarización de los Servicios de Llamadas de Emergencia a través del Número Unico Armonizado 9-1-1 (nueve, uno, uno)
       Objetivo y Justificación: La presente norma regulará los criterios normativos, técnicos y administrativos para la operación de los Servicios de Atención de Llamadas de Emergencia a través del número único armonizado 9-1-1 (nueve, uno, uno) en los Centros de Atención de Llamadas de Emergencia (CALLE) de los órdenes estatales y municipales. Al respecto, se hace necesaria la elaboración de la presente norma ya que en la actualidad no se cuenta con una norma vigente que regule la operación de los Servicios de Atención de Llamadas de Emergencia a través del número único armonizado 9-1-1 (nueve, uno, uno). En ese sentido, la falta de especificaciones técnicas para la operación de estos Servicios, ha generado heterogeneidad en la operación y organización de los CALLE. De este modo, la aplicación de los requisitos que considerará la citada norma conformarán el nuevo estándar de procedimientos y organización de los CALLE respecto de los siguientes rubros: organización, infraestructura, tecnología, recursos humanos, operación, evaluación y normatividad, con el propósito de coadyuvar en la optimización de las labores de los CALLE y proporcionar una base particularizada para el diagnóstico y capacitación que cada uno requiera; además de proveer medios para prevenir la recurrencia de errores y brindar un mejor servicio a la población.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: VI. 4. México en Paz; Objetivo 1.2. Garantizar la Seguridad Nacional; Estrategia 1.2.1. Preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano.
Temas Adicionales a los estratégicos
 
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
2.     Industria hulera.-Llantas recauchutadas (renovadas)-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones de seguridad y métodos de prueba que deben cumplir las llantas recauchutadas (renovadas) de construcción radial, nacionales e importadas, para automóviles, camionetas, camiones ligeros, autobuses y camiones que son usadas en los Estados Unidos Mexicanos. Se considera prudente la emisión de este instrumento para contar con argumentos técnicos que coadyuven con la revisión de los elementos de seguridad que deben cumplir este tipo de neumáticos a fin de reducir las probabilidades de accidentes.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
3.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-086/1-SCFI-2011, Industria hulera-Llantas nuevas, de construcción radial que son empleadas en vehículos con un peso bruto vehicular superior a 4 536 kg (10 000 lb) y llantas de construcción diagonal de cualquier capacidad de carga-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones de seguridad y métodos de prueba que deben cumplir las llantas nuevas nacionales e importadas de construcción radial que son empleadas para cualquier vehículo con un peso bruto vehicular superior a 4 536 kg (10 000 lb) y las llantas de construcción diagonal de cualquier capacidad de carga, las cuales se fabrican, importan o comercializan en los Estados Unidos Mexicanos. Se busca actualizar las especificaciones técnicas contenidas en esta Norma a fin de verificar que el producto satisface los requisitos para garantizar al consumidor que el producto es seguro y confiable.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE DE GAS L.P. Y GAS NATURAL
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
4.     Condiciones de Seguridad de los recipientes portátiles para contener Gas L.P. en uso.
       Objetivo y Justificación: Establecer las condiciones mínimas de seguridad de los recipientes portátiles para contener Gas L.P. en uso, con el fin de proporcionar el servicio en la distribución del Gas L.P. por medio de esos envases; asimismo, las especificaciones para el marcado que identifica al distribuidor propietario del recipiente y los procedimientos para la evaluación de la conformidad. Esta Norma cancelará a la NOM-011/1-SEDG-1999, Condiciones de seguridad de los recipientes portátiles para contener gas L.P. en uso.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
5.     Recipientes transportables para contener Gas L.P.-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Mejorar y actualizar las especificaciones técnicas mínimas de diseño, fabricación y seguridad, así como los métodos de prueba que como mínimo, deben cumplir y observar los recipientes transportables para contener gas licuado de petróleo, reabastecibles, con capacidad de almacenamiento nominal de hasta 45 kg, que se utilicen en los Estados Unidos Mexicanos para la distribución de dicho hidrocarburo. Asimismo, se requiere actualizar el procedimiento para la evaluación de la conformidad y se tomará como base a la NOM-008-SESH/SCFI-2010. Recipientes transportables para contener gas L.P. especificaciones de fabricación, materiales y métodos de prueba, norma. Se buscará la colaboración para el desarrollo de este tema con la ASEA.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
 
6.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-093-SCFI-1994, Válvulas de relevo de presión operadas por resorte y piloto; fabricadas de acero y bronce.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones de seguridad y criterios básicos de fabricación, selección, pruebas de funcionamiento, instalación, uso y mantenimiento de válvulas de relevo de presión, con el propósito de otorgar certeza jurídica a los sujetos obligados del cumplimiento de esta Norma. Asimismo, se detectó que es necesario homologar las especificaciones contenidas en la Norma vigente con las mejores prácticas internacionales aplicables a este producto.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION AGROALIMENTARIA
PRESIDENTE:
LIC. RICARDO AGUILAR CASTILLO
DIRECCION:
AVENIDA MUNICIPIO LIBRE 377, PISO 4 ALA B, COL. COLONIA SANTA CRUZ ATOYAC, BENITO JUAREZ, CIUDAD DE MEXICO, MEXICO, C.P. 03310.      
TELEFONO:
5538711000
C. ELECTRONICO:
ricardo.acastillo@sagarpa.gob.mx
 
SUBCOMITE DE PROTECCION ZOOSANITARIA
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-030-ZOO-1995, Especificaciones y procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria.
       Objetivo y Justificación: Se procederá a su modificación, tomando en consideración que la NOM-030-ZOO-1995, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 1996, y que en la actualidad han cambiado algunas de las directrices, supuestos y condiciones que le dieron sustento a las disposiciones contenidas en esta norma, mismas que han dejado de ser totalmente aplicables; por la que resulta necesaria la actualización de los términos, las especificaciones técnicas y el procedimiento mediante el cual se lleva a cabo la verificación, inspección y muestreo de la carne, canales, vísceras y despojos de importación basados en la evaluación del riesgo y alineada a sistemas internacionales, haciendo más eficientes dichos procesos, con la finalidad de mantener la calidad e inocuidad de las mercancías
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
2.     Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-030-ZOO-1995, Especificaciones y procedimientos para la verificación de carne, canales, vísceras y despojos de importación en puntos de verificación zoosanitaria.
       Justificación: No se considera necesaria su cancelación ya que se procederá a realizar su modificación, tomando en consideración que la NOM-030-ZOO-1995, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 1996, y que en la actualidad han cambiado algunas de las directrices, supuestos y condiciones que le dieron sustento a las disposiciones contenidas en esta norma, mismas que han dejado de ser totalmente aplicables; por la que resulta necesaria la actualización de los términos, las especificaciones técnicas y el procedimiento mediante el cual se lleva a cabo la verificación, inspección y muestreo de la carne, canales, vísceras y despojos de importación basados en la evaluación del riesgo y alineada a sistemas internacionales, haciendo más eficientes dichos procesos, con la finalidad de mantener la calidad e inocuidad de las mercancías.
SUBCOMITE ESPECIALIZADO EN COMPETITIVIDAD
Temas Adicionales a los estratégicos
 
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
3.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana, Invernaderos para la Producción de Plantas y Cultivos Agrícolas. Especificaciones Mínimas de Calidad.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones para el diseño de invernaderos utilizados para la producción de plantas y cultivos agrícolas, así como los principios generales para su montaje. Se pretende que los invernaderos en donde se producen plantas y cultivos agrícolas cuenten con las condiciones suficientes para el desarrollo de dichos productos con el fin de que sean una alternativa real y eficiente para la producción de alimentos. Asimismo, es necesario establecer especificaciones para la cubierta de los invernaderos con el fin de conservar el clima en su interior para el buen crecimiento y desarrollo de los cultivos y las condiciones de operación y sustento agrícola con el fin de mejorar la competitividad de los productos agroalimentarios que se desarrollan en dichos invernaderos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana, Relativa a las Características de Sanidad, Calidad Agroalimentaria, Autenticidad, Etiquetado, Denominaciones y Evaluación de la Conformidad de la Sal de Mar.
       Objetivo y Justificación: pretende establecer las especificaciones del producto Sal de Mar, así como establecer las características de sanidad, calidad agroalimentaria, autenticidad, etiquetado, denominaciones permitidas y procedimientos de evaluación de la conformidad del mismo, incluyendo la inspección y mecanismos de control. Así como regularizar el mercado informal existente del producto denominado sal de mar y otorgar un valor agregado a dicho producto que lo diferencie de otros productos en el mercado que no cumplen con las especificaciones mínimas de calidad para considerarlo como un producto artesanal con características organolépticas específicas. Se busca que la NOM se instrumente en todos aquellos establecimientos que se dediquen al proceso, empaque, distribución de sal de mar y que pretendan ostentar que la misma cumple con determinadas características de calidad con el fin de fomentar la competitividad de dicho producto en los mercados internos y externos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
5.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana, Relativa a las Características de Sanidad, Calidad Agroalimentaria, Autenticidad, Etiquetado y Evaluación de la Conformidad de las Especias.
       Objetivo y Justificación: Establecer de manera conjunta SAGARPA-SE las especificaciones de las diferentes especias, así como establecer las características de sanidad, calidad agroalimentaria, autenticidad, etiquetado, denominaciones permitidas y procedimientos de evaluación de la conformidad de las mismas, incluyendo la inspección y mecanismos de control. Es necesario desarrollar un Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana que establezca las características organolépticas y especificaciones de sanidad y calidad agroalimentaria aplicables a las diversas especias que se comercializan en nuestro país. Dicha NOM será soportada y construida con las normas mexicanas NMX ya existentes y aquellas que deban ser actualizadas con el fin de establecer las especificaciones relativas a cada una de las especias materia de la presente NOM en toda la cadena de valor, desde el productor primario hasta el comercializador, en los mercados interno y externos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE TRANSPORTE AEREO (SCT3)
PRESIDENTE:
LIC. YURIRIA MASCOTT PEREZ
DIRECCION:
XOLA Y AV. UNIVERSIDAD, 1er. PISO, EDIF. "C" ALA ORIENTE, COL. NARVARTE, MEXICO, D.F., 03028
TELEFONO:
57-23-93-00 EXT. 17000
C. ELECTRONICO:
yuriria.mascott@sct.gob.mx; elim.luviano@sct.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-021/5-SCT3-2017, Que Establece las Especificaciones del Sistema de Calidad para Producción de Aeronaves, Motores, Hélices y Artículos para la Industria Aeronáutica.
       Objetivo y Justificación: Establecer el contenido del Manual de Control de Producción, que deben presentar los fabricantes y productores nacionales de aeronaves, motores, hélices, accesorios y componentes para su uso en el medio aeronáutico. El desarrollo continuo de las aeronaves y sus componentes, y los altos niveles de confiabilidad requeridos en el transporte aéreo, exigen el establecimiento de disposiciones relativas a la producción de aeronaves y sus componentes, a fin de mantener altos estándares de calidad durante su desarrollo y proceso de fabricación, los cuales deben garantizar su aeronavegabilidad. México es potencialmente un país en el cual diversos fabricantes de aeronaves y componentes, han tomado como estado viable para el establecimiento de fábricas de aeronaves, motores, partes y componentes; esto requiere de un marco jurídico que brinde certeza, para llevar su control y vigilancia, así como, certificar, convalidar y autorizar los proyectos de construcción o modificación de las aeronaves, sus partes y productos utilizados en la aviación. Asimismo, la Organización de Aviación Civil Internacional ha modificado las actuales normas y métodos recomendados en esta materia, por lo cual se propone realizar la emisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-021/5-SCT3-2017, con aplicación en empresas de manufactura de aeronaves y partes que existen en el sector aéreo nacional.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-036-SCT3-2017, Que Establece los Límites Máximos Permisibles de Emisión de Ruido producidos por las Aeronaves.
       Objetivo y Justificación: Establecer los límites máximos permisibles de emisión de ruido producido por las aeronaves, su método de medición, así como los requerimientos para dar cumplimiento a dichos límites. El avance tecnológico sobre la reducción en los niveles de ruido producido por las aeronaves, ha permitido que en los últimos años se estén incorporando mejoras en los sistemas de las aeronaves de reciente fabricación y, derivado de esta situación, la Organización de Aviación Civil Internacional ha modificado las actuales Normas y Métodos Recomendados en esta materia, por lo cual se propone la emisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SCT3-2017, a fin de que se tenga una normativa actualizada, la cual deben cumplir todas las aeronaves que existen en el sector aéreo nacional.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-145-SCT3-2017, Que Establece los Requisitos y Especificaciones para el Establecimiento y Funcionamiento del Taller Aeronáutico.
       Objetivo y Justificación: Establecer y regular requisitos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento de los Talleres Aeronáuticos. La Ley de Aviación Civil introduce la figura del taller aeronáutico, como aquella instalación destinada al mantenimiento o la reparación de aeronaves y de sus componentes, que incluyen sus accesorios, sistemas y partes, y también la fabricación o ensamblaje, siempre y cuando se realicen con el fin de dar mantenimiento o para reparar aeronaves en el propio taller aeronáutico. Por lo tanto, es de vital importancia dictar los requerimientos y especificaciones para el establecimiento y funcionamiento de los talleres aeronáuticos, con la finalidad de asegurar que los trabajos de mantenimiento y reparación; así como de fabricación o ensamblaje (para dar mantenimiento y reparación) a las aeronaves, se realicen conforme a los lineamientos establecidos en la Ley de Aviación Civil y en el Reglamento de la Ley de Aviación Civil, así como en los procedimientos establecidos por las entidades responsables del Diseño de Tipo de las aeronaves, accesorios o componentes, y avalados por la Autoridad Aeronáutica, ello con la
finalidad de proteger las Vías Generales de Comunicación y la seguridad de sus usuarios.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-175-SCT3-2017, Que Establece las Especificaciones para el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea.
       Objetivo y Justificación: Establecer la regulación para el transporte por vía aérea de mercancías clasificadas como peligrosas por la Organización de Aviación Civil Internacional. El transporte de mercancías peligrosas por vía aérea sin su debida clasificación, etiquetado y embalaje, entre otras características que permitan identificar su peligrosidad, han sido causa de accidentes aéreos, al reaccionar por sí mismas o por las condiciones de medio ambiente en los compartimientos de carga de las aeronaves en las diferentes fases de un vuelo, por lo que algunas de estas mercancías, por su grado de peligrosidad, deben ser limitadas en cantidad o no deben ser transportadas por vía aérea; lo anterior, con la finalidad de mantener la seguridad de una aeronave en vuelo en apego al Anexo 18 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Asimismo, ciertas mercancías peligrosas pueden ser transportadas por lo pasajeros en cantidades limitadas y bajo ciertas reglas, a efecto de evitar el uso de éstas para el apoderamiento ilícito de las aeronaves, que en los últimos años se ha realizado por grupos subversivos o de guerrilla.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
5.     Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-040-SCT3-2016, Que establece el contenido del manual de despacho para empresas de transporte aéreo de servicio al público, así como para empresas que prestan el servicio de despacho o despacho y control de vuelos.
       Objetivo y Justificación: Establecer las características, criterios, procedimientos y contenido del manual de despacho para concesionarios y permisionarios de transporte aéreo de servicio al público, así como para personas morales que prestan el servicio de despacho o despacho y control de vuelos, a fin de contar con la información necesaria y vigente de las limitaciones y políticas de operación de la empresa, que permitan garantizar la seguridad de las operaciones aéreas y proteger las vías generales de comunicación. El Reglamento de la Ley de Aviación Civil señala que todo concesionario o permisionario de transporte aéreo, así como las personas morales que autorice la Secretaría y que presten los servicios de despacho, o bien, de despacho y control de vuelos, es responsable de elaborar el plan operacional de vuelo, el manifiesto de carga y balance, así como de realizar la vigilancia de vuelos y de la operación de aeronaves de conformidad con las normas oficiales mexicanas correspondientes. Dado lo anterior, existe la necesidad de emitir la NOM-040-SCT3-2016, que establecerá el contenido del manual de despacho para empresas de transporte aéreo de servicio al público, así como para empresas que prestan el servicio de despacho o despacho y control de vuelos. Asimismo, siendo México un Estado parte del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, celebrado en la Ciudad de Chicago, Illinois, Estados Unidos de América, en 1944; al emitirse la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SCT3-2016, el Estado Mexicano cumplirá con los compromisos adquiridos en este convenio y lo señalado en su Anexo 6, Partes I y III, referente al despacho de aeronaves.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-050-SCT3-2013, que establece los requisitos y especificaciones para la operación de aeronaves de ala rotativa.
       Objetivo y Justificación: Establecer las reglas y procedimientos complementarios a las leyes y reglamentos de aviación civil, para satisfacer las necesidades actuales en las operaciones de helicópteros civiles. Establecer para los Concesionarios, Permisionarios u Operadores Aéreos de helicópteros que operen dentro del espacio aéreo mexicano, los lineamientos que deben cumplir; así como, los aspectos relativos a la certificación, supervisión, y operación respecto a zonas, instrumentos, equipos y documentos, y las limitaciones que se establezcan para la segura operación de los helicópteros civiles. No obstante, los requisitos impuestos para este tema, se pueden encontrar sustentados en diversas Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con Certificación, Supervisión y Operación respecto a zonas, instrumentos, equipos y documentos, así como limitaciones de aeronaves en general, mismas que no estarán completas sin la parte regulatoria sobre helicópteros civiles.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
7.     Proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-107-SCT3-2016, Que establece los requerimientos para operar un Sistema de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS) en el espacio aéreo mexicano.
 
       Objetivo y Justificación: Establecer los requerimientos que el propietario o poseedor de la aeronave debe cumplir para obtener la Aprobación de Tipo del Diseño de un Sistema de Aeronave no Tripulada (UAS) y su autorización de operación, considerando que las UAS deben presentar los mismos estándares de seguridad y operación que una aeronave tripulada. Toda aeronave para realizar vuelos, debe contar con el Certificado de Aeronavegabilidad, y obtener previamente el Certificado de Tipo o de Aprobación de Tipo que emite o convalida la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), mediante las pruebas, cálculos y evidencia de que la aeronave cumple con los estándares de diseño, fabricación y construcción para su operación segura dentro del espacio aéreo mexicano; asimismo, debe inscribirse en el Registro Aeronáutico Mexicano. De acuerdo a lo establecido en el Anexo 8 "Aeronavegabilidad", al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, celebrado en la Ciudad de Chicago, Illinois, Estados Unidos de América en 1944, los fabricantes de aeronaves y la Autoridad de Aviación Civil, deben asegurar la aplicación de los estándares necesarios para prevenir accidentes y proteger a los tripulantes, pasajeros y terceras personas. La Norma Oficial Mexicana establecerá los requisitos de aprobación para todos los Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS), sea por diseño o fabricación, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos o en el extranjero. Cualquier otro método distinto, propuesto por un solicitante para dar cumplimiento a los requisitos aplicables, debe someterse a consideración de la Autoridad Aeronáutica, quien la analizará y determinará su aceptación cuando se cumplan los niveles de seguridad requeridos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
8.     Proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-108-SCT3-2015, Que establece el contenido del Programa de Seguridad para la Prevención de Actos de Interferencia Ilícita.
       Objetivo y Justificación: Es necesario que todo Concesionario o Permisionario cuente con un Manual para la Prevención de Actos de Interferencia Ilícita, adoptando medidas para evitar que se introduzcan por cualquier medio, a bordo de las aeronaves, armas, explosivos u otros artefactos peligrosos que puedan utilizarse para cometer actos de interferencia ilícita, de igual manera deben de adoptar medidas para que las inspecciones previas al vuelo de la aeronave, permitan detectar los objetos anteriormente descritos. Dichas medidas de seguridad son necesarias para salvaguardar a las aeronaves, pasajeros y tripulación cuando exista sospecha fundada de que puedan ser atacadas mientras se encuentren en tierra o en vuelo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
9.     Proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-108/2-SCT3-2015, Que establece los requerimientos y medidas de seguridad para la prevención de actos de interferencia ilícita que deben cumplir los concesionarios y permisionarios de servicio público de transporte aéreo nacional o internacional que transporten carga, encomiendas exprés y/o correo proveniente de embarcadores, expedidores, consolidadores de carga, agentes aduanales, y/o transportistas.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requerimientos y medidas de seguridad a cumplir por los Concesionarios y Permisionarios de Transporte de Servicio al Público Nacional o Internacional que transporten carga, encomiendas exprés y correo proveniente de embarcadores, expedidores, consolidadores de carga, agentes aduanales, y transportistas. Se establece el presente tema para cumplir con la regulación indicada en las diversas leyes y reglamentos tanto nacionales como internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
10.   Proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-108/3-SCT3-2015, Que establece los requisitos para la certificación de instructores de seguridad de la aviación civil.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requerimientos para la certificación de instructores de Seguridad de la Aviación Civil, para el cumplimiento por parte de los Concesionarios y Permisionarios del Transporte Aéreo, Aeroportuarios y Prestadores de Servicios. Es necesario que todo Concesionario o Permisionario del Transporte Aéreo, Aeroportuarios y Prestadores de Servicios, cuenten con instructores certificados para la impartición de la capacitación en Seguridad de la Aviación Civil, además de asegurar la creación e implementación de un Sistema de Certificación de Instructores y programas de capacitación en concordancia con el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
B. Temas reprogramados.
 
