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DOF: 14/09/2018
DISPOSICIONES Administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en las instalaciones industriales de las empresas productivas del Estado 2018

DISPOSICIONES Administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en las instalaciones industriales de las empresas productivas del Estado 2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.

ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, con fundamento en los artículos 17 y 33, fracciones I y X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17, 18, fracciones I y IV, y 100 de la Ley de Transición Energética; 27, 28 y 30 del Reglamento de la Ley de Transición Energética; 1 y 2 de la Ley de Petróleos Mexicanos; 1 y 2 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad; 2, Apartado F, fracción II, 39 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y Segundo, fracciones I, III, XII, XVI y XXVII, del Manual de Organización General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía; así como la Estrategia 1.1 del Objetivo 1. Diseñar y desarrollar programas y acciones que propicien el uso óptimo de energía en procesos y actividades de la cadena energética nacional del Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018.
CONSIDERANDO
Que el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018, dentro del Objetivo 1. "Diseñar y desarrollar programas y acciones que propicien el uso óptimo de energía en procesos y actividades de la cadena energética nacional", establece en la estrategia 1.1 "Implementar acciones de eficiencia energética en los procesos de explotación, transformación y distribución de las empresas productivas del Estado" diversas acciones de eficiencia energética y Sistemas de Gestión de la Energía en las ahora empresas productivas del Estado, por lo que he tenido a bien expedir las siguientes:
DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE EFICIENCIA
ENERGÉTICA EN LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL
ESTADO 2018
1. Objeto
Las presentes Disposiciones tienen por objeto hacer un uso eficiente de la energía en los centros de trabajo y unidades de generación eléctrica de las empresas productivas del Estado (EPE) y sus Empresas Productivas Subsidiarias (EPS), mediante un proceso de mejora continua de la eficiencia energética, a través de la implementación de mejores prácticas y la utilización de nuevas tecnologías, así como el uso de herramientas de operación, control y seguimiento, que contribuyan al uso eficiente de los recursos públicos y a la sustentabilidad energética.
2. Alcance
Las Disposiciones son de aplicación obligatoria para las empresas productivas del Estado como Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad, incluyendo a sus EPS, en todos sus centros de trabajo y unidades de generación eléctrica que sean utilizados para sus actividades productivas o de servicios y que consuman cualquier tipo de energía ya sea en forma de combustibles, electricidad u otra.
2.1 Excepciones
Las EPE bajo su responsabilidad, podrán excluirse o excluir a sus centros de trabajo o unidades de generación eléctrica cuando exista justificante y sea determinado por su titular o en su caso, por su Comité Interno de Eficiencia Energética (CIEE), que deberá establecerse en cada EPE.
3. Operación ejecutiva del Programa de Eficiencia Energética en la EPE (Programa)
La operación ejecutiva del Programa estará a cargo de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), quien se coordinará con cada CIEE.
3.1 La Conuee tendrá las siguientes funciones:
·  Preparar y enviar a los CIEE la información relevante sobre las obligaciones, avances y resultados del Programa;
·  Integrar y calcular los resultados para cada EPE y EPS participantes, a partir de la información proporcionada por las mismas;
·  Promover y concertar la implementación de los Sistemas de Gestión de la Energía (SGEn) en las EPE y EPS participantes en el Programa;
 
