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DOF: 10/08/2018
ANEXO Técnico de Ejecución Específico que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Morelos, con el objeto de conjuntar esfuerzos y recursos para la operación de los Componentes Extensionismo,

ANEXO Técnico de Ejecución Específico que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Morelos, con el objeto de conjuntar esfuerzos y recursos para la operación de los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), y Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales del Programa de Apoyos a Pequeños Productores para el ejercicio presupuestal 2018.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 DEL ESTADO DE
MORELOS.
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN 2018 QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. RUBÉN TÉLLEZ HUERTA, TITULAR DE LA DELEGACIÓN EN EL ESTADO DE MORELOS, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "DELEGACIÓN", Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL M.A. ROBERTO RUIZ SILVA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES EXTENSIONISMO, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASOCIATIVIDAD PRODUCTIVA; INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE SUELO Y AGUA (EJECUCIÓN NACIONAL), Y PROYECTO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA ZONAS RURALES DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que con fecha 25 de febrero del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general, así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar el desarrollo integral de este sector en el Estado de Morelos.
II.     Que en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo "DPEF", en las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA", en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN", y demás disposiciones legales aplicables que se encuentren vigentes, realizarán una aportación conjunta; por lo que toca a la aportación federal ésta se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente; y a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" sobre la base de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal que corresponda.
       Asimismo, en la referida Cláusula las "PARTES" acordaron en aplicar las "REGLAS DE OPERACIÓN" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal, las que para el ejercicio 2018 son las siguientes:
A.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo sucesivo "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2017; y
B.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo sucesivo "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre de 2017.
III.    Que en la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" se establecen las materias respecto de las cuales las "PARTES" podrán conjuntar esfuerzos y en su caso recursos, para lo cual suscribirán cada ejercicio fiscal el Anexo Técnico de Ejecución correspondiente.
 
