DOF: 10/08/2018
REGLAS de Operación del Programa para el Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación correspondiente al Programa S278

REGLAS de Operación del Programa para el Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación correspondiente al Programa S278.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL FOMENTO REGIONAL DE LAS CAPACIDADES CIENTÍFICAS, TECNOLÓGICAS Y DE INNOVACIÓN CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA S278.
Mediante Acuerdo 64-08/18, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su 64a. Sesión Ordinaria, aprobó la modificación de las Reglas de Operación del Programa para el Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación correspondiente al Programa S278 del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a efecto de que se apliquen a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Como consecuencia, se deja sin aplicación el numeral 5 "Programa para el Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación" de las Reglas de Operación de los Programas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2015.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL FOMENTO REGIONAL DE LAS CAPACIDADES
CIENTÍFICAS, TECNOLÓGICAS Y DE INNOVACIÓN CORRESPONDIENTE AL PROGRAMA S278
Las presentes Reglas de Operación del Programa Presupuestal para el Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación (en adelante "Programa"), se emiten con el fin de transparentar el proceso de asignación y ejecución del recurso público y generar el mayor impacto posible. Lo anterior en el marco de la eficiencia, eficacia y equidad.
1. Introducción.
La Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2002, establece como base de una política de Estado, que sustente la integración del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el incrementar la capacidad científica, tecnológica, de innovación y la formación de capital humano especializado para resolver problemas nacionales y contribuir al desarrollo del país y a elevar el bienestar de la población. De igual manera, establece el fortalecimiento del desarrollo regional a través de políticas integrales de descentralización de las actividades científicas y tecnológicas, y dentro de sus principios orientadores, dispone que los instrumentos de apoyo a la ciencia y la tecnología deberán ser promotores de la descentralización territorial e institucional, procurando el desarrollo armónico de las capacidades del país, buscando el crecimiento y la consolidación de las comunidades científicas y tecnológicas en las entidades federativas.
El desarrollo regional, y por tanto nacional, sólo es posible a través de la integración equilibrada de cada una de sus regiones, entidades federativas y municipios. Al observar el desarrollo regional del país, se han identificado muchos desequilibrios (en términos de ingresos, competitividad y capacidad de innovación, entre otros).
En específico, en términos de ciencia, tecnología e innovación (CTI), se ha identificado un círculo vicioso para los sistemas locales en ciencia tecnología e innovación (SLCTI): la poca capacidad para atraer recursos económicos deriva, necesariamente, en bajos niveles de inversión y escasas capacidades en CTI; a la inversa, una alta capacidad para atraer recursos económicos deriva en altos niveles de inversión y altas capacidades en CTI. En razón a ello, es fundamental diseñar políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación diferenciadas y descentralizadas, promoviendo los elementos necesarios para fortalecer las capacidades en CTI de cada una de las entidades federativas, de acuerdo con sus potenciales, capacidades, vocaciones y necesidades.
Nota: Para SLCTI y Capacidades en CTI ver glosario.
Concorde con lo expuesto, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación (PECiTI), en sus objetivos 3.5 y 3, respectivamente, establecen la importancia de "impulsar el desarrollo de las vocaciones y capacidades científicas, tecnológicas y de innovación locales, para fortalecer el desarrollo regional sustentable e incluyente".
Asimismo, la LCyT, en su artículo 2, mandata, como base de una política de Estado que sustente la integración del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), el fortalecimiento del desarrollo regional a través de: 1) políticas integrales de descentralización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación; y 2) redes o alianzas para la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, entre otras. El Capítulo V de la LCyT, titulado "Coordinación y Descentralización", establece la importancia de la participación de los diferentes órdenes de gobierno para la solución de problemas nacionales relacionados con las capacidades en CTI y la formación de capital humano especializado.
A nivel interno, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) ha identificado dos instrumentos de apoyo al desarrollo regional: el Fondo Institucional de Fomento Regional para el Desarrollo Científico,
Tecnológico y de Innovación (FORDECyT) y los Fondos Mixtos (FOMIX). Ambos Fondos son los medios de operación del "Programa" y su soporte operativo está a cargo de la Dirección Adjunta de Desarrollo Regional del CONACYT.
El establecimiento y operación de los fondos se basan en lo señalado en la "Sección IV. Fondos" de la Ley de Ciencia y Tecnología.
2. Objetivos.
2.1. General.
Lograr que los Sistemas Locales y Regionales de Ciencia, Tecnología e Innovación generen capacidades en Ciencia, Tecnología e Innovación que permitan cumplir sus objetivos, mediante el otorgamiento de apoyos a proyectos relacionados con investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.
2.2. Específicos.
En particular el "Programa" asume los siguientes compromisos:
1. Realizar aportaciones a los fideicomisos FOMIX y FORDECYT para permitir la concurrencia de recursos del gobierno federal, de las entidades federativas, los municipios y de otras instituciones, particulares y organizaciones.
2. Otorgar apoyos económicos, a través de los fideicomisos FOMIX y FORDECYT, a los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, presentados por los/las investigadores/as adscritos/as a las universidades e instituciones de educación superior (públicas y particulares), centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas físicas y morales que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) para la generación de capacidades en ciencia, tecnología e innovación de los SLCTI y los Sistemas Regionales de Ciencia y Tecnología (SRCTI). Serán prioritarios los proyectos cuyo propósito principal esté orientado a la atención de problemas, necesidades o al aprovechamiento de las oportunidades de los SLCTI y SRCTI.
