DOF: 11/07/2018
DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 30 de junio de 2018 en el Municipio de Celaya del Estado de Guanajuato y por inundación fluvial ocurrida los días 28, 29 y 30 de junio de 2018 en 5 municipios de dicha entidad f

DECLARATORIA de Emergencia por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 30 de junio de 2018 en el Municipio de Celaya del Estado de Guanajuato y por inundación fluvial ocurrida los días 28, 29 y 30 de junio de 2018 en 5 municipios de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales); y 10 del "Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN" (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número DSP-080/30062018, recibido con fecha 30 de junio de 2018 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), y suscrito por el Gobernador del Estado de Guanajuato, Miguel Márquez Márquez, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Comonfort, Celaya, Villagrán, Apaseo el Grande, Silao y Abasolo de dicha entidad federativa, por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial y pluvial ocurrida del 28 al 30 de junio de 2018; ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1154/2018, de fecha 30 de junio de 2018, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Guanajuato solicitados en el oficio número DSP-080/30062018 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-331 de fecha 3 de julio de 2018, la CONAGUA emitió el dictamen técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa el día 30 de junio de 2018 para el municipio de Celaya del Estado de Guanajuato, así como inundación fluvial los días 28, 29 y 30 de junio de 2018 para los municipios de Comonfort, Celaya, Villagrán, Apaseo el Grande y Abasolo de dicha Entidad Federativa.
Que el día 3 de julio de 2018, se emitió el Boletín de Prensa número 199/18, mediante el cual se dio a conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC emite una Declaratoria de Emergencia para los municipios de Comonfort, Celaya, Villagrán, Apaseo el Grande y Abasolo del Estado de Guanajuato por la presencia de lluvia severa e inundación fluvial ocurridas del 28 al 30 de junio de 2018, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE LLUVIA SEVERA OCURRIDA EL DÍA 30
DE JUNIO DE 2018 EN EL MUNICIPIO DE CELAYA DEL ESTADO DE GUANAJUATO Y POR
INUNDACIÓN FLUVIAL OCURRIDA LOS DÍAS 28, 29 Y 30 DE JUNIO DE 2018 EN 5 MUNICIPIOS DE
DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
Artículo 1o.- Se declara en Emergencia al municipio de Celaya del Estado de Guanajuato por la presencia de lluvia severa ocurrida el día 30 de junio de 2018, y a los municipios de Comonfort, Celaya, Villagrán, Apaseo el Grande y Abasolo de dicha Entidad Federativa por la presencia de inundación fluvial ocurrida los días 28, 29 y 30 de junio de 2018.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Guanajuato pueda acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10, fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a tres de julio de dos mil dieciocho.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
 

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