IV.   Que en apego a lo establecido en el artículo 35, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, en lo sucesivo el "DPEF 2018", la "SAGARPA" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
       Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
V.    Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1. Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2018" de los siguientes Componentes:
A. Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva;
B. Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional); y
C. Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales,
VI.   Asimismo, las Unidades Responsables en la operación de los citados Componentes son los siguientes:
A. La Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 49, 50, 51 52, 53 y 54 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES";
B. La Dirección General de Producción Rural Sustentable en Zonas Prioritarias, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES"; y
C. La Dirección General de Desarrollo Territorial y Organización Rural, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97, 98, 99, 100, 101, 102 y 103 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
VII.   Que en apego al "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2018", se destinarán recursos para el Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, en los 24 Estados con mayor índice de marginación y pobreza del país.
       Los apoyos serán destinados a población en condición de pobreza y pobreza extrema que realicen o pretendan realizar actividades agropecuarias, acuícolas y piscícolas; siendo el caso, que para el esquema de atención mediante Agencias de Desarrollo Rural (ADR) se operará aplicando la metodología desarrollada por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).
VIII.  Que en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES" se establecen los conceptos, requisitos, procedimientos para acceder a los incentivos y la mecánica operativa de los Componentes materia del presente instrumento.
IX.   Que en la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cada una de las "PARTES" designó un represente para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución siguientes:
       La "SAGARPA" designó como su representante al Titular de la Delegación en el Estado de Morelos,
el cual a la presente fecha se encuentra a cargo del C. Rubén Téllez Huerta; y
       Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" designó como su representante al Secretario de Desarrollo Agropecuario, cargo que a la presente fecha ostenta el M.A. Roberto Ruiz Silva.
DECLARACIONES
I. DE LA "SAGARPA":
I.1.   Que el titular de la "DELEGACIÓN", el C. Rubén Téllez Huerta, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. Apartado C, 35, 36, fracciones I y IX y 37 fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la "SAGARPA", publicado el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", así como en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 2 de mayo de 2007, mediante el cual el Titular de la "SAGARPA" delegó la atribución de suscribir los instrumentos jurídicos derivados de los Convenios de Coordinación firmados entre esta dependencia del Ejecutivo Federal y las 31 Entidades Federativas y el Distrito Federal, indistintamente, a favor de los delegados de la "SAGARPA ".
I.2.   Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Avenida Universidad sin número, colonia Santa María Ahuacatitlán, C.P. 62100, Cuernavaca, Morelos.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1. Que el M.A. Roberto Ruiz Silva en su carácter de Secretario de Desarrollo Agropecuario, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en relación a los artículos 11 fracción VI, 13 fracción VI, 14 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario; la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018".
II.2. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Avenida Atlacomulco sin número, colonia Cantarranas, Cuernavaca, Morelos, código postal 62448.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2. Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución, serán destinados exclusivamente al Programa y Componentes que se señalan en el Apéndice I denominado "Recursos Convenidos Federación-Estado 2018", los cuales forman parte integral del presente instrumento.
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las acciones de las materias consideradas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", para lo cual se definirán los objetivos, líneas de acción, metas programáticas y montos, asignados a los Componentes siguientes:
A. Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva;
B. Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional),
y
C. Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales.
Así como su respectivo cronograma de trabajo; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 del "DPEF 2018", 1, 48, 54, 90, 96, 97, 102 y 103 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
APORTACIONES DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los recursos presupuestales previstos en el "DPEF 2018", las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES" y demás disposiciones legales aplicables, la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" acuerdan realizar una aportación conjunta para los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), y Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, del Programa de Apoyos a Pequeños Productores 2018, hasta por un monto de $85'850,000.00 (Ochenta y cinco millones ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1.     En el Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, hasta un monto de $10'300,000.00 (Diez millones trescientos mil pesos 00/100 M.N.), a cargo de la "SAGARPA" correspondiente hasta el 80% (ochenta por ciento), de aportación federal y sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF 2018" y un monto de hasta $2'575,000.00 (Dos millones quinientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), correspondiente al 20% (veinte por ciento) de aportación estatal a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2018.
2.     En el Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), hasta un monto de $9'500,000.00 (Nueve millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), a cargo de la "SAGARPA" correspondiente al menos el 80% (ochenta por ciento), de aportación federal y sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF 2018"; y un monto de hasta $2'375,000.00 (Dos millones trescientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), correspondiente al 20% (veinte por ciento) de aportación estatal a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2018.
3.     En el Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, la "SAGARPA" aportará la cantidad de hasta $61'100,000.00 (Sesenta y un millones cien mil pesos 00/100 M.N.), que podrá ser de hasta del 100 % (Cien por ciento) de la aportación Federal.
La aportación, distribución y ministración de los recursos señalados se llevarán a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II denominados respectivamente "Recursos Convenidos Federación-Estado 2018" y "Calendario de Ejecución 2018", los cuales forman parte integral del presente instrumento.
Las aportaciones referidas estarán sujetas a las disposiciones previstas en el "DPEF 2018", en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES" y en el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES".
El "GOBIERNO DEL ESTADO" opta por una ministración de los recursos federales en el mes de marzo, para lo cual, previamente depositará en el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Morelos, en lo sucesivo el "FOFAE", en una ministración, el total de los recursos que le corresponde aportar, siendo este documento, el justificatorio para el depósito de la ministración federal correspondiente, según lo señalado en la Cláusula Quinta, párrafo segundo del Convenio de Coordinación 2015- 2018.
De conformidad con lo establecido en artículo 21 del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", del total de los recursos convenidos, tanto federal como estatal, se destinarán hasta un 5.0% (cinco por ciento), para cubrir los gastos de operación.
 