3. Favorecer el desarrollo integral de las entidades federativas y regiones mediante procesos competitivos eficientes, equitativos y públicos, sustentados en méritos y calidad.
4. Conceder prioridad a los proyectos relacionados con la ciencia, tecnología e innovación cuyo propósito principal se oriente a la atención de problemas, necesidades o al aprovechamiento de oportunidades que contribuyan al desarrollo económico y social sustentable de las regiones, de las entidades federativas, y/o municipios.
3. Lineamientos generales.
3.1. Cobertura.
El "Programa" tiene cobertura nacional.
3.2. Poblaciones.
El "Programa" opera en dos etapas: Etapa 1, en la cual se asignan recursos a los instrumentos con los que opera el "Programa"; Etapa 2, en la cual cada instrumento o fideicomiso, asigna recursos a propuestas de proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación que atiendan las problemáticas, necesidades u oportunidades que los SLCTI y SRCTI hayan identificado previamente.
De esta manera, la Población Potencial, Objetivo y Atendida, será entendida de la siguiente manera, según la Etapa a la que nos refiramos.
Etapa 1
Población Potencial. Total de entidades federativas del país a través de sus SLCTI y SRCTI. Su cuantificación es igual a las 32 entidades federativas.
Población Objetivo. Las entidades federativas que se comprometan, conjuntamente con el CONACYT, a apoyar proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación, con el fin de generar capacidades en ciencia, tecnología e innovación, a través de la emisión de Convocatorias tanto de FOMIX como del FORDECYT.
Población Atendida. Las entidades federativas que, conjuntamente con el CONACYT a través de los FOMIX y FORDECYT, apoyaron proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación con el fin de generar capacidades en ciencia, tecnología e innovación.
Etapa 2
 
Población Potencial. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como las universidades e instituciones de educación superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas físicas y morales que: 1) cuenten con preinscripción o inscripción vigente en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT); 2) presenten propuestas para realizar proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación, cumpliendo con los requisitos de participación establecidos en las Convocatorias; y, 3) sean propuestas recomendadas por la(s) instancia(s) de evaluación correspondiente(s).
Población Objetivo. Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como las universidades e instituciones de educación superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas físicas y morales que cuenten con preinscripción o inscripción vigente en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) que presenten proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación, cumpliendo con los requisitos de participación establecidos en las Convocatorias; que dichas propuestas sean recomendadas por la(s) instancia(s) de evaluación correspondiente(s); aprobadas por el Comité Técnico y de Administración del Fidecomiso correspondiente para recibir apoyo económico del programa y que aparezcan en la listas de resultados que se publiquen en los medios autorizados.
Población Atendida. Las instancias que recibieron apoyo económico para realizar proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación, que atiendan las problemáticas, necesidades u oportunidades de las entidades federativas y regiones y a su vez ayudaron a fortalecer las capacidades de ciencia, tecnología e innovación de los SLCTI y SRCTI.
3.3. Beneficiarios/as
Son las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como las universidades e instituciones de educación superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas físicas y morales que: 1) cuenten con inscripción en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT); 2) presentaron propuestas para realizar proyectos relacionados con ciencia, tecnología e innovación; 3) fueron aprobados por el Comité Técnico y de Administración del Fidecomiso correspondiente; y, 4) recibieron apoyo económico del programa.
3.3.1. Requisitos
En la Etapa 1, las Entidades Federativas o Municipios con los cuales el CONACYT ha suscrito un FOMIX, deberán suscribir un Anexo de Ejecución para cada ejercicio fiscal, en el que se establezcan los compromisos de ambas partes, a través de sus SLCTI y SRCTI.
En la Etapa 2, los requisitos para otorgar apoyo a las instancias que desarrollarán los proyectos que atienden a las Demandas, estarán determinados en las Convocatorias FOMIX y FORDECYT, además deberán cumplir con lo señalado en las presentes Reglas de Operación, así como en los Convenios correspondientes y en las demás disposiciones aplicables.
En general, las solicitudes presentadas deberán cumplir con las siguientes características: 1) ser proyectos orientados a la investigación científica o el desarrollo tecnológico o innovación y 2) estar debidamente presentadas por investigadores/as adscritos/as a las universidades e instituciones de educación superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas físicas y morales que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT).
Los/as interesados/as en participar, deberán acceder al sistema informático de los FOMIX o FORDECYT, en la liga que se establece en las Convocatorias o apoyos correspondientes.
Las Convocatorias deberán indicar los siguientes aspectos que tienen que cumplir las solicitudes, entre otros:
a.     Atender los puntos señalados en el documento "Demanda Específica" el cual forma parte integral de la Convocatoria.
b.    Capturar el formato de solicitud debidamente requisitado y finalizado a través del Sistema de Fondos CONACYT disponible en el portal www.conacyt.gob.mx o indicar la forma y medios que se utilizarán para la presentación de las propuestas.
c.     Elaborar la solicitud de acuerdo con los "Términos de Referencia" que forman parte integral de la Convocatoria.
d.    El/la solicitante debe contar con la preinscripción o inscripción vigente en el RENIECYT.
e.     El/la solicitante deberá actualizar los datos de los/las Responsables Técnico/a y Administrativo/a, así como del/la Representante Legal, en el sistema de Currículum Vítae Único (CVU) y ante el RENIECYT.
