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DOF: 15/06/2018
CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-IMSS 2018

CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-IMSS 2018.

CONVENIO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. RODOLFO TUIRÁN GUTIÉRREZ, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL MTRO. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "EL IMSS", REPRESENTADO POR EL MTRO. TUFFIC MIGUEL ORTEGA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL DR. JOSÉ DE JESÚS ARRIAGA DÁVILA, DIRECTOR DE PRESTACIONES MÉDICAS Y LA DRA. ANA CAROLINA SEPÚLVEDA VILDÓSOLA, TITULAR DE LA UNIDAD DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN Y POLÍTICAS DE SALUD; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES
Primero.- El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, contempla dentro de su Meta Nacional número 3, "México con Educación de Calidad", en su objetivo 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategia 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población"; establece en sus líneas de acción, "Fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior; y establecer alianzas con Instituciones de Educación Superior y organizaciones sociales, con el fin de disminuir el analfabetismo y el rezago educativo".
Segundo.- La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a las y los alumnos(as).
Tercero.- El Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del objetivo 2. "Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo", a fin de que contribuyan al desarrollo de México.
Cuarto.- Con fecha 28 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 23/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas".
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que el Dr. Rodolfo Tuirán Gutiérrez, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2018, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 4 3 9 01 1 1 09.
I.4.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle de Brasil, No.
31, oficina 306, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- De "EL IMSS":
II.1.- Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo la organización y administración del Seguro Social, que es el instrumento básico de la Seguridad Social, como un servicio público de carácter nacional, en los términos de los artículos 4 y 5 de la Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995 y su última reforma el 12 de noviembre de 2015.
II.2.- Que de conformidad con el artículo 251, fracciones IV, XX y XXIV de la Ley del Seguro Social, tiene entre sus atribuciones realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con sus fines; establecer coordinación con las dependencias y entidades de las Administraciones Públicas Federal, Estatales y Municipales, para el cumplimiento de sus objetivos; así como promover y propiciar la realización de investigación en salud y seguridad social, utilizándola como una herramienta para la generación de nuevos conocimientos, para la mejoría de la calidad de la atención que otorga y para la formación y capacitación de su personal.
II.3.- Que el Mtro. Tuffic Miguel Ortega, en su carácter de Director General, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 268, fracciones III y IX de la Ley del Seguro Social, y 66, fracción I del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con la Escritura Pública No. 86,835 de fecha 22 de diciembre de 2017, otorgada ante la fe del Licenciado Benito Iván Guerra Silla, Notario Público No. 7 de la Ciudad de México, así como con el nombramiento expedido a su favor por el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto, inscrito en el Registro Público de Organismos Descentralizados, bajo el folio 97-5-08012018-105350, de fecha 8 de enero de 2018.
II.4.- Que el Dr. José de Jesús Arriaga Dávila, en su carácter de Director de Prestaciones Médicas, participa en la suscripción del presente convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 268 A, de la Ley del Seguro Social; 2 fracción V, 3 fracción II, inciso g), 6 fracción I, y 82 fracciones III y XXI del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como el nombramiento expedido a su favor, aprobado por el H. Consejo Técnico del Instituto, mediante Acuerdo No. ACDO.DN.HCT.300915/208.P.DG de fecha 16 de octubre de 2015.
II.5.- Que la Dra. Ana Carolina Sepúlveda Vildósola, Titular de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud, participa en la suscripción del presente convenio, de conformidad con lo establecido en los artículos 268 A de la Ley del Seguro Social; 2 fracción V, 3 fracción II, inciso g), 6 fracción I y 82 último párrafo, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y numeral 8.1.3 del Manual de Organización de la Dirección de Prestaciones Médicas, así como el nombramiento expedido a su favor, aprobado por el H. Consejo Técnico del Instituto, mediante Acuerdo No. ACDO.DN.HCT.270116/5.P.DG de fecha 1 de febrero de 2016.
II.6.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en Avenida Paseo de la Reforma No. 476, 2o. piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México.
Una vez manifestado lo anterior, con base en los fines y objetivos que conforme a sus respectivos ámbitos de competencia y de su actuación tienen encomendados y atendiendo al interés de ambas partes, han decidido celebrar este convenio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto de este convenio, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2018 para el otorgamiento de hasta 183 (ciento ochenta y tres) Becas de Capacitación, a estudiantes y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brinden servicios de salud en las unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS" participando en los Programas de Profesionalización Docente, Capacitación en Enfermedades Específicas y en Enfermedades
Crónico-Degenerativas que resulten Beneficiarias(os) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-IMSS 2018", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con lo establecido en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por las partes, forma parte integrante del presente instrumento.
SEGUNDA.- "LA SEP", en cumplimiento al objeto de este convenio, se obliga a:
A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2018, la cantidad de $33'000,000.00 (Treinta y Tres Millones de Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) Beneficiarios(as) del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico, conforme a las especificaciones que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n);
B).- Coordinarse con la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud y con su Coordinación de Educación en Salud de "EL IMSS", por conducto de su Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior (CNBES), para establecer un mecanismo de seguimiento y evaluación del "Programa", a efecto de verificar su cumplimiento y objetivos hasta su total conclusión;
C).- Asesorar a "EL IMSS", respecto de lo previsto en "Las Reglas" y brindarle las facilidades que requiera para la realización de las actividades acordadas en este convenio y su Anexo de Ejecución;
D).- Reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal correspondiente no se hayan devengado, y
E).- Realizar las demás actividades que acuerde previamente con "EL IMSS", las que le correspondan derivadas de este convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquéllas aplicables previstas en "Las Reglas".
TERCERA.- Por su parte, "EL IMSS", se obliga a:
A).- Elaborar la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) y someterla(s) a la consideración de la CNBES;
B).- Invitar a los(as) estudiantes que soliciten una beca en los términos del "Programa", a que proporcionen su información general y específica a través del medio electrónico establecido por la CNBES, mediante el llenado de una solicitud de apoyo, el cual contiene preguntas que le permitirán perfilar a todos(as) los(as) solicitantes, logrando contar con la información necesaria para la evaluación de los requisitos solicitados para ser Beneficiario(a) de una beca. Dicha información se capturará a través de la página web que sea determinada para dicho fin por "LA SEP", por conducto de la CNBES;
C).- Entregar por escrito a la CNBES, los informes técnicos parciales detallados que le solicite, referentes a la aplicación del "Programa", dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre, de conformidad con lo establecido en el Anexo de Ejecución del presente convenio;
D).- Entregar por escrito a la CNBES, un informe técnico final detallado referente a la aplicación del "Programa" dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al término de vigencia del presente convenio, de conformidad con lo establecido en su Anexo de Ejecución;
E).- Facilitar la fiscalización de los recursos federales que le aporte "LA SEP", que realice la Auditoría Superior de la Federación, en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, así como rendir cuentas sobre su ejercicio en los términos de las disposiciones aplicables;
F).- Realizar las demás actividades que le correspondan indicadas en el presente convenio y su Anexo de Ejecución, así como aquellas que acuerde por escrito con la CNBES, para el mejor cumplimiento del "Programa", y
G).- Cumplir en lo concerniente lo especificado en "Las Reglas".
CUARTA.- Para los efectos de enlace, coordinación, desarrollo, evaluación y seguimiento del objeto de este convenio, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su ejecución, "LA SEP" y "EL IMSS" acuerdan designar como responsables a:
 
