DOF: 16/08/2018
REGLAS de Operación del Programa de Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica

REGLAS de Operación del Programa de Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica.

Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA.
Mediante Acuerdo 64-09/18, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su 64a. Sesión Ordinaria, aprobó la modificación de las Reglas de Operación del Programa de Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a efecto de que se apliquen a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA
CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
1. Introducción
El fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica constituye uno de los objetivos prioritarios de la política de Estado, tanto a nivel sectorial como nacional. Su importancia estratégica para el funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y el desarrollo económico y social del país, está reconocida en los tres niveles del sistema nacional de planeación: Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación 2014-2018 y Programa Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONACYT) 2014-2018.
La mayoría de las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, requieren de una infraestructura en equipo científico y tecnológico suficiente, moderna y adecuada, para poder desarrollar productos que tengan un impacto importante tanto a nivel nacional como internacional.
Frecuentemente, la publicación de artículos científicos y tecnológicos en las mejores revistas especializadas internacionales se ve limitada porque las personas revisoras especializadas de éstas señalan que los resultados obtenidos son limitados o dudosos debido a que se utilizó equipo científico obsoleto que impide hacer análisis más exactos o profundos. Esta situación limita a los investigadores en la participación de generación de nuevo conocimiento científico o tecnológico en el ámbito internacional.
Lo anterior hace necesario que el CONACYT implemente programas de financiamiento para la adquisición de infraestructura científica y tecnológica, tanto para sustituir al equipo que se va haciendo obsoleto, como para adquirir equipos de nueva generación.
En este sentido, en diciembre del año 2010 se autorizó la creación de un programa presupuestal para atender el rezago en infraestructura científica y tecnológica a nivel nacional.
Desde entonces, el CONACYT opera una convocatoria denominada "Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica" que obtiene sus recursos del programa presupuestal S-236.
La manera en que el CONACYT identifica las necesidades en infraestructura científica y tecnológica es a través de las propuestas que los investigadores, adscritos a instituciones, centros y asociaciones que realizan actividades de investigación científica, social, humanística o de desarrollo tecnológico, someten a la convocatoria de este programa. No obstante, únicamente las propuestas aprobadas por evaluadores especializados en la temática científica son consideradas como necesidades justificadas y por lo tanto susceptibles de ser financiadas.
2. Objetivos
2.1. General
Contribuir al fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica de las instituciones, centros y asociaciones que realizan actividades de investigación científica, social, humanística o de desarrollo tecnológico a fin de coadyuvar al incremento de las capacidades de investigación científica y tecnológica.
2.2. Específico
Otorgar apoyos para la adquisición de infraestructura científica y tecnológica con la finalidad de contribuir a la formación de recursos humanos, a la producción científica y a la colaboración interinstitucional.
3. Lineamientos generales
 
3.1. Cobertura
El programa está enfocado a otorgar apoyos para la adquisición de infraestructura científica y tecnológica a Instituciones de Educación Superior, Centros Públicos de Investigación y en general instituciones del sector público así como asociaciones sin fines de lucro, todas ellas que se encuentran en territorio nacional y realizan actividades de investigación científica, social, humanística o de desarrollo tecnológico y cuentan con registro vigente y actualizado en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT), cuyos investigadores someten una propuesta que justifica la necesidad de dicha infraestructura.
3.2. Población objetivo
Son aquellos investigadores adscritos a Instituciones de Educación Superior, Centros Públicos de Investigación y en general instituciones del Sector Público así como a asociaciones sin fines de lucro, todas ellas que realizan actividades de investigación científica, social, humanística o de desarrollo tecnológico y cuentan con inscripción o pre inscripción en el RENIECYT, que después de haber sometido una propuesta a la convocatoria del programa de "Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica", y haber obtenido una evaluación positiva, fueron autorizados para recibir financiamiento por parte del presupuesto de la convocatoria.