 
f.     No se aceptarán solicitudes incompletas o presentadas en forma extemporánea.
g.    Contar con una Carta de postulación firmada por el/la titular de la institución solicitante, en la que:
I.    Se avale la solicitud presentada,
II.   Se designe a un/a Responsable Técnico, a un/a Responsable Administrativo y a un/a Representante Legal, y
III.   Se establezca el compromiso para desarrollar la solicitud con el alcance, tiempo y forma establecidos en la misma, y conforme a los Términos de Referencia.
h.    Acreditar que no se está recibiendo, ni se ha recibido, apoyo de cualquier otro programa del CONACYT para el mismo proyecto.
i.     Las solicitudes que involucren la participación de grupos multidisciplinarios podrán especificar los objetivos, metas y productos entregables por cada uno de ellos, así como los recursos requeridos, si así lo consideran pertinente.
En el caso de que participe más de una institución en la solicitud, una de ellas deberá fungir como Institución Coordinadora e interlocutora ante el FOMIX o FORDECYT durante el proceso de la Convocatoria y en la suscripción del Convenio de Asignación de Recursos (CAR), de manera que asumirá los derechos y responsabilidades que le corresponderían a un Sujeto de Apoyo.
En las solicitudes con la participación de más de una institución, se deberán desglosar los montos requeridos por cada una de ellas.
No aceptar solicitudes en las que el/la proponente y la Instancia Usuaria sean la misma persona o instancia. Los centros de investigación dependientes de la Instancia Usuaria podrán ser sujetos de apoyo siempre y cuando tengan una figura jurídica distinta.
No aceptar solicitudes de empresas cuyos resultados sean para su uso exclusivo.
Acreditar la propiedad o posesión del inmueble o predio en el cual se llevará a cabo el proyecto, en el caso de solicitudes de infraestructura o cuando sea el caso.
Adjuntar a la solicitud del Sistema de Fondos CONACYT, todos los requisitos listados en la Convocatoria, así como los contenidos en la Demanda Específica.
3.3.2. Procedimientos y Criterios de selección
Las acciones y procedimientos que se llevan a cabo para la selección de solicitudes a apoyar se realizará a través de procedimientos competitivos, eficientes, equitativos y públicos, sustentados en méritos y calidad.
El detalle de los criterios de selección para cada tipo de apoyo se describirá en las Convocatorias y los Términos de Referencia que correspondan.
Entre los procedimientos y criterios que se aplicarán para la evaluación y selección de las solicitudes, se podrán considerar los siguientes:
a)   Captura y recepción de Solicitud.
Trámite que los/as aspirantes a Beneficiarios/as o a Sujetos de Apoyo del Programa, deberán realizar, respondiendo a una Problemática en particular o a una Convocatoria de los Fondos que conforman el Programa. En este trámite, el/la proponente captura en la plataforma electrónica del CONACYT los datos y la información necesaria para presentar su propuesta y/o para dar atención a la Convocatoria a la cual se someta. Las Convocatorias precisarán los documentos necesarios para su participación.
El trámite al que se refiere este apartado es el CONACYT-01-014-D Solicitud de Apoyo en materia de ciencia, tecnología e innovación. S278. Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación.
b)     Verificación de requisitos y Análisis de Pertinencia
De primera instancia se verificará, en su caso, el cumplimiento de los requisitos obligatorios establecidos en las Bases de la Convocatoria correspondiente y en los Términos de Referencia, que los/as solicitantes deben de satisfacer para proceder a la evaluación y dictaminación de las solicitudes.
Las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en la Convocatoria correspondiente serán sometidas a un Análisis de Pertinencia, es decir, se verificará la congruencia de la solicitud con lo planteado en la Demanda Específica de la Convocatoria, particularmente con los objetivos y productos esperados enunciados en dicha demanda.
 
Los parámetros a evaluar, en su caso, deberán permitir valorar la contribución de la solicitud a la atención de la Demanda Específica, tales como:
1)   Congruencia de los objetivos del proyecto con los objetivos establecidos en la Demanda Específica.
2)   Congruencia de los productos entregables comprometidos con los productos esperados de la Demanda.
3)   Congruencia del presupuesto solicitado con los recursos comprometidos en la Demanda.
4)   La congruencia del propósito y finalidad descritos en la solicitud con los establecidos en la demanda específica.
5)   La claridad y eficacia de los mecanismos de transferencia de los productos o resultados a la Instancia Usuaria o para asegurar su entrega y aplicación.
6)   Otros que el/la Secretario/a Técnico/a, de común acuerdo con la Instancia Usuaria y /o el/la Secretario/a Administrativo/a, considere necesarios.
c)   Evaluación de calidad y factibilidad científica y/o técnica.
Las solicitudes que, en su caso, cumplieron con los requisitos y cumplieron con los criterios de pertinencia serán sometidas a un proceso de evaluación de la calidad y factibilidad técnica y/o científica a través del cual se determina la probabilidad de que el proyecto alcance los objetivos y metas que se han planteado.
