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DOF: 26/04/2018
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-564-103-ANCE-2017

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-564-103-ANCE-2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-564-103-ANCE-2017, EQUIPOS DE DESCONEXIÓN DE ALTA TENSIÓN Y SU CONTROL-PARTE 103: INTERRUPTORES PARA TENSIONES DE 1 kV HASTA 52 kV DE CORRIENTE ALTERNA.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 de su Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 22 fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C." El texto completo de la Norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho Organismo ubicado en Av. Lázaro Cárdenas número 869, colonia Nueva Industrial Vallejo, código postal 07700, Ciudad de México, teléfono: 5747 4550 y/o al correo electrónico: vnormas@ance.org.mx., o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
La presente Norma Mexicana NMX-J-564-103-ANCE-2017 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20171020152906411.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-564-103-ANCE-2017
Equipos de desconexión de alta tensión y su control-Parte 103: Interruptores para tensiones de 1 kv hasta 52 kv de corriente alterna.
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana aplica para interruptores y desconectadores de corriente alterna trifásicos para su función de conmutación, que tiene relaciones de corriente de conexión y desconexión, para instalaciones interiores y exteriores para tensiones nominales de 1 kV hasta 52 kV y para frecuencias nominales de 16 2/3 Hz hasta 60 Hz. Esta norma aplica también a interruptores de un solo polo que se utilizan en sistemas trifásicos.
Esta norma aplica también a los dispositivos de operación de estos interruptores y a los equipos auxiliares.
Los desconectadores también se cubren por la norma NMX-J-564/102-ANCE-2009 para su función de desconexión.
Los dispositivos que requieren una operación manual dependiente no se cubren por esta norma.
Los principios generales y provisiones de esta norma aplican también a interruptores de un solo polo que se destinan para la aplicación en sistemas monofásicos. Los requisitos para pruebas dieléctricas y las pruebas de conexión y desconexión pueden estar de acuerdo con los requisitos de la aplicación específica.
Esta norma establece requisitos para interruptores de propósitos general, limitado y especial, que se utilizan en sistemas de distribución.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta NMX-J-564-103-ANCE-2017, Equipos de desconexión de alta tensión y su control-Parte 103: Interruptores para tensiones de 1 kV hasta 52 kV de corriente alterna, tiene concordancia MODIFICADA con la Norma Internacional "IEC 62271-103 High-voltage switchgear and controlgear-Part 103: Switches for rated voltages above 1 kV up to and including 52 kV, ed1.0 (2011-16) y su corrección 1 (2013-10)" y difiere en los puntos siguientes:
 
1.1, 6.6, 6.101.6.1, 6.101.6.5 y Tabla 10.
Para esta Norma Mexicana la frecuencia de operación de la red es de 60 Hz. De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de operación diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos.
2, 4, 4.1, 4.3, 4.4, 4.6, 4.8, 4.9, 5, 5.1, 5.2, 5.4, 5.8, 5.12, 5.14, 5.17, 5.102, 6, 6.1, 6.2, 6.4, 6.5, 6.6, 6.9, 6.10.5, 6.10.6, 6.11, 8.103, 9.1 y 9.2.
Para esta Norma Mexicana, debe sustituirse la referencia a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente. Para lo anterior se presenta una tabla con la referencia cruzada y el capítulo/inciso donde aplica el cambio para cada una de las Normas Internacionales referidas en esta Norma Mexicana.
Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.
4.110, 4.112, Tabla 5, Tabla 6 y 6.101.7.6.
Para esta Norma Mexicana la referencia a las Normas Internacionales que se mencionan a continuación, se consideran de carácter informativo en tanto se desarrolla la Norma Mexicana correspondiente. Para lo anterior, a continuación se presenta una Tabla con la referencia cruzada y el capítulo/inciso donde aplica el cambio para cada una de las Normas Internacionales referidas en esta Norma Mexicana.
Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
6.2.9.
Para esta Norma Mexicana el cumplimiento de la evaluación de componentes se considera de manera informativa.
Lo anterior debido a que la conformidad de los componentes queda validada en su conjunto cuando el interruptor cumple con los requisitos de la presente norma.
El cumplimiento de las normas de componentes se considera de relevancia para lograr los requisitos de seguridad de esta norma. Sin embargo para no extender el periodo de evaluación de la conformidad, para México los componentes no se evalúan. Lo anterior no excluye al fabricante de asegurarse cumplir los aspectos de seguridad para los componentes de sus productos.
9.1.
Para esta Norma Mexicana se corrige la referencia a 8.2, debiendo ser la referencia correcta a 8.102
 
Bibliografía
·  IEC 62271-103 ed1.0 (2011-06), High-voltage switchgear and controlgear-Part 103: Switches for rated voltages above 1 kV up to and including 52 kV.
·  IEC 62271-103 ed1.0 (2013-10)/COR1:2013, Corrigendum 1-High-voltage switchgear and controlgear-Part 103: Switches for rated voltages above 1 kV up to and including 52 kV.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 15 de febrero de 2018.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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