Por "LA SEP": Al Titular de la CNBES.
Por "EL IMSS": A la Dra. Ana Carolina Sepúlveda Vildósola, Titular de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud.
QUINTA.- "EL IMSS" se obliga a compartir con "LA SEP" los créditos y reconocimientos en la difusión, promoción, publicaciones y resultados que se obtengan con motivo de este convenio, mismo que realizará mediante la inclusión de la siguiente leyenda:
"Programa realizado con financiamiento de la Secretaría de Educación Pública".
SEXTA.- El presente convenio no podrá interpretarse de ninguna manera como sustituto de cualquier tipo de asociación o vínculo de carácter laboral entre las partes, por lo tanto, las relaciones laborales se mantendrán en todos los casos entre la institución contratante y sus respectivos(as) empleados(as) o trabajadores(as), aún en los casos de trabajos realizados conjuntamente y que se desarrollen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de las partes.
SÉPTIMA.- Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se pudieran causar o derivar en caso de incumplimiento parcial o total de las acciones señaladas en este instrumento como consecuencia del paro de labores académicas o administrativas, caso fortuito o de fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las acciones en la forma y términos que determinen las partes por escrito.
OCTAVA.- Las partes acuerdan que, en la publicidad que adquieran para la difusión y en la papelería y documentación oficial para el "Programa", deberán incluir, claramente visible y audible según corresponda, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
NOVENA.- Las partes acuerdan en tratar como confidencial toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento, excepto aquella que deba considerarse pública en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Por lo que se refiere al tratamiento, resguardo y transmisión de datos personales, las partes se comprometen a observar la normativa aplicable en dicha materia.
DÉCIMA.- La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y concluirá el día 31 de diciembre de 2018, en el entendido de que sólo se refiere a la aplicación de recursos públicos federales extraordinarios del ejercicio fiscal 2018, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales; podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes o concluido con anticipación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de las partes con 60 (sesenta) días naturales de anticipación; en este último caso, las partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros.
DÉCIMA PRIMERA.- Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que en caso de presentarse alguna duda respecto a su interpretación o incumplimiento, ésta será resuelta de mutuo acuerdo y, en el supuesto de que no se logrará lo anterior, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este convenio, lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, el día 27 de abril de 2018.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por el IMSS: el Director General, Tuffic Miguel Ortega.- Rúbrica.- El Director de Prestaciones Médicas, José de Jesús Arriaga Dávila.- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud, Ana Carolina Sepúlveda Vildósola.- Rúbrica.
 
ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL CON FECHA 27 DE ABRIL DE 2018.
"LA SEP" proporcionará apoyo financiero por la cantidad de $33'000,000.00 (Treinta y Tres Millones de Pesos 00/100 M.N.), para que se destine exclusivamente al desarrollo del "Programa" que a continuación se señala:
Título del Programa: "Programa de Capacitación SEP-IMSS 2018".
Estructura del Programa: El programa considera la implementación de tres vertientes denominadas:
1.    Programa de Profesionalización Docente
2.    Programa de Capacitación en Enfermedades Específicas
3.    Programa de Capacitación en Enfermedades Crónico-Degenerativas
Unidad Ejecutora: Instituto Mexicano del Seguro Social
Responsable del Programa: La Dra. Ana Carolina Sepúlveda Vildósola, Titular de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud.
Periodo de vigencia del Convenio: De la firma del presente instrumento al 31 de diciembre de 2018.
Periodo de ejecución del Programa: De la firma del presente instrumento al 30 de noviembre de 2018.
Objetivo General del Programa: Otorgar hasta 183 (ciento ochenta y tres) Becas de Capacitación a estudiantes y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brindan servicios de salud en las unidades médicas de "EL IMSS".
Metas:
1.     Programa de Profesionalización Docente: Apoyar el desarrollo profesional y académico de docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brindan sus servicios en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS", para efectuar estancias profesionales en instituciones educativas en el extranjero que propicien el conocimiento en la Gestión Docente en Salud aplicados a su quehacer dentro de las unidades médicas y/o áreas administrativas dentro de "EL IMSS", entre otros, en los siguientes temas: Gestión Docente en Salud, Desarrollo Profesional Continuo, Métodos de Didáctica y Pedagogía en Salud, Calidad en la Docencia, Liderazgo, Procesos de la Globalización Educativa, Administración de la Educación, Sistemas Docentes, Milestones, Uso de TIC ´s.
2.     Programa de Capacitación en Enfermedades Específicas: Apoyar el desarrollo profesional y académico de estudiantes y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brinda sus servicios en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS", para efectuar estancias profesionales en instituciones educativas en el extranjero que propicien el conocimiento de Enfermedades Específicas incentivando el conocimiento en la detección y prevención así como su manejo y actualización en los métodos de diagnóstico y terapéuticas para beneficio en la atención de la población derechohabiente en unidades médicas de "EL IMSS".
3.     Programa de Capacitación en Enfermedades Crónico-Degenerativas: Apoyar el desarrollo profesional y académico de estudiantes y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brindan sus servicios en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS", para efectuar estancias profesionales en instituciones educativas en el extranjero que propicien el conocimiento en Enfermedades Crónico-Degenerativos (Diabetes mellitus, sobrepeso y obesidad, cáncer, atención neonatal, ateroesclerosis, enfermedades cardiovasculares, enfermedades respiratorias), aplicados a su quehacer asistencial dentro de las unidades médicas de "EL IMSS", para favorecer la prevención, diagnóstico y manejo de las principales causas de morbilidad y mortalidad en el país.
En la(s) convocatoria(s) correspondiente(s) que deberá(n) publicarse en la página oficial de la CNBES, además de los requisitos que deben cumplir los(as) Beneficiarios(as), deberán especificarse los compromisos de cada becario(a) una vez concluido el "Programa", incluyendo la presentación de un informe de los logros y beneficios obtenidos, de acuerdo con un plan de actividades específicas a realizar en la unidad médica en la que se encuentre adscrito.
Los(as) Beneficiarios(as) deberán acreditar el cumplimiento de la capacitación para la que fueran aceptados, mediante certificado o constancia emitida por la institución educativa o de salud receptora, misma que deberá ser presentada a la Coordinación de Educación en Salud de "EL IMSS", junto con informes mensuales respecto a sus avances y logros, con la finalidad de corroborar el aprovechamiento y funcionamiento del "Programa".
 