B.1) Que han sido publicados para consulta pública.
11.   Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-117-SCT3-2013, Que establece las especificaciones del sistema de gestión de riesgos asociados a la fatiga.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos para el desarrollo e implementación de Sistemas de Gestión Asociados a la Fatiga (FRMS). El continuo crecimiento de la aviación nacional e internacional demanda un incremento en la capacidad del espacio aéreo y encamina a la necesidad de utilizarlo en forma óptima; asimismo, debido al aumento de las operaciones en el espacio aéreo nacional, se hace necesario brindar el mayor nivel de seguridad en las mismas, por lo que se requiere controlar y gestionar constantemente los riesgos de la seguridad operacional relacionados con la fatiga, basándose en los principios y conocimientos científicos, médicos y experiencia operacional, con la intención de asegurar que los miembros del personal de vuelo estén desempeñándose con un nivel de alerta adecuado.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 85%
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2013
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 30 de mayo de 2014
12.   Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-014/2-SCT3-2014, Que establece los lineamientos técnicos de infraestructura para los helipuertos.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos para regular la construcción, modificación y operación de los Helipuertos en México, en aspectos técnico-aeronáuticos, en apego a las especificaciones contenidas en los documentos del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, y demás suplementos, resoluciones, manuales de apoyo y notas de estudio que emite dicho Organismo Internacional, generando que la infraestructura de los helipuertos contribuya a que las operaciones se lleven a cabo bajo estándares de eficiencia, calidad y seguridad operacional. El transporte aéreo y su industria han crecido de manera vertiginosa en los últimos años, exigiendo a los países, bases normativas óptimas y eficientes, que puedan generar y fomentar el crecimiento propio de la industria. El Anexo 14, Vol. II, Helipuertos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, define las Normas y Métodos Recomendados (especificaciones) que prescriben las características físicas y las superficies limitadoras de obstáculos con que deben contar los helipuertos, y ciertas instalaciones y servicios técnicos que normalmente se suministran en un helipuerto. Asimismo, México como Estado parte de la Organización de Aviación Civil Internacional, tiene la obligación de generar las bases normativas necesarias para la correspondiente adopción de los Anexos, por lo cual se hace necesaria la publicación de la Norma Oficial Mexicana que establezca los requisitos para regular la construcción, modificación y operación de los helipuertos, con el objeto de que la infraestructura de los mismos, genere y potencialice la seguridad operacional.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Grado de avance: 65%
Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2014
Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 20 de octubre de 2015
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
13.   Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCT3-2012, Que establece el contenido del manual general de mantenimiento.
       Objetivo y Justificación: Establecer el contenido del Manual General de Mantenimiento. Actualizar el contenido del Manual General de Mantenimiento, los Programas de Mantenimiento de las aeronaves, los procedimientos de trabajo y conocimientos necesarios para realizar los trabajos de mantenimiento, entre otros, a fin de mejorar la seguridad de las aeronaves, su operación y por consiguiente la seguridad de las personas. Asimismo, la Organización de Aviación Civil Internacional ha modificado las actuales normas y métodos recomendados en esta materia, por lo cual se propone realizar la emisión de la Norma Oficial Mexicana, a fin de requerir su aplicación a los Concesionarios y Permisionarios del Transporte Aéreo y con esto, ellos puedan contar con un Manual General de Mantenimiento acorde a los requerimientos internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
14.   Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-069-SCT3-2010, Que establece el uso del sistema de
anticolisión de a bordo en aeronaves de ala fija que operen en espacio aéreo mexicano, así como sus características.
       Objetivo y Justificación: Establecer el uso del Sistema de Anticolisión de a Bordo (ACAS) en aeronaves de ala fija al servicio de concesionarios, permisionarios y operadores aéreos que vuelen sobre espacio aéreo mexicano, indicando los procedimientos de operación que deben seguir con este sistema, así como los criterios y especificaciones para su instalación y operación. Es necesario disponer de una Norma Oficial Mexicana que establezca el uso de sistemas que prevengan la colisión de las aeronaves de ala fija en vuelo, tanto en las aproximaciones a los aeropuertos como en el espacio aéreo mexicano que así lo requieran. Igualmente, a través de esta normatividad se determinan las características del ACAS, garantizando la seguridad de las aeronaves, y con ello, la seguridad de las personas, evitando daños irreparables o irreversibles a los mismos, previniendo accidentes e incidentes aéreos. Asimismo, México como Estado contratante de la Organización de Aviación Civil Internacional, estará dando cabal cumplimiento a lo establecido en el convenio sobre aviación civil internacional celebrado en Chicago, Illinois en 1944; el cual señala que cada estado contratante adoptará en sus leyes, reglamentos y normas, las normas y métodos recomendados en sus anexos, a fin de lograr el más alto grado de uniformidad posible en las reglamentaciones, normas, procedimientos y organización relativos a las aeronaves, personal, aerovías y servicios auxiliares, para mejorar el desarrollo de la aviación.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SECRETARIA DE SALUD
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE REGULACION Y FOMENTO SANITARIO
(SSA1)
PRESIDENTE:
Lic. Julio Salvador Sánchez y Tépoz
DIRECCION:
MONTERREY No. 33, COL. ROMA, C.P. 06700, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
50 80 52 00
C. ELECTRONICO:
rfs@cofepris.gob.mx
 
SUBCOMITE DE INSUMOS PARA LA SALUD
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-241-SSA1-2012, Buenas prácticas de fabricación para establecimientos dedicados a la fabricación de dispositivos médicos.
       Objetivo y Justificación: Actualizar el marco normativo para la fabricación de dispositivos médicos, con la finalidad de especificar los requerimientos que en la versión 2012 se abordan de forma general, así como desarrollar una sección específica para los almacenes de depósito y distribución de dispositivos médicos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
2.     Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-XXX-SSA1-2017, Productos y servicios. Derivados de la cannabis con concentraciones de Tetrahidrocannabidiol (THC). Especificaciones Sanitarias. Métodos de Prueba.
       Objetivo y Justificación: Derivado de las reformas a la Ley General de Salud y Código Penal Federal en materia de cannabis, es necesario establecer las disposiciones sanitarias que regulen el uso, proceso, elaboración y comercialización de los productos que contengan concentraciones de THC. De igual forma, se incluyen los métodos analíticos de prueba para la determinación del contenido de THC.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-XXX-SSA1-2017, Productos y servicios. Métodos de prueba de seguridad para productos cosméticos. Determinación de los índices de irritación ocular, irritación primaria dérmica y sensibilización dérmica.
 
       Objetivo y Justificación: Actualizar el marco normativo para establecer métodos de prueba in-vitro e in-vivo que pueden tomarse como referencia para determinar los índices de irritación ocular, irritación primaria dérmica y sensibilización dérmica como soporte a la seguridad de los productos cosméticos. Considerando el papel de Europa y los Estados Unidos como referencia internacional en el sector cosmético, tanto por los avances tecnológicos aplicables en productos finales, como en tecnología aplicable a la evaluación de la seguridad de productos como en la experimentación con animales. Derivado de estos trabajos y a fin de enfocar los esfuerzos a una transición en la que el uso de animales para métodos de prueba sea reducido, en la Unión se prohíbe el uso de los mismos desde 2004 para los productos cosméticos obligando así que los avances e innovación se enfoquen en metodologías alternativas que permitan arrojar los datos extrapolables y aplicables a la evaluación de la seguridad, siendo así que la evolución al uso de pieles sintéticas, células e inclusive métodos estadísticos como la evaluación del riesgo, abrieron diversas posibilidades adaptables a cada tipo de producto. Si bien es cierto que la industria ha tenido grandes avances, aún se siguen investigando más alternativas de sustitución, por lo que es un proceso dinámico y de evolución continua.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
4.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SSA1-1993, Bienes y servicios. Sal yodada y sal yodada fluorurada. Especificaciones sanitarias.
       Objetivo y Justificación: Incluir métodos alternativos para la determinación de cobre, así como una modificación al método para la cuantificación de flúor en sal. En ambos casos se busca mayor precisión en los resultados del análisis de sal, evitando las posibles interferencias atribuibles a la matriz de la muestra. Adicionalmente, se incluirá en el etiquetado del producto preenvasado la opcional de que se indique el origen o bien el método de producción.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE PREVENCION Y CONTROL DE
ENFERMEDADES (SSA2)
PRESIDENTE:
DR. PABLO ANTONIO KURI MORALES
DIRECCION:
LIEJA No. 7, PISO 1, COL JUAREZ, C.P. 06600, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
50-62-17-53
C. ELECTRONICO:
pablo.kuri@salud.gob.mx
 
SUBCOMITE DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-033-SSA2-2011, Para la vigilancia, prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán.
       Objetivo y Justificación: Actualizar el instrumento normativo basado en evidencias científicas y operativas más actuales para la vigilancia epidemiológica. Así como la prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán (IPPA) con los criterios de prevención, diagnóstico, manejo integral, referencia, contrarreferencia y notificación de IPPA.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre 2017
SECRETARIA DE GOBERNACION
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION SOBRE PROTECCION CIVIL Y PREVENCION
DE DESASTRES
PRESIDENTE:
MTRO. ROGELIO RAFAEL CONDE GARCIA
DIRECCION:
AV. JOSE VASCONCELOS No. 221, PISO 6, COLONIA SAN MIGUEL CHAPULTEPEC, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, C.P. 11850, CIUDAD DE MEXICO. 
TELEFONO:
51280000
C. ELECTRONICO:
rconde@segob.gob.mx
 
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
1.     2. Equipos de carburación de Gas L.P. en motores de combustión interna. Instalación y mantenimiento.
       Objetivo y Justificación: Establecer las medidas preventivas que deberán implementase en la instalación y mantenimiento de equipos de carburación que utilicen gas L.P. para su funcionamiento. La necesidad de establecer medidas preventivas en la instalación o modificación de vehículos automotores que utilicen gas L.P. permitirá identificar las condiciones de seguridad que deben emplearse en la instalación, adaptación y mantenimiento de equipos de carburación que utilicen este hidrocarburo. Además, permitirá identificar a las personas morales que realicen esta actividad y de esta manera establecer el grado de responsabilidad en sus equipos. El contar con una regulación de este tipo, permitirá a la autoridad establecen mecanismos de control para aquellas personas que instalen y proporcionen mantenimiento a estos equipos, así como implementar las medidas preventivas que salvaguarden la vida y la integridad física de los usuarios.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano. Estrategia 1.6.1. Política estratégica para la prevención de desastres. Líneas de acción Fomentar, desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección Civil.
2.     1. Instalaciones de aprovechamiento de Gas L.P., diseño y construcción.
       Objetivo y Justificación: Establecer la clasificación, equipamiento y especificaciones del equipo de protección personal que se debe utilizar para la atención de emergencias. La presente regulación pretende establecer las especificaciones con las que deben contar las instalaciones fijas y permanentes en las que se utilice Gas L.P. de acuerdo a su uso y capacidad, así como las medidas de seguridad que deben implementar en los diferentes tipos de recipientes. Igualmente se establecerán las obligaciones con las que deben cumplir el sujeto obligado al realizar el diseño y construcción de la instalación de gas de aprovechamiento de gas L.P. Es importante destacar, que es necesario contar con una regulación que permita establecer las medidas de seguridad suficientes que salvaguarden en todo momento la integridad física y la vida de las personas, que utilicen estas instalaciones para consumo propio o para la prestación de un servicio.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano. Estrategia 1.6.1. Política estratégica para la prevención de desastres. Líneas de acción Fomentar, desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección Civil.
SUBCOMITE DE GESTION INTEGRAL DE RIESGOS
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
 
3.     3. Talleres de equipos de carburación de Gas L.P. Diseño, construcción, operación y condiciones de seguridad.
Objetivo y Justificación: Establecer las medidas preventivas y de seguridad que deben implementarse en los bienes inmuebles en los que se diseñen y construyan equipos de carburación de gas L.P. Es importante que los bienes inmuebles en los que se instale o diseñen equipos de carburación de gas L.P. cuenten con las medidas de seguridad que permitan prevenir o mitigar emergencias o desastres, así como la ejecución de acciones que salvaguarden la integridad física y la vida de las personas. Igualmente, consideramos que los responsables del diseño de equipos de carburación de gas L.P. implementen las medidas de seguridad en la instalación de esos equipos.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano. Estrategia 1.6.1. Política estratégica para la prevención de desastres. Líneas de acción Fomentar, desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección Civil.
4.     4. Instalaciones de aprovechamiento de gas natural.
Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones que deben implementarse en las instalaciones de aprovechamiento de gas natural, que permitan prevenir y mitigar una emergencia. La presente regulación pretende establecer las especificaciones con las que deben contar las instalaciones fijas y permanentes en las que se utilice Gas L.P. de acuerdo a su uso y capacidad, así como las medidas de seguridad que deben implementar en los diferentes tipos de recipientes. Igualmente se establecerán las obligaciones con las que deben cumplir el sujeto obligado al realizar el diseño y construcción de la instalación de gas de aprovechamiento de gas L.P. Es importante destacar, que es necesario contar con una regulación que permita establecer las medidas de seguridad suficientes que salvaguarden en todo momento la integridad física y la vida de las personas, que utilicen estas instalaciones para consumo propio o para la prestación de un servicio.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano. Estrategia 1.6.1. Política estratégica para la prevención de desastres. Líneas de acción Fomentar, desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección Civil.
5.     5. Gas natural comprimido para uso automotor, requisitos mínimos de seguridad en la instalación vehicular.
Objetivo y Justificación: Establecer las medidas preventivas que deberán implementase en la instalación y mantenimiento de equipos de carburación que utilicen gas L.P. para su funcionamiento. La necesidad de establecer medidas preventivas en la instalación o modificación de vehículos automotores que utilicen gas natural, permitirá identificar las condiciones de seguridad que deben emplearse en la instalación, adaptación y mantenimiento de equipos de carburación que utilicen este hidrocarburo. Además, permitirá identificar a las personas morales que realicen esta actividad y de esta manera establecer el grado de responsabilidad en sus equipos. El contar con una regulación de este tipo, permitirá a la autoridad establecen mecanismos de control para aquellas personas que instalen y proporcionen mantenimiento a estos equipos, así como implementar las medidas preventivas que salvaguarden la vida y la integridad física de los usuarios.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Objetivo 1.6. Salvaguardar a la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural o humano. Estrategia 1.6.1. Política estratégica para la prevención de desastres. Líneas de acción Fomentar, desarrollar y promover Normas Oficiales Mexicanas para la consolidación del Sistema Nacional de Protección Civil.
SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
COMITE CONSULTIVO NACIONAL DE NORMALIZACION DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
DESARROLLO URBANO
PRESIDENTE:
FRANCISCO COVARRUBIAS GAITAN
DIRECCION:
Avenida Paseo de la Reforma 99, Colonia Tabacalera, Del. Cuauhtémoc, Ciudad de México. C.P. 06030
TELEFONO:
68209700
C. ELECTRONICO:
mario.reyes@sedatu.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     La estructura de la red de vialidades primarias en los asentamientos humanos, Centros de Población y sus áreas de Crecimiento, y para las obras de cabecera y la Movilidad urbana.
       Objetivo y Justificación: Estructuración de la movilidad urbana a través de la estructuración vial primaria existente, de su expansión, y de la generación de vías estructuradoras con los derechos de vía. Lo anterior con los principios de teoría de umbrales para reducir costos iniciales y de operación de las ciudades.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     La custodia y aprovechamiento de las zonas de valor ambiental no urbanizables, incluyendo las primeras dunas de las playas, vados de ríos, lagos y vasos reguladores de agua, para la resiliencia urbana.
       Objetivo y Justificación: Determinar las áreas de crecimiento, considerando variables fisiográficas, de infraestructura, ambientales, productivas, a manera de identificar secuencias y condicionantes para el crecimiento urbano y la preservación ambiental, evitando que las ciudades se expandan en zonas inconvenientes con mayores costos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Homologación de terminología para la jerarquización de espacios públicos y equipamientos en los planes o programas de Desarrollo Urbano
       Objetivo y Justificación: Sistema de espacios públicos en las ciudades y su entorno que determinen en los límites de las ciudades, áreas no urbanizables: zonas ambientales, productivas, agropecuarias y en las áreas urbanizables un sistema de espacios abiertos desde, plazas, parques, zonas deportivas, con normas de conservación y dotación. Para los equipamientos, contar con normas según la tipología y dimensión de ciudades y componentes internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     La prevención y atención de contingencias en los Centros de Población para el fortalecimiento de la Resiliencia.
Objetivo y Justificación: Que los centros de población cuenten con un plan de resiliencia efectivo. Lo que permitirá la prevención y atención de desastres naturales.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SECCION DE NORMAS MEXICANAS
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2o fracción I, 17 y 34 fracciones II, VIII, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 51-B y 66 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 47 de su Reglamento; y artículo 22 fracciones VIII, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
SOCIEDAD MEXICANA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION S.C. (NORMEX)
PRESIDENTE:
ENRIQUE GUILLEN MONDRAGON
DIRECCION:
AV. SAN ANTONIO No. 256 7o. PISO, COL. AMPLIACION NAPOLES C.P. 03840, DEL. BENITO JUAREZ, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
55983036
C. ELECTRONICO:
normas@normex.com.mx
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA (NALI-10)
SUBCOMITE DISTINTIVO H
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
 
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-F-605-NORMEX-2015, Alimentos - Manejo higiénico en el servicio de alimentos preparados para la obtención del distintivo H.
       Objetivo y Justificación: Contar en los Estados Unidos Mexicanos, con una Norma Mexicana que se adecue a los requerimientos a los actuales para los establecimientos en el manejo Higiénico de los alimentos para la obtención del Distintivo H.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
INSTITUTO MEXICANO DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C. (IMNC)
PRESIDENTE:
ING. VIVIANA FERNANDEZ CAMARGO
DIRECCION:
MANUEL MARIA CONTRERAS 133, 6o. PISO, COLONIA CUAUHTEMOC, DELEGACION CUAUHTEMOC, MEXICO, D. F., C.P. 06500
TELEFONO:
5546 4546
C. ELECTRONICO:
viviana.fernandez@imnc.org.mx
 
