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DOF: 12/11/2018
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-610-3-3-ANCE-2018

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-610-3-3-ANCE-2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-610-3-3-ANCE-2018, "COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNÉTICA (EMC)-PARTE 3-3: LÍMITES-LÍMITES DE LAS VARIACIONES DE TENSIÓN, FLUCTUACIONES DE TENSIÓN Y PARPADEO EN REDES DE SUMINISTRO ELÉCTRICO PÚBLICAS DE BAJA TENSIÓN, PARA EQUIPOS CON UNA CORRIENTE NOMINAL < 16 A POR FASE Y NO SUJETOS A CONEXIÓN CONDICIONAL (CANCELA A LA NMX-J-610/3-3-ANCE-2011)".
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 de su Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 22 fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C.", lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Av. Lázaro Cárdenas No. 869, Fracc. 3, esq. con Júpiter, Col. Nueva Industrial Vallejo, C.P. 07700, Ciudad de México, teléfono: 5747 4550, correo electrónico: vnormas@ance.org.mx, así como sus sucursales; o consultado gratuitamente en dicho organismo o sus sucursales y en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco No. 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, C.P. 53950, Estado de México.
La presente Norma Mexicana NMX-J-610-3-3-ANCE-2018 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20180420122151867.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-610-3-3-ANCE-2018
Compatibilidad electromagnética (EMC)-Parte 3-3: Límites-Límites de las variaciones de tensión, fluctuaciones de tensión y parpadeo en redes de suministro eléctrico públicas de baja tensión, para equipos con una corriente nominal < 16 A por fase y no sujetos a conexión condicional (cancela a la NMX-J-610/3-3-ANCE-2011).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece los límites de las fluctuaciones de tensión y parpadeo en el sistema de suministro público de energía eléctrica de baja tensión. Además, se especifican los límites de variación de tensión que puede producir un equipo bajo prueba en condiciones determinadas y presenta una guía sobre los métodos de cuantificación. Aplica a los aparatos que tienen un valor de corriente asignada menor o igual que 16 A por fase y diseñados para conectarse a sistemas de suministro público de energía eléctrica de baja tensión de entre 220 V y 250 V, a 60 Hz línea a neutro y no sujetos a conexión condicional.
El equipo que no cumple con los límites de esta norma cuando se prueba con la impedancia de referencia Zref de 6.4 y que por lo tanto no puede declararse que cumple con esta parte, puede volverse a probar para demostrar que cumple con la norma NMX-J-550/3-11-ANCE-2005, que es aplicable a los equipos con corriente de entrada nominal < 75 A por fase y sujeto a conexión condicional.
 
Concordancia con normas internacionales
Esta NMX-J-610-3-3-ANCE-2018, Compatibilidad electromagnética (EMC)-Parte 3-3: Límites-Límites de las variaciones de tensión, fluctuaciones de tensión y parpadeo en redes de suministro eléctrico públicas de baja tensión, para equipos con una corriente nominal <16 A por fase y no sujetos a conexión condicional; tiene concordancia MODIFICADA con la Norma Internacional "IEC 61000-3-3, Electromagnetic compatibility (EMC)-Part 3-3: Limits-Limitation of voltage changes, voltage fluctuations and flicker in public low-voltage supply systems, for equipment with rated current <16 A per phase and not subject to conditional connection, ed3.0 (2017-05)" y difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al que aplica
la diferencia
Desviación técnica / Justificación
1 y 6.3.
 
Para esta Norma Mexicana se modifican los valores asignados de las tensiones de los sistemas y se sustituyen algunos párrafos.
Lo anterior con el fin de que éstos sean idóneos para operar a las tensiones que se presentan en el Sistema Eléctrico Nacional, de acuerdo con lo que se indica en las fracciones I, III y IX del artículo 2 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica, en la NOM-001-SEDE-2012 instalaciones eléctricas (utilización) y en la Norma Mexicana NMX-J-098-ANCE-2014.
4.2.2 y 6.4.
 
Para esta Norma Mexicana la referencia a las Norma/Lineamiento Internacionales que se mencionan a continuación se consideran de carácter informativo en tanto se desarrolla la Norma Mexicana correspondiente. Para lo anterior, a continuación se presenta una tabla con la referencia cruzada y el capítulo/inciso donde aplica el cambio para cada una de las Normas Internacionales referidas en esta Norma Mexicana.
4.2.4.2, 4.2.4.3, 5, 6.1 y 6.2.
 
Para esta Norma Mexicana se corrigen los enunciados referidos a dmax, como máxima variación de tensión relativa y se sustituyen por el significado correcto, el cual es citado en la definición 3.4, dmax, máxima variación de tensión absoluta.
 
 
Figura 1.
 
Para esta Norma Mexicana la frecuencia de suministro es de 60 Hz. De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de suministro diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos.
Por lo anterior, la Figura 1 se considera de carácter informativo al utilizar la frecuencia de suministro de 50 Hz y se adiciona la Figura 1a.
Lo anterior con objeto de adecuar esta Norma Mexicana a las necesidades del país y facilitar la armonización con los requisitos nacionales aplicables a la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de suministro diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos.
Figura 2.
Para esta Norma Mexicana se reemplaza la Figura 2.
Lo anterior para mencionar que se incluyen los límites aplicables a equipos que se conectan a sistemas con tensiones menores que 220 V, con el propósito de alinear las tensiones asignadas de los aparatos con las tensiones nominales que se presentan en el Sistema Eléctrico Nacional, de acuerdo con lo que se indica en las fracciones I, III y IX del artículo 2 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica, en la NOM-001-SEDE-2012 instalaciones eléctricas (utilización) y en la Norma Mexicana NMX-J-098-ANCE-2014.
A.15.1, A.15.2.4 y A.15.3.2.
Para esta Norma Mexicana debe sustituirse la referencia a la Norma Internacional por la Norma Mexicana correspondiente. Para lo anterior, a continuación, se presenta una tabla con la referencia cruzada y el capítulo/inciso donde aplica el cambio para cada una de las Normas Internacionales referidas en esta Norma Mexicana.
Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en la fracción IV del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.
 
Bibliografía
-    NMX-J-610-3-3-ANCE-2011, Compatibilidad electromagnética (EMC)-Parte 3-3: Límites-Límites para
los cambios de tensión, fluctuaciones de tensión y parpadeo que provocan los equipos con una corriente asignada < 16 A por fase y que no se someten a conexión condicional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 2011.
-    IEC 61000-3-3 ed3.0 (2017-05), Electromagnetic Compatibility (EMC)-Part 3-3: Limits-Limitation of voltage changes, voltage fluctuations and flicker in public low-voltage supply systems, for equipment with rated current < 16 A per phase and not subject to conditional connection.
 
Atentamente,
Ciudad de México, a 14 de mayo de 2018.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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