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DOF: 12/01/2018
PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Campeche, con el objeto de modernizar los sistemas de agua potable, dre

PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Campeche, con el objeto de modernizar los sistemas de agua potable, drenaje y alcantarillado de la ciudad de San Francisco de Campeche.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional del Agua.

PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN DE FECHA 28 DE MAYO DE 2013, QUE CELEBRÓ POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CAMPECHE, CON EL OBJETO DE "MODERNIZAR LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE".
NOVIEMBRE DE 2017
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN DE FECHA 28 DE MAYO DE 2013, QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, EN LO SUCESIVO "LA COMISIÓN", REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL, MTRO. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CAMPECHE, EN LO SUCESIVO "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR EL LIC. RAFAEL ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS CC. C.P. AMÉRICA DEL CARMEN AZAR PÉREZ, SECRETARIA DE FINANZAS, LIC. LAURA LUNA GARCÍA, SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA, ING. EDILBERTO JESÚS BUENFIL MONTALVO, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PÚBLICAS E INFRAESTRUCTURA Y ARQ. ROSSINA ISABEL SARAVIA LUGO, DIRECTORA GENERAL DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL ESTADO DE CAMPECHE; QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SERÁN DENOMINADOS "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1.     Con fecha 28 de mayo de 2013 "LAS PARTES" celebraron un convenio de coordinación con el objeto de "modernizar los sistemas de agua potable, drenaje y alcantarillado de la ciudad de San Francisco de Campeche", instrumento publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 14 de junio de 2013 (en lo sucesivo EL CONVENIO).
2.     En las cláusulas segunda y novena de "EL CONVENIO" se estableció:
"SEGUNDA.- El objeto del presente Convenio comprenderá las siguientes acciones:
CONCEPTO 1-ESTUDIOS Y PROYECTOS
...
CONCEPTO 2-MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGUA PARA EL ABASTECIMIENTO A LA
POBLACIÓN
NÚMERO
OBRA Y/O ACCIÓN
UNIDAD
CANTIDAD
2.1
Construcción del acueducto de 42 y 36 pulgadas de diámetro para un gasto de 1,000 l/s, Hobomo-Campeche.
Km
25
2.2
Perforación y equipamiento de 22 pozos para un gasto de 45 l/s con sus líneas de interconexión.
Pozos
22
2.3
Construcción de líneas de interconexión de pozos de 10 a 30 pulgadas de diámetro.
Km
21.5
2.4
Construcción de planta de bombeo para un gasto de 1,000 l/s.
Planta
1
 
CONCEPTO 3-MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN DIFERENTES SECTORES DE
LA CIUDAD
NÚMERO
OBRA Y/O ACCIÓN
UNIDAD
CANTIDAD
3.1
Construcción de 5 macrotanques de regulación con una capacidad de 2,500 m3 cada uno
Tanques
5
 
 
CONCEPTO 4-AMPLIACIÓN DE LA COBERTURA DE DRENAJE PLUVIAL
NÚMERO
OBRA Y/O ACCIÓN
UNIDAD
CANTIDAD
4.1
Construcción del sistema de drenaje pluvial Lázaro Cárdenas, 1a. etapa a través de un cajón rectangular de 3.5 x 1.6 m
Km
3.5
4.2
Construcción del sistema de drenaje pluvial en la Zona Centro de la Ciudad, 1a. etapa a través de cajón rectangular de 3.25 x 1.65 m
Km
5.7
4.3
Construcción del sistema de drenaje pluvial Patricio Trueba a través de un cajón rectangular de 3.5 x 1.5 m
Km
5.4
4.4
Construcción de drenaje pluvial Presidentes de México, Colonia Cedros, con tubería de 1.50 m de diámetro y longitud de 1,310 m y un cajón rectangular de 5.7 x 2.0 m y 2,690 m de longitud
Km
4
4.5
Construcción del sistema de drenaje pluvial Universidad con un cajón rectangular de 4.7 x 2.0 m
Km
2.4
4.6
Construcción del sistema de drenaje pluvial Av. López Mateos con un cajón rectangular de 2.5 x 1.8 m y en Calle Victoria con un cajón rectangular de 4.2 x 1.90 m
Km
1.5 "
 