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE SISTEMAS DE GESTION DE LA CALIDAD Y
EVALUACION DE LA CONFORMIDAD (CTNN 9)
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     1. Evaluación de la conformidad - Requisitos para los organismos de auditoría y certificación de los sistemas de gestión - Parte 6: Requisitos de competencia para la auditoría y la certificación de los sistemas de gestión de la continuidad del negocio.
       Objetivo y Justificación: El objetivo de esta norma mexicana complementa los requisitos existentes de PROY-NMX-EC-17021-1-IMNC-2015. Incluye requisitos específicos de competencia para el personal involucrado en el proceso de certificación de sistemas de gestión de la continuidad del negocio (BCMS). Se requiere un documento. Y se tomará como referencia la ISO 17021-6:2014.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
2.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-EC-17025-IMNC-2006, Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Internacional establece los requisitos generales para la competencia en la realización de ensayos*) o de calibraciones, incluido el muestreo. Cubre los ensayos y las calibraciones que se realizan utilizando métodos normalizados, métodos no normalizados y métodos desarrollados por el propio laboratorio. Actualización de la norma ISO/IEC DIS 17025.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-EC-17011-IMNC-2005, Evaluación de la conformidad-requisitos generales para los organismos de acreditación que realizan la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Internacional especifica requisitos generales para los organismos de acreditación y para la evaluación y acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad (OEC). También es apropiada como un documento que fija los criterios para el proceso de evaluación entre pares utilizado en los acuerdos de reconocimiento mutuo entre organismos de acreditación. Los organismos de acreditación que operan según esta norma, no tienen obligación de ofrecer acreditación a todos los tipos de OEC. Para los propósitos de esta Norma Internacional, los OEC son organizaciones que proveen los siguientes servicios de evaluación de la conformidad: ensayo/prueba, inspección, certificación de sistemas de gestión, certificación de personal, certificación de producto y, en el contexto de esta Norma Internacional, calibración. Actualización de la norma ISO/IEC PRF 17011.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
 
4.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-CC-29001-IMNC-2009, Sistemas de gestión de la calidad en el sector de la industria del petróleo, petroquímica y gas natural-requisitos para organizaciones proveedoras de productos y servicios.
       Objetivo y Justificación: Esta norma mexicana define el sistema de gestión de la calidad para organizaciones proveedoras de productos y servicios a las industrias del petróleo, petroquímica y gas natural. Los requisitos complementarios del sector específico de la industria del petróleo, petroquímica y gas natural se encuentran fuera de los cuadros. Actualización de la norma ISO/WD 29001.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE TURISMO (IMNC/COTENNOTUR)
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
5.     Campos de Golf - Requisitos para la prestación del servicio
       Objetivo y Justificación: Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los campos de golf, independientemente de si son campos de 9, 18 hoyos o campo de hoyos cortos (de ahora en adelante pitch and putt), en cuanto a los servicios prestados, los procesos de prestación de dichos servicios, así como sus instalaciones y equipamientos. Y se tomará como referencia la norma UNE 188001:2011.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Criterios para la generación de desarrollos Sustentables.- Garantía de Sustentabilidad.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos básicos de calidad para las empresas turísticas generando así desarrollos turísticos sustentables. Con la implementación de esta norma se busca reconocer y certificar a través de un marco de referencia a todos aquellos establecimientos de hospedaje, restaurantes, aeropuertos, centros de convenciones, transportes turísticos, y campos de golf, entre otros, que implementen buenas prácticas, ahorro de energía, agua y residuos sólidos urbanos y reducción de emisiones de carbono, optimizando sus costos de operación, bajo una correcta implementación, logrando desarrollos sustentables en materia turística. Dichos requisitos serán los que se utilizan actualmente.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
7.     Programa de Calidad Tesoros de México.
       Objetivo y Justificación: Establecer los estándares de excelencia en hoteles y restaurantes. Con la implementación de esta norma se pretende impulsar la excelencia de los hoteles y restaurantes, cuyos altos estándares de servicio, características arquitectónicas y gastronómicas, reflejan y promueven la riqueza de la cultura mexicana, dichos estándares serán los que se utilizan actualmente para la entrega de distintivos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
8.     Programa de calidad de Mercados Turísticos Especializados
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos y criterios para la calidad en los servicios de mercados turísticos especializados como son: Turismo de Salud, Turismo Incluyente y ellos de mercados específicos como el Sello de Cerca de China y Sello Halal. La implementación de la norma va a permitir a México ser competitivo al ofrecer servicios especializados de alta calidad tomando en cuenta los estándares que se utilizan actualmente.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO NACIONAL DE NORMALIZACION DE METROLOGIA (IMNC/COTNNMET)
Temas Adicionales a los estratégicos
III. Normas vigentes a ser canceladas.
9.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-128-20-IMNC-2010, Dibujos técnicos-Principios generales de presentación-Parte 20: convenciones básicas para líneas.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
 
10.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-13567-3-IMNC-2011, Documentación técnica de producto-organización y denominación de las capas en sistemas cad-Parte 3: aplicación de las normas NMX-DT-13567-1-IMNC y NMX-DT-13567-2-IMNC.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
11.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-5455-IMNC-2009, Dibujo técnico-Escalas
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
12.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-007-IMNC-2010, Dibujo técnico-Para la industria mecánica y conexas-Acotaciones, definiciones y principios
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
13.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-10209-1-IMNC-2009, Documentación técnica de producto-Vocabulario-Parte 1: términos referidos a dibujos técnicos: generalidades y tipos de dibujos.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
14.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-10209-2-IMNC-2009, Documentación técnica de producto-Vocabulario-Parte 2: términos referidos a los métodos de proyección.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
15.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-128-21-IMNC-2010, Dibujo técnico-Principios generales de presentación-Parte 21: preparación de líneas para sistemas cad.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
16.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-128-22-IMNC-2010, Dibujo técnico-Principios generales de presentación-Parte 22: convenciones y aplicaciones básicas para líneas guía y líneas de referencia.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
17.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-128-23-IMNC-2010, Dibujo técnico-Principios generales de presentación-Parte 23: líneas en dibujos de construcción.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
18.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-DT-128-24-IMNC-2010, Dibujo técnico-Principios generales de presentación-Parte 24: líneas en dibujo de ingeniería mecánica.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
19.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-129-1-IMNC-2010, Dibujo técnico-Indicación de dimensiones y tolerancias-Parte 1: principios generales.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
20.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-154-IMNC-2008, Acústica-Vocabulario de términos fundamentales y generales.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
21.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-1996-1-IMNC-2009, Acústica-Descripción, medición y evaluación de ruido ambiental-Parte 1: magnitudes básicas y procedimientos de evaluación.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
22.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-266-IMNC-2009, Acústica-Frecuencias preferidas.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
23.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-1-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte1: umbral de referencia equivalente de los niveles de presión acústica para tonos puros y audífonos supra-aurales.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
24.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-2-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 2: umbral de referencia equivalente de los niveles de presión acústica para tonos puros y audífonos de inserción.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
 
25.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-3-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 3: umbral de referencia equivalente de los niveles de fuerza para tonos puros y vibradores óseos.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
26.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-4-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 4: niveles de referencia para ruido de enmascaramiento de banda angosta.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
27.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-5-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 5: umbral de referencia equivalente de los niveles de presión acústica en el intervalo de frecuencia de 8 khz a 16 khz.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
28.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-6-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 6: umbral de referencia de audición para señales de ensayo de corta duración.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
29.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-7-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 7: umbral de referencia de audición para condiciones de escucha en campo libre y campo difuso.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
30.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-8-IMNC-2008, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 8: umbral de referencia equivalente de los niveles de presión acústica para tonos puros y audífonos circumaurales.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
31.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-389-9-IMNC-2009, Acústica-Cero de referencia para la calibración de equipos audiométricos-Parte 9: consideraciones de ensayo preferidas para la determinación de los niveles de umbral de audición de referencia.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
32.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-8253-2-IMNC-2009, Acústica-todos de ensayo audiométrico-Parte 2: audiometría en campo acústico con señales de ensayo de banda angosta y tonos puros
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
33.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-CH-8253-3-IMNC-2010, Acústica-todos de ensayo audiométrico-Parte 3: audiometría de voz.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
34.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-128-34-IMNC-2011, Dibujos técnicos-Principios generales de presentación-Parte 34: vistas en dibujos de ingeniería mecánica.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
35.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-128-40-IMNC-2010, Dibujos técnicos-Principios generales de presentación-Parte 40: convenciones básicas para cortes y secciones.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
36.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-128-50-IMNC-2011, Dibujo técnico-Principios generales de presentación-Parte 50: convenios básicos para la representación de las áreas de cortes y secciones.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
37.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-128-71-IMNC-2011, Documentación técnica de producto-Principios generales de presentación-Parte 71: representación simplificada para dibujos de ingeniería mecánica.
 
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
38.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-4172-IMNC-2010, Dibujos técnicos-Dibujos de construcción-Dibujos para el ensamble de estructuras prefabricadas.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
39.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-6411-IMNC-2011, Dibujos técnicos-Representación simplificada de agujeros de centro.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
40.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-6412-1-IMNC-2010, Dibujos técnicos-Representación simplificada de tuberías-Parte 1: reglas generales y representación ortogonal.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
41.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-6412-2-IMNC-2011, Dibujo técnico-Representación simplificada de tuberías-Parte 2: proyección isométrica.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
42.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-DT-6412-3-IMNC-2011, Dibujo técnico-Representación simplificada de tuberías-Parte 3: elementos terminales de sistemas de ventilación y drenaje.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE ARTES GRAFICAS (COTENNAGRAF)
Temas Adicionales a los estratégicos
III. Normas vigentes a ser canceladas.
43.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-AG-001-IMNC-1999, Papel bond offset 75g/m ² en extendido para impresión offset de libro y revistas-Especificaciones
       Justificación: Se cancela el tema por no ser de interés para los usuarios
44.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-AG-002-IMNC-2002, Papel bond offset blanco 65 g/m2 en extendido para impresión offset de libros y revistas-Especificaciones
       Justificación: Se cancela el tema por no ser de interés para los usuarios
45.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-AG-003-IMNC-2002, Papel recubierto brillante dos caras de 90 g/m2 en extendido para impresión offset de libros y revistas-Especificaciones
       Justificación: Se cancela el tema por no ser de interés para los usuarios
46.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-AG-009-IMNC-2006, Artes gráficas-Materiales educativos impresos no oficiales-especificaciones de monografías.
       Justificación: Se cancela el tema por no ser de interés para los usuarios
47.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-M-003-1978, Concentrados emulsionables-Determinación del contenido de trifluralina.
       Justificación: Se cancela el tema por no ser de interés para los usuarios
48.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-M-004-1982, Industria de las artes gráficas-Papel y cartón- Acondicionamiento de muestras.
       Justificación: Se cancela el tema por no ser de interés para los usuarios
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
49.   Papel offset blanco 75 g/m ² en bobina para impresión en offset de libros y revistas-Especificaciones
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios.
50.   Papel recubierto mate dos caras de 90 g/m ² en extendido para impresión offset de libros y revistas-Especificaciones.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios.
51.   Papel recubierto mate dos caras de 100 g/m ² en extendido para impresión offset de libros y revistas-Especificaciones.
 
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios.
52.   Papel recubierto brillante dos caras de 135 g/m ² en extendido para impresión offset de libros y revistas-Especificaciones.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios.
53.   Papel recubierto brillante dos caras de 240 g/m ² en extendido para impresión offset de libros y revistas-Especificaciones.
       Justificación: Por no ser de interés para los usuarios.
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACION DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IMNC/COTENNSASST)
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
54.   Gestión de riesgos - Orientación para la aplicación de la norma ISO 31000
       Objetivo y Justificación: Se requiere un documento que proporcione orientación a las organizaciones sobre la gestión eficaz del riesgo mediante la implementación de ISO 31000: 2009. Se requiere la adopción de la norma ISO 31004:2013.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO/TR 31004:2013, Risk management-Guidance for the implementation of ISO 31000,
ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C. (ANCE)
PRESIDENTE:
ING. JESUS MARTIN RICARDEZ BARBERA
DIRECCION:
AV. LAZARO CARDENAS NO. 869, FRACC. 3, ESQ. CON JUPITER, COL. NUEVA INDUSTRIAL VALLEJO, MEXICO D.F.
TELEFONO:
5557474550
C. ELECTRONICO:
normalizacion@ance.org.mx
 
COMITE DE NORMALIZACION DE LA ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.
(CONANCE)
GRUPO DE TRABAJO: GT CONANCE
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Pruebas ambientales-Parte 2-82: Pruebas-Prueba XW1: Método de prueba de filamento para componentes eléctricos
       Objetivo y Justificación: Establecer el método de prueba de crecimiento de filamento para componentes eléctricos en acabado de estaño o aleación de estaño.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Mecanismos y dispositivos electromecánicos-Vocabulario
       Objetivo y Justificación: Establecer los términos que se utilizan relativos a los mecanismos y dispositivos electromecánicos que operan en entornos industriales y no industriales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Manejo de mecanismos electromecánicos industriales-Características de diseño
       Objetivo y Justificación: Especificar las características mínimas de diseño para los mecanismos electromecánicos industriales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     Manejo de mecanismos electromecánicos industriales-Sistemas de intercambio automático de
mecanismos de agarre-Vocabulario y características
       Objetivo y Justificación: Establecer los términos relativos a los sistemas de intercambio automático de los mecanismos de agarre utilizados en el manejo de mecanismos electromecánicos industriales que operan en procesos de manufactura
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO: CT 14, TRANSFORMADORES
SUBCOMITE: SC 14 TR, TRANSFORMADORES
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
5.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-525-ANCE-2000, Productos eléctricos-Transformadores-Transformadores de distribución reparados-Especificaciones y pruebas.
       Objetivo y Justificación: Actualizar la NMX-J-525-ANCE-2000 para mantener las especificaciones que establecen la calidad del producto, la cual se necesita para cumplir con sus funciones de manera óptima.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-526-ANCE-2000, Productos eléctricos-Transformadores-Transformadores y autotransformadores de potencia reparados-Especificaciones y pruebas.
       Objetivo y Justificación: Actualizar la NMX-J-526-ANCE-2000 para mantener las especificaciones que establecen la calidad del producto, la cual se necesita para cumplir con sus funciones de manera óptima.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE TECNICO: SC 14 LA, LIQUIDOS AISLANTES
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
7.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-123-ANCE-2008, Aceites minerales aislantes para transformadores-Especificaciones, muestreo y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Actualizar los métodos de prueba en la NMX-J-123-ANCE-2008 para establecer las especificaciones de los aceites minerales aislantes, así como los procedimientos de muestreo
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO: CT 20, CONDUCTORES
SUBCOMITE TECNICO: SC 20 B, CONDUCTORES PARA BAJA TENSION
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
8.     Conductores-Cable pararrayos-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Establecer una norma para definir los requisitos que deben cumplir los cables tipo pararrayos de cobre.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
9.     Conductores-Cables armados tipo MC-Especificaciones y Métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Elaborar una norma mexicana que regule los cables armados tipo mc en México para las instalaciones eléctricas.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
10.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-472-ANCE-2014, Conductores-determinación de la cantidad de gas ácido halogenado y del grado de acidez de los gases liberados durante la combustión de materiales poliméricos-métodos de pruebas.
       Objetivo y Justificación: Actualizar la norma vigente con los cambios tecnológicos que establece la metodología de la norma internacional para la determinación del grado de acidez de los gases liberados durante la combustión de materiales poliméricos, por medio de la medición del pH y la conductividad, así como su actualización respecto a la norma NMX-Z-013-SCFI-2015.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
11.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-492-ANCE-2013, Conductores-Cables monoconductores de energía para baja tensión con aislamiento y cubierta termofijos, sin contenido de halógenos.
       Objetivo y Justificación: Actualizar la norma vigente con los cambios tecnológicos en los productos en cuanto a sus especificaciones, referencias, bibliografía y concordancia con normas internacionales, así como su actualización respecto a la norma NMX-Z-013-SCFI-2015.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO: CT 34, ILUMINACION
SUBCOMITE TECNICO: SC 34 A, LAMPARAS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
12.   Lámparas de diodos emisores de luz (LED) integradas para iluminación general-Requisitos de seguridad y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos de seguridad y los métodos de prueba para lámparas de diodos emisores de luz (LED) para uso residencial y comercial a tensión de red, de acuerdo con la IEC 62560 ed1.1 (2015-04). Elaboración conjunta: ANCE-NYCE.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO: CT 61, SEGURIDAD EN APARATOS ELECTRODOMESTICOS Y SIMILARES
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
13.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-521/2-9-ANCE-2016, Aparatos electrodomésticos y similares-Seguridad-Parte 2-9: requisitos particulares para parrillas, tostadores y aparatos portátiles de cocimiento similares
       Objetivo y Justificación: La Norma contiene un error de traducción en 11.103 el cual obliga a los hornos eléctricos que se contemplan dentro del campo de aplicación de esta norma a pasar por la misma prueba 2 veces, adicionalmente derivado del error de traducción no se somete a una prueba vital de calentamiento a los hornillos eléctricos, tomando como base IEC 60335-2-9 ed6.2 (2016-04).
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO: CT CTG, COORDINACION DE AISLAMIENTO, GENERACION, TRANSMISION Y
DISTRIBUCION
SUBCOMITE TECNICO: SC CTG E, CAPACITORES
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
14.   Capacitores serie para sistemas de potencia-Parte 1: Generalidades.
       Objetivo y Justificación: Generar una norma nacional para uso de capacitores en bancos serie, mediante la adopción de la Norma Internacional IEC 60143-1.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
15.   Capacitores de potencia-Bancos en baja tensión para corrección del factor de potencia.
       Objetivo y Justificación: Debido a la necesidad del mercado eléctrico actual mexicano, en cuanto al tema, corrección del factor de potencia y al no contar con una norma que determine el diseño y ensamble de bancos de capacitores para la corrección del factor de potencia en baja tensión, nos obliga a presentar la siguiente propuesta de adopción de norma, la cual establece los lineamientos de diseño, instalación, funcionamiento y seguridad.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE TECNICO: SC CTG F, SISTEMAS DE DESCONEXION Y SU CONTROL EN MEDIA Y ALTA
TENSION
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
16.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-J-517-ANCE-2006, Restauradores para sistemas de corriente alterna de 15 kv hasta 38 kv-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Dada la importancia en la infraestructura nacional de los seccionadores automáticos e interruptores por falla, con tensiones nominales entre 1kV y 38 kV, es relevante iniciar la definición de los requisitos mínimos de operación para estos equipos, mediante la adopción de la Norma Internacional IEC 62271-111 ed 2.0 (2012-09).
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACION TEXTIL, A.C. (INNTEX)
PRESIDENTE:
LIC. JOSE DAVID MAAUAD ABUD
DIRECCION:
Manuel Tolsa 54 Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, 06040, México D. F.
TELEFONO:
5588 0572
C. ELECTRONICO:
rpineda@inntex.org.mx
 