3.3. Beneficiarios
Son aquellos investigadores adscritos a Instituciones de Educación Superior, Centros Públicos de Investigación y en general instituciones del Sector Público así como a asociaciones sin fines de lucro, que realizan actividades de investigación científica, social, humanística o de desarrollo tecnológico y cuentan con registro vigente y actualizado en el RENIECYT, que después de haber sometido una propuesta a la convocatoria del programa de "Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica", y haber obtenido una evaluación positiva, recibieron financiamiento por parte del presupuesto de la convocatoria.
3.4 Características de los apoyos
Los tipos de apoyo del programa se establecerán en la normatividad, así como en las convocatorias y convenios correspondientes mismos que se harán de acuerdo a los modelos autorizados por el área jurídica del CONACYT.
Toda convocatoria deberá contener al menos los siguientes elementos:
·  Objetivo
·  Calendario
·  Tipos de participación, apoyos y montos
·  Rubros
·  Requisitos de participación
·  Compromisos
·  Proceso de evaluación y criterios de selección
·  Proceso de formalización, asignación de recursos y seguimiento
·  Obligaciones del sujeto de apoyo
·  Sanciones
·  Revisiones y auditorías
·  Interpretación y situaciones no previstas
El monto de los apoyos será por hasta $10'000,000.00 (Diez millones de pesos M.N.) en función del techo presupuestal autorizado, y se especificará en la convocatoria correspondiente. La temporalidad de cada apoyo será de 12 meses a partir de la ministración de los recursos, sin embargo, el ejercicio del recurso deberá realizarse en el año fiscal en que éste se otorgue.
El programa debe ser permanente dadas las necesidades de actualización continua de la infraestructura científica nacional.
El trámite a realizarse es el registrado como Conacyt-01-014-F. Solicitud de Apoyo en materia de ciencia, tecnología e innovación. S236 Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica (Infraestructura), ante la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico del CONACYT.
4. Participantes
 
4.1 Instancia(s) ejecutora(s)
La instancia ejecutora del programa es el CONACYT, a través de la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico, de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables.
4.2 Instancia(s) normativa(s)
La interpretación de las presentes Reglas, sus modificaciones, así como lo no previsto en las mismas, corresponden al CONACYT a través de las instancias facultadas para ello.
4.3 Instancia(s) de control y vigilancia
Las instancias de control y vigilancia serán: la Secretaría de la Función Pública (SFP), el Órgano Interno de Control del CONACYT, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y demás instancias fiscalizadoras.
4.4 Coordinación institucional
Para la instrumentación del programa se celebran convenios de colaboración con las instituciones de la población beneficiada a fin de propiciar elementos de coordinación que permitan contribuir a la formación de recursos humanos, a la producción científica y a la colaboración institucional. La temporalidad de estos convenios será de 12 meses a partir de la ministración del recurso por parte del CONACYT.
5. Evaluación de las propuestas
El proceso de evaluación de las propuestas será conducido por el CONACYT a través de la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico. Dicha Dirección nombrará una Comisión de Evaluación conformada por investigadores/as de reconocido prestigio en los ámbitos científico y tecnológico, inscritos en el Registro CONACYT de Evaluadores Acreditados (RCEA).
Los resultados de la selección de propuestas se darán a conocer a través del portal del CONACYT en la sección de "Convocatorias".
5.1 Criterios de evaluación y selección de propuestas
La evaluación de propuestas se realizará con base en al menos los siguientes criterios:
a)    Calidad académica y viabilidad técnica de la propuesta;
b)    Trayectoria académica del solicitante o del grupo de investigación participante;
c)    Beneficios que se generarán a la institución y región;
d)    Impacto potencial en uno o varios programas de posgrado reconocidos por el PNPC o en proceso de registro a éste;
e)    Promoción de la colaboración interdepartamental o interinstitucional.
Entre los criterios señalados, no existe una ponderación diferencial.
