alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 16/03/2018
CONVOCATORIA para la certificación de evaluadores del desempeño en Educación Básica y Media Superior

CONVOCATORIA para la certificación de evaluadores del desempeño en Educación Básica y Media Superior.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.- México.

CONVOCATORIA PARA LA CERTIFICACIÓN DE EVALUADORES DEL DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA SUPERIOR
La Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), con fundamento en los artículos 3o., fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, fracción X; 7, fracción III; 52, último párrafo de la Ley General del Servicio Profesional Docente; 14, 15, fracción III; 22, 28, fracción III; 38, fracciones VI y XXII de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación,
CONVOCA:
Al personal docente, técnico-docente y con funciones de asesoría técnica pedagógica, de dirección y supervisión de Educación Básica; y al personal docente y técnico-docente de Educación Media Superior en servicio, a participar en el proceso para:
CERTIFICARSE COMO EVALUADORES DEL DESEMPEÑO EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA
SUPERIOR
Bases de participación en el proceso de certificación
I.     Perfil
·  Para Educación Básica, podrá participar personal docente, técnico docente, personal con funciones de asesoría técnica pedagógica, de dirección y de supervisión que se encuentre en servicio y que haya realizado la Evaluación del Desempeño a que se refiere el artículo 52 de la Ley General del Servicio Profesional Docente obteniendo, al menos, un resultado suficiente.
·  Para Educación Básica, podrá participar personal con funciones de asesoría técnica pedagógica y de dirección que se encuentre en servicio y que haya realizado la Evaluación del Desempeño al término de su segundo año, a que se refieren los artículos 27 y 41 de la Ley General del Servicio Profesional Docente obteniendo como resultado que cumple con la función en la cual obtuvo la promoción.
·  Para Educación Media Superior, podrá participar personal docente y técnico docente que se encuentre en servicio y haya realizado la Evaluación del Desempeño a que refiere el artículo 52 de la Ley General del Servicio Profesional Docente obteniendo, al menos, un resultado suficiente.
II.     Requisitos de participación
El personal que participe en la presente convocatoria deberá, además, cumplir con los siguientes requisitos:
1.     Contar con nombramiento definitivo;
2.     Haber acreditado, como mínimo, estudios de nivel licenciatura y contar con el título profesional correspondiente;
3.     Tener disponibilidad de tiempo para realizar las tareas de evaluación a las que sea convocado y, en su momento, contar con la autorización correspondiente para realizarlas;
4.     No haber incurrido en alguna falta grave en el cumplimiento de sus tareas institucionales en el servicio, lo cual deberá ser revisado y validado por la Autoridad Educativa Local, el Organismo Descentralizado o la instancia que determine la Secretaría al momento de seleccionar y postular a los candidatos a ser evaluadores de su entidad;
5.     No desempeñar cargos de elección popular, sindicales, o funciones de representación sindical;
6.     Registrar la información que le sea solicitada en el Sistema de Gestión Integral de Evaluadores (SGIE) del Instituto, para contar con un expediente completo y actualizado;
7.     Ser seleccionado y postulado como candidato a evaluador certificado por parte de la Autoridad Educativa Local, el Organismo Descentralizado o la instancia que determine la Secretaría tras la revisión y validación del expediente ingresado en el SGIE;
8.     Acreditar el programa de capacitación conforme a los procedimientos establecidos en los LINEAMIENTOS para la selección, capacitación y certificación de evaluadores del desempeño
en Educación Básica y Media Superior para el ciclo escolar 2018-2019. LINEE-06-2018;
9.     Obtener resultado satisfactorio en el Examen para la Certificación de Evaluadores;
10.   Los demás que no contravengan la Ley General del Servicio Profesional Docente
III.    Fases del proceso de certificación
Los participantes en esta Convocatoria deberán de considerar las siguientes fases y fechas en que se desarrolla el proceso de certificación:
Fase
Responsable
Periodo
1. Registro
Aspirante
A partir de la publicación de
la presente Convocatoria y
hasta el 22 de abril de 2018
2. Selección y postulación
Autoridad Educativa Local u Organismo
Descentralizado
A partir de la publicación de
la presente Convocatoria y
hasta el 30 de abril de 2018
3. Capacitación
Coordinación Nacional del Servicio
Profesional Docente/Autoridad Educativa
Local y Organismo Descentralizado
Durante los meses de mayo
a agosto de 2018
4. Examen para la Certificación
de Evaluadores (EXCEV)
Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación
Septiembre de 2018
5. Certificación como evaluador
del desempeño
Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación
Noviembre de 2018
 