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL TEXTIL
SUBCOMITE No. 1 FIBRAS QUIMICAS
Temas Adicionales a los estratégicos
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
1.     Modificación de la norma NMX-A-6938-INNTEX-2013
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
SUBCOMITE No. 2 ALGODON
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
2.     Tejidos-Descripción de defectos-Vocabulario
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Establece las definiciones que cubre los defectos en las telas. La descripción de los defectos, ilustración y material relativo, están dados bajo los términos más frecuentes usados. También se enlistan sinónimos o términos alternativos. Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 8498:1990, al ser el estándar internacional relevante para la descripción de los defectos en las telas de tejido de calada.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 8499:1990, Knitted fabrics-Description of defects-Vocabulary,
3.     Ropa Protectora-Protección contra el calor y el fuego-Método de ensayo
       Objetivo y Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 6942:2002, al ser el
estándar Internacional relevante.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6942:2002, Protective clothing-Protection against heat and fire-Method of test: Evaluation of materials and material assemblies when exposed to a source of radiant heat,
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
4.     Modificación de la norma NMX-A-137-INNTEX-2009
       Justificación: Ya no es necesario trabajar este tema en la Industria.
5.     Modificación de la norma NMX-A-122-1995-INNTEX
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
SUBCOMITE No. 3 LABORATORIOS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
6.     Textiles- Determinación de la propensión de la tela a pilling, fuzzing o matting superficial-Parte 3:
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Esta Norma Mexicana establece el procedimiento para determinar la resistencia a la formación de frisas y otros cambios superficiales sobre los materiales textiles (Método RANDOM). Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 12945-3:2014, al ser el estándar internacional relevante.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 12945-3:2014, Textiles-Determination of the fabric propensity to surface pilling, fuzzing or matting-Part 3: Random tumble pilling method,
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
7.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-A-177-INNTEX-2005, Industria textil-Determinación de la resistencia a la formación de frisas en tejidos de calada y de punto-todo de prueba.
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
SUBCOMITE No. 4 VESTIDO
Temas Adicionales a los estratégicos
III. Normas vigentes a ser canceladas.
8.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-A-025-1980, Industria textil-Prendas de vestir externas-Tallas de sombreros,
       Justificación: El contenido de esta Norma Mexicana ya no cumple con las especificaciones del mercado nacional e internacional.
SUBCOMITE No. 5 NO TEJIDOS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
9.     Ayudas para la absorción de orina-Parte 1: Pruebas de todo el producto
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Esta Norma Mexicana especifica un método para la determinación de la capacidad de absorción total en el núcleo absorbente de los auxiliares absorbentes de orina (pañales desechables para niño y adulto, toallas de incontinencia, entre otros). Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 11948-1:1996, al ser el estándar internacional relevante.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 11948-1:1996, Urine-absorbing aids-Part 1: Whole-product testing,
10.   Textiles-Métodos de ensayo para los no tejidos-Parte 1: Determinación de la masa por unidad de superficie
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Esta parte 1 de la Norma Mexicana, comprende un método para la determinación de la masa por unidad de área de los no tejidos. Justificación: Presenta desalineaciones respecto de la normatividad extranjera aplicable a la Norma Internacional ISO 9073-1:1989, al ser el estándar internacional relevante para este método.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 9073-1:1989, Textiles-Test methods for nonwovens-Part 1: Determination of mass per unit area,
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
11.   Modificación de la norma NMX-A-049/1-INNTEX-2009
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
12.   Modificación de la norma NMX-A-301/1-INNTEX-2009
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
SUBCOMITE No. 8 SOLIDEZ DEL COLOR
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
13.   Textiles-Pruebas de solidez del color-Parte E02: Solidez del color a las aguas del mar
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Esta norma especifica un método de prueba para determinar la resistencia del color de los textiles de todo tipo y en todas sus formas a la inmersión en agua de mar. Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 105-E02:2013, al ser el estándar internacional relevante para este método de prueba.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 105-E02:2013, Textiles-Tests for colour fastness-Part E02: Colour fastness to sea water,
14.   Textiles-Pruebas de solidez del color-Parte E07: Solidez del color al manchado: Agua
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Este método es utilizado para determinar la resistencia al manchado de agua de tejidos teñidos, estampados u otros tejidos coloreados. Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 105-E07:2010, al ser el estándar internacional relevante para este método de prueba
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 105-E07:2010, Textiles-Tests for colour fastness-Part E07: Colour fastness to spotting: Water,
15.   Textiles-Pruebas de solidez del color-Parte N01: Solidez del color al blanqueo: Hipoclorito
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Esta norma establece el método de prueba para la determinación de la resistencia del color de textiles a la acción de baños de blanqueo que contengan hipoclorito de sodio o litio en concentraciones, normalmente usadas en blanqueos comerciales. Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 105-N01:1993, al ser el estándar internacional relevante para este método de prueba
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 105-N01:1993, Textiles-Tests for colour fastness-Part N01: Colour fastness to bleaching: Hypochlorite,
16.   Textiles-Determinación de la resistencia a la penetración de agua-Prueba de penetración de impacto
 
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Este método de prueba tiene por objeto determinar la resistencia a la penetración de agua, por impacto, de cualquier tejido que haya recibido o no un acabado de resistencia o repelencia al agua. Mide la resistencia de los tejidos a la penetración de agua por impacto y puede usarse para predecir la probable resistencia de los tejidos a la penetración de agua de lluvia. Es especialmente adecuado para medir la resistencia a la penetración de tejidos de prendas de vestir. Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 18695:2007, al ser el estándar internacional relevante para este método de prueba
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 18695:2007, Textiles-Determination of resistance to water penetration- Impact penetration test,
17.   Textiles-Pruebas de solidez del color - Parte X04: Solidez del color a la mercerización
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Establecer el procedimiento para calcular las diferencias de color en los textiles. Justificación: Se busca la adopción de la Norma Internacional ISO 105-X04:1994, al ser el estándar internacional relevante para este método de prueba
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 105-X04:1994, Textiles-Tests for colour fastness-Part X04: Colour fastness to mercerizing,
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
18.   Modificación de la norma NMX-A-067-INNTEX-2001
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
19.   Modificación de la norma NMX-A-080-INNTEX-2008
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
20.   Modificación de la norma NMX-A-014-INNTEX-2006
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
21.   Modificación de la norma NMX-A-079-INNTEX-2005
       Justificación: Ya no es necesario la revisión de esta Norma debido a que en estos momentos no es necesario para el sector.
ORGANISMO NACIONAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DE LA CONSTRUCCION Y
EDIFICACION, S.C. (ONNCCE)
PRESIDENTE:
ING. LUIS LEGORRETA HERNANDEZ
DIRECCION:
CERES # 7, COL. CREDITO CONSTRUCTOR C.P. 03940, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
5663 2950
C. ELECTRONICO:
glenora.alcobe@onncce.org.mx
 
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION DE PRODUCTOS, SISTEMAS Y SERVICIOS PARA LA
CONSTRUCCION
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Industria de la construcción-Porcelánicos calibrados ultradelgados-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones de producto en México para la fabricación de porcelánicos calibrados ultradelgados, que se utilizan como acabados para revestir en la construcción. El porcelánico calibrado ultradelgado puede reducir el espesor de la loseta ahorros significativos en uno de materia prima, en peso y por lo tanto en el consumo de energéticos dentro del costo del transporte, así como por ser más ligero es idea para instalarse en fachadas en edificios.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Industria de la construcción-Materiales Pétreos-Granulometría para Mezclas Asfálticas-Método de Ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer el método de ensayo que permite determinar la composición por tamaños (granulometría) de las partículas del material pétreo empleado en mezclas asfálticas, actualmente no se cuenta con una Norma Mexicana que establezca el procedimiento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Industria de la construcción-Materiales Pétreos-Muestreo para Mezclas Asfálticas-Método de Ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer el método de ensayo para la obtención de muestras de los materiales pétreos, actualmente no se cuenta con una Norma Mexicana que establezca el procedimiento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
4.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-003-ONNCCE-2015, Industria de la construcción-cal hidratada especificaciones y métodos de ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones a fin de mantener un estándar de calidad, que haga destacar e identifique a la cal como un producto genérico para cada una de las especificaciones en construcción. Actualización de especificaciones incluidas en la norma vigente.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
5.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-122-ONNCCE-2004, Industria de la construcción-Agua para concreto-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos para las aguas naturales o contaminadas, diferentes de las potables que se pretendan emplear en la elaboración o curado del concreto hidráulico. Modificar los parámetros de valores característicos y límites máximos tolerables de sales e impurezas.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-406-ONNCCE-2014, Industria de la construcción-Componentes para sistemas de losas prefabricadas de concreto-Especificaciones y métodos de ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y métodos de ensayo que deben cumplir los componentes prefabricados que se utilizan para la construcción de todo tipo de sistemas de losas de concreto para toda clase de edificaciones. Modificación de aspectos dentro de la norma para agilizar los procesos de certificación y cambiar algunos temas de forma.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
7.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-413-ONNCCE-2016, Industria de la construcción-Pozos de visita prefabricados de concreto-Especificaciones y métodos de ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer establece las especificaciones y métodos de ensayo que deben cumplir los pozos de visita de tipo común, los pozos caja, los pozos lámpara y pozos especiales, así como sus elementos prefabricados de concreto complementarios. Se requiere la modificación de las especificaciones establecidas en la norma.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
8.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-437-ONNCCE-2004, Industria de la construcción-Mantos prefabricados impermeables a base de asfaltos modificados vía proceso catalítico o con polímeros del tipo app y sbs-especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir los mantos prefabricados impermeables, producidos a base de asfaltos modificados, vía proceso catalítico o con polímeros del tipo APP y SBS. Modificar las especificaciones de los mantos prefabricados impermeables.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
9.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-463-ONNCCE-2010, Industria de la construcción-Bovedilla de poliestireno expandido para losas de entrepisos y azotea de concreto a base de viguetas prefabricadas-especificaciones y métodos de ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones, métodos de ensayo y marcaje aplicable a las bovedillas de poliestireno expandido cortadas o moldeadas. Se requiere la modificación de los métodos de ensayo por incongruencias detectadas.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
10.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-C-514-ONNCCE-2016, Industria de la construcción-Resistividad eléctrica del concreto hidráulico-Especificaciones y métodos de ensayo.
       Objetivo y Justificación: Establecer el método de ensayo y el criterio para determinar la resistividad eléctrica del concreto hidráulico en función del tipo de exposición a un ambiente determinado, tamaño del espécimen, elemento, o estructura. Modificar los criterios de evaluación de resistividad eléctrica.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
NORMALIZACION Y CERTIFICACION NYCE, S.C. (NYCE)
PRESIDENTE:
ING. GERARDO HERNANDEZ GARZA
DIRECCION:
AV. LOMAS DE SOTELO No. 1097, COL. LOMAS DE SOTELO, DELEG. MIGUEL HIDALGO, 11200, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
5395-0777 ext. 419
C. ELECTRONICO:
davila@nyce.org.mx
 
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE ELECTRONICA Y TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y COMUNICACION
SUBCOMITE DE EQUIPO ELECTRONICO
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-I-007/2-17-NYCE-2007, Equipos y componentes electrónicos-todos de pruebas ambientales y de durabilidad-Parte 2-17. pruebas. prueba ec: caída y vuelco, prueba destinada principalmente a equipos. Para la modificación de esta norma se va a utilizar la Norma Internacional IEC 60068-2-31:2008.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Mexicana tiene por objeto establecer el método que debe seguirse para valorar los efectos que se producen en una muestra al aplicar unas pruebas sencillas normalizadas, representativas de los golpes y sacudidas que puede recibir durante los trabajos de reparación o por manejos rudos en una mesa de trabajo, así como comprobar los límites mínimos de robustez a efecto de establecer prescripciones de seguridad. Elaboración conjunta: NYCE-ANCE. Para la modificación de esta norma se va a utilizar la Norma Internacional IEC 60068-2-31:2008.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-I-J-202-NYCE-ANCE-2017, Electrotecnia-controladores para módulos led-requisitos de seguridad y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Mexicana establece los requisitos de seguridad y los métodos de prueba para controladores para módulos LED. Esta Norma Mexicana aplica a controladores para LED, para uso en alimentaciones de corriente continua hasta 250 V y en alimentaciones de corriente alterna hasta 1 000 V a 50 Hz y/o 60 Hz, para instalación en interiores o exteriores, asociados a módulos LED. Elaboración conjunta: NYCE-ANCE.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE DE FIBRA OPTICA Y CONDUCTORES
Temas Adicionales a los estratégicos
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
3.     Modificación de la norma NMX-I-230-NYCE-2010 Telecomunicaciones-Cables-Tubos termocontráctiles de pared delgada con adhesivo para uso en sistemas no presurizados.
       Justificación: Es el tema 23 del Programa Nacional de Normalización 2017, el subcomité decidió cancelar los trabajos de actualización de la Norma Mexicana, toda vez que se identificaron otras prioridades para la industria
4.     Modificación de la norma NMX-I-213-NYCE-2009 Telecomunicaciones-Cables-Cable óptico dieléctrico para uso aéreo autosoportado (odas)-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Es el tema 24 del Programa Nacional de Normalización 2017, el subcomité decidió cancelar los trabajos de actualización de la Norma Mexicana, toda vez que se identificaron otras prioridades para la industria
 
SUBCOMITE DE SOFTWARE
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
5.     Ingeniería del software, perfiles del ciclo de vida para entidades muy pequeñas (EMPs), parte 5-1- 1: Guía de gestión e ingeniería: grupo de perfiles genéricos: perfil de entrada
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Mexicana estableces los perfiles genéricos del ciclo de vida para entidades muy pequeñas (EMPs) de reciente creación (estos es, EMPs que operan desde hace menos de 3 años) y/o EMPs que trabajan en proyectos pequeños (por ejemplo, un tamaño de proyecto menor a 6 personas-mes). La intención es que sea utilizada con cualquier proceso, técnica o método que mejore la satisfacción del cliente y la productividad de la EMP, para esta norma se va a tomar como base a la norma ISO/IEC 29110-5-1-1: 2012.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO/IEC TR 29110-5-1-1:2012, Software engineering-Lifecycle profiles for Very Small Entities (VSEs)-Part 5-1-1: Management and engineering guide: Generic profile group: Entry profile,
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
6.     Programas informáticos y sistemas electrónicos que controlan el funcionamiento de los instrumentos de medición cuya verificación inicial, periódica o extraordinaria es obligatoria-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación
       Justificación: Es el tema 27 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
7.     Tecnologías de la información-Sistemas e ingeniería de software-Requisitos de calidad y evaluación de sistemas y software (SQuaRE)-Guía de evaluación para desarrolladores, compradores y evaluadores independientes
       Justificación: Es el tema 28 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
SUBCOMITE DE SEGURIDAD DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
8.     Tecnologías de la información-Modelo de concepto de ciudad inteligente-Guía para establecer un modelo para la interoperabilidad de datos.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Mexicana describe y establece una guía sobre un modelo de concepto de ciudad inteligente (SCCM por sus siglas en inglés) que puede proporcionar la base de la interoperabilidad entre los sistemas componentes de una ciudad inteligente. Esta norma tiene como base la Norma Internacional ISO / IEC 30182: 2017.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
9.     Tecnologías de la información-Técnicas de seguridad-Seguridad de Red-Parte 3: Escenarios de redes de referencia-Técnicas de diseño y control de problemas de amenazas.
       Justificación: Es el tema 31 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
10.   Tecnologías de la información-Técnicas de seguridad-Seguridad de Red-Parte 4: Protección de las comunicaciones entre redes que utilizan gateways de seguridad.
       Justificación: Es el tema 32 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
 
11.   Tecnologías de la información-Técnicas de seguridad-Seguridad de Red-Parte 5: Protección de las comunicaciones a través de redes que utilizan redes privadas virtuales (VPN)
       Justificación: Es el tema 33 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración
12.   Tecnologías de la información-Técnicas de seguridad-Seguridad de Red-Parte 6: Garantizar el acceso a la red inalámbrica IP.
       Justificación: Es el tema 34 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
13.   Tecnologías de la información-Técnicas de seguridad-Seguridad de la información para las relaciones con proveedores-Parte 4: Directrices para la seguridad de los servicios en la nube
       Justificación: Es el tema 35 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
14.   Tecnologías de la información-Técnicas de seguridad-Selección, despliegue y operaciones de detección de intrusos y sistemas de prevención (IDP)
       Justificación: Es el tema 36 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
SUBCOMITE DE TELECOMUNICACIONES
Temas Adicionales a los estratégicos
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
15.   Telecomunicaciones-Procedimiento de medición para la evaluación de la tasa de absorción específica de la exposición humana a los campos de radiofrecuencia y de los dispositivos montados en la carrocería de comunicación inalámbricos de mano-Parte 1: Dispositivos utilizados junto a la oreja (rango de frecuencias de 300 MHz a 6 GHz).
       Justificación: Es el tema 48 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
16.   Telecomunicaciones-Exposición humana a los campos de radiofrecuencia desde el cuerpo y montado en dispositivos inalámbricos de comunicación de mano-Modelos humanos, instrumentación y procedimientos-Parte 2: Procedimiento para determinar la tasa de absorción específica (SAR) de los dispositivos de comunicación inalámbricos utilizados en estrecha proximidad a la humana (rango de frecuencias de 30 MHz a 6 GHz) del cuerpo.
       Justificación: Es el tema 49 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
17.   Telecomunicaciones-Espectros y ancho de banda de las emisiones.
       Justificación: Es el tema 57 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
18.   Telecomunicaciones-Emisiones no deseadas en el domino fuera de banda.
       Justificación: Es el tema 61 del Programa Nacional de Normalización 2017, el comité decidió cancelar los trabajos de elaboración de la Norma Mexicana, toda vez que no se alcanzó un consenso sobre su elaboración.
CENTRO DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DE PRODUCTOS, A.C. (CNCP)
PRESIDENTE:
ING. GERARDO HERNANDEZ GARZA
DIRECCION:
BLVD. TOLUCA No. 40-A, COL. SAN ANDRES ATOTO, C.P. 53500, NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO MEXICO.
TELEFONO:
5358 7992
C. ELECTRONICO:
agmarban@cncp.org.mx
 