"EL IMSS", por conducto de su Coordinación de Educación en Salud, deberá validar la información documental de estudiantes y docentes que se encuentren realizando actividades en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS" que sean seleccionados para el otorgamiento de una beca, en las vertientes y plazos previstos en las convocatorias correspondientes al "Programa" objeto del presente instrumento, expidiendo para cada Beneficiario(a), el oficio de postulación dirigido a la CNBES constatando que el postulante reúne los requisitos para ser Beneficiario(a) conforme a "Las Reglas", que no cuenta con otro apoyo de recursos federales para el mismo objetivo, que ha sido aceptado para realizar la capacitación de que se trate y que cuenta con anuencia de "EL IMSS" para participar en la convocatoria correspondiente.
"EL IMSS" informará oportunamente a "LA SEP", respecto a las actividades que realicen los becarios(as), así como las bajas y/o cancelaciones de beca. Todos(as) los(as) Beneficiarios(as) deberán acreditar el total de materias y actividades contempladas en el programa respectivo.
La beca consiste en un apoyo financiero que deberá otorgarse a cada Beneficiario(a) mediante trasferencia bancaria vía Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF) a la cuenta con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) que pertenezca al/a la Beneficiario(a), misma que deberá ser previamente registrada en el Sistema Único de Beneficiarios de Educación Superior (SUBES), conforme a lo siguiente:
1. Programa de Profesionalización Docente
Objetivo
Capacitar en la mejora de la gestión docente en los Servicios de Salud.
Población Objetivo
Hasta 70 (setenta) docentes que se encuentren realizando actividades en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS", participando en programas de Educación para la Salud, o sea interés de "EL IMSS" para atender situaciones en específico de capacitación en los programas de Educación en Salud, Residencias Médicas, Formación de Personal Profesional y Profesionales de Educación en Salud en funciones administrativas.
Instituciones Receptoras
-     Accreditation Council for Graduate Medical Education (ACGME), en Estados Unidos de América. (Hasta 20 Beneficiarios (as)).
-     Royal College of Physicians and Surgeons of Canada, en Canadá. (Hasta 50 Beneficiarios (as)).
Modalidad
Capacitación
Duración de la capacitación
1 semana dentro de los meses de abril a noviembre de 2018
Monto de la Beca
Hasta $120,000.00 (Ciento Veinte Mil Pesos 00/100 M.N.)
Contenido y descripción del
programa
El programa comprende la enseñanza de los siguientes temas:
-     Gestión Docente en Salud
-     Desarrollo Profesional Continuo
-     Métodos de Didáctica y Pedagogía en Salud
-     Calidad en la Docencia
-     Liderazgo
-     Procesos de la Globalización Educativa
-     Administración de la Educación
-     Sistemas Docentes
-     Milestones
-     Uso de TIC ´s
-     Evaluación sumativa
-     Principios básicos de la evaluación
 