Los criterios que se utilizarán para determinar la calidad de la solicitud son:
I.    El dominio del tema científico y/o técnico del problema y el grado de novedad de la solicitud.
II.   La congruencia entre los objetivos general y específicos y la contribución esperada.
III.   La pertinencia e idoneidad de la metodología o de la estrategia de ejecución.
IV.  La congruencia de las metas y actividades con la obtención de los productos comprometidos.
V.   La capacidad científica, técnica y administrativa del grupo de trabajo.
VI.  La disponibilidad y alcance de la infraestructura física para llevar a cabo el proyecto.
VII. La congruencia y justificación del presupuesto con el alcance de la solicitud.
VIII. Identificación de los riesgos técnicos del proyecto y la calidad de las estrategias para enfrentarlos.
IX.  La pertinencia y eficacia de los mecanismos de transferencia de los resultados la Instancia Usuaria.
El proceso de evaluación de las propuestas será conducido por el/la Secretario/a Técnico/a del FOMIX/FORDECYT, funcionario/a adscrito/a a la Dirección Adjunta de Desarrollo Regional del CONACYT. Dicho/a funcionario/a nombrará una Instancia de Evaluación conformada por investigadores/as de reconocido prestigio en el ámbito científico y tecnológico, inscritos/as preferentemente en el Registro CONACYT de evaluadores acreditados (RCEA), quienes emitirán una recomendación sobre la calidad técnica, científica y académica de la propuesta, de conformidad con los criterios de selección establecidos en estas Reglas de Operación y en los documentos de cada Fondo.
Los procesos de evaluación se llevarán a cabo según lo previsto para este efecto en la normatividad de cada Fondo.
d)   Selección y aprobación.
Para efecto de la asignación y ejecución de los recursos, los Fondos que integran los instrumentos FOMIX y FORDECYT, llevarán a cabo este procedimiento de acuerdo con lo establecido en sus Reglas de Operación. El Comité Técnico y de Administración de cada Fondo aprobará los proyectos y la asignación de recursos respectivos tomando como base las recomendaciones de las instancias de evaluación o grupos de evaluadores/as, considerando la disponibilidad presupuestal y tomando en cuenta los criterios de selección que definan.
Las listas de resultados de la selección de propuestas se darán a conocer en los medios autorizados por el Programa.
En este sentido, dentro de los criterios de selección se pueden considerar: Pertinencia, Calidad, Mérito y Factibilidad.
 
e)   Monitoreo y cierre del proyecto.
De conformidad con el procedimiento para cada Fondo y lo establecido en el Convenio de Asignación de Recursos, se supervisa el desarrollo del proyecto y el ejercicio del recurso hasta la conclusión del mismo.
El trámite de cierre de proyecto es el CONACYT-01-013-C Cierre de Apoyo en materia de ciencia, tecnología e innovación. S278. Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación, mismo que se llevará a cabo en los términos y plazos que señalen los CAR.
3.4 Modalidades de Apoyo (Componentes).
Los apoyos del "Programa" se establecerán en la normatividad de los FOMIX y del FORDECYT, y se podrán considerar dentro de las siguientes modalidades:
A. Investigación Científica y Tecnológica básica y aplicada.
Para la atención de problemas, necesidades y aprovechamiento de oportunidades establecidas en una Demanda Específica determinada por el municipio, entidad federativa o región, en el marco de sus prioridades.
B. Desarrollo Tecnológico e Innovación.
Para el desarrollo de productos, procesos y servicios innovadores, para beneficio de una comunidad, grupo social, colectividad de empresas o cadenas productivas.
C. Formación de Capital Humano especializado.
Para la creación, fortalecimiento y consolidación de posgrados, grupos y redes de investigación y vinculación, así como la incorporación de investigadores/as a instituciones de educación superior, centros de investigación, empresas y la formación de especialistas que atiendan una necesidad específica o generen oportunidades de desarrollo para el municipio, entidad federativa o región.
D. Creación y Fortalecimiento de Infraestructura Científica y Tecnológica.
Para crear y/o fortalecer la infraestructura científica y tecnológica requerida por el municipio, entidad federativa o región en el marco de sus prioridades, tales como: laboratorios de alta especialidad, centros de investigación y desarrollo, público o privados, parques y museos científicos y tecnológicos entre otros.
E. Planeación, Difusión y Divulgación.
Para fomentar una cultura científica y tecnológica; promover la difusión nacional e internacional del trabajo de la comunidad científica y tecnológica; propiciar la transferencia del conocimiento a los sectores usuarios; promover la realización de actividades y programas que despierten la creatividad y la vocación científico-tecnológica en la niñez y juventud; impulsar o promover las actividades y difusión de museos científicos o tecnológicos, que propicien la apropiación social de la ciencia y la tecnología.
F. Colaboración y Vinculación.
Para propiciar la conformación de Consorcios, así como de otras entidades integradoras de las capacidades locales y regionales, para desarrollar proyectos conjuntos que generen productos, procesos y servicios basados en ciencia, tecnología e innovación, que tiendan a mejorar la productividad y eficiencia de los sectores de las regiones con potencial económico e impacto social a través de iniciativas de cooperación, vinculación y proyectos conjuntos.
G. Demás modalidades de apoyo que se deriven del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como las necesarias para el cumplimiento del objeto del "Programa".
En las Convocatorias que se emitan podrán considerarse una o más modalidades de apoyo, las cuales se establecerán en función de las capacidades en ciencia, tecnología e innovación de cada SLCTI y SRCTI.
3.5 Montos.
El apoyo entregado es de carácter monetario, y se otorgará únicamente durante el tiempo de vigencia del proyecto, mismo que se establece en el CAR.
El monto de los proyectos deberá ser congruente con el alcance de los objetivos y metas planteados para el cumplimiento de la demanda correspondiente y estará establecido en las Convocatorias de los FOMIX y de FORDECYT y en los CAR, en los casos de los proyectos que no hayan participado en una Convocatoria.
3.6 Temporalidad.
Se establecerán los tiempos de duración de los apoyos que se otorguen en cada una de las Convocatorias de los FOMIX y del FORDECYT, así como en los CAR.