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUIMICA
SUBCOMITE VII PRODUCTOS DE LIMPIEZA DE USO DOMESTICO, JABONES, DETERGENTES Y
DENTIFRICOS
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
1.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-K-281-SCFI-2012, Concentración de hipoclorito de sodio en solución-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establece el método para la determinación de la concentración de hipoclorito de sodio en solución. Se requiere la actualización de la norma mexicana considerando su revisión quinquenal.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE TUBOS, CONEXIONES Y VALVULAS PARA EL
TRANSPORTE DE FLUIDOS
SUBCOMITE I ALCANTARILLADO SANITARIO
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
2.     Industria del plástico-Tubos corrugados de polipropileno (PP) de doble y triple pared de 6 a 60 pulgadas (150 a 1500 mm) y accesorios para aplicaciones de alcantarillado sanitario sin presión-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y los métodos de prueba que deben cumplir los tubos de polipropileno (PP) con diámetros internos nominales desde 150 mm a 1500 mm (6 a 60 pulgadas) compuestos por una pared anular corrugada y una pared interna lisa "tubos corrugados de doble pared" y tubos compuestos por una pared anular corrugada entre dos paredes lisas "tubos corrugados de triple pared" y sus accesorios, para aplicaciones subterráneas de alcantarillado sanitario sin presión. Las necesidades actuales de los sistemas de alcantarillado sanitario exigen tuberías de larga vida útil y de rigidez anular de al menos SN6 (o 46 psi). De forma internacional, este tipo de tuberías se utiliza ampliamente lo cual queda de manifiesto al existir la norma ISO 21138 (sus 3 partes) la cual incluye a los tubos de PP además de PEAD y PVC. Lo anterior tomando como referencia la norma internacional ISO 21138 partes 2 y 3 y la norma ASTM F2764.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE II CONDUCCION Y SUMINISTRO DE AGUA
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
3.     Modificación a la norma mexicana NMX-E-227-CNCP-2007. Industria del plástico-Tubos de poli(cloruro de vinilo) (PVC) sin plastificante para la conducción de agua para riego a baja presión- Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Establece las especificaciones de los tubos de poli (cloruro de vinilo) (PVC) sin plastificante, utilizados para el abastecimiento de agua para riego a baja presión. Justificación: Se requiere la actualización de la norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en el país en los últimos años.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     Modificación a la norma mexicana NMX-E-234-SCFI-2013 Industria del plástico-Tubos de poli cloruro
de vinilo (PVC) sin plastificante para la conducción de agua a baja presión para riego por medio de compuertas-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Mantener un instrumento normativo actualizado que responda a las necesidades de usuarios y partes interesadas de sistemas de riego por compuertas múltiples. Se requiere actualizar esta norma y homologarla con la norma internacional ISO 16149.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 16149:2006, Agricultural irrigation equipment-PVC above-ground low-pressure pipe for surface irrigation-Specifications and test methods,
SUBCOMITE V METODOS DE ENSAYO Y ESPECIFICACIONES BASICAS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
5.     Industria del plástico-Tubos termoplásticos de pared estructurada helicoidal determinación de la resistencia a la tracción de la línea de soldadura-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer un método de prueba para determinar la resistencia a la tracción de una línea de soldadura de un tubo termoplástico helicoidal, cualquiera que sea su aplicación. Se requiere contar con una norma nacional de método para determinación de la resistencia a la tracción de la línea de soldadura de tubos termoplásticos estructurales, tales como los especificados en la norma mexicana NMX-E-229-SCFI-1999. El método tomará como base la norma ISO 5893.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Industria del plástico-Determinación de la resistencia hidrostática a largo plazo de los materiales termoplásticos en forma de tubo mediante extrapolación.
       Objetivo y Justificación: Especificar un método para la estimación de la resistencia hidrostática a largo plazo de materiales termoplásticos mediante extrapolación estadística. El método es aplicable a todos los tipos de tuberías termoplásticas a temperaturas apropiadas. Se requiere contar con una norma nacional de método para la estimación resistencia hidrostática a largo plazo basada en la norma ISO 9080.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 9080:2012, Plastics piping and ducting systems-Determination of the long-term hydrostatic strength of thermoplastics materials in pipe form by extrapolation,
7.     Industria del plástico-Determinación de la rigidez del anillo de accesorios termoplásticos-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer el método de prueba para la determinación de la rigidez en accesorios; ya que, al tener derivaciones, cambios de dirección y otras características que impiden se determine la rigidez al igual que al tubo, se requiere un método que indique todos esos parámetros y configuraciones a tomar en cuenta para realizar adecuadamente la prueba. Las necesidades actuales de los sistemas de alcantarillado sanitario requieren especificaciones no sólo a los tubos sino de las conexiones correspondientes. Así, también se deben generar los métodos de prueba mediante los cuales se determinen y evalúen dichas especificaciones. Por lo anterior se requiere contar con una norma nacional de método basada en la norma internacional ISO 13967.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
8.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-E-238-CNCP-2009 Industria del plástico-Tubos y conexiones de poli(cloruro de vinilo) (PVC)-Terminología.
       Objetivo y Justificación: Establecer la terminología que es utilizada en la industria del plástico de tubos y conexiones de poli(cloruro de vinilo) (PVC).Se requiere actualizar la norma para incluir otros términos contemplados en normas relacionadas a tubos y conexiones y que no sólo son de PVC.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE VIII PRODUCTOS RELACIONADOS Y-O NORMAS
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
9.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-E-240-SCFI-2002, Industria del plástico-tubo de polietileno flexible corrugado y conexiones para drenaje agrícola subterráneo-especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establece los requisitos técnicos mínimos que deben cumplir los tubos de polietileno flexible corrugado y sus conexiones, para su uso en drenaje agrícola subterráneo. Se requiere la actualización de la norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en los últimos años país.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL HIERRO Y DEL ACERO (CANACERO)
PRESIDENTE:
Lic. Guillermo F. Vogel
DIRECCION:
AMORES No. 338, COL. DEL VALLE, DELEG. BENITO JUAREZ, C.P. 03100, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
5448 8160
C. ELECTRONICO:
jresendiz@canacero.mx
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA SIDERURGICA (COTENNIS)
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Malla graduada fabricada con alambre de acero con recubrimiento metálico-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y métodos de prueba para alambre de acero con recubrimiento metálico. Se requiere de una Norma Mexicana que establezca la evaluación de malla graduada fabricada con alambre de acero con recubrimiento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
2.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-B-505-CANACERO-2011, Industria siderúrgica-Clavos-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Establecer las especificaciones y métodos de prueba para clavos Justificación: Se requiere la actualización de esta Norma Mexicana debido al avance tecnológico que se ha desarrollado en esta área y a la modificación de las normas internacionales o extranjeras; es importante recoger en la Norma Mexicana dichas modificaciones o adelantos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
III. Normas vigentes a ser canceladas.
3.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-017-1968, Calidad para rieles de acero al carbono de horno de hogar abierto para vías férreas. d. g. n. b-17-1968.
       Justificación: Son normas obsoletas ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
4.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-018-1988, Varillas corrugadas y lisas de acero, procedentes de riel, para refuerzo de concreto.
       Justificación: Es una norma obsoleta ya que comprende varillas que ya no se fabrican en el país ni
en ningún otro país
5.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-025-1968, Clavos de acero de bajo carbono para vías férreas, d. g. n. b-25-1968.
       Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
6.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-031-1968, Calidad para planchuelas de acero de bajo carbono. d. g. n. b-31-1968.
       Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
7.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-032-1988, Varillas corrugadas y lisas de acero, procedentes de eje, para refuerzo de concreto.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
8.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-033-1968, Calidad para placas de asiento de acero de bajo carbono para vías férreas, d. g. n. b-33-1968.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
9.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-051-1972, Método de prueba de doblado semiguiado para la ductilidad de materiales metálicos.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
10.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-064-1978, Tubos de hierro colado gris para cañerías y sus conexiones.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
11.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-123-1972, Patrones radiográficos para piezas coladas de acero.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
12.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-211-1968, Calidad de conexiones para tubo conduit de acero, soldado con o sin rosca.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
13.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-213-1969, Bridas laminadas o forjadas, conexiones forjadas, válvulas y partes, para ser usadas en servicio a alta temperatura. dgn-b-213-1969.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
14.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-214-1969, Bridas laminadas y forjadas, conexiones foriadas, válvulas y partes, para ser usadas en servicio general.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país
15.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-219-1969, Calidad para tubos soldados por resistencia eléctrica, de acero aleado al carbono molibdeno para calderas y sobrecalentadores dgn-b-219-1969.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
16.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-276-1973, Tuercas y tornillos de acero de bajo carbono para vías férreas.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
 
17.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-400-1970, Método de análisis químico para la determinación gravimétrica de azufre en minerales de fierro.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden un método de análisis químico obsoleto.
18.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-H-027-1984, Productos metal-mecánicos-sujetadores roscados-parte 1. tornillos, birlos y tuercas con diámetro de rosca de 1.6 mm hasta 150 mm.-tolerancias.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
19.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-B-326-1968, Composición química de los aceros inoxidables y resistentes al calor forjados o laminados. dgn. b-326-1968.
Justificación: Norma obsoleta ya que comprenden productos de acero que ya no se fabrican en el país.
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
20.   Ultrasonido por Arreglo de fases para la inspección de uniones soldadas- Método de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
21.   Radiografía Digital.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
22.   Barras, placa, lámina y tira de acero inoxidable austenítico recocido o trabajado en frío.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
23.   Acero de alta resistencia y baja aleación con Nb-V para placas, perfiles, barras, etc.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
24.   Acero de alta resistencia y lámina laminada en caliente y tira y lámina laminada en frio y acero recubierto.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
25.   Tubos sin costura para revestimiento y producción.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
26.   Evaluación del desempeño de los sistemas de inspección por arreglo de fases
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó tener únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
27.   Tubos sin costura para perforación.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico
28.   Tubos sin costura para usos mecánicos.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una
consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
29.   Codos y conexiones sin costura.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
30.   Varillas de bombeo.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
31.   Tubos de acero galvanizados para invernaderos.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
32.   Tubos de acero galvanizados y con recubrimiento de zinc-aluminio.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
33.   Nipples de acero inoxidable austenítico y al carbono con y sin costura.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
34.   Tubos de acero inoxidable. Tubería sanitaria milimétrica.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
35.   Modificación a la Norma NMX-B-261-1990 Métodos de inspección ultrasónica con haz angular de planchas de acero.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico
36.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-B-229-CANACERO-2011, Industria siderúrgica-tubos de acero inoxidable austenítico, sin costura y soldados, para servicios generales-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
37.   Modificación de la norma NMX-H-014-1984 Recubrimiento-Cinc-Peso del recubrimiento en artículos de acero galvanizado-Método de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
38.   Modificación de la norma NMX-B-243-CANACERO-2009 Industria Siderúrgica-Planchas de acero al carbono manganeso de alta resistencia para recipientes que trabajan a presión.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
39.   Modificación de la norma NMX-B-244-CANACERO-2011 Industria Siderúrgica-Planchas de acero al carbono, para servicio a temperaturas altas e intermedias, para recipientes que trabajan a presión.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una
consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
40.   Modificación de la norma NMX-B-245-CANACERO-2009 Industria Siderúrgica-Planchas de acero al carbono para servicio en temperaturas moderadas y bajas para recipientes que trabajan a presión-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
41.   Modificación de la norma NMX-B-246-1990 Requisitos generales para planchas de acero para recipientes que trabajan a presión.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
42.   Modificación de la norma NMX-B-259-CANACERO-2009 Planchas de acero al carbono de alta resistencia para servicio a temperaturas moderadas y bajas para recipientes que trabajan a presión -Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
43.   Modificación de la norma NMX-B-260-1990 Planchas de acero al carbono-Manganeso-Silicio para recipientes que trabajan a presión.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
44.   Modificación de la norma NMX-B-368-1990 Planchas de acero aleado al cromo-manganeso-silicio para recipientes que trabajan a presión.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
45.   Modificación de la norma NMX-B-475-CANACERO-2011 Industria Siderúrgica-Planchas de acero de baja aleación y alta resistencia para recipientes que trabajan a presión-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
46.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-B-480-CANACERO-2011, Industria siderúrgica-Perfiles y planchas de acero de baja aleación y alta resistencia al manganeso-niobio-vanadio para uso estructural-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
47.   Modificación de la norma NMX-B-070-1990 Tubos sin costura o soldados de acero al carbono para pozos de agua.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
48.   Modificación de la norma NMX-B-178-1990 Tubos sin costura, de acero al carbono para servicio en alta temperatura.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
49.   Modificación de la norma NMX-B-181-1988 Tubos de acero aleados, ferrítico, sin costura, para
servicio en alta temperatura.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
50.   Modificación de la norma NMX-B-189-1996-SCFI Tubos de acero al medio carbono sin costura, para calderas y sobrecalentadores.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
51.   Modificación de la norma NMX-B-194-1996-SCFI Tubos de acero de aleaciones ferríticas y austeníticas, sin costura para calderas, sobrecalentadores e intercambiadores de calor.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
52.   Modificación de la norma NMX-B-197-1985 Tubos con o sin costura de acero al carbono y de acero aleado para servicio en baja temperatura.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
53.   Modificación de la norma NMX-B-212-1990 Tubos sin costura, de acero bajo carbono, estirados en frio, para intercambiadores de calor y condensadores.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
54.   Modificación de la norma NMX-B-485-1990 Tubos de acero al carbono y aleados, soldados por resistencia eléctrica para usos mecánicos.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
55.   Modificación de la norma NMX-B-324-CANACERO-2006 Industria Siderúrgica - Composición química de los aceros al carbono - Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
56.   Modificación de la norma NMX-B-216-1988 Tubos sin costura o soldados de acero inoxidables, ferríticos para servicio general.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
57.   Modificación de la norma NMX-B-313-1970 Método de prueba para determinar por penetración la dureza de materiales metálicos, usando aparatos portátiles.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
58.   Modificación de la norma NMX-B-173-1990 1990 Muestreo de aceros y hierros para determinar su composición química.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el
sector siderúrgico.
59.   Modificación de la norma NMX-B-434-1969 Método de prueba para determinar el peso unitario y el área transversal de las varillas lisas y corrugadas, para refuerzo de concreto.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
60.   Modificación de la norma NMX-B-050-SCFI-2000 Industria siderúrgica-Tubos ranurados de acero al carbono para ademe de pozos de agua para extracción y/o infiltración-Absorción de agua- Especificaciones.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
61.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-B-242-CANACERO-2009, Industria siderúrgica-Planchas de acero al carbono con resistencia a la tensión intermedia y baja para recipientes que trabajan a presión-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
62.   Industria Siderúrgica-Lámina de acero rolada en caliente sin decapar y decapada- Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Con el fin de tener un Programa de Normalización realizable y después de hacer una consulta sobre los temas prioritarios se acordó atender únicamente los temas de relevancia para el sector siderúrgico.
SECRETARIA DE ECONOMIA
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL del Aluminio y sus Aleaciones
PRESIDENTE:
Ing. Artemisa Alba Aguilar
DIRECCION:
FRANCISCO PETRARCA 133 PISO 9 COL. POLANCO, DELEG. MIGUEL HIDALGO, 11560 MEXICO, D.F.
TELEFONO:
55312614
C. ELECTRONICO:
comitedenormas@imedal.org.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Aluminio y sus aleaciones-Varillas/barras, tubos y perfiles extruidos-Parte 1: Condiciones técnicas de inspección y entrega
       Objetivo y Justificación: Este proyecto de norma establece las especificaciones características verificables sobre estos productos, así como las recomendaciones para llevar a cabo la inspección, carga, entrega y recepción de las barras, tubos y perfiles extruidos de aluminio y sus aleaciones. Se toma como norma de apoyo la ISO 6362-1:2012 Wrought aluminium and aluminium alloys- Extruded rods/bars, tubes and profiles-Part 1: Technical conditions for inspection and delivery.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Aluminio y sus aleaciones-Varillas/barras, tubos y perfiles extruidos-Parte 2: Propiedades mecánicas
       Objetivo y Justificación: Este Proyecto de Norma establece las propiedades mecánicas, los valores y los métodos de prueba aplicables a las barras, tubos y perfiles extruidos de aluminio y sus aleaciones.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6362-2:2014, Wrought aluminium and aluminium alloys-Extruded rods/bars, tubes and profiles-Part 2: Mechanical properties,
3.     Aluminio y sus aleaciones-Varillas/barras, tubos y perfiles extruidos-Parte 3: barras rectangulares extruidas-Tolerancias en forma y dimensiones
       Objetivo y Justificación: Este Proyecto de Norma establece las formas recomendadas, así como las tolerancias que deben cumplir las barras rectangulares extruidas de aluminio y sus aleaciones, con un espesor entre 2 mm y 240 mm y ancho entre 10 mm y 600 mm
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6362-3:2012, Wrought aluminium and aluminium alloys-Extruded rods/bars, tubes and profiles-Part 3: Extruded rectangular bars-Tolerances on shape and dimensions,
4.     Aluminio y sus aleaciones-Varillas/barras, tubos y perfiles extruidos-Parte 4: Perfiles-Tolerancias en forma y dimensiones
       Objetivo y Justificación: Este Proyecto de Norma establece las formas recomendadas, así como las tolerancias que deben cumplir las barras rectangulares extruidas de aluminio y sus aleaciones, circunscritos en un círculo no mayor a 800 mm.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6362-4:2012, Wrought aluminium and aluminium alloys-Extruded rods/bars, tubes and profiles-Part 4: Profiles-Tolerances on shape and dimensions,
5.     Aluminio y sus aleaciones-Varillas/barras, tubos y perfiles extruidos-Parte 5: Barras cuadradas, hexagonales y redondas-Tolerancias en forma y dimensiones
       Objetivo y Justificación: Este Proyecto de Norma establece las formas recomendadas, así como las tolerancias que deben cumplir las barras redondas que tengan diámetros entre 8 mm y 350 mm, así como de barras cuadradas y hexagonales con anchos entre 10 mm y 220 mm.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6362-5:2012, Wrought aluminium and aluminium alloys-Extruded rods/bars, tubes and profiles-Part 5: Round, square and hexagonal bars-Tolerances on shape and dimensions,
6.     Aluminio y sus aleaciones-Varillas/barras, tubos y perfiles extruidos-Parte 6: Tubos cuadrados, hexagonales y redondos-Tolerancias en forma y dimensiones
       Objetivo y Justificación: Este Proyecto de Norma establece las formas recomendadas, así como las tolerancias que deben cumplir los tubos redondos que tengan diámetros entre 8 mm y 350 mm, así como de barras cuadradas y hexagonales con anchos entre 10 mm y 220 mm.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6362-6:2012, Wrought aluminium and aluminium alloys-Extruded rods/bars, tubes and profiles-Part 6: Round, square, rectangular and hexagonal tubes-Tolerances on shape and dimensions,
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
7.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-148-SCFI-2004, Aluminio y sus aleaciones-piezas vaciadas en arena-propiedades mecánicas y características.
       Objetivo y Justificación: Esta Norma Mexicana establece las propiedades mecánicas y características que deben cumplir las piezas vaciadas en arena cuyo metal base sea el aluminio o alguna de sus aleaciones. Esta Norma será actualizada en su contenido técnico y en su estructura.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL PARA CAFE Y SUS PRODUCTOS
PRESIDENTE:
ING. SANTIAGO JOSE ARGUELLO CAMPOS
DIRECCION:
CUAUHTEMOC 1230, COL. SANTA CRUZ ATOYAC, C.P. 03100 MEXICO, D.F.
TELEFONO:
38-71-10-00 EXTENSION 40231
C. ELECTRONICO:
gjimenez.dgvdt@sagarpa.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Café Soluble-Método de muestreo para unidades a granel con revestimiento (película), basada en la ISO 6670:2002 Instant coffee-Sampling method for bulk units with liners, ratificada en 2015.
       Objetivo y Justificación: Contar con un método de muestreo para el envío de café soluble, embarcado en 10 unidades (piezas) o más, con el propósito de examinar y determinar si el envío cumple con la especificación del contrato entre partes. Tomando en consideración que las cajas usadas en el embarque tienen revestimientos internos de material resistente a la humedad herméticamente sellados y debido a la naturaleza higroscópica del café soluble, sobre todo en unidades mayores a 10 kg, típicamente arriba de los 50 kg, este método también es aplicable a unidades de más de 50 kg, usualmente llamados supersacos. Las cajas generalmente están hechas de cartón de resistencia apropiada y los supersacos hechos de material plástico adecuado. El método puede también ser usado para la selección y separación de una muestra suficientemente representativa de un envío, intencionada para: a) Servir como base para una oferta para venta. b) Para verificar y examinar que el café soluble a ser ofrecido para venta satisface la especificación de venta del productor c) Para examinar y determinar una o más de las características del café soluble para propósitos técnicos, comerciales, administrativos y de arbitraje, y d) Para retención como muestra de referencia para usar, si es requerido, en litigio. En la práctica, los envíos de café soluble son frecuentemente mezclados en uso y antes de su envasado. Esta norma es aplicable a todos los tipos de café soluble, contenido en todos los tipos de unidades con revestimiento y estará basada en la Norma ISO 6670:2002 Instant coffee--Sampling method for bulk units with liners, ratificada en 2015. ICS: 67.140.20. Fecha estimada de inicio y terminación: julio a noviembre de 2017
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL INDUSTRIA AZUCARERA Y ALCOHOLERA
(COTENNIAA)
PRESIDENTE:
ING. MANUEL ENRIQUEZ POY
DIRECCION:
RIO NIAGARA No. 11, COL. CUAUHTEMOC, DELEGACION CUAUHTEMOC, C.P. 06500, MEXICO, D.F.
TELEFONO:
50-62-13-80
C. ELECTRONICO:
cdiaz@cniaa.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Industria Azucarera. Determinación Directa de Pol (sacarosa aparente) y fibra en muestras de caña de azúcar (Cancela a la Norma Mexicana NMX-F-324-1991).
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Actualizar los instrumentos normativos que rigen los análisis de laboratorio dentro del proceso de obtención de azúcar de caña.
       Se requiere instrumento normativo que considere las recientes innovaciones tecnológicas en los laboratorios químicos de todos los ingenios del país.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Industria Azucarera. Determinación de Pol (sacarosa aparente) en muestras de jugos de especies vegetales productoras de azúcar por el Método de Tablas de Schmitz.
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Actualizar los instrumentos normativos que rigen los análisis de laboratorio dentro del proceso de obtención de azúcar de caña.
       Se requiere instrumento normativo que considere las recientes innovaciones tecnológicas en los laboratorios químicos de todos los ingenios del país.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CELULOSA Y PAPEL
PRESIDENTE:
ING. JAVIER CORRAL SANCHEZ
DIRECCION:
JAIME BALMES No. 11 EDIFICIO B DESPACHO 601, PISO 6, COLONIA LOS MORALES, 11510 MEXICO, D.F.
TELEFONO:
21222130
C. ELECTRONICO:
psilva@camaradelpapel.com.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
1.     Papel especial para vasos cónicos.
       Justificación: Se Cancela el tema por no contar con los elementos suficientes para su desarrollo.
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES GRASAS
COMESTIBLES Y SIMILARES
PRESIDENTE:
LIC. ENRIQUE GARCIA GAMEZ
DIRECCION:
Calle Praga número 39, 3o. piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México
TELEFONO:
55332847
C. ELECTRONICO:
comitedenormalizacion@aniame.com
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Alimentos-Uso Industrial-Mantecas Vegetales y Grasas o Mantecas Mixtas o Compuestas-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma de este importante insumo para la industria alimentaria, de acuerdo a los desarrollos tecnológicos de los últimos años.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
2.     Alimentos-Aceites y Grasas Vegetales o Animales-Determinación del valor de Peróxido-Método de Prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 3960:2001, Animal and vegetable fats and oils-Determination of peroxide value,
3.     Alimentos-Aceites y Grasas Vegetales o Animales-Determinación del Índice de Estabilidad OSI-Método de Prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6886:2016, Animal and vegetable fats and oils-Determination of oxidative stability (accelerated oxidation test).
4.     Alimentos-Aceite Comestible Puro de Algodón-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Elaboración de la norma para este importante insumo de la industria
alimentaria.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
5.     Alimentos-Aceites y Grasas-Determinación de la Composición de Acidos Grasos por Cromatografía de Gases en Columna Empacada-Método de Prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Alimentos-Aceite comestible puro de maíz-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente para uno de los aceites comestibles de mayor tradición en el mercado mexicano.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
7.     Alimentos-Grasas vegetales o animales-Determinación de contenido de sólidos grasos-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método, que es muy importante para conocer las características de plasticidad de una grasa, más aún, cuando por consecuencia de las grasas trans será necesario reformular.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 8292-1:2008, Animal and vegetable fats and oils-Determination of solid fat content by pulsed NMR-Part 1: Direct method, ISO 8292-2:2008, Animal and vegetable fats and oils -Determination of solid fat content by pulsed NMR-Part 2: Indirect method.
8.     Alimentos para humanos-aceites esenciales, aceites y grasas vegetales o animales-Determinación del índice de refracción con el refractómetro de abbe-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6320:2000, Animal and vegetable fats and oils-Determination of refractive index,
9.     Alimentos-Grasas y mantecas vegetales o animales-Determinación de punto de fusión-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 6321:2002, Animal and vegetable fats and oils-Determination of melting point in open capillary tubes (slip point),
10.   Alimentos-Aceites y grasas vegetales o animales-Determinación del índice de yodo por el método ciclohexano-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente con la versión más actualizada del método, uno de los más importantes en la tecnología de aceites y grasas.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 3961:2013, Animal and vegetable fats and oils-Determination of iodine value,
11.   Alimentos-Aceite vegetal comestible-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente y mantenerla al día para el conocimiento de productores y consumidores, dado que se trata del producto de mayor consumo en los hogares mexicanos.
 
