DOF: 07/03/2019
ACUERDO A/007/19, por el que se instala la Coordinación de Métodos de Investigación

ACUERDO A/007/19, por el que se instala la Coordinación de Métodos de Investigación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FGR.- Fiscalía General de la República.

ACUERDO A/007/19
ACUERDO POR EL QUE SE INSTALA LA COORDINACIÓN DE MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN.
DR. ALEJANDRO GERTZ MANERO, Fiscal General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, fracción VIII, 32 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, y
CONSIDERANDO
Que el 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, por el cual se reformó, entre otros, el artículo 102, Apartado A, en el que se dispuso la transformación de la Procuraduría General de la República en una Fiscalía General de la República como un órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios;
Que el 14 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, en el que se prevé que la Fiscalía General de la República tiene como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, que contribuya a combatir la inseguridad y disminuirla; la prevención del delito; fortalecer el Estado de derecho en México; procurar que el culpable no quede impune; así como promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de verdad, reparación integral y de no repetición de las víctimas, ofendidos en particular y de la sociedad en general;
Que el 20 de diciembre de 2018, se publicó en Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, de conformidad con el primer párrafo del artículo décimo sexto transitorio del decreto publicado en el mismo medio de difusión oficial el 10 de febrero de 2014;
Que el 18 de enero de 2019, el Senado de la República tuvo a bien designar al Fiscal General de la República;
Que el artículo séptimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República establece como presupuestos para la instalación de la estructura orgánica de la Fiscalía General de la República la existencia de la suficiencia presupuestal y la correspondiente planeación estratégica de transición;
Que la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República establece como parte de la estructura orgánica de la Institución a la Coordinación de Métodos de Investigación y le confiere, entre otras facultades, coordinar y asignar los servicios periciales, la policía de investigación, técnicos y analistas que formen parte de la Fiscalía General de la República, y
Que en armonía con lo anterior y con el propósito de avanzar en el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales de esta Institución, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. La Fiscalía General de la República contará con la Coordinación de Métodos de Investigación, la cual tendrá los recursos humanos, materiales y financieros que resulten necesarios para su óptima operación y funcionamiento, en términos de la normatividad aplicable y la disponibilidad presupuestaría.
 
SEGUNDO. La Coordinación de Métodos de Investigación contará con unidades administrativas encargadas de los servicios periciales y ciencias forenses, la policía de investigación, análisis de información para el combate a la delincuencia, así como estudios criminológicos y geodelictivos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su suscripción y deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Hasta en tanto se expida el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, se entenderá que las unidades administrativas y las que les estén adscritas, que se enlistan a continuación son aquellas a las que se refiere el artículo segundo del presente Acuerdo, lo anterior con fundamento en los artículos tercero y décimo segundo transitorios del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.
I.     Agencia de Investigación Criminal;
II.     Policía Federal Ministerial;
III.    Coordinación General de Servicios Periciales, y
IV.   Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia.
En caso de ausencia del Titular de la Coordinación de Métodos de Investigación será suplido por los titulares de las unidades administrativas señaladas en el párrafo anterior, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TERCERO.- Los recursos humanos, materiales y financieros que a la fecha de la entrada en vigor del presente instrumento tenían las unidades administrativas a que se refiere el artículo segundo transitorio del presente instrumento pasarán a la Coordinación de Métodos de Investigación.
Ciudad de México, a 1 de marzo de 2019.- El Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero.- Rúbrica.
(R.- 478927)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 27/03/2024

DOLAR
16.6780

UDIS
8.111173

TIIE 28 DIAS
11.2475%

TIIE 91 DIAS
11.4543%

TIIE 182 DIAS
11.6133%

TIIE DE FONDEO
11.06%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024