 
3.7. Derechos, obligaciones y sanciones.
Derechos
Los/las beneficiarios/as del "Programa" tendrán los derechos que establezcan en los Convenios de Asignación de Recursos, las Convocatorias, en su caso, y la normatividad correspondiente para cada uno de los apoyos contemplados en el mismo.
Obligaciones de los responsables del "Programa":
Instrumentar y dar seguimiento al "Programa" de acuerdo con la reglamentación específica, y verificar que los/as beneficiarios/as reciban los recursos autorizados en la forma, tiempo y lugar previamente establecidos en los instrumentos que establezca la normatividad aplicable.
Ejecutar los procedimientos relativos al Programa con apego a los principios de honradez, eficacia y transparencia de acuerdo con la Normatividad aplicable.
Obligaciones de los/las beneficiarios/as de los apoyos del "Programa":
Suscribir los instrumentos jurídicos que formalizan el apoyo en su correspondiente modalidad, así como la documentación adicional, dentro de los plazos previstos en la normatividad y/o Convocatorias correspondientes. Adicionalmente, deberán cumplir con las obligaciones definidas en dichos instrumentos y aplicar los recursos asignados en los términos autorizados en los mismos.
Los/las responsables y beneficiarios/as del "Programa" deberán cumplir con todas las obligaciones establecidas en la normatividad y/o Convocatorias correspondientes.
Las sanciones por incumplimiento se establecerán en las disposiciones normativas e instrumentos jurídicos aplicables a los FOMIX y FORDECYT, según sea el caso.
3.8. Participantes.
El Programa cuenta con dos instrumentos de apoyo al Desarrollo Regional: el Fondo Institucional de FORDECYT y FOMIX. Ambos Fondos son los medios de operación del "Programa" y su soporte operativo está a cargo de la Dirección Adjunta de Desarrollo Regional del CONACYT.
Además de las presentes Reglas, el establecimiento y operación de los Fondos se basan en lo señalado en la "Sección IV. Fondos" de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Los Fondos están constituidos y administrados mediante la figura de fideicomiso y su funcionamiento está definido en cada una de las Reglas de Operación de éstos. Todos cuentan con un Comité Técnico y de Administración.
3.8.1. Instancia(s) ejecutora(s).
La instancia ejecutora del "Programa" es el CONACYT, a través de la estructura establecida en la Dirección Adjunta de Desarrollo Regional y de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables, pudiendo utilizar entre otros, instrumentos los FOMIX y el FORDECYT.
El Programa, al contar con dos instrumentos de apoyo al Desarrollo Regional: el Fondo Institucional de FORDECYT y FOMIX, su soporte operativo está a cargo de la Dirección Adjunta de Desarrollo Regional del CONACYT de acuerdo con la Ley de Ciencia y Tecnología y su gobernanza está definida de acuerdo con los Contratos, Convenios modificatorios y Reglas de Operación de cada uno de los Fideicomisos, entre otros.
3.8.2. Instancia(s) normativa(s).
La interpretación de las presentes Reglas de Operación, sus modificaciones, así como los asuntos no previstos en las mismas, corresponden al CONACYT, a través de las instancias facultadas para ello de acuerdo con la LCyT.
3.8.3 Instancia(s) de control y vigilancia.
La Secretaría de la Función Pública (SFP), sus órganos internos de control y demás instancias fiscalizadoras, en el ámbito de sus respectivas competencias y en términos de la legislación aplicable y vigente.
3.9. Coordinación institucional.
Para la instrumentación del "Programa", podrán celebrarse Convenios de Colaboración con entidades federativas y/o municipios, así como con instancias de los diversos sectores para propiciar elementos de coordinación que permitan, a través de este "Programa", desarrollar y consolidar las capacidades científicas, tecnológicas y de innovación de los SLCTI y SRCTI.
 
4. Operación de los Instrumentos.
4.1. Etapas.
El "Programa" opera en 2 etapas:
Etapa 1. Se asignan recursos a los instrumentos con los que opera el "Programa": FOMIX y FORDECYT de acuerdo con las prioridades determinadas por las instancias ejecutoras del "Programa" (CONACYT, y en su caso, Gobiernos estatales y municipales), de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables. Entre otras disposiciones se considerará lo establecido en el PECiTI, así como el Programa Institucional (PI) del CONACYT.
Con base en lo anterior, cada fideicomiso define las Demandas Específicas por atender, sus Convocatorias y Términos de Referencia, así como la asignación del techo presupuestal necesario para su atención.
Etapa 2. Cada instrumento o fideicomiso, asigna recursos, derivados de procesos de evaluación sustentados en méritos y calidad técnica y/o científica, a las instancias cuyos proyectos científicos, tecnológicos y de innovación atienden las problemáticas, necesidades u oportunidades de los SLCTI y SRCTI.
4.2. Difusión.
La difusión del "Programa" se realizará, entre otros mecanismos, a través de medios de comunicación impresos o electrónicos y estará dirigida a la población objetivo de este "Programa". Las Convocatorias que se emitan en el marco del "Programa" serán difundidas a través de los mismos medios. Las Convocatorias se publicarán de acuerdo con lo que defina cada uno de los Fondos procurando que estén al alcance de cualquier interesado a nivel nacional. En las Convocatorias se definirán los requisitos que se deben cumplir para acceder al Apoyo, la forma y el medio en que se debe presentar una solicitud, los documentos estrictamente necesarios para presentar una solicitud, así como los criterios de elegibilidad. En cada una de las Convocatorias se definirán los plazos que debe de cumplir el/la proponente para presentar la solicitud, así como los plazos en que se publicarán los resultados finales. Asimismo, en las Convocatorias se darán a conocer los datos de la Unidad Administrativa responsable.