En ese sentido, las "PARTES" acuerdan que la aportación de la totalidad de los gastos de operación de origen federal y estatal se realizará en la primera ministración de recursos que se realicen al "FOFAE" para los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), y Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, del Programa de Apoyos a Pequeños Productores.
Lo anterior, de acuerdo con lo pactado en la Cláusula Octava del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", y la distribución que se establezca en los Apéndices III, IV, V y VI de este instrumento, los cuales forman parte integral del mismo, debiendo atender lo dispuesto en los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA" 2018", aplicables en el ejercicio fiscal 2018, emitidos por el Oficial Mayor de la "SAGARPA".
COMPONENTE EXTENSIONISMO, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASOCIATIVIDAD PRODUCTIVA
TERCERA.- Para efectos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, las "PARTES" están de acuerdo en establecer las metas programáticas y las aportaciones correspondientes al Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva del Programa de Apoyos a Pequeños Productores en los siguientes términos:
Los recursos aportados que se indican en la Cláusula Segunda, numeral 1, se implementarán para efecto de apoyar el cumplimiento del objetivo del Componente de Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, el cual consiste en contribuir al desarrollo de capacidades y asistencia técnica a pequeños productores y productoras en aspectos técnico productivos, autogestión, asociatividad productiva y promoción económica.
Su población objetivo son los pequeños(as) productores(as) hombres y mujeres ya sea de manera individual, organizados en grupo o constituidos como persona moral del sector rural pertenecientes a los estratos E1, E2 y E3; lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
La distribución de recursos presupuestales para el cumplimiento del objeto del presente Componente, se llevará a cabo de conformidad con la programación señalada en el Apéndice III, denominado "Cuadro de Metas y Montos 2018" del Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, el cual forma parte integral del presente instrumento.
COMPONENTE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE SUELO Y AGUA (EJECUCIÓN NACIONAL)
CUARTA.- Para efectos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, las "PARTES" están de acuerdo en establecer las metas programáticas y las aportaciones correspondientes al Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional) del Programa de Apoyos a Pequeños Productores en los términos siguientes:
Los recursos presupuestales aportados que se indican en la Cláusula Segunda, numeral 2 serán usados para implementar la correcta ejecución del Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional), el cual considera recursos que se ejecutan de manera concurrente con el "GOBIERNO DEL ESTADO".
La distribución de dichos recursos, se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere el Apéndice IV, denominado "Cuadro de Metas y Montos 2018" de Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional) 2018, el cual forma parte integral del presente instrumento.
COMPONENTE PROYECTO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA ZONAS RURALES
QUINTA.- Para efectos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, las "PARTES" están de acuerdo en establecer las metas programáticas y las aportaciones correspondientes al Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales del Programa de Apoyos a Pequeños Productores.
Derivado de lo dispuesto en los artículos 35 del "DPEF 2018" y 97 al 103 de las "REGLAS DE
OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", y demás relativos de las "REGLAS DE OPERACIÓN 2018", es que se establece la debida aplicación de recursos federales públicos asignados para el apoyo, ejecución y operación del Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales en el Estado de Morelos.
Los recursos presupuestales del Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, serán destinados a población en condición de pobreza y pobreza extrema que realicen o pretendan realizar actividades agropecuarias, acuícolas y piscícolas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
Las "PARTES" acuerdan que la aportación que se indica en la Cláusula Segunda, numeral 3 se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere los Apéndices V y VI que se denominan respectivamente "Metas y montos por Municipios 2018" y "Cuadro de Metas y Montos 2018" del Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales 2018, los cuales forman parte integral del presente instrumento.
DE LAS ATRIBUCIONES
SEXTA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento, acuerdan estarse y sujetarse a las atribuciones conforme a lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
DE LAS OBLIGACIONES
PTIMA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento, acuerdan estarse y sujetarse a las obligaciones conforme a lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en la CLÁUSULA DECIMOTERCERA del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", entre las que se encuentran las siguientes:
:"...
III.     Ejecutar de manera oportuna los recursos referidos en el Anexo Técnico de Ejecución que se suscriba en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales, así como a transferir o aportar los mismos, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación de los mismos y administrarlos exclusivamente a través del "FOFAE";
IV.    Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SAGARPA" le transfiera o aporte durante éste y los subsecuentes ejercicios fiscales, a través del "FOFAE", exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las disposiciones jurídicas aplicables;
V.     Ejecutar oportunamente los recursos que se indiquen en el Anexo Técnico de Ejecución que se suscriba en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales;
VI.    Durante cada ejercicio fiscal se obliga a entregar los avances de los recursos ejercidos y pagados por el "FOFAE", así como los saldos, trimestralmente a la "SAGARPA" a través de la Delegación, para que esté en condiciones de elaborar y publicar los informes trimestrales respectivos;
VII.    Entregar a más tardar el último día hábil del primer trimestre del año fiscal, la planeación de las acciones a desarrollar durante dicha anualidad, incorporando, en su caso, las opiniones del Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable;
VIII.   Utilizar el "SISTEMA DE INFORMACIÓN", como mecanismo de registro y seguimiento en la atención de solicitudes de los apoyos que habrán de otorgarse;
dicha información deberá mantenerse actualizada de manera permanente, por ser considerada como la fuente oficial para el flujo de información en los avances físico-financieros;
IX.    Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales federales;
X.     Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SAGARPA" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SAGARPA", así lo requiera participar en la emisión de los mismos;
XI.    Presentar oportunamente información que les sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del presente Convenio y del Anexo Técnico de Ejecución que se suscriba en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales;
XIII.   Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia. Salvo por los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCIÓN";
XIV.  En términos del contenido del artículo 134 de la "CONSTITUCIÓN", se compromete a que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción;
XV.   Asimismo, se compromete que, en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos, que impliquen su promoción;
XVI.  Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el "DPEF" y las "REGLAS DE OPERACIÓN";
XVII. Remitir a la "SAGARPA" a más tardar el último día hábil del mes de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, los listados de beneficiarios, identificando a las personas físicas con clave o número de registro que le será asignado por el "GOBIERNO DEL ESTADO" y en el caso de las personas morales con la clave de registro federal de contribuyentes. En ambos casos deberá incluir actividad productiva; ciclo agrícola; eslabón de la cadena de valor, concepto de apoyo y monto fiscal otorgado. Asimismo, deberá presentar la información desagregada por sexo, grupo de edad, región del país, entidad federativa, municipio, y localidad; y la correspondiente a los criterios y/o las memorias de cálculo mediante las cuales se determinaron los beneficiarios;
XVIII. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadoras, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio y al Anexo Técnico de Ejecución que se suscriban en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables;
XIX.  Instruir al fiduciario del "FOFAE" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SAGARPA" aporta al fideicomiso; proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales;
XXI.  Reportar durante cada ejercicio fiscal de manera trimestral en su página de
internet, el avance de los recursos ejercidos y pagados por el "FOFAE", así como los saldos;
XXII.  Presentar el cierre del ejercicio fiscal (finiquito) de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
         ..."
DE LAS MODIFICACIONES
OCTAVA.- Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES", y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, previa validación de la Unidad Responsable del Componente sobre el que verse la modificación, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DEL CIERRE Y FINIQUITO DEL EJERCICIO
NOVENA.- Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través del "FOFAE", se compromete a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) específica(s) y exclusiva(s), en la que se identifiquen las erogaciones realizadas, cuyo destino se deberá sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda, a través del "FOFAE", para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en los Apéndices III, IV, V y VI de este instrumento.
En cumplimiento a la legislación federal, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá integrar los soportes e informes de la cuenta pública del Programa y Componentes convenidos, con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del presente año, en la que se especificarán los recursos entregados, devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "TESOFE". Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán enterarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
De conformidad con la Cláusula Vigésima Segunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", a más tardar el 31 diciembre del año 2018, deberá suscribirse el cierre del ejercicio presupuestal y recursos convenidos, entre la "DELEGACIÓN" de la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1.     Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, pagados, devengados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del Programa y Componentes, y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la "TESOFE", las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.
Para los recursos devengados en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 85, 175 y 176 de su Reglamento; así como las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", a más tardar el último día hábil de marzo del año 2019, deberá suscribirse un acta circunstanciada entre la "DELEGACIÓN" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1.     Las relaciones definitivas de beneficiarios, indicando los que se encuentren en proceso;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, pagados, devengados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
 