2. Programa de Capacitación en Enfermedades Especificas
Objetivo
Capacitar al personal del área de la salud en la prevención, diagnóstico y manejo de enfermedades específicas de alto grado de especialización médica, para acceder a diagnósticos con mayor oportunidad y manejos terapéuticos de última implementación en el mundo.
Población objetivo
Hasta 72 (setenta y dos) alumnos y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brindan sus servicios en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS", y/o que sea del interés particular de "EL IMSS".
Instituciones Receptoras
-     Cleveland Clinic, en Estados Unidos de América. (Hasta 4 Beneficiarios (as)).
-     Center for Advanced Medical Learning and Simulation, Tampa, en Estados Unidos de América. (Hasta 50 Beneficiarios (as)).
-     SLK Cliniken, Heilbronn, en Alemania. (Hasta 4 Beneficiarios (as)).
-     Piedmont Heart, Atlanta, en Estados Unidos de América. (Hasta 6 Beneficiarios (as)).
-     Hospital Carlos III, en España (Hasta 2 Beneficiarios).
-     Hospital Clinic, Barcelona, en España. (Hasta 2 Beneficiarios (as)).
-     University College London Hospital, en Reino Unido. (Hasta 4 Beneficiarios (as)).
Modalidad
Capacitación
Duración de la capacitación
De 1 semana y máximo de 6 semanas comprendidas dentro de los meses abril a noviembre de 2018
Montos de la Beca
 
No. Becas
Monto de la Beca
64
Hasta $210,000.00 (Doscientos Diez Mil Pesos 00/100 M.N.)
4
Hasta $410,000.00 (Cuatrocientos Diez Mil Pesos 00/100 M.N.)
4
Hasta $300,000.00 (Trescientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
 
Contenido y descripción del
Programa
Prevención, diagnóstico y manejo de enfermedades específicas que requieran de las competencias profesionales de médicos con alto grado de especialización.
 
3. Programa Capacitación de Enfermedades Crónico-Degenerativas
Objetivo
Capacitar al personal del área de la salud en la prevención, diagnóstico y manejo de las principales causas de morbilidad y mortalidad en el país.
Población objetivo
Hasta 41 (cuarenta y un) alumnos y/o docentes de Instituciones Públicas de Educación Superior que brindan sus servicios en unidades médicas y/o educativas de "EL IMSS".
Instituciones receptoras
-     Children's Hospital of Philadelphia, en Estados Unidos de América. (Hasta 2 Beneficiarios (as)).
-     Hospitales Civiles de París, Francia (Hasta 10 Beneficiarios (as)).
-     Joslin Diabetes Center, en Estados Unidos de América (Hasta 29 Beneficiarios (as)).
Modalidad
Capacitación
Duración de la capacitación
De 1 semana y máximo de 8 semanas comprendidas dentro de los meses abril a noviembre de 2018
Montos de la Beca
 
No. Becas
Monto de la Beca
2
Hasta $225,000.00 (Doscientos Veinticinco Mil Pesos 00/100 M.N.)
10
Hasta $410,000.00 (Cuatrocientos Diez Mil Pesos 00/100 M.N.)
29
Hasta $130,000.00 (Ciento Treinta Mil Pesos 00/100 M.N.)
 
 
 
Contenido y descripción del
programa
Enfermedades Crónico-Degenerativas:
1.    Diabetes Mellitus
2.    Sobrepeso y Obesidad
3.    Cáncer
4.    Atención neonatal
5.    Ateroesclerosis
6.    Enfermedades Cardiovasculares
7.    Enfermedades Respiratorias
Costo Total del Programa
(183 Becarios (as))
 
Vertiente 1
$8'400,000.00 (Ocho Millones Cuatrocientos Mil Pesos 00/100 M.N.)
00/100 M.N.)
Vertiente 3
$8'320,000.00 (Ocho Millones Trescientos Veinte Mil Pesos 00/100 M.N.)
Total
$33'000,000.000 (Treinta y Tres Millones de Pesos 00/100 M.N.)
El pago de la beca se realizará conforme al calendario y términos que se precisen en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n), previa integración y publicación del padrón de Beneficiario(a) definitivo, y con cargo al ejercicio fiscal 2018.
 