4.3. Promoción.
La promoción del "Programa" se realizará a través de eventos, talleres, foros y encuentros con la comunidad científica y empresarial, entre otros mecanismos, y estará dirigida a la población objetivo de este "Programa".
4.4. Procesos.
En la ejecución del Programa, se consideran los siguientes procesos:
4.4.1. Planeación Municipal/Estatal/Regional
Principales acciones en el Proceso de Planeación:
-      Identificación de problemáticas Municipales/Estatales/Regionales.
-      Identificación de necesidades Municipales/Estatales/Regionales.
-      Identificación de Oportunidades Municipales/Estatales/Regionales.
-      Definición de Prioridades y Demandas Municipales/Estatales/Regionales.
4.4.2. Generación de Demandas
Principales acciones.
-      Conformación de Demandas Específicas Municipales/Estatales/Regionales, según el proceso de planeación y tomando en consideración los recursos disponibles, entre otros.
-      Validación de Demandas Municipales/Estatales/Regionales.
4.4.3. Convocatoria
Cada Convocatoria deberá apegarse a la normatividad del Programa y de los instrumentos a través de los cuales opera (FONDOS MIXTOS y FORDECYT).
Principales acciones:
-      Elaboración de Bases de la Convocatoria con un calendario de actividades y un techo presupuestal asignado.
-      Elaboración de Términos de Referencia que definan los requisitos de participación, proceso de evaluación y/o criterios de selección, formalización y seguimiento de proyectos.
-      Elaboración de Demanda(s) Específica(s) las cuales se establecerán en función de la problemática, necesidad u oportunidad a resolver de cada entidad federativa, municipio o región.
 
4.4.4. Inducción de Solicitudes
Una vez publicadas las convocatorias, se programan talleres de difusión de éstas para elaboración de solicitudes.
4.4.5. Captura y Recepción de Solicitudes
Principales acciones:
-      Captura de solicitud en el formato debidamente requisitado y finalizado a través del Sistema de Fondos CONACYT disponible en el portal www.conacyt.gob.mx o en la forma y medios que se definan para la presentación de las propuestas.
4.4.6. Verificación de Requisitos
La verificación de requisitos de participación se lleva a cabo de acuerdo con las Bases, los Términos de Referencia y la Demanda de cada Convocatoria. Esta fase es coordinada por el Secretario Técnico de cada Fondo.
4.4.7. Evaluación de solicitudes
Aquellas solicitudes que cumplan con todos los requisitos de participación establecidos en las Bases, Términos de Referencia y Demanda de la Convocatoria serán sometidas a la fase de evaluación de calidad y factibilidad técnica. La información vertida en la solicitud, así como los anexos correspondientes, serán revisados, analizados y valorados por un grupo de expertos en la temática a tratar (instancia de Evaluación), mismos que emitirán su recomendación al CTA, respecto de la aprobación o no aprobación de la solicitud.
4.4.8. Selección y Aprobación
El proceso de selección se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases y Términos de Referencia de cada Convocatoria y en la normatividad de cada Fondo.
El Comité Técnico y de Administración de los Fondos aprueba los proyectos y los recursos que se le asignen y los resultados se dan a conocer según lo establecido por cada Fondo.
4.4.9. Formalización del Apoyo
La formalización de los apoyos se apegará a lo establecido en las bases y los Términos de Referencia de la Convocatoria a la que se aplicó, a las Reglas de Operación del Fondo respectivo, y a los acuerdos del CTA.
Una vez aprobadas las propuestas y los recursos para su realización, se informa a las (los) proponentes sobre los requisitos para realizar el proceso de formalización. Esta formalización se realiza preferentemente de manera electrónica mediante la plataforma del CONACYT o en su caso, en papel con la firma autógrafa de las partes.
Finalmente, Se realiza la ministración de los recursos de acuerdo con el CAR respectivo.
4.4.10. Monitoreo
Principales acciones que se llevan a cabo para el monitoreo de un proyecto:
-      Acompañamiento al Sujeto de Apoyo
-      Revisiones y evaluaciones técnicas y financieras por etapa y final de resultados.
-      Visitas de verificación técnica y administrativa, de considerarse necesario.
-      Evaluación de productos entregables y verificación del gasto ejercido.
4.4.11. Conclusión y Finiquito
Acciones principales del Procedimiento:
-      Evaluación final de actividades/productos entregables.
-      Revisión técnica y financiera (de ser el caso reintegro de recursos no ejercidos).
-      Emisión de documento de conclusión o finiquito técnico/financiero respectivo.
5. Auditoría, control y seguimiento.
La revisión, control y seguimiento en materia de auditoría del "Programa" se ejecutará en términos de las facultades que las leyes y demás disposiciones administrativas establezcan para los/las responsables del mismo y para las instancias fiscalizadoras.
El objetivo de estas acciones es asegurar el logro de los objetivos del "Programa" y el buen uso y transparencia en el manejo de los recursos asignados al mismo. Con este fin se aplicarán los mecanismos de seguimiento y evaluación de los apoyos otorgados, de acuerdo con lo especificado en estas Reglas de Operación y demás disposiciones que para tal efecto determinen las instancias correspondientes de conformidad con sus facultades.
 
Lo anterior sin perjuicio de las facultades con que cuentan los órganos fiscalizadores, en términos de la legislación aplicable, para el desarrollo de las funciones que tienen asignadas.