·  Enviar a los CIEE los resultados de ahorro de energía por semestre, a más tardar 30 días naturales después de recibir la información correspondiente;
·  Coordinar con las EPE la conformación de sus Comités, para la implementación de las medidas de eficiencia energética y los SGEn;
·  Atender solicitudes de asesorías técnicas sobre el Programa y temas relacionados con la eficiencia energética y los SGEn;
·  Realizar eventos de capacitación para las EPE y sus EPS como foros, cursos, y webinars en materia de eficiencia energética y SGEn;
·  Emitir los criterios y convocar a un grupo evaluador para la calificación de los mejores casos para ser reconocidos por un notable desempeño energético y la implementación de medidas de eficiencia energética.
3.2 Comité Interno de Eficiencia Energética (CIEE).
a) Actualización del CIEE
Las EPE y sus EPS deberán establecer o actualizar la información de su Comité y enviarla a la Conuee, a más tardar 30 días posteriores a la entrada en vigor de las presentes Disposiciones. Los criterios generales para la conformación de CIEE se publicarán en la página de la Conuee de Empresas Energéticas.
b) Funciones
Realizar al menos tres reuniones del Comité al año, en donde se acuerden los términos, estrategias y acciones para la instrumentación y aplicación de las presentes Disposiciones que permitan el uso eficiente de la energía en los centros de trabajo o unidades de generación eléctrica.
Enviar a la Conuee, en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la realización de sus reuniones, la lista de asistencia y la minuta respectiva, a través del correo electrónico: programa.epe@conuee.gob.mx.
Coordinar el envío a la Conuee, de los informes trimestrales, desglosados de manera mensual, sobre las producciones y consumo de energía de los centros de trabajo o unidades de generación eléctrica, treinta días naturales después de terminado cada trimestre del año.
Establecer directrices y definir áreas responsables para la documentación, establecimiento, implementación y mantenimiento del SGEn de los centros de trabajo o unidades de generación eléctrica.
Coordinar la entrega de información a la Conuee sobre el avance en la implementación de los SGEn del año inmediato anterior, a más tardar el 31 de marzo de 2019.
Facilitar y dar seguimiento a las propuestas, acciones y medidas operativas y tecnológicas implementadas en los centros de trabajo y/o unidades de generación eléctrica para el uso eficiente de la energía, así como coordinar la entrega a la Conuee del informe de las acciones del año inmediato anterior, a más tardar el 31 de marzo de 2019.
En caso de algún incumplimiento en la entrega de información a la Conuee o en la instrumentación de las acciones contempladas en las presentes Disposiciones, el comité de cada EPE deberá enviar una justificación a la Conuee a más tardar el 31 de marzo de 2019.
4. Sistemas de Gestión de la Energía (SGEn)
Las EPE y sus EPS deberán iniciar o, en su caso, continuar la implementación, documentación y operación de sus SGEn en cada centro de trabajo y/o unidad de generación eléctrica, tomando como base los acuerdos establecidos en las reuniones de sus respectivos CIEE.
4.1 Informe del Sistema de Gestión de la Energía
El CIEE deberá informar a la Conuee sobre los centros de trabajo o unidades de generación eléctrica donde se iniciará la implementación, se continuará su instalación o ya esté en operación su SGEn, a más tardar 30 días hábiles posteriores a la publicación de las Disposiciones, a través de oficio dirigido a la Conuee y una copia digitalizada al correo electrónico: programa.epe@conuee.gob.mx.
Durante las reuniones del CIEE, se deberá informar sobre el avance general de las acciones de eficiencia energética y SGEn en cada uno de los centros de trabajo y/o unidad de generación eléctrica.
 
