|
|
DOF: 17/04/2018 |
ACUERDO por el que se emiten las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Secretaría de Gobernación y se delegan facultades a servidores públicos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servic ACUERDO por el que se emiten las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Secretaría de Gobernación y se delegan facultades a servidores públicos de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario de Gobernación, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 14 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 4 y 5, fracción XLI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; capítulo primero de los "Lineamientos Generales para la expedición de Políticas, Bases y Lineamientos" del "Acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obras públicas y servicios relacionados con las mismas", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre de 2010; artículo primero, fracción II, en relación con el segundo, fracción II del "Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2010, así como su Acuerdo modificatorio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2012, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 dispone en la Meta IV. "México Próspero", Objetivo 4.8. "Desarrollar los sectores estratégicos del país", la Estrategia 4.8.3. "Orientar y hacer más eficiente el gasto público para fortalecer el mercado interno", la cual tiene entre otras líneas de acción, "Promover las contrataciones del sector público como herramienta para operar programas de desarrollo de proveedores enfocados a incrementar la participación de empresas nacionales en la cadena de valor y mejorar las condiciones de compra para las dependencias y entidades"; Que las presentes Políticas, Bases y Lineamientos dotan a la Secretaría de Gobernación del marco normativo interno que, en congruencia con la legislación y disposiciones administrativas aplicables, deben observar los procesos para la adquisición de bienes, arrendamientos y contratación de servicios, con el fin de, en cumplimiento de las atribuciones de esta dependencia, asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; Que las Políticas, Bases y Lineamientos definen criterios claros para la adquisición y arrendamiento de bienes muebles, y la contratación de servicios; mejoran la eficiencia; fortalecen la transparencia de los procesos y dotan de seguridad jurídica tanto a los servidores públicos como a los proveedores que participan en los procedimientos de contratación de la dependencia, y Que en la Sexta Sesión Ordinaria de 2017, el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación dictaminó favorablemente las Políticas, Bases y Lineamientos, mismas que fueron registrados en el Sistema de Administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal (SANI-APF), he tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO Artículo 1. Se emiten las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de la Secretaría de Gobernación (POBALINES), de aplicación general y observancia obligatoria para las unidades administrativas de la dependencia y sus órganos administrativos desconcentrados, las cuales tienen el propósito de regular los procedimientos para la adquisición de bienes muebles, así como la contratación de arrendamientos y de los servicios previstos en el artículo 3 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Estas POBALINES se encontrarán disponibles para su consulta en el Sistema de Normas de la Administración Pública Federal a cargo de la Secretaría de la Función Pública, así como en la página de internet de la Secretaría de Gobernación. En los procedimientos para la adquisición de bienes muebles, así como la contratación de arrendamientos y de los servicios, el Centro de Investigación de Seguridad Nacional y el Instituto Nacional de Migración, se regirán por sus respectivas POBALlNES, sin embargo, deben participar en los procedimientos de contrataciones consolidadas a que refieren las POBALlNES de la Secretaría de Gobernación. Asimismo, están obligados a designar a los servidores públicos que participen como invitados en el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación, y a remitir, para efectos de integración, la información a que refieren los artículos 22, fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 23 de su Reglamento. Artículo 2. Se delega en los funcionarios establecidos en el numeral VI.8.1.5 de las POBALINES, la responsabilidad de suscribir los contratos y pedidos, con base en los montos de contratación, ello sin perjuicio de las atribuciones establecidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Todos los procedimientos que hayan iniciado antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo, continuarán su trámite en términos de las POBALINES vigentes al momento del inicio del procedimiento de contratación hasta su total conclusión. TERCERO.- Los actuales Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de los Órganos Administrativos Desconcentrados que cuenten con autorización de la Secretaría de la Función Pública de acuerdo con lo establecido en el antepenúltimo y penúltimo párrafos del artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público seguirán funcionando. Estos Comités deben actualizar sus respectivos Manuales de Integración y Funcionamiento conforme a las POBALINES vigentes, dentro de los noventa días naturales siguientes a la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación. CUARTO.- Los actuales Manuales de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación y del Subcomité Revisor de Bases para las Licitaciones Públicas e Invitaciones a Cuando Menos Tres Personas de la Secretaría de Gobernación seguirán funcionando por los próximos noventa días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Acuerdo. En este lapso deberán presentar y aprobar los nuevos Manuales de Integración y Funcionamiento de ambos órganos colegiados, en concordancia con la estructura orgánica descrita en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación, así como con los Manuales de Organización Específicos de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la dependencia. Dado en la Ciudad de México, a 12 de abril de 2018.- El Secretario de Gobernación, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|