"NOVENA.- "LA COMISIÓN" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" acuerdan la creación de una Comisión de Seguimiento del Compromiso de Gobierno objeto del presente Convenio, la cual estará integrada por un Presidente, que será el representante de "LA COMISIÓN", quien tiene voto de calidad, un Secretario Ejecutivo que será el representante de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y un Representante del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua "IMTA", quien fungirá como Vocal.
·    Representante de "LA COMISIÓN".- Ing. Edilberto Jesús Buenfil Montalvo.- Director Local Campeche.- Presidente.
·    Representante de "LA ENTIDAD FEDERATIVA".- Arq. Jorge Luis González Curi.- Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas de la Administración Pública Estatal.- Secretario Ejecutivo
·    Representante del "IMTA".- Ing. Víctor Javier Bourguett Ortiz.- Vocal
..."
3.     La finalidad de la construcción de las obras descritas en los numerales 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4 de la cláusula segunda de "EL CONVENIO" es el mejoramiento de la calidad del agua para el abastecimiento a la población.
Se realizó un análisis de la oferta y calidad del agua que se suministra a la ciudad, dando como resultado que las acciones 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 y 3.1 deben modificarse en virtud de que arrojó como resultado la necesidad de sustituir el agua proveniente de los pozos de la zona urbana, la cual no cumple con los parámetros de calidad establecidos en la norma correspondiente, por los pozos de la zona de Hobomó. Por lo tanto, el caudal que se requiere sustituir es de 500 l/s (perforación y equipamiento de 15 pozos), en vez de 1,000 l/s (perforación y equipamiento de 22 pozos) y como consecuencia se reduce la longitud de las líneas de interconexión de 21.5 km a 13 km entre pozos como se estableció en "EL CONVENIO".
De igual manera, se analizó la regulación con la que cuenta el sistema de agua potable de la ciudad, encontrando que a la fecha no es estrictamente necesaria la construcción de los Macrotanques establecidos en "EL CONVENIO", debido a que la ciudad cuenta con regulación suficiente. Por lo cual, resulta imprescindible modificar la acción descrita en el numeral 3.1 de la cláusula segunda de "EL CONVENIO".
Además, debido a que a la fecha de suscripción de "EL CONVENIO", no se contaba con los proyectos ejecutivos, al momento de elaborarlos se realizaron los estudios y se estableció la longitud adecuada para el correcto funcionamiento hidráulico de los sistemas de drenaje, por lo que se precisaron las cantidades de las acciones descritas en el concepto 4.
En razón de lo anterior, "LAS PARTES" de común acuerdo determinan modificar las obras descritas
en los numerales 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 3.1, 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6 de los conceptos 2, 3 y 4 de la cláusula segunda en términos del presente instrumento.
DECLARACIONES
I.     Declara "LA COMISIÓN" que:
1.   El Mtro. Roberto Ramírez de la Parra, Director General de "LA COMISIÓN", tiene las facultades de representarla y para celebrar el presente Convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 2, 4, 5, fracción I, 9 apartado "a", fracciones X, XIV y XXXV, 9 Bis 1 apartado "b" y 12 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 6, 8 y 13 fracciones I, II, XXVII, XXIX bis del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua.
II.     Declara "LA ENTIDAD FEDERATIVA" que:
1.   El Lic. Rafael Alejandro Moreno Cárdenas acredita su personalidad como Gobernador Constitucional del Estado de Campeche, quien está plenamente facultado para proveer en la esfera administrativa todo lo que estime conveniente para el más exacto y eficaz cumplimiento de sus atribuciones, así como para conducir la planeación estatal del desarrollo, pudiendo convenir para la realización de cualquier propósito en beneficio colectivo, por lo que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 59 y 71, fracción XV inciso a) de la Constitución Política del Estado de Campeche; y 3, 4 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 27 del Código Civil Federal; y 31 del Código Civil del Estado de Campeche, cuenta con las facultades necesarias para celebrar el presente Convenio.
2.   Que la C.P. América del Carmen Azar Pérez, en su carácter de Secretaria de Finanzas de la Administración Pública del Estado de Campeche, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la suscripción del presente convenio, de conformidad con los artículos 4 párrafo tercero, 16 fracción II y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, cargo que quedó debidamente acreditado con nombramiento de fecha 16 de septiembre de 2015, expedido por el Lic. Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Gobernador Constitucional del Estado de Campeche.
3.   Que la Lic. Laura Luna García, en su carácter de Secretaria de la Contraloría del Estado de Campeche, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la celebración del presente instrumento jurídico, con fundamento en lo que establecen los artículos 1, 2, 4, 16 fracción IV y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
4.   Que el Ing. Edilberto Jesús Buenfil Montalvo, en su carácter de Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura de la Administración Pública Estatal, cuenta con las atribuciones necesarias para participar en la celebración del presente instrumento jurídico, con fundamento en lo que establecen los artículos 3, 4 párrafo tercero, 16 fracción XV y 35 fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
5.   Que la Arq. Rossina Isabel Saravia Lugo, en su carácter de Directora General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado, participa en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 31 y 40 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Campeche; 48, 49, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; y 12 y 22 fracciones I y II de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Campeche.
III.    Declaran "LAS PARTES" que:
1.   Se reconocen la personalidad jurídica con la que comparecen a la suscripción del presente instrumento en los términos indicados anteriormente, manifestando que a la fecha no les ha sido revocada.
2.   Ratifican los domicilios señalados en "EL CONVENIO" para todos los efectos legales a que haya lugar.
3.   Es su voluntad modificar "EL CONVENIO" en los términos establecidos en el presente instrumento.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" otorgan las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- MODIFICACIÓN.
 