En caso fortuito de que se presentarán eventualidades técnicas en el SUBES por un periodo superior a 48 horas, la CNBES informará el proceso a seguir para continuar con la operación de la beca.
Informe técnico
La CNBES establece los requisitos técnicos necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos.
Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes datos:
-      Nombre del convenio. Éste debe corresponder al estipulado en el documento por medio del cual se suscribe dicho convenio.
-      Año de elaboración del convenio. Fecha en que se firma el convenio.
-      Nombre del "Programa". Nombre que aparece en el convenio por el cual se suscribe el "Programa".
-      Objetivo del "Programa". Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el "Programa" contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del "Programa".
-      Vigencia del "Programa". La duración esperada en que se ejecutará y completará el proyecto suscrito en el convenio.
-      Responsables de la operación del "Programa" junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en el convenio y a quién se le solicitará información si es que la CNBES la requiere.
-      Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del "Programa", para ello deberán integrar la siguiente información:
o    Cobertura del "Programa". Alcance territorial del "Programa", utilizando la división política del territorio nacional se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del "Programa".
o    Características de los(as) Beneficiarios (as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser Beneficiarios (as) del "Programa".
o    Requisitos de los Beneficiarios (as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el "Programa" busca beneficiar.
o    Criterios de selección de los(as) Beneficiarios (as). Las valoraciones que realizarán los encargados del "Programa" para elegir a los(as) Beneficiarios (as) del mismo. Estás valoraciones o criterios deberán enlistarse y ordenarse de mayor a menor importancia.
o    Tipos de apoyo. Especificar la naturaleza de los apoyos que se darán para alcanzar el objeto estipulado en el convenio. Los apoyos pueden ser becas, materiales, cursos entre otros.
o    Los mecanismos de entrega de los apoyos. Estipular en forma de procedimiento la operación del "Programa" y la entrega de los apoyos estipulados en el convenio. En este apartado se deberá agregar un diagrama de flujo que ilustre la operación del "Programa", con el fin de transparentar y obtener información organizada del uso de los recursos.
-      Informe de resultados del "Programa", que fortalezca la rendición de cuentas y la evaluación de los recursos entregados, por medio del convenio.
-      Un padrón de Beneficiarios (as) que contenga las siguientes variables de acuerdo al Decreto de
Creación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 12 enero de 2006:
o    CURP
o    Primer apellido del (de la) Beneficiario(a)
o    Segundo apellido del (de la) Beneficiario(a)
o    Nombre completo del (de la) Beneficiario(a)
o    Fecha de nacimiento
o    Entidad federativa de nacimiento
o    Sexo o
o    Identificación del domicilio geográfico del (de la) Beneficiario(a) con los siguientes datos:
o    Clave del estado civil
o    Tipo de vialidad (Catálogo INEGI)
o    Nombre de la vialidad
o    Nombre compuesto de la carretera
o    Nombre Compuesto del Camino
o    Número exterior 1
o    Número exterior 2
o    Parte Alfanumérica del Número Exterior
o    Tipo del asentamiento humano-Catálogo INEGI
o    Nombre del Asentamiento Humano
o    Código Postal
o    Nombre de la Localidad
o    Clave de la Localidad
o    Nombre del Municipio o Delegación-o equivalente Catálogo INEGI
o    Clave del Municipio o Delegación-o equivalente Catálogo INEGI
o    Nombre de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Clave de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Tipo de vialidad de la Entidad Federativa-Catálogo INEGI
o    Nombre de la primera de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o    Tipo de vialidad
o    Nombre de la segunda de las entre vialidades en donde está establecido el domicilio geográfico de interés
o    Tipo de vialidad
-      Adicionalmente el padrón de Beneficiarios(as) deberá contener las siguientes variables:
o    Si el/la Beneficiario(a) pertenece a una comunidad indígena.
o    Si el/la Beneficiario(a) presenta alguna discapacidad motriz, de lenguaje o de aprendizaje.
o    Si el/la Beneficiario(a) está inscrito en el padrón de PROSPERA.
o    Número de integrantes de la familia nuclear del (la) Beneficiario(a).
o    Nivel de ingreso.
-      Indicadores para resultados, de gestión, impacto con perspectiva de género, o aquellos que se hayan definido con la CNBES.
 
-      Flujograma de los procesos relacionados con la convocatoria, selección de Beneficiarios(as), dispersión de pagos, comprobación de pagos y los que se hayan acordado con la CNBES.
-      Listado (Nombre y Cargo) de los(as) responsables de operar el "Programa".
-      Actas de comité, minutas de sesión o cualquier documento del órgano encargado de la operación del "Programa", del que deriven los acuerdos relacionados con los Beneficiarios(as).
Enteradas las partes del contenido y alcance de este Anexo de Ejecución lo firman en cinco tantos en la Ciudad de México, el día 27 de abril de 2018.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Rodolfo Tuirán Gutiérrez.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por el IMSS: el Director General, Tuffic Miguel Ortega.- Rúbrica.- El Director de Prestaciones Médicas, José de Jesús Arriaga Dávila.- Rúbrica.- La Titular de la Unidad de Educación, Investigación y Políticas de Salud, Ana Carolina Sepúlveda Vildósola.- Rúbrica.
 

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