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
12.   Alimentos-Aceite comestible puro de girasol-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Elaborar la norma correspondiente. El aceite es de importancia mundial y es necesario mantener la Norma de acuerdo a las más recientes versiones del aceite.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
13.   Alimentos-Manteca vegetal y grasa comestible-Especificaciones
       Objetivo y Justificación: Es muy importante elaborar esta norma, debido a los cambios que están realizándose por la problemática de los ácidos grasos trans y aceites parcialmente hidrogenados. La norma incluirá los cambios en formulación que son necesarios para reducir el contenido de ácidos grasos trans.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards, CODEX STAN 211-1999, Standard for Named Animal Fats,
14.   Alimentos-Aceites y grasas vegetales o animales-Determinación de impurezas insolubles-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer los métodos de prueba que sean los apropiados para medir las características y calidad que deben cumplir los productos de la industria aceitera para su comercialización.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 663:2007, Animal and vegetable fats and oils-Determination of insoluble impurities content,
15.   Alimentos-Grasas vegetales o animales-Determinación de contenido de metales-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer las características técnicas y de calidad que deben cumplir los productos de la industria de aceites y grasas para su comercialización. Por ello, es importante elaborar esta norma e irla adecuando a los desarrollos tecnológicos que vayan surgiendo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
16.   Alimentos-Aceites y grasas vegetales o animales-Determinación de materiales polares totales en aceites de freído usados-Método de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer los métodos de prueba apropiados para medir las características técnicas y de calidad que deben cumplir los productos de la industria de aceites y grasas para su comercialización. Por ello, es importante esta norma, y adecuarla a los desarrollos tecnológicos que vayan surgiendo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO 8420:2002, Animal and vegetable fats and oils-Determination of content of polar compounds,
II. Normas vigentes a ser modificadas.
B. Temas reprogramados.
B.1) Que han sido publicados para consulta pública.
17.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-015-SCFI-2016, Alimentos-Aceites vegetales, determinación de volumen de aceite envasado-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Revisión y actualización de la norma e incorporación de los cambios al método para mantenerlo actualizado, si es necesario.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
 
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2016
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 3 de noviembre de 2016
18.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-475-SCFI-2016, Alimentos-Aceite comestible puro de canola-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Actualización de la norma para incluir las características de las versiones actuales del aceite de canola.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2016
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 3 de noviembre de 2016
19.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-592-SCFI-2016, Aceites y grasas vegetales o animales-Aceite de semilla de chía-Especificaciones.
Objetivo y Justificación: Revisión para mantener actualizada la norma
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2016
Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 3 de noviembre de 2016
20.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-492-SCFI-2014, Alimentos-Aceites y grasas vegetales-Determinación de contenido de jabón-Método de prueba.
Objetivo y Justificación: Establecer los métodos de prueba que sean los apropiados para medir las características técnicas y de calidad que deben cumplir los productos de la industria de aceites y grasas para su comercialización
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Grado de avance: 50/100. Concluyó la consulta pública. Se retomarán los trabajos para concluir el documento que se enviará a la Dirección General de Normas, solicitando se publique en el Diario Oficial de la Federación la correspondiente declaratoria de vigencia.
Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2014
Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 20 de marzo de 2015
21.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-252-SCFI-2016, Alimentos-Aceite comestible puro de soya-Especificaciones
Objetivo y Justificación: Revisión y, en su caso, actualización de la norma, con el fin de mantenerla vigente al tratarse de uno de los aceites vegetales de mayor producción y consumo en México.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2016
Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 3 de noviembre de 2016
22.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-097-SCFI-2013, Aceites y grasas-Aceite de aguacate-Especificaciones.
Objetivo y Justificación: Establecer las características técnicas y de calidad que deben cumplir los productos de la industria de aceites y grasas para su comercialización. Por ello, es importante mantener actualizada esta norma, para adecuarla a los desarrollos tecnológicos que vayan
surgiendo.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2015
Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 19 de marzo de 2015
23.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-090-SCFI-2013, Alimentos-Sebo comestible-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Establecer las características técnicas y de calidad que deben cumplir los productos de la industria de aceites y grasas para su comercialización. Por ello, es importante mantener actualizada esta norma, para adecuarla a los desarrollos tecnológicos que vayan surgiendo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2013
Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 19 de marzo de 2015
24.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-096-SCFI-2013, Alimentos-Aceites y grasas vegetales o animales determinación del índice de anisidina-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer los métodos de prueba apropiados para medir las características técnicas y de calidad que deben cumplir los productos de la industria de aceites y grasas para su comercialización. Por ello, es importante mantener actualizada esta norma, para adecuarla a los desarrollos tecnológicos que vayan surgiendo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
       Normas de apoyo: ISO 6885:2006, Animal and vegetable fats and oils-Determination of anisidine value,
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2013
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 19 de marzo de 2015
25.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-100-SCFI-2014, Aceites y grasas vegetales o animales-Aceite de linaza-Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Revisión para mantener actualizada la norma
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
       Normas de apoyo: CODEX STAN 19-1981, Standard for Edible Fats and Oils not Covered by Individual Standards,
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2014
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 20 de marzo de 2015
26.   Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-F-095-SCFI-2014, Alimentos-Margarina para uso industrial-especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Revisión para mantener actualizada la norma
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 50/100. Terminó consulta pública. No se recibieron comentarios.
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2014
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 20 de marzo de 2015
III. Normas vigentes a ser canceladas.
 
27.   Cancelación de la Norma Mexicana NMX-F-264-SCFI-2011, Alimentos-Aceite comestible puro de nabo o colza con bajo contenido de ácido erúcico-Especificaciones.
       Justificación: Esta norma describe un producto que ya no se comercializa en el mercado mexicano de aceites y grasas.
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE INDUSTRIAS DIVERSAS
PRESIDENTE:
LIC. ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA
DIRECCION:
AV. PUENTE DE TECAMACHALCO No. 6, COL. LOMAS DE TECAMACHALCO C.P. 53950, NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO
TELEFONO:
57299100
C. ELECTRONICO:
alberto.esteban@economia.gob.mx
 
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
1.     Metrología-Protocolo de medición para establecer la trazabilidad metrológica de las mezclas de gases-Patrón de calibración.
       Objetivo y Justificación: El objetivo del instrumento es normar el protocolo de medición que permita establecer la trazabilidad de las mezclas de gases de calibración que se utilizan principalmente en el sector ambiental, en los subsectores de fuentes fijas y el monitoreo continuo de emisiones, fuentes móviles, calidad del aire ambiente, entre otras aplicaciones ambientales. El protocolo de medición para contar con trazabilidad metrológica de los resultados de las mezclas de gases patrón de calibración de equipos de medición es una precondición para asegurar la calidad de las mediciones ya sea de las mediciones de fuentes móviles tanto de vehículos nuevos como en circulación; de las emisiones industriales en fuentes fijas y de la calidad de las estaciones de monitoreo ambiental en los centros urbanos y rurales o de otras fuentes de área y para soportar técnicamente el comercio de emisiones dentro y/o fuera del país, así como herramienta fuerte para validar los modelos de calidad del aire o dispersión de contaminantes en base a las mediciones.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: VI.4. México Próspero; Objetivo 4.4. Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo; Estrategia 4.4.1. Implementar una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y 'beneficios para la sociedad; Estrategia 4.4.3. Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resilente y de bajo carbono. En tal estrategia 4.3.3 se tiene además como línea de acción: "Lograr un mejor monitoreo de la calidad del aire mediante una mayor calidad de los sistemas de monitoreo existentes y una mejor cobertura de ciudades".
Temas Adicionales a los estratégicos
A. Temas nuevos.
2.     Sistemas de Gestión de cumplimiento de la Ley y de los Sistemas de Gestión anti soborno o anticorrupción en organizaciones privadas-Especificaciones y estándares mínimos certificables
       Objetivo y Justificación: Establecer, mantener y revisar un sistema de gestión que prevenga, detecte y reaccione ante acciones de soborno o corrupción. Es indispensable que nuestro país cuente con una Norma Mexicana de este tipo que permita determinar los mínimos contenidos que debe tener un Sistema de cumplimiento de la Ley y/o anti soborno y/o anticorrupción, que establezca un estándar evaluable en su operación y calidad. Todo ello conforme a una metodología clara y flexible, que garantice que una organización cuenta con controles suficientes en su actuar.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Guía para la certificación en los Esquemas de la Global Food Safety Initiative.
       Objetivo y Justificación: El objetivo de la norma mexicana es fungir como pauta hacia la certificación en los esquemas reconocidos por la iniciativa mundial Global Food Safety Initiative, mediante una guía para los productores, procesadores y comercializadores, de los lineamientos necesarios para alcanzar la seguridad alimentaria para el consumidor, conforme a lo establecido por
la Global Food Safety Initiative, así como desarrollar competencias y crear capacidades en materia de inocuidad de los alimentos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.     Productos alimenticios no industrializados para consumo humano-Fruta fresca-Frambuesa (Rubus ssp)-Especificaciones y Métodos de Prueba.
       Objetivo y Justificación: La norma mexicana establece las especificaciones que debe cumplir el fruto frambuesa (Rubus spp.) de la familia de las rosáceas, para ser suministradas al consumidor en estado fresco, después de su acondicionamiento y envasado, así como los métodos de prueba aplicables. Aplica al producto que se produce y comercializa en el territorio nacional. Se excluyen las frambuesas destinadas a la elaboración industrial.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
5.     Principios y Criterios para la Producción Sustentable de Aceite de Palma.
       Objetivo y Justificación: Definir los principios y criterios que deben seguir los productores primarios y los procesadores de palma de aceite, para que, de acuerdo con el cumplimiento de la regulación definida por el marco legal mexicano y por estándares internacionales, el aceite de palma obtenido en México sea considerado como "sustentable" a lo largo de la cadena de suministro. El aceite de palma es el aceite vegetal de mayor comercio en el mundo por sus cualidades de funcionalidad que le permiten ser insumo en una gran diversidad de alimentos y otros productos, lo que lo convierte en un insumo fundamental para la industria alimentaria, cosmética y oleoquímica. En México, el desarrollo del cultivo de palma de aceite y su posterior procesamiento tiene un alto beneficio socioeconómico en la región sureste del país y la superficie sembrada con palma de aceite sigue incrementándose año con año. Por tales motivos, es fundamental contar con una norma mexicana que garantice a los usuarios del aceite de palma en México que dicho insumo ha seguido un proceso de producción sustentable a lo largo de la cadena de suministro.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
6.     Soya-Alimentos líquidos de soya/bebidas de soya (productos proteínicos de soya, productos de soya fermentados y sin fermentar)-Especificaciones, información comercial y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Este proyecto de norma se enfoca en determinar las características de calidad, especificaciones, método de prueba e información comercial del alimento líquido de soya. Con el surgimiento de bebidas vegetales a partir de leguminosas u oleaginosas en el mercado, es relevante para la industria de la soya diferenciar las bebidas de soya que como es el caso de jugos o bebidas de soya tipo lácteas, por la cantidad de proteína que contienen. Es relevante promover un etiquetado y la denominación correcta de los alimentos líquidos de soya, ya que en ocasiones se denomina "leche de soya". Indicar la materia prima que se utiliza en su elaboración, es un determinante del precio del al que se ofrece el producto. Este producto es importante ya que a su vez puede utilizarse para la elaboración de yogurt y en ocasiones tofu o queso de soya. Este anteproyecto de norma mexicana busca plantear las características de calidad de los productos proteínicos de soya, productos de soya fermentados y sin fermentar, destinados a consumo humano y procesos industriales que generen subproductos de soya. Es importante crear una categoría de productos en la que se denomine la variedad de productos de soya que existen, promoviendo su identidad y el uso correcto de los términos para estos productos. Los productos proteínicos de soya se obtienen de la extracción del aceite del cotiledón del frijol soya y los que son sometidos a procesos diferentes de eliminación de compuestos no proteicos. Así se identifican a las harinas desgrasadas, los concentrados y los aislados de proteína de soya. Los productos de soya sin fermentar son: productos proteínicos de soya, texturizados, edamame, análogos de carne, frijol de soya, frijol de soya tostado, suplementos y bebidas. Para la producción de los siguientes productos: queso, yogurt, tofu, salsa miso, tempeh, natto, es necesario fermentar el grano de soya con bacterias o ácidos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
7.     Comercio Electrónico
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir los proveedores que comercialicen o vendan bienes, productos o servicios utilizando medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
 
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
8.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-F-429-1983, Alimentos-Especias y condimentos-Orégano
       Objetivo y Justificación: Actualizar la norma mexicana con el fin de homologarla con las disposiciones del Codex Alimentarius. La norma mexicana establece las especificaciones que debe cumplir el producto denominado "Orégano".
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
9.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-F-452-1983, Alimentos-Especias y condimentos-Tomillo.
       Objetivo y Justificación: La norma mexicana se aplica a las hojas secas/flores de tomillo (Thymus spp.) de la familia Lamiaceae ofrecidas para la producción industrial de alimentos como condimento y para el consumo humano directo, o para reenvasado, en caso necesario.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
10.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-F-459-1984, Alimentos-Especias y condimentos-Comino
       Objetivo y Justificación: La norma mexicana se aplica a los frutos secos de variedades cultivadas (cultivares) de Cuminum cyminum L. de la familia Apiaceae ofrecidos para la producción industrial de alimentos y para el consumo directo o para reenvasado en caso de ser necesario.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
11.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-F-445-1983, Alimentos-Especias y condimentos-Pimienta negra y pimienta blanca
       Objetivo y Justificación: La norma mexicana se aplica a la pimienta negra, blanca y verde de la familia Piperaceae ofrecidos para la producción industrial de alimentos y para el consumo directo o para reenvasado en caso de ser necesario.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
12.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-F-046-S-1980, Harina de maíz nixtamalizado.
       Objetivo y Justificación: La norma mexicana establece las especificaciones que deben cumplir el producto denominado harina de maíz nixtamalizado.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
SUBCOMITE DE VENTANAS Y PRODUCTOS ARQUITECTONICOS PARA EL CERRAMIENTO
EXTERIOR DE FACHADAS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
13.   CERRAMIENTOS-METODOS DE PRUEBA PARTE 4-AISLAMIENTO ACUSTICO
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Conocer el desempeño de los cerramientos ante el intercambio de temperatura interior y exterior de los edificios mediante la evaluación de la permeabilidad al aire Justificación: Disminuir el costo de calefacción y/o enfriamiento de los edificios mediante la correcta selección de cerramientos que eviten las pérdidas de energía debidas al intercambio de aire entre el interior y el exterior del edificio
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
14.   CERRAMIENTOS-METODOS DE PRUEBA PARTE 5-AISLAMIENTO TERMICO
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño de los cerramientos ante el diferencial de temperaturas en el interior y el exterior de los edificios mediante la evaluación del aislamiento térmico. Aumentar el confort y la productividad de los usuarios de los edificios mediante la correcta selección de cerramientos que eviten el intercambio de temperaturas y ahorren en calefacción y enfriamiento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
 
15.   CERRAMIENTOS-METODOS DE PRUEBA PARTE 5-1-AISLAMIENTO TERMICO CALCULO DE LA RESISTENCIA TERMICA-METODO ANALITICO
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño teórico de los cerramientos ante el diferencial de temperaturas en el interior y el exterior de los edificios mediante el análisis de sus materiales y su comportamiento teórico térmico. Aumentar el confort y la productividad de los usuarios de los edificios mediante la correcta selección de cerramientos que eviten el intercambio de temperaturas y ahorren en calefacción y enfriamiento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
16.   FACHADAS-DESEMPEÑO DE CALIDAD Y METODOS DE PRUEBA
       Objetivo y Justificación: Contar con una herramienta de evaluación, selección y diseño de fachada adecuada a cada región del territorio nacional y apegada al mercado existente. Con el objetivo de contar con edificios más confortables y seguros, se propone la normatividad necesaria para conocer el nivel de calidad adecuado en los edificios y las condiciones de funcionamiento que los diseñadores deben conocer y requerir al solicitar la construcción de una fachada.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
17.   CERRAMIENTOS-METODOS DE PRUEBA PARTE 6-RESISTENCIA A LA ALTA VELOCIDAD EOLICA
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño de los cerramientos ante las eventualidades eólicas producto de tormentas, huracanes y tornados mediante la evaluación de la resistencia a la alta velocidad eólica. Aumentar el confort y la seguridad en el interior de los edificios durante un evento eólico, así como reducir los costos de mantenimiento y sustitución de materiales mediante la correcta selección de materiales para los cerramientos expuestos a eventualidades eólicas.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
18.   CERRAMIENTOS-METODOS DE PRUEBA PARTE 7-RESISTENCIA AL ALLANAMIENTO
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño de los cerramientos ante eventos que comprometan la seguridad del edificio y sus ocupantes. Aumentar la seguridad en el interior de los edificios durante un evento que comprometa la seguridad, así como reducir los costos de reparación, mantenimiento y sustitución de materiales mediante la correcta selección de materiales para los cerramientos expuestos a eventualidades en temas de seguridad.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
19.   Ventana y Productos Arquitectónicos-Método de prueba para determinar la resistencia a la intemperie
       Objetivo y Justificación: Establecer la metodología de ensayo para determinar y medir el comportamiento de las puertas y ventanas ante la resistencia a la intemperie.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
20.   Ventana y Productos Arquitectónicos Acristalamiento-Requisitos de uso
       Objetivo y Justificación: Establecer la metodología para comprobar los requisitos de uso de los acristalamientos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
21.   Fachadas-Fachada Micro Climática Textil
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y los métodos de comprobación de las fachadas micro-climática textil. Se requiere desarrollar esta norma a efecto de delimitar la calidad y el desempeño de este tipo de productos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
22.   Fachadas suspendidas de vidrio con sujeción a base de arañas y costillas con ángulos de rodamiento
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y los métodos de comprobación de las fachadas suspendidas de vidrio con sujeción a base de arañas y costillas con ángulos de rodamiento.
Se requiere desarrollar esta norma a efecto de delimitar la calidad y el desempeño de este tipo de fachadas.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
23.   Barandales-Especificaciones y métodos de prueba para el desempeño de los barandales, guardas y balaustradas de vidrio.
       Objetivo y Justificación: Especificaciones y métodos de prueba para el desempeño de los barandales, guardas y balaustradas de vidrio. Actualmente no existe normativa que regule las especificaciones de los materiales y desempeño de los barandales, guardas y balaustradas de vidrio, con el fin de prevenir accidentes.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
24.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-R-060-SCFI-2013, Ventanas y productos arquitectónicos para el cerramiento exterior de fachadas-Clasificaciones y especificaciones.
       Objetivo y Justificación: Contar con una herramienta de evaluación, selección y diseño de cerramientos adecuada a cada región del territorio nacional y apegada al mercado existente.
       Se propone adecuar la norma existente a las condiciones climatológicas del territorio nacional, con la intencionalidad de hacer más práctica, funcional y fácil de aplicar la normatividad existente
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
25.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-R-068-SCFI-2014, Ventanas-métodos de prueba
       Objetivo y Justificación: Se requiere revisar la norma a fin de realizar adecuaciones técnicas y una vinculación con los métodos de prueba aplicables
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
26.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-R-068/1-SCFI-2014, Ventanas-Métodos de prueba. Parte 1- resistencia a la carga de viento.
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño de los cerramientos ante la carga de viento mediante la evaluación de su resistencia. Disminuir el costo de sustitución de los cerramientos averiados ante una mala selección de calidad ante la carga de viento.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
27.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-R-068/2-SCFI-2014, Ventanas-Métodos de prueba. Parte 2- Estanqueidad al agua.
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño de los cerramientos ante la presencia de eventos pluviales mediante la evaluación de su resistencia a la penetración del agua. Disminuir el costo de mantenimiento de los edificios debido a la penetración del agua a través de sus cerramientos, producto de una mala selección de calidad ante la lluvia
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
28.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-R-068/3-SCFI-2014, Ventanas-Métodos de prueba. Parte 3- permeabilidad al aire.
       Objetivo y Justificación: Conocer el desempeño de los cerramientos ante el intercambio de temperatura interior y exterior de los edificios mediante la evaluación de la permeabilidad al aire. Disminuir el costo de calefacción y/o enfriamiento de los edificios mediante la correcta selección de cerramientos que eviten las pérdidas de energía debidas al intercambio de aire entre el interior y el exterior del edificio.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
GRUPO DE TRABAJO DE TEMAS ENERGETICOS
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
29.   Bombas centrífugas uso en el trabajo pesado.
 