"LAS PARTES" convienen en modificar los numerales 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 3.1, 4.1, 4.2, 4.3, 4.4, 4.5 y 4.6 de los conceptos 2, 3 y 4 de la cláusula segunda, así como la cláusula novena de "EL CONVENIO" por las razones indicadas en el antecedente 3 del presente instrumento, para quedar como sigue:
"SEGUNDA.- El objeto del presente convenio comprenderá las siguientes acciones:
CONCEPTO 1-ESTUDIOS Y PROYECTOS
...
"CONCEPTO 2-MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGUA PARA EL ABASTECIMIENTO A LA
POBLACIÓN
Número
Obra y/o Acción
Unidad
Cantidad
2.1
Construcción del acueducto de 42 y 36 pulgadas de diámetro para un gasto de 500 l/s, Hobomo-Campeche,
Km
25
2.2
Perforación y equipamiento de 15 pozos para un gasto de 45 l/s con sus líneas de interconexión.
Pozos
15
2.3
Construcción de líneas de interconexión de pozos de 10 a 30 pulgadas de diámetro.
Km
13
2.4
Construcción de planta de bombeo para un gasto de 500 l/s.
Planta
1
 
CONCEPTO 3-MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN DIFERENTES SECTORES DE
LA CIUDAD
Número
Obra y/o Acción
Unidad
Cantidad
3.1
Construcción de 1 tanque de regulación con una capacidad de 1,000 m3.
Tanques
1
 
CONCEPTO 4-AMPLIACIÓN DE LA COBERTURA DE DRENAJE PLUVIAL
NÚMERO
OBRA Y/O ACCIÓN
UNIDAD
CANTIDAD
4.1
Construcción del sistema de drenaje pluvial Lázaro Cárdenas, 1a. etapa a través de un cajón rectangular de 3.5 x 1.6 m
Km
3.30
4.2
Construcción del sistema de drenaje pluvial en la Zona Centro de la Ciudad, 1a. etapa a través de cajón rectangular de 3.25 x 1.65 m
Km
4.50
4.3
Construcción del sistema de drenaje pluvial Patricio Trueba a través de un cajón rectangular de 3.5 x 1.5 m
Km
3.62
4.4
Construcción de drenaje pluvial Presidentes de México, Colonia Cedros, con tubería de 1.5 m de diámetro y un cajón rectangular de 5.7 x 2.0 m
Km
3.0
4.5
Construcción del sistema de drenaje pluvial Universidad con un cajón rectangular de 4.7 x 2.0 m
Km
3.43
4.6
Construcción del sistema de drenaje pluvial Av. López Mateos con un cajón rectangular de 2.5 x 1.8 m y en Calle Victoria con un cajón rectangular de 4.2 x 1.90 m
Km
1.68"
 
"NOVENA.- "LA COMISIÓN" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" acuerdan la creación de una Comisión de Seguimiento del Compromiso de Gobierno objeto del presente convenio, la cual estará integrada por un Presidente, que será el representante de "LA COMISIÓN", quien tiene voto de calidad, un Secretario Ejecutivo que será el representante de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y un representante del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua "IMTA", quien fungirá como Vocal.
·    Representante de "LA COMISIÓN".- Director Local Campeche.- Presidente.
·    Representante de "LA ENTIDAD FEDERATIVA".- Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura de la Administración Pública Estatal.- Secretario Ejecutivo.
·    Representante del "IMTA".- Vocal.
..."
 
SEGUNDA.- VIGENCIA.
El presente convenio modificatorio comenzará a surtir sus efectos a partir del día de su formalización.
TERCERA.- NO NOVACIÓN.
"LAS PARTES" manifiestan que con excepción de lo expresamente estipulado en la cláusula primera del presente instrumento, continúan vigentes en sus términos todas y cada una de las cláusulas y contenido de "EL CONVENIO".
Leído que fue por las partes que en el presente Primer Convenio Modificatorio intervienen y enteradas de su contenido, fuerza y alcance legal, lo ratifican y firman al calce y al margen cada una de sus hojas por triplicado, en la Ciudad de México, el día 3 de noviembre de 2017.- Por el Ejecutivo Federal, la Comisión Nacional del Agua: el Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.- Revisó en sus Aspectos Legales: la Subdirectora General Jurídica, Katia Karina Rodríguez Ramos.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Campeche: el Gobernador Constitucional, Rafael Alejandro Moreno Cárdenas.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas, América del Carmen Azar Pérez.- Rúbrica.- La Secretaria de la Contraloría, Laura Luna García.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Urbano, Obras Públicas e Infraestructura, Edilberto Jesús Buenfil Montalvo.- Rúbrica.- La Directora General de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado, Rossina Isabel Saravia Lugo.- Rúbrica.
 

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