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del Programa de Apoyos a Pequeños Productores y de los Componentes con saldo en ceros, según su caso, y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados y enterados a la "TESOFE".
DE LA VIGENCIA
DÉCIMA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2018, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 174 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal de este instrumento, las partes firman el presente Anexo Técnico de Ejecución en cinco tantos originales, en la ciudad de Cuernavaca, Morelos, a los 28 días del mes de febrero de 2018.- Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
Apéndice I
MORELOS
Recursos Convenidos Federación-Estado 2018
(Aportaciones en Pesos)
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VII del
artículo 35 del "DPEF 2018".
 
DPEF 2018
De la
SAGARPA
Del Gobierno
del Estado
Gran Total
No.
Total Programas y Componentes
 
 
 
 
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
80,900,000
4,950,000
85,850,000
I
Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva
10,300,000
2,575,000
12,875,000
II
Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional)
9,500,000
2,375,000
11,875,000
III
Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales
61,100,000
 
61,100,000
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
 
Apéndice II
MORELOS
Calendario de Ejecución 2018
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2018
Total
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VII del artículo 35 del DPEF 2018.
En Anexo Técnico de Ejecución
 
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
80,900,000
4,950,000
 
 
 
 
80,900,000
4,950,000
 
 
 
 
 
 
 
 
I
Extensionismo, Desarrollo de
Capacidades y Asociatividad
Productiva
10,300,000
2,575,000
 
 
 
 
10,300,000
2,575,000
 
 
 
 
 
 
 