1.    Registro
Esta fase es responsabilidad del aspirante a evaluador y se realiza en el Sistema de Gestión Integral de Evaluadores del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (SGIE).
Los interesados que cumplan con el perfil y con los requisitos para participar en el proceso de certificación conforme se definen en los numerales I y II de la presente Convocatoria deberán ingresar al SGIE a través de la página http://www.inee.edu.mx/SGIE/ para realizar su registro y enviar la documentación probatoria requerida.
Los candidatos que se registren en la presente Convocatoria deben haber presentado la Evaluación del Desempeño y haber obtenido al menos un resultado suficiente o cumple con la función. El aspirante deberá subir el dictamen correspondiente en el SGIE.
Los aspirantes deberán consultar el Manual para el registro del aspirante en el SGIE para registrarse y atender los requerimientos en forma correcta y oportuna.
2.    Selección y postulación
Esta fase es responsabilidad de las Autoridades Educativas Locales o de los Organismos Descentralizados de Educación Media Superior, quienes seleccionarán al aspirante a evaluador a través de la revisión y validación de la información y documentación ingresada por el candidato en el SGIE, y de la confirmación de que el aspirante no ha incurrido en alguna falta grave, así como de la verificación de que cumple con el perfil definido en el numeral I y con los requisitos establecidos en el numeral II de la presente Convocatoria.
La Autoridad Educativa Local u Organismo Descentralizado postulará al aspirante al programa de capacitación, en el nivel y la función que corresponda con la información personal, académica y laboral registrada por el aspirante en el SGIE.
3.    Capacitación
Esta fase es responsabilidad de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, en conjunto con las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados, y se desarrolla con base en los Criterios técnicos para la dictaminación de programas de formación y capacitación de evaluadores que establezca el INEE.
Se llevará a cabo con la participación de una institución formadora que impartirá el o los módulos del
programa de capacitación para evaluadores que se definan y otorgará, a quienes acrediten con calificación satisfactoria, la constancia correspondiente.
Los aspirantes deberán atender a lo establecido por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, las Autoridades Educativas Locales u Organismos Descentralizados y la institución formadora para inscribirse en el programa de capacitación en tiempo y forma, atender a los requisitos que publique la autoridad educativa correspondiente y remitirse a dicha autoridad para obtener la información adicional que requiera.
4.    Examen para la Certificación de Evaluadores (EXCEV)
El diseño, validación, aplicación y calificación del Examen para la Certificación de Evaluadores es atribución del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Los aspirantes a certificarse como evaluadores deberán sustentar este examen, que tiene el propósito de constatar que el aspirante cuenta con las capacidades, habilidades y aptitudes necesarias para realizar la función como evaluador del desempeño.
El Instituto informará a los aspirantes que cubren los requisitos para sustentar el EXCEV las fechas y sedes de aplicación a través del Micrositio para la Certificación de Evaluadores del Desempeño en Educación Básica y Media Superior:
http://www.inee.edu.mx/index.php/servicio-profesional-docente/proceso-de-certificacion-de-evaluadores-del-desempeno
El Instituto calificará el Examen para la Certificación de Evaluadores y emitirá, en formato electrónico, un Informe Individual de Resultados que el sustentante podrá consultar a través del SGIE. El aspirante recibirá por parte del Instituto un correo electrónico con la instrucción correspondiente para tener acceso a este documento.
5.    Certificación como evaluador del desempeño
Esta fase es atribución del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y consiste en la validación, por parte del Instituto, del cumplimiento de todos los requisitos por parte del aspirante para ser certificado como evaluador.
El Instituto publicará el listado de evaluadores certificados a través de su página de internet y entregará el listado a la Secretaría a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, a las Autoridades Educativas Locales y Organismos Descentralizados. El certificado como evaluador del desempeño se expide en formato electrónico sólo a los aspirantes que hayan cubierto todos los requisitos y obtenido un resultado satisfactorio en el EXCEV.
La vigencia del certificado será de cuatro años y estará sujeta a lo establecido en el artículo 65 del capítulo cuarto de los LINEAMIENTOS para la selección, capacitación y certificación de evaluadores del desempeño en Educación Básica y Media Superior para el ciclo escolar 2018-2019. LINEE-06-2018.
De conformidad con lo que establece el artículo 48 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, esta Convocatoria deberá hacerse del conocimiento público a través de la página de Internet del Instituto www.inee.edu.mx.
La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Transitorios
Primero. La presente convocatoria, de conformidad con el artículo 40 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, deberá hacerse del conocimiento público a través de la página de Internet del Instituto www.inee.edu.mx
Segundo. La presente Convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Tercero. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias a efecto de que la presente Convocatoria se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a veintiséis de febrero de dos mil dieciocho.- Así lo aprobó la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en la Segunda Sesión Extraordinaria de dos mil dieciocho, celebrada el veintiséis de febrero de dos mil dieciocho. Acuerdo número SEJG/02-18/03,R. El Consejero Presidente, Eduardo Backhoff Escudero.- Los Consejeros: Teresa Bracho González, Gilberto Ramón Guevara Niebla, Sylvia Irene Schmelkes del Valle y Margarita María Zorrilla Fierro.
El Director General de Asuntos Jurídicos, Agustín E. Carrillo Suárez.- Rúbrica.
(R.- 464122)
 
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 28/03/2024

UDIS
8.112543

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024