El CIEE coordinará la integración de un informe anual sobre el avance general de los SGEn, el cual deberá enviarlo vía oficio a la Conuee, a más tardar el 31 de marzo de 2019. Dicho informe deberá contener copia simple de los documentos que muestren el avance como: equipo de gestión de la energía, política energética, planificación energética, reportes de auditorías internas, entre otros. El informe también deberá ser enviado de forma digital al correo electrónico: programa.epe@conuee.gob.mx.
5. Medidas de eficiencia energética
Las EPE y sus EPS, a través de su CIEE, reportarán anualmente la información de las medidas implementadas de eficiencia energética y sus resultados económicos y energéticos por centro de trabajo y/o unidades de generación eléctrica. Esta información deberá ser entregada en los formatos que establezca la Conuee, a más tardar el 31 de marzo de 2019; y será enviado a través de oficio dirigido a la Conuee y una copia digitalizada al correo electrónico: programa.epe@conuee.gob.mx.
Cabe resaltar que las medidas de eficiencia energética se deberán referir a la implementación de mejores prácticas operativas o el desarrollo de proyectos de inversión para la adquisición de tecnología de alta eficiencia energética.
6. Control y seguimiento
Con el objeto de vigilar el avance y comportamiento del consumo de energía, producción, así como el rendimiento energético, además del cumplimiento de los reportes de producción, consumos de energía, avance de las medidas de eficiencia energética, las acciones del SGEn y los diversos reportes, el CIEE coordinará el envío a la Conuee de los siguientes informes, según las fechas establecidas en la Tabla 1.
Tabla 1. Fechas de entrega de los informes.
Informe
Fecha de reporte
Medio de entrega
Minutas de acuerdos y
listas de asistencia
15 días hábiles después de cada sesión
Correo electrónico
programa.epe@conuee.gob.mx
Producciones y
consumo de energía
Treinta días después de terminado cada
trimestre
Oficio dirigido al responsable del
Programa en la Conuee.
Sistemas de Gestión de
la Energía
A más tardar el 31 de marzo de 2019
Oficio dirigido al responsable del
Programa en la Conuee.
Medidas de ahorro de
eficiencia energética
A más tardar el 31 de marzo de 2019
Oficio dirigido al responsable del
Programa en la Conuee.
Capacitación
A más tardar el 31 de marzo de 2019
Oficio dirigido al responsable del
Programa en la Conuee.
 
7. Capacitación
Las personas que integran los equipos de gestión de la energía de los centros de trabajo o de las unidades de generación eléctrica participantes en el Programa, deberán contar con cinco horas de capacitación durante el año 2018, en temas relacionados con la eficiencia energética y los SGEn.
Cada CIEE informará a la Conuee el avance de la capacitación, a más tardar el 31 de marzo de 2019, a través de oficio.
Como apoyo al cumplimiento de las actividades de capacitación, la Conuee elaborará un calendario de cursos, seminarios, foros, webinars y talleres, que se podrán tomar de forma presencial o en línea. A través de correo electrónico, la Conuee informará al CIEE de cada EPE sobre de los eventos que realice sobre el tema.
El cumplimiento de la capacitación será responsabilidad de cada una de las EPE y EPS participantes en el Programa, ya que el apoyo de la Conuee estará limitado a un número menor de eventos de capacitación, por lo que las EPE y EPS podrán utilizar los servicios de un tercero que sea especialista en el tema.
8. Asesoría técnica
Todas las dudas y preguntas relacionadas con el Programa y relativas a las Disposiciones sobre temas relacionados con la eficiencia energética y el SGEn, podrán solicitarse:
 
·  A través del sitio de Internet de la Conuee "Asesorías técnicas": https://www.conuee.gob.mx/asesorias/registro.jsp
·  Al correo electrónico programa.epe@conuee.gob.mx
·  Mediante un oficio dirigido a la dirección de "Programas de Gestión en el Sector Energético" de la Conuee.
En todos los casos, el solicitante deberá indicar: nombre de la EPE y EPS, centro de trabajo o unidades de generación eléctrica, con los datos completos de la persona solicitante y descripción de lo requerido.
9. Reconocimientos
La Conuee entregará cada año reconocimientos a los casos más destacados, con el objetivo de estimular a las EPE y sus EPS participantes en el Programa para que continúen en la mejora de la eficiencia energética, mediante la aplicación de las mejores prácticas e innovación tecnológica, así como el uso de modernos sistemas operativos y organizacionales, que se traduzcan en una reducción en el consumo de energía de las instalaciones industriales.
La entrega de reconocimientos del año 2018 se apegará a lo establecido en la convocatoria que la Conuee emita a través de su página de Internet para tal efecto.
10. Sanciones
Las actividades mencionadas en las presentes Disposiciones son de carácter obligatorio para todas las EPE y sus EPS participantes en el Programa, y su incumplimiento será causa de responsabilidad administrativa de los servidores públicos. Dicho incumplimiento será sancionado en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
TRANSITORIOS
Único. Las presentes Disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 6 de septiembre de 2018.- El Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, Odón Demófilo de Buen Rodríguez.- Rúbrica.
(R.- 473129)
 

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