Para seleccionar las propuestas aprobadas que podrán beneficiarse dada la disponibilidad presupuestal, se considerará lo siguiente:
·  En igualdad de excelencia académica, se tomarán en cuenta criterios de estrategias de optimización del uso de los equipos, así como la equidad de género entre los proponentes.
6. Evaluación del programa
La evaluación del programa se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables a través del CONACYT o en su caso, de instancias externas al mencionado Consejo.
6.1 Evaluación interna
En el caso de la evaluación realizada por el CONACYT, la Dirección Adjunta de Planeación y Evaluación (DAPE) aplicará a todos los investigadores con más de un año de haber sido beneficiados por el programa, un cuestionario sobre la satisfacción del sujeto de apoyo acerca de la operación de la convocatoria y sobre el resultado que tiene la adquisición de infraestructura científica en la contribución a la formación de recursos humanos, a la producción científica y a la colaboración institucional.
6.2 Evaluación externa
 
La evaluación externa del programa se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables a través de las instancias facultadas para ello.
7. Derechos, obligaciones y sanciones
Los beneficiarios del programa tendrán los derechos que se establezcan en la normatividad, convocatorias y convenios correspondientes para cada uno de los apoyos.
Los apoyos se otorgarán una vez que la institución beneficiada firme, electrónica o autógrafamente, el Convenio de Asignación de Recursos (CAR) y abra una cuenta bancaria a través de la cual se le canalizarán los recursos del apoyo. Dicho CAR deberá estar firmado por todas las partes en un plazo no mayor a 40 días hábiles a partir de la fecha de publicación de los resultados. La ministración se hará en un plazo máximo de 20 días hábiles a partir de la recepción de los documentos completos y correctos por parte del beneficiario que para tales efectos le requiera el "CONACYT".
Los responsables y beneficiarios del programa deberán cumplir con todas las obligaciones establecidas en la normatividad, convocatorias y convenios correspondientes.
7.1 Obligaciones de los responsables del programa
Instrumentar y dar seguimiento al programa de acuerdo con la reglamentación específica, y verificar que los beneficiarios reciban los recursos autorizados en la forma, tiempo y lugar previamente establecidos en los instrumentos que establezca la normatividad aplicable.
7.2 Obligaciones de los beneficiarios de los apoyos del programa
Suscribir los instrumentos jurídicos que formalizan el apoyo conforme a los plazos previstos en la normatividad y convocatorias correspondientes. Adicionalmente, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en dichos instrumentos y aplicar los recursos asignados en los términos que se establezcan en los mismos.
Las sanciones por incumplimiento se establecerán en las disposiciones señaladas.
8. Operación (Ver diagrama anexo)
8.1 Difusión
La difusión del programa y sus respectivas convocatorias podrá realizarse a través de medios de comunicación impresos o electrónicos entre otros mecanismos y estará dirigida a la población señalada en la cobertura de este programa.
8.2 Promoción
La promoción del programa podrá realizarse a través de eventos, talleres, foros y encuentros con la comunidad científica, entre otros mecanismos, y estará dirigida a la población señalada en la cobertura de este programa.
8.3 Ejecución
Para la ejecución y cumplimiento de los objetivos del programa, existen procedimientos difundidos entre el personal de la Dirección de Redes e Infraestructura Científica, adscrita a la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico, así como bases y términos de referencia de la convocatoria donde se especifican los tiempos y requisitos de cada etapa: a) Publicación de convocatoria y recepción de propuestas, b) Evaluación de propuestas y selección de beneficiarios, c) Formalización y ministración de recursos, d) Seguimiento de proyectos y e) Emisión de constancia de conclusión a través del trámite CONACYT-01-013-A. Cierre de Apoyo en materia de ciencia, tecnología e innovación. S236 Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica y f) Reporte de actividades. (Ver diagrama anexo).