 
II
Infraestructura Productiva para el
Aprovechamiento Sustentable del
Suelo y Agua (Ejecución Nacional)
9,500,000
2,375,000
 
 
 
 
9,500,000
2,375,000
 
 
 
 
 
 
 
 
III
Proyecto de Seguridad Alimentaria
para Zonas Rurales
61,100,000
 
 
 
 
 
61,100,000
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DPEF 2018
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
 
 
 
 
 
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
 
 
 
 
I
Extensionismo, Desarrollo de
Capacidades y Asociatividad
Productiva
 
 
 
 
II
Infraestructura Productiva para el
Aprovechamiento Sustentable del
Suelo y Agua (Ejecución Nacional)
 
 
 
 
III
Proyecto de Seguridad Alimentaria
para Zonas Rurales
 
 
 
 
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
 
Apéndice III
MORELOS
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva
Cuadro de Metas y Montos 2018
 
Programa
Metas Programadas
Recursos Concertados (En pesos)
Componente
Actividad/
Subsector/
estrategia
Concepto de
apoyo
Unidad de
Medida
Cantidad
de
Medida
Beneficiarios
del servicio
De la
"SAGARPA"
(80%)
Del "Gobierno
de Estado"
(20%)
Gran Total
Extensionismo,
Desarrollo de
Capacidades y
Asociatividad
Productiva
Agrícola
Contratar Extensionistas
Extensionistas
53
1,590
6,868,800
1,717,200
8,586,000
Coordinador
1
 
180,000
45,000
225,000
Ganadera
Contratar Extensionistas
Extensionistas
15
450
1,944,000
486,000
2,430,000
Coordinador
1
 
180,000
45,000
225,000
Acuacultura y Pesca
Contratar Extensionistas
Extensionistas
2
60
201,600
50,400
252,000
Coordinador
 
 
 
 
 
Desarrollo Rural
Contratar Extensionistas
Extensionistas
 
 
 
 
 
Coordinador
 
 
 
 
 
Estrategias de Extensionismo1_/
Eventos
4
55
462,100
115,525
577,625
Subtotal
72
2,155
9,836,500
2,459,125
12,295,625
 
Gastos de Operación *
Delegación SAGARPA (Operación, Seguimiento y
Supervisión)
2.00%
 
 
206,000
51,500
257,500
Gobierno del Estado en FOFAE (Operación y
Seguimiento)
2.00%
 
 
206,000
51,500
257,500
Evaluación
0.50%
 
 
51,500
12,875
64,375
Subtotal
4.50%
 
 
463,500
115,875
579,375
 
Gran Total
 
72
2,155
10,300,000
2,575,000
12,875,000
1_/ Se destinará hasta el 5% para la realización de estrategias de Extensionismo. Parte de estos recursos deberán destinarse a la Feria Agroalimentaria Estatal 2018 y a la participación de los productores en la Expo México Alimentaria Food Show 2018.
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
 
Apéndice IV
MORELOS
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Componente: Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua
Cuadro de Metas y Montos 2018
 
Municipios
Concepto de apoyo
Metas Programadas
Recursos Convenidos (En pesos)
Unidad de
Medida
Cantidad
Número de
Beneficiarios
De la
SAGARPA
Del Gobierno
del Estado
Gran Total
TLAQUILTENANGO
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
15
50
160,000.00
40,000.00
200,000.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
5,800
1,600,000.00
400,000.00
2,000,000.00
TEPOZTLÁN
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
25
40
144,000.00
36,000.00
180,000.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
7,000
1,920,000.00
480,000.00
2,400,000.00
JOJUTLA
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
5
25
64,000.00
16,000.00
80,000.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
2,000
880,000.00
220,000.00
1,100,000.00
ZACUALPAN DE
AMILPAS
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
6
18
64,000.00
16,000.00
80,000.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
2,200
880,000.00
220,000.00
1,100,000.00
TEMOAC
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
3
18
96,791.68
24,197.92
120,989.60
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
1700
480,000.00
120,000.00
600,000.00
TEPALCINGO
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
1.3
15
96,791.20
24,197.80
120,989.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
800
224,000.00
56,000.00
280,000.00
JIUTEPEC
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
3
13
96,791.20
24,197.80
120,989.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
1100
308,000.00
77,000.00
385,000.00
OCUITUCO
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
2.5
19
96,791.52
24,197.88
120,989.40
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
900
252,000.00
63,000.00
315,000.00
JANTETELCO
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
3
22
96,791.20
24,197.80
120,989.00
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
1200
336,000.00
84,000.00
420,000.00
TLAYACAPAN
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable
mediante obras y prácticas de conservación de suelo y agua
(incluye actividades productivo-conservacionistas)
Ha.
2.5
15
96,793.20
24,198.30
120,991.50
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
1100
320,000.00
80,000.00
400,000.00
 
