DOF: 14/03/2018
CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la C

CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la persona física Guillermo Hernández González.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V.- Área de Responsabilidades.- Expediente No. PS/0001/2017-GACM.

CIRCULAR No. OIC/AR/GACM/002/2018
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA PERSONA FÍSICA GUILLERMO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 99, fracción II, numeral 12, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2, 8 y 9, párrafo primero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 50, fracción IV, 59, primer párrafo, y 78, fracción IV, así como párrafos segundo y tercero, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 269 de su Reglamento, en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo CUARTO de la Resolución del dos de marzo del dos mil dieciocho, que se dictó en el expediente número PS/0001/2017-GACM, mediante la cual, se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la persona física Guillermo Hernández González, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona física, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de dos años seis meses.
En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular, en términos del artículo 270 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la citada persona física no haya pagado la multa impuesta a través de la resolución del dos de marzo de dos mil dieciocho, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, en términos de lo establecido en el artículo 78, párrafo tercero, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
La presente circular, se emite en la Ciudad de México, a dos de marzo de dos mil dieciocho.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., Diego Rafael Pérez de León Medrano.- Rúbrica.
 

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