6. Evaluación.
6.1. Evaluación interna.
La evaluación del "Programa" se llevará a cabo a través de las instancias facultadas para ello de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables. Los resultados de las evaluaciones se darán a conocer a través de los medios previstos en la normatividad aplicable.
6.2. Evaluación externa.
La evaluación del "Programa" se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables a través de las instancias facultadas para ello.
7. Transparencia.
Los/las responsables del "Programa" emitirán las convocatorias respectivas a través de medios electrónicos o impresos, para que los/las interesados/as presenten su solicitud o propuesta en los formatos correspondientes, en los plazos y sitios que señalen las mismas, debiendo anexar la documentación requerida.
La evaluación de las solicitudes se hará con base en los requerimientos y/u objetivos de cada Convocatoria y en función de los recursos presupuestales.
Una vez dictaminada positivamente la solicitud o propuesta, los/las responsables del "Programa" darán las instrucciones para la publicación de los resultados.
La información de los apoyos otorgados en el marco del "Programa" se dará a conocer en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La información, transparencia y evaluación de las Reglas de Operación se regirá por las disposiciones del Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal que corresponda.
8. Rendición de Cuentas.
Como parte de la cultura de rendición de cuentas que promueve el Ejecutivo Federal y en cumplimiento a lo que establece el PECiTI, el CONACYT presenta a la comunidad científica y tecnológica y al público en general, información sobre su gestión, misma que comprende los informes sobre el "Programa", a través de documentos de evaluación y seguimiento tales como, el Informe de Actividades y el Informe de Autoevaluación, entre otros.
9. Matriz de Indicadores para Resultados.
Los indicadores del "Programa" presupuestario serán los elaborados conforme a la normatividad y disposiciones aplicables para tal efecto y su seguimiento se llevará a cabo de acuerdo con las mismas.
La Matriz de Indicadores de Resultados vigente para el Programa Presupuestario S278 "Programa para el Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación" se puede consultar en el portal del CONACYT https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/evaluacion-de-programas-conacyt en el apartado 3. Monitoreo: Matriz de Indicadores de Resultados (MIR).
10. Quejas y Denuncias.
Los/Las interesados/as y la población en general pueden recurrir a la Dirección Adjunta de Desarrollo Regional del CONACYT, para presentar por escrito, por correo o vía Internet cualquier queja, denuncia, comentario y/o reconocimiento con respecto a la ejecución del "Programa".
Asimismo, podrán acudir al Órgano Interno de Control en el CONACYT, por los actos u omisiones en que éstos incurran los Servidores/as Públicos/as responsables del "Programa".
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) conocerá los presuntos casos de discriminación cometidos por Servidores/as Públicos/as responsables de la ejecución del "Programa".
11. Actualización.
Las presentes Reglas de Operación podrán revisarse y en su caso modificarse de acuerdo con las necesidades del Programa en el momento que así se requiera y conforme a la normatividad aplicable.
12. Glosario.
Capacidades científicas, tecnológicas y de innovación: Capacidades con las que cuentan los SLCTI y SRCTI para crear conocimiento requerido para generar y aplicar tecnología de manera planeada, sistemática e integral y gestionar su incorporación a las actividades productivas. Están directamente relacionadas con la generación, difusión, transmisión y aplicación de conocimientos científicos y tecnológicos para la obtención de ventajas competitivas.
 
Por capacidades en CTI se entiende: el conjunto de la infraestructura científica y tecnológica; la consolidación de las Instituciones de Educación Superior (IES) y Centros Públicos de Investigación (CPI); la formación de recursos humanos y capital humano; la difusión, divulgación y apropiación social de la CTI; la comunicación pública de la CTI; el desarrollo de sectores estratégicos; redes de investigación; así como el desarrollo tecnológico e innovación.
Convenio de Asignación de Recursos: Documento jurídico mediante el cual se formaliza el apoyo autorizado por el FOMIX o FORDECYT a un Sujeto de Apoyo para la realización de un proyecto y en el cual se establecen los compromisos y obligaciones de ambos firmantes.
Demanda: Conjunto de problemas, necesidades u oportunidades identificadas por un municipio, entidad o región para ser atendido por la comunidad científica, tecnológica y empresarial a través de acciones de desarrollo científico, tecnológico y de innovación con el apoyo del "Programa", y que en el momento en que se atiende fortalece a los Sistemas Locales o Regionales de CTI y contribuye al desarrollo económico y social sustentable de las entidades federativas.
Desarrollo regional sustentable e incluyente: Proceso mediante el cual distintos actores participan en la definición, decisión e implementación de acciones que se realizan a través de los sistemas locales de ciencia, tecnología e innovación para atender las necesidades u oportunidades en común de dos o más entidades federativas, mediante actividades y servicios que generan valor agregado de una forma sostenible, cuyo resultado se expresa en el mejoramiento del bienestar socioeconómico de la región tomando en cuenta la heterogeneidad entre las entidades.
Entregables: Productos o resultados del proyecto, que serán entregados por el Sujeto de Apoyo a la instancia municipal o estatal usuaria para atender el problema o necesidad que dio origen a la Demanda.
Fideicomiso: El Fideicomiso es un contrato que permite a un individuo o persona moral llamada fideicomitente (CONACYT y Contraparte) entregar a un tercero, el fiduciario (en general NAFIN), la administración de cualesquiera bienes (recursos asignados al "Programa"), de acuerdo con las instrucciones establecidas en un contrato, a favor de uno o más beneficiarios/as (Sujetos de Apoyo).