Elaboración y Ejecución de proyectos (Hasta 7% del
presupuesto de inversión autorizado)
Proyecto
18
235
631,750.00
157,937.50
789,687.50
 
Soporte Técnico Operativo (Hasta 2% del presupuesto de
inversión autorizado)
Contrato
(Enlace
Técnico, Enlace
Administrativo)
 
180,500.00
45,125.00
225,625.00
 
SUBTOTAL RECURSO DE INVERSIÓN (95%)
9,025,000.00
2,256,250.00
11,281,250.00
 
Gasto de Operación hasta el 5%1/
Delegación (2.05%)
194,750.00
48,687.50
243,437.50
 
Gobierno del Estado en FOFAE (2%)
190,000.00
47,500.00
237,500.00
 
Evaluación (0.7%)
66,500.00
16,625.00
83,125.00
 
Decreto de austeridad (0.25%) (FEDERAL NO
RADICABLE)
23,750.00
5,937.50
29,687.50
 
SUBTOTAL RECURSOS DE OPERACIÓN (5%)
475,000.00
118,750.00
$593,750.00
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
Apéndice V
MORELOS
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales
Metas y Montos por Municipios 2018
 
No.
NOMBRE DE
MUNICIPIOS A
ATENDER
No.
LOCALIDADES
A ATENDER
NÚMERO DE
FAMILIAS
POR
ATENDER
CON ADR (I)
INFRAESTRUCTURA, EQUIPO,
MATERIAL VEGETATIVO, ESPECIES
ZOOTÉCNICAS Y ACUÍCOLAS
SERVICIOS INTEGRALES PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE
DESARROLLO PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
Y NUTRICIONAL, LA PROMOCIÓN, DISEÑO,
EJECUCIÓN Y EL ACOMPAÑAMIENTO DE
PROYECTOS.
INVERSIÓN TOTAL
PROYECTO DE
SEGURIDAD
ALIMENTARIA
PARA ZONAS
RURALES (PESA)
2018 [1+2]
No. LOCALIDADES ATENDIDAS POR ADR
No. PROYECTOS
PRODUCTIVOS
INVERSIÓN
[SUBTOTAL] (1)
NUEVAS
CONTINUIDAD
INVERSIÓN
[SUBTOTAL] (2)
1
AMACUZAC
4
80
52
1,471,943
0
4
296,000
1,767,943
2
COATLÁN DEL RÍO
5
100
65
1,839,929
0
5
370,000
2,209,929
3
TETECALA
3
60
38
1,075,651
0
3
222,000
1,297,651
4
MIACATLÁN
5
100
65
1,839,930
0
5
370,000
2,209,930
5
JOJUTLA
2
40
26
735,972
0
2
148,000
883,972
6
PUENTE DE IXTLA
6
120
75
2,122,995
0
6
444,000
2,566,995
7
ATLATLAHUACAN
6
120
75
2,122,996
0
6
444,000
2,566,996
8
HUITZILAC
2
40
26
735,972
1
1
148,000
883,972
9
TEPOZTLÁN
2
40
26
735,972
0
2
148,000
883,972
10
TLALNEPANTLA
3
60
38
1,075,651
0
3
222,000
1,297,651
11
TLAYACAPAN
7
140
52
1,471,943
1
6
518,000
1,989,943
12
TOTOLAPAN
5
100
65
1,839,930
0
5
370,000
2,209,930
13
TEPALCINGO
6
120
75
2,122,995
0
6
444,000
2,566,995
14
TLALTIZAPÁN
2
40
26
735,972
1
1
148,000
883,972
15
TLAQUILTENANGO
16
320
188
5,321,642
0
16
1,184,000
6,505,642
16
AXOCHIAPAN
6
120
75
2,122,995
1
5
444,000
2,566,995
17
AYALA
10
200
124
3,510,019
1
9
740,000
4,250,019
18
EMILIANO ZAPATA
3
60
36
1,019,038
3
0
222,000
1,241,038
19
JONACATEPEC
1
20
13
367,986
0
1
74,000
441,986
20
YAUTEPEC
7
140
92
2,604,208
1
6
518,000
3,122,208
21
TEMOAC
2
40
26
735,972
0
2
148,000
883,972
22
CUAUTLA
2
40
26
735,972
0
2
148,000
883,972
23
OCUITUCO
4
80
52
1,471,943
0
4
296,000
1,767,943
24
TETELA DEL VOLCÁN
4
80
52
1,471,944
0
4
296,000
1,767,944
25
JANTETELCO
2
40
26
735,972
0
2
148,000
883,972
26
YECAPIXTLA
13
260
160
4,529,057
0
13
962,000
5,491,057
27
ZACUALPAN DE AMILPAS
2
40
26
735,971
0
2
148,000
883,971
 
