DOF: 01/12/2017
CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la C

CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Intergeneric, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente No. SAN/022/2014.

CIRCULAR No. 08/2017
SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA INTERGENERIC, S.A. DE C.V.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones IX y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 83, fracción III, numeral 3, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2, 8 y 9, párrafo primero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 59, y 60, fracción II, así como párrafos segundo y tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo TERCERO de la Resolución de trece de noviembre de dos mil diecisiete, que se dictó dentro del expediente número SAN/022/2014, mediante la cual, se resolvió el procedimiento de sanción administrativa incoado a la empresa Intergeneric, S.A de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, en términos de lo dispuesto en la fracción IV del artículo 50 de la citada Ley, de recibir propuestas o celebrar contratos con dicha empresa, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de doce meses.
Los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Las Entidades Federativas, Municipios y Alcaldías de la Ciudad de México, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la empresa no haya pagado la multa impuesta a través de la resolución de trece de noviembre de dos mil diecisiete, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente, en términos de lo establecido en el artículo 60, párrafo tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Ciudad de México, a 15 de noviembre de 2017.- El Director General Adjunto de Sanciones, Doctor en Derecho Agustín Herrera Pérez, en suplencia por ausencia del Director General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, en términos de lo dispuesto en los artículos 86, fracción IX, y 105 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, así como en el oficio suscrito por el Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública, número SRACP/300/1068/2017, de 7 de noviembre de 2017.- Rúbrica.
 

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