DOF: 17/06/2019
DECLARATORIA por la que se establece que el inmueble federal denominado Tlaxcala representación de la Secretaría de Gobernación, ubicado en kilómetro de la carretera federal Tlaxcala-Puebla S/N, Municipio y Estado de Tlaxcala, con superficie de 1,579

DECLARATORIA por la que se establece que el inmueble federal denominado Tlaxcala representación de la Secretaría de Gobernación, ubicado en kilómetro de la carretera federal Tlaxcala-Puebla S/N, Municipio y Estado de Tlaxcala, con superficie de 1,579.38 metros cuadrados forma parte del patrimonio de la Federación, con destino a la Secretaría de Gobernación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio No. 004/2019.

DECLARATORIA POR LA QUE SE ESTABLECE QUE EL INMUEBLE FEDERAL DENOMINADO "TLAXCALA REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN", UBICADO EN KILÓMETRO DE LA CARRETERA FEDERAL TLAXCALA-PUEBLA S/N, MUNICIPIO Y ESTADO DE TLAXCALA, CON SUPERFICIE DE 1,579.38 METROS CUADRADOS FORMA PARTE DEL PATRIMONIO DE LA FEDERACIÓN, CON DESTINO A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN.
ALAN DANIEL CRUZ PORCHINI, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX, XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción VII y VIII, 28, fracción IV, 42 fracción III, 48, 55, 99 fracción IV y 101 fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; 2°, Apartado D, fracción VI y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 1, 3 fracciones VIII, XXVI y XXVIII, 4 fracción I inciso e), 5, 7 fracciones XIV, XVIII, XXIII y XXIV y 11 fracción XI del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, y disposición 118-6 fracción II del Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado el 16 de julio de 2010, reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2012, y
CONSIDERANDO
1.- Que el inmueble federal denominado "Tlaxcala representación de la Secretaría de Gobernación", ubicado en kilómetro 1.5 de la carretera federal Tlaxcala-Puebla s/n, Municipio y Estado de Tlaxcala, se encuentra bajo la posesión, control y administración a título de dueño del Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, Dependencia del Ejecutivo Federal, ocupándolo desde el año de 1994, hecho que se hace constar mediante acta informativa de fecha 09 de septiembre de 2015.
2.- Que el inmueble objeto de la presente declaratoria se encuentra controlado en el Inventario del Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario 29-2242-7.
3.- Que el inmueble materia del presente ordenamiento tiene una superficie de 1,579.38 metros cuadrados, cuyas medidas y colindancias se consignan en el plano No. 29-02242-7/2014 de fecha diciembre 2014, elaborado a escala 1:175, aprobado y registrado por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales bajo No. DRPCI/29-02242-7/5509/2015/T, de fecha 16 de julio de 2015.
4.- Que la Secretaría de Gobernación desde el tiempo referido y hasta el día de hoy, ha tenido la custodia, vigilancia y uso del inmueble denominado "Tlaxcala Representación de la Secretaría de Gobernación", como se desprende en los antecedentes jurídicos administrativos del inmueble que obran en el expediente a cargo de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.
5.- Que mediante Certificado de No Inscripción No. de Folio C 0145202-14, de fecha 28 de noviembre de 2014, el Director de Notarías y Registros Públicos del Estado de Tlaxcala, certifica que habiéndose practicado una búsqueda minuciosa en los libros índices que existen en esa oficina, relativos a los actos y contratos adquisitivos y traslativos de dominio, informaciones testimoniales y Ad Perpétuam, correspondiente al Distrito Judicial de Hidalgo, para saber si el inmueble objeto de la presente declaratoria, no se encontró inscrito el predio a favor de la Representación de la Secretaría de Gobernación Federal, ni a nombre de ninguna otra persona.
 
6.- Que cumplidos los requisitos legales, integrando el expediente administrativo correspondiente, se dio inicio al procedimiento administrativo de Declaratoria previsto en el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales, realizándose las siguientes diligencias:
Se publicó el aviso de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 55 fracción I de la Ley General de Bienes Nacionales, en el periódico "El Sol de Tlaxcala", de mayor circulación en el Estado de Tlaxcala,.
Con fecha 10 de junio de 2016 se notificó el inicio del presente procedimiento a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/560/2016 de fecha 04 de mayo de 2016, levantándose al efecto la cédula de notificación correspondiente.
Con fecha 10 de junio de 2016 se notificó el inicio del presente procedimiento a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/561/2016 de fecha 04 de mayo de 2016, levantándose al efecto la cédula de notificación correspondiente.
Con fecha 09 de junio de 2016 se notificó el inicio del presente procedimiento al propietario o poseedor del predio colindante al inmueble materia de la presente declaratoria, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/562/2016 de fecha 04 de mayo de 2016, levantándose al efecto la cédula de notificación correspondiente.
Con fecha 10 de junio de 2016 se notificó el inicio del presente procedimiento a la Comisión Nacional del Agua, mediante oficio No. DGAPIF/DIDI/563/2016 de fecha 04 de mayo de 2016, levantándose al efecto la cédula de notificación correspondiente.
Que el expediente administrativo debidamente integrado, quedó a disposición de los interesados en la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
7.- Que habiéndose integrado el expediente correspondiente, sustanciado debidamente el proceso administrativo y transcurridos los plazos que señala el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales sin que se presentase oposición de parte legítimamente interesada; es procedente en términos de lo dispuesto por el artículo 56 de la ley en cita, emitir la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERO.- Se declara que el inmueble señalado en los considerandos 1, 2 y 3 de la presente declaratoria, forma parte del patrimonio de la Federación con destino a la Secretaría de Gobernación, utilizándolo en las actividades propias de "Representación en el Estado", con fundamento en lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley General de Bienes Nacionales y disposición 118-6 del Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado el 16 de julio de 2010, reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2012.
SEGUNDO.- Que la presente Declaratoria constituye el título de propiedad del inmueble a favor del Gobierno Federal.
TERCERO.- Publíquese la presente Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación.
CUARTO.- Inscríbase en el Registro Público de la Propiedad que corresponde a la ubicación del inmueble objeto de esta Declaratoria y en el Registro Público de la Propiedad Federal.
QUINTO.- Cúmplase.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 04 días del mes de junio de dos mil diecinueve.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Alan Daniel Cruz Porchini.- Rúbrica.
 

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