TOTAL
130
2,600
1,600
45,290,570
9
121
9,620,000
54,910,570
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
Apéndice VI
MORELOS
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales
Cuadro de Metas y Montos 2018
 
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Metas Programadas
Recursos (En pesos)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Componente
Sistema
Producto/
Servicio/
Actividad
Concepto de
apoyo
Unidad de
Medida
Cantidad de
Medida
Unidades de
Producción
Familiar (UPF)
Beneficiarias
De la
SAGARPA
Del Gobierno
del Estado
De los
Beneficiarios
Gran Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Totales
2,600
61,100,000

5,032,286
66,132,286
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(Subtotal)
1600
2,600
45,290,570

5,032,286
50,322,856
Proyecto de
Seguridad
Alimentaria para
Zonas Rurales
(PESA)
Proyectos
Productivos
Infraestructura,
equipo, material
vegetativo, especies
zootécnicas y
acuícolas para
instrumentar
proyectos
productivos.
Proyecto
1,600
2,600
45,290,570
 
5,032,286
50,322,856
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(Subtotal)
 
2,600
11,013,080


11,013,080
Proyecto de
Seguridad
Alimentaria para
Zonas Rurales
(PESA)
Servicios
Servicios integrales
para la
implementación de
estrategias de
desarrollo para la
seguridad
alimentaria y
nutricional, la
promoción, diseño,
ejecución y el
acompañamiento de
proyectos.
ADR
5
2,600
9,620,000
 
 
9,620,000
Servicios
Seguimiento al
desempeño de la
calidad de los
servicios
profesionales de las
ADR,
proporcionados a
través de instancias
externas a la
operación, hasta el
2.4%.(2)
Servicios
1  
2,600  
1,393,080  
 
 
1,393,080
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Gastos de Operación del Gobierno del Estado hasta el 2%
1,222,000
 
 
1,222,000
Gastos de Operación de la Delegación hasta el 2%
1,222,000
 
 
1,222,000
(1) Gasto para Supervisión a nivel central para la Unidad Responsable, hasta el 0.35%
213,850
 
 
213,850
(1) Gasto de Evaluación el 0.2%
122,200
 
 
122,200
(1) Gasto de Difusión el 0.2%*
122,200
 
 
122,200
(1) Disposiciones de Austeridad 0.25%
152,750
 
 
152,750
(3) Servicios de asistencia técnica y soporte técnico metodológico, bajo la metodología FAO, hasta el 2.0% de los recursos asignados al componente.
1,160,900
 
 
1,160,900
(4) Acciones de inducción, fomento y fortalecimiento sobre esquemas de asociatividad y alianzas de negocios; desarrollo de proyectos, aspectos empresariales, comerciales, giras tecnológicas, talleres, encuentros, foros, exposiciones, convenciones, bajo metodologías de Instancias Nacionales o Internacionales, hasta el 1% de los recursos asignados al componente en el "DPEF 2018".
580,450
 
 
580,450
Notas y referencias:
(1) Los recursos se reservarán por la "SAGARPA" a nivel central, con fundamento en el artículo 21 del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES".
(2) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el Artículo 97 de "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", hasta el 2.4% de los recursos asignados al componente.
(3) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el artículo 97 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".  
(4) Los recursos se reservarán por la SAGARPA a nivel central, con fundamento en el artículo 97 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
*El porcentaje referido no rebasa el monto máximo indicado para dicho concepto
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Morelos, Rubén Téllez Huerta.- Rúbrica.- Por el Estado de Morelos: el Secretario de Desarrollo Agropecuario del Estado Libre y Soberano de Morelos, Roberto Ruíz Silva.- Rúbrica.
 

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