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir las Bombas centrífugas, destinados a utilizarse en el trabajo pesado. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
30.   Rehabilitación de generadores síncronos de polos lisos
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y documentales que se deben cumplir en la rehabilitación de generadores síncronos de polos lisos. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
31.   Grupo generador (planta de emergencia)
       Objetivo y Justificación: Establecer las características y los requisitos técnicos que deben cumplir en el diseño, fabricación, inspección y pruebas, almacenamiento y transporte, documentación y garantía para Grupo generados (planta de emergencia). Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
32.   Compresores reciprocantes
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir los compresores reciprocantes. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
33.   Cambiadores de calor enfriados por aire
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir los cambiadores de calor enfriados por aire. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
34.   Bombas reciprocantes
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y criterios de diseño, materiales y pruebas que deben cumplir las bombas reciprocantes. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
35.   Bombas rotatorias
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos en el diseño, fabricación, inspección y pruebas, almacenamiento y transporte que deben cumplir las Bombas rotatorias. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
36.   Compresores rotatorios libres de aceite
       Objetivo y Justificación: Establecer los requisitos técnicos y documentales que deben cumplir los compresores rotatorios libres de aceite. Elaborar Normas Mexicanas que apoyen al fortalecimiento de las cadenas de suministro del sector energético, adoptando las normas internacionales en la materia y las mejores prácticas internacionales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE MAQUINARIA, ACCESORIOS Y EQUIPO
AGRICOLA (COTTENNMAEA)
PRESIDENTE:
ING. SERGIO TAPIA MEDINA
DIRECCION:
MUNICIPIO LIBRE No. 377 PISO 10 ALA A COL. SANTA CRUZ ATOYAC 33310 MEXICO, D.F.
TELEFONO:
38711000
C. ELECTRONICO:
sergio.tapia@sagarpa.gob.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Tractores, implementos y maquinaria agrícola-Motocultores, motoazadas-Especificaciones y método de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer el método de prueba para motocultores y motoazadas con el fin de verificar su funcionamiento y seguridad para el usuario final. No existe regulación al respecto para esta clase de equipos.
Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
B. Temas reprogramados.
B.1) Que han sido publicados para consulta pública.
2.     Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-O-207-SCFI-2013, Tractor agrícola-Determinación de potencia y fuerza de levante hidráulico al enganche de tres puntos-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Actualizar los métodos de prueba para determinar la potencia y la fuerza de levante hidráulico desarrollada por los tractores agrícolas y forestales nuevos que se comercialicen en México y que están descritos en la norma vigente. Desde 2004 a la fecha se han renovado las tecnologías referentes a esta norma, por lo que resulta necesario incluir nuevas especificaciones para continuar certificando maquinaria agrícola.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 60
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2009
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 28 de marzo de 2014
3.     Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-O-181-SCFI-2012, Tractor agrícola-Cabinas y marcos de protección de tractores agrícolas y forestales-Especificaciones y método de prueba
       Objetivo y Justificación: Actualizar el método de prueba para cabinas y marcos de protección en tractores agrícolas y forestales, con objeto de salvaguardar la seguridad del usuario final de esta clase de equipos. La norma vigente no incluye tractores estrechos de uso común, asimismo, es necesario actualizar las especificaciones de esta norma a fin de incluir entre otros ajustes a la potencia.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 60
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2009
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 19 de junio de 2013
4.     Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-O-169-SCFI-2013, Tractor agrícola-Determinación de potencia a la toma de fuerza-Método de prueba.
       Objetivo y Justificación: Actualizar los métodos de prueba contenidos en esta norma con objeto de incluir más precisiones y consideraciones tecnológicas. Desde la fecha de entrada en vigor de esta norma se han incluido nuevas especificaciones que no están contempladas en la regulación vigente, por lo que resulta necesaria su actualización.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
 
       Grado de avance: 60
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2009
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 28 de marzo de 2014
5.     Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-O-203-SCFI-2013, Tractor agrícola-Determinación de potencia a la barra de tiro y consumo de combustible-método de prueba
       Objetivo y Justificación: Actualizar los métodos de prueba contenidos en esta norma con objeto de determinar la potencia y fuerza de tracción a la barra de tiro en tractores agrícolas. La regulación vigente ha quedado obsoleta toda vez que existen en el mercado equipos con nueva tecnología que no están incluidos en esta norma, por lo que se considera pertinente su modificación.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 60
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2009
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 8 de septiembre de 2016
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE MATERIALES, EQUIPOS E INSTALACIONES
PARA EL MANEJO Y USO DE GAS NATURAL Y L.P.
PRESIDENTE:
LIC. ALBERTO ESTEBAN MARINA
DIRECCION:
AV. PUENTE DE TECMACHALCO No. 6, SECCION FUENTES, LOMAS DE TECAMACHALCO, 53950, NAUCALPAN DE JUAREZ, ESTADO DE MEXICO.
TELEFONO:
52-29-91-00 EXT. 43251
C. ELECTRONICO:
alberto.esteban@economia.gob.mx
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
1.     Recipientes desechables para contener Gas L.P. o los gases que lo componen, utilizados en aparatos portátiles de uso doméstico - Especificaciones y métodos de prueba
       Objetivo y Justificación: Establece las especificaciones y métodos de prueba para los recipientes desechables para contener Gas L.P. o los gases que lo componen, que se utilizan en aparatos para cocinar alimentos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: Adicional al estratégico
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
2.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-X-020-SCFI-2013, Industria del gas-dispositivo de llenado de desconexión seca para uso en trasiego, entre recipientes no transportables-especificaciones y métodos de prueba. Entra en vigor el 20/01/2014
       Objetivo y Justificación: Establece las especificaciones y métodos de prueba para el dispositivo de llenado de desconexión seca que se utiliza para trasiego entre recipientes no desmontables. Se requiere actualizar los datos técnicos de la norma mexicana conforme a las nuevas tecnologías de los productos que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-X-023-SCFI-2013, Industria del gas-Acoplamiento de llenado de desconexión seca para carga y descarga de los vehículos que transportan gas L.P.-Especificaciones y métodos de prueba. Entra en vigor el 20/01/2014.
       Objetivo y Justificación: Establece las especificaciones y métodos de prueba para el dispositivo denominado "acoplamiento de llenado de desconexión seca" que se utiliza para cargar y descargar auto-tanques y semirremolques que transportan gas L.P. Se requiere actualizar los datos técnicos de
la norma mexicana conforme a las nuevas tecnologías de los productos que se comercialicen en los Estados Unidos Mexicanos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
(COTEMARNAT)
PRESIDENTE:
CUAUHTEMOC OCHOA FERNANDEZ
DIRECCION:
AV. EJERCITO NACIONAL 223 PISO 16 ALA "B", COLONIA ANAHUAC, DELEGACION MIGUEL HIDALGO, CIUDAD DE MEXICO, C.P. 11320.
TELEFONO:
56280613
C. ELECTRONICO:
cotemarnat@semarnat.gob.mx
 
Temas estratégicos en términos del Plan Nacional de Desarrollo.
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
1.     Que establece los métodos y procedimientos para el tratamiento aerobio de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como la información comercial y de sus parámetros de calidad de los productos finales.
       Objetivo y Justificación: El objetivo del instrumento propuesto es establecer lineamientos para el proceso del tratamiento aerobio de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, así como para la información comercial y parámetros de calidad de los productos resultantes. La fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos constituye al menos el 40% de la generación nacional lo que equivale a 42,000 toneladas diarias. No existe información sobre la generación total de la fracción orgánica de los residuos de manejo especial, sin embargo se identifica un volumen importante, algunos datos relevantes indican que la generación de residuos pesqueros en 2010 fue de 800 mil toneladas; excretas de porcinos en 2007 fue de 18 mil toneladas, excretas de bovinos lecheros en 2007 fue de 48 mil toneladas y lodos provenientes de plantas de tratamiento de agua en 2011 fue de 250 mil toneladas. Los residuos orgánicos tienen un potencial de aprovechamiento mediante tratamiento aerobio, el cual representa una alternativa para desviar los residuos que van a sitios de disposición final, evitando así impactos ambientales por fauna nociva, infiltración de lixiviados y contaminación del subsuelo, así como generación de metano que contribuye al calentamiento global. Actualmente se carece de un instrumento regulatorio en la materia, lo que ha impedido el desarrollo de un mercado ambiental de composta, la publicación de esta norma fortalecerá la comercialización, aplicación y usos diversos de los productos resultantes y representará la posibilidad de tener beneficios ambientales importantes.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018: VI.4. México Próspero; Objetivo 4.4. Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo; Estrategia 4.4.1. Implementar una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad; Estrategia 4.4.3. Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono.
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL PINTURAS, BARNICES, RECUBRIMIENTOS Y
TINTAS PARA IMPRESION (COTENNAREC)
PRESIDENTE:
DRA. MONICA ALCALA SAAVEDRA
DIRECCION:
GABRIEL MANCERA 309, COLONIA DEL VALLE, DELEGACION BENITO JUAREZ, MEXICO, DISTRITO FEDERAL. C.P. 03100
TELEFONO:
(55) 56-82-77-94
C. ELECTRONICO:
normalizacion@anafapyt.org.mx
 
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Sistemas de protección anticorrosiva a base de recubrimientos para instalaciones superficiales
       Objetivo y Justificación: Transición de Normas de Referencia a Normas Mexicanas
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL PARA PRODUCTOS AGRICOLAS Y PECUARIOS
PRESIDENTE:
ING. SANTIAGO JOSE ARGUELLO CAMPOS
DIRECCION:
MUNICIPIO LIBRE 377 PISO 2 ALA B, COL. SANTA CRUZ ATOYAC, C.P. 03100 MEXICO, D.F.
TELEFONO:
38-71-10-00 Ext. 40231
C. ELECTRONICO:
gjimenez.dgvdt@sagarpa.gob.mx
SUBCOMITE AGRICOLA
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Productos alimenticios no industrializados para consumo humano-Nuez de Castilla (Juglans regia- Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: El nogal-Juglans regia- es un frutal originario de Asia, en una amplia región extendida entre Turquía y la cadena de Himalaya, aunque con probable centro en el actual Irán (Persia), de donde fue llevado por los griegos como "nuez persa" a Europa en el siglo III A.C. Es identificado típicamente por su fruto como alimento. Las especies de nogal son nativas de las regiones de clima subtropical. En América se encuentra a lo largo de todo el continente, desde la costa este de los Estados Unidos hasta el norte de la Argentina. Es cultivado por la madera, las hojas aromáticas y el fruto comestible, la nuez, y también como ornamental. En México se siembra desde la época de la colonia. Según cifras del SIAP, en 2016 los principales estados son: México, Jalisco, Puebla y San Luis Potosí quienes producen el 91% de la producción del país con un valor de la producción de 23.6 mdp el 9% restante de la producción se distribuye entre los estados de Zacatecas, Guanajuato, Oaxaca, Nuevo León, Baja California y en la Ciudad de México. Los productores del Estado de Puebla buscan que la nuez de Castilla se convierta en una industria y no sea sólo un ingrediente del chile en nogada. Actualmente producen diversos productos con esa semilla, como nuez empacada al alto vacío, aceites cosméticos y farmacéuticos, licores, nuez deshidratada, atoles, abrasivos, polvo para carbón, entre otros y cada año aumenta el consumo del producto en un 10%. La Nuez de Castilla contiene ácidos grasos omega 3 y 6, en aminoácidos esenciales, excepto metionina, en magnesio, en fosforo, en vitaminas A, E, B6 y C, en potasio y calcio, lo que lo convierte en un alimento natural funcional. En este contexto y dada la demanda que se ha incrementado de este fruto se hace necesario establecer las especificaciones de calidad para nuez de castilla para que los productores nacionales cuenten con herramientas de competitividad comercial en el mercado nacional, para regular el mercado con un estándar de calidad equiparable
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Productos alimenticios no industrializados para consumo humano-Chía (Salvia hispánica L.)- Especificaciones.
       Objetivo y Justificación: México es centro de origen de la chía planta cuya semilla sustentaba la dieta sana de la cultura prehispánica en México. La chía, junto con el amaranto y los huauzontles aún prevalecen en los hogares rurales de México. Sin embargo, hoy en día encontramos empresas
basadas en estos productos en otros países que se han llevado semillas y buena parte del conocimiento nacional y están logrando mejorar los ingresos en sus zonas rurales. La chía es una planta herbácea de la familia de las lamiáceas; es una de las especies vegetales con la mayor concentración de ácido graso alfa-linolénico omega 3 conocidas. Se cultiva por ello para aprovechar sus semillas, que se utilizan molidas como alimento. Según cifras del Sistema de Información Agroalimentaria, para 2016 los estados productores de chía son: Jalisco, Zacatecas, Puebla, Michoacán e Hidalgo, el Estado de Jalisco produce el 82% de la producción nacional con un valor de la producción de 117.3 mdp el 85% del valor nacional. La tendencia mundial en el consumo mundial de alimentos funcionales ha propiciado el incremento de la demanda de chía por su alto contenido de omega 3, tanto en México como en el Mundo, por lo que se hace necesario establecer las especificaciones de calidad para chía para que los productores de nacionales cuenten con herramientas de competitividad comercial en el mercado nacional, para regular el mercado con un equitativo basado en estándares internacionales que también les permitirán gestionar Marcas Colectivas para el posicionamiento del mercado nacional. Se destaca que el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas (SNICS) requiere esta normativa con objeto de contar con el instrumento regulatorio que permita la calificación de la calidad de la semilla que proviene de otros países productores.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE PRODUCTOS DE COBRE Y SUS ALEACIONES
PRESIDENTE:
JOEL GALEANA GARCIA
DIRECCION:
Poniente 134 número 719, Colonia Industrial Vallejo, C.P. 02300 Delegación Azcapotzalco
TELEFONO:
5728-5300
C. ELECTRONICO:
jgaleana@elementia.com
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Tubos de cobre sin costura para la conducción de gases medicinales y de hospital (Oximed)- Especificaciones y métodos de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones mínimas y los métodos de prueba que deben cumplir las tuberías de cobre sin costura utilizadas para la conducción de gases medicinales y los utilizados en hospitales. Se requiere contar con una norma que especifique las características químicas, físicas y de limpieza que deben cumplir estas tuberías debido a que se han desarrollado nuevos métodos de limpieza para tuberías de cobre destinadas a la conducción de gases en hospital
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Soldaduras para la unión de conexiones a tuberías de cobre y Aleaciones de cobre.
       Objetivo y Justificación: establecer las especificaciones mínimas y los métodos de prueba que deban cumplir las soldaduras que se utilizan para la unión de tuberías y conexiones se requiere una norma que especifique las soldaduras según su aplicación en los diferentes tipos de instalaciones a fin de garantizar y dar seguridad a los usuarios
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Tubos de cobre sin costura para la conducción de gas LP y gas Natural-Especificaciones y métodos de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y los métodos de prueba que deben cumplir las tuberías utilizadas para la conducción de gas LP y gas Natural Se requiere contar con una norma que especifique las características químicas y físicas de la tubería rígida y tubería flexible de
cobre destinada a la conducción de gas LP y gas Natural
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
B. Temas reprogramados.
B.1) Que han sido publicados para consulta pública.
4.     Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-W-164-SCFI-2014, Productos de cobre y aleaciones-De cobre-Conexiones flexibles para uso en agua-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir las conexiones flexibles para uso en instalaciones de agua. Se requiere contar con una Norma, debido al desarrollo tecnológico y cambios que se han registrado en los últimos años en esta área y así también considerar las Normas internacionales o extranjeras sobre estos productos, es importante recoger en la Normatividad nacional dichas modificaciones y adelantos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Grado de avance: 80%
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2014
       Fecha en que se publicó el proyecto para consulta pública: 1 de agosto de 2014
B.2) Que no han sido publicados para consulta pública.
5.     Latón-Láminas-Cintas y Discos
       Objetivo y Justificación: Objetivo: Establecer las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir las láminas, cintas y discos de latón. Justificación: Se requiere de esta Norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en los últimos años en esta área y a la modificación de las Normas internacionales o extranjeras sobre este producto, es importante recoger en la Normatividad nacional dichas modificaciones y adelantos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a julio de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2015
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
6.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-023-SCFI-2004, Productos de cobre y sus aleaciones-Tubos de cobre sin costura para refrigeración-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y métodos de prueba para los tubos de cobre a utilizarse en refrigeración. Se requiere contar con una norma que defina las especificaciones mínimas que deben cumplir los tubos de cobre destinados a esta aplicación
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
7.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-021-1996, Productos de cobre y sus aleaciones tubos de cobre sin costura para refrigeración especificaciones y métodos de prueba
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir las conexiones flexibles para uso en instalaciones de agua
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
8.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-035-SCFI-2007, Cobre y aleaciones de cobre-Tubos para condensadores-especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones y métodos de prueba para los tubos de cobre a utilizarse en condensadores. Se requiere contar con una norma que defina las especificaciones mínimas que deben cumplir los tubos de cobre destinados a esta aplicación
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
9.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-024-1996, Productos de cobre y sus aleaciones-Alambre de latón-Especificaciones y métodos de prueba cancela a la NMX-W-024-1981.)
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones mínimas de calidad y métodos de prueba que deben cumplir los alambres de latón. Se requiere la actualización de esta Norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en los últimos años en esta área y a la modificación de
las Normas internacionales o extranjeras sobre este producto, es importante recoger en la Normatividad nacional dichas modificaciones y adelantos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
10.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-020-SCFI-2006, Productos de cobre y sus aleaciones-Barras y perfiles de latón de fácil maquinado-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: Establecer las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir las barras y perfiles de latón. Se requiere la actualización de esta Norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en los últimos años en esta área y a la modificación de las Normas internacionales o extranjeras sobre este producto, es importante recoger en la Normatividad nacional dichas modificaciones y adelantos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
11.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-101/1-SCFI-2004, Productos de cobre y sus aleaciones-Conexiones de cobre soldables-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: revisar las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir las conexiones soldables de cobre. Se requiere la actualización de esta Norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en los últimos años en esta área y a la modificación de las Normas internacionales o extranjeras sobre este producto, es importante recoger en la Normatividad Nacional dichas modificaciones y adelantos
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
12.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-101/2-SCFI-2004, Productos de cobre y sus aleaciones-Conexiones soldables de latón-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: revisar las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir las conexiones soldables de latón. Se requiere la actualización de esta Norma, debido al desarrollo tecnológico que se ha registrado en los últimos años en esta área y a la modificación de las Normas internacionales o extranjeras sobre este producto, es importante recoger en la Normatividad nacional dichas modificaciones y adelantos.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
13.   Modificación a la Norma Mexicana NMX-W-018-SCFI-2006, Productos de cobre y sus aleaciones-Tubos de cobre sin costura para conducción de fluidos a presión-Especificaciones y métodos de prueba.
       Objetivo y Justificación: actualización de las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir los tubos de cobre sin costura para conducción de fluidos a presión. Este Proyecto de Norma Mexicana se encuentra cubierto en el tema nuevo a desarrollar
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL DE SISTEMAS Y EQUIPOS DE RIEGO
(COTENNSER)
 