Fondo Institucional de Fomento Regional para el Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación (FORDECYT): Es un instrumento que tiene, entre otros fines, promover acciones científicas, tecnológicas y de innovación, así como la formación de recursos humanos especializados que contribuyan al desarrollo regional, a la colaboración e integración de las regiones del país, y al fortalecimiento de los sistemas locales, estatales y regionales de ciencia, tecnología e innovación. En conjunto con los FOMIX conforma el Programa Presupuestario (Pp) S278 Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación.
Fondo Mixto (FOMIX): Fideicomiso constituido por los Gobiernos de los Estados o Municipios y el CONACYT con el objeto de financiar la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico, de formación de Recursos Humanos, de fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica y de difusión y divulgación de la ciencia y la tecnología, que contribuyan en el marco de sus prioridades a la solución de los problemas, necesidades y al aprovechamiento de oportunidades de la entidad federativa o municipio. En conjunto con el FORDECYT conforma el Programa Presupuestario S278 Fomento Regional de las Capacidades Científicas, Tecnológicas y de Innovación.
Fomento regional: Impulso que se brinda al desarrollo regional a través del fortalecimiento de los sistemas locales y regionales de ciencia, tecnología e innovación.
Fortalecimiento de las capacidades científicas, tecnológicas y de innovación: Debe entenderse al Fortalecimiento de las capacidades científicas, tecnológicas y de innovación como el incremento de las capacidades en CTI de los SLCTI y SRCTI. Esto implica, entre otras cosas, el incremento en la infraestructura científica y tecnológica, la consolidación de las IES y CPI, la formación de recursos y capital humano, la difusión, divulgación y apropiación social de la CTI, la comunicación pública de la CTI, la innovación, el desarrollo de sectores estratégicos, las redes de investigación, así como el desarrollo tecnológico e innovación.
Instancia: Universidades e instituciones de educación superior, públicas y particulares, centros, laboratorios, empresas públicas y privadas y demás personas físicas y morales que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), que son los/las intermediarios/as para generar, desarrollar o consolidar las capacidades a los SLCTI.
Instancia Usuaria: Instancia responsable de recibir los resultados y productos del proyecto y de instrumentar las acciones derivadas del mismo en la solución del problema, necesidad u oportunidad que dio origen a la Demanda.
Necesidad: Carencia de un bien o servicio en concreto que presenta un municipio, entidad o región, la cual puede ser satisfecha a través de acciones de desarrollo científico, tecnológico y de innovación, y que en el momento en que se logra atender aporta beneficios a la sociedad.
 
Problema: Situación en concreto que dificulta el desarrollo económico o social de un municipio, entidad o región, la cual requiere de una solución que puede ser atendida a través de acciones de desarrollo científico, tecnológico y de innovación, y que en el momento en que se logra solucionar aporta beneficios a la sociedad.
Proyecto: Propuesta aprobada por el Comité Técnico y de Administración para recibir recursos del "Programa".
Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT): Es la plataforma informática y base de datos que contienen la información de los sujetos de apoyo de los diversos fondos del CONACYT. Así mismo, permite conocer el historial de apoyos y la trazabilidad del comportamiento dentro de CONACYT de las entidades, empresas e instituciones que aplican en las Convocatorias del Consejo.
Sistema Local de ciencia, tecnología e innovación (SLCTI): Organización que en cada entidad federativa o municipio se especializa en producir conocimientos y saber-hacer, y se encarga de dar respuesta a las necesidades, problemáticas u oportunidades de la sociedad mediante actividades y servicios de CTI. Los SLCTI están integrados por todas aquellas entidades dedicadas a las actividades científicas y tecnológicas:
-      Gobierno (dependencias, centros de investigación y entidades de servicio institucional),
-      Universidades e institutos de educación superior (centros de investigación, institutos y laboratorios de escuelas y facultades),
-      Empresas (establecimientos productivos, centros de investigación, entidades de servicio y laboratorios) y
-      Organismos privados no lucrativos (fundaciones, academias y asociaciones civiles).
Actores de un Sistema Local de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Fuente: Dirección Adjunta de Desarrollo Regional, DADR. CONACYT.
Sistemas regionales de ciencia, tecnología e innovación (SRCTI): Se refiere a la suma de algunos SLCTI que conforman el territorio Nacional.
Los SRCTI se integran por dos o más SLCTI de acuerdo con las necesidades, problemáticas u oportunidades que condicionan o promueven el desarrollo económico y/o social de una región conformada por más de una entidad federativa o bien por más de un municipio de una o más entidades federativas, que comparten un propósito común independientemente de su ubicación geográfica, teniendo como resultado un número grande de combinaciones y por lo tanto de SRCTI.
Un Sistema Local de Ciencia, Tecnología e Innovación (SLCTI) está conformado por los instrumentos de gobierno, política pública y planeación, así como por el sector público, en sus tres niveles, el sector académico y de investigación, y el conjunto de empresas con actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI). Cada entidad federativa o municipio, puede tener su SLCTI. Por lo tanto, un SLCTI puede ser caracterizado por el nivel de capacidades en CTI con las que cuenta en un periodo determinado. Cuando dos o más SLCTI identifican y trabajan conjuntamente una serie de capacidades en CTI, dan lugar a un Sistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SRCTI).
Ciudad de México, a los 30 días del mes de julio de 2018.- El Secretario de la Junta de Gobierno del
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Miguel Gómez Bravo.- Rúbrica.
 

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