8.4 Gastos de operación
Los recursos asignados al Programa de Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica en el Presupuesto de Egresos de la Federación en ningún caso podrán afectarse para gastos fijos de la administración de dicho Programa, pero sí podrán cubrir las erogaciones vinculadas con el proceso de evaluación de las propuestas recibidas a partir de las convocatorias publicadas anualmente, para la selección de las propuestas que resulten pertinentes; para tal efecto, el CONACYT podrá destinar hasta el 1% del presupuesto asignado al Programa.
En los gastos de operación se podrán considerar los gastos de pasajes y viáticos para los evaluadores,
eventos, servicio de café y alimentos requeridos en las reuniones de evaluación, entre otros.
En el marco de las disposiciones aplicables en materia, la instancia ejecutora instrumentará la contratación de servicios que resulten necesarios para el proceso de evaluación, ajustando el procedimiento que permita garantizar las mejores condiciones para ello; con base a criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.
9. Auditoría, control y seguimiento
La revisión, control y seguimiento en materia de auditoría del programa se ejecutará en términos de las facultades que las leyes y demás disposiciones administrativas establezcan para las personas responsables del mismo y para las instancias fiscalizadoras. Los recursos que la federación otorga podrán ser revisados por la Secretaría de la Función Pública y la Auditoría Superior de la Federación.
El propósito de estas acciones es asegurar el logro de los objetivos del programa y el buen uso y transparencia en el manejo de los recursos asignados al mismo. Con este fin se aplicarán los mecanismos de seguimiento y evaluación de los apoyos otorgados, de acuerdo con lo especificado en estas Reglas y demás disposiciones que para tal efecto determinen las instancias correspondientes de conformidad con sus facultades.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades con que cuentan los órganos fiscalizadores, en términos de la legislación aplicable, para el desarrollo de las funciones que tienen asignadas.
Al término del proyecto, los beneficiarios deberán entregar el Informe Técnico, en el formato establecido, con la evidencia de la adquisición de la infraestructura técnica-científica, los complementos o accesorios. También entregarán un Informe Financiero Final auditado, preferentemente por un despacho reconocido por la Secretaría de la Función Pública. El plazo de entrega de ambos informes no deberá exceder los 30 días naturales posteriores al vencimiento de la vigencia del convenio (doce meses a partir de la ministración de recursos).
Una vez concluido el proyecto de manera satisfactoria según la normatividad del Programa, la Secretaría Técnica de dicho Programa extenderá al beneficiario una Carta de Conclusión Técnica y Financiera.
10. Transparencia
Las personas responsables del programa emitirán las convocatorias respectivas en medios electrónicos o impresos, para que los interesados presenten su solicitud o propuesta en términos de lo dispuesto en las mismas.
La evaluación y selección de las propuestas se hará con base en los requerimientos y criterios de cada convocatoria de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.4 y en el 5.1 de las presentes reglas. Una vez seleccionada la propuesta, las personas responsables del programa publicarán los resultados.
La información de los apoyos otorgados en el marco del programa se dará a conocer en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La información, transparencia y evaluación de las reglas de operación se regirán por las disposiciones del Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal que corresponda.
La implementación de las actividades del Programa se reportará por medio de informes trimestrales según lo previsto en el artículo 75, fracción X de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
11. Matriz de Indicadores para Resultados
Los indicadores del programa presupuestario serán los elaborados conforme a la normatividad y disposiciones aplicables para tal efecto y su seguimiento se llevará a cabo conforme a las mismas.
12. Quejas y Denuncias
Las personas interesadas y la población en general pueden recurrir a la Secretaría de la Función Pública, así como a la Dirección de Redes e Infraestructura Científica del CONACYT, para presentar por escrito o por correo electrónico, cualquier queja, denuncia, inconformidad o sugerencia sobre el programa.
Ciudad de México, a los 7 días del mes de agosto de 2018.- El Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Enrique Cabrero Mendoza.- Rúbrica.
 

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