PRESIDENTE:
ING. ROBERTO VARGAS SOTO
DIRECCION:
RETORNO 13 DE JESUS GALINDO Y VILLA No. 21, COL. JARDIN BALBUENA, DEL. VENUSTIANO CARRANZA MEXICO, D.F., C.P. 15900.
TELEFONO:
26431212
C. ELECTRONICO:
rvargas@cmx.org.mx
 
SUBCOMITE II DE RIEGO PRESURIZADO
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Redes entubadas a baja presión
       Objetivo y Justificación: A medida en que crece la población y se desarrolla el país, se incrementa la demanda del recurso agua por los diferentes sectores básicos y productivos de la sociedad: el
urbano y el agrícola, entre otros; con la consecuente agudización de los problemas asociados a la baja disponibilidad hídrica que predomina en el territorio nacional. Asimismo, los efectos nocivos del cambio climático provocan alteraciones en la distribución e intensidad de la precipitación, que en el sector agrícola impacta negativamente las fuentes de abastecimiento y, por lo tanto, la producción y productividad de los cultivos bajo riego. Actualmente, se dispone de una gran cantidad de plásticos para uso en la agricultura, los canales entubados con plástico representan condiciones económicas y de instalación. Sin duda, las redes de riego entubadas implican un cambio tecnológico en la operación y manejo de los sistemas de conducción.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
III. Normas vigentes a ser canceladas.
2.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-O-082-SCFI-2001, Goteros para sistemas de riego-Especificaciones y métodos de prueba.
       Justificación: Esta norma fue revisada por el COTENNSER, que decidió solicitar su cancelación, dado que no se utiliza en el alcance de este comité.
3.     Cancelación de la Norma Mexicana NMX-O-084-SCFI-2001, Rociadores para riego presurizado-Especificaciones y métodos de prueba
       Justificación: Esta norma fue revisada por el COTENNSER, que decidió solicitar su cancelación, dado que no se utiliza en el alcance de este comité.
SUBCOMITE III DE DRENAJE AGRICOLA
Temas Adicionales a los estratégicos
II. Normas vigentes a ser modificadas.
B. Temas reprogramados.
B.2) Que no han sido publicados para consulta pública.
4.     Modificación de la norma NMX-E-240-SCFI-2002
       Objetivo y Justificación: En los últimos años, la evaluación de varios sistemas de drenaje agrícola subterráneo, han mostrado la necesidad de hacer cambios en esta norma, con el objetivo de mejorar los requisitos técnicos y las características de fabricación de esta tubería. En México existen aproximadamente 400,000 ha de tierra de cultivo ensalitrada (FAO/CNA, 1994) que requieren drenaje agrícola.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2016
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL EN NANOTECNOLOGIAS
PRESIDENTE:
RUBEN JHONATAN LAZOS MARTINEZ
DIRECCION:
PUENTE DE TECAMACHALCO No. 6, COL. LOMAS DE TECAMACHALCO, NAUCALPAN DE JUAREZ, C.P. 53950, ESTADO DE MEXICO, MEXICO
TELEFONO:
4422110575
C. ELECTRONICO:
rlazos@cenam.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Nanotecnologías-Evaluación del riesgo de nanomateriales
       Objetivo y Justificación: Orientar las iniciativas de las organizaciones sobre el proceso de identificar, evaluar, decidir y comunicar los riesgos potenciales al desarrollar y utilizar nanomateriales.
       La presencia de nanomateriales artificiales en procesos productivos en nuestro país requiere de orientación sobre la gestión de los riesgos por exposición a estos materiales durante su manejo a lo largo de su ciclo de vida. Esta norma sería un tercer elemento de la serie sobre el tema complementando las dos partes de la norma NMX-R-12901 sobre la gestión de riesgo ocupacional aplicada a nanomateriales artificiales. Esta norma estaría armonizada con el reporte técnico ISO/TR
13121:2011 Nanotechnologies--Nanomaterial risk evaluation.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Normas de apoyo: ISO/TS 12901-1:2012, Nanotechnologies-Occupational risk management applied to engineered nanomaterials-Part 1: Principles and approaches, ISO/TS 12901-2:2014, Nanotechnologies-Occupational risk management applied to engineered nanomaterials-Part 2: Use of the control banding approach,
2.     Nanotecnologías-Matriz de métodos de medida para nano-Objetos
       Objetivo y Justificación: Orientar sobre las técnicas disponibles de medición de parámetros fisicoquímicos relevantes para los nano-Objetos.
       La caracterización de los parámetros fisicoquímicos de los nano-objetos es esencial para valorar tanto su idoneidad para sus aplicaciones industriales como sus efectos potenciales en la salud y el ambiente. En esta norma el usuario encontrará un compendio de técnicas de caracterización de nano-objetos que faciliten la selección de las más apropiadas a partir de sus alcances, ventajas y limitaciones, así como de las normas que describen dichas técnicas con detalle. La norma mexicana resultante estaría armonizada con el reporte técnico ISO/TR 18196 Nanotechnologies-Measurement technique matrix for the characterization of nano-objects.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
3.     Nanotecnologías-Vocabulario-Parte 8: Procesos de nanomanufactura
       Objetivo y Justificación: Ofrecer un léxico normalizado sobre los procesos de manufactura de nanomateriales y de nano-objetos.
       El rápido desarrollo de las nanotecnologías y la consecuente producción de nano-objetos y nanomateriales imponen la necesidad de utilizar un vocabulario armonizado, como elemento de comunicación indispensable entre científicos, tecnólogos, industriales, fabricantes, reguladores, miembros de la sociedad civil y otros interesados en el tema. La norma mexicana resultante estaría armonizada con la Especificación Técnica ISO/TS 80004-8 Nanotechnologies-Vocabulary-Part 8: Nanomanufacturing processes.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
4.      Nanotecnologías-Vocabulario-Parte 4: Materiales nanoestructurados.
       Objetivo y Justificación: Establecer la terminología y las definiciones relacionadas con los materiales en los cuales una o más de sus componentes se sitúan en la región de la nanoescala.
       Del rápido desarrollo de las nanotecnologías está surgiendo número creciente de materiales con estructuras internas o de superficie en el nivel de la nanoescala, el intervalo entre 1 nm y 100 nm aproximadamente, denominados genéricamente materiales nanoestructurados. Entre ellos se cuentan los polvos nanoestructurados, los nanocompuestos y los materiales nanoporosos. El uso de terminología y definiciones normalizadas constituye un elemento indispensable para facilitar la comunicación entre científicos, tecnólogos, industriales, fabricantes, reguladores, miembros de la sociedad civil y otros interesados en el desarrollo y aplicaciones de las nanotecnologías. La norma resultante del desarrollo de este tema estaría armonizada con la Especificación Técnica ISO/TS 80004-4 Nanotechnologies-Vocabulary-Part 4: Nanostructured materials.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
B. Temas reprogramados.
B.2) Que no han sido publicados para consulta pública.
5.     Nanotecnologías-Guía para la gestión de riesgo ocupacional aplicada a nanomateriales artificiales- Control por bandas.
       Objetivo y Justificación: Describir la aplicación del control por bandas para controlar la exposición ocupacional a nano-objetos, sus agregados y aglomerados (NOAA), cuando sólo se dispone de conocimiento incompleto sobre su toxicidad. Los nano-objetos y sus agregados y aglomerados pueden exhibir propiedades, incluyendo toxicológicas, diferentes a las que exhibirían cuando se presentan en volumen. Por ello, los límites a la exposición ocupacional de materiales en volumen pueden ser diferentes a los correspondientes a los NOAA respectivos. En este caso, el control por bandas puede aplicarse como primera aproximación para controlar la exposición ocupacional a NOAA. Esta norma estaría armonizada con la especificación técnica ISO/IEC TS 12901-1 Nanotechnologies-Guidelines for occupational risk management applied to engineered nanomaterials-Part 2: The use of the Control Banding approach in occupational risk management, y
complementaría a la norma NMX-R-12901-1-SCFI-2015 Nanotecnologías-Gestión de riesgo ocupacional aplicado a nanomateriales manufacturados. Parte 1: Principios y enfoques.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2014
6.     Determinación del tamaño y la distribución de tamaño de partícula por microscopía de transmisión de electrones.
       Objetivo y Justificación: Establecer el método para determinar el tamaño y forma, y la distribución del tamaño de nanopartículas mediante microscopia de transmisión de electrones. Las dimensiones y la morfología de las nanopartículas constituyen propiedades de las mismas relevantes tanto para su aprovechamiento en productos y servicios industriales novedosos, como para tomar medidas para enfrentar los riesgos potenciales que pueden representar para la salud y el ambiente. Además, son propiedades que caracterizan a los objetos materia de las nanotecnologías. Por otro lado, la técnica de microscopia de transmisión de electrones es una de las técnicas más directas y por tanto más confiables para realizar dicha determinación, lo que permitiría considerar los resultados obtenidos por laboratorios especializados como una referencia. La norma mexicana que se obtenga será equivalente, al menos de manera parcial, al documento ISO/TS Nanotechnologies-Protocol for particle size distributions by transmission electron microscopy, actualmente en desarrollo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2015.
7.     Nanotecnologías - Vocabulario - Parte 6: Caracterización de nano-objetos.
       Objetivo y Justificación: Establecer la terminología y las definiciones para referirse a las técnicas más frecuentes para la caracterización de nano-objetos. El uso de terminología y definiciones normalizadas es determinante para el desarrollo e intercambio de nanotecnologías en nuestro país, como principio vital para los acuerdos entre usuarios y proveedores, científicos, tecnólogos, industriales, fabricantes, reguladores, miembros de la sociedad civil y otros interesados en la caracterización de nano-objetos. La norma resultante del desarrollo de este tema estaría armonizada con la Especificación Técnica ISO/TS 80004-6 Nanotechnologies-Vocabulary-Part 6: Characterization of nano-objects.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Suplemento del Programa Nacional de Normalización 2015
8.     Caracterización de nanotubos de carbono de una capa mediante microscopía de barrido con electrones y espectroscopia de dispersión de energía de rayos X.
       Objetivo y Justificación: Establecer un método para caracterizar la morfología de nanotubos de carbono de una capa, en muestras de material purificado o no, e identificar la composición química elemental de las impurezas inorgánicas en los mismos, mediante microscopia de barrido con electrones y espectroscopia de dispersión de energía de rayos X.
       Los nanotubos de carbono se han revelado como nano-objetos que confieren propiedades novedosas en una gran variedad de productos, incluyendo concretos con mejores propiedades mecánicas, aditivos para gasolinas, aplicaciones en medicina regenerativa, etc. Por otro lado, su manejo en forma no confinada implica riesgos a la salud cuando tiene lugar la exposición a los mismos por inhalación. Caracterizarlos apropiadamente es una demanda tanto de la industria que aprovecha sus propiedades en productos competitivos, como para las consideraciones encaminadas a la protección de la salud de los trabajadores expuestos durante su manejo cuando no se encuentren confinados. Por otro lado, la técnica de microscopia de barrido con electrones es una de las técnicas directas con mayor disponibilidad a las industrias y laboratorios en el país, además de que la instrumentación para realizar espectroscopia de dispersión de energía de rayos X se encuentra generalmente formando parte de los microscopios de barrido con electrones, y el costo de su aplicación es más bajo que el de la aplicación de la microscopia de transmisión de electrones. La norma mexicana que resulte será equivalente al documento ISO/TS 10798 Nanotechnologies- Characterization of single-wall carbon nanotubes using scanning electron microscopy and energy dispersive X-ray spectrometry analysis.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2015.
9.     Caracterización de nanotubos de carbono de una capa mediante espectroscopia de absorción de
UV-Vis-IR.
       Objetivo y Justificación: Establecer un método para la determinación del diámetro, pureza y fracción de nanotubos de carbono de una capa, metálicos, en relación al total de nanotubos de carbono de una capa, en una muestra, mediante espectroscopia de absorción óptica, en las frecuencias en las regiones infra-rojo, visible y ultravioleta del espectro.
       Los nanotubos de carbono se han revelado como nano-objetos que confieren propiedades novedosas a una gran variedad de productos, incluyendo concretos con mejores propiedades mecánicas, aditivos para gasolinas, aplicaciones en medicina regenerativa, etc. Por otro lado, su manejo en forma no confinada implica riesgos a la salud cuando tiene lugar la exposición a los mismos por inhalación. Caracterizarlos apropiadamente es una demanda tanto de la industria que aprovecha sus propiedades en productos competitivos, como para las consideraciones encaminadas a la protección de la salud de los trabajadores expuestos durante su manejo cuando no se encuentren confinados. Con la aplicación de la técnica de espectroscopia de absorción óptica puede obtenerse información relevante de muestras de nanotubos de carbono de una capa de manera rápida y de relativamente bajo costo, y por tanto de la mayor utilidad para los productores y usuarios de estos nanomateriales. La norma mexicana que resulte será equivalente al documento ISO/TS 10868 Nanotechnologies-Characterization of single-wall carbon nanotubes using ultraviolet-visible-near infrared absorption spectroscopy.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2015
10.   Determinación de tamaño y distribución de tamaño de partícula por microscopia de barrido con electrones.
       Objetivo y Justificación: Establecer el método para determinar el tamaño y forma, y la distribución del tamaño de nanopartículas mediante microscopía de barrido con electrones.
       Las dimensiones y la morfología de las nanopartículas constituyen propiedades de las mismas relevantes tanto para su aprovechamiento en productos y servicios industriales novedosos, como para tomar medidas para enfrentar los riesgos potenciales que pueden representar para la salud y el ambiente. Además, son propiedades que caracterizan a los objetos materia de las nanotecnologías. Por otro lado, la técnica de microscopia de barrido con electrones es una de las técnicas con mayor disponibilidad para las industrias y laboratorios en el país, y el costo de su aplicación es sensiblemente más bajo que el de la microscopía de transmisión de electrones. La norma mexicana que se obtenga será equivalente, al menos de manera parcial, al documento ISO/TS 10749 Nanotechnologies-Scanning Electron Microscopy Measurements of Size and Size Distribution of Nanoparticles, actualmente en desarrollo.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2015
11.   Caracterización de nanotubos de carbono de una capa mediante microscopia de transmisión de electrones.
       Objetivo y Justificación: Establecer un método para caracterizar nanotubos de carbono de una capa, mediante microscopía de transmisión de electrones.
       Los nanotubos de carbono se han revelado como nano-objetos que confieren propiedades novedosas a una gran variedad de productos, incluyendo concretos con mejores propiedades mecánicas, aditivos para gasolinas, aplicaciones en medicina regenerativa, etc. Por otro lado, su manejo en forma no confinada implica riesgos a la salud cuando tiene lugar la exposición a los mismos por inhalación. Caracterizarlos apropiadamente es una demanda tanto de la industria que aprovecha sus propiedades en productos competitivos, como para las consideraciones encaminadas a la protección de la salud de los trabajadores expuestos durante su manejo cuando no se encuentran confinados. Por otro lado, la técnica de microscopía de transmisión de electrones es una de las técnicas más directas y por tanto más confiables para analizar la morfología de estos nano-objetos, lo que permitiría considerar los resultados obtenidos por laboratorios especializados como una referencia. Adicionalmente, los microscopios de transmisión de electrones usualmente incluyen
la instrumentación para realizar espectroscopia de dispersión de energía de rayos X y espectroscopia de pérdida de energía de electrones, las cuales permiten la caracterización química de los propios nanotubos de carbono, en una amplia variedad de elementos. La norma mexicana que resulte será equivalente al documento ISO/TS 10797:2012 Nanotechnologies-Characterization of single-wall carbon nanotubes using transmision electron microscopy.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
       Año en que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización 2016
IV. Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.
12.   Nanotecnologías-Métodos para la determinación de la concentración de nanopartículas en medios líquidos.
       Justificación: El contenido de nanopartículas en medios líquidos diversos es una de las características requeridas para la comercialización, uso, y desecho de productos que contienen nanopartículas como nano-objetos manufacturados. Los avances del proyecto pusieron de manifiesto que no es conveniente abordar el problema desde una perspectiva tan general, por lo que se considera que el tema Caracterización de nanotubos de carbono de una capa mediante espectroscopia de absorción de UV-Vis-IR, reprogramado, provee una herramienta aplicable para cuando los nano-objetos son nanotubos de carbono, aunque sin la generalidad pretendida inicialmente.
13.   Nanotecnologías - Método para evaluar las propiedades antimicrobianas de nanopartículas de TiO2 en superficies cerámicas de muebles sanitarios.
       Justificación: El tema se inscribió en el Programa Nacional de Normalización 2014 en atención a la necesidad de productores de muebles sanitarios que incluyen en las superficies de sus muebles nanomateriales con fines bactericidas y que requieren de un sustento en sus declaraciones correspondientes al consumidor. No obstante, dichos productores han suspendido la demanda de los nanomateriales objeto de este tema, los resultados de las pruebas experimentales efectuadas no son contundentes para validar el método y el laboratorio que ha realizado dichas pruebas ha agotado sus recursos para este propósito.
COMITE TECNICO DE NORMALIZACION NACIONAL MEDIOS DE COMUNICACION
PRESIDENTE:
MARCELA ADRIANA CENICEROS MATUS
DIRECCION:
Calle Hipólito Taine 249, Polanco, Polanco V Secc, 11570 Miguel Hidalgo, CDMX
TELEFONO:
52548210
C. ELECTRONICO:
marcela.ceniceros@cim.mx
 
Temas Adicionales a los estratégicos
I. Temas nuevos a ser iniciados y desarrollados como normas.
A. Temas nuevos.
1.     Vocabulario de términos y conceptos digitales asociados a la investigación de medios para la homologación de criterios empleados en la industria de medios de comunicación.
       Objetivo y Justificación: Ante la diversidad de conceptos empleados en la investigación de medios y plataformas digitales provenientes de distintas fuentes de información, existe la necesidad en la industria de la comunicación de emplear términos, homologando los conceptos que se emplean en la planificación, medición, análisis e interpretación de datos de interacción humana a través de vehículos digitales.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
2.     Estándares mínimos de operación en las métricas de audiencia de radio.
 
       Objetivo y Justificación: Elaborar una Norma Mexicana que permita a las casas investigadoras aplicar los procesos de levantamiento y proceso de información certeros, sobre la medición del medio y que el valor de rating pueda ocuparse como moneda de cambio válida en la industria publicitaria.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
II. Normas vigentes a ser modificadas.
A. Temas nuevos.
3.     Modificación a la Norma Mexicana NMX-R-058-SCFI-2012, Medios exteriores-Vocabulario y recomendaciones básicas de operación.
       Objetivo y Justificación: Revisar y establecer nuevos criterios para promover el control de la calidad del servicio que se ofrecen en los diferentes formatos de publicidad exterior, así como los contenidos de la norma vigente y actualizar los estándares mínimos de calidad de servicio de los medios exteriores para motivar el desarrollo y la competitividad entre los diferentes formatos de publicidad exterior.
       Fecha estimada de inicio y terminación: julio de 2017 a diciembre de 2017
Ciudad de México, a 22 de agosto de 2017.